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derechos humanos Porque los están presentes en todos los momentos de la vida Informe Ejecutivo Vigésimo Informe del Defensor del Pueblo al Congreso de la República

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XXXXderechos humanos

Porquelos

estánpresentesentodoslosmomentosde la vida

Informe EjecutivoVigésimo Informe del Defensor del Pueblo

al Congreso de la República

1. http://www.defensoria.org.co/red/?_item=0202&_secc=02&ts=1 La gestión de Jorge Armando Otálora Gómez, actual Defensor del Pueblo, inició en septiembre de 2012.

323.4D313d

Vigésimo Informe del Defensor del Pueblo al Congreso de la República de Colombia.Informe Ejecutivo / Defensoría del Pueblo. Bogotá, D. C. Defensoría del Pueblo, 2012.44 p.: il., gráficos, mapas, 16.7 x 23.7 cm.

ISSN 2346-2345

DERECHOS HUMANOS / COLOMBIA / INFORMESDEFENSORÍA DEL PUEBLO / COLOMBIA / INFORMES

Bogotá, D. C., 20 de julio de 2013

3JORGE ARMANDO OTÁLORA GÓMEZ

Defensor del Pueblo

ALFONSO CAJIAO CABRERASecretario General

ESIQUIO MANUEL SÁNCHEZ HERRERADirector Nacional de Defensoría Pública

ANDREA LILIANA NUÑEZ URIBEDirectora Nacional de Recursos y Acciones Judiciales

JAVIER ORLANDO TAMAYO PERDOMODirector Nacional de Atención y Trámite de Quejas

HERNANDO TORO PARRADirector Nacional de Promoción y Divulgación de Derechos Humanos

PATRICIA LUNA PAREDES (fa)Defensora Delegada para los Derechos de la Niñez, la Juventud, la Mujer y el Anciano

CLAUDIA JULIANA PARRA MENDOZADefensora Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente

LUIS MANUEL CASTRO NOVOADefensor Delegado para los Asuntos Constitucionales y Legales

PATRICIA LUNA PAREDESDefensora Delegada para los Indígenas y las Minorías Étnicas

JORGE EMILIO CALDAS VERADefensor Delegado para la Política Criminal y Penitenciaria

CONSUELO RIVERA PINEDADefensora Delegada para el Seguimiento, Evaluación y Monitoreo

de las Políticas Públicas para la Realización de los Derechos Humanos

JORGE ENRIQUE CALERO CHACÓNDefensor Delegado para la Evaluación de Riesgos

de la Población Civil como Consecuencia del Conflicto Armado

JUAN MANUEL OSORIO ACEVEDODefensor Delegado para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado Interno

LUIS MAURICIO VESGA CARREÑO (C)Defensor Delegado para los Derechos de la Población Desplazada

NORBERTO ACOSTA RUBIODefensor Delegado para la Salud y la Seguridad Social

5

1. El ejercicio de la Magistratura Moral del Defensor del Pueblo durante el 2012

A. Informes GeneralesA.1. La Situación de Derechos Humanos y Derecho Internacional

Humanitario en Colombia. Análisis de las quejas recibidasy tra-mitadas por la Defensoría del Pueblo durante el 2012

A.2. Las principales actuaciones de la Defensoría del Pueblo ante el Congreso y la Corte Constitucional

B. Informes de LeyB.1. El seguimiento, evaluación y monitoreo de las políticas públicas-

para la realización de los derechos humanosB.2. La política criminal del Estado colombiano

C. Informes EspecialesC.1. El desplazamiento forzado y las políticas públicas de atención en

el 2012C.2. La implementación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tie-

rrasC.3. La prevención de riesgo de violación a los Derechos Humanos y

DIH en el Sistema de Alertas TempranasC.4. Derechos de la niñez, la juventud y la mujerC.5. Situación de derechos fundamentales, colectivos e integralesde las

comunidades étnicasC.6. Los derechos colectivos y del ambiente. El ejercicio del derecho

humano al agua en la ruralidad

D. El acceso a la justiciaD.1. El ejercicio del Sistema Nacional de Defensoría PúblicaD. 2 .Recursos y acciones judiciales

E. La concepción y la acción pedagógica de la promoción y divulga-ción de derechos humanos

F. Informeadministrativoyfinanciero.RendicióndeCuentas

Contenido

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Presentación El Defensor del Pueblo considera que sus infor-mes deben contribuir al cumplimiento de las facul-tades establecidas a la Defensoría del Pueblo por la Constitución y las leyes. Por lo tanto, este informe tiene por objetivo destacar la actuación de la Enti-dad a favor de los grupos vulnerables y la situación de derechos humanos y del derecho humanitario en Colombia durante el 2012.

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El ejercicio de la Magistratura Moral del Defensor del Pueblo

Los pronunciamientos de prensa del Defensor del Pueblo de Colombia durante el período 2012

El Defensor del Pueblo emitió pronunciamien-tos de interés general en ejercicio de la Magistra-tura Moral, cumpliendo la misión de promover la protección de los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario, y en representación de los habitantes del territorio nacional y los colom-bianos en el exterior.

En sus pronunciamientos, el Defensor del Pueblo requirió la actuación de los organismos competen-tes del Estado cuando se pusieron en riesgo los derechos de las personas y la institucionalidad que los garantiza, para promover la efectividad de los mecanismos de prevención y protección de los sec-

1.

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tores poblacionales más vulnerables en situaciones de peligro o estado de indefensión.

En coherencia con su misión institucional, el Defensor del Pueblo divulgó 172 comunicados durante el periodo.En ellos se manifestó sobre las inter-venciones que el Estado y el Gobierno deben realizar para que los colom-bianos y residentes en el país gocen de los derechos humanos establecidos en la Carta Política y en la normativa universal.

Derecho a la salud: El Defensor del Pueblo y el Ministro de Salud sus-cribieron un convenio interadministrativo para medir la calidad del servicio que ofrecen las EPS, con un enfoque de derechos. Esta evaluación anual se convierte en sanción moral a las EPS que no respetan el derecho a la salud; en una valiosa información para que dichas entidades mejoren sus servicios y para que la Superintendencia de Salud pueda indagar sobre la situación de las EPS. Así mismo, los ciudadanos podrán tomar mejores decisiones en la selec-ción de su entidad prestadora de salud y en la exigencia de sus derechos.

Derecho Internacional Humanitario: Mediante fallo de tutela sin pre-cedentes, del juzgado sexto civil del circuito de Medellín, la Defensoría y la Personería de Medellín lograron que la Unidad de Víctimas incluyera en el registro único de víctimas a 49 personas desplazadas por las ‘bacrim’. En la acción de tutela se buscaba que las autoridades reconocieran el desplaza-miento forzado masivo de 18 familias, luego del asesinato de 4 habitantes de la zona. La Corte Constitucional en revisión, determinó que, en efecto, losdesplazadosdedichosgrupostienenderechoagozardelosbeneficiosde la Ley 1448 de 2011 (de Víctimas y Restitución de Tierras), que limitaba la reparación administrativa a los afectados por la guerrilla, los paramilitares o el Estado.

Porotraparte,conocasióndelfinde la ‘tregua’de lasaccionesarmadasde las Farc, anunciada por el grupo guerrillero para el 20 de enero de 2013, el Defensor del Pueblo le exigió a esa organización armada que dejara por fueradel conflictoa lapoblacióncivil y acatara lasnormasdelDIH.Elseguimiento del Sistema de Alertas Tempranas (SAT) de la Defensoría del Pueblo, durante el periodo de la ‘tregua’, registró 57 acciones armadas de

11las Farc contra la población civil y la fuerza pública, en las que se instalaron artefactos explosivos y minas antipersonal, homicidios selectivos, interpo-sición de población civil en combates con la fuerza pública, además de en-frentamientos armados con grupos armados ilegales postdesmovilización y hostigamientos contra instalaciones policiales.

Pensiones:LaDefensoría,afindequeseterminelacongestióndelostrá-mites de pensiones públicas registrada desde septiembre de 2012 -periodo del tránsito del ISS en liquidación a Colpensiones-, ha liderado una agenda de trabajo que posibilite a las dos entidades ponerse al día en las peticiones de reconocimiento pensional. Desde el pasado 12 de marzo, el ISS y Col-pensiones presentaron a la entidad cronogramas de trabajo para dar solu-ciónalassolicitudesdelosusuarios,antesdefinalizar2013.Enrespaldode esta gestión, la Corte Constitucional le ordenó a Colpensiones que, cada mes, le reporte a la Defensoría los avances para ponerse al día en las solici-tudes de reconocimiento pensional del régimen de prima media.

Servicios Públicos: Tras la caótica entrada en operación del nuevo esque-ma de recolección de residuos sólidos en Bogotá, el Defensor del Pueblo denunció el incumplimiento del Alcalde Mayor de Bogotá, Gustavo Petro, frente a la prestación de este servicio público. Ante la improvisación del Alcalde, el 26 de noviembre de 2012, el Defensor le cursó un derecho de petición, donde le solicitaba explicar de manera detallada cómo se adelan-taría el proceso de recolección de residuos sólidos en la capital. El Alcalde respondió que ya tenía planteado un programa y garantizaba plena norma-lidad a partir del 18 de diciembre.

Ante el incumplimiento del servicio público fundamental, además de afec-tarse suprestaciónoportuna y eficaz, también resultabanvulnerados losderechos a la salud, al goce de un ambiente sano y la vida diga de los bo-gotanos. El Defensor presentó queja disciplinaria ante la Procuraduría Ge-neral de la Nación para que se adelantara la investigación correspondiente, porque consideró que estaba en juego la salubridad pública de los bogota-nos y que el comportamiento del Alcalde podía ser catalogado como una falta gravísima al Código Único Disciplinario (numeral 38, artículo 48, Ley 734 de 2002).

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Desplazamiento y víctimas del conflicto armado: Se destaca la aten-ciónalasvíctimasdelconflictoarmadoporlaUnidadMóvildelaDefenso-ría del Pueblo, una iniciativa que completó un año favoreciendo a cerca de 7.400 personas, de 59 municipios, en 14 departamentos del país. Acaba de iniciar, en Córdoba, la cuarta fase de jornadas de atención a este grupo de personas, que habitan las regiones apartadas del país. La Unidad cuenta con elapoyodelMinJusticiaylafinanciacióndelaUniónEuropeayUSAID.

Minorías étnicas: El Defensor denunció tres hechos de abuso por parte de la Guardia Venezolana sobre las comunidades indígenas que se dedican a la minería artesanal en el Río Atabapo, en la frontera del Guainía con Ve-nezuela, dos de ellos con retención. Luego de la denuncia, se culminó con su liberación mediante misión humanitaria en la que participó la Defensoría del Pueblo.

Por otra parte, en septiembre de 2012, el Defensor alertó sobre riesgo de reclutamiento de menores en Guainía y Vichada, por presuntos miembros de las Farc, reportado por el Sistema de Alertas Tempranas (SAT). Este lla-mado permitió la movilización de las autoridades y evitó estos hechos.

Personas privadas de la libertad: Luego de que el Defensor insistiera en denunciar el hacinamiento en las UIR de Bogotá -la última de ellas, el pasadoviernes9deagostoenPaloquemao-elfiscalEduardoMontealegrey el alcalde Gustavo Petro se reunieron para crear un equipo de trabajo entre el Distrito y la Fiscalía, que propusiera soluciones a este problema. El Defensor del Pueblo manifestó su preocupación debido a que, durante sus visitas, pudo comprobar que algunos detenidos permanecen en este lugar de paso, por más de cinco meses, durmiendo en el piso, sin las adecuadas condicionesdehigieneycondificultadesparasualimentación.

Por otra parte, la Corte Constitucional, en revisión sobre el hacinamiento, seleccionó una sentencia de tutela por insistencia del Defensor del Pueblo. Esto implica que la Corte analizará la creación de una sala de seguimiento solicitada por la Defensoría del Pueblo, que adopte medidas estructurales que posibiliten solucionar el hacinamiento que vulnera los derechos huma-nos de la población reclusa.

13Además del hacinamiento, el Defensor ha constatado problemas de salud, sanitarios, alimentarios y servicios públicos, en las 29 visitas a centros de reclusión de todo el país desde septiembre del año pasado. Actual-mente, están cerradas cerca de 26 cárceles porordendetutelasqueexigenponerfinala vulneración de los citados derechos hu-manos de la población reclusa, todos ellos agravados por el hacinamiento que llega al 56% nacional y que en algunas cárceles como la de Riohacha, se mantiene alrededor del 400%. Ante esta grave situación la De-fensoría ha insistido en la necesidad de de-cretar la emergencia social, ya que la actual emergencia carcelaria no podrá resolver de manera rápida los problemas de fondo.

También, el Defensor del Pueblo, después de una visita humanitaria a la Cárcel de Ter-nera, en Cartagena, el pasado 24 de mayo, evidenció las pésimas condiciones higiéni-cas y sanitarias del procesamiento y sumi-nistros de alimentos para los reclusos, y solicitó a la Contraloría General la revisión del contrato de alimentación, entidad que estableció un presunto detrimento patrimo-nial de $128 millones por irregularidades en la ejecución del contrato de suministro de alimentos, debido a raciones facturadas y no suministradas.

2.623 quejas fueron por viola-ción del derecho a la salud, 2.068 por infracciones

al DIH, 1.075 por violación al derecho de pe-tición, 570 por

violación al de-recho al debido proceso legal y a las garantías

judiciales y 515 por violación al derecho de las

personas privadas de la libertad.

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A. Informes Generales

A.1. La Situación de Derechos Hu-manos y Derecho InternacionalHu-manitario en Colombia Análisis de las quejas recibidasy tramitadas por la Defensoría del Pueblo durante el 2012.

Peticiones. Según el registro estadístico reportado por el sistema de Información VISION WEB, du-rante el 2012, la Defensoría recibió y tramitó 62.136 peticiones: 37.346 (60%) asesorías, 14.979 solicitu-des (24%) y 9.811 quejas (16%). 2.623 quejas fue-ron por violación del derecho a la salud, 2.068 por infracciones al DIH, 1.075 por violación al derecho de petición, 570 por violación al derecho al debido proceso legal y a las garantías judiciales y 515 por violación al derecho de las personas privadas de la libertad.

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Gestión de prevención y protección a la situación de derechos humanos de defensores, líderes sociales y comunitarios

Situaciones de riesgo y notas de seguimiento. La Defensoría del Pue-blo, a través del Sistema de Alertas Tempranas (SAT), con ocasión de la advertenciay seguimientoa lasdinámicasdelconflictoy susconsecuen-cias sobre la población durante 2012, advirtió de 55 situaciones de riesgo. De estas, 22 casos correspondieron a 15 Informes de Riesgo y 7 notas de seguimiento.Seidentificóalosdefensoresydefensorasdederechoshuma-nos como población en riesgo, en los departamentos de: Antioquia, Arau-ca, Bolívar, Caquetá, Cauca, Guaviare, Meta, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Santander, Sucre y Valle del Cauca.

Conductas, actores y sujetos. En los informes de riesgo se han descri-to los hostigamientos, persecuciones e intimidaciones a los defensores de derechos humanos, líderes sociales, dirigentes sindicales, representantes de víctimas, reclamantes de tierras y representantes de organizaciones LGBTI. Las estructuras armadas ilegales, que emergieron de la desmovilización de las autodefensas (Águilas Negras, Urabeños, Los Paisas, el frente Libertado-res del Vichada y Los Rastrojos) constituyen el principal factor generador del riesgo. Conforme al sistema VISION WEB, se tienen como presuntos responsables de las conductas violatorias contra los derechos de las de-

Derecho a la salud

Infracciones al De-recho Internacional

Humanitario

Derecho de pe-tición

Derecho al debido proceso legal y a las garantías judiciales

Derecho de las personas priva-

das de la libertad

Valle del Cauca 378 Caldas 471 Quindío 604 Antioquia 139 Valle del

Cauca 115

Magdalena 345 Antioquia 393 Antioquia 74 Valle del Cauca 54 Cauca 85

Quindío 277 Valle del Cauca 231 Cauca 59 Magdalena 49 Quindío 49

Guaviare 205 Cauca 91 Casanare 52 Atlántico 37 Cesar 45

Casanare 172 Nariño 91 Santander 39 Boyacá 33 Boyacá 40

Departamentos en donde se presentaron los registros más altos de quejas:

17fensoras y defensores de DDHH a los grupos armados ilegales y algunos miembros de la Fuerza Pública.

Defensores y defensoras de derechos humanos. La Defensoría, a través de la Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas y las Defenso-rías regionales, en el 2012, recibió 569 peticiones en las que los defensores y defensoras de derechos humanos constituyen el grupo más afectado, en relación con procesos de restitución de tierras y comunitarios, de las cuales se registraron 249 solicitudes, 109 asesorías y 211 quejas. Las principales conductas vulneratorias se constituyen en amenazas contra la vida e inte-gridad personal: 87 quejas, el incumplimiento del deber general de garantía y protección, y de adoptar disposiciones de derecho interno: 17 quejas, y amenazas de realizar infracciones al DIH: 11 quejas. Las zonas donde se re-gistra la mayor atención de peticiones por vulneración de sus derechos fue-ron el Valle del Cauca: 61 quejas, Atlántico: 19, Santander: 16, Risaralda:14 y Bogotá D.C.:13.

En el contexto de garantizar los derechos de los defensores y defensoras de derechos humanos, líderes, lideresas sociales e intervinientes de procesos derestitucióntierras,participóconvozperosinvoto,enlosespaciosdefi-nidos por la ley a cargo de la Unidad Nacional de Protección, para adoptar medidas de prevención y protección de personas en situación de riesgo extraordinario o extremo, como son el Grupo de Valoración Preliminar –GVP- y el Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendaciones de Medi-das –CERREM- (Decreto 4912 de 2011).

Participación en el Proceso Nacional de Garantías. Se participó en el Proceso Nacional de Garantías a través de la Mesa Nacional2 y en las sesiones del Grupo de Valoración Preliminar – GVP- y del Comité de Evaluación y Recomendaciones de Medidas -CERREM-.Por ejemplo, en Bogotá, donde se analizaron ca sos individuales, en situaciones de riesgo extraordinario o extremo, y como consecuencia de sus actividades políticas, públicas, sociales y humanitarias. En el ámbito territorial, los CERREM son

2. Esta mesa, que surge del acuerdo entre las instituciones y las organizaciones defensoras de derechos humanos, con el acompañamiento de la comu-nidad internacional, busca desarrollar conjuntamente estrategias de prevención, protección e investigación.

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atendidos por las Defensorías regionales, donde se desarrolla el proceso de garantías, en zonas como Atlántico, Bogotá D.C., Santander, Norte de San-tander, Risaralda, Putumayo, Cauca, Chocó y Antioquia.

Seguimiento a Medidas Cautelares y Provisionales, Sistema Inte-ramericano de Derechos Humanos. Se participó en el seguimiento al cumplimiento de las medidas cautelares y provisionales solicitadas por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, ejerciendo la función de defensa y protección de los derechos humanos.

Atención a la población LGTBI: Se atendieron 17 quejas durante el 2012, según el sistema VISION WEB: población homosexual: 9 quejas, Lesbianas: 1, Transexuales: 7. Los presuntos responsables fueron la Policía Nacional con 5 quejas, funcionarios de juzgados con 4 quejas y 3 en estudio. Los principales derechos vulnerados fueron: a la igualdad ante la ley y no discriminación con 6 quejas, el derecho al libre desarrollo de la personalidad con 5, y el derecho al debido proceso legal y a garantías judiciales con 2 quejas. Igualmente, como respuesta a diferentes peticiones y denuncias, se participó en la instalación de la Mesa de Casos Urgentes para los Sectores Sociales LGTBI, y de forma paralela, en el proceso de elaboración de la Política Pública Nacional LGTBI.

A.2. Las principales actuaciones de la Defensoría del Pueblo ante el Congreso y la Corte Constitucional

Actuaciones ante el Congreso de la República. Se elaboró y socializó el Proyecto de Ley Estatutaria “Por la cual se reglamenta el acopio, registro, tratamien-to y certificación de los antecedentes judiciales”, con autoridades del orden nacional vinculadas al manejo de la información sobre antecedentes judiciales y la academia.

También, la Defensoríase pronunció a través de la Delegada en el trá-mite de la reforma al denominado fuero penal militar, aprobado por el Congreso, y elaboró conceptos que observan el precedente constitucional sobre la iniciativa para derogar el término de 30 años de prescripción de

19la acción penal en crímenes de guerra o de lesa humanidad, genocidio, desaparición forzada, tortura u homicidio, entre otros. Igualmente, se ma-nifestó sobre la conveniencia de que el Estado suscribiera la Convención Internacional sobre Desaparición Forzada, instrumento que contribuye a fortalecer la luchacontraunflageloqueenColombiaafectaapor lomenos 56.000 ciudadanos.

El mismo tema de la desaparición forzada se abordó en el Proyecto de Ley 009 de 2012- Cámara, “Por el cual se crea un Sistema de Búsqueda de Desaparecidos y se adoptan medidas de satisfacción y garantías de no repetición”. Finalmente, se pronunció sobre el Proyecto de Ley No. 239 de 2012, Senado, 091 de 2011, Cámara, que buscaba fortalecer la protección de la integridad personal por medio de la adición de un inciso al artículo 113 de la Ley 599 de 2000, con el objeto de sancionar a los que causen quemaduras, deformaciones y generen secuelas por ataques con ácido.

Actuaciones ante la Corte Constitucional. Se elaboró demanda contra expresiones contenidas en los incisos 4º y 5º del artículo 112 de la Ley 65 de 1993, Código Penitenciario y Carcelario, que consagran prohibiciones de visitas y la cancelación de permisos para ingresar a los visitantes de cárceles que transgredan el régimen disciplinario del establecimiento. En procesos de inconstitucionalidad, el tema más relevante fue el relacionado con la Ley 1448de2012,sobrederechosdelasvíctimasdelconflictoarmado.

La Defensoría por conducto de la Delegada intervino en los procesos D-8997(demandacontra ladefinicióndevíctimaasociadaa laexpresión“ocurridas con ocasión del conflicto armado”); D-8963 (cargos contra los artículos 70, 72, 73 y 75 parciales de la Ley 1448 de 2011); D-8997 (demanda contra laexpresión“ocurridasconocasióndelconflictoarmadointerno”delar-tículo 3 –parcial- de la Ley 1448 de 2011) y D-9012 (contra el artículo 99). En desarrollo del proceso D-9214, se demandaron los artículos 79, 88 y 132 (parciales), relacionados con el derecho a la igualdad (procesal) de las víctimasdelconflictoarmado.

Se presentó concepto sobre el proyecto de Ley Estatutaria Nº 263/11, Se-nado, y 195/11, Cámara, marco jurídico de las actividades de inteligencia y

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contrainteligencia, que consagraba algunas disposiciones contrarias al orde-namiento constitucional. También intervino en el proceso D-9139 para soli-citar a la Corte que declarara inconstitucional la Ley 1530 de 2012, regulatoria de la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías,por vulnerar el derecho fundamental a la consulta previa de las comunidades indí-genas. Se intervino en dos demandas contra la Ley 1482 de 2011, que penaliza ladiscriminación,reafirmandolapotestadlegislativacuandonoatentacontralos límites constitucionales de los derechos humanos.

La Defensoría llevó a cabo la investigación: La institución de los antecedentes judi-ciales en Colombia, publicada en la web de la Entidad, a raíz de varios casos de personasafectadasporelcontenidodelcertificadojudicialdigital,queponíaen riesgo de discriminación por acreditación de antecedentes penales, en vir-tuddelaadopcióndelanuevaleyendacontenidaenelcertificadoyquelanormatividadrespectivaresultadispersa,inconexa,confusaeinsuficiente.

Proyecto Educativo Comunitario –PEC-NASA. Se prosiguió con ac-tividades para perfeccionar la aplicación del proyecto de apropiación de derechos humanos en la educación de los pueblos indígenas del Resguardo Huellas.

B. Informes de Ley

B.1. El seguimiento, evaluación y monitoreo de las políticas públicas para la realización de los derechos humanos. Programa ProSeDHer

La ayuda alimentaria en el contexto del derecho a la alimentación. En el seguimiento al compromiso estatal sobre el derecho a la alimenta-ción, algunas conclusiones son: 1) La ayuda alimentaria debe guiarse por el humanitarismo y respeto de los derechos humanos. Los Estados y organi-zaciones donantes, receptores y distribuidores deben abstenerse de usarla para presión política, económica o militar. La ayuda alimentaria, más que una acción de emergencia, debe estar inscrita en una estrategia de preven-ción, gestión y afrontamiento de situaciones de desastre natural o crisis

21alimentaria, que trascienda hacia la recuperación, rehabilitación y desarro-llo, en la que las personas tengan la capacidad de producir y alimentarse con dignidad. 2) Los alimentos y recursos entregados, libres de sustancias nocivas y adecuadas a las necesidades nutricionales y culturales, no deben perjudicar el medio ambiente. 3) La entrega se debe acompañar de una distribución adecuada de agua y elementos necesarios para asegurar una adecuada alimentación, preparación de los alimentos, y recuperación de las capacidades productivas. 4) Los Estados deben asegurarse de proteger a las personas, comunidades y pueblos del accionar de terceros que busquen usurparlosbienesdelaspersonasafectadas,traficarconlaayudaalimenta-ria, especular con los precios de alimentos o imponer tutelajes. 5) Los Es-tados: deben implementar mecanismos de control al precio de los alimentos como estrategia de preparación ante situaciones de emergencia, fortalecer la producción interna de alimentos y la adecuación de las infraestructuras de comunicación. Igualmente deben proteger a los productores locales de posibles efectos perjudiciales que la ayuda pueda tener sobre las economías locales y regionales y, 6) tienen la obligación de generar mecanismos de control social y rendición de cuentas.

Evaluación de condiciones del componente lugar en proyectos de vi-vienda de interés social (VIS) y viviendas de interés prioritario (VIP) en Bogotá. La Defensoría adelantó una investigación en la que diseñó indicadoresrelacionadosconel“componentelugar”enVISyVIP,desa-rrollados en Bogotá, periodo 2009-2011, como son: opciones de empleo, servicios sociales y de salud; fuentes de contaminación y la relación de la vivienda con las personas en situación de discapacidad3. Entre las conclu-siones están: i) Las zonas con mayores densidades de vivienda VIS y VIP con altas tasas de producción son las demás dificultades y costos parael desplazamiento al trabajo, como son los proyectos ubicados en Usme, Ciudad Bolívar y Bosa. ii) La cobertura de equipamientos públicos de salud es mayor en el sur (Bosa, Ciudad Bolívar y Usme), donde están la mayor cantidad de áreas VIS y VIP.

3. (http://observatorio.defensoria.org.co). Según la Encuesta Calidad de Vida (DANE:2007), en Bogotá el 5% de los hogares se considera en situación de pobreza por Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) y el 0,5% en condiciones de miseria. El Censo General (DANE 2005), señala que en elDistritoCapital,369.874hogarespresentanalgúntipodedéficithabitacional,frenteauntotalde1.9millones.Dichodéficitnosólohacereferenciaalacantidaddeviviendasfaltantes,sinotambiénalacalidaddelasexistentes(déficitcuantitativoycualitativo).

Informe EjecutivoXX Informe del Defensor del Pueblo al Congreso de la República

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Seguimiento y evaluación de las políticas públicas para las personas con discapacidad desde la perspectiva del derecho a la salud. Se reali-zó una investigación en las entidades del orden nacional (1), municipal (42), distrital (1) y departamental (14) y a los prestadores del servicio (15). Entre las conclusiones se citan: 1) Desconocimiento del derecho a la salud de estas personas y vacíos en la disponibilidad de datos relacionados con políticas y programas, sin enfoque diferencial. 2) Limitaciones en la información sobre medidas para capacitar al personal médico, paramédico y del equipo para prestar asistencia médica, acceso a tecnologías y métodos de tratamiento, y asesoría a los padres o cuidadores, sin procesos de disponibilidad y acceso. 3) La descripción del funcionamiento departamental del banco de ayudas técnicas se limita a la recepción de solicitudes, entrega de ayudas y segui-miento, sin un inventario de ayudas, necesidades reales y de un programa de capacitación para su uso adecuado que facilite la rehabilitación. 4) Las enti-dades participantes no cuentan con adecuada información sobre la disponi-bilidad de medicamentos en su jurisdicción ni garantía de su seguimiento y evaluación. La mayor parte de las entidades remiten la responsabilidad a las EPS y las IPS, según los contenidos del POS en los municipios. La gestión de autorizaciones para los No Pos depende de la necesidad y la urgencia en los departamentos y, 5) Inexistencia de los comités locales de discapacidad en las entidades territoriales, de las organizaciones y sus familias.

El trabajo se centró en la formación de los comités departamentales y la asesoría a los municipios para el funcionamiento de los comités locales. Por último, la defensoría participó en las actividades desarrolladas por el Grupo de Enlace Sectorial, del Sistema Nacional de Discapacidad.

Observatorio de Justicia Constitucional4. En el periodo se avanzó en aportes al micrositio del Observatorio de Justicia Constitucional. El segui-mientodelassentenciasdelObservatorioserefierealosderechosdelosniños y niñas, de los jóvenes, de las mujeres, de las personas mayores, con discapacidad, en situación de indigencia y de desplazamiento, de los grupos

4. En el que se encuentran 18 documentos con los contenidos de las sentencias de la Corte Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, organizados temáticamente por sujetos y por derechos. Reseñan las subreglas vigentes de las sentencias, a partir de: i) síntesis de los hechos que originan el pronunciamiento de tutela o del contenido de las normas demandadas por inconstitucionales; ii) síntesis de los fundamentos jurídicos para adoptar una decisión de protección de derechos fundamentales o de exequibilidad de una norma; y iii) síntesis de la decisión adoptada. Cada contenido se encuentra soportado con el texto de la sentencia emitida por la respectiva Corte.

23étnicos, de las personas con diversa orientación sexual, de las personas pri-vadas de la libertad, de los trabajadores y de los sindicatos.

También, del derecho de petición, el hábeas data, el debido proceso penal, el hábeas corpus, derechos colectivos, derechos de participación política y sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Dispone de texto actualizado de la Constitución y de dos informes que abarcan la jurisprudencia de las Cortes entre marzo de 1992 y febrero de 2011, y se realiza en ejerciciode la función del artículo 282 CP y la legal de difundir el conocimiento de la Constitución, “especialmente los derechos fundamentales, sociales, económicos, culturales, colectivos y del ambiente” (art 9 numeral 6 de la Ley 24 de 1992).

Actividades relevantes realizadas por conducto de la Delegada de Sa-lud y Seguridad Social, especialmente de septiembre a diciembre del 2012. En cumplimiento de la Sentencia T-760 de 2008, la Defensoría se reunió con el Ministerio de Salud y Protección Social, para tratar sobre la protección efectiva del derecho a la salud. El Defensor alertó del incremen-to de acciones de tutelas: 114.313 recursos entre enero y diciembre de 2012, 26,9% del total de tutelas interpuestas en el país. El 68% de las solicitudes de tutela son para reclamar lo ya incluido en el Plan Obligatorio de Salud (POS), debiendo las EPS suministrarlas sin disculpas. Además, destacó que las solicitudes más frecuentes se relacionan con tratamientos (24,3%), su-ministros de medicamentos (19,3%), aprobación de cirugías (11,9%) y asig-nación de citas médicas (10,8%).

La Defensoría se vinculó a la Red de Controladores en Salud, mediante convenio interadministrativo de apoyo institucional con la Superintenden-cia Nacional de Salud, dentro del marco de la Ley 1438 de 2011, denomi-nado Red de Controladores. También, absolvió el cuestionario de la Corte Constitucional para el pronunciamiento sobre la constitucionalidad del ar-tículo 17 de la Ley 4 de 1992, sobre el tema de pensiones.

Particularmente, investigó el caso del señor José Ángel Chíquiza, paciente quefallecehaciendofilaenlaEPSUNICAJAS-COMFACUNDI,enesperade una autorización para la continuidad del tratamiento de su patología re-

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nal. En el informe, sustentó la denuncia penal de la Defensoría en contra de la Secretaría de Salud de Bogotá y COMFACUNDI. Igualmente, investigó el caso de la menor Ana María Forero que falleció en la IPS Clínica Cafam, en el que recordó que la protección, garantía y reconocimiento de los derechos de los niños y niñas, consagrados la Constitución y en los instrumentos in-ternacionales,seenmarcael“principiodelinteréssuperior”,comosujetosde especial protección, debiéndose garantía, reconocimiento y protección de sus derechos, por parte de la familia, la sociedad y el Estado.

La Defensoría a través de la Delegada para la Salud y Seguridad Social aten-dió 78 solicitudes, entre consultas, quejas, derechos de petición, requeri-mientos e intermediaciones.

B.2. La política criminal del Estado colombiano

Se considera que continúa una política criminal errada que mira la preven-ción de la criminalidad solo desde la óptica de la intimidación normativa penal. Visión que se traduce en: 1. Incremento de la cuantía de la pena pri-vativa de la libertad como instrumento intimidante y disuasivo. 2. Ausencia de ejecución efectiva de los proyectos, planes y programas para la resociali-zación o reinserción social positiva, ingredientes de la reincidencia delictual. 3. Sobrepoblación carcelaria y penitenciaria en el país.

La política penitenciaria es incoherente, coyuntural, improvisada, reactiva y antepone la seguridad carcelaria y la represión a la reinserción social positiva y al respeto de sus derechos. Una política de estado coherente implica la acción y participación armónica de las tres ramas del poder público y se debe racio-nalizar. El ejecutivo debe disponer de los recursos para implementar políticas que mejoren las condiciones de los centros de reclusión y suplan las necesida-des del sistema carcelario, así como políticas sociales que incidan en resolver la imperante desigualdad, con el objeto de prevenir la comisión de delitos. Se debe apoyar a las familias vulnerables, a las víctimas de delitos, a las personas desplazadasporlaviolenciayalasvíctimasdelconflictoarmadointerno,conel objeto de fortalecer el sistema educativo y la generación de empleo.

Los operadores de la Rama Judicial deben aplicar las normas sustantivas y de procedimiento penal en armonía con los postulados constitucionales y

25el respeto de las garantías fundamentales del individuo. Los jueces de ga-rantías tienen que reservar las medidas de detención preventiva a las situa-ciones de necesidad que consagra la ley. Los jueces de ejecución de penas debenfacilitarelusodesubrogadospenalesydebeneficiosadministrativospara reducir la condena. Se ha de legislar en materia de política criminal de acuerdoconinformaciónempíricaconfiableyatendiendolascircunstan-cias que causan y fomentan las conductas delictivas.

Gestión. Se continuaron las audiencias defensoriales sobre los derechos humanos de las personas privadas de la libertad. Se hizo una Jornada na-cional pedagógica de promoción y protección de los derechos humanos en los establecimientos penitenciarios y carcelarios. Se realizaron una serie de intervenciones del Defensor del Pueblo ante el Congreso a raíz de la crisis penitenciaria y carcelaria;también ante el Consejo Superior de Política Cri-minal y Penitenciaria, en los proyectos de ley: N° 239 de 2012, Senado y 091 de 2011, Cámara, “por medio del cual se fortalece la protección de la inte-gridadpersonalyadicionaunincisoalartículo113delaLey599de2000”;ProyectodeleyN°80de2012,Senado,“pormediodelcualsemodificanlos artículos 110 y 120 de la Ley 599 de 2000 y crea un nuevo título de las contravenciones en el Código Penal, como medidas para proteger la vida y laintegridadpersonalyfomentarlaseguridadvialenColombia”;Antepro-yecto para la expedición de un nuevo Código Penitenciario y Carcelario.

Durante el lapso comprendido entre septiembre y diciembre de 2012, el Defensor llevó a cabo las siguientes actividades:

En el establecimiento carcelario de Bogotá La Modelo, el 27 de septiembre se reunió con 11 Jueces de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá para tratar el tema de los internos con enfermedad terminal y, el 2 de octubre, con funcionarios de las tres ramas del poder público, tratando problemas apremiantes de las personas privadas de la libertad.

Igualmente, se pronunció sobre los siguientes asuntos: El 1 de octubre: “Defensor del Pueblo convoca mesa de trabajo en La Modelo”. El 2 de octubre: “Pro-puesta de 73 nuevos jueces de ejecución de penas para descongestión judicial”. El 6 de octubre: “Defensoría alerta sobre posible andanada de demandas de reclusos contra el

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Estado”. El 5 de diciembre: “En riesgo aplicación de la Ley de Víctimas por falta de presupuesto: Defensoría del Pueblo”. El 10 de diciembre: “Defensoría del Pueblo considera inconveniente proyecto de ley sobre Justicia Penal Militar”. Por otra parte, visitó los siguientes establecimientos de reclusión del orden nacional: Valle-dupar, Popayán, Riohacha.

C. Informes Especiales

C.1. El desplazamiento forzado y las políticas públi-cas de atención en el 2012

La Defensoría del Pueblo considera que persiste la expulsión y carencias institucionales, pese a la nueva institucionalidad creada al amparo de la Ley de víctimas y restitución de tierras.

A través de la Delegada para los derechos de la población desplazada, se adelantaron gestiones en defensa de los derechos de las personas, comuni-dades campesinas, grupos étnicos en riesgo y situación de desplazamiento forzado; y se realizaron los ejercicios de seguimiento a las políticas públicas de atención a la población desplazada y de cumplimiento por los gobiernos nacional y territoriales de las órdenes de los Autos de la Sentencia T-025 de 2004 y la Ley 1448 de 2011.

Gestión defensorial.La Delegada atendió 317.374 personas (29.05%, po-blación indígena; 23,7%, afrodescendientes; y 49,25%, mestizos). Se rea-lizaron 3.618 asesorías especializadas en derechos de los desplazados, se respaldó el trámite de 964 quejas, se elaboraron 159 tutelas a favor de la población desplazada en coadyuvancia de la Defensoría, se realizaron 1.396 derechos de petición, se activaron 28 mecanismos de búsqueda urgente, se recibieron 575 declaraciones de desplazamiento por parte de los Asesores/as Regionales de desplazamiento regionales y los Defensores/as Comunita-rios/as, y se llevaron a cabo 281 talleres de formación sobre los derechos de lapoblacióndesplazadaquebeneficiaronamásde16.700personas.

Se realizaron: 334 misiones humanitarias en 26 departamentos, que cubrie-ron 83.000 personas. Se participó e hizo seguimiento a 58 escenarios inte-

27rinstitucionales de prevención y protección, en los niveles nacional, departamental y mu-nicipal por parte de los equipos de atención especializada; 70 eventos de formación en las zonas donde hay presencia de Defen-sores/as Comunitarios/as y Asesores/as Regionales de Desplazamiento. Se asesoró, atendió y acompañó a 90 comunidades in-dígenas de 18 pueblos y 193 comunidades afrocolombianas. La estrategia de preven-ción y protección de la delegada continuó con el funcionamiento de las Casas de De-rechos de Altos de Cazucá (Soacha, Cundi-namarca) y Granizal (Bello, Antioquia).

Se realizaron 50 visitas y misiones humani-tariasdeverificaciónymonitoreoalaszo-nas donde habitan pueblos y comunidades indígenas y afrocolombianas; se participó en 5 escenarios interinstitucionales que tra-taron temáticas de comunidades étnicas; se impulsó la atención, se incidió en la políti-ca pública; y se efectuaron 49 actividades de formación y socialización a comunida-des afrodescendientes e indígenas. Por otra parte, se busca hacer visible la situación de cruce forzado de fronteras. Se realizaron 63 reuniones con actores humanitarios y en-tidades del SNARIV, incluyendo reuniones con misiones consulares y visita a Ecuador. Se realizaron 46 reuniones y actividades de acompañamiento con comunidades, líde-res, autoridades étnicas territoriales y or-ganizaciones comunitarias, y 5 jornadas de atención descentralizada en Arauca, Chocó y Putumayo.

La Defensoría del Pueblo conside-ra que persiste la expulsión y

carencias institu-cionales, pese a la nueva institu-cionalidad crea-da al amparo de la Ley de vícti-

mas y restitución de tierras.

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Dinámica del desplazamiento forzado y las políticas públicas de atención. A pesar de resoluciones como las de la Corte Constitucional, las medidas dispuestas en desarrollo de la Ley 1448 de 2011 no han permitido superar el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI). Persiste el desplazamiento forzado,enparticularlosmasivosyloshechosdeconfinamiento.Larespues-ta del Estado no ha permitido superar la situación de exclusión de derechos y sometealaspersonasquefavoreceavivirdelaasistenciaoficial.

Se registraron 88 eventos de desplazamiento forzado de carácter masivo. El Departamento con mayor número de eventos ha sido Cauca (26), seguido de Nariño (16), Putumayo (12), Chocó (8), Guajira (6), Norte de Santander (4), Antioquia (3), Córdoba (3), Valle del Cauca (3), Guaviare (2), Risaralda (2), Bolívar (1), Meta (1), y Magdalena (1). En desplazamiento intraurbano.El acumulado histórico muestra que Buenaventura ocupa el primer puesto con 26.871 personas, seguido de Medellín con 23.803; Quibdó con 1.647; Timbiquí con 1.396; Bogotá D.C. con 1.252; San Onofre con 1.115; y Va-lledupar con 889.

La manera en que se adoptó la transición institucional de la Ley 1448, implica la invisibilización del desplazamiento y la perdida de los saberes acumulados en atención al desplazamiento, logrados con la Ley 387 de 1997 y la Sentencia T-025 de 2004. Ese hecho se está expresando en retrocesos en la atención y una visión restrictiva del alcance de los derechos a restablecer. El desarrollo normativo adelantado, los Decretos 4800 de 2011 y el Decreto 790 de 2012, entre otros, estuvieron centrados en la institucionalización del Sistema Na-cional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas –SNARIV-, no en la resolución de las barreras de acceso y reforma de los programas y sistemas de información que puedan contribuir a la resolución del ECI.

La Ley 1448 y decretos reglamentarios como el 790 de 2012, reconocen la vigencia de la atención a las personas desplazadas como un campo autó-nomo de políticas públicas. En los argumentos de funcionarios guberna-mentales que hacen parte del SNARIV y en la estructuración/ajuste de los programas y recursos dispuestos para ejecutar la Ley 1448, se enuncia que ya no debe hablarse de atención a desplazados, sino de reparación y resti-tución a víctimas.

29Para la Defensoría del Pueblo es insostenible e inconveniente que se man-tengaesadualidadeneldiscursoyprácticasoficiales,porloqueconsideraque, mientras persista el ECI, las autoridades responsables dentro del SNA-RIV deben manejar una agenda independiente en materia de atención al desplazamiento, tomando como eje articulador los desarrollos de la Ley 387 de 1997, la Sentencia T-025 de 2004, y como componente complementario, aplicarlosavancesquefijalaLey1448de2011enreparación,adoptandoasí un enfoque de complementariedad entre ambas leyes y no de sustitución como se ha venido implementando en 2012.

C.2. La implementación de la Ley de víctimas y res-titución de tierras

En el proceso de seguimiento al diseño y ejecución de la Ley de víctimas y restitución de tierras, se observó: 1) La voluntad política del Estado y de los sectores sociales que permitieron materializar un anhelo de múltiples secto-res políticos, sociales y de organizaciones de víctimas. 2) La incorporación en la Ley de los principios y estándares internacionales sobre derechos de las víctimas, que sirven para concretar lineamientos de soporte al desarrollo de los programas de reparación. 3) Se consagró como requisito el enfoque diferencial de manera transversal en todo el proceso de diseño, implemen-tación y seguimiento. 4) Se reconoció la participación de las víctimas en política pública, control social y el ejercicio efectivo del derecho a la partici-pación. 5) La ley de víctimas establece medidas en todos los componentes de la reparación y destaca el capítulo de restitución de tierras.

Aunque la Ley de victimas tiene un enfoque administrativo, es válido su-perar las siguientes limitaciones: 1) La Ley excluye que víctimas que han pertenecido a grupos armados al margen de la ley, ingresen al RUV (un paramilitar o un guerrillero torturados). 2) No es claro si están incluidas en losbeneficioslaspersonasvictimizadasporlosgruposarmadosyqueseac-tivaron después de la desmovilización de los grupos paramilitares. 3) La Ley estipula que se podrán obtener reparaciones administrativas materiales por hechos posteriores a 1985, sin criterios claros de temporalidad ni medidas que reconozcan de forma material el daño causado y el acceso a programas

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de rehabilitación o restitución. 4) Persisten demoras en la reglamentación de los programas y mecanismos especiales para los sujetos colectivos o gru-pos sociales afectados por la violencia. 5) La efectividad y garantía de los instrumentos de protección sigue siendo requerida, especialmente para los reclamantes de tierras 6) Las adecuaciones institucionales son precarias y se genera excesiva concentración de funciones y programas en pocas institu-ciones. 7) Los retos más importantes en la ejecución de la Ley de víctimas sonel impactofiscal,presupuestal yde inversiónpara losprogramasdeasistencia y reparación, y la necesidad de capacidad institucional y sosteni-bilidad requerida.

Proceso de participación de las víctimas. Con la Circular No. 004 del 29 de junio de 2012, la UARIV genera una estructura de representación y participaciónparalelaquemodificalanormatividadvigente,establecenue-vasfuncionesparaentidadesdiferentesymodificaelcontenidodelapar-ticipación de las víctimas, lo que no es procedente dado que una circular es una disposición con jerarquía normativa inferior a la Ley y al Decreto Reglamentario.

Para el nuevo periodo de inscripciones establecido en el Decreto 1196 del 05dejuniode2012,quefijóel4deoctubrede2012comoúltimodíadeplazo,nosedefiniódemaneraclarasi lasorganizacionesquedanexclui-das de dichos espacios transitorios conformados con anterioridad, cómo se vinculan a ellos las organizaciones que se inscribieron en los tiempos esta-blecidos por el decreto citado y, en todo caso, con posterioridad al proceso de elección de los representantes a los espacios transitorios.

Riesgos o barreras de acceso de las víctimas a sus derechos. Se ob-serva:1)Vulnerabilidadpordificultadesdeaccesoaserviciosbásicos.2)Acceso restringido a la información y aislamiento de las víctimas de los procesos y procedimientos creados para la restitución de derechos en zonas rurales.3) Incidenciadelconflictoenelpanorama jurídicodevíctimasyvictimarios.Enzonasbajoinfluenciadegruposarmadosilegalesseusalaviolencia para evitar el ejercicio de la Ley, la consolidación institucional y la resoluciónpacíficadelosconflictos.4)Recurrenciadehechosvictimizantespor carencia de políticas públicas de prevención, de derechos humanos y de

31protección de los mismos. 5) Falta de claridad en los roles y responsabilida-des de los entes locales respecto de sus obligaciones. 6) Limitada actuación del Ministerio Público en los Municipios de categoría 3, 4, 5 y 6; carencia de recursos técnicos y humanos; falta de voluntad en tareas y roles establecidos en la Ley de víctimas tanto en los procesos de toma de declaración como en las rutas de acceso a sus derechos. 7) Falta de un mecanismo transitorio para la atención psicosocial a las víctimas. Las entidades locales no tienen la capacidad necesaria para la atención psicosocial adecuada y oportuna a las víctimas. 8) Incumplimiento de los términos para ser incluido en el registro devíctimas.Faltaunavaloraciónoportunaylanotificaciónalasvíctimasdesu no inclusión. 9) Carencia de mecanismos claros y viables de articulación interinstitucional.

Reforma de la Ley 975 de 2005 respecto de los derechos de las vícti-mas.LaLey1592de2012modificólaLey975de2005,entemascomo:la celeridad en las audiencias, causales de exclusión para los postulados, formas de esclarecimiento de la verdad, criterios de priorización de casos de acuerdo con la gravedad de los delitos y mayor exigencia respecto de los bienes que se entregan como parte de la reparación. Vistos los resultados en la investigación, juzgamiento y sanción de los responsables, preocupa que las víctimas puedan resultar afectadas en el derecho a obtener una re-paración adecuada y proporcional a la magnitud del daño sufrido, por los siguientes aspectos:

Acceso a la justicia de las víctimas que participan en Justicia y Paz: Para esto, la Defensoría ha desarrollado un proceso pedagógico para el acompañamiento y asesoría a las víctimas sobre sus derechos en el proceso y la participación en las etapas judiciales. La intervención de las víctimas contribuye al esclarecimiento de los hechos, al reconocimiento de su con-dición,alaidentificacióndelosdañosyafectacionesenperspectivadesureparación integral. Este método implica acciones antes, durante y con pos-terioridad a las audiencias. Los procesos fallados han alcanzado este pro-pósito, porque la reparación ha surgido como consecuencia del esfuerzo de representantes judiciales de víctimas y de los equipos de la Defensoría que lograron argumentar y demostrar las afectaciones materiales e inmateriales que las víctimas padecieron de manera diferencial por tipo de delito y con-

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diciones propias del sujeto afectado, logrando con ello que en las sentencias se otorgaran medidas de reparación proporcionales y adecuadas, cercanas a las pretensiones de las víctimas.

Tensiones entre la reparación judicial y la reparación administrativa: La aplicación de la justicia transicional por las violaciones a los derechos hu-manos e infracciones al DIH evidencia tensiones entre la reparación pronta y oportuna y la investigación exhaustiva de los crímenes sistemáticos, el cumplimiento a los estándares judiciales de la reparación integral y la satis-facción del derecho a todas las víctimas que concurran al procedimiento de reparación.

La ley de justicia y paz tiene una oportunidad procesal para la reparación, vinculada a la responsabilidad penal de los perpetradores. Admitió la de-mostración del nexo causal con la actividad del grupo armado ilegal desmo-vilizado, como expresión del derecho a la justicia para las víctimas. El Esta-do ha consagrado vías administrativas (Ley 1448 de 2011), que facilitan que voluntariamente las víctimas puedan escoger la alternativa de reparación.

En la indemnización, hay una separación jurídica en la ausencia de identidad entre el autor del daño y el encargado de indemnizar a las víctimas, con la facultad de repetir contra el directo causante de los perjuicios. La indemni-zación fundada en el principio de solidaridad, usa fondos de garantía gene-ral avalados por el Estado y no pasa por la comprobación de imputabilidad. La Corte constitucional, al considerar que los victimarios que se sometan al procedimiento especial de justicia y paz deben reparar a las víctimas con su propio patrimonio, reconoció la existencia de una obligación solidaria de la persona natural del victimario, subsidiariamente la del grupo armado y residualmente la del Estado.

La ley de víctimas, en la indemnización, estandariza en tablas los montos de reconocimiento de las afectaciones causadas, sin considerar la magnitud de los daños, el impacto sobre algunas personas y la gravedad de los hechos en el contexto social y comunitario al que pertenecía la víctima, limitando el alcance de la reparación integral.

33C.3. La prevención de riesgo de violación a los De-rechos Humanos y DIH en el Sistema de Alertas Tem-pranas (SAT)

Los principales generadores de riesgo, violaciones e infracciones al DIH que registra el SAT son los grupos armados surgidos con posterioridad a la desmovilización de las AUC (Rastrojos, Urabeños, Águilas Negras, Paisas y reductos del Erpac), la guerrilla (FARC, ELN y un reducto del EPL, en Norte de Santander); y también, algunos integrantes de la fuerza pública.

El conflicto afecta la población y bienes civiles, a través de: acciones violentas homicidios en persona protegida, desplazamientos forzados, con-finamientosporminasantipersonal,municionesabandonadassinexplotary armas trampa, atentados terroristas con efectos indiscriminados, desapa-riciones forzadas, reclutamiento ilícito de NNA, violencia sexual y de géne-ro, amenazas, extorsiones, despojos de bienes y tierras, toma de rehenes y privación de la libertad. Los grupos sociales afectados residen en poblacio-nes rurales y urbanas en condiciones de alta vulnerabilidad, baja protección social,pobreza,faltadeoportunidadesparasudesarrolloydeficienciaenla presencia estatal. Se destacan: MNNA, miembros de grupos indígenas y afrocolombianos, campesinos, defensores y defensoras de derechos huma-nos, funcionarios públicos locales, líderes sociales y de organizaciones de víctimas en procesos de reparación.

SegúnlaOficinaparalaCoordinacióndeAsuntosHumanitariosdeNacio-nes Unidas (OCHA)5, en el 2012, las víctimas de desplazamientos masivos forzados aumentaron en 36% con respecto al 2011 (de 33.145 a 45.224). El total pasó de 125 (2011) a 156 (2012). La principal causa son los en-frentamientos armados que afectan la población en Cauca, Nariño, Chocó, Antioquia, Arauca, Putumayo, Valle del Cauca y Norte de Santander. Según CODHES, en el 2012 se presentaron 19 eventos de desplazamiento masi-vo intraurbano, que dejaron 9.089 víctimas6. El 79% (15) de estos eventos

5. Equipo Humanitario País, abril 9 de 2013: http://www.colombiassh.org/gtmi/spip.php?article122.6. Desplazamiento Forzado Intraurbano y Soluciones Duraderas. Una aproximación desde los casos de Buenaventura, Tumaco y Soacha. Informe de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento Forzado. Abril de 2013.

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fueron en Buenaventura con 11 que afectaron a 5.495 personas y Mede-llín con 4 que dejaron 2.134 víctimas. Las afectaciones fueron por minas antipersonal, artefactos explosivos improvisados y munición abandonada sin explotar. Según el Programa Presidencial de Acción Integral Contra las Minas7, fueron víctimas 496 personas entre civiles y miembros de la fuerza pública. 75 murieron por estos artefactos y 421 quedaron heridos.

Según el SIADDHH8 357 defensoras y defensores fueron víctimas de agre-siones (49% más que en el 2011, en que se registraron 239 casos); 120 agresiones a organizaciones sociales y de derechos humanos. Homicidio a 69 defensores, defensoras, líderes o lideresas sociales, 19 en Antioquia, 1 en Arauca, 5 en Bogotá, 1 en Boyacá, 2 en Caldas, 2 en Caquetá, 14 en Cauca, 3 en Chocó, 2 en Córdoba, 1 en Cundinamarca, 1 en La Guajira, 2 en Meta, 8 en Nariño, 2 en Putumayo, 2 en Risaralda y 4 en Valle del Cauca.

Gestión Defensorial. La Defensoría a través del SAT realizó 310 visitas humanitariasdeobservaciónyverificacióndeposiblesviolacionesmasivasde derechos humanos y DIH en zonas de riesgo de los 32 departamentos. Advirtió 55 situaciones de riesgo en 32 Informes de Riesgo y 23 Notas de Seguimiento. Las situaciones cubren la población y territorio de 119 municipios de 24 departamentos. Los departamentos con mayor número de municipios advertidos son Antioquia, Bolívar, Cauca, Chocó, Córdoba, Meta, Caquetá, Nariño, Arauca, Norte de Santander, Vaupés, Vichada y Valle del Cauca.

También, desarrolló 122 eventos de fortalecimiento comunitario e institu-cional para atender los riesgos derivados de la acción armada ilegal, iden-tificando factoresdeamenazae impulsando la construccióncolectivadepropuestas de prevención y protección, la incidencia en política pública y la promoción de las acciones institucionales de organizaciones sociales y de comunidades para la superación del riesgo. 61 fueron institucionales, 33 sociales y en 28 participaron integrantes de organizaciones sociales, de la comunidad y del Estado, para un total de 2.080 personas, en esfuerzo inte-rinstitucional con la Procuraduría General de la Nación y las personerías.7. Información tomada de: http://www.accioncontraminas.gov.co/Paginas/AICMA.aspx, el día 9 de abril de 2013.8. Sistema de Información sobre Agresiones contra Defensores y Defensoras de Derechos Humanos en Colombia del Programa Somos Defensores. http://www.somosdefensores.org/, tomado en 9 de abril de 2013.

35Se han hecho requerimientos de información a las autoridades, que están siendo valoradas para determinar la efectividad de la respuesta del Estado al Auto 008 de 2009, de seguimiento a la sentencia T-025. La Ley 1448 de 2011 y sus decretos reglamentarios asignaron responsabilidades al SAT sobre los diagnósticos y recomendaciones, para que se constituyan en insumos del diseño y ejecución de la política pública de prevención y protección.

C.4. Derechos de la niñez, la juventud y la mujer

La Defensoría a través de la Delegada para los Derechos de la Niñez, la Juventud y la Mujer, para visibilizar las distintas formas de violencia contra esta población, desarrolló iniciativas que caracterizan los tipos de violencia, identifican los obstáculosmás comunes para acceder a la justicia y a losmecanismos de restitución de sus derechos. Equipos en terreno en siete departamentosidentificaronpatronesdeltipodevictimario,delitootipodeviolencia,perfilycaracterísticasespecíficasdelasvíctimas,actosohechosvictimizantes recurrentes, análisis de la ruta de acceso a escenarios judiciales o administrativos en el marco de la leyes 1448, 975 de 2005 y 1257 de 2008.

Entrelosobstáculosidentificadosatravésdelprocesodeacompañamientoestán algunas prácticas de funcionarios y funcionarias que impiden a estas víctimaselaccesoa la justicia,yquereproducenrelaciones injustificadasdesubordinaciónyfaltadediligenciasuficiente,querequierendemayoresacciones de sensibilización del enfoque de género y de derechos en la insti-tucionalidad, lo que incluye a la misma Defensoría.

Tomando como referencia la ruta de atención para la atención a víctimas de violencia sexual, se formularon recomendaciones a las entidades respon-sables (Fiscalía, Medicina Legal, Hospitales), de las que se evidenció como urgente, garantizar el enfoque diferencial de atención en salud en el Insti-tuto Nacional de Medicina Legal y en servicios forenses de los hospitales, con acceso permanente, respetando el derecho de las víctimas a escoger el sexo del facultativo que las atenderá, y asegurando que el profesional cuente con los conocimientos y habilidades para prestar atención a estas poblacio-nes. También se destaca que las entidades prestadoras de servicios de salud notienensuficientepersonalquepermitahacervaloracionespsicológicas

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o psiquiátricas infantiles a incorporar válidamente dentro de los procesos judiciales.

La Defensoría participa del equipo de la Resolución 1612 de 2005 del Con-sejo de Seguridad de la ONU, en el monitoreo de violencias de las que son víctimasNNA, resaltando la documentación y verificaciónde casosadelantados para el informe del Secretario General de la ONU sobre los niñosylosconflictosarmados,apublicarseenel2014.Entreseptiembreydiciembre del 2012, los equipos en terreno atendieron a 118 MNN víctimas de violencia de género, 29 niños, la mayoría por violencia sexual, una prác-tica generalizada.

C.5. Situación de derechos fundamentales, colecti-vos e integrales de las comunidades étnicas. Territo-rio, autonomía e identidad cultural

El derecho al territorio: ha estado afectado por las siguientes causas: 1) Posesión indebida o alteración de linderos, de áreas de territorio de res-guardo y de títulos colectivos de comunidades negras, o superposición del territorio con la de otros sectores poblacionales. 2) Denegación de solicitu-des de constitución, ampliación o saneamiento de resguardos, o, titulación a territorios de comunidades negras por parte de Autoridades Estatales competentes. 3) Presencia de actores armados ilegales y operaciones de la fuerza pública, desarrollo de proyectos mineros y de carácter ambiental, sin elcumplimientodelaconsultaprevia.4)Situacionesdeconflictointernodebido a la distribución u ordenamiento territorial.

El Derecho a la autonomía que les otorga la facultad de decidir por sí mismos sobre asuntos y aspiraciones de sus comunidades, ha estado vulne-rado por las siguientes causas:

1) Desconocimiento de la Jurisdicción Especial indígena. 2) Las autoridades gubernamentales ignoran la escogencia autónoma de sus propias autorida-des indígenas y del derecho a gobernarse, y objetan o desconocen los planes de vida y manejo ambiental formulados por las comunidades, que no son incluidos en la planeación territorial. 3) La consulta previa es lesionada por

37proyectos de exploración y explotación de recursos naturales en sus territo-rios colectivos, alterando su cultura y etnodesarrollo.

El Derecho a la identidad cultural es afectado por: 1) Desvinculación deloscentroseducativosaNNAdecomunidadesquepresentandificul-tad para comunicarse por falta de compresión del español y por discrimi-nación racial. 2) Estigmatización de la condición étnica por parte de auto-ridades y medios de comunicación. 3) Falta reconocimiento de la política pública de diversidad cultural y limitaciones prácticas en los procesos de etnosalud y etnoeducacion-cultural, particularmente en el ejercicio de su medicina tradicional y la carencia de infraestructura educativa. 4) Incum-plimiento del Auto 004 de la Corte Constitucional, para la formulación e implementación del Programa Nacional de Garantías de Derechos y los Planes de Salvaguarda Étnica.

Ensusderechoscomovíctimasdelconflictoarmado,amparadosporlosDecretos Ley 4633, 4634 y 4635 de 2011, tienen serias limitaciones de im-plementación: a. No ha existido la debida adecuación institucional, ni la coordinación interinstitucional pertinente para los procesos y procedimien-tos normativos. b. La institucionalidad se ha dedicado principalmente a la aplicación de la Ley 1448 de 2011, dejando en un segundo plano los decre-tos para las víctimas de grupos étnicos, que socializa en forma limitada. c. Hay comunidades, como el resguardo Awá entre Nariño y Putumayo, que tienen restricciones de su seguridad alimentaria. e. No se ha reglamenta-do su participación como víctimas, en el diseño de la política pública de atención y reparación. f. Ni su acceso al proceso de atención y reparación se ha dado, ni la Unidad ha establecido el procedimiento de inscripción en el registro. Ningún grupo étnico ha sido reconocido como víctima en este marco legal.

C.6. Los derechos colectivos y del ambiente. El ejer-cicio del derecho humano al agua en la ruralidad

La Defensoría ha solicitado información a los alcaldes municipales, autorida-des ambientales y mineras, y coordinadores de distritos mineros, para diag-nosticar la situación de derechos humanos en la minería de hecho y recomen-

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dar políticas y acciones públicas que: (i) garanticen la formalización de los mineros,(ii)mitiguenlosimpactosambientales,y(iii)disminuyanlosconflic-tos entre las grandes concesiones mineras y los mineros tradicionales.

En el seguimiento del Informe Defensorial Acueductos Comunitarios en la Zona Rural de Ciudad Bolívar, se hizo visible la capacidad de las comunidades para construir alternativas orientadas a abastecer de agua a la población; los prin-cipales problemas de los prestadores comunitarios y, se hicieron recomen-daciones a las diferentes entidades, a las comunidades organizadas, a los asociados y a la ciudadanía, orientadas a velar por la garantía del derecho humano al agua, especialmente en las zonas rurales.

Se avanzó en la investigación de la situación del derecho al agua, en: 1) El derecho humano al agua: un derecho para todos. Cartilla didáctica que narra casos de aspectos básicos y formas de acceder a la protección del dere-cho. 2) Avance del derecho humano al agua en la constitución, la jurisprudencia y los instrumentos internacionales. Contiene los nuevos avances de conceptualiza-cióndelderechoalagua,conelfindemostrarlocomounderechosocialfundamentalysuconsagraciónyeficaciamedianteregímenesdelderechoambiental, y de los servicios públicos domiciliarios, conforme a la jurispru-dencia. 3) La evaluación del derecho humano al agua.Demuestralainsuficienciade la solución a los problemas que afectan los recursos naturales y el medio ambiente; y en lo referente al agua potable y saneamiento básico, que aún se requieren acciones que permitan lograr la efectividad del derecho para toda la población. 4) La gestión comunitaria del agua: Plantea que para su apoyo y crecimiento, requiere un marco especial que permita diseñar mecanismos para la garantía y ejercicio del derecho, según la brecha de prestación de ser-vicios públicos de acueducto y alcantarillado, entre la zona rural y urbana, y una legislación producida conjuntamente con los acueductos comunitarios, ajustada a las particularidades, necesidades y fortalezas de estos prestadores, con enfoques diferenciales y garantistas.

Sobre el derecho a la seguridad y prevención de desastres se instó a los repre-sentantes de los entes territoriales a que tengan estrategias de reducción del riesgo y, a las autoridades y la comunidad, para que sean conscientes de la res-ponsabilidad en materias de conocimiento, generación, reducción y control.

39D. El acceso a la justicia

D.1. El ejercicio del Sistema Nacional de Defensoría Pública

La Defensoría a través de la DNDP fortaleció y consolidó el servicio en: 1) Mayor cobertura del servicio a nivel nacional. La contratación de operado-resseincrementóen15,73%encomparaciónconlosserviciosdefinalesdel 2011, lo que mejoró la atención de los principales requerimientos del servicio regional y de distritos judiciales, la redistribución de la carga proce-salylaeficaciadelservicio.Secontrataron3.032defensorespúblicosparalos siguientes programas: penal acusatorio (Ley 906 de 2004), penal ordi-nario(Ley600de2000),penalmilitar;trámitedebeneficiosjudicialesyad-ministrativos para la población reclusa condenada (Decreto 1542 de 1997), responsabilidad penal para adolescentes (Ley 1098 de 2006); programa civil familia, laboral, administrativo, casas de justicia (Decreto 1477 de 2000), programa indígenas, casación penal (Ley 906 de 2004) y representación ju-dicial para las víctimas en el marco de las Leyes 975 de 2005, 1098 de 2006, 1257 de 2008 y 1448 de 2011.

2) Se adelantaron 4 encuentros: Uno nacional de coordinadores (Bogotá noviembre de 2012) que capacitó 45 asistentes, 37 Coordinadores Acadé-micos del nivel nacional, y trató los siguientes temas de actualidad jurídica: a) Argumentación jurídica, b) Principios rectores del proceso penal en Co-lombia desde punto de vista probatorio, c) Reglas de evidencia y prueba, pertinencia y admisibilidad, d) El Derecho Penal constitucional y orden público interno de los DDHH y DIH, e) Problemas del descubrimiento probatorio. f) La congruencia.

Se realizó el Encuentro Nacional de Investigadores (Bogotá, noviembre de 2012),sobreactualizaciónadministrativaytécnico-científicaparalainves-tigación de la Unidad Operativa de Investigación Criminal a nivel nacional, con 177 personas (técnicos en criminalística, profesionales especializados y funcionarios).Otrofueelde“Casaciónypruebas”(Bogotá,diciembrede2012)enelqueparticiparon43operadoresdelasOficinasEspecialesde

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Apoyo (OEA); su objeto fue profundizar lo regulado en el Código Procedi-miento Penal y mejorar la gestión y asesoría de los defensores públicos adscri-tos a las OEA. El último, con los integrantes de la DNPD (Bogotá, diciembre del 2012), que fortaleció el trabajo en equipo y amplió el conocimiento sobre el tema de víctimas.

3) Gestión de la Unidad Operativa de Investigación Criminal9. En investi-gación de campo, se hicieron 13.283 misiones que recaudaron información, prácticadearraigoalaspersonasinvolucradasyconfirmaciónderesultadosde investigación, para sustentar el trabajo de los defensores públicos.

4) La Unidad Operativa para la Representación Judicial de Víctimas con la Resolución 1120 de 2012, planteó lineamientos para los programas Ley 1098 de 2006 y la Ley 1257 de 2008. A través de Brigadas de acopio documental, se adelantaron actuaciones extrajudiciales donde equipos conformados por el representantejudicialdevíctimasyelperitofinancieroasesoraronsobrelosdocumentosquedebíanaportarlasvíctimasenelincidentedeidentificaciónde afectaciones conforme a los delitos imputados al postulado. Se atendieron 7803 víctimas en las regionales de Bogotá, Atlántico y Antioquia.

LaDNDPpublicólaRevista“LaDefensa”Nº14,conlostemas:Derechopenal y autopoiesis, garantías procesales, derecho fundamental de libertad, imputación jurídica, defensa en la indagación penal, principio de inmedia-ción y concentración, principios constitucionales, restablecimiento de tér-minos para obtener la libertad provisional, entre otros. Con el apoyo de USAID, publicó el libro Recurso extraordinario de Casación penal, Manual para Defensores Públicos, instrumento sobre el recurso extraordinario de casación que fortalece la defensa técnica.

D.2. La atención de peticiones en el litigio defenso-rial de recursos y acciones judiciales

La DNRAJ y las defensorías regionales atienden las peticiones de recursos yaccionesjudiciales,atravésdel“LitigioDefensorial”10. Durante el 2012, la

9.EstaUnidadcuentaconunequipodetécnicoseinvestigadoresencriminalísticaentodaslasoficinasregionales,conelapoyode5laboratorios,quesirven para recaudar elementos técnicos de prueba.10.LaResolución638dejunio6de2008,publicadaenelDiarioOficial,el12deseptiembrede2008,enlaEdiciónN°47110,tieneporobjetoprecisary complementar los lineamientos generales para el Litigio Defensorial.

41Defensoría atendió 29.312 solicitudes: 23.775 peticiones relacionadas con acciones de tutela, 4.159 con acciones populares, 275 con acciones de gru-po, 158 con acciones de nulidad, 145 con acciones de cumplimiento, 61 con habeas corpus y 739 mecanismos de búsqueda urgente. De las 29.312 peticiones, en 8.082 intervino la entidad y 21.230 fueron de asesoría experta y pedagógica al peticionario.

De las 8.082 peticiones objeto de litigio defensorial, 5.989 están concluidas en los despachos judiciales y solamente 374 obtuvieron fallos desfavorables. De las 3.066 acciones de tutela interpuestas por la Defensoría, solo 177 fueron desfavorables. El 38,07% de las acciones y recursos mereció un fallo favorable; 55,43% fallo parcialmente favorable, 6,24 % fallo desfavorable y 0,25% peticiones fueron desistidas. De insistencias de revisión, se recibie-ron 1.959 solicitudes; de 210 recursos de insistencia, la Corte Constitucio-nal acogió 73 para revisión y no acogió 135.

Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos. Pago de acciones de grupo, durante el 2012.

Acciones de grupo Radicación Monto Beneficiarios

Belén - Cúcuta 2004-00788-01 408.388.967 68

Buesaco-Nariño 2004-01928-01 3.023.450 2

Coansintol 2002-02121-02 3.230.098 1

Dotaciones Boyacá 2003-1618-01 191.893.880 85

El Naya 2003-0385-01 431.048.250 82

El Sembrador 2005-1670-01 352.909.014 72

Filo Gringo - El Tarra Norte Santd. 2002-0004-01 359.970.998 18

Invías-Ricaute Nariño 2006-0067-01 26.780.000 2

Inza - Cauca 2006-00171-01 633.725.706 24

La Gabarra 2001-00213-01 83.317.372 4

Magisterio Tolima 2006-00131-00 99.680.561 393

Santa Rosa 2001-00029-01 404.661.334 9

Sera Q. A 2005-03796-01 4.413.769 1

Visa-Fidubogotá 2004-06438-00 65.224.370 8

Yuste-Compensar 2006-1228-01 266.102.914 34

Totales 3.334.370.683 803

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Actividades entre septiembre y diciembre de 2012. Se estudiaron 299 expe-dientes, de los cuales se insistió en 31 casos, 8 fueron acogidos para revisión por parte de la Corte Constitucional, y 2 pendientes.

MesExpedientesEstudiados

InsistenciasDefensor

AcogidasCorte c.

En estudio

Septiembre 66 10 0

Octubre 89 10 2

Noviembre 101 9 6

Diciembre 43 2 21*

Totales 299 31 9 2*

* Para el 31 de diciembre de 2012 la Corte Constitucional no había proferido el auto de selección respecto de las 2 insistencias presentadas. Mediante auto calendado 17 de enero de 2013, esa Alta Corporación seleccionó una insistencia de los 2 recursos presentados.

En la protección de derechos e intereses colectivos se realizaron pagos a 237beneficiariosporvalorde$1.539.061.914,así:

Mes Monto BeneficiariosSeptiembre 417.046.918,00 37

Octubre 700.423.337,00 151

Diciembre 421.591.659,00 49

Totales 237

E.La concepción y la acción pedagógica de la promoción y divulgación de derechos humanos

En el Estado Social de derecho, la educación en derechos humanos contri-buyealreconocimiento,valoraciónyafianzamientodelrespetoaladignidadhumana, a la universalidad, indivisibilidad, integralidad e interdependencia de los derechos, y a superar los prejuicios y la intolerancia. Se trata de un conocimientoqueleconfierealapersonamayoresposibilidadesdeacción

43y mayor poder para intervenir en la promoción y defensa de los derechos propios, los de su comunidad y los de la sociedad, como ejercicio de ciuda-daníayafianzamientodelaculturadederechoshumanos.

Para tal cometido, la Defensoría aportó con la participación y promoción del Plan Nacional de Educación en Derechos Humanos (PLANEDH), y la elaboración del modelo pedagógico institucional. Además, se vinculó al de-sarrollo del Sistema Nacional de Derechos Humanos (SNDH) y al II Foro Nacional de Educación en Derechos Humanos. Se aportó también en la rea-lización de 582 actividades de capacitación (conferencias, seminarios, foros ytalleres),con576beneficiariosentrecolegios,comunidades,universidades,fuerza pública, entidades, ONG y cárceles, dirigidas a 51.071 personas, y en la realización del Concurso Universitario de Derechos Humanos, que impulsó el estudio de los derechos a partir del análisis de caso, en audiencias orales simuladas ante la Corte Interamericana, en la que docentes y estudiantes estu-diaron el reglamento de la Corte, la jurisprudencia y la normatividad relativa a los hechos, representando 24 universidades con sus equipos.

F. Informe administrativo y financiero. Rendición de Cuentas

Para el 2012 la Defensoría ejecutó su presupuesto a través de los gastos asociados a: i) gastos de personal, ii) gastos generales, ii) transferencias co-rrientes y iv) presupuesto de inversión. Desde enero de 2012 se expidieron losplanesdecompra,loscronogramasdegastoyseidentificaronlasnece-sidades propias de adquisición de bienes y servicios.

Desdeseptiembrede2012,seinicióelprocesotécnicoyjurídicodeidentifica-ción de dos inmuebles para el funcionamiento de las sedes de Amazonas y Putu-mayo. En diciembre, con cargo al proyecto de inversión “Adquisición, compra, mejoramiento,construcciónyadecuacióndesedesenlasregionales”,seadqui-rieron los dos inmuebles con un costo de $340.000.000,oo y $503.000.000,oo.

Desde octubre de 2012, para fortalecer la capacidad de operación de las duplaspsicojurídicas que realizan la atención a víctimasdel conflicto, se

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inició el proceso de compra de 429 equipos de cómputo y 61 escáneres, en contrato de compraventa por 878.000.000,oo. Entre septiembre y diciem-bre de 2012, se adelantó el proceso de selección objetiva de un contratista que preste los servicios de organización de archivos (Bogotá y regionales), depósito, custodia y administración del archivo central de la Defensoría. Este contrato tuvo un valor de $417.000.000,oo.

En el mes de diciembre de 2012 se dio inicio a la construcción del nuevo Plan Estratégico Institucional cuya vigencia es 2013-2016.

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