derechoss reales pretorianos
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICASESCUELA DE DERECHO
SAN JOAQUIN DE TURMERO - ESTADO ARAGUA
Cifuentes, Carmen
DERECHOS REALES PRETORIANOS
DERECHOS REALES PRETORIANOS
Crea relación directa entre el titular y la cosa.
Son absolutos.Sólo pueden tener por objeto una cosa.
DERECHO REAL
Es la relación directa entre una persona y una cosa.
Se obtiene la utilidad jurídica que esa cosa puede proporcionar.
ELEMENTOS Sujeto Activo
Objeto
CARACTERÍSTICAS
LOS DERECHOS REALES SE SUBDIVIDIAN EN
DERECHOS CIVILES
Propiedad Quintaría
Servidumbres Personales
Servidumbres Prediales
Propiedad Bonitaria
Ius in agro vectigali
Derecho de Enfiteusis
Derecho de Superficie
Hipoteca
DERECHOS PRETORIANOS
DERECHOS PRETORIANOS
Propiedad Bonitaria Ius in agro vectigali Derecho de Enfiteusis Derecho de Superficie Hipoteca
ORIGEN EN LA PROTECCIÓN DEL
PRETOR
DERECHOS REALES PRETORIANOS PRINCIPALES
El Ius in agro vectigali La Enfiteusis y La Superficie
DERECHOS REALES PRETORIANOS PRINCIPALES PORQUE SUBSISTEN POR SÍ
MISMOS.
DERECHO DE SUPERFICIE
Derecho que tiene una persona sobre obras construidas en terreno ajeno,
obligándose al pago de un canon anual . Arrendamiento de terrenos no
edificados que se dan al superficiario para que construya y se beneficie con
el uso y goce del edificio. (Art. 549.ccv)
El superficiario pagar canon y edifica. Es transmisible a los herederos. Puede ceder, enajenar o hipotecar El concedente conserva la propiedad del
terreno y adquiere la del edificio construido.
EXTINCIÓN
Derecho real pretoriano que tiene origen en la Accesión como modo de adquisición de la propiedad, específicamente, la
Edificación (Accesión Artificial).
Destrucción total del edificio Confusión (cuando el superficiario adquiere la propiedad del terreno
CARACTERÍSTICAS
IUS IN AGRO VECTIGALI
Por tiempo indefinido, Pago de una renta llamada "vectigali". Sancionado por la acción "actio in re vectigali", Restitución del fundo en manos de quien se encuentre, Sin perjuicio de usar interdictos posesorios.
ESTE DERECHO DE EXTINGUE AL NO PAGAR EL
CANON O RENTA.
Derecho real reconocido por el
Pretor a quien tuviera una
concesión de tierras
pertenecientes al Municipio
Derecho real de carácter predial constituido sobre un
fundo ajeno para usar, gozar y disponer de él sin ser
propietario.
Contrato por el cual los dueños de
"grandes extensiones de
tierra, ceden a otras personas su goce por largo tiempo o para
siempre, con la carga de un canon o
pensión.
ENFITEUSIS
DEFINICIÓN
CONSTITUCIÓN
No concede al enfiteuta la propiedad del fundo.
Es a perpetuidad. Se contrae la obligación de
cultivar el fundo. Es transmisible a los
herederos.
CARACTERÍSTICAS
Por destrucción del fundo. Por renuncia del enfiteuta. Por muerte Por término de la condición Por incumplimiento del pago. EXTINCIÓN
DERECHO DE ENFITEUSIS
HIPOTECADerecho real pretoriano
establecido sobre una cosa mueble o inmueble para garantizar pago de una
deuda.
Fiduciapacto de a transferirle la propiedad al deudor al recibir el pago de la deuda. (Art.1837CCV)
Prenda o PignusDeudor entrega la posesión de la cosa, para garantizarle el pago a y el acreedor se obliga a devolvérsela después que recibe el pago de la deuda
HIPOTECA
DEFINICIÓN
ORIGEN HISTORICO
Que exista una deuda Que la cosa hipotecada puede
ser objeto de venta Que el constituyente de la
hipoteca sea propietario de la cosa y capaz para enajenar
CONDICIONES
Deudor pudo conceder una garantía real a su acreedor sin abandonar la propiedad ni la posesión de ninguno de sus bienes.
(Art 1877CCV)
CARACTERES DEL DERECHO DE HIPOTECA
DERECHO REAL ACCESORIO (Art 1877CCV)
Supone una deuda cuyo pago asegura, sin que Importe que esta sea civil o natural, pura y simple, a termino o condicional, presente o futura.
DERECHO INDIVISIBLE.
No como las servidumbres prediales, pues un propietario puede hipotecar su parte significa que la hipoteca subsiste toda sobre un bien gravado, aun cuando se haya pagado una parte de la deuda.
COSAS SUSCEPTIBLES DE HIPOTECA
CORPORALES E INCORPORALES
MUEBLES E INMUEBLES
(Art 1881 CCV)
TODOS LOS BIENES
DERECHOS DEL ACREEDOR HIPOTECARIO
DERECHO DE PERSEGUIR
LA COSA
DERECHO DE RETENCIÓN
DERECHO DE VENDER
DERECHO DE PREFERENCIA
La hipoteca no confiere al acreedor la propiedad de la cosa, como el deudor podría enajenarla, el acreedor puede perseguir la cosa, es decir reclamarla a quien la tenga.
Después de la ejecución de la hipoteca, el acreedor puede retener la cosa por tiempo indefinido hasta que le sea pagada la deuda.
El acreedor no pagado, puede vender la cosa para satisfacer su acreencia
Después de la venta, el acreedor tiene derecho a pagarse su precio, si el precio de venta es superior, el excedente será devuelto al deudor.
PLURALIDAD DEL DERECHO DE HIPOTECA SOBRE LA MISMA COSA
Una persona puede haber establecido varias hipotecas
sobre una misma cosa en beneficio de varios
acreedores.
Todas estas hipotecas coexisten y solo interesa regular el conflicto
que puede surgir entre los diferentes acreedores hipotecarios.
HIPOTECAS PRIVILEGIADAS
La de la mujer casada sobre los bienes del marido.
Constituyen una excepción a la regla de que las hipotecas que gravan una cosa se clasifican según su fecha; pues, ciertas hipotecas, en razón de la naturaleza del crédito, tenían primacía sobre las demás :
La de las personas que han prestado dinero para adquirir la cosa.
La de la persona que ha prestado dinero para la conservación de la cosa hipotecaria.
La del fisco sobre los bienes de los deudores de impuesto.
LA HIPOTECA
FUENTES
En Roma podía resultar de tres fuentes directas: El convenio de las partes De la ley De una sentencia
EXTINCIÓN
Por vía de consecuencia Por vía principal Por perdida de la cosa hipotecada En caso de confusiónCuando la cosa ha sido vendida por el
acreedor no pagado En prescripción extintiva de 40 años. Prescripción adquisitiva de diez años entre presentes o de veinte años
ausente
Bibliografía
Hurtado O., Agustín (1993). Lecciones de Derecho Romano. Vol.I. Décima Edición. Caracas