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AJUSTE

ESTUDIOS PREVIOS

DESCRIPCIÓN DEL OBJETO: CONTRATAR UN OPERADOR LOGÍSTICO QUE PRESTE LOS SERVICIOSPARA LA REALIZACIÓN DE VEINTIÚN (21) EVENTOS DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN A NIVELNACIONAL DE LA LEY 1712 DE 2014 "POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA LA LEY DE TRANSPARENCIA

Y DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA NACIONAL Y SE DICTAN OTRASDISPOSICIONES" Y DEL DECRETO 103 DE 2015, "POR EL CUAL SE REGLAMENTA PARCIALMENTE LA

LEY 1712 DE 2014 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES DIRIGIDA A SERVIDORES PÚBLICOS Y APERSONAS EN GENERAL.

AGOSTO DE 2015

Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública

Calle 15 No,. 5-80 P. 20 PBX 5878750 exts: 12031 - 12025 - 12027-

Bogotá D.C.

Contenido

1. INTRODUCCIÓN 2

2. DEFINICIONES 3

3. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD 4

4. OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR 6

4.1.1 Alcance del objeto: 6

4.2 Relación Estratégica del Objeto Contractual con la Planeación Institucional 7

4.3 Clasificación UNSPSC 7

4.4 Especificaciones Técnicas 8

4.5 Identificación del contrato a celebrar 8

5. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN INCLUYENDO FUNDAMENTOS JURÍDICOS 8

6. ANÁLISIS DEL SECTOR- ASPECTOS GENERALES-VALOR ESTIMADO Y SU JUSTIFICACIÓN 8

6.1 Económico ll

Histórico de adquisiciones de otras Entidades: 18

8. FORMA DE PAGO 21

9. REQUISITOS DE VERIFICACIÓN DE LA PROPUESTA 21

9.2 CAPACIDAD FINANCIERA 25

9.4 EXPERIENCIA 27

11. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE (ART. 2.2.1.1.2.1.1. NUM. 5 DECRETO 1082 DE 2015).

31

12. FACTORES DE DESEMPATE 34

14. ANÁLISIS DEL RIESGO 35

15. REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO 36

16. CONDICONES DEL CONTRATO A CELEBRAR 36

a. Plazo de ejecución 36

b. Lugar de ejecución 37

17. CLAUSULA DE INDEMNIDAD 37

19. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO 37

20. LIQUIDACIÓN Y CIERRE DEL EXPEDIENTE -..37

22. INDICACIÓN SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO POR UN ACUERDO COMERCIAL 38

ANEXO N°l 39

1. INTRODUCCIÓN

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En desarrollo de lo señalado en la Ley 80 de 1993, artículo 25, numerales 7 y 12, Decreto 1082 de 2015 los

siguientes son los estudios y documentos previos que sirven de soporte para la elaboración del proyecto de

pliego de condiciones del proceso que tiene por objeto DESCRIPCIÓN DEL OBJETO: CONTRATAR UN

OPERADOR LOGÍSTICO QUE PRESTE LOS SERVICIOS PARA LA REALIZACIÓN DE VEINTIÚN (21)EVENTOS DE CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN A NIVEL NACIONAL DE LA LEY 1712 DE 2014 "PORMEDIO DE LA CUAL SE CREA LA LEY DE TRANSPARENCIA Y DEL DERECHO DE ACCESO A LA

INFORMACIÓN PÚBLICA NACIONAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" Y DEL DECRETO 103 DE2015, "POR EL CUAL SE REGLAMENTA PARCIALMENTE LA LEY 1712 DE 2014 Y SE DICTAN OTRAS

DISPOSICIONES DIRIGIDA A SERVIDORES PÚBLICOS Y A PERSONAS EN GENERAL, de manera que los

proponentes puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la Entidad, así como la distribución

de riesgos que la misma propone.

2. DEFINICIONES

Las expresiones utilizadas en el presente documento deben ser entendidas con el significado que a continuación

se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el

cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidos de acuerdo con la

definición contenida en el Decreto 1082 de 2015. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de

acuerdo con su significado natural y obvio.

Definiciones y Acrónimos aplicables al proceso de selección

PGN

Contratista

Oferta

Proponente

ACTO

ADMINISTRA

TIVO DE

ADJUDICACI

ÓN:

Adendas

Contrato

Estudios

previos

Pliego de

condiciones o

invitación

pública

Procuraduría General de la Nación.

Es el proponente que resulte adjudicatario y suscriba el Contrato objeto del presente proceso de

contratación. (Manual de Contratación de la PGN

Es la propuesta presentada a la Procuraduría General de la Nación por los interesados en ser el contratista

que ejecute el objeto del presente proceso. (Colombia Compra Eficiente, Pliego de condiciones tipo -

Es toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, en forma individual o conjunta (unión temporal,

consorcio y promesa de sociedad) que aspira celebrar contratos con la PGN y presenta para ello, de

manera formal, una oferta. Manual de Contratación de la PGN.)

Es el documento por el cual la Entidad manifiesta su voluntad inequívoca de adjudicar o declarar desierto

un proceso de selección. Para las licitaciones públicas se expedirá una Resolución, para las demás

modalidades de selección dicha voluntad se expresará en el acta correspondiente, salvo en la contratación

directa, en la que se proferirá el acto administrativo de justificación o el correspondiente documento de

estudios previos. (Manual de Contratación de la PGN -)

Es el documento por medio del cual la Entidad Estatal modifica los pliegos de condiciones, de acuerdo con

lo establecido en el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011. (Colombia Compra Eficiente, Pliego de condiciones

tipo —

Acuerdo de voluntades creador o generador de obligaciones para las partes. Cuando una de las partes es

una persona de derecho público, estaremos frente a un contrato estatal; si las partes son todas personas

jurídicas de derecho público tendremos un contrato ínter administrativo. (Manual de Contratación de la

PGN -.)

son todos los estudios, análisis y trámites, debidamente documentados, que sirven de soporte para la

elaboración del proyecto de pliego de condiciones, pliegos definitivos y del contrato, de manera que los

proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo

requerido por la entidad. (Manual de Contratación de la PGN -)

Es el acto administrativo que contiene los requisitos objetivos de participación en un proceso de

contratación cuando implica convocatoria pública, en el que se definen, entre otros aspectos, las reglas de

verificación de la capacidad de los oferentes y de evaluación de las ofertas, las causales de rechazo de los

ofrecimientos, el cronograma del proceso, los mecanismos de comunicación con la administración, las

condiciones del contrato a celebrar, etc. (Manual de Contratación de la PGN -

Definiciones técnicas aplicables al proceso

Agencias de

viaje y turismo

Logística

Son las empresas comerciales, debidamente constituidas que se dedican profesionalmente a vender

servicios turísticos.

*http://dirección de análisis sectorial y promoción - Registro Nacional de Turismo

Es un proceso vital a la hora de llevar a cabo un evento para que cumpla con las expectativas de los

participantes y organizadores, es la matriz y la base de cualquier evento, debe estar presente desde el

momento de hacer la preproducción hasta la ejecución y finalización del evento. De ella dependen el costo,

el beneficio que se va a obtener y la calidad. Una vez concertada la negociación de cada evento, la

planeación y seguimiento de cada uno de los procesos y detalles deben estar en cabeza de un jefe o

director logístico que, junto con un personal de montaje capacitado, y después del chequeo de cada uno de

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PROCURADURÍA

Operador

profesional de

congresos

Servicio

Hotelero

índice de

Gobierno

Abierto

Norma

Técnica

Sectorial

Colombiana

NTSH 006

Registro Único

de

Proponentes

los equipos del evento, garantizarán los resultados esperados.

'http://revistadelogistica.com/logistica-de-un-vento.asp

Son las personas naturales o jurídicas legalmente constituidas que se dedican a la organización de

certámenes como congresos, convenciones, ferias, seminarios o similares, en sus etapas de

gerenciamiento, planeación, promoción y realización así como a la asesoría y/o producción de estos

certámenes en forma total o parcial.

*http://dirección de análisis sectorial y promoción - Registro Nacional de Turismo

Se define como una actividad intangible y cuya prestación requiere de disponer de facilidades físicas, lo

conforman diversos tipos de servicios:

• El Servicios Básico, es el alojamiento,

• Servicios Facilitadores: Recepción, ama de llaves, reservación, mantenimiento, manutención.

http://marketinqturisticoiii.bloqspot.com/2012/10/caDitulo-1-asDectos-conceDtuales.html

El índice de Gobierno Abierto (IGA) es un indicador sintético que mide el cumplimiento de normas

estratégicas anticorrupción. Se entiende como normas estratégicas anticorrupción aquellas disposiciones

que buscan implementar medidas preventivas en el sector público en el marco de las Convenciones

Interamericana y de Naciones Unidas de Lucha Contra la Corrupción. Fuente:

www.procuraduria.qov.co/Dortal/media/file/20120305%20%C3%8Dndice%20de%20Gob¡emo%20Abierto%

20prequntas%20frecuentes.pdf-.).

Esta norma técnica sectorial establece las características de calidad en infraestructura y servicios

ofrecidos, que deben cumplir los hoteles para obtener su certificado de calidad turística, así mismo, define

la clasificación de los establecimientos de alojamiento y hospedaje mediante la categorización por estrellas

para los hoteles en las modalidades 1, 2, 3, 4 y 5. Fuente:

httD://www.fontur.com.co/avms¡te/avm document/avm normatividad/2009/NTSH006-09.pdf -.).

El Registro Único de Proponentes, creado originalmente por la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 1150

de 2007, y posteriormente modificado por artículo 221 del Decreto 19 de 2012 es uno de los registros que

el Estado delegó en las cámaras de comercio por virtud de la Ley, el cual brinda un esquema que permite

centralizar la información de los proponentes, y unifica la reglamentación sobre la materia. Fuente:

http://www.ccibague.org/index.php/registros-publicos/categorias/registro-unico-de-proponentes.html-).

3. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 Superior, la Procuraduría General de la Nación forma parte

del Ministerio Público y a éste, le corresponde, la guarda y promoción de los derechos humanos, propender por

la vigencia de un orden social justo, proteger el interés público y vigilar la conducta oficial de quienes

desempeñan funciones públicas.

Igualmente, según se estipula en el artículo 277 de la Norma Constitucional, el Procurador General de la Nación,

por sí o por medio de sus delegados y agentes, tiene entre otras funciones, la de vigilar el cumplimiento de la

Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos, así mismo, la de intervenir en los

procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario en defensa del orden jurídico,

del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales.

Conforme lo señala el literal d, del artículo 23 de la Ley 1712 de 2014, al Ministerio Público y a la Procuraduría

General de la Nación le compete, entre otras funciones, la de promover el conocimiento y aplicación de la Ley

de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública entre los sujetos obligados, así como

también su comprensión entre el público, teniendo en cuenta criterios diferenciales para su accesibilidad, sobre

las materias de su competencia mediante la publicación y difusión de una guía sobre el derecho de acceso a la

información.

Por otro lado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1712 de 2014 y entre otras, en la Sentencia C - 274 de

2013, el derecho de acceso a la información pública es un derecho fundamental. Igualmente, el artículo 74 de la

Constitución Política consagra el derecho que tienen todas las personas de acceder a los documentos públicos.

Para garantizar el derecho fundamental de acceso a la información pública y cumplir con las funciones

asignadas al Ministerio Público y a la Procuraduría General de la Nación en virtud de la Ley 1712 de 2014, el

Procurador General de la Nación creó mediante Resolución 146 del 08 de mayo de 2014 el Grupo de

Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública y, mediante Resolución 282 del 05 de

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septiembre de 2014, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1712 de 2014, estableció la

metodología para que el Ministerio Público cumpla con las funciones asignadas en la citada normativa.

Por su parte, mediante la Resolución 350 del 29 de octubre de 2014, el Procurador General de la Nación

designó a la Viceprocuradora General de la Nación como Coordinadora del Grupo de Transparencia y delDerecho de Acceso a la Información Pública.

La Procuraduría General de la Nación, a través del Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la

Información Pública, en cumplimiento de las funciones asignadas en el artículo 23 de la Ley 1712 de 2014 en

concordancia con las Resoluciones 282 de 2014 y 023 de 2015, ha realizado actuaciones de capacitación, foros,

eventos, talleres, vigilancia y seguimientos a nivel territorial y nacional, que permiten a los servidores,

funcionarios y en general todos los sujetos obligados, garantizar a todos su derecho fundamental de acceder ala información pública.

Así las cosas, para continuar con las actividades tendientes a promover el conocimiento la promoción y

aplicación de la Ley 1712 de 2014, se desarrollarán eventos de capacitación y promoción en veintiún (21)ciudades del País.

Para la selección de las ciudades, se consideraron las siguientes variables:

1. Población: ciudades o municipios donde se concentra la mayor población.

2. Resultados del IGA (2013-2014): ubicación donde se advierten posibles riesgos de corrupción.

3. Evolución general en el IGA: ubicación donde hay menos evolución positiva (mejoramiento) desde el

2010 al 2014.

4. Sostenibilidad en el mejoramiento: ubicación donde hay menos crecimiento constante en el periodo

2010 a 2014.

5. Cantidad de municipios: elección donde hay más municipios.

De conformidad con los resultados del análisis anterior, las ciudades definidas son las siguientes:

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

9.

10.

11.

12.

13.

14.

15.

16.

17.

18.

19.

20.

21.

MITU

PUERTO CARREÑOMONTERÍA

SAN ANDRÉS

SAN JOSÉ DELGUAVIARE

BUENAVENTURA

QUIBDO

PUERTO ASÍS

ACACIAS

CARTAGENA

FONSECA

DOS QUEBRADAS

FLORENCIA

POPAYAN

CUCUTA

MARQUETALIA

PASTO

TAME

SAN GIL

LETICIA

UBATE.

Se busca con las actividades de capacitación y promoción de la Ley 1712 de 2014 y demás normas

reglamentarias, lograr la asistencia total de 3750 servidores y funcionarios públicos pertenecientes a los

diferentes sujetos obligados, así como de personas en general.

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Para tal fin, se hace necesario contratar un operador que esté en capacidad de atender el desplazamiento

aéreo y/o terrestre del funcionario encargado de dictar la capacitación hacia las sedes en las cuales se realizará.

Además del desplazamiento los servicios deben incluir el alojamiento, la alimentación, el transporte desde y

hacia el aeropuerto, así como los servicios de asistencia para la realización de eventos, que incluya salón,

ayudas audiovisuales, refrigerios, estación de café y demás requisitos establecidos en el anexo técnico No. 2

"especificaciones técnicas mínimas del servicio".

4. OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO ACELEBRAR.

4.1 Objeto a Contratar

Seleccionar al oferente que preste el servicio de operador logístico para la realización de veintiún (21) eventos

de capacitación y promoción a nivel nacional de la ley 1712 de 2014 "Por la cual se crea la ley de transparencia

y del derecho de acceso a la información pública nacional" y del decreto 103, dirigido a servidores públicos y a

personas en general.

4.1.1 Alcance del objeto:

La ejecución del objeto del contrato que se celebre como resultado del presente proceso de selección deberá

comprender como mínimo, las actividades señaladas en este documento y en su anexo técnico, así como las

que se establezcan en el respectivo contrato:

• Apoyo a la Convocatoria. Incluye gestión administrativa para confirmación de asistencia, control de

asistencia, presentador, protocolos, sonido, fotos, etc.

• Suministro de tiquetes aéreos de ida y regreso en rutas nacionales, por regla general en clase económica.

• Suministro de transporte terrestre.

• Suministro de hospedaje.

• Suministro de alimentación.

• Alquiler de auditorio, salones y equipos (audiovisuales e informáticos).

• El personal mínimo para la atención de los diferentes eventos a realizar por cada uno de los eventos.

Nota 1: Las condiciones del servicio de alojamiento (en hoteles mínimo de 3 estrellas), alimentación y logística

deben cumplir con las adecuadas condiciones de higiene, calidad y servicio.

Nota 2: Fechas de eventos: Las fechas de los eventos están establecidas por la PGN-Grupo de Transparencia,

en el calendario de eventos de capacitación proyecto de inversión referido en el anexo técnico "especificaciones

técnicas mínimas del servicio".

Nota 3: El operador logístico deberá garantizar que los tiquetes aéreos no utilizados puedan ser reprogramados

y reutilizados en otras fechas, previamente avalado por los supervisores del contrato, sin que la PGN deba

asumir algún costo por concepto de penalidad. . .

Nota 4: Cuando por diferentes circunstancias se deba cancelar un evento de capacitación, la PGN deberá

informar de la cancelación con diez (10) días hábiles de anterioridad al contratista, quien asumirá los gastos en

que se haya incurrido. En ningún evento la Procuraduría General de la Nación reconocerá valor alguno por

cancelación o reprogramación de eventos, siempre y cuando se encuentre dentro de este término.

Nota 5: El auditorio deberá estar debidamente dotado con sillas cómodas, limpias y en buen estado, mesa

principal y atril. El auditorio debe brindar condiciones óptimas de calidad, comodidad y seguridad para los

asistentes tales como iluminación natural y artificial suficiente y adecuada, ventilación que incluye aire

acondicionado y aislamiento de ruidos exteriores, salidas de emergencia, baterías de baños (mínimo dos para

hombres y dos para mujeres) y plan de emergencia.

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PROCURADURÍAeEHBULDCLAKUKW

Nota 6: En el evento de capacitación el operador deberá contar con una estación de café para suministrar agua,

café y aromática para mínimo 100 personas y máximo 250 personas.

Del mismo modo, el operador debe suministrar un refrigerio en bandeja que contenga un carbohidrato (pastel,

dona, croissant, ponqué), una proteína (jamón, queso, carne), una vitamina (fruta), una bebida (jugo, gaseosa),

para mínimo 100 personas y máximo 250 personas.

Es importante señalar que los eventos pueden realizarse de manera simultánea, para lo cual el contratista debe

garantizar el cabal cumplimiento de cada uno de los eventos.

4.2 Relación Estratégica del Objeto Contractual con la Planeación Institucional.

El presente proceso se encuentra enmarcado en el Plan estratégico Institucional "procurando Orden y

Rectitud" 2013-2016 clasificado en la perspectiva, objetivo y criterio d logro mencionados a continuación:

PERSPECTIVA

Objetivo

Logros

01

05

05

PERSPECTIVA DE

LA SOCIEDAD

Promover la cultura

de la integridad y el

monitoreo y

mitigación de los

riesgos de corrupción

Adelantar

Actuaciones

preventivas y de

control de gestión que

permitan una

verdadera articulación

de la gestión pública

02

08

02

PROCESOS

INTERNOS

Garantizar una

atención oportuna

y efectiva al

ciudadano

Atender y orientar

al ciudadano

03

12

04

APRENDIZAJE,

TECNOLOGÍA Y

CONOCIMIENTO

Generar y comunicar

información útil oportuna y

confiable

Garantizar la divulgación,

circulación amplia y

focalizada de la

información y de su

sentido, hacia los

diferentes grupos de

interés.

El Plan Estratégico Institucional se encuentra disponible

general en el link:

http://www.procuraduria.qov.co/portal/media/file/info qel

para la consulta de los funcionarios y la ciudadanía en

arch¡vos/3//3 PEI-2013-2016.pdf

4.3 Clasificación UNSPSC.

Acorde con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.3 del Decreto 1082 de 2015, la clasificación de bienes y

servicios requeridos para el objeto del presente proceso de selección es la siguiente:

CLASIFICADOR

UNSPSC

80141607

90111601

90121502

80141902

SEGMENTO

(80)Servicios de

Gestión, Servicios

Profesionales de

Empresa y Servicios

Administrativos

(90)Servidos de

viajes, alimentación,

alojamiento . y

entretenimiento

(90)Servicios de

viajes, alimentación,

alojamiento y

entretenimiento

(80)Servicios de

Gestión, Servicios

Profesionales de

Empresa y Servicios

FAMILIA

(14) Comercialización y

distribución

(11) Instalaciones

hoteleras, alojamientos y

centros de encuentros

(12) Facilitación de viajes

(14) Comercialización y

distribución

CLASES

(16) Actividades

de ventas y

promoción de

negocios

(16) Facilidades

para encuentros

(15) Agentes de

viajes

(19) Exhibiciones

y ferias

comerciales

PRODUCTOS

(07) Gestión de

Eventos

(01)Centros de

conferencias

(02) Agencias de

viajes

(02) Reuniones y

eventos

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PROCURADURÍAvHtwVlli Iffi MI IVwlVIi

CLASIFICADOR

UNSPSC

90111501

SEGMENTO

Administrativos

(90)Servicios de

viajes, alimentación,

alojamiento y

entretenimiento

FAMILIA

(11) Instalaciones

hoteleras, alojamientos y

centros de encuentros

CLASES

(15) Hoteles y

moteles y

pensiones

PRODUCTOS

(01) Hoteles

4.4 Especificaciones Técnicas

Las especificaciones técnicas se indican en Anexo adjunto a este documento.

4.5 Identificación del contrato a celebrar

El contrato a celebrar resultado del presente proceso será de PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

5. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN INCLUYENDOFUNDAMENTOS JURÍDICOS

En virtud de lo consagrado por la Ley 1150 de 2007, articulo 2 adicionado por la Ley 1474 de 2011 artículo 94,

Numeran, "(...) La escogencia del contratista se efectuara por regla general a través de licitación pública, con

las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo; así mismo de conformidad con

lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 1510 de 2013. (...)"

Teniendo en cuenta que el objeto de la presente contratación es complejo, exige la ponderación de elementos

de calidad y precio y el presupuesto estimado para ejecutar el objeto del proceso contractual, asciende a la

suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL

SEISCIENTOS CUATRO PESOS M/CTE (292.339.604,00), monto que no supera la menor cuantía de

contratación de la Procuraduría General de la Nación, en el presente caso la escogencia del contratista se

efectuara con arreglo a la modalidad de Selección Abreviada de Menor Cuantía de acuerdo con lo consagrado

en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, articulo 2, numeral 1 en concordancia con lo estipulado por el 1082 de

2015 y las disposiciones de la Ley 1474 de 2011.

Para la selección del contratista, la Entidad aplicará los principios de transparencia y responsabilidad contenidos

en la Ley 80 de 1993 y los postulados que rigen la función administrativa.

6. ANÁLISIS DEL SECTOR- ASPECTOS GENERALES-VALOR ESTIMADO Y SU JUSTIFICACIÓN

ASPECTOS GENERALES

Análisis técnico

El sector terciario ofrece bienes y servicios al consumidor final, incluye todas aquellas actividades que no

producen una mercancía en sí, pero igualmente son necesarias para el funcionamiento de la economía.

Dentro de este sector, encontramos subsectores tales como transporte, comercio, servicios, financiero, minero-

energético y de la construcción entre otros; en las actividades terciarias o de servicios de Colombia predominan

la banca, la tercerización de procesos, las comunicaciones, la hotelería y el turismo.

Se considera que la industria hotelera y/o logística de eventos de capacitación no se encuentra en una

competencia monopolística porque cumple con las condiciones que caracterizan este tipo de mercado, dentro

del cual existen competidores con algunas características en común. Las empresas dedicadas al servicio

requerido por la Procuraduría General de la Nación son agencias de viajes, operadores logísticos, cajas de

compensación que cuentan con este servicio y hoteles.

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PROCURADURÍAGEÜUKUm

Existe una gran cantidad de hoteles y/o empresas logísticas participando en el mercado sin que haya un control

dominante por parte de ninguno de los que participa en particular, lo que marca la diferencia son la

infraestructura y la ubicación que estos tengan en la ciudad y sus servicios para el caso de los operadores

logísticos, lo que los hace más atractivos a los turistas y a los usuarios del servicio logístico. La competencia se

basa en valores agregados como: calidad de servicio, el acceso y transporte fácil hacia el centro de la ciudad,

auditorios para los eventos etc.

La publicidad y el mercadeo, debe jugar un papel muy importante, dado que los competidores poseen cierto

grado de poder monopolístico. Los productos y servicios no son básicamente iguales y no se pueden sustituir

fácilmente unos por otros; esto es debido a que tienen una serie de características que les hacen diferentes,

porque lo que se busca es obtener el máximo bienestar posible del producto o servicio que compra. Lo más

importante en la decisión de un cliente es que previamente a la elección de un producto o servicio se realice un

proceso de información donde las características implícitas de los productos sean suficientes y adecuadas para

la realización del análisis en la toma de decisión del proveedor por parte del cliente, constatando que esa

información sea real cuando se está realizando el evento.

Los operadores deben ser de dedicación exclusiva a ese servicio, con un departamento dedicado a la

organización de eventos o manejo de grupos de personas grandes.

Al desarrollar una operación logística se deben tener en cuenta dentro de este proceso algunos elementos de

importancia; las decisiones que toma el operador se basan en los requerimientos del contratante, sin embargo,

es él quien define y estructura las fases del proceso logístico en común acuerdo con I supervisores del contrato.

Esto implica que el operador sea directamente el encargado de la organización, gestión y control de la

operación, asignando los recursos necesarios para el cabal cumplimiento del objeto y planificando el correcto

engranaje de las diversas fases del proceso, ya que finalmente responde frente a la entidad por los servicios, lo

que supone que asume el riesgo de pérdidas, deterioros y de todos los servicios adicionales que respecto a los

mismos acuerden.

El servicio logístico es indispensable para veintiún (21) eventos de capacitación y promoción tal y como se

refiere en el anexo No. 2 de este documento ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DEL SERVICIO, en el

cual se detallan técnicamente las necesidades y/o requerimientos para el operador logístico.

Análisis regulatorio

Respecto de los establecimientos de alojamiento y hospedaje (EAH), el Instituto Colombiano de Normas

Técnicas y de Certificación - ICONTEC, ha expedido las siguientes normas técnicas: "Norma Técnica NTS-TS

Sectorial Colombiana 002" en las que se especifica los requisitos de sostenibilidad ambiental socio cultural y

económica, para los establecimientos de alojamiento y hospedaje EAH, definidos en dos niveles, así: Nivel

básico de sostenibilidad y Nivel alto de sostenibilidad; "NTSH 001 Realización de Actividades básicas para la

Prestación del Servicio; NTSH 002 Información a Clientes, Atención de Sugerencias y Reclamaciones de

Acuerdo a Políticas de servicio; NTHS 003 Prestación de servicio de recepción y reservas conforme a manuales

existentes; NTS-USNA 004 Manejo de recursos cumpliendo las variables definidas por la empresa; NTSH 005

manejo de valores e ingresos relacionados con la operación del establecimiento y NTSH 006 Clasificación de

establecimientos de alojamiento y hospedaje. Categorización por estrellas de hoteles, requisitos normativos".

En cumplimiento a lo anterior, los sitios de alojamiento para el capacitador deberán corresponder a mínimo tres

(3) estrellas.

Adicionalmente El proponente deberá allegar el Registro Nacional de Turismo, vigente a la fecha de cierre del

proceso de selección, en el que conste que se encuentra inscrito en dicho Registro de conformidad con lo

establecido en la Ley 300 de 1996 modificada por la Ley 1101 de 2006 y los Decretos 504 de 1997 y 2074 de

2003, en concordancia con el artículo 164 del Decreto Ley 19 de 2012.

El Artículo 12 de la Ley 1101 de 2006 establece que están obligados a inscribirse en el Registro Nacional de

Turismo:

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«1. Los hoteles, centros vacacionales, campamentos, viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje' no

permanente, excluidos los establecimientos que prestan el servicio de alojamiento por horas.

2. Las agencias de viajes y turismo, agencias mayoristas y las agencias operadoras.

3. Las oficinas de representaciones turísticas.

4. Los guías de turismo.

5. Los operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones.

6. Los arrendadores de vehículos para turismo nacional e internacional.

7. Los usuarios operadores, desabolladores e industriales en zonas francas turísticas.

8. Las empresas promotoras y comercializadoras de proyectos de tiempo compartido y muitipropiedad.

9. Los establecimientos de gastronomía y bares, cuyos ingresos operacionales netos sean superiores a los 500

salarios mínimos legales mensuales vigentes.

10. Las empresas captadoras de ahorro para viajes y de servicios turísticos prepagados.

11. Los concesionarios de servicios turísticos en parque.

12. Los demás que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo determine.

13. Las empresas de transporte terrestre automotor especializado, las empresas operadoras de chivas y de

otros vehículos automotores que presten servicio de transporte turístico»

Las Cajas de Compensación Familiar acreditarán la Existencia y Representación Legal, mediante certificación

expedida por la Superintendencia del Subsidio Familiar o la entidad que haga sus veces, pero igualmente deben

tener matriculado un establecimiento de comercio a nombre de la Caja de Compensación, el cual debe contar

con el Registro Nacional de Turismo.

En lo referente a las normas aplicables para la manipulación de alimentos, el Decreto 3075 de 1997, por el cual

se reglamenta parcialmente la Ley 9 de 1979, señala que la salud es un bien de interés público y. en

consecuencia, las disposiciones contenidas en el Decreto son de orden público, regulan todas las actividades

que puedan generar factores de riesgo por el consumo de alimentos, y se aplicarán a) A todas las fábricas y

establecimientos donde se procesan los alimentos; los equipos y utensilios y el personal manipulador de

alimentos; b) A todas las actividades de fabricación, procesamiento, preparación, envase, almacenamiento,

transporte, distribución y comercialización de alimentos en el territorio Nacional. Adicionalmente, la Norma

Técnica Sectorial Colombiana NTS-USNA 007 "Norma Sanitaria de Manipulación de Alimentos" establece los

requisitos sanitarios que se deben cumplir en los establecimientos de la industria gastronómica, para garantizar

la inocuidad de los alimentos, durante la recepción de la materia prima, procesamiento, almacenamiento,

transporte, comercialización y servicio, con el fin de proteger la salud del consumidor.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 348 del 25 de febrero de 2015, el servicio de transporte previsto

para el capacitador, debe ser prestado bajo la responsabilidad de una empresa de transporte legalmente

constituida y debidamente habilitada para la prestación de este servicio la cual debe contar con las pólizas

vigentes requeridas para la habilitación en la modalidad de transporte de personas.

En materia tributaria, el presente proceso de selección es objeto de obligaciones, por lo cual los oferentes

deberán incluir e identificar detalladamente cuales servicios presta directamente y cuales a través de terceros,

sobre ellos se debe indicar cuál será el porcentaje de intermediación.

El operador logístico debe facturar por cuenta de terceros cada uno de los servicios con cada uno con los que

sub-contrate y a su vez facturar como ingreso propio la comisión un (porcentaje) por la intermediación, sobre el

cual se le efectúa una retención en la fuente del 11% correspondiente a honorarios si es declarante de renta, o

del 10%, si no lo es. Así mismo debe facturar como ingreso propio, la tarifa administrativa, por la tramitación de

los pasajes.

De tal forma que:

Sobre los ingresos por Cuenta de Terceros, no se efectúa ninguna Retención.

Sobre la Tarifa Administrativa, se efectúa una Retención en la Fuente del 4%.

Sobre el Valor de los Honorarios (Operación Logística), una Retención en la Fuete por concepto de

Renta del 11% si es Declarante de Renta o 10% si no lo es.

Sobre el Valor Facturado por concepto de IVA, sobre la Tarifa Administrativa, una Retención del 15%.

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PROCUFGENERAL DE U NACIÓN

Sobre el Valor de la Tarifa Administrativa, una Retención por concepto de ICA, del 9.66 por mil(0.966%).

Sobre el Valor de Honorarios (Operación Logística), una Retención en la Fuente por ICA, del 6.9 por mil

(0.690%).

Las bases mínimas son para efectuar Retención en la Fuente son:

Tarifa Administrativa 4 UVT ($28.279 x 4 = $113.116)

En el caso de Honorarios NO, tiene base mínima.

Finalmente en relación con el proceso de selección, serán aplicables las normas previstas en el Decreto1082 de

2015.

6.1 Económico

INDICADORES FINANCIEROS CAPACIDAD FINANCIERA Y DE ORGANIZACIÓN

A continuación se analizan los indicadores de liquidez, endeudamiento y rentabilidad con la información

financiera del año 2014, obtenida a través de consulta efectuada en la página web del SIREM (Superintendencia

de Sociedades), consulta en la página web de Supersubsidio (www.ssf.gov.co), página web del Registro Único

Empresarial Cámaras de Comercio RÚES y del Registro Único de Proponentes aportado por algunosproveedores del servicio.

EMPRESA

INVERSIONES PUINSAS

CEDHITOURSS.A.S

FUNDACIÓN CENTRO PARA EL DESARROLLO

TECNOLOGÍA DEL COMERCIO TURISMO Y SERV

VITA-CO AGENCIA BTL SAS

XPERIENCE CONSTRUCTION GROUP SAS

ÍNTER EXPOSA

CONSTRUCTORA DE MARCAS SAS

AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO AVIATUR

GRUPO HOBBY SAS

CREATIVA PRODUCCIONES SA

TODO EN UNO LOGÍSTICA SAS

ORGANIZACIÓN SIMPLEX S.A

PUBBUCAS.A.S

FUNDACIÓN WAYS OF HOPE

1A EVENTOS INTERNACIONALES GRUPO COMPUSISER

LTDA.

A & C LOGÍSTICA & PRODUCCIÓN DE EVENTOS LTDA

CONVETUR SAS

CUARTO PODER OR SAS

EVENTOS Y PROTOCOLO EMPRESARIAL SAS

ROYAL PARK LTDA

ARGOS LOGÍSTICA SAS

LIQUIDEZ

8,79

6,05

20,71

2,16

1,54

2,32

1,4

1,07

2,73

2,84

2,47

2,86

1,76

11,9

6,49

4,93

12,85

1,75

2,61

4,79

3,16

ENDEUDAMIENTO

52%

31%

4%

43%

64%

25%

69%

85%

56%

35%

39%

33%

59%

4%

26%

29%

7%

45%

37%

33%

25%

RAZÓN DE

COBERTURA DE

INTERESES

3

114333

INDETERMINADO

4,32

39,85

17,01

14,5

5

8

165

428

19

7

INDETERMINADO

8

INDETERMINADO

87

339

49

26

46

RENTAIBUDAD

SOBRE EL

PATRIMONIO

13%

7%

12%

8%

76%

20%

41%

51%

78%

35%

27%

14%

36%

51%

12%

20%

13%

25%

24%

30%

40%

RENTAIBLIDAD

SOBREE EL

ACTIVO

6%

5%

11%

4%

27%

14%

12%

7%

34%

22%

16%

9%

15%

30%

9%

14%

12%

14%

15%

20%

30%

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11

GENERAL E>£ U NACIÓN

CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR CAFAM

CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMPENSAR

EXPRESO VIAJES Y TURISMO

1,01

1,89

1,92

44%

50%

47%

52,74

1590

1454

67%

163%

48%

37%

82%

25%

Indicadores de Liquidez: Los indicadores de liquidez de la muestra seleccionada oscilan entre el 1,01 y 20,71.

Se evidencia que la mayoría de los proveedores cuentan con recursos suficientes para cancelar la deuda en el

corto plazo.

índice de endeudamiento: El análisis de los indicadores de endeudamiento, el promedio se ubica en el 40%, lamediana en el 39%, con una desviación del 20%.

Cabe señalar que a mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad de que el contratista incumpla

sus obligaciones.

Razón de cobertura de intereses: Es fundamental para un proveedor estar al día con sus obligaciones

financieras, particularmente con la obligación de pagar intereses financieros.

Una compañía puede encontrarse en dificultades financieras y operacionales y mantener el giro ordinario de sus

negocios por un buen tiempo en la medida en que sea capaz de pagar sus intereses de deuda. En la gráfica

podemos observar que la muestra seleccionada presenta una cobertura de intereses positiva, lo cual indica, que

cumplen con el pago de los intereses de financiación.

Capacidad Organizacional: En cuanto a los indicadores de Rentabilidad, se observa que el margen de

rentabilidad sobre el patrimonio de la muestra seleccionada para el año 2014, oscila entre el 7% y el 163%, y el

retorno operacional del activo oscila entre el 4% y 82%, lo que significa que el sector está siendo productivo.

En la medida que el índice de rentabilidad sobre el patrimonio sea mayor, mayor es la rentabilidad de los

accionistas; a mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio, lo que supone una mejor

capacidad organizacional del proponente.

Frente a la capacidad financiera y de organización de los Consorcios y/o Uniones Temporales, es preciso anotar

que pese a que la figura de la Unión Temporal permite que los miembros determinen las actividades que

desarrollaran en el marco de la ejecución del contrato y fijen su alcance para efectos de las sanciones que

puedan ser impuestas por la administración, tanto en la Unión Temporal como en el consorcio, todas* laspersonas jurídicas o naturales que los conformen RESPONDEN SOLIDARIAMENTE por la ejecución de todas

y cada una de las obligaciones pactadas, por ello, de forma individual deben contar con la fortaleza

financiera necesaria para asumir dicha responsabilidad.

Se destaca que estas figuras no se crearon legalmente para que unieran capacidades sino esfuerzos de gestión

y para que asumieran riesgos en la ejecución de un determinado proyecto. Sobre el particular la Corte

Constitucional, en su sentencia C 414 de 1994, Magistrado Ponente ANTONIO BARRERA CARBONELL, al

revisar la exequibilidad del parágrafo del artículo 7 de la Ley 80 de 1993, precisó:

"El Estatuto de contratación permite que los consorcios y las uniones temporales puedan contratar con el

Estado, lo cual significa que la ley les reconoce su capacidad jurídica a pesar de que no les exige como

condición de su ejercicio, la de ser personas morales. El consorcio es una figura propia del derecho privado,

utilizado ordinariamente como un instrumento de cooperación entre empresas, cuando requieren asumir una

tarea económica particularmente importante, que les permita distribuirse de algún modo los riesgos que pueda

implicar la actividad que se acomete, aunar recursos financieros y tecnológicos, y mejorar la disponibilidad de

equipos, según el caso, pero conservando los consorciados su independencia jurídica.

Se tiene de lo anterior que según la ley, el consorcio es un convenio de asociación, o mejor, un sistema de

mediación que permite a sus miembros organizarse mancomunadamente para la celebración y ejecución de un

contrato con el Estado, sin que por ello pierdan su individualidad jurídica, pero asumiendo un grado de

responsabilidad solidaria en el cumplimiento de las obligaciones contractuales.

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12

Lo que se ha expresado para el consorcio puede aplicarse del mismo modo para la "unión temporal", si se tiene

en cuenta el texto del numeral segundo del mismo artículo 7o. Sin embargo, la norma en cita introdujo a la

figura una variante que justifica la diferencia con el consorcio y explica de paso su razón de ser.

La exposición de motivos al proyecto de ley, explica dicha diferencia de la siguiente manera:

"En cuanto a la unión temporal, definida igualmente en el artículo 7o., puede decirse que se trata de una figura

que reúne todas las características genéricas del consorcio, siendo su diferencia específica la posibilidad de

que quienes la integran determinen cuál ha de ser el alcance y contenido de la participación de cada uno en la

ejecución del objeto contratado, de tal manera que, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por el

cumplimiento de la propuesta y del contrato, los efectos de los actos sancionatorios recaigan exclusivamente

sobre la persona que incurrió en la falta o en el incumplimiento de que se trate. De esta forma se busca facilitar

la participación conjunta de oferentes nacionales y extranjeros o de personas con capacidades económicas

diferentes".

De igual forma el Consejo de Estado en pronunciamiento del veintiséis (26) de abril de dos mil seis (2006),

radicación número 73001-23-31-000-1997-04707-02(15188), en cuanto a los Consorcios o Uniones Temporales

señalo Id siguiente: El decreto 679 de 1994, reglamentario de la ley 80, dispuso, en el artículo 3o, que "de

conformidad con el numeral 5°, literal a), del artículo 24 de la ley 80 de 1993, en los pliegos de condiciones o

términos de referencia podrán establecerse los requisitos objetivos que deban cumplirse para efectos de la

participación de consorcios o de uniones temporales". Esta disposición permite, entonces, que el operador

administrativo SEÑALE en los pliegos de condiciones REQUISITOS OBJETIVOS para la participación de losconsorcios... La finalidad del ARTÍCULO 7° DE LA LEY 80 DE 1993 al permitir la asociación de personas para

la conformación de consorcios o uniones temporales no sólo es la de hacer factible la prestación de un servicio,

la ejecución de una obra, etc., brindando cada uno mayor calidad y eficiencia en razón de su especialidad, y

evitando así los mayores costos y efectos negativos que puedan derivarse de la realización aislada y particular

de actividades respecto de las cuales no se es el más apto, como así se anotó en la Gaceta del Congreso, sino

que también la finalidad es la de asegurar a la Administración contratante, mediante la solidaridad creada en su

favor entre los CONSORCIADOS o los UNIDOS TEMPORALMENTE respecto al cumplimiento total de la

propuesta y del objeto contratado..."

"Es así como cada consorciado y cada uno de los unidos temporalmente tiene una capacidad real individual,

que no tiene alcance real de garantía efectiva sobre la solidaridad fijada en la ley a favor del contratante,

precisamente porque en esas formas de asociación si bien se ve HACIA FUERA la capacidad del consorcio y

de la unión temporal, resulta que HACIA ADENTRO del CONSORCIO y de la UNIÓN TEMPORAL, se aprecia la

real capacidad de cada uno de sus miembros, por razones obvias, siempre inferior a la de la asociación, por

consorcio o por unión temporal. La solidaridad fijada en la ley para los consorciados y para los unidos

temporalmente, según el caso, puede dar lugar al requerimiento administrativo o a la declaración judicial de

exigir el cumplimiento o la indemnización, según el evento, y muy seguramente en la realidad material, la

previsión legal de solidaridad no tendrá la eficacia buscada por el legislador, en la medida que acrezca el

número de participantes, pues si bien a mayor número de participantes es mayor la capacidad del consorcio o

de la unión temporal, también a mayor el número de participantes es menor la capacidad individual de estos y,

por tanto, aunque la ley predica la solidaridad, que es indiscutible, la realidad de eficacia se torna en improbable

en la medida en que la capacidad de cada consorciado y de cada una de las personas que integran la unión

temporal es menor."

Teniendo en cuenta la anterior información y de conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.1.5.3 del

Decreto 1082 de 2015, se recomienda para medir la capacidad financiera y de organización para el presente

proceso los siguientes indicadores:

INDICADOR

LIQUIDEZ (Activo corriente/Pasivo corriente)

Endeudamiento (Pasivo total/ Activo total)

VALOR REQUERIDO

Mayor o igual a

1

Menor o igual a

70%

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INDICADOR

Razón de cobertura de Intereses ( Utilidad Operacional/ gastos de intereses)

Rentabilidad del Activo (utilidad operacional /activo)

Rentabilidad del Patrimonio utilidad operacional/patrimonio

VALOR REQUERIDO

Mayor o igual a

2

Mayor o igual a

2%

Mayor o igual a

5%

• índice de Liquidez: Teniendo en cuenta que el interés de La Procuraduría General de la Nación es quelos Oferentes tengan un índice de liquidez mínimo que les permita cumplir con sus obligaciones

financieras, para la determinación del índice de liquidez se tomó como referencia la liquidez mínima

aceptable, esto es mayor o igual a 1.

• índice de Endeudamiento: Es el resultado de dividir el pasivo total por el activo total.

En este caso para definir un índice máximo de endeudamiento, La Procuraduría General de la Nación

tomó como referencia el valor promedio de la muestra, estableciendo el valor máximo de

endeudamiento en el 70%.

• Razón de cobertura de intereses: Este indicador es el resultado de la utilidad operacional dividida.por

los gastos de intereses.

La Entidad considera importante contar con Oferentes que puedan solventar sus obligaciones

financieras, razón por la cual determinó el indicador de cobertura de intereses en mayor o igual 2jO para

participar en este proceso

Cuando se trate de consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad futura, los índices de

Liquidez, Endeudamiento y Razón de Cobertura de Intereses, cada uno de los integrantes de la

asociación deberá cumplir con el mínimo requerido.

Capacidad Organizacional

La Capacidad de Organización se evaluará con base en la información financiera con corte a diciembre 31 de

2014 respecto de los siguientes indicadores financieros.

Teniendo en cuenta que La Procuraduría General de la Nación debe asegurar que las proponentes tienen la

capacidad para responder a las obligaciones derivadas fijó los siguientes indicadores como requisitos

habilitantes con los cuales se medirá la capacidad organizacional.

(a) Rentabilidad del Activo

El rendimiento de los activos se evaluará de acuerdo al porcentaje que resulte de dividir la utilidad operacional

por el activo total.

La utilidad operacional sobre los activos indica qué tan rentable es una empresa respecto de sus activos totales,

por lo tanto muestra qué tan eficientemente usa sus activos para generar ganancias.

La Procuraduría General de la Nación considera que el Oferente muestra su eficiencia al tener un resultado

positivo de la utilidad operacional sobre el activo y determinó que la rentabilidad del activo debe ser mayor a

2%, teniendo en cuenta la información reportada por el sector.

(b) Rentabilidad del Patrimonio

El rendimiento del patrimonio se evaluará de acuerdo al porcentaje que resulte de dividir la utilidad operacional

por el patrimonio total.

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PROCURADURÍAGENERAL D£ U KACIOH

La utilidad operacional sobre el patrimonio indica qué tan rentable es una empresa respecto de su patrimonio,

por lo tanto muestra qué tan eficientemente usa su patrimonio para generar ganancias.

Así las cosas La Procuraduría General de la Nación, considera que el Oferente muestra su eficiencia al tener

un resultado positivo de la utilidad operacional sobre el patrimonio y determinó que la rentabilidad del patrimonio

debe ser mayor a 5%j teniendo en cuenta la información reportada por el sector en el estudio de mercado.

Cuando se trate de consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad futura, los Indicadores de

Rentabilidad del Activo y Rentabilidad del Patrimonio, cada uno de los integrantes de la asociación

deberá cumplir con el mínimo requerido.

INDICADOR

Rentabilidad del Activo

(utilidad operacional /activo)

Rentabilidad del Patrimonio

(utilidad operacional/patrimonio)

VALOR REQUERIDO

Mayor o igual a

2%

Mayor o igual a

5%

Estudio de la Oferta y la Demanda

Oferta

Las empresas dedicadas al servicio requerido por la Procuraduría General de la Nación son agencias de viajes,

operadores logísticos y cajas de compensación que prestan estos servicios a través de establecimientos de su

propiedad que cuentan con Registro Nacional de Turismo y hoteles. Este mercado no es restringido, los

servicios que se pretenden adquirir son ofrecidos por múltiples empresas con diferenciales representativos

teniendo en cuenta el tamaño de la empresa, su experiencia y régimen tributario entre otros.

De acuerdo con el «Estudio de Mercados para las Agencias de Viajes en Colombia», realizado por la Delegatura

de Protección de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio1, la cadena productiva y lacadena eje valor de este sector es la siguiente:

« CADENA PRODUCTIVA DEL TURISMO

Kaplinsky y Monis, (citado por Vivianne Ventura-Días, 2011), señaló que la cadena productiva del turismo o

cadena de valor está definida como:

(...) el conjunto de todas las actividades que son necesarias para producir un bien o servicio desde su

concepción, pasando por las diferentes etapas de producción (que involucran una combinación de

transformación física y los insumos de diferentes servicios) hasta el suministro al consumidor final para su

uso. (Ventura- Días, 2011, p.23)

A partir de lo anterior, se tiene que la cadena de valor se encuentra conformada por diversos eslabones del

sector del turismo, a saber:

i) Proveedores de insumos, los cuales se encuentran conformados por empresas de transporte, hoteles,

excursiones nacionales e internacionales, alquiler de vehículos, cruceros, trenes, organización de convenciones,

ferias, seminarios, entre otros.

ii) El eslabón de transformación el cual lo conforman todo tipo de productos que el turista consumirá durante el

transcurso de su viaje como los son actividades de esparcimiento, entre otros.

iii) El eslabón de Comercialización el cual comprende a los intermediarios de la cadena como lo son las

agencias de viajes, los servicios de guía turístico, entre otros. En la Gráfica 1 se observa el esquema de la

cadena de valor del turismo en Colombia.

Gráfica. Cadena de valor del Turismo en Colombia

www. sic. gov. coi'drupal/... /estudios%20economicos/... /Agencias_ Viajes,p

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15

GENBKALDEUNACION

Proveedores de

insumoTransformación Comercialización

•Transporte

irttermunicipal

•Transporte

internacional

•Transporte

marítimo

•Transporte

fluvial

•Transporte

aéreo

•Transporte

rnultimodal

•Otros

♦Alojamiento

-Actividades

teatrales

•Servicios

auxiliares

•Servicios

artísticos

•Otras

actividades de

esparcimiento

-Servicios de

guias turísticos

• Agencias

turismo

♦ Servicios

asistencia

turistas

de

de

a

Fuente: Cámara de Comercio de Bogotá (2005).

De otra parte cada día cobran mayor relevancia en el mercado la conformación de grupos de agencias de viajes,

las cuales tienen como función primordial lograr que las agencias asociadas a cada uno de estos sean cada dia

más competitivas y rentables, brindándole a su vez herramientas de innovación tecnológica que les permita

adaptarse a los cambios del mercado. Igualmente, a su vez la conformación de dichos grupos permite

acrecentar las negociaciones con diversos proveedores para afianzar el posiciónamiento de sus marcas

nacionales e internacionales. Los grupos mas representativos son: Grupo Aviatur S.A, Grupo Empresarial

turístico Over S.A, Grupo Lalianxa, Travel Network S.A y Grupo Nobel Ossa Asociados S.A Viajes y Turismo

entre otros.

Por medio de las asociaciones (ANATO, Fondo de Promoción Turística), y los grupos empresariales (Grupo

Aviatur, Grupo Over, Grupo L'alianxa, entre otros) las agencias de viajes cuentan con un apoyo empresarial

donde pueden llevar a cabo actividades de cooperación conjunta, dando a conocer sus productos, proyectos y

servicios a nivel nacional, y pudiendo contar a su vez con una representación gremial ante el Gobierno

Nacional.»

Demanda

Para analizar la demanda del sector se tuvieron en cuenta las condiciones en las cuales se ha adquirido este

servicio por la Procuraduría General y por otras entidades públicas.

Histórico de adquisición en la Entidad

La Procuraduría General de la Nación, ha llevado a cabo varios procesos para la prestación de servicios de

operador logístico y de gestión administrativa de eventos; en el siguiente cuadro se relacionan los adelantados

en los años inmediatamente anteriores al presente proceso:

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Año

Entidad

# proceso

Modalidad

de

Selección

Presupuesto

oficial

Valor

contrato

2014

PGN

CTO. 179-100-2014

Contratación Directa por

Declaratoria Desierta del SAMC

28 de 2014

91.707.005

91.520.520

2013

PGN

Selección Abreviada de Menor Cuantía

38 de 2013

Selección Abreviada

235.557.489

162.900.000

2012

PGN

Selección Abreviada de Menor Cuantía 14 de

2012

Selección Abreviada de Menor Cuantía

.182.370.981

127.012.635

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16

PROCUFGEHBUlDEUkUaON

Objeto del

Contrato

Forma de

Pago

Plazo del

contrato

Oferentes

Contratista

Condiciones

de

experiencia

minimas

exigidas al

oferente

Aspectos

evaluables

de la oferta

Garantías

exigidas

Sanciones

0.21%

Prestación del servicio hotelero

de hospedaje y alimentación por

3 noches y 3 días para 144

Procuradores Judiciales I y II en

Bogotá y suministro de refrigerios

Un pago del 100% por servicios

efectivamente prestados

4 días calendario

Sociedad Hotelera Tequendama

S.A.

N/A

N/A.

Cumplimiento 30%

Calidad del servicio 30%

Pago de salarios prestaciones

sociales e indemnizaciones

laborales 5%

No

30.85%

La contratación de un operador logistico

para la realización de dos (2) jornadas de

capacitación, en las ciudades de Bogotá

y Bucaramanga, sobre el sistema mixto

(oral y escritural) en lo contencioso

administrativo - procuraduría delegada

para la conciliación administrativa,

dirigidas a funcionarios de la

procuraduría general de la nación

Un pago anticipado del treinta (30%) por

ciento del valor del contrato a la firma del

acta de inicio, y el setenta (70%) restante

se pagará a la terminación del mismo.

1 mes y 15 días

Hotel Solar-Chicamocha

Hotel Royal Park

Carlos Alberto Pinzón

Zaquille Ma. Nader

Grupo Hobby BTL SAS

Promotora La Triada S.A:

Zaquille María Nader

Los proponentes deben acreditar con las

certificaciones respectivas expedidas por

los contratantes, la celebración,

ejecución y terminación de hasta cuatro

(4) contratos celebrados con entidades

públicas u otros clientes cuyo objeto

corresponda con la operación logística.

-Condiciones económicas'-'- Propuesta

Económica 600 puntos.

-Condiciones de Calidad-

a. Un coordinador de servicios auxiliar o

de apoyo -adicional al mínimo requerido.

100 puntos. Para cada evento, b. El

ofrecimiento de entrega de más cupos de

memorias del evento en CD para todos

los asistentes. '(Ponencias y

presentaciones en Power Point) 100

Puntos.

'- Estímulo a la Industria Nacional 100

puntos.

'-Condiciones preferenciales en favor de

la oferta de bienes y servicios producidos

por las MIPYMES 100 puntos.

Devolución del pago anticipado 100% del

valor girado como pago anticipado

Cumplimiento 30%

Pago de Salarios y Prestaciones

Sociales e Indemnizaciones laborales

10%

No

30.36%

Seleccionar al oferente que preste el servicio

de operador logistico para la realización de

cuatro (4) jornadas de capacitación sobre la

ley 1437 de 2011 ¿nuevo código de

procedimiento administrativo y de lo

contencioso administrativo^ dirigidas a los

funcionarios de la procuraduría general de la

nación.

Un anticipo del 30% del valor del contrato a la

firma del acta de inicio, y el 70% restante se

pagará a la terminación del mismo.

3 meses

Seminarios Andinos EU

Fundación Fitec

Hangar Musical SAS

Douglas Trade SAS

Colsubsidio

Corprogreso

Royal Park Ltda

Grupo Hobby SAS

Sonia Jaimes Cobo

Zaquille Ma. Nader

Royal Park ltda

Los proponentes deben acreditar con las

certificaciones respectivas expedidas por los

contratantes, la celebración, ejecución y

terminación de hasta cuatro (4) contratos

celebrados con entidades públicas u otros

clientes cuyo objeto sea igual o similar al del

presente proceso de selección.

-Condiciones económicas'-'- Propuesta

Económica 600 puntos.

-Condiciones de Calidad-

a. Un coordinador de servicios auxiliar o de

apoyo -adicional al mínimo requerido. 100

puntos, b. El ofrecimiento de entrega de más

cupos de memorias del evento en CD para

todos los asistentes. 100 Puntos.

'- Estímulo a la Industria Nacional 100 puntos.

'-Condiciones preferenciales en favor de la

oferta de bienes y servicios producidos por las

MIPYMES 100 puntos.

Cumplimiento 30%

Pago anticipado 100%

Pago de salarios, prestaciones sociales e

indemnizaciones laborales 10%

No

De la información anterior, se concluye que la modalidad de selección utilizada es la de Selección Abreviada de

Menor Cuantía, los factores de calidad sujetos de ponderación fueron los relativos al personal (un coordinador

adicional) y la entrega de más cupos de memorias para los asistentes. En todos los casos se requirió la

expedición de pólizas y los amparos fueron los de cumplimiento y salarios y prestaciones sociales, así como el

de devolución del pago anticipado, en dos de los casos en que se pactó esta forma de pago. En los procesos

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PROCUIGKULKUllimi

de Selección Abreviada hubo pluralidad de oferentes y la experiencia se verificó en contratos terminados con

objeto similar.

Histórico de adquisiciones de otras Entidades:

Con el ánimo de identificar experiencias de contratación similares que permitan definir parámetros claves para la

estructuración del proceso de selección, se identificaron en el Sistema Electrónico de Contratación Pública

SECOP, otros procesos adelantados por diferentes Entidades en el período 2014 - 2015 y cuyo objeto de

contratación es contratar servicios de operador logístico para la organización de eventos; sin embargo las

especificaciones técnicas definidas difieren con el presente proceso de selección, entre otros por la distribución

de las ciudades y el número de eventos, características técnicas, razón por la cual no es posible realizar un

comparativo entre los valores dados para dichas Entidades.

Año

Entidad

Modalidad de

contratación

Presupuesto

oficial del

contrato

Valor

porcentaje de

descuento

No. Contrato

Fecha

Objeto

Forma de Pago

Plazo del

contrato

2015

Ministerio del

Interior

Licitación

Pública

13.402.258.884

13.402.258.884

0,000%

M-810DE2015

20 de Mayo de

2015

Contratar un

operador

logístico que se

encargue de

prestar los

servicios de

alimentación,

alojamiento,

desplazamiento

s aéreos,

terrestres,

marítimos y

multimodales,

material de

apoyo y todas

aquellas

acciones

inherentes a la

actividad a

contratar para

el cabal

cumplimiento

de las

actividades

(eventos y

reuniones).

Mensualidades

vencidas

7 meses 16

días

2015

IEMP

Licitación Pública

380.000.000

323.000.000

15,000%

Proceso Número 460

05 de mayo de 2015

Contratar a un

operador logístico

que desarrolle

actividades logísticas,

operativas y

asistenciales

requeridas para la

realización de los

eventos "quinto

congreso

internacional de

derecho disciplinario"

y "quinto congreso

internacional de

contratación estatal"

Mensualidades

vencidas

9 meses

2014

Centro de memoria

histórica (cnmh)

Licitación Pública

1.720.000.000

1.720.000.000

0,000%

353-2014

25-02-2014 12:01 p.m.

Contratar un operador

logístico que preste los

servicios para la

organización,

administración y

ejecución de eventos para

el cumplimiento de sus

obligaciones misionales.

Pagos mensuales

9 meses 1 dia

2014

Instituto Distrital de

las Artes IDARTES

Licitación Pública

326.274.960

326.274.960

0,000%

508-2014

05 de mayo de

2014

Prestación de

servicios de

operadores

logísticos para el

desarrollo de los

eventos.

Mensualidades

vencidas

7 meses 8 días

2014

Ministerio de Ambiente

Subasta

1.668.469.404

1.668.469.404

0,000%

S.A.S.I. No. 011 -2014

2 de Septiembre 2014

El ministerio requiere contratar

los servicios de operación

técnica y logística necesarios

para la ejecución y realización

eventos, seminarios y

actividades de capacitación.

Mensualidades vencidas

6 meses

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Oferentes

Subatours s.a.s

Sonia james

Cobos

Unión temporal

m&p

operadores

Publicas s.a.s.

Amistad s.a.s.

Y/o a descubrir

travel t

adventure

Organización simplex

s.a. 714.711

Publica s.a.s. 912

Fundación ways of

hope 0

Sonia Jaimes Cobos

Publicas S.A.S

Seminarios Andinos

S.A.S

Hobby btl comunicaciones

y eventos

Feeling company

Cvml marketing Agency

Creativa producciones

S.A

Unión temporal memoria

2014

Producción de

eventos 911

Fundación Waysof

Hope

Open Group

Age andinos grupos

empresarial s.a.s.

Fundación fitec

Unión temporal ambiental cm-

me

Unión temporal estrategia

logística 2014

Hobby btl s.a.s.

ContratistaSubatours

S.A.SPubblica S.A.S

Seminarios Andinos

S.A.S

Open Group Btl

Ltda

Age andinos grupo empresarial

s.a.s.

Condiciones de

experiencia

mínimas

exigidas al

oferente

El proponente

deberá

demostrar

certificaciones

de contratos

suscritos y

ejecutados

100%. estar

debidamente

inscrita en el

RUP de

acuerdo con los

códigos

UNSCP.

Especifica. La

experiencia

deberá

demostrarse

con máximo

diez (10)

certificaciones

de contratos

ejecutados, con

el mismo o

similar objeto

en operación

logística,

durante los

siete (7) últimos

años anteriores

a la fecha fijada

como cierre del

presente

proceso, cuya

sumatoria sea

igual o superior

al 70% del

presupuesto

oficial del

presente

proceso,

expresado

SMLMV.

Los proponentes

deberán acreditar con

las certificaciones

respectivas,

expedidas por los

contratantes, la

celebración,

ejecución y

terminación de

mínimo tres (3) y

máximo seis (6)

contratos celebrados

y ejecutados, cuyo

objeto sea la

prestación de

servicios de logística

para realización de

eventos académicos

tales como:

congresos,

seminarios y foros.

Por lo menos dos (2)

de las certificaciones

deben acreditar

atención de al menos

de 300 personas y la

duración de dos (2)

de los eventos

acreditados debe ser

de mínimo dos (2)

días.

Acreditar experiencia en

la ejecución de hasta

TRES (3) contratos

ejecutados en los últimos

2 años cuyo objeto esté

relacionado

prestación

servicios para

organización,

administración

ejecución de

cuya

corresponda

la

de

la

y

eventos

sumatoria

como

mínimo a 2.793 SMLMV.

Deberá allegar

Certificados de la

experiencia en la El

interesado debe indicar

en cada certificado o en

cada copia de los

contratos, los bienes,

obras y servicios a los

cuales corresponde la

experiencia que pretende

acreditar.

El oferente deberá

acreditar

certificaciones de

contratos

ejecutados en los

últimos tres (3)

años. Si el

proponente es un

Consorcio o una

Unión Temporal,

cada uno de sus

miembros deberá

acreditar

experiencia en

contratos

ejecutados en

actividades iguales

o similares al objeto

a contratar. En todo

caso la Experiencia

Total del consorcio

o unión temporal

será la suma de la

experiencia que

aporte cada uno de

sus integrantes

Para la acreditación de este

requisito el proponente debe

presentar mínimo tres (3) y

hasta seis (6) certificaciones de

contratos 100% ejecutados

suscritos con entidades

públicas o privadas durante los

últimos ocho (8) años cuyo

objeto sea igual o similar al del

presente proceso de selección,

tiempo que será contabilizado

hacia atrás desde la fecha de

cierre del presente proceso.

esto

en

Cumplimiento

30%Cumplimiento 30% Cumplimiento 10% Cumplimiento 20% Cumplimiento 20%

Garantías

exigidas

Pago de

salarios,

prestaciones

sociales e

indemnizacione

s laborales 5%

Pago de salarios,

prestaciones sociales

e indemnizaciones

laborales 5%

Pago de Salarios,

Prestaciones Sociales e

Indemnizaciones

laborales: 5%

Pago de salarios,

prestaciones

sociales e

indemnizaciones

laborales 5%

Calidad del Servicio 20%

Calidad de los

Bienes 20%

Calidad del servicio

10%Calidad del servicio 10%

Calidad de los

Bienes 20%

Responsabilidad Civil

Extracontractual 200 SMMLV

Calidad del Póliza de manejo Calidad del Servicio El Calidad del Servicio Salarios, Prefaciones sociales

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PROCUf«OEULNUNtOON

Sanciones

Servicio 20%

Responsabilida

d Civil

Extracontractua

15%

No

20%

Salarios y

prestaciones sociales

5%

NO

valor de la garantía

deberá ser equivalente al

veinte por ciento (20%

Responsabilidad Civil

Extracontractual 5%

20%

Responsabilidad

Civil

Extracontractual 5%

No

e indemnizaciones >

Responsabilidad Civil

Extracontractual 5%

No

De la información anterior, se concluye que la modalidad de selección más utilizada es la de Licitación Pública,

por el presupuesto disponible en cada caso; la experiencia fue validada con certificaciones (mínimo 3 y máximo

10), la forma de pago pactada corresponde a pagos parciales mensuales (por número de eventos realizados.

En todos los casos se requirió la expedición de pólizas y los amparos fueron los de cumplimiento y salarios y

prestaciones sociales, calidad del servicio y RCE. En los procesos de Selección hubo pluralidad de oferentes.

7. PRESUPUESTO ESTIMADO

Para estimar el valor del servicio, se solicitaron 139 cotizaciones a posibles proponentes, entregando a ellos un

formato de solicitud de cotización establecido por la Entidad, el cual contenía los requerimientos técnicos

específicos en cuanto al recurso humano, , recurso físico, equipo técnico, transporte, hospedaje, material

didáctico y especificaciones en general del servicio

Se obtuvieron ocho (8) cotizaciones de las siguientes empresas, sobre las cuales se realizó un cálculo promedio

con tres (3) de ellas que cotizan desagregando los ítems requeridos; la empresa Aviatur S.A. detalla en su

cotización que no contempla dentro de ella algunos destinos, no resultando comparable la cotización y, las

demás cotizaciones fueron presentadas con valores globales por evento, razón por la cual no es posible deducir

los ítems comparables, por lo cual no fueron tenidas en cuenta.

Del mismo análisis se obtiene el costo promedio del servicio por el valor de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS

MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUATRO PESOS M/CTE

(292.339.604,00), tal como se detalla a continuación:

ÍTEM / COTIZANTE

RECURSO HUMANO

RECURSOS FÍSICOS Y EQUIPOS

TÉCNICOS

TRANSPORTE

TOTAL

IVA 16%

VALOR TOTAL

4E DOMINIO EN

LOGÍSTICA

14.280.000

221.340.000

30.030.000

265.650.000

42.504.000

308.154.000

FUNDECOMERCIO

67.510.000

107.670.000

40.320.000

215.500.000

34.480.000

249.980.000

VITAco

147.661.000

104.232.000

23.007.700

274.900.700

43.984.112

318.884.812

El presupuesto estimado se encuentra amparado en el certificado de disponibilidad presupuestal No. 46115 del

24 de junio de 2015, expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal de la Procuraduría

General de la Nación.

7.1 CONOCIMIENTO DE LOS COTIZANTES

COTIZANTE

4E DOMINIO EN LOGÍSTICA

FUNDECOMERCIO

VITAco

Creación

10 junio 2010

Resol. 123 del 27-02-

1987

25 enero de 2010

Años de existencia

5 años 22 días

28 años

5 años 6 meses

Calidad de Mipyme

mypyme

Pequeña

Pequeña

Régimen

Tributario

Régimen

común

Régimen

común

Régimen

común

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20

PROCunGENERAL [>E U NACIÓN

8. FORMA DE PAGO

La Procuraduría General de la Nación, por tratarse de un contrato de prestación de servicios, en el cual debe

garantizarse la adquisición de bienes y servicios consumibles y la liquidez del contratista para este fin, realizará

un primer pago correspondiente al 40% del valor del contrato, en calidad de pago anticipado, una vez se

suscriba el acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución

del contrato. Lo anterior teniendo en cuenta que el oferente ganador debe realizar reservas tanto de los lugares

donde se desarrollará el evento, así como los servicios de alojamiento y alimentación y demás servicios; el

60% restante del valor del contrato posterior a la finalización de los eventos el cual se hará efectivo dentro de los

30 días calendario siguientes a la radicación en el Grupo de Cuentas de la División Financiera, factura o cuenta

de cobro con sus respectivos soportes acompañada de la certificación que expida el funcionario designado por

la entidad para ejercer la supervisión del contrato

El proceso de aceptación de la factura se surtirá en un término no mayor a tres (3) días hábiles siguientes a la

fecha de su entrega por parte del CONTRATISTA, periodo en el cual la supervisión realizará las reclamaciones

en contra de su contenido, bien sea mediante la devolución de la misma, o por medio de reclamo escrito dirigido

al emisor o tener de la factura.

En todo caso el pago estará sujeto a la entrega por parte del contratista de los soportes y la certificación donde

se verifique el cumplimiento por parte de éste de las obligaciones con el Sistema General de Seguridad Social

(sistema de salud, riesgos profesionales, pensiones) y aportes parafiscales (Cajas de Compensación Familiar,

ICBF, SENA), cuando de conformidad con la Ley 1607 de 2012 corresponda y a la disponibilidad del PAC

(Programación Anual Mensualizado de Caja).

9. REQUISITOS DE VERIFICACIÓN DE LA PROPUESTA

Los proponentes deben acreditar los siguientes requisitos de verificación: la capacidad Jurídica, financiera, de

organización operacional, técnica y experiencia acreditada específica. Estos requisitos serán verificables por los

integrantes de los diferentes comités, analizando si los proponentes CUMPLEN O NO CUMPLEN con los

requisitos y especificaciones mínimos exigidos por la entidad en el pliego de condiciones.

Los proponentes interesados en la presente convocatoria deberán acreditar los requisitos habilitantes que a

continuación se describen, los cuales se verificarán principalmente con la información que obra en el RUP y con

aquella documentación adicional requerida por la Entidad.

De igual forma la Procuraduría General de la Nación verificará con el contenido que obre en el RUP, la

información relativa a multas, sanciones e inhabilidades.

9.1 CAPACIDAD JURÍDICA

Los proponentes deben cumplir con los siguientes requisitos de orden jurídico, para lo cual aportará los

siguientes documentos:

En el proceso podrán participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en consorcio o unión

temporal o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social o actividad comercial les permita cumplir con el

objeto del contrato. La figura jurídica a través de la cual se presente el oferente, debe tener una duración igual al

plazo del contrato y un (1) año más. La sociedad prometida, debe constituirse de inmediata a adjudicación del

contrato.

La Procuraduría General de la Nación verificará el contenido que obre el RUP, la información relativa a multas,

sanciones e inhabilidades.

Así misrrjo en cuanto a la capacidad jurídica. Se verificarán siguientes aspectos:

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IRÍAVMtHinB VE Ul HnVIVH

9.1.1 Oferta debidamente firmada

Requisito que se cumple con la firma de la carta de presentación de la oferta por parte de la persona legalmente

facultada, la cual debe allegarse con la propuesta que se presenta dentro del plazo y en el sitio fijado.

Debe ser firmada por el proponente: persona natural, representante legal para personas jurídicas, persona

designada para representarlo en caso de consorcio o unión temporal, o apoderado debidamente constituido,

evento en el cual se debe anexar el poder debidamente conferido ante notario público o autoridad judicial

competente donde se indique expresamente cuales son las facultades con que cuenta respecto a la suscripción

de la propuesta en el monto señalado y en caso de ser beneficiario de la adjudicación, si cuenta poder para

suscribir el contrato y representar al contratista en su ejecución. En este evento el poder deberá ser anexado

con esas formalidades junto con la carta de presentación de la propuesta.

El representante legal debe encontrarse debidamente facultado para representar legalmente a la sociedad y

para celebrar todos los actos y contratos que se relacionen con el objeto de la misma.

Antecediendo a la firma, se debe indicar en forma clara el nombre de la persona que suscribe la oferta.

En la carta de presentación de la propuesta el proponente manifestará de manera expresa que no se encuentra

incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones para contratar, establecidas en la

Constitución Política o en la Ley.

Junto con la carta de presentación, el proponente debe aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía de quien

suscribe la oferta.

La carta de presentación se deberá diligenciar de conformidad con el formato del anexo No.1 carta de

presentación, adjunto al pliego de condiciones.

9.1.2 Documento de conformación del consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura.

Si la oferta es presentada por un Consorcio o una Unión Temporal, en la carta de presentación se debe indicar

el nombre del consorcio o unión temporal y además el nombre de los integrantes del mismo. De acuerdo con lo

establecido en la ley 80 de 1993, artículo 7, en el documento de conformación del Consorcio o Unión Temporal

se debe:

a) Indicar en forma expresa si su participación es a título de CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL O

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA.

b) Designar la persona, que para todos los efectos representará el consorcio o la unión temporal o

promesa de sociedad futura.

c) Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del Consorcio o la Unión

Temporal y sus respectivas responsabilidades.

d) En el caso de la UNIÓN TEMPORAL señalar en forma Clara y precisa, los términos y extensión de laparticipación en la propuesta y en su ejecución y las Obligaciones y responsabilidades de cada uno en

la ejecución del contrato (ACTIVIDADES), los Cuales no podrán ser sin el consentimiento privo de la

Entidad contratante.

e) Señalar la duración del mismo que no deberá ser inferior a la del contrato y un (1) año más.

f) En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del Consorcio o

Unión Temporal en el documento de constitución para efectos del pago, en relación con la facturación

deben manifestar:

■ Si la facturación la va a efectuar en representación del consorcio o la unión temporal

uno de sus Integrantes, caso en el cual se debe informar el número del NIT de quien

factura.

■ Si la realizar el Consorcio o unión temporal con su propio NIT, hecho que Se debe

indicar en el documento de conformación. Además Se debe señalar el porcentaje o

valor del Contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón

social y el NIT Cada uno ellos. En este Caso, para efectos de la inscripción en el

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PROCURADURÍASfflffiUKUtHlCIOI

Registro Único Tributario deberán tener en Cuenta lo dispuesto en el Decreto 2645 de2011.

El impuesto sobre las ventas discriminado en la factura que expida el Consorcio o Unión Temporal, deberá ser

distribuido a cada uno de sus miembros de acuerdo con su participación en las actividades gravadas que dieron

lugar al impuesto, para efectos de ser declarado.

En cualquiera de las alternativas anteriores, las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en las

disposiciones legales.

g) Suscribir por todos sus integrantes y el representante del mismo.

9.1.3. Certificado de existencia y representación legal y/o documento legal idóneo

Si la propuesta la presenta una persona jurídica, debe allegar el certificado de existencia y representación legal,

expedido por la respectiva Cámara de Comercio dentro de los quince (15) días hábiles anteriores al cierre de la

presente selección, donde conste quién ejerce la representación legal, las facultades del mismo, el objeto social,

dentro del cual se debe hallar el objeto del presente proceso y la duración de la sociedad.

En el caso de uniones temporales o consorcios, sus miembros deberán acreditar que dentro de su objeto social

se encuentra comprendida la actividad que se comprometen a desarrollar en el acuerdo de conformación

correspondiente. En todo caso el consorcio o la unión temporal deberá en conjunto, acreditar que sus objetos

sociales comprenden el objeto de la presente selección abreviada.

La sociedad debe tener una duración no inferior al plazo del contrato y un año más (artículo 6o Ley 80 de 1993).

Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el oferente deberá

allegar la correspondiente autorización la cual debe ser impartida por la Junta de Socios o el estamento de la

sociedad que tenga esa función.

En el evento que del contenido del Certificado expedido por la Cámara de Comercio se haga la remisión a los

estatutos de la Sociedad para establecer las facultades del Representante Legal, el oferente deberá anexar

copia de la parte pertinente de dichos estatutos, y si de éstos se desprende que hay limitación para presentar la

propuesta en cuanto a su monto, se deberá igualmente allegar la correspondiente autorización la cual debe ser

impartida por la Junta de Socios o el estamento de la sociedad que tenga esa función.

Si la propuesta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberán anexar los Certificados tanto de la Sucursal

como de la Casa principal.

En ofertas conjuntas, cuando los integrantes del consorcio o unión temporal, o uno de ellos, sea persona

jurídica, debe aportar el citado certificado, cumpliendo además con todos los requisitos señalados con

antelación.

9.1.4. Registro Nacional de Turismo

El proponente debe anexar copia vigente de su Registro Nacional de Turismo expedido por el Ministerio de

Comercio, Industria y Turismo o la cámara de comercio que lo acredite como establecimiento de alojamiento -

Hotel.

En ofertas conjuntas, todos los integrantes del consorcio o unión temporal, deben aportar el citado Registro.

9.1.5. Certificado de inscripción en el registro único de proponentes (RUP), acorde con lo establecido por

el la subsección 5, sección 1, capitulo 1 titulo 1 parte 2 del Decreto 1082 de 2015.

El proponente debe aportar el certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes expedido por la

Cámara de Comercio del domicilio del oferente, expedido dentro de los quince (15) días hábiles anteriores al

cierre de la presente selección.

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Se tendrá en cuenta la información que se encuentre registrada en el RUP y que esté en firme para la fecha de

adjudicación del proceso, relacionada con la inscripción, actualización o renovación hecha bajo el régimen del

Decreto 1510 de 2013 y acorde con lo establecido por Decreto 019 de 2012.

Tanto en el evento de presentación de la oferta en forma individual como conjunta (consorcios, uniones

temporales o promesas de sociedad futura), el oferente y cada uno de los integrantes de dicha persona, debe

estar inscrito en el RUP.

En caso de prórroga del plazo del proceso, el certificado RUP tendrá validez con la primera fecha prevista para

la entrega de la propuesta.

9.1.6. Garantía de seriedad de la oferta

De conformidad con lo señalado en el decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1.2, los proponentes podrán

otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, una de las siguientes garantías:

Contrato de seguro contenido en una póliza

Patrimonio autónomo

Garantía bancaria

Para evaluar la suficiencia de la garantía se aplicaran las reglas establecidas en el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del

referido Decreto.

Cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como Unión Temporal, Consorcio o Promesa de

sociedad futura, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes.

La garantía de seriedad de la oferta debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en los

siguientes eventos:

i) La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o

para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.

ii) El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas,

iii) La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.

iv) La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, dentro del plazo señalado en el Contrato,

de la garantía de cumplimiento del contrato.

La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la presentación de la oferta y hasta la aprobación

de la garantía de cumplimiento del contrato (3 meses) y su valor debe ser de por lo menos el diez por ciento

(10%) del valor del presupuesto oficial. Las cifras del valor de la garantía deben expresarse en pesos, sin

utilizar decimales, para lo cual se aproximará al múltiplo de mil inmediato, teniendo en cuenta reducir al valor

inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior, si el decimal es de 50 a 99.

Dicha garantía debe estar constituida a favor de la Procuraduría General de la Nación y en caso de que la fecha

de cierre del proceso se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la

garantía.

Cuando no se allegue la garantía de seriedad o en la que se presente con la oferta obren datos incorrectos en el

nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar referida al presente proceso de

selección, la Entidad solicitará al oferente el documento o la modificación del caso.

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9.1.7. Certificación expedida sobre pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscal.

El proponente debe acreditar con la certificación respectiva, estar dentro de los seis (6) meses anteriores a la

fecha de presentación de la oferta, a paz y salvo con el pago de obligaciones asumidas por concepto de aportes

parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de

Compensación Familiar, cuando corresponda (Articulo 50 Ley 789 de 2002, Ley 1607 de 2012 y demás normas

complementarias y modificatorias). Dicha certificación deberá encontrarse suscrita por la persona natural o su

contador, o por el revisor fiscal o representante legal de la persona jurídica, según sea el caso.

En caso de ofertas conjuntas, cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal debe allegar este

documento.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto Reglamentario No. 2286 de 2003, los proponentes que se

encuentren excluidos del pago de los aportes al régimen de subsidio familiar, SENA e ICBF, deberán acreditar

dicha situación presentando el certificado de exclusión emitido por la Caja de Compensación Familiar a la cual

se encuentren afiliados o por el SENA y el ICBF cuando les corresponda certificarlo.

La Entidad se reserva el derecho de verificar con las respectivas Entidades la información que suministran los

proponentes.

Cuando el proponente no allegue con su oferta la certificación de que trata este numeral o la misma requiere

aclaraciones, la Procuraduría las solicitará dentro de los términos previstos para solicitar aclaraciones.

9.1.8. Verificación responsables fiscales y antecedentes disciplinarios

La Procuraduría General de la Nación se reserva el derecho de verificar si el proponente o cualquiera de los

integrantes del consorcio o unión temporal, se encuentra (n) reportado (s) en el último boletín de responsables

fiscales de la Contraloría General de la República o si aparece como inhabilitado para contratar en el Sistema de

Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad "SIRI" de la Entidad.

En caso que el proponente o alguno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, se encuentren

relacionado en el boletín o se encuentre inhabilitado, no podrá contratar con la Procuraduría General de la

Nación, salvo que acredite que se encuentra habilitado para contratar.

9.1.9. Certificaciones para acreditar la condición de discapacidad y de Mipyme

Para efecto de los factores de desempate relacionados con la condición de discapacidad, en el caso de

empresas que en sus nóminas por lo menos un diez por ciento (10%) de sus empleados se encuentren en las

condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de 1997, deberán acreditar con la oferta el certificado

expedido por la Oficina del Trabajo de la respectiva zona y con las constancias firmadas por el representante

legal y/o por el revisor fiscal de la contratación en las que conste la contratación del personal por lo menos con

un (1) año de anterioridad y la condición de mantenerlo por un lapso igual al de la contratación

En el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes que tenga esta condición, debe

acreditarla.

La condición de Mipyme se verificará directamente con la información que obre en el RUP.

9.2 CAPACIDAD FINANCIERA

Los requisitos financieros para participar en el presente proceso de selección, serán verificados a partir de la

información sobre capacidad financiera con corte a diciembre 31 de 2014 que obra en el Certificado de

Inscripción RUP.

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales el RUP será presentado por cada uno de los integrantes con

el lleno de los requisitos exigidos en el pliego de condiciones; la PGN verificará la información financiera, de

acuerdo a lo certificado por la Cámara de Comercio.

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La Procuraduría General de la Nación efectuó el análisis para establecer los indicadores para verificar la

capacidad financiera, de acuerdo con la obligación prevista en el Decretal 082 de 2015.

Se evaluarán con CUMPLE o NO CUMPLE los siguientes indicadores financieros:

índice de Liquidezíndice de Endeudamiento

Razón de cobertura de intereses

ÍNDICE

LIQUIDEZ

(Activo corriente/Pasivo corriente)

Endeudamiento

(Pasivo total/ Activo total)*100

Razón de cobertura de Intereses

( Utilidad Operacional/ gastos de intereses)

REQUERIDO

Mayor o igual a

1,0

Menor o igual a

70%

Mayor o igual a

2

Los proponentes que no tengan gastos de intereses y cuya utilidad operacional sea positiva, quedan habilitados

respecto el indicador de Cobertura de Intereses.

Los proponentes que presenten una utilidad operativa negativa o igual a cero, NO cumplirán con el indicador

solicitado.

Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los Índices de Liquidez, Endeudamiento y Razónde Cobertura de Intereses, cada uno de los integrantes de la asociación deberá cumplir con el mínimo

requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten su propuesta bajo la premisa de Sociedad Futura, en caso

de adjudicársele el proceso, como quiera que de esta circunstancia nace el hecho de la constitución de la

sociedad, razón por la cual cada uno de los integrantes ya sea persona natural o jurídica, deberán cumplir con

el mínimo requerido para cada uno de los indicadores.

9.3 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL

La Capacidad de Organización se verificará con base en la información financiera con corte a Diciembre 31 de

2014 que obre en el RUP respecto de los siguientes indicadores financieros.

(a) Rentabilidad del Activo:

El proponente deberá acreditar una rentabilidad del activo mayor o igual a 2%.

La utilidad operacional sobre los activos indica qué tan rentable es una empresa respecto de sus activos totales,

por lo tanto muestra que tan eficientemente usa sus activos para generar ganancias.

Los proponentes que presenten una utilidad operativa negativa, NO cumplirán con el indicador solicitado al

mostrar rendimientos negativos.

(b) Rentabilidad del Patrimonio:

El proponente deberá acreditar una rentabilidad del patrimonio mayor o igual a 5%.

La utilidad operacional sobre el patrimonio indica qué tan rentable es una empresa respecto de su patrimonio,

por lo tanto muestra que tan eficientemente usa su patrimonio para generar ganancias.

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26

GENERAL DE LA NACIÓN

Los proponentes que presenten una utilidad operativa negativa, NO cumplirán con el indicador solicitado al

mostrar rendimientos negativos.

Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los Indicadores de Rentabilidad del Activo y

Rentabilidad del Patrimonio, cada uno de los integrantes de la asociación deberá cumplir con el mínimo

requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten su propuesta bajo la premisa de Sociedad Futura, en caso

de adjudicársele el proceso, como quiera que de esta circunstancia nace el hecho de la constitución de la

sociedad, razón por la cual cada uno de los integrantes ya sea persona natural o jurídica, deberán cumplir con

el mínimo requerido para cada uno de los indicadores.

INDICADOR

Rentabilidad del Activo

(utilidad operacional /activo)*100

Rentabilidad del Patrimonio

(utilidad operacional/patrimonio)*100

REQUERIDO

Mayor o igual a

2%

Mayor o igual a

5%

9.4 EXPERIENCIA

La acreditación de la experiencia se verificará sobre la información que obra en el Registro Único de

Proponentes, en el cual se deben evidenciar HASTA CUATRO (4) contratos, ejecutados y terminados por el

proponente y registrados en cualquiera de los siguientes códigos.

CLASIFICADOR

UNSPSC

80141607

90111601

90121502

80141902

90111501

SEGMENTO

(80)Servicios de Gestión, Servicios

Profesionales de Empresa y Servicios

Administrativos

(90)Servicios de viajes, alimentación,

alojamiento y entretenimiento

(90)Servicios de viajes, alimentación,

alojamiento y entretenimiento

(80)Servicios de Gestión, Servicios

Profesionales de Empresa y Servicios

Administrativos

(90)Servicios de viajes, alimentación,

alojamiento y entretenimiento

FAMILIA

(14) Comercialización y

distribución

(11) Instalaciones hoteleras,

alojamientos y centros de

encuentros

(12) Facilitación de viajes

(14) Comercialización y

distribución

(11) Instalaciones hoteleras,

alojamientos y centros de

encuentros

CLASES

(16) Actividades de

ventas y promoción de

negocios

(16) Facilidades para

encuentros

(15) Agentes de viajes

(19) Exhibiciones y

ferias comerciales

(15) Hoteles y moteles

y pensiones

Nota: La Procuraduría aceptará la inscripción de la experiencia de los proponentes en cualquier otro

código, siempre y cuando, el objeto del contrato que se registre sea el requerido por la Entidad en el

presente numeral.

Teniendo en cuenta lo anterior, el Proponente deberá diligenciar el anexo EXPERIENCIA PROPONENTE,

relacionando en el mismo los contratos registrados en el RUP con los cuales acreditará a la Entidad el

cumplimiento de la experiencia. De manera adicional deberá incluir en el mismo anexo, la siguiente información

correspondiente a los contratos que relaciona, toda vez que la misma no se encuentra registrada en el RUP:

Nombre de la entidad o empresa contratante, dirección, teléfono, correo electrónico y nombre de la

persona que expide la certificación.

Número y fecha de suscripción.

Objeto del contrato: igual o relacionado con el objeto del proceso contractual, es decir operación

logística para eventos que incluya servicios de hospedaje y alimentación por lo menos en diez (10)

ciudades y/o municipios

Fecha de iniciación. Posterior al 1o de enero de 2010

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27

PROCO!SENEULMURKIOH

Fecha de terminación. Los contratos deben encontrarse terminados a la fecha de cierre de la Selección

Abreviada.

Valor de los contratos. Los contratos sumados deben acreditar un valor total igual o superior a 453,69

SMLMV, que equivale a una (1) vez el presupuesto estimado para el contrato.

Porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en consorcio o unión temporal

En el caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, cada uno de los integrantes debe

acreditar el cumplimiento de por lo menos un (1) contrato con el lleno de los requisitos establecidos en este

numeral, salvo lo relativo al valor del contrato, ya que éste se puede acreditar en conjunto.

Si los documentos presentados por el proponente no precisan el número de SMMLV, la entidad los calculará,

utilizando el valor del salario para la época de terminación del contrato que se esté relacionando o certificando,

proyectado a valor presente. El valor de los salarios mínimos mensuales legales vigentes que se tendrán en

cuenta, será el valor del salario para la época de terminación del contrato, actualizado a valor presente.

En los contratos que fueron ejecutados bajo la figura de consorcio o unión temporal, deberá indicarse el

porcentaje de participación de cada uno de ellos en dicho contrato, valor que debe discriminarse en pesos

colombianos y será el que se aplique al proponente para verificar la experiencia teniendo en cuenta lo señalado

en este numeral. Así mismo, en caso de personas jurídicas cuando no tengan más de tres (3) años de

constituidas, se les podrá acumular la experiencia de los accionistas, socios o constituyentes, de acuerdo con lo

señalado en el Decretol 082 de 2015 artículo 2.2.1.1.1.5.2. Numeral 2.5.

En el caso que el proponente haya participado en procesos de fusión o escisión empresarial, debe tomar para

estos efectos, exclusivamente los contratos o el porcentaje de los mismos, que le hayan asignado en el

respectivo proceso de fusión o escisión, para ello debe aportar el certificado del contador público o del revisor

fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal) que así lo acredite.

LAS COPIAS DE CONTRATOS, CERTIFICACIONES EXPEDIDAS POR EL CONTRATANTE ACTAS DE

LIQUIDACIÓN, RELACIÓN DE CONTRATOS, REFERENCIAS COMERCIALES, ETC., SÓLO SE ACEPTARÁNCOMO DOCUMENTOS ACLARATORIOS.

La Entidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada por los oferentes a través de las

certificaciones o de la relación presentada.

En caso de requerirse aclaraciones sobre datos contenidos en las certificaciones o en el anexo de relación de

experiencia, o si el anexo no se presenta, la Procuraduría podrá solicitarlas al proponente por escrito, quien

contará con el término establecido en el cronograma del proceso para suministrarlas.

En el período de verificación de las propuestas, los oferentes podrán allegar el formato e incluir nuevos contratos

o presentar nuevas certificaciones para acreditar este requisito, siempre y cuando cumplan con los

requerimientos exigidos por la Entidad en este numeral.

JUSTIFICACIÓN DE LA EXPERIENCIA REQUERIDA

Para garantizar la idoneidad y capacidad del oferente para atender el objeto del contrato, se considera que las

condiciones exigidas en cuanto al número de contratos (hasta cuatro (4)), el alcance de éstos, la fecha a partir

de la cual se acredita la experiencia y la condición de estar terminados los contratos, es adecuada y

proporcional al contrato que se pretende suscribir y a la información de antigüedad y experiencia de loscotizantes.

No se aceptan contratos en ejecución, pues al tratarse de eventos de capacitación dirigidos a servidores y

ciudadanía en general, se requiere que los contratos estén concluidos para garantizar la competencia del

contratista para ejecutar el contrato.

Se pudo constatar además, que de acuerdo con el estudio del sector y lo manifestado por las personas que

allegaron cotización para el estudio del mercado, los posibles oferentes cumplen con los requerimientos. Según

la verificación realizada en el estudio del sector, a otros procesos de contratación de características similares en

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otras entidades públicas y en la PGN, se observa que se exigen certificaciones de experiencia de contratos

celebrados, ejecutados y terminados en un 100%.

En consecuencia, del análisis efectuado, se tiene que estas estipulaciones no limitan la libre concurrencia y

garantizan la idoneidad requerida por la Entidad.

Finalmente en relación con el término de suscripción, a partir del 1 de enero de 2010, e iniciación de los

contratos, en el estudio del sector se evidenció que se trata de un rango que respeta el tiempo de creación y la

experiencia con que cuentan los posibles oferentes y que garantizaría, además de la libre concurrencia en el

proceso de selección, la idoneidad del oferente seleccionado para ejecutar el objeto del contrato.

10. REQUISITOS HABILITANTES DE PERSONAS EXTRANJERAS NO INSCRITAS EN EL REGISTRO

ÚNICO DE PROPONENTES POR NO TENER DOMICILIO O SUCURSAL EN EL PAÍS.

Cuando se trate de proponentes extranjeros no obligados a estar inscritos en el Registro Único de Proponentes,

por no tener domicilio o sucursal en el país, la Procuraduría General de la Nación, verificará directa y

únicamente la información sobre la capacidad jurídica, y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y

de organización de los proponentes bien sea individuales o integrantes de una unión temporal, consorcio o

promesa de sociedad futura.

Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, no están obligadas a estar

inscritas en el RUP, por lo cual las Entidades Estatales deben verificar directamente el cumplimiento de los

requisitos habilitantes.

De acuerdo con el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación,

la capacidad jurídica de las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia se acredita mediante los

documentos previstos por la legislación del país de origen, los cuales deben aportarse al Proceso de

Contratación.

De conformidad con lo establecido en el inciso del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, las

sucursales de sociedad extranjera sin domicilio o sucursal en el país deben presentar para registro la

información contable o financiera de su casa matriz.

Capacidad Jurídica.

Se deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera

en el país de origen. Así mismo, su decisión de establecer negocios en Colombia deberá cumplir con los

requisitos señalados en el artículo 472 del Código de Comercio, que indica:

"ARTÍCULO 472. La resolución o acto en que la sociedad acuerda conforme a la ley de su domicilio principal

establecer negocios permanentes en Colombia, expresará:

1) Los negocios que se proponga desarrollar, ajustándose a las exigencias de la ley colombiana respecto a la

claridad y concreción del objeto social;

2) El monto del capital asignado a la sucursal, y el originado en otras fuentes, si las hubiere;

3) El lugar escogido como domicilio;

4) El plazo de duración de sus negocios en el país y las causales para la terminación de los mismos;

5) La designación de un mandatario general, con uno o más suplentes, que represente a la sociedad en todos

los negocios que se proponga desarrollar en el país. Dicho mandatario se entenderá facultado para realizar

todos los actos comprendidos en el objeto social, y tendrá la personería judicial y extrajudicial de la sociedad

para todos los efectos legales, y

6) La designación del revisor fiscal, quien será persona natural con residencia permanente en Colombia."

Experiencia

Se verificará con certificaciones de contratos allegados por los proponentes, las cuales deben cumplir los

requisitos establecidos en el numeral 8.1.5 del presente documento.

í

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PROCURADURÍAGENERAL D€ U NACIÓN

Capacidad financiera y de organización

De conformidad con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.5.2, los estados financieros de las sociedades

extranjeras deben ser presentados de conformidad con las normas aplicables en el país en el que son emitidos.

El proponente extranjero debe adjuntar con su propuesta, los Estados financieros de la sociedad, con sus notas

explicativas, estos deben ser firmados por el Representante Legal, el contador y Revisor Fiscal si la persona

jurídica está obligado a tenerlo.

Para efectos de la verificación de los indicadores de capacidad financiera y de organización, deberá anexar el

formato CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD

ORGANIZACIONAL.

Consularización

De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, "los documentos otorgados en el

exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales

funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin

perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Al autenticarjos

documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto

conforme a las leyes del respectivo país."

Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio

de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás

trámites pertinentes.

Apostille

Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto

en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral, siempre que

provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre

abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998.

En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la

autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la

autoridad competente en el país de origen.

Atendiendo las recomendaciones dadas por Colombia Compra Eficiente en el Manual para determinar y verificar

los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación la siguiente información es relevante para la

presentación de ofertas por parte de proponentes extranjeros:

Idioma - Los documentos con los cuales el proponente acredite sus requisitos habilitantes que hayan sido

escritos originalmente en una lengua distinta al castellano, deben ser traducidos al castellano y ser presentados

en su lengua original junto con la traducción al castellano. El proponente puede presentar una traducción simple

al castellano. Si el proponente resulta adjudicatario para firmar el contrato debe presentar la traducción oficial al

castellano de los documentos presentados en idioma extranjero. La traducción oficial debe ser el mismo texto

presentado para acreditar los requisitos habilitantes.

Legalización de documentos - Los documentos presentados por los proponentes no requieren legalización

alguna salvo los documentos otorgados en el exterior y los poderes generales o especiales que deben ser

otorgados ante Notario Público.

Los proponentes pueden entregar con su oferta los documentos otorgados en el exterior sin que sea necesaria

su legalización. Para firmar el Contrato, el oferente que resulte adjudicatario debe presentar los documentos

otorgados en el extranjero, legalizados de conformidad con la Convención de la Apostilla o legalizados ante

cónsul colombiano.

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GENERAL D€ UV NACIÓN

Fecha de corte de los Estados Financieros - Los oferentes extranjeros deben presentar sus estados financieros

a la fecha de corte establecida en los países de origen o en sus estatutos sociales.

Moneda - Los oferentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron

emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y la Entidad Estatal para efectos de acreditar y

verificar los requisitos habilitantes tendrán en cuenta la tasa representativa del mercado vigente en la fecha en la

cual los estados financieros fueron expedidos. Para el efecto, el proponente y la Entidad Estatal tendrán en

cuenta las tasas de cambio certificadas por la Superintendencia Financiera.

11. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE (ART. 2.2.1.1.2.1.1. NUM. 5DECRETO 1082 DE 2015).

El procedimiento de selección del contratista se desarrollará bajo los principios de transparencia, selección

objetiva e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de someter a todos los

oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de condiciones. El pliego de condiciones

forma parte esencial del contrato; es la fuente de derechos y obligaciones de las partes y elemento fundamental

para su interpretación e integración, pues contiene la Voluntad de la administración a la que se someten los

proponentes y el futuro contratista.

La Ley 1474 de 2011, artículo 88, que modificó el numeral 2 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 estipula que:

"La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia

y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes,

resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los

contenidos en dichos documentos.".

De conformidad con la mencionada norma y el artículo 2.2.1.1.2.2.2. del Decreto 1082 de 2015, en los procesos

de selección en los que se tengan en cuenta los factores técnicos y económicos, la oferta más ventajosa será la

que resulte de aplicar alguna de las siguientes alternativas:

a) La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas señaladas en el

pliego de condiciones; o

b) La ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio

para la entidad.

En virtud de las normas expuestas con antelación y atendiendo el objeto de la contratación, se considera que

para seleccionar la oferta más ventajosa para la entidad se debe aplicar la ponderación de los elementos de

calidad y precio, soportadas en puntajes, teniendo en cuenta que a mayor calidad y mejor precio se alcanzan

mayores niveles de eficiencia.

11.1 FACTOR PRECIO (600 PUNTOS)

Se tendrá en cuenta que se otorga el máximo puntaje de SEISCIENTOS (600) puntos a la propuesta que

ofrezca menor valor, y a los demás oferentes en forma descendente, utilizando para ello la regla de tres inversa,

es decir, a mayor valor propuesta menor puntaje obtenido. Para las operaciones matemáticas realizadas se

tomarán para su apreciación dos decimales.

Dentro de la evaluación económica la Entidad verificará que los proponentes no ofrezcan precios artificialmente

bajos, dentro de los parámetros establecidos en el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015, según el

cual: «Si de acuerdo con la información obtenida por la Entidad Estatal en su deber de análisis de que trata el

artículo 2.2.1.1.1.6.1. del presente decreto, el valor de una oferta parece artificialmente bajo, la Entidad Estatal

debe requerir al oferente para que explique las razones que sustentan el valor ofrecido. Analizadas las

explicaciones, el comité evaluador de que trata el artículo anterior, o quien haga la evaluación de las ofertas,

debe recomendar rechazar la oferta o continuar con el análisis de la misma en la evaluación de las ofertas».

Para efecto del señalamiento del precio ofrecido, el proponente debe tener en cuenta todos los costos, gastos,

¡mpuesto.s, valor del IVA, seguros, pago de salarios, prestaciones sociales y demás emolumentos que considere

necesarios para la fijación de la propuesta económica.

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PROCUHOTIKIAIUCIW

los oferentes deberán incluir e identificar detalladamente cuales servicios presta directamente y cuales a través

de terceros, sobre ellos se debe indicar cuál será el porcentaje de intermediación.

El operador logístico debe facturar por cuenta de terceros cada uno de los servicios con cada uno con los que

sub-contrate y a su vez facturar como ingreso propio la comisión un (porcentaje) por la intermediación, sobre el

cual se le efectúa una retención en la fuente del 11% correspondiente a honorarios si es declarante de renta, o

del 10%, si no lo es. Así mismo debe facturar como ingreso propio, la tarifa administrativa, por la tramitación de

los pasajes.

De tal forma que:

Sobre los ingresos por Cuenta de Terceros, no se efectúa ninguna Retención.

Sobre la Tarifa Administrativa, se efectúa una Retención en la Fuente del 4%.

Sobre el Valor de los Honorarios (Operación Logística), una Retención en la Fuete por concepto de

Renta del 11% si es Declarante de Renta o 10% si no lo es.

Sobre el Valor Facturado por concepto de IVA, sobre la Tarifa Administrativa, una Retención del 15%.

Sobre el Valor de la Tarifa Administrativa, una Retención por concepto de ICA, del 9.66 por mil

(0.966%).

Sobre el Valor de Honorarios (Operación Logística), una Retención en la Fuente por ICA, del 6.9 por mil

(0.690%).

Las bases mínimas son para efectuar Retención en la Fuente son:

Tarifa Administrativa 4 UVT ($28.279 x 4 = $113.116)

En el caso de Honorarios NO, tiene base mínima.

La Entidad verificará las operaciones aritméticas de los componentes de los valores. En caso de presentarse

error de esta índole y/o de la multiplicación de los valores que señale el proponente en el cuadro presentado, la

Entidad los corregirá y se tendrá en cuenta el valor corregido para efectos de la adjudicación.

El precio ofrecido en la propuesta debe expresarse en pesos colombianos.

EL VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA NO PODRÁ SUPERAR EL MONTO TOTAL DEL PRESUPUESTOOFICIAL DESTINADO PARA EL PROCESO CONTRACTUAL, SO PENA DE RECHAZO DEL

OFRECIMIENTO.

El proponente deberá diligenciar en su totalidad la información que se solicita en el Anexo FORMATO DE

PROPUESTA ECONÓMICA, e indicar el precio que se ofrece, el cual se debe expresar en pesos colombianos,indicando el valor del IVA. En el evento que el proponente no cotice algún ítem, su propuesta será objeto de

rechazo.

LA PROPUESTA DEBERÁ PRESENTARSE EN FORMA TOTAL Y ASÍ SERÁ LA ADJUDICACIÓN.

Se señala como opción el otorgar el mayor puntaje a quien ofrezca el menor precio, ya que la Entidad indica en

forma clara las especificaciones técnicas de los servicios que se pretenden adquirir, por lo que resulta ventajoso

evaluar el menor precio ajustado a los precios reales del mercado.

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PROCUFLGENSULDEUNACION

11.2 FACTOR DE CALIDAD (300 PUNTOS)

Las condiciones a evaluar por este aspecto se entienden adicionales a los requerimientos mínimos exigidos al

proponente. En este sentido, los ofrecimientos que por este aspecto de calidad formule por escrito el oferente no

tendrán ningún costo adicional para la Procuraduría

A la propuesta que ofrezca mejorar la calidad del servicio se le asignará un puntaje máximo de 300 puntos y su

ponderación se realizará de acuerdo a la siguiente tabla:

N°.

1

ASPECTO

SUMINISTRO DE

KIT (BLOCK DE

NOTAS,

BOLÍGRAFO Y

NORMAS

IMPRESAS)

SUB - ASPECTO

EL PROPONENTE QUE OFREZCA MEJORAR LA

ATENCIÓN DENTRO DEL EVENTO DE CAPACITACIÓN

SUMINISTRANDO SIN COSTO ADICIONAL EL KIT DE

CAPACITACIÓN COMPUESTO POR UN BLOCK DE

NOTAS, UN BOLÍGRAFO Y NORMAS IMPRESAS PARA

CADA ASISTENTE A LOS 21 EVENTOS DE

CAPACITACIÓN

PUNTAJE A

ASIGNAR

300 PUNTOS

El oferente para obtener el puntaje asignado a cada uno de los anteriores sub aspectos, debe cumplir lo siguiente:

• La persona que represente al proponente y que suscriba la carta de presentación de la oferta, deberá

hacer la manifestación expresa dentro de su propuesta, del ofrecimiento de cada uno de los sub

aspectos ofrecidos.

SI NO CUMPLE CON LO ANTERIOR, NO SE OTORGARÁ PUNTAJE

PRECIOS DEL MERCADO DE LOS ADICIONALES

N°.

1

ASPECTO

SUMINISTRO DE

KIT (BLOCK DE

NOTAS,

BOLÍGRAFO Y

NORMAS

IMPRESAS)

SUB - ASPECTO

EL PROPONENTE QUE OFREZCA MEJORAR LA

ATENCIÓN DENTRO DEL EVENTO DE CAPACITACIÓN

SUMINISTRANDO SIN COSTO ADICIONAL EL KIT DE

CAPACITACIÓN COMPUESTO POR UN BLOCK DE

NOTAS, UN BOLÍGRAFO Y NORMAS IMPRESAS PARA

CADA ASISTENTE A LOS 21 EVENTOS DE

CAPACITACIÓN

PUNTAJE A

ASIGNAR

HASTA 6.5%

JUSTIFICACIÓN DEL FACTOR DE CALIDAD

Los aspectos incluidos como factor de calidad, constituyen un valor agregado al objeto contractual y a su

obligación principal (logística para eventos de capacitación). Contar con estos elementos garantiza mejores

condiciones para los asistentes a los eventos de capacitación y a su vez permite interactuar con el capacitador

teniendo acceso a las normas objeto de divulgación.

11.3 ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL

Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo de cien (100) puntos y se tendrá en cuenta

lo establecido en la Ley 816 de 2003, artículo 1, parágrafo, modificado por el Decreto Ley 19 de 2012 y el

Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.3.1, que define los servicios nacionales, disponiendo que "(...) son los

servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas

constituidas de conformidad con la legislación colombiana (...)" y artículo 2.2.1.2.4.1.3 que indica la existencia

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Bogotá D.C.

GENERAL D€ LA NACIÓN

de trato internacional asi "(...) La Entidad Estatal debe conceder trato nacional a : (a) los oferentes, bienes y

servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos

establecidos en tales Acuerdos Comerciales; (b) a los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales

no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno Nacional haya certificado que los

oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la

normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado; y (c) a los servicios prestados por

oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la

materia.

El Ministerio de Relaciones Exteriores debe expedir el certificado por medio del cual se acredite la situación

mencionada en el literal (b) anterior en relación con un Estado en particular, lo cual no es requerido para

acreditar las situaciones a las que se refieren los literales (a) y (c) anteriores. Para constatar que los oferentes

de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional en un Estado, el Ministerio de Relaciones Exteriores

debe revisar y comparar la normativa en materia de compras y contratación pública del respectivo Estado para

lo cual puede solicitar apoyo técnico del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o de Colombia Compra

Eficiente, dentro de sus competencias legales.

Los certificados para acreditar la condición a la que se refiere el literal (b) anterior deben ser publicados en la

forma y oportunidad que para el efecto disponga Colombia Compra Eficiente. La vigencia de los certificados será

de dos años contados a partir de su expedición, sin perjuicio de que el Ministerio de Comercio, Industria y

Turismo o Colombia Compra Eficiente puede determinar vía circular la forma como el Ministerio de Relaciones

Exteriores debe constatar que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional y de revisar

y comparar la normativa en materia de compras y contratación pública para la expedición del certificado.

Para personas naturales, la cédula de ciudadanía certifica la nacionalidad y la visa de residente certifica la

residencia. Para personas jurídicas se verifica con el certificado de existencia y representación legal, si el

domicilio de la persona está dentro del territorio nacional.2

El puntaje se asignará en cada uno de los casos será el siguiente:

Protección a la Industria Nacional

Servicios nacionales

Servicios extranjeros que incorporen componente colombiano de

bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos

Servicios extranjeros

Puntaje máximo

100

50

0

12. FACTORES DE DESEMPATE.

Con el fin de dirimir un empate cuando respecto del puntaje total se llegue a presentar esta situación en la

puntuación de dos o más ofertas de manera que una y otra queden ubicadas en el primer orden de elegibilidad,

se escogerá al proponente que tenga el mayor puntaje en la evaluación del factor precio. De continuar el

empate, se seleccionará la oferta que haya obtenido mayor puntaje en el factor de calidad.

Si persiste el empate, la Entidad utilizará las reglas señaladas en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.9.

En caso tal que se requiera, el método aleatorio a utilizar será el sorteo por balota.

13. MECANISMO DE COBERTURA QUE GARANTIZA LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN

DEL CONTRATO A CELEBRAR.

Con el fin de amparar los perjuicios de naturaleza contractual, derivados del incumplimiento del contrato y de su

liquidación que pueda surgir para la administración por las actuaciones, hechos u omisiones del contratista, éste

debe presentar como mecanismo de cobertura del riesgo, cualquiera de las garantías que de conformidad con el

Decreto 1082 de 2015 sean aplicables, con la siguiente cobertura:

Manual para el manejo de los incentivos en los procesos de Contratación - Colombia Compra Eficiente, actualizado el 15 de diciembre de 2014

34Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública

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Bogotá D.C.

IRÍAVBiiMWb Ira In fWVlVIl

AMPARO

Devolución del Pago Anticipado

Cumplimiento del contrato

Calidad del Servicio

Pago de salarios, prestaciones

Sociales e Indemnizaciones laborales

Responsabilidad Civil Extracontractual3

PORCENTAJE (%) SOBRE

EL VALOR TOTAL DEL

CONTRATO

(100%) del valor girado en

calidad de pago anticipado

30%

30%

5%

200 SMMLV

VIGENCIA

Plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses

mas

Tiempo de ejecución del contrato y seis (6) meses

más, contados a partir de la suscripción del acta de

inicio.

Plazo de ejecución del contrato (desde la fecha del

primer evento) y seis (6) meses, contados a partir

de la terminación del contrato.

Tiempo de ejecución del contrato y tres (3) años

más, a partir de la suscripción del contrato.

Tiempo de ejecución del contrato a partir de la

suscripción del mismo.

Se estima la inclusión de estos amparos, en los porcentajes y vigencias antes señalados, ya que teniendo en

cuenta la naturaleza del contrato a celebrar y las obligaciones a cargo del contratista, la Entidad debe estar

cubierta de los perjuicios derivados por el incumplimiento total o parcial a cargo del contratista; garantizar la

calidad del servicio; el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria; y el cumplimiento de las

obligaciones laborales derivadas de la contratación de personal para la ejecución del contrato. La póliza de

RCE debe cubrir los eventos previstos en el Decreto 1082 de 2015

Nota: En todo caso, el contratista se compromete a ajustar la vigencia de los amparos de la garantía a partir de

la suscripción del acta de inicio, así como a ampliar el valor de la misma o su vigencia, en el evento en que se

aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, en virtud de lo consagrado en el artículo

2.2.1.2.3.1.18 del Decreto 1082 de 2015.

14. ANÁLISIS DEL RIESGO

De acuerdo con la evaluación del riesgo que el proceso representa para el cumplimiento de las metas y

objetivos de acuerdo con el manual y guías de Colombia Compra Eficiente, se elaboró la matriz:

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z

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(Qué puede

pasar y, cómo

puede ocurrir)

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los sitios destino

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Consecuencia

de la

ocurrencia del

evento

Imposibilidad de

desplazamiento

o de realización

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Contratista

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Reprogramar el

evento sin costo

adicional

Impacto

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Superviso

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contrat

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Monitoreo y

revisión

Inform

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Auditor

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periódi

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sobre

la

progra

mación

re

seman

al

' Esta póliza deberá contener en forma expresa y en adición a la cobertura básica de predios, labores y operaciones, los amparos

estipulados'por el Decreto 1510 de 2013, artículo 137. En esta póliza de responsabilidad extracontractual, el Contratista debe aportar laconstancia de pago de la prima correspondiente.

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Bogotá D.C.

GENERAL DE UV NACIÓN

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Descripción

(Qué puede

pasar y, cómo

puede ocurrir)

Variación de los

precios de los

insumos

necesarios para

la ejecución del

contrato

Cancelación del

vuelo a la

ciudad a

capacitar

Incapacidad

médica de quien

va a realizar la

capacitación

Consecuencia

de la

ocurrencia del

evento

Rompimiento

del equilibrio

económico del

contratista para

cumplir con lo

pactado

Imposibilidad de

realizar la

capacitación

programada

Imposibilidad de

realizar la

capacitación

programada

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3

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revisión

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Periodicid d ¿Cuándo?Seman

al

Seman

al

Seman

al

15. REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO

En contrato se entenderá legalizado con la suscripción del mismo y cuando se efectúe el correspondiente

registro presupuestal por parte de la Procuraduría General de la Nación.

En el momento de la firma del contrato el contratista deberá:

Diligenciar el formulario Beneficiario-cuenta en el cual indicará el número de cuenta corriente o de ahorros y la

entidad bancaria en donde pueda consignarse el valor del contrato, cuenta que debe figurar a nombre y con el

NIT del contratista.

Para efectos de la expedición del certificado de registro presupuestal del contrato, debe anexar una certificación

de la entidad bancaria en la que conste el nombre del cuenta habiente, su número de identificación, número de

cuenta, tipo de cuenta y si a la fecha está activa. Ésta documentación formará parte integral del contrato. El

nombre del contrato y el número de identificación debe ser el mismo en el contrato, en el formulario Beneficiario

Cuenta, en la certificación del banco y en las facturas que posteriormente se presenten.

Allegar la certificación que acredite que el contratista se encuentra al día con el pago de aportes parafiscales

relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de

Compensación Familiar, según corresponda.

16. CONDICONES DEL CONTRATO A CELEBRAR

a. Plazo de ejecución

El plazo de ejecución del contrato será de tres meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio del

contrato. Las fechas probables de realización de las jornadas de divulgación se encuentran establecidas de

acuerdo al cronograma de eventos debidamente informado por la Procuraduría General de la Nación en las,

Especificaciones Técnicas Mínimas del Servicio de este documento, en todo caso no podrá exceder el 31 de

Diciembre de 2015. El acta de inicio, se suscribirá dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de

legalización del contrato.

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Bogotá D.C.

GENERAL DE U NACKH4

b. Lugar de ejecución

Aunque los eventos se desarrollaran en veintiún (21) Ciudades, se tendrá como domicilio contractual para todos

los efectos legales la ciudad de Bogotá D.C.

17. CLAUSULA DE INDEMNIDAD

EL CONTRATISTA está en la obligación de mantener a LA PROCURADURÍA libre de cualquier daño o perjuicio

originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o

dependientes.

18. CLÁUSULA DE SUBCONTRATACIÓN

En caso que el CONTRATISTA subcontrate con terceros la ejecución de actividades relacionadas con el objeto

del contrato, no exonerará a éste de la responsabilidad de ejecución del contrato ni del cumplimiento de la

totalidad de las obligaciones derivadas de este. LA PROCURADURÍA no tendrá ninguna vinculación con elsubcontratista.

19. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO

Para el presente proceso no se requiere de interventoría externa, la Entidad considera que no se requiere de

interventoría externa debido a que se cuenta con personal de planta idóneo y suficiente para realizar el

seguimiento técnico, financiero y jurídico sobre el cumplimiento del contrato.

La coordinación general del contrato será ejercida por la Viceprocuradora General de la Nación - Coordinadora

del Grupo de Transparencia y el Derecho de acceso a la información pública de la Entidad.

La supervisión del contrato estará a cargo de funcionarios adscritos al Grupo de Transparencia y el Derecho de

acceso a la información pública de la Entidad.

El (los) funcionario(s) designado(s) como supervisor(es) deberá(n) llevar a cabo el seguimiento y control del

contrato de conformidad con lo dispuesto por la Ley 1474 de 2011[1] y el Manual de contratación de la Entidad,

sin perjuicio de las responsabilidades que le asisten a la Coordinadora del Grupo de Transparencia y el Derecho

de acceso a la información pública de la Entidad en relación con la supervisión de la contratación solicitada.

20. LIQUIDACIÓN Y CIERRE DEL EXPEDIENTE

La liquidación del contrato se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en los artículos 60 de la Ley 80 de

1993 y 11 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 217 del Decreto Ley 019 de 2012. La liquidación

por mutuo acuerdo podrá efectuarse dentro de los ocho (8) meses siguientes a la fecha de terminación del

plazo de vigencia establecido en el contrato. En aquellos casos en que el contratista no se presente a la

liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre

su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes,

de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso

Administrativo. Los amparos de la garantía única que se constituyan, relacionados con las obligaciones a cargo

del contratista, que queden pendientes a la fecha de la suscripción del acta de liquidación, deberán permanecer

vigentes hasta la satisfacción total de las mismas. Culminado el término de vigencia del último de los amparos

de la garantía de cumplimiento, el supervisor deberá presentar un informe de cumplimiento, con el fin que se

lleve a cabo el cierre del expediente, lo anterior en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.4.3 del

Decreto 1082 de 2015.

21. RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE

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Bogotá D.C.

fflBALÜUM<ÜÜN

El proponente y posterior contratista responderá por haber ocultado inhabilidades, incompatibilidades o

prohibiciones, o por haber suministrado información falsa (numeral 7 artículo 26 de la ley 80 de 1993).

22. INDICACIÓN SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO POR UN ACUERDO

COMERCIAL

De conformidad con lo consagrado en los artículos 2.2.1.2.4.2.2 y 2.2.1.2.4.2.4 del Decreto 1082 de 2015, la

presente convocatoria no puede limitarse a Mipymes, en atención a que el presupuesto de este proceso de

selección abreviada no se encuentra dentro del rango establecido en dicha norma.

De conformidad con el Manual para el manejo de los acuerdos Comerciales en proceso de contratación; versión

M-MACPC-06 publicado por Colombia Compra Eficiente, el presente proceso de selección se encuentra

cobijado por los siguientes Acuerdos comerciales.

ACUERDO

COMERCIAL

Canadá

Chile

Estados Unidos

El Salvador

Guatemala

Honduras

Estados AELC

México

Unión Europea

Comunidad Andina

de Naciones

ENTIDAD

ESTATAL

INCLUIDA

SI/NO

SI

SI

SI

Si

Si

NO

SI

NO

SI

SI

PRESUPUESTO DEL

PROCESO DE

CONTRATACIÓN SUPERIOR

AL VALOR DEL ACUERDO

COMERCIAL SI/NO

NO

NO

NO

NO INLUYE VALORES

NO INCLUYE VALORES

N/A

NO

N/A

NO

SI

EXCEPCIÓN

APLICABLE AL

PROCESO DE

CONTRATACIÓN

SI/NO

NO

NO

NO

SI

NO

N/A

NO

N/A

NO

NO

PROCESO DE

CONTRATACIÓN

CUBIERTO POR EL

ACUERDO

COMERCIAL SI/NO

NO

NO

NO

NO

SI

N/A

NO

N/A

NO

SI

Teniendo en cuenta que al presente proceso le aplican los tratados de Guatemala y la Comunidad Andina de

Naciones, la Procuraduría General de la Nación establecerá los plazos mínimos en ellos requeridos, teniendo en

cuenta en todo caso, que el proceso fue publicado en el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad.

ANEDA CURVEL

eral de la Nación

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Bogotá D C

38

GENERAL DE U NACIOH

ANEXO N° 1

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DEL SERVICIO

Los eventos de capacitación y promoción se desarrollaran en las siguientes ciudades, fechas y contarán con el

siguiente número estimado de asistentes; Tendrán una duración de cuatro (4) horas a partir de su instalación, la

cual no será después de las nueve (9:00 am) de la mañana.

39Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública

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Bogotá D C.

GENERAL DE LANACION

CALENDARIO DE EVENTOS DE CAPACITACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN

EVENTO

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

DEPARTAMENTO-CIUDAD

VAUPES-MITU

VICHADA-PUERTO

CARREÑO

CÓRDOBA - MONTERÍA

SAN ANDRÉS

GUAVIARE- SAN JOSÉ

VALLE DEL CAUCA-

BUENAVENTURA

CHOCO-QUIBDO

PUTUMAYO - PUERTO ASÍS

META - ACACIAS

BOLÍVAR -CARTAGENA

GUAVIARE-FONSECA

QUINDIO -DOSQUEBRADAS

CAQUETA- FLORENCIA

CAUCA-POPAYAN

NORTE DE STDER - CUCUTA

TOLIMA - MARQUETALIA

NARINO - PASTO

ARAUCA - TAME

SANTANDER-SAN GIL

AMAZONAS- LETICIA

CUNDINAMARCA - UBATE

FECHA DE VIAJE DEL

CAPACITADOR

OCTUBRE 05 DE 2015

OCTUBRE 06 DE 2015

OCTUBRE 07 DE 2015

OCTUBRE 13 DE 2015

OCTUBRE 14 DE 2015

OCTUBRE 19 DE 2015

OCTUBRE 20 DE 2015

OCTUBRE 21 DE 2015

OCTUBRE 26 DE 2015

OCTUBRE 27 DE 2015

OCTUBRE 28 DE 2015

NOVIEMBRE 3 DE 2015

NOVIEMBRE 4 DE 2015

NOVIEMBRE 9 DE 2015

NOVIEMBRE 10 DE 2015

NOVIEMBRE 11 DE 2015

NOVIEMBRE 17 DE 2015

NOVIEMBRE 18 DE 2015

NOVIEMBRE 23 DE 2015

NOVIEMBRE 24 DE 2015

NOVIEMBRE 25 DE 2015

FECHA DEL EVENTO

DE CAPACITACIÓN

OCTUBRE 06 DE 2015

OCTUBRE 07 DE 2015

OCTUBRE 08 DE 2015

OCTUBRE 14 DE 2015

OCTUBRE 15 DE 2015

OCTUBRE 20 DE 2015

OCTUBRE 21 DE 2015

OCTUBRE 22 DE 2015

OCTUBRE 27 DE 2015

OCTUBRE 28 DE 2015

OCTUBRE 29 DE 2015

NOVIEMBRE 4 DE 2015

NOVIEMBRE 5 DE 2015

NOVIEMBRE 10 DE 2015

NOVIEMBRE 11 DE 2015

NOVIEMBRE 12 DE 2015

NOVIEMBRE 18 DE 2015

NOVIEMBRE 19 DE 2015

NOVIEMBRE 24 DE 2015

NOVIEMBRE 25 DE 2015

NOVIEMBRE 26 DE 2015

TOTAL CAPACITADOS

FUNCIONARIOS Y

CIUDADANOS A

CAPACITAR

100

100

250

100

100

200

150

150

200

250

150

250

150

250

250

200

200

200

200

100

200

3.750

Las fechas de los eventos establecidas en el cuadro "calendario de eventos de capacitación provecto de

inversión" detallado anteriormente, podrán ser modificadas por parte del área encargada de capacitar según su

agenda y compromisos a cumplir, sin que las mismas se reprogramen en días viernes a portas de fin de

semana. Estas modificaciones serán notificadas al contratista como mínimo con 10 (diez) días hábiles de

anterioridad, para realizar la reproqramación del evento y su costo deberá ser atendido en su totalidad

por el contratista.

Del mismo modo, cuando por diferentes circunstancias se deba cancelar un evento de capacitación, la PGN

deberá informar de la cancelación con 10 días hábiles de anterioridad al contratista, quien asumirá losgastos en que se haya incurrido.

La Procuraduría General de la Nación no asumirá ningún costo por reprogramación de eventos, siempre y

cuando se encuentre dentro de este término.

RECURSO HUMANO POR EVENTO

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Bogotá D.C.

40

GEHERAL D£ U KACIOH

1. Dos (2) meseros durante toda la duración del evento.

2. Dos (2) relacionistas para realizar la gestión administrativa de convocatoria (confirmación de asistencia), el

registro de los asistentes conforme al formato REG-PR-00-010 de la Procuraduría General de la Nación, que

será entregado por el Grupo de Transparencia. Así mismo los relacionistas deberán entregar los materiales

de apoyo a los asistentes, tomar las fotos y video del evento para la elaboración de los registros de los

eventos.

3. Un (1) jefe de sala que coordine las actividades logísticas del evento como, distribución de materiales,

ubicación y funcionamiento de los equipos audiovisuales, presentación del evento siguiendo para ello el

protocolo establecido por la Oficina de Prensa de la Procuraduría General de la Nación, entre otras.

4. Un (1) auxiliar general durante el evento para atender las necesidades como, movilización del micrófono

inalámbrico a los asistentes, tomar nota de las preguntas de los asistentes, entre otras actividades que se

puedan presentar en el desarrollo del evento.

RECURSOS FÍSICOS POR EVENTO

5. Suministro de Auditorio con capacidad establecida para el número de personas referidas en el cuadro

"calendario de eventos de capacitación provecto de inversión" detallado anteriormente en esta misma

sección. El auditorio deberá estar debidamente dotado con sillas cómodas, limpias y en buen estado, mesa

principal y atril. El auditorio debe brindar condiciones óptimas de calidad, comodidad y seguridad para los

asistentes tales como iluminación natural y artificial suficiente y adecuada, ventilación que incluye aire

acondicionado y aislamiento de ruidos exteriores, disponibilidad de mínimo dos (2) baterías de baños para

hombres y dos (2) para mujeres y salida(s) de emergencia. La ubicación del lugar debe ser aprobada

previamente por el Supervisor.

6. Las mesas de trabajo deben tener capacidad de ocho (8) a diez (10) personas.

7. Lugar para realizar inscripciones y acreditación incluyendo mesa, sillas y conexiones eléctricas.

8. Mesas para la distribución de los refrigerios.

9. Estación de café para suministrar agua, café, aromática para mínimo 100 personas y máximo 250 personas.

Bebida mínimo 75 ce.

10. Conexión a Internet gratuita o WiFi.

GESTIÓN ADMINISTRATIVA POR EVENTO

El operador deberá prestar el apoyo realizando la confirmación de los asistentes a los eventos de

capacitación de acuerdo a la lista que le será entregada vía email por parte del Grupo de Transparencia y

del Derecho de Acceso a la Información Pública al contratista con no menos de diez (10) días hábiles de

anticipación al evento.

La capacitación debe estar programada con quince (15) días hábiles de antelación como mínimo.

Cancelaciones diez (10) días hábiles antes.

Cuando por razones de fuerza mayor no se pueda realizar el evento de capacitación en la fecha indicada, se

podrá pactar por las partes una nueva fecha sin que exceda los cinco días (5) días hábiles siguientes a la

fecha inicialmente programada para el evento.

El proponente debe garantizar con su oferta, que dentro de las instalaciones donde se ejecutará cada

evento, cuenta con el servicio de primeros auxilios y de atención médica inmediata y permanente, con el fin

de brindar un mejor servicio en beneficio de la salud y bienestar de las personas que participarán en las

capacitaciones.

El operador en los casos que sea necesario deberá coordinar con la Policía Nacional, Cruz Roja, Defensa

Civil y Bomberos, el apoyo requerido para la realización del evento, según necesidades requeridas por el

número de asistentes y teniendo en cuenta las disposiciones de seguridad para eventos masivos

establecidas en el lugar de realización del mismo.

EQUIPOS TÉCNICO POR EVENTO (AUDIO/ SONIDO):

41Viceprocuraduría General - Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información pública

Calle 15 No,. 5-80 P. 20 PBX 5878750 exts: 12031 - 12025 - 12027-

Bogotá D.C.

11. Mínimo Un (1) Video beam.

12. Dos (2) computadores.

13. Mínimo Una (1) pantalla de proyección.

14. Dos (2) micrófonos inalámbricos.

15. Sonido básico para el auditorio.

16. Cámara fotográfica y de video de alta resolución

TRANSPORTE POR EVENTO:

17. Transporte aéreo para un (1) capacitador ida (un día antes del evento) y regreso (el mismo día del evento)

desde la ciudad de Bogotá a la ciudad destino de la capacitación.

18. Transporte Terrestre al capacitador dentro de la ciudad de la capacitación, a los lugares que resulten

necesarios; aeropuerto-hospedaje, hospedaje - lugar del evento, lugar del evento- hospedaje y hospedaje -

aeropuerto, y las demás contingencias que se presenten en el desarrollo del evento.

19. En el caso de que se cancele el vuelo por motivos ajenos a la voluntad de la Procuraduría General de la

Nación, o del Grupo de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública o del capacitador,

el operador debe realizar la reprogramación del vuelo para el viaje del capacitador y asumirá todos los

costos de transporte, alimentación y hospedaje.

20. Para aquellas ciudades en las cuales no existan vuelos diarios o frecuentes de ida y regreso a Bogotá, el

operador deberá prever tal circunstancia y correrá con los gastos de hospedaje, trasporte y de alimentación

al capacitador por el tiempo que resulte necesario hasta su regreso a Bogotá.

Cualquier cambio por solicitud del capacitador en el itinerario en tiquetes u hospedajes por causas ajenas a la

Procuraduria General de la Nación o al organizador del evento, deberá ser asumido por el capacitador

incluyendo gastos de alimentación, estadía y transporte.

El operador deberá garantizar en su oferta la entrega de los pasajes a la entidad con una antelación de 48 horas

a la salida del vuelo.

La Procuraduría General de la Nación comunicará con mínimo con diez (10) días hábiles de antelación a

la realización del evento, cualquier modificación respecto a las fechas, al tiempo de duración del mismo,

así como cualquier modificación que considere necesaria; para que el operador realice la

reprogramación respectiva del evento. En ningún caso la Procuraduría General de la Nación reconocerá

valor alguno por reprogramación de eventos, siempre y cuando se encuentre dentro de este término.

HOSPEDAJE POR EVENTO:

21. Hospedaje de una (1) noche para el capacitador, que llegará a la ciudad con un día de anticipación al

evento. En ciudades en las cuales no exista posibilidad de que el capacitador regrese al día siguiente, el

operador deberá brindar hospedaje por dos noches, transporte y alimentación hasta el regreso a Bogotá del

capacitador.

22. El contratista debe disponer en las diferentes ciudades de un hotel con condiciones de habitabilidad,

seguridad, comunicación, higiene y calidad, con clasificación mínima de tres (3) estrellas. En ausencia de la

clasificación de estrellas en la Ciudad del evento, debe tener los mismos servicios y calidad referidos en la

resolución No. 657 del 8 de abril de 2005 y la resolución 320 del 21 de febrero de 2006, del Ministerio de

Comercio, Industria y Turismo.

23. El operador deberá garantizar la alimentación para el capacitador, una vez éste llegue a la ciudad del evento

de capacitación y hasta su partida a la ciudad de Bogotá, (cena/desayuno/almuerzo, etc.).

El operador deberá comunicar al supervisor del contrato con antelación, las diferentes opciones a escoger en los

que se alojará el capacitador, los cuales deben cumplir con las condiciones establecidas en los estudios previos.

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Calle 15 No,. 5-80 P. 20 PBX 5878750 exts: 12031 - 12025 - 12027-

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En ningún caso la Procuraduría General de la Nación asumirá gastos por servicios que no estén previamente

autorizados, tales como: mini bar, lavandería, llamadas telefónicas a celulares o larga distancia nacional o

internacional, alimentación diferente a la contratada y en general servicios no autorizados.

REFRIGERIOS Y ESTACIÓN DE CAFÉ POR EVENTO:

24. En el evento de capacitación el operador deberá contar con una estación de café para suministrar agua, café

y aromática para mínimo 100 personas y máximo 250 personas.

25. Del mismo modo, el operador debe suministrar un refrigerio en bandeja que contenga un carbohidrato

(pastel, dona, croissant, ponqué), una proteína (jamón, queso, carne), una vitamina (fruta), una bebida (jugo,

gaseosa), para mínimo 100 personas y máximo 250 personas.

El operador deberá comunicar con antelación al supervisor del contrato para su aceptación, las diferentes

opciones de los refrigerios y las características físicas del auditorio o lugar de la conferencia, cumpliendo con las

condiciones establecidas en los estudios previos.

Los alimentos, bebidas, refrigerios y menaje para los asistentes serán cancelados al contratista según el

consumo final certificado por el capacitador del evento previo informe del contratista.

MATERIAL DIDÁCTICO:

26. El operador se obligará a entregar a la Procuraduría General de la Nación - Grupo de Transparencia y del

Derecho de Acceso a la Información Pública, un DVD que contenga las memorias de los eventos de

capacitación en fotos y videos de cada uno de las presentaciones de capacitación. Igualmente, el operador

entregará a la Procuraduría General de la Nación estas memorias fotográficas de los eventos de capacitación en

una carpeta de manera impresa.

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