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Derechos y obligaciones legales Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 1 CASO PRÁCTICO Un trabajador que estaba trabajando en la limpieza de un lugar donde había residuos peligrosos quería saber más sobre el disolvente “SuperKleen” que estaban utilizando para eliminar la contaminación de las paredes. Le pidió a un compañero que le consiguiera la Material Safety Data Sheet (MSDS, Hoja de Datos de Seguridad del Material) para “SuperKleen”. El compañero le contestó: “No es obligación tener las MSDS en los lugares donde hay residuos peligrosos”. ¿Quién tiene la razón? El empleador tenía la MSDS para “SuperKleen” porque la ley ordena que es necesario tener las MSDS de las sustancias químicas que no sean residuos peligrosos en los lugares de trabajo. Esto se deriva de la ley sobre el “derecho a saber”. Tanto en este capítulo como en el capítulo 3, aprenderá sobre lo que regula la ley en relación al trabajo con residuos peligrosos y la información química para prevenir problemas de esta naturaleza. CAPÍTULO 1 DERECHOS Y OBLIGACIONES LEGALES La Occupational Safety and Health Administration (OSHA, Administración de Salud y Seguridad Ocupacionales) es responsable de la salud y seguridad de los trabajadores en los lugares donde hay residuos peligrosos. Otras agencias del gobierno federal o del gobierno estatal tienen bajo su responsabilidad proteger a la comunidad, el medio ambiente y los sistemas de transporte frente a materiales peligrosos. Su empleador está obligado a facilitar un lugar de trabajo sano y seguro, además de todo el equipo de protección necesario para reducir la exposición a sustancias peligrosas. Usted está obligado a conocer y obedecer las reglas de seguridad impuestas por su empleador. Objetivos del capítulo Al concluir esta capacitación, usted podrá: L Identificar qué agencias del gobierno son las responsables en materia de salud, seguridad y protección medioambiental. L Extraer la información que necesita de los reglamentos de OSHA. L Discutir los derechos que la ley le otorga para proteger su salud y seguridad en el trabajo. L Identificar sus obligaciones de salud y seguridad.

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Derechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 1

CASO PRÁCTICOUn trabajador que estaba trabajando en la limpieza de un lugar donde había residuos peligrosos quería

saber más sobre el disolvente “SuperKleen” que estaban utilizando para eliminar la contaminación de

las paredes. Le pidió a un compañero que le consiguiera la Material Safety Data Sheet (MSDS, Hoja

de Datos de Seguridad del Material) para “SuperKleen”. El compañero le contestó: “No es obligación

tener las MSDS en los lugares donde hay residuos peligrosos”. ¿Quién tiene la razón?

El empleador sí tenía la MSDS para “SuperKleen” porque la ley ordena que es necesario tener las

MSDS de las sustancias químicas que no sean residuos peligrosos en los lugares de trabajo. Esto se

deriva de la ley sobre el “derecho a saber”. Tanto en este capítulo como en el capítulo 3, aprenderá

sobre lo que regula la ley en relación al trabajo con residuos peligrosos y la información química para

prevenir problemas de esta naturaleza.

CAPÍTULO 1 DERECHOS Y OBLIGACIONES LEGALES

La Occupational Safety and Health Administration (OSHA, Administración de Salud y Seguridad

Ocupacionales) es responsable de la salud y seguridad de los trabajadores en los lugares donde hay

residuos peligrosos. Otras agencias del gobierno federal o del gobierno estatal tienen bajo su

responsabilidad proteger a la comunidad, el medio ambiente y los sistemas de transporte frente a

materiales peligrosos. Su empleador está obligado a facilitar un lugar de trabajo sano y seguro, además de

todo el equipo de protección necesario para reducir la exposición a sustancias peligrosas. Usted está

obligado a conocer y obedecer las reglas de seguridad impuestas por su empleador.

Objetivos del capítulo

Al concluir esta capacitación, usted podrá:

L Identificar qué agencias del gobierno son las responsables en materia de salud,

seguridad y protección medioambiental.

L Extraer la información que necesita de los reglamentos de OSHA.

L Discutir los derechos que la ley le otorga para proteger su salud y seguridad en el

trabajo.

L Identificar sus obligaciones de salud y seguridad.

Derechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 2

OSHA

La Occupational Safety and Health Act de 1970 (OSHAct, Ley de Salud y Seguridad Ocupacionales) dio

origen a la Administración de Salud y Seguridad Ocupacionales (OSHA) del Departamento del Trabajo.

Los trabajadores sindicados dedicaron todo su empeño para promover la creación de OSHA. El trabajo de

OSHA consiste en redactar y asegurar el cumplimiento de las leyes de salud y seguridad (normas, reglas y

reglamentos) con el propósito de proteger a los trabajadores. Las normas de OSHA se aplican a todos los

empleadores sin importar el tamaño de la empresa.

Obligaciones de los empleadores

Su empleador está obligado a:

# Facilitar un lugar de trabajo sano y seguro.El empleador está obligado a facilitar un lugar de trabajo libre de aquellos peligros que causen, o

que muy probablemente causen, la muerte o daño físico grave a los empleados. A esta obligación

se le conoce normalmente como la “cláusula del deber general” [Artículo 5 (a) (1)] de la Ley

OSHAct.

# Cumplir las normas de OSHA. Los empleadores están obligados a cumplir los reglamentos de OSHA que se describen en las

normas industriales generales, General Industry Standards (29CFR1910) o las normas de la

industria de la construcción Construction Industry Standards (29 CFR1926). Si hubiere una

contradicción entre las normas antedichas, deberá observarse y cumplirse la norma que ofrezca

más protección. Recuerde que todas las normas de la construcción se aplican a los lugares donde

hay residuos peligrosos.

Obligaciones de los empleados

Usted está obligado a:

# Observar las reglas de seguridad de su empleador Los empleados están obligados a ponerse el equipo de protección personal provisto y obedecer

las reglas de seguridad del empleador. OSHA no lo puede amonestar ni multar si viola las reglas

de seguridad del lugar de trabajo, pero su empleador puede tomar las medidas disciplinarias que

estime conveniente.

# Comunicarse con su sindicato o con la administración si tiene alguna preocupaciónde salud o de seguridadHable con su encargado, supervisor o agente sobre cualquier preocupación de salud o de

seguridad que tenga en el trabajo. El artículo 11(c) de la ley OSHAct prohibe que se tomen

medidas disciplinarias o que se discrimine contra cualquier trabajador que decida ejercer los

derechos que OSHA le concede, incluyendo el derecho de presentar una queja. Su sindicato

también le puede ayudar a ejercer sus derechos.

Derechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 3

Derechos que OSHA otorga a los trabajadores

Usted tiene derecho a:

# Presentar una queja contra su empleador.

# Recibir información sobre peligros inminentes.

Un funcionario de cumplimiento (inspector) de OSHA deberá decirle si está expuesto a un peligro

inminente (un peligro que puede ocasionar la muerte o una lesión grave ahora o en un futuro

cercano). El funcionario de cumplimiento también le pedirá al empleador que detenga la actividad

peligrosa. Si fuera necesario, un juez puede obligar al empleador a detener el trabajo.

# Estar representado en la inspección a pie que realice OSHA.

Usted o su representante sindical pueden acompañar al funcionario de cumplimiento de OSHA en la

inspección a pie. Los reglamentos de OSHA no obligan al empleador a pagar al empleado por el

tiempo invertido en la inspección a pie de OSHA; sin embargo, algunos estados que tienen y

observan un plan estatal de OSHA sí exigen ese pago. Las actividades de inspección a pie incluyen

todas las reuniones de apertura y cierre relacionadas a la realización de dicha inspección.

# Recibir aviso de amonestaciones.

Los avisos de amonestaciones (citations) de OSHA deben colocarse a la vista pública dentro del lugar

de trabajo y cerca de donde haya ocurrido la violación. Asimismo, deben permanecer a la vista

pública por tres días o hasta que el peligro sea corregido, según lo que dure más.

# Apelar fechas de supresión/reducción de un problema (la fecha máxima

para corregir peligros).

OSHA le dará al empleador la fecha en que debe corregir cualquier peligro señalado. Los empleados

o el sindicato pueden apelar esa fecha si consideran que es demasiado tiempo. Las apelaciones

deberán presentarse en un plazo máximo de 15 días después de recibida la amonestación (citation).

# Tener una reunión a puerta cerrada después de la inspección.

Usted tiene derecho a reunirse en privado con el inspector de OSHA para discutir los resultados de la

inspección.

Derechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 4

# Estar informado sobre los riesgos para la salud.

Usted tiene derecho a recibir aviso en caso de estar expuesto a peligros ocupacionales y conocer los

resultados de los estudios de salud ocupacional realizados por el empleador o por OSHA.

Usted o su representante sindical deben presentar una solicitud por escrito si desean conocer todas las

lecturas de los instrumentos o los niveles de contaminantes encontrados. También es aconsejable

solicitar a OSHA una copia del informe de laboratorio.

# Presentar una queja por discriminación.

Si ha sido objeto de discriminación por reclamar los derechos amparados por la ley de OSHA, usted

puede presentar una queja ante la oficina regional de OSHA en un plazo de 30 días. Este plazo es

observado estrictamente.

# Tener acceso a su información médica.

Usted tiene derecho a ver y copiar cualquier información médica que su empleador tenga archivada

sobre usted. La parte 1926.33 (y la 1910.1020) exige que el empleador guarde su información

médica por 30 años después de que usted ha dejado de trabajar para él. Si sólo ha estado

empleado por menos de un año, el empleador puede guardar su información o dársela a usted al cesar

el trabajo. (Consulte el capítulo 8, págs. 12-14.)

Derechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 5

HAZWOPER: OPERACIONES CON RESIDUOSPELIGROSOS Y RESPUESTA A EMERGENCIAS

La norma de OSHA llamada "Hazardous Waste Operations and Emergency Response" (para Operaciones

con Residuos Peligrosos y Respuesta a Emergencias) fue elaborada para salvaguardar la salud y seguridad

de los trabajadores expuestos a residuos peligrosos y del personal que brinda respuesta a las emergencias

suscitadas. Comúnmente se le conoce con el nombre de HAZWOPER. En las normas de la construcción

corresponde a la 29CFR 1926.65 (consulte la pág. 14 de este capítulo para ver esta norma y el

apéndice B relativo al PPE [niveles de protección y equipo de protección] en la pág. 56).

Partes principales de la norma HAZWOPER

El empleador debe contar con un plan de seguridad escrito y debe cumplirlo:1926.65, párrafo (b)

Cada lugar donde haya residuos peligrosos debe tener su propio plan de salud y seguridad. Los detalles

sobre cómo se va a realizar la limpieza deben definirse antes de comenzar a trabajar. El plan debe

explicar con exactitud lo siguiente:

9 qué sustancias químicas existen en el lugar, basándose en los estudios realizados antes de que

comience la limpieza.

9 cómo se van a medir las sustancias químicas detectadas en el aire.

9 cómo se realizará el trabajo de limpieza.

9 cómo se va a compartir entre los trabajadores la información sobre las sustancias químicas que

existen en el lugar.

9 qué trajes y qué equipo de protección especial serán necesarios.

9 cómo limpiar los trajes al salir del área de trabajo.

9 qué exámenes médicos serán necesarios y cuándo deben realizarse.

9 qué hacer si ocurre un derrame, incendio u otra emergencia.

Cada sección del plan deberá explicar:

O qué hacer O quién va a hacerlo

O dónde hacerlo O cómo hacerlo.

O cuándo hacerlo

Derechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 6

Exámenes médicos (llamados vigilancia médica): 1926.65, párrafo (f)

OSHA estipula que cualquier persona que trabaje en un lugar donde haya residuos peligrosos necesita

someterse a un examen médico para asegurarse de que las sustancias químicas no lo estén enfermando.

Descontaminación: 1926.65, párrafo (k)

Cada vez que salga de un área de trabajo contaminada, tendrá que someterse a la descontaminación. El

propósito es evitar que las sustancias químicas salgan del área de trabajo a través de la ropa o de la piel.

Todo el equipo (incluso los camiones) deben someterse a la descontaminación.

Nuevos métodos de limpieza (llamados nueva tecnología): 1926.65, párrafo (o)

Los inventores y científicos están ideando constantemente nuevas formas de limpiar residuos peligrosos.

Por ejemplo, en algunos lugares donde se realiza una limpieza de residuos peligrosos, los trabajadores

aplican miles de voltios de electricidad a los residuos conviritiéndolos en sólidos. OSHA estipula que los

empleadores tienen que prever los peligros de la nueva tecnología de limpieza de residuos.

Traslado de barriles de residuos (manipulación de bidones): 1926.65, párrafo (j)

Al trasladar barriles o bidones, pueden producirse muchas lesiones. Cada bidón de metal puede pesar

entre 400 y 1000 libras o más, según el tipo de sustancia química que contenga. Si se le cae un bidón, el

trabajador puede sufrir una lesión grave. Algunas sustancias químicas pueden explotar al caerse. Los

derrames de sustancias químicas pueden mezclarse provocando un incendio o una explosión. Los

empleadores deben tener un plan escrito en el cual se explique cómo manipular los bidones para prevenir

lesiones.

Capacitación

Capacitación para trabajadores no especializados y supervisores: 1926.65, párrafo (e)(3)(i)

Esta capacitación de 40 horas es sólo una parte de la capacitación especial exigida por OSHA antes de

que pueda trabajar en la limpieza de un lugar donde hay residuos peligrosos. Después de concluir esta

capacitación general, deberá tener 3 días más de capacitación específica para el lugar donde va a

trabajar. A esto se le llama capacitación específica para el lugar. Los supervisores necesitan 8 horas más

de capacitación.

Capacitación para trabajadores temporales: 1926.65(e)(3)(ii y iii)Los trabajadores de un lugar que está completamente caracterizado o que estén en un lugar para una tarea

determinada y que probablemente no van a sobrepasar el nivel de exposición permisible necesitan una

capacitación de 24 horas MÁS 1 día de capacitación específica para el lugar bajo la supervisión directa de

un supervisor capacitado y experto.

Capacitación para trabajadores: 1926.65(p)(7), sólo de tratamiento, almacenamiento yeliminaciónLos trabajadores en una instalación o centro de tratamiento, almacenamiento y eliminación conforme lo

definido en la norma 40CFR 264 y 265, necesitan 24 horas de capacitación MÁS capacitación específica

Derechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 7

para el lugar relacionada con sus labores respectivas.

Además de las disposiciones antedichas, todos los trabajadores están obligados a asistir a una sesión

de repaso de 8 horas cada año.

Qué hacer en caso de emergencia: 1926.65, párrafo (q)

En el transcurso de la limpieza algunas cosas pueden salir mal. Puede ocurrir un incendio o una

explosión; los trabajadores pueden resultar envenenados por gases o arrollados por un montacarga; o

puede ocurrir un derrame químico de grandes proporciones. El empleador tiene que planear previendo las

emergencias y definir y obedecer el plan.

NORMA DE COMUNICACIÓN DE RIESGOS

La OSHA Hazard Communication Standard for Construction, Norma de OSHA para la Comunicación de

Riesgos en el Sector Construcción, (1926.59) obliga a los empleadores a tener un programa de

tratamiento, almacenamiento y eliminación (HazCom) para los productos que introduzcan en el lugar.

Esta norma remite a las normas industriales generales (no de la construcción) 1910.1200. La norma

HazCom se aplica a todos los materiales peligrosos que no son residuos peligrosos. El programa

HazCom se extiende a los siguientes materiales: disolventes en bidones, productos para el mantenimiento

de vehículos y sustancias químicas utilizadas para tratar residuos o sustancias químicas para inodoros

portátiles. A partir de la página 61 de este capítulo encontrará una copia de párrafos extraídos de

esta norma.

Programa de comunicación de riesgos escrito: 1910.1200 (e)

Este programa debe:

# Estar a disposición de todos los empleados y sus representantes;

# Incluir una lista completa y actualizada de las sustancias químicas peligrosas que se introduzcan

en cada área de trabajo; y

# Describir los métodos utilizados para informar a los empleados sobre los peligros que conlleva la

realización de tareas no rutinarias y las tuberías no etiquetadas.

Etiquetas y otras formas de advertencia: 1910.1200 (f)

Disposiciones para las etiquetas de recipientes introducidos en el lugar (no residuos peligrosos).

# Las sustancias químicas peligrosas deben tener una etiqueta que tenga los datos de identificación

química, las advertencias de peligro, y el nombre y la dirección del fabricante.

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 8

# Los empleadores deben asegurarse de que todos los recipientes de

sustancias químicas tengan su etiqueta (excepto los recipientes portátiles

utilizados por un solo empleado).

Hojas de Datos de Seguridad del Material (MSDS): 1910.1200 (g)

Los empleadores deben mantener las hojas de datos químicos (llamadas en inglés Material Safety Data

Sheets) y conocidas como MSDS, en el lugar de trabajo para que cualquier persona pueda conocer los

peligros de las sustancias químicas y sepa cómo protegerse.

# Los fabricantes y distribuidores deben enviar las MSDS al empleador junto con el primer envío.

# Los empleadores deben obtener y guardar las MSDS para cada sustancia química peligrosa que

haya en el lugar de trabajo.

# Las MSDS deben llenarse íntegra y fielmente.

# Todos los empleados de todos los turnos deben tener acceso a las MSDS.

# Las MSDS no son necesarias para los residuos peligrosos ya existentes en el lugar ya que estos

residuos son evaluados y medidos antes de que comience el trabajo de limpieza.

Información y capacitación del empleado: 1910.1200 (h)

Los empleadores deben capacitar a los empleados en las sustancias químicas peligrosas que hay en sus

áreas de trabajo:

# Al comienzo de la labor y cuando se introducen nuevos peligros.

# La capacitación debe abarcar las disposiciones establecidas por la norma HazCom de OSHA.

# Los empleados deben ser informados de la ubicación del

programa de comunicación de riesgos (escrito) del empleador,

de las MSDS y de las listas de sustancias químicas peligrosas.

# Los empleados deben recibir capacitación sobre los peligros de

los materiales utilizados en sus áreas y sobre cómo reconocer la

exposición.

# Los empleados deben recibir instrucción que les enseñe a leer

la información de las etiquetas y de las MSDS y a entenderla.

Derechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 9

Legislación referente a materiales peligrosos

La Ley Resource Conservation and Recovery Act de 1976 (RCRA, Ley de Conservación y Recuperación

de Recursos) otorgó a EPA la autoridad de controlar los residuos peligrosos en todas sus fases. Esto

significa de principio a fin: generación, transporte, tratamiento, almacenamiento y eliminación de los

residuos. También obligó a OSHA a redactar normas de salud y seguridad, incluida la capacitación.

La Ley Comprehensive Environmental Response, Compensation, and Liability Act (CERCLA, Ley de

Responsabilidad, Compensación y Recuperación Ambiental) de 1980, llamada también Superfund,

autorizó el uso de fondos del gobierno para realizar labores de limpieza en lugares abandonados donde

existen residuos peligrosos, y para compensar a lesionados. En 1986 la Superfund Amendment and Re-

Authorization Act, (Ley de Enmienda de Superfund, SARA) continuó el financiamiento en este sentido

para determinar qué lugares deberían estar dentro de la Lista nacional de prioridades (NPL). SARA

también ordenó a OSHA que promulgara normas de salud y seguridad para aquellas operaciones que

implicaran una exposición a residuos peligrosos y estableció los requisitos de capacitación para los

trabajadores y la administración.

Otras agencias federales que tienen responsabilidad en materia deresiduos peligrosos

OSHA es la agencia más comprometida a brindar protección a los trabajadores en lugaresamparados por la ley Superfund. Las agencias gubernamentales que se nombran acontinación podrían también participar en las operaciones con residuos peligrosos.

# Environmental Protection Agency (EPA, Agencia de Protección Ambiental)! Protege el aire, la tierra y el agua contra la contaminación.

! Regula la limpieza de los lugares donde hay residuos peligrosos (Superfund).

! Exige que las sustancias químicas sean probadas antes de ponerse a la venta y que los materiales

peligrosos sean desechados.

# Departmento de Transporte (DOT)

! Regula el transporte de materiales peligrosos por tierra y por aire.

! Exige el uso de etiquetas, placas, guías de declaración y contenedores especiales para el envío.

# United States Coast Guard (USCG, Guardacostas de Estados Unidos)! Regula el transporte de materiales peligrosos en aguas navegables.

! Interviene en la limpieza de derrames de petróleo y sustancias químicas.

# Nuclear Regulatory Commission (NRC, Comisión Nuclear Reguladora) ! Regula la exposición de la comunidad y de los trabajadores a peligros de radiación.

# National Institute of Occupational Safety and Health (NIOSH, Instituto Nacionalpara la Salud y Seguridad Ocupacionales)! Aprueba el equipo de protección respiratoria.

! Realiza investigaciones.

! Publica los límites de exposición recomendados para el lugar de trabajo.

# Departmento de Energía (DOE)! Responsable de controlar los peligros ambientales a los que se ven expuestos los trabajadores de

centrales nucleares.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 10

RESUMEN DEDERECHOS Y OBLIGACIONES ANTE LA LEY

La agencia a cargo de la salud y seguridad en el trabajo es OSHA, la Administración de Salud y

Seguridad Ocupacionales. En algunos estados, el gobierno de Estados Unidos se asegura del

cumplimiento de los reglamentos. En otros estados, la autoridad que vigila el cumplimiento es el propio

estado.

La ley OSHAct estableció los derechos y las obligaciones de los empleados y los empleadores. Una de

las principales obligaciones que tiene el empleador es proporcionar un lugar de trabajo libre de aquellos

peligros que se reconocen como un riesgo para la salud y la seguridad porque es muy probable que

ocasionen daños físicos graves. Una de las principales obligaciones del empleado es respetar las reglas de

seguridad establecidas y ponerse el equipo de protección personal cuando sea necesario.

OSHA establece dos reglamentos específicos que son importantes para los trabajadores expuestos a

residuos peligrosos:

1 . La norma Hazardous Waste Operations and Emergency Response (Norma para Operaciones

con Residuos Peligrosos y Respuesta a Emergencias) conocida como HAZWOPER,

29CFR1926.65, protege la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a residuos peligrosos y

abarca lo siguiente:

M Un plan de seguridad

" plan de limpieza de residuos peligrosos/prácticas laborales

" sustancias peligrosas en el lugar " vigilancia

" equipo de protección personal " descontaminación

" vigilancia médica " procedimientos de emergencia

M Exámenes médicos (vigilancia médica)

M Lavado – personal y del equipo (descontaminación)

M Nuevos métodos de limpieza (nueva tecnología)

M Traslado de barriles de residuos (manipulación de bidones)

M Capacitación para trabajadores y supervisores

M Qué hacer en casos de emergencia (plan de respuesta a emergencias); y

2. La norma Hazard Communication Standard, 29CFR1910.1200, (Norma para la Comunicación

de Riesgos) exige a los empleadores inventariar y etiquetar los productos que sean peligrosos. La

norma sólo comprende los productos de limpieza y otros productos que son introducidos al lugar

donde hay residuos peligrosos. El empleador debe formular un programa escrito que tenga como fin

comunicar los peligros químicos a los trabajadores y que abarque lo siguiente:

M Inventario de sustancias químicas que hay en el lugar (in situ)

M Etiquetado de recipientes

M Elaboración y disponibilidad de las Hojas de Datos de Seguridad del Material

M Capacitación de los empleados

M Archivo de registros del programa.

Derechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 11

Cómo buscar los reglamentos de OSHA

Todos los reglamentos federales están publicados en una serie de tomos titulada Code of Federal

Regulations (CFR, Código de Reglamentos Federales). El Título o tomo 29 del CFR engloba todos los

reglamentos relacionados con el trabajo. Las normas de salud y seguridad para el sector construcción se

encuentran en la parte 1926 del Título 29, y la norma de la construcción conocida como HAZWOPER se

encuentra en el artículo 65 de la parte 1926. En lenguaje jurídico a la norma se le llama comúnmente

29CFR1926.65. Los párrafos individuales figuran en orden alfabético y los subpárrafos figuran en orden

numérico. Las subdivisiones de estos están enumeradas con números romanos y posteriormente con letras

mayúsculas.

Las normas industriales generales se encuentran en la parte 1910 (la norma industrial general

HAZWOPER se encuentra en 1910.120). Muchas normas importantes, como la HAZCOM, norma que

regula el Acceso a la Información de Exposición, Información Médica y Protección Respiratoria del

Empleado, están publicadas sólo en las normas industriales generales (1910) pero las normas de la

construcción hacen alusión a ellas y por tanto se aplican a las obras también.

El cuadro que sigue ilustra cómo se pueden buscar las normas.

Requisitos para trabajadores no especializados 29 CFR 1926.65

29 = Los reglamentos de OSHA figuran en el Título 29

CFR = Code of Federal Regulations es el título de la publicación

del gobierno

1926 = La parte número 1926 abarca la construcción

.65 = El artículo (section) 65 abarca las operaciones con

residuos peligrosos y la respuesta a emergencias

(e) = El párrafo que describe un tema en particular tal como la

capacitación

(3) = Un subpárrafo que ofrece los pormenores del tema, como

"capacitación introductoria"

(i) = Un subpárrafo de subpárrafo que puntualiza y ofrece aun

más detalles, como "capacitación introductoria para trabajadores

no especializados"

Entonces, la norma 29CFR1926.65(e)(3)(i) trata sobre la capacitación inicial de

trabajadores no especializados de un lugar donde hay residuos peligrosos.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 12

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 13

CÓMO LEER LAS NORMAS DE OSHA

M Todas las normas de OSHA están compuestas de párrafos. Los párrafos de OSHA comienzan con

minúsculas (a), (b), (c) etc.

por ejemplo, la Norma de Comunicación de Riesgos de OSHA

29CFR1910.1200 comprende los párrafos de la (a) a la (j)

M Los subpárrafos utilizan la numeración ordinaria (arábiga): (1), (2), (3), etc.

por ejemplo, 1910.1200 (a)(1)

M Los subpárrafos de los subpárrafos numerados comienzan con un número romano en minúscula:

(i)(ii) (iii)(iv)(v), etc.

por ejemplo, 1910.1200 (b)(3)(i)

M Cuando los subpárrafos con números romanos se dividen, a la vez, en otros subpárrafos, estos

comienzan con letras mayúsculas (A), (B), (C), etc. Esto no sucede muy a menudo y algunos

formatos emplean minúsculas en vez de mayúsculas.

por ejemplo, (a) (1) (i) (A) o 1910.1200 (i) (3) (ii) (a)

el modelo general es:(a)(1)(i)(A)

HAZWOPER

minúscula(a)

mayúscula(A)

número romano enminúscula

(i)

número arábigo(1)

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 14

Norma de OSHA para Operaciones con Residuos Peligrosos y Respuesta a Emergencias

(HAZWOPER) 29CFR1926.65

ÍNDICE

Página

14 (a) Ámbito de aplicación, aplicación y definiciones

18 (b) Programa de salud y seguridad

22 (c) Caracterización y análisis del lugar

24 (d) Control del lugar

25 (e) Capacitación

27 (f) Vigilancia médica

31 (g) Controles mecánicos, prácticas laborales y equipo de protección personal para proteger al

empleado

33 (h) Vigilancia

35 (i) Programas informativos

35 (j) Manipulación de bidones y recipientes

38 (k) Descontaminación

40 (l) Respuesta de los empleados ante un caso de emergencia en lugares no controlados donde hay

residuos peligrosos

41 (m) Iluminación

42 (n) Higiene en lugares de trabajo temporales

45 (o) Programas con nuevas tecnologías

45 (p) Determinadas operaciones realizadas bajo el amparo de la Ley Resource Conservation and

Recovery (RCRA) de 1976

49 (q) Respuestas de emergencia ante la liberación de sustancias peligrosas

56 Apéndice B: Niveles de protección y equipo de protección

(a)

Ámbito de aplicación, aplicación y definiciones

(a)(1)

"Ámbito de aplicación". Este artículo abarca las siguientes operaciones a menos que el empleador pueda

demostrar que la operación no significa que el empleado quedará expuesto, o bien, que existe una posibilidad

razonable de que el empleado no quede expuesto a peligros para la salud y la seguridad:

(a)(1)(i)

Operaciones de limpieza reguladas por una entidad del gobierno, ya sea federal, estatal o local u otra entidad

que tenga que ver con sustancias peligrosas, realizadas en lugares no controlados donde existen residuos

peligrosos (entre ellos los lugares de la Lista nacional de prioridades, NPL, de EPA), listas de lugares

prioritarios del estado, lugares recomendados para la NPL de EPA e investigaciones preliminares de lugares

identificados por el gobierno realizadas previo a determinar la presencia o ausencia de sustancias peligrosas;

(a)(1)(ii)

Acciones correctivas que conlleven operaciones de limpieza conforme a la Ley Resource Conservation and

Recovery Act de 1976 (RCRA) y según lo enmendado al respecto (42 U.S.C. 6901 et seq.);

(a)(1)(iii)

Operaciones de limpieza voluntarias en lugares calificados por el gobierno federal, estatal o local u otra entidad

del gobierno como lugares no controlados donde hay residuos peligrosos;

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 15

(a)(1)(iv)

Las operaciones asociadas con residuos peligrosos que se efectúan en instalaciones de tratamiento,

almacenamiento y eliminación (TSD) y que están reguladas por 40 CFR partes 264 y 265 conforme a la ley

RCRA; o por agencias en función de un acuerdo suscrito con la U.S.E.P.A. sujeto a las disposiciones de la ley

RCRA; y

(a)(1)(v)

Operaciones de respuesta a emergencias ante la liberación de, o amenazas serias de liberación de, sustancias

peligrosas sin importar la ubicación del peligro.

(a)(2)

Aplicación.

(a)(2)(i)

Se aplican todas las disposiciones de la parte 1910 y la parte 1926 del título 29 del Código de Reglamentos

Federales en cumplimiento de los términos que se refieren a los residuos peligrosos y a las operaciones de

respuesta a emergencias, bien estén contemplados en este párrafo o no. Si hubiese un contrasentido o una doble

interpretación, deberá aplicarse la disposición que brinde más protección a la salud y seguridad del empleado,

indistintamente de lo prescrito en 29 CFR 1926.20(e)(1).

(a)(2)(ii)

Las operaciones de limpieza de sustancias peligrosas sujetas a la aplicación de los párrafos comprendidos entre

(a)(1)(i) y (a)(1)(iii) de este artículo deberán cumplir con todas las disposiciones enunciadas en los párrafos de

este artículo salvo los párrafos (p) y (q).

(a)(2)(iii)

Las operaciones comprendidas dentro del ámbito de aplicación del párrafo (a)(1)(iv) de este artículo deberán

cumplir únicamente con las disposiciones del párrafo (p) de este artículo.

Notas y excepciones:

(a)(2)(iii)(A)

Todas las disposiciones del párrafo (p) de este artículo se aplican a todas las operaciones de tratamiento,

almacenamiento o eliminación (TSD) reguladas por 40 CFR partes 264 y 265 o por ley estatal sancionada por la

ley RCRA, que deban tener un permiso o un estado interino de parte de EPA, según lo estipulado en 40 CFR

270.1, o de parte de una agencia estatal de conformidad con la ley RCRA.

(a)(2)(iii)(B)

Aquellos empleadores que no estén obligados a tener un permiso ni un estado interino porque gozan de

excepción condicional por ser generadores de pequeñas cantidades según lo estipulado en 40 CFR 261.5 o por

ser generadores que conforme a 40CFR 262.34 pueden ser exentos de la reglamentación en virtud de 40 CFR

partes 264, 265 y 270 ("empleadores exentos") están excluidos de las disposiciones de los párrafos

comprendidos entre (p)(1) y (p)(7) de este artículo. Aquellos empleadores exentos que estén obligados por EPA

o una agencia estatal a hacer que sus empleados participen en una respuesta a una emergencia o que instruyan a

sus empleados a participar en una respuesta a una emergencia están sujetos a las disposiciones del párrafo (p)(8)

de este artículo y no pueden ser objeto de exención del párrafo (p)(8)(i) del presente artículo. Aquellos

empleadores exentos que no estén obligados a hacer que sus empleados participen en respuesta a una

emergencia y que instruyan a sus empleados a evacuar en casos de emergencia y que, además, cumplan con las

disposiciones del párrafo (p)(8)(i) de este artículo están exentos de lo que resta del párrafo (p)(8) de este

artículo.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 16

(a)(2)(iii)(C)

Si un área es utilizada principalmente para tratamiento, almacenamiento o eliminación, toda operación de

respuesta a emergencias en tal área deberá cumplir con el párrafo (p)(8) de este artículo. En otras áreas no

utilizadas principalmente para tratamiento, almacenamiento o eliminación, toda operación de respuesta a una

emergencia deberá cumplir con el párrafo (q) de este artículo. El cumplimiento de las disposiciones del párrafo

(q) de este artículo deberá considerarse en cumplimiento con las disposiciones del párrafo (p)(8) de este artículo.

(a)(2)(iv)

Las operaciones de respuesta a emergencias ante la liberación de, o amenazas serias de liberación de, sustancias

peligrosas que no estén contempladas en los párrafos comprendidos entre (a)(1)/(i) y (a)(1)/(iv) de este artículo

deberán cumplir únicamente con las disposiciones del párrafo (q) de este artículo.

(a)(3)

Definiciones

"Buddy system" o "sistema de compañeros" significa un sistema en que los empleados están organizados en

grupos de trabajo de tal manera que cada empleado del grupo esté designado a ser observado por al menos otro

empleado del grupo. El propósito es brindar asistencia rápida a los empleados en caso de emergencia.

"Clean-up operation" u "operación de limpieza" significa una operación que conlleva la eliminación,

contención, incineración, neutralización, estabilización o despejo de sustancias peligrosas o cualquier otra forma

de procesarlas o manipularlas con el objetivo final de permitir que el lugar sea más seguro para la gente o el

medio ambiente.

"Decontamination " o "descontaminación" significa la eliminación de sustancias peligrosas de los empleados y

su equipo hasta donde sea necesario para impedir que la salud sufra efectos dañinos previsibles.

"Emergency response " o "respuesta a emergencias o respuesta de emergencia" significa una respuesta por parte

de los empleados que se encuentran fuera del área de liberación inmediata, o de otras personas designadas (por

ej., grupos de colaboración, bomberos, etc.) a un evento que tiene o podría tener como resultado, la liberación

descontrolada de una sustancia peligrosa. Las respuestas iniciadas por los empleados que se encuentren en el

área inmediata de liberación o iniciadas por personal de mantenimiento ante la liberación (escape) incidental de

sustancias peligrosas en caso de que la sustancia pueda ser absorbida, neutralizada o controlada de alguna otra

manera al momento de ocurrir, no se consideran respuestas a emergencias dentro del ámbito de aplicación de

esta norma. Las respuestas ante la liberación de sustancias peligrosas en ausencia de peligro potencial para la

salud y la seguridad (por ej., incendio, explosión o exposición química) no se consideran respuestas a una

emergencia.

"Facility" o "instalación" quiere decir (A) todo edificio, estructura, instalación, equipo, tuberías o conductos

(incluidas todas las tuberías que desembocan en aguas negras o plantas de tratamiento de propiedad pública),

pozos, fosos, estanques, lagunas, embalses, zanjas, recipientes de almacenamiento, vehículos de motor, material

rodante o avión, o (B) cualquier lugar o área donde se haya depositado, almacenado o colocado la sustancia

peligrosa o donde se encuentre dicha sustancia; pero no abarca ningún producto de consumo ni en uso por el

consumidor ni ninguna embarcación acuática.

"Hazmat team" o "equipo de respuesta ante materiales peligrosos (HAZMAT)" significa un grupo organizado de

empleados, designados por el empleador, que están supuestos a realizar un trabajo dirigido a manejar y controlar

fugas o derrames reales o potenciales de sustancias peligrosas que requieran un posible acercamiento bastante

próximo a la sustancia. Los miembros del equipo dan respuesta a las liberaciones (escapes) o liberaciones

(escapes) potenciales de las sustancias peligrosas con el propósito de controlar o estabilizar el incidente. El

equipo HAZMAT no es una brigada de bomberos ni tampoco una brigada de bomberos es un equipo HAZMAT.

Sin embargo, un equipo HAZMAT podría ser un elemento independiente de una brigada de bomberos o del

departamento de bomberos.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 17

"Hazardous substance" o "sustancia peligrosa" significa toda sustancia designada o nombrada en los párrafos

comprendidos de la (A) a la (D) de la presente definición, y es una sustancia que al exponerse a ella se

producen, o se pueden producir, efectos perjudiciales para la salud y seguridad de los empleados:

(A) Toda sustancia definida en el artículo 101(14) de la ley CERCLA;

(B) Todo agente biológico y todo agente patógeno que al ser liberado al medio ambiente y constituir fuente de

exposición, ingestión, inhalación o asimilación de parte de una persona, ya sea por vía directa en el medio

ambiente o indirecta por medio de ingestión a través de la cadena alimienticia, ocasione, o haya razón para

suponer que puede ocasionar, muerte, enfermedades, comportamientos irregulares, cáncer, mutaciones

genéticas, desarreglos fisiológicos (incluidos los trastornos reproductivos) o deformaciones físicas en la

persona expuesta o sus hijos;

(C) Toda sustancia que el Departmento de Transporte de EE UU haya clasificado como peligrosa según lo

prescrito en 49 CFR 172.101 y respectivos apéndices; y

(D) Los residuos peligrosos aquí descritos.

"Hazardous waste" o "residuos peligrosos" significa lo siguiente:

(A) Un tipo de residuos o una combinación de tipos de residuos según se define en 40 CFR 261.3, o

(B) Aquellas sustancias definidas como residuos peligrosos en 49 CFR 171.8.

"Hazardous waste operation" u "operación con residuos peligrosos" significa toda operación realizada dentro

del ámbito de aplicación de la presente norma.

"Hazardous waste site" o "lugar donde hay residuos peligrosos" y "site" o "lugar" significa cualquier instalación

o ubicación comprendida dentro del ámbito de aplicación de la presente norma en donde se realizan operaciones

con residuos peligrosos.

"Health hazard" o "peligro para la salud" significa un agente químico, una mezcla de agentes químicos o un

patógeno para el cual, según estudios realizados de acuerdo con principios científicos reconocidos, existe

evidencia estadística significativa para suponer que puede producir efectos agudos o crónicos sobre la salud del

empleado que se vea expueso a él. El término "peligro para la salud" se refiere a todos aquellos agentes

químicos que son carcinógenos, agentes tóxicos o altamente tóxicos, toxinas reproductivas, irritantes,

corrosivos, sensibilizadores, heptaotoxinas, nefrotoxinas, neurotoxinas, agentes que actúan sobre el sistema

hematopoyético, y agentes que lesionan los pulmones, la piel, los ojos o las membranas mucosas. También se

refiere al estrés ocasionado por temperaturas extremas. En el apéndice A de 29 CFR 1926.59 encontrará

definiciones adicionales de los términos mencionados anteriormente.

"IDLH, immediately dangerous to life or health" o "de peligro inmediato para la vida o la salud" quiere decir

una concentración atmosférica de cualquier sustancia tóxica, corrosiva o asfixiante que represente un peligro

inmediato para la vida o que produzca efectos adversos e irreversibles o retardados en la salud o que pueda

interferir en la capacidad del individuo para escaparse de un ambiente peligroso.

"Oxygen deficient" o "con deficiencia de oxígeno" significa la concentración del oxígeno por volumen por

debajo de la cual se debe proporcionar protección respiratoria. Se da en atmósferas donde el porcentaje de

oxígeno por volumen es menor que un 19.5 por ciento de oxígeno.

"Permissible exposure limit" o "límite de exposición permisible" significa el límite de exposición, inhalación o

exposición cutánea que se permite conforme a 1926.55, algún otro apartado de la subparte D, o en otros

artículos pertinentes de esta parte.

"Published exposure level" o "nivel de exposición publicado" significa los límites de exposición publicados en

el documento "NIOSH Recommendations for Occupational Health Standards" con fecha de 1986 incorporado

por referencia, o si no se especifica ninguno, los límites de exposición publicados en las normas establecidas por

la American Conference of Governmental Industrial Hygienists en su documento "Threshold Limit Values and

Biological Exposure Indices for 1987-88" del año 1987 incorporado por referencia.

"Post emergency response" o "respuesta post emergencia" significa la fase de la respuesta a una emergencia

realizada después de haber estabilizado o eliminado la amenaza inmediata de una liberación y la limpieza del

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 18

lugar ha dado comienzo. Si la respuesta post emergencia es realizada por los propios empleados de un

empleador que hayan participado en la respuesta inicial de emergencia, ésta se considera parte de la respuesta

inicial y no una respuesta post emergencia. Sin embargo, si un grupo de los propios empleados del empleador,

ajenos al grupo que dio la respuesta inicial de emergencia, realiza la operación de limpieza, entonces se

considera al segundo grupo de empleados como el que da la respuesta post emergencia y por tanto está sujeto al

párrafo (q)(11) de este artículo.

"Qualified person" o "persona cualificada" significa una persona que tiene la capacitación, el conocimiento y la

experiencia en el área en la cual tal persona tiene la responsabilidad y goza de la autoridad necesaria para actuar.

"Site safety and health supervisor (or official)" o "supervisor (u funcionario) de salud y seguridad del lugar"

significa el individuo que ejerce sus funciones en el lugar donde hay residuos peligrosos, que es responsable

ante el empleador y que tiene la autoridad y el conocimiento necesarios para ejecutar el plan de salud y

seguridad y verificar que el plan cumpla con las disposiciones de salud y seguridad correspondientes.

"Small quantity generator" o "generador de pequeñas cantidades" significa un generador de residuos peligrosos

que en un mes calendario genera no más de 1,000 kilogramos (2,205 libras) de residuos peligrosos.

"Uncontrolled hazardous waste site" o "lugar no controlado donde hay residuos peligrosos" significa un área

identificada por una entidad del gobierno federal, estatal o local o cualquier otra como un lugar no controlado

donde hay residuos peligrosos o donde la acumulación de sustancias peligrosas resulta en una amenaza para la

salud y seguridad de las personas o del medio ambiente o de ambos. Algunos lugares se encuentran en tierras de

propiedad pública tales como las creadas por vertederos antiguos del municipio, del condado o del estado donde

la eliminación de residuos ha sido mal manejada o ilegal. Otros lugares son propiedad privada, y generalmente

pertenecen a generadores o ex generadores de residuos con sustancias peligrosas. Algunos ejemplos de estos

lugares son, entre otros, embalses superficiales, vertederos, botaderos y campos de desechos de tanques o

bidones. Las operaciones normales en lugares de tratamiento, almacenamiento y eliminación (TSD) quedan al

margen de esta definición.

(b)

Programa de salud y seguridad

Nota referente al inciso (b): Los programas de salud y seguridad elaborados y ejecutados para cumplir otros

reglamentos federales, estatales o locales se consideran satisfactorios para el cumplimiento de esta disposición si

abarcan o se modifican para abarcar los asuntos exigidos en este párrafo. Este párrafo no exige un programa

adicional ni exclusivo de salud y seguridad.

(b)(1)

Generalidades.

(b)(1)(i)

Los empleadores deben elaborar y ejecutar un programa de salud y seguridad por escrito para los empleados que

participen en operaciones con residuos peligrosos. El programa debe estar elaborado de manera que identifique,

evalúe y controle los peligros de salud y seguridad y ofrezca respuesta a cualquier emergencia suscitada dentro

de las operaciones con residuos peligrosos.

(b)(1)(ii)

El programa de salud y seguridad escrito debe incorporar lo siguiente:

(b)(1)(ii)(A)

Una estructura organizativa;

(b)(1)(ii)(B)

Un plan de trabajo exhaustivo;

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 19

(b)(1)(ii)(C)

Un plan de salud y seguridad específico para el lugar sin necesidad de repetir los procedimientos estandarizados

de trabajo establecidos por el empleador y exigidos en el párrafo (b)(1)(ii)(F) de este artículo;

(b)(1)(ii)(D)

El programa de capacitación en salud y seguridad;

(b)(1)(ii)(E)

El programa de vigilancia médica;

(b)(1)(ii)(F)

Los procedimientos estandarizados de trabajo dirigidos a la salud y seguridad; y

(b)(1)(ii)(G)

Cualquier conexión necesaria entre el programa general y las actividades que sean específicas para el lugar.

(b)(1)(iii)

Excavación del lugar. Las excavaciones hechas en el propio lugar durante la preparación inicial o durante las

operaciones con residuos peligrosos deben ser apuntaladas o escalonadas según sea necesario para evitar

derrumbes accidentales tal como se estipula en la subparte P de 29 CFR parte 1926.

(b)(1)(iv)

Contratistas y subcontratistas. Un empleador que contrate los servicios de un contratista o subcontratista en las

operaciones con residuos peligrosos deberá darles a conocer, a ellos o a sus representantes, los procedimientos

de respuesta a una emergencia del lugar y deberá informarles sobre cualquier peligro de incendio, explosión,

salud y seguridad o de cualquier otro peligro que pueda existir en la operación con residuos peligrosos que ya

hayan sido identificados por el empleador, entre ellos, los identificados en el programa de información del

empleador.

(b)(1)(v)

Disponibilidad del programa. El programa escrito de salud y seguridad debe ponerse a la disposición de: a) todo

contratista o subcontratista, o su representante, que forme parte de la operación con residuos peligrosos; b) los

empleados; c) los representantes designados por los empleados; d) el personal de OSHA; y e) el personal de

agencias federales, estatales o locales que gocen de potestad normativa sobre el lugar.

(b)(2)

Estructura organizativa como parte del programa del lugar.

(b)(2)(i)

La estructura organizativa como parte del programa deberá definir explícitamente la cadena de mando y

especificar las obligaciones generales de supervisores y empleados. Deberá incluir, como mínimo, los siguientes

elementos:

(b)(2)(i)(A)

Un supervisor general que goce de responsibilidad y autoridad para dirigir todas las operaciones con residuos

peligrosos.

(b)(2)(i)(B)

Un supervisor de salud y seguridad específico para el lugar que goce de responsabilidad y autoridad para

elaborar y ejecutar el plan de salud y seguridad y verificar su cumplimiento.

(b)(2)(i)(C)

Cualquier otro personal necesario para realizar las operaciones con residuos peligrosos y las respuestas de

emergencia y sus funciones generales y obligaciones.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 20

(b)(2)(i)(D)

La jerarquía de mando, responsabilidad y comunicación.

(b)(2)(ii)

La estructura organizativa deberá revisarse y actualizarse según sea necesario para que refleje el estado en que

se encuentran las operaciones con residuos peligrosos.

(b)(3)

Plan de trabajo exhaustivo como parte del programa específico del lugar. El plan de trabajo exhaustivo como

parte del programa deberá ocuparse de las tareas y los objetivos de las operaciones realizadas en el lugar y de la

logística y los recursos necesarios para alcanzar esas tareas y esos objetivos.

(b)(3)(i)

El plan de trabajo exhaustivo deberá tratar las actividades de limpieza anticipadas así como los procedimientos

de operación normales que no sean una repetición de los procedimientos del empleador disponibles en otro

medio.

(b)(3)(ii)

El plan de trabajo exhaustivo deberá definir las tareas y los objetivos laborales e identificar los métodos

necesarios para la realización de las tareas y los objetivos.

(b)(3)(iii)

El plan de trabajo exhaustivo deberá formular los requisitos de personal para la ejecución del mismo.

(b)(3)(iv)

El plan de trabajo exhaustivo deberá auspiciar la capacitación que prescribe el párrafo (e) de este artículo.

(b)(3)(v)

El plan de trabajo exhaustivo deberá auspiciar la ejecución de los programas informativos que prescribe el

párrafo (i) de este artículo.

(b)(3)(vi)

El plan de trabajo exhaustivo deberá auspiciar la ejecución del programa de vigilancia médica que describe el

párrafo (f) de este artículo.

(b)(4)

El plan de salud y seguridad específico para el lugar como parte del programa.

(b)(4)(i)

Generalidades. El plan de salud y seguridad específico para el lugar, que debe mantenerse ahí mismo, deberá

tratar los peligros de salud y seguridad de cada fase de la operación del lugar e incluir las disposiciones y

procedimientos para la protección de los empleados.

(b)(4)(ii)

Elementos. El plan de salud y seguridad del lugar deberá, como mínimo, abarcar lo siguiente:

(b)(4)(ii)(A)

Un análisis de los riesgos o peligros de salud y seguridad para cada tarea y operación a realizarse en el lugar que

esté comprendida dentro del plan de trabajo.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 21

(b)(4)(ii)(B)

Las tareas de capacitación del empleado orientadas a cumplir con el párrafo (e) de este artículo.

(b)(4)(ii)(C)

El equipo de protección personal (PPE) que los empleados deben llevar puesto para realizar cada una de las

tareas y operaciones en el lugar según lo prescribe el programa de equipo de protección personal del párrafo

(g)(5) de este artículo.

(b)(4)(ii)(D)

Las disposiciones de vigilancia médica conforme al programa descrito en el párrafo (f) de este artículo.

(b)(4)(ii)(E)

La frecuencia y los métodos para la vigilancia del aire, el control del personal, y las técnicas de muestreo

ambiental e instrumentación que se utilizarán, incluidos los métodos de mantenimiento y calibración del equipo

de control y muestreo que serán utilizados.

(b)(4)(ii)(F)

Las medidas de control del lugar de acuerdo con el programa de control del lugar que prescribe el párrafo (d) de

este artículo.

(b)(4)(ii)(G)

Los procedimientos de descontaminación conforme al párrafo (k) de este artículo.

(b)(4)(ii)(H)

Un plan de respuesta a emergencias que cumpla con las disposiciones del párrafo (l) de este artículo para dar

una respuesta segura y eficiente a los casos de emergencia, incluidos el PPE y cualquier otro equipo necesario.

(b)(4)(ii)(I)

Procedimientos de entrada a espacios encerrados.

(b)(4)(ii)(J)

Un programa de contención de derrames que cumpla con las disposiciones del párrafo (j) de este artículo.

(b)(4)(iii)

Sesión informativa previo a la entrada. El plan de salud y seguridad específico para el lugar deberá estipular la

celebración de sesiones informativas que deben realizarse antes de iniciar cualquier tipo de actividad en el lugar

y en cualquier otro momento que se estime conveniente para cerciorarse de que los empleados estén informados

del plan de salud y seguridad del lugar y de que el mismo se cumpla. La información y los datos obtenidos del

trabajo de caracterización y análisis que prescribe el párrafo (c) de este artículo deberán utilizarse para elaborar

y actualizar el plan de salud y seguridad del lugar.

(b)(4)(iv)

Eficacia del plan de salud y seguridad del lugar. Las inspecciones deberán ser realizadas por el supervisor de

salud y seguridad del lugar o, en su ausencia, por otra persona entendida en materia de salud y seguridad

ocupacionales, y que actúe en nombre del empleador según lo amerite el caso para determinar la eficacia del

plan de salud y seguridad del lugar. Cualquier ineficacia del plan de salud y seguridad del lugar deberá ser

corregida por el empleador.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 22

(c)

Caracterización y análisis del lugar

(c)(1)

Generalidades. Los lugares donde hay residuos peligrosos deberán ser evaluados conforme a este párrafo con el

objeto de identificar los peligros particulares del lugar y determinar los procedimientos de control de salud y

seguridad necesarios para proteger a los empleados de los peligros identificados.

(c)(2)

Evaluación preliminar. Previo a la entrada al lugar, una persona cualificada deberá realizar una evaluación

preliminar de las características del lugar a fin de contribuir en la selección correcta de los métodos de

protección de los empleados. Inmediatamente después de la entrada inicial al lugar, una persona cualificada

deberá llevar a cabo una evaluación más detallada de las características específicas del lugar a fin de identificar

con mayor profundidad los peligros existentes en el lugar y contribuir más a la selección de controles mecánicos

y equipo de protección personal correctos para las tareas que deban realizarse.

(c)(3)

Identificación de peligros. Durante la evaluación preliminar deberán identificarse y posteriormente evaluarse

durante la evaluación detallada todas aquellas condiciones que pudieran representar un peligro inmediato para la

vida o la salud (IDLH) por inhalación o por absorción dérmica, o todas aquellas condiciones que pudieran

ocasionar la muerte o un perjuicio grave. Tales condiciones pueden ser, entre otras, la entrada a un espacio

encerrado, situaciones con elementos de potencial explosivo o inflamable, nubes de vapores visibles o áreas

donde existan indicadores biológicos tales como animales muertos o vegetación.

(c)(4)

Información obligatoria. El empleador deberá obtener la siguiente información en la medida de lo posible antes

de permitir que los empleados ingresen a un lugar:

(c)(4)(i)

Ubicación y tamaño aproximado del lugar.

(c)(4)(ii)

Descripción de la actividad de respuesta y/o de la labor que debe realizarse.

(c)(4)(iii)

Duración de la actividad planificada del empleado.

(c)(4)(iv)

Topografía del lugar y accesibilidad por aire o por carretera.

(c)(4)(v)

Peligros de salud y seguridad previstos en el lugar.

(c)(4)(vi)

Vías de dispersión de una sustancia peligrosa.

(c)(4)(vii)

Estado en que se encuentran los equipos de respuesta a emergencias y sus capacidades para brindar asistencia en

un caso de emergencia a los empleados de limpieza de un lugar donde hay residuos peligrosos.

(c)(4)(viii)

Sustancias peligrosas y peligros para la salud existentes o previstos en el lugar y sus propiedades químicas y

físicas.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 23

(c)(5)

Equipo de protección personal. El equipo de protección personal (PPE) deberá suministrarse y utilizarse durante

la entrada inicial al lugar conforme a las siguientes disposiciones:

(c)(5)(i)

Basándose en los resultados de la evaluación preliminar del lugar, deberá seleccionarse y utilizarse un PPE para

el ingreso inicial al lugar de manera que ofrezca protección a un nivel de exposición que se encuentre por debajo

de los límites de exposición permisibles y de los niveles de exposición publicados en referencia a sustancias

peligrosas conocidas o sospechadas y peligros para la salud, y de manera que brinde protección contra otros

peligros conocidos o sospechados que hayan sido identificados durante la evaluación preliminar del lugar. Si no

hubiese un límite de exposición permisible ni un nivel de exposición publicado, el empleador puede utilizar

otros estudios e información publicados a manera de guía para elegir y utilizar el equipo de protección personal

adecuado.

(c)(5)(ii)

Si no se utiliza un aparato autónomo de respiración con presión positiva como parte del equipo de entrada, y la

protección respiratoria es justificada por los peligros potenciales identificados durante la evaluación preliminar

del lugar, los empleados deberán portar un aparato autónomo de respiración, de escape, con una capacidad de

duración mínima de cinco minutos al efectuar la entrada inicial.

(c)(5)(iii)

Si la evaluación preliminar del lugar no arroja información suficiente para identificar los peligros o peligros

sospechados del lugar, deberá proporcionarse un equipo con una protección equivalente a PPE de nivel B a

manera de protección mínima, y deberán utilizarse instrumentos de lectura directa, según el caso, para

identificar las condiciones IDLH. (Véase el apéndice B donde se ofrece una descripción de los peligros de nivel

B y las recomendaciones para el equipo de protección del nivel B.)

(c)(5)(iv)

Una vez identificados los peligros del lugar, deberá seleccionarse el PPE necesario y utilizarse conforme al

párrafo (g) de este artículo.

(c)(6)

Vigilancia. Deberá realizarse la siguiente vigilancia durante la entrada inicial al lugar cuando la evaluación del

mismo arroje información que indique potencial de radiación ionizante o condiciones IDLH, o bien, cuando la

información del lugar sea insuficiente para descartar las posibles condiciones que se nombran a continuación:

(c)(6)(i)

Vigilancia para detectar radiación ionizante de niveles peligrosos con instrumentos de lectura directa.

(c)(6)(ii)

Vigilancia del aire con equipos de prueba de lectura directa (por ej., medidores de gas combustible, tubos

detectores) para detectar condiciones IDLH y otras que pudieran causar la muerte o graves perjuicios

(atmósferas combustibles o explosivas, deficiencia de oxígeno, sustancias tóxicas).

(c)(6)(iii)

Observación visual para la detección de señales de condiciones IDLH reales o potenciales u otras condiciones

peligrosas.

(c)(6)(iv)

Después de que la caracterización del lugar determine que el lugar es seguro para el inicio de las operaciones, se

deberá instaurar un programa de vigilancia constante del aire de conformidad con el párrafo (h) de este artículo.

(c)(7)

Identificación de riesgos.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 24

(c)(7)(i)

Una vez establecidas la presencia y la concentración de sustancias peligrosas y peligros para la salud concretos,

se deberán identificar los riesgos asociados con dichas sustancias. Los empleados que vayan a trabajar en el

lugar deberán ser informados de todos los riesgos identificados. Cuando surjan situaciones abarcadas dentro de

la Norma de Comunicación de Riesgos, 29 CFR 1926.59, no es necesario repetir la capacitación prescrita por la

misma.

Nota referente a (c)(7) - Entre los riesgos que deben considerarse figuran los siguientes:

(c)(7)(i)(a)

Las exposiciones que excedan los límites de exposición permisibles y los niveles de exposición publicados.

(c)(7)(i)(b)

Las concentraciones IDLH.

(c)(7)(i)(c)

Las fuentes potenciales de absorción e irritación cutánea.

(c)(7)(i)(d)

Las fuentes potenciales de irritación ocular.

(c)(7)(i)(e)

La sensibilidad a la explosión y las escalas de inflamación.

(c)(7)(i)(f)

La deficiencia de oxígeno.

(c)(8)

La notificación del empleado. Toda información sobre las propiedades químicas, físicas y toxicológicas de cada

sustancia que se sepa que está presente o que se prevé que esté presente en el lugar, que esté a disposición del

empleador y que sea pertinente para el empleado que está supueso a realizar el trabajo, deberá estar disponible

para el empleado afectado antes de que comience sus actividades laborales. El empleador puede utilizar la

información elaborada para la norma de comunicación de riesgos con este propósito.

(d)

Control del lugar

(d)(1)

Generalidades. Deberán ejecutarse los procedimientos adecuados de control del lugar para controlar la

exposición del empleado a sustancias peligrosas antes de que comience el trabajo de limpieza.

(d)(2)

Programa de control del lugar. Durante las fases de planificación de la operación de limpieza de residuos deberá

elaborarse un programa de control del lugar que forme parte del programa de salud y seguridad del empleador

para proteger a los empleados y que se conforme al párrafo (b) de este artículo. El programa deberá modificarse

a medida que se vaya obteniendo nueva información.

(d)(3)

Elementos del programa de control del lugar. El programa de control del lugar deberá incluir al menos lo

siguiente: un mapa del lugar; zonas de trabajo del lugar; el empleo de un sistema de "compañeros"; canales de

comunicación en el lugar incluidos los métodos de alerta para casos de emergencia; los procedimientos

estandarizados de trabajo o las prácticas laborales seguras; y la identificación de la asistencia médica más

cercana. En caso de que estos requisitos estén establecidos en otro documento, no será necesario repetirlos.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 25

(e)

Capacitación

(e)(1)

Generalidades.

(e)(1)(i)

Todos los empleados que trabajen en el lugar (por ej., operadores de equipo, jornaleros y otros) que estén

expuestos a sustancias peligrosas, peligros para la salud o para la seguridad y sus supervisores y la

administración responsable del lugar deberán recibir capacitación que cumpla con las disposiciones de este

párrafo antes de que se les permita participar en operaciones con residuos peligrosos que pudieran significar una

exposición a sustancias peligrosas, peligros para la salud o la seguridad y deberán recibir capacitación de repaso

tal como lo prescribe este párrafo.

(e)(1)(ii)

No se debe permitir que los empleados participen en o supervisen actividades de campo hasta que hayan sido

capacitados al nivel exigido por su puesto de trabajo y responsabilidad.

(e)(2)

Elementos integrantes. La capacitación deberá abarcar a fondo lo siguiente:

(e)(2)(i)

Los nombres del personal y sus sustitutos responsables de la salud y seguridad;

(e)(2)(ii)

Los peligros de salud, seguridad y otros presentes en el lugar;

(e)(2)(iii)

El uso de equipo de protección personal;

(e)(2)(iv)

Las prácticas laborales que le permiten al empleado reducir al mínimo los riesgos ante el peligro;

(e)(2)(v)

El uso seguro de controles mecánicos y equipo in situ;

(e)(2)(vi)

Las disposiciones de vigilancia médica, entre ellas el reconocimiento de los síntomas y las señales que podrían

indicar una sobreexposición a los peligros; y

(e)(2)(vii)

El contenido de los párrafos comprendidos entre la (G) y la (J) del plan de salud y seguridad para el lugar

descrito en el párrafo (b)(4)(ii) de este artículo.

(e)(3)

Capacitación inicial.

(e)(3)(i)

Los trabajadores no especializados del lugar (como operadores de equipo, jornaleros y el personal de

supervisión) que intervengan en la eliminación de sustancias peligrosas u otras actividades que exponen o tienen

el potencial de exponer a los trabajadores a sustancias peligrosas y peligros para la salud deberán recibir un

mínimo de 40 horas de instrucción en otro lugar, y no menos de tres días de experiencia real sobre el terreno

bajo la supervisión directa de un supervisor capacitado y experto.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 26

(e)(3)(ii)

Los trabajadores que estén en el lugar sólo ocasionalmente para realizar determinadas tareas (por ej., para

vigilar el agua freática, hacer un levantamiento topográfico o geofísico) y que probablemente no van a verse

expuestos por encima de los límites de exposición permisibles y los límites de exposición publicados deberán

recibir un mínimo de 24 horas de instrucción en otro lugar, y no menos de un día de experiencia real sobre el

terreno bajo la supervisión directa de un supervisor capacitado y experto.

(e)(3)(iii)

Los trabajadores que trabajen regularmente en áreas de trabajo que han sido vigiladas e íntegramente

caracterizadas indicando que los niveles de exposición se encuentran por debajo de los límites de exposición

permisible y los límites de exposición publicados donde los respiradores no son necesarios, y la caracterización

indica que no existen peligros para la salud ni la posibilidad de que ocurra una emergencia, deberán recibir un

mínimo de 24 horas de instrucción en otro lugar, y no menos de un día de experiencia real sobre el terreno bajo

la supervisión directa de un supervisor capacitado y experto.

(e)(3)(iv)

Los trabajadores que tengan 24 horas de capacitación y que estén sujetos a las disposiciones de los párrafos

(e)(3)(ii) y (e)(3)(iii) de este artículo, y que estén obligados a portar respiradores deberán someterse a las 16

horas adicionales y los dos días de capacitación necesarios para totalizar la capacitación especificada en el

párrafo (e)(3)(i).

(e)(4)

Capacitación de la administración y los supervisores. La administración y los supervisores en el lugar que

tengan responsabilidad directa o supervisen a empleados que participen en operaciones con residuos peligrosos

deberán recibir 40 horas de capacitación inicial y tres días de experiencia supervisada sobre el terreno (la

capacitación puede reducirse a 24 horas y un día si su única área de responsabilidad fueran los empleados

sujetos a las disposiciones de los párrafos (e)(3)(ii) y (e)(3)(iii)) y por lo menos ocho horas adicionales de

capacitación especializada en el momento de asignación del trabajo en temas tales como, entre otros, el

programa de salud y seguridad del empleador y el programa asociado de capacitación del empleado, el

programa de equipo de protección personal, el programa de contención de derrames y los procedimientos y

técnicas de vigilancia de la salud y seguridad.

(e)(5)

Calificación de los capacitadores. Los capacitadores deberán estar calificados para instruir a los empleados en la

materia que se presente en la capacitación. Los capacitadores deben haber completado satisfactoriamente un

programa de capacitación para impartir las materias que están supuestos a impartir o bien, deberán tener las

credenciales académicas y la experiencia docente necesaria para impartir las materias en cuestión. Los

instructores deberán demostrar aptitud para instruir y conocimiento en la materia pertinente.

(e)(6)

Certificados de capacitación. Los empleados y supervisores que hayan recibido y completado satisfactoriamente

la capacitación y la experiencia sobre el terreno especificada en los párrafos comprendidos entre (e)(1) y (e)(4)

de este artículo recibirán un certificado extendido por su instructor o el instructor principal y el supervisor

capacitado que haga constar que han completado exitosamente toda la capacitación necesaria. Toda persona que

cumpla con las disposiciones antedichas recibirá un certificado en papel. Toda persona que incumpla con las

disposiciones de certificación o del párrafo (e)(9) de este artículo quedará sujeta a la prohibición de participar en

operaciones con residuos peligrosos.

(e)(7)

Respuesta a emergencias. Los empleados que participen en dar respuesta a situaciones de emergencia peligrosas

en lugares de limpieza con residuos peligrosos que pudieran exponerlos a sustancias peligrosas deberán recibir

capacitación sobre cómo responder a tales emergencias previstas.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 27

(e)(8)

Capacitación de repaso. Los empleados especificados en el párrafo (e)(1) de este artículo y los administradores

y supervisores especificados en el párrafo (e)(4) de este artículo, deberán recibir 8 horas de capacitación de

repaso anualmente sobre el contenido prescrito en el párrafo (e)(2) y/o (e)(4) de este artículo, cualquier crítica

de incidentes que hubiesen ocurrido el año anterior y que puedan servir de ejemplos de trabajo relacionado para

la capacitación y otros temas pertinentes.

(e)(9)

Capacitación equivalente. Los empleadores que puedan demostrar con documentación o certificado que la

experiencia laboral de un determinado empleado y/o su capacitación ha resultado en una capacitación

equivalente a la exigida en los párrafos (e)(1) a (e)(4) de este artículo no estarán obligados a cumplir con las

disposiciones de capacitación inicial de esos párrafos de las que tal empleado sea objeto, y deberán facilitar una

copia del certificado o documentación al empleado cuando sea solicitada. Sin embargo, los empleados que

tengan un certificado o los que tengan una capacitación equivalente que sean nuevos en un lugar deberán

recibir la correspondiente capacitación específica para el lugar antes de entrar y deberán tener la correspondiente

experiencia supervisada sobre el terreno, en el nuevo lugar. La capacitación equivalente comprende toda

capacitación académica o la capacitación que los empleados existentes pudieran haber recibido ya mediante la

experiencia laboral en un lugar real donde hay residuos peligrosos.

(f)

Vigilancia médica

(f)(1)

Generalidades. Los empleadores que participen en las operaciones especificadas en los párrafos comprendidos

entre (a)(1)(i) y (a)(1)(iv) de este artículo y no sean objeto de las excepciones de (a)(2)(iii) y los empleadores de

empleados especificados en el párrafo (q)(9) deberán instituir un programa de vigilancia médica conforme a este

párrafo.

(f)(2)

Empleados comprendidos dentro de este concepto. El empleador deberá instituir el programa de vigilancia

médica para los siguientes empleados:

(f)(2)(i)

Todos aquellos empleados que estén expuestos o pudieran estar expuestos a sustancias peligrosas o peligros

para la salud dentro de los límites de exposición permisibles o por encima de ellos, o si no hubiera un límite de

exposición permisible, por encima de los niveles de exposición publicados para esas sustancias, sin importar el

uso de respiradores, por 30 días o más al año;

(f)(2)(ii)

Todos aquellos empleados que porten un respirador por 30 días o más al año o conforme a lo estipulado por

1926.103;

(f)(2)(iii)

Todos aquellos empleados que resulten lesionados, se enfermen o manifiesten señales o síntomas causados por

una posible sobreexposición relacionada a sustancias peligrosas o a peligros para la salud a raíz de la respuesta a

una emergencia o una operación con residuos peligrosos; y

(f)(2)(iv)

Miembros de los equipos HAZMAT.

(f)(3)

Frecuencia de los exámenes médicos y las consultas médicas. Los empleadores deberán facilitar exámenes y

consultas médicas a cada uno de los empleados a los que se refiera el párrafo (f)(s) de este artículo con el

siguiente esquema:

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 28

(f)(3)(i)

Para los empleados objeto de las disposiciones de los párrafos (f)(2)(i), (f)(2)(ii) y (f)(2)(iv):

(f)(3)(i)(A)

Antes de ser asignado a una labor;

(f)(3)(i)(B)

Por lo menos una vez cada doce meses para cada empleado referido, a menos que el médico a cargo crea que un

periodo más prolongado (no mayor de dos años) es lo debido;

(f)(3)(i)(C)

Al terminar su empleo o al ser reasignado a un área donde el empleado no estaría amparado por esta disposición

si no se ha hecho un examen en los últimos seis meses;

(f)(3)(i)(D)

A la mayor brevedad después de que el empleado notifique que tiene señales o síntomas que indican una posible

sobreexposición a sustancias peligrosas o peligros para la salud, o que el empleado haya resultado lesionado o

expuesto por encima de los límites de exposición permisibles o los niveles de exposición publicados en una

situación de emergencia;

(f)(3)(i)(E)

Con mayor frecuencia si el médico a cargo aconseja que existen suficientes razones médicas para recomendar

una mayor frecuencia para los exámenes.

(f)(3)(ii)

Para aquellos empleados a los que se refieren las disposiciones del párrafo (f)(2)(iii) y para todos los empleados,

incluidos aquellos que trabajan para empleadores referidos en el párrafo (a)(1)(v) que pudieran haber resultado

lesionados, sufrido un trastorno en su salud, manifestado señales o síntomas que pudieran ser derivados de una

exposición a sustancias peligrosas a raíz de un incidente de emergencia, o que se hubiesen visto expuestos

durante un incidente de emergencia a sustancias peligrosas en concentraciones por encima de los límites de

exposición permisibles o los niveles de exposición publicados en ausencia del equipo de protección personal:

(f)(3)(ii)(A)

A la mayor brevedad tras el incidente de emergencia o la manifestación de señales o síntomas;

(f)(3)(ii)(B)

En cualquier otro momento si el médico que realiza el examen aconseja la realización de exámenes o consultas

de seguimiento por razones médicas.

(f)(4)

Contenido de los exámenes médicos y las consultas médicas.

(f)(4)(i)

Los exámenes médicos prescritos en el párrafo (f)(3) de este artículo deberán abarcar un historial médico y

laboral (o un historial actualizado si el empleado ya tiene historial en archivo) con énfasis en los síntomas

relacionados con el manejo de sustancias peligrosas y peligros para la salud, y explicar claramente si el

empleado está en condiciones de cumplir con su deber, entre ellas, la capacidad de utilizar cualquier PPE bajo

determinadas circunstancias (por ej., extremos de temperatura) que pudieran darse en el trabajo.

(f)(4)(ii)

El contenido de los exámenes médicos o las consultas médicas que se pongan a disposición de los empleados de

conformidad con el párrafo (f) deberá ser determinado por el médico a cargo. Deberán consultarse las pautas

estipuladas en el Occupational Safety and Health Guidance Manual for Hazardous Waste Site Activities. (Véase

apéndice D, número de referencia 10).

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 29

(f)(5)

Examen con un médico y costos. Todos los exámenes y procedimientos médicos deberán ser realizados por o

bajo la supervisión de un médico autorizado para ejercer, y de preferencia, un médico con conocimientos de

medicina ocupacional, y deberán ofrecerse al empleado sin ningún costo, sin pérdida de pago y en un lugar y a

una hora razonables.

(f)(6)

Información brindada al médico. El empleador deberá proporcionar una copia de esta norma y sus apéndices al

médico a cargo, además de lo siguiente para cada empleado:

(f)(6)(i)

Una descripción de los deberes del empleado en función de las exposiciones que haya sufrido.

(f)(6)(ii)

Los niveles de exposición del empleado o los niveles de exposición previstos.

(f)(6)(iii)

Una descripción de todo equipo de protección personal utilizado o que se vaya a utilizar.

(f)(6)(iv)

Información de exámenes médicos anteriores del empleado que el médico a cargo no tenga a mano.

(f)(6)(v)

Información prescrita por 1926.103.

(f)(7)

La opinión del médico por escrito.

(f)(7)(i)

El empleador deberá obtener y dar al empleado una copia de la opinión escrita del médico a cargo que tenga lo

siguiente:

(f)(7)(i)(A)

La opinión del médico en relación a si el empleado presenta alguna afección de la salud detectada que pudiera

ponerlo en riesgo de sufrir un mayor perjuicio sustancial para su salud por trabajar en operaciones con residuos

peligrosos o en actividades de respuesta a emergencias o por usar un respirador.

(f)(7)(i)(B)

Las limitaciones que recomienda el médico en función del trabajo asignado al empleado.

(f)(7)(i)(C)

Los resultados de los exámenes y pruebas médicos si el empleado lo solicita.

(f)(7)(i)(D)

Una declaración donde conste que el médico ha informado al empleado sobre los resultados del examen médico

y de cualquier otra afección de la salud que requiera una examinación o tratamientos más profundos.

(f)(7)(ii)

La opinión escrita obtenida por el empleador no deberá revelar ninguna conclusión ni diagnóstico ajenos a la

exposición ocupacional.

(f)(8)

Archivos.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 30

(f)(8)(i)

Se deberá conservar un archivo exacto de la vigilancia médica que prescribe el párrafo (f) de este artículo. Este

archivo deberá conservarse por el periodo especificado y deberá sujetarse a los criterios de 29 CFR 1926.33.

(f)(8)(ii)

El archivo que prescribe el párrafo (f)(8)(i) de este artículo deberá abarcar por lo menos la siguiente

información:

(f)(8)(ii)(A)

El nombre y el número de seguro social del empleado;

(f)(8)(ii)(B)

Las opiniones escritas del médico, las limitaciones recomendadas y los resultados de los exámenes y pruebas;

(f)(8)(ii)(C)

Cualquier padecimiento o queja del empleado que tenga que ver con la exposición a sustancias peligrosas;

(f)(8)(ii)(D)

Una copia de la información que el empleador proporciona al médico a cargo, con la excepción de la norma y

sus apéndices.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 31

(g)

Controles mecánicos, prácticas laborales y equipo de protección personal para proteger al empleado

De conformidad con este párrafo deberán ponerse en práctica controles mecánicos, prácticas laborales, equipo

de protección personal o una combinación de todos estos elementos, con el propósito de proteger a los

empleados de la exposición a sustancias peligrosas y peligros para la salud y seguridad.

(g)(1)

Controles mecánicos, prácticas laborales y PPE para sustancias reglamentadas ya sea en 1926.55, en algún otro

apartado de la subparte D, o en otros artículos pertinentes de esta parte.

(g)(1)(i)

Deberán instituirse controles mecánicos y prácticas laborales orientados a reducir y mantener la exposición del

empleado a los límites de exposición permisibles, o por debajo de estos, para aquellas sustancias reglamentadas

ya sea en 1926.55 o en otros artículos pertinentes de esta parte, excepto en la medida en que tales controles y

prácticas no sean factibles.

Nota referente a (g)(1)(i): Entre los controles mecánicos que podrían considerarse factibles están el uso de

cabinas de presión regulada o cabinas de control en el propio equipo, y/o el uso de equipo para manipular

material que se pueda operar a distancia. Otras prácticas laborales que podrían ser factibles: retirar a todos los

empleados que no sean indispensables para evitar la exposición potencial cuando la operación a realizar

implique abrir bidones o humedecer polvo, así como hacer que los empleados trabajen dándole la espalda al

viento que acarree posibles peligros.

(g)(1)(ii)

Cuando no sea factible aplicar controles mecánicos o prácticas laborales coadyuvantes o éstos no sean

obligatorios, se deberá recurrir a cualquier combinación razonable de controles mecánicos, prácticas laborales y

PPE para reducir y mantener la exposición del empleado a límites de exposición permisibles o por debajo de

ellos, o los límites de dosis cuando se trate de sustancias reglamentadas ya sea en 1926.55 o en cualquier otro

artículo pertinente de esta parte.

(g)(1)(iii)

El empleador no podrá poner en práctica una rotación de empleados como medida para cumplir con los límites

de exposición permisibles o los límites de dosis salvo que no exista otra manera factible de cumplir con los

límites de dosis vía aérea o cutánea ante la radiación ionizante.

(g)(1)(iv)

Deberán cumplirse las disposiciones de la subparte D.

(g)(2)

Controles mecánicos, prácticas laborales y PPE para sustancias no reglamentadas ya sea en 1926.55, en algún

otro apartado de la subparte D, o en otros artículos pertinentes de esta parte. Deberá aplicarse una combinación

adecuada de controles mecánicos, prácticas laborales y equipo de protección personal para reducir y mantener el

nivel de exposición del empleado a los niveles de exposición publicados, o por debajo de ellos, frente a

sustancias peligrosas y peligros para la salud no reglamentados ya sea en 1926.55, en algún otro apartado de la

subparte D, o en otros artículos pertinentes de esta parte. El empleador puede utlizar la literatura y las MSDS

publicadas en calidad de guía al tomar sus decisiones relativas a qué nivel de protección cree que puede ser

adecuado frente a sustancias peligrosas y peligros para la salud para los que no exista un límite de exposición

permisible o un límite de exposición publicado.

(g)(3)

Selección del equipo de protección personal.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 32

(g)(3)(i)

Deberá seleccionarse y utilizarse equipo de protección personal (PPE) que proteja a los empleados frente a los

peligros y los peligros potenciales identificados durante la caracterización y el análisis del lugar.

(g)(3)(ii)

La selección del equipo de protección personal deberá realizarse conforme a la evaluación de las características

de rendimiento del PPE en lo referente a los requisitos y limitaciones del lugar, las condiciones y la duración

específicas para la tarea y los peligros que existan o pudieran existir en el lugar.

(g)(3)(iii)

Los aparatos autónomos de respiración con presión positiva, o respiradores con una manguera de presión

positiva que estén equipados con suministro de aire para escapes deberán utilizarse cuando los niveles de

exposición química puedan significar una alta probabilidad de muerte inmediata, enfermedad o lesión inmediata

y grave o en un entorpecimiento de la habilidad de escaparse.

(g)(3)(iv)

Los trajes de protección química totalmente envolventes (protección equivalente a la de nivel A conforme lo

dispuesto en el apéndice B) deberán utilizarse en condiciones donde la absorción cutánea de una sustancia

peligrosa pudiera resultar en una alta probabilidad de muerte inmediata, enfermedad o lesión inmediata y grave

o en un entorpecimiento de la habilidad de escaparse.

(g)(3)(v)

El nivel de protección provisto por el PPE seleccionado deberá aumentarse cuando se revele información

adicional sobre las condiciones del lugar que indiquen que es necesario una mayor protección para reducir la

exposición del empleado por debajo de los límites de exposición permisibles y los niveles de exposición

publicados para las sustancias peligrosas y los peligros para la salud. (Véase el apéndice B donde encontrará

una guía sobre cómo seleccionar los trajes PPE.)

Nota referente a (g)(3): El nivel de protección suministrado al empleado puede reducirse cuando las

condiciones del lugar indiquen o cuando se revele información adicional que indique que una menor protección

no significa una exposición peligrosa para el empleado.

(g)(3)(vi)

El equipo de protección personal deberá seleccionarse y utilizarse conforme a las disposiciones de la subparte E

de esta parte y las disposiciones adicionales establecidas en este artículo.

(g)(4)

Trajes de protección química totalmente envolventes.

(g)(4)(i)

Los trajes totalmente envolventes deberán proteger a los empleados de los peligros particulares que se

identifiquen durante la caracterización y el análisis del lugar.

(g)(4)(ii)

Los trajes totalmente envolventes deben ser capaces de mantener una presión de aire positiva. (Véase el

apéndice A donde encontrará un método de prueba que se puede utilizar para evaluar este requisito.)

(g)(4)(iii)

Los trajes totalmente envolventes deben ser capaces de impedir la filtración hacia el interior de un gas de prueba

de más de un 0.5 por ciento. (Véase el apéndice A donde encontrará un método de prueba que se puede utilizar

para evaluar este requisito.)

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 33

(g)(5)

Programa para el equipo de protección personal (PPE). Deberá establecerse un programa escrito para el equipo

de protección personal, que sea parte del programa de salud y seguridad del empledor que prescribe el párrafo

(b) de este artículo o que prescribe el párrafo (p)(1) de este artículo y que también esté integrado al plan de salud

y seguridad específico para el lugar. El programa para el PPE deberá abarcar los elementos señalados a

continuación. Cuando existan elementos (como los procedimientos correctos para ponerse y quitarse algo)

proporcionados por el fabricante de un equipo determinado y dichos elementos estén anexos al plan, no será

necesario volver a escribirlos para incorporarlos al plan siempre y cuando traten el procedimiento o el elemento

adecuadamente.

(g)(5)(i)

Selección de PPE basada en los peligros del lugar,

(g)(5)(ii)

Uso del PPE y limitaciones del equipo,

(g)(5)(iii)

Duración de la misión del trabajo,

(g)(5)(iv)

Mantenimiento y almacenamiento del PPE,

(g)(5)(v)

Descontaminación y eliminación del PPE,

(g)(5)(vi)

Capacitación y ajuste adecuado del PPE,

(g)(5)(vii)

Procedimientos para ponerse y quitarse el PPE,

(g)(5)(viii)

Procedimientos de inspección del PPE antes, durante y después de su uso,

(g)(5)(ix)

Evaluación de la eficacia del programa del PPE y

(g)(5)(x)

Limitaciones en casos de temperaturas extremas, acaloramiento y otras consideraciones de salud pertinentes.

(h)

Vigilancia

(h)(1)

Generalidades.

(h)(1)(i)

La vigilancia deberá realizarse de conformidad con este párrafo en casos donde exista una duda de exposición

del empleado a concentraciones peligrosas de sustancias peligrosas a fin de asegurar la selección correcta de

controles mecánicos, prácticas laborales y equipo de protección personal de manera que los empleados no se

vean expuestos a niveles que excedan los límites de exposición permisibles, o los niveles de exposición

publicados si no hubiese límites de exposición permisible, frente a sustancias peligrosas.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 34

(h)(1)(ii)

El aire deberá ser vigilado para identificar y cuantificar los niveles de sustancias peligrosas y los peligros para la

salud y la seguridad existentes en el aire con el propósito de determinar el nivel adecuado de protección que el

empleado necesita en el lugar.

(h)(2)

Entrada inicial. Una vez que se entre por primera vez al lugar, deberá realizarse una vigilancia de una muestra

representativa del aire a fin de identificar cualquier condición IDLH, identificar una exposición por encima de

los límites de exposición permisibles o los niveles de exposición publicados, una exposición por encima de los

límites de dosis de material radioactivo o cualquier otra condición peligrosa como puede ser la presencia de

atmósferas inflamables o entornos con deficiencia de oxígeno.

(h)(3)

Vigilancia periódica. Deberá efectuarse una vigilancia periódica cuando surja la posibilidad de una condición

IDLH o una atmósfera inflamable o cuando existan indicaciones de que la exposición podría haber sobrepasado

los límites de exposición permisibles o los niveles de exposición publicados después de la vigilancia previa. Las

situaciones donde debe considerarse la posibilidad de una mayor exposición son las siguientes:

(h)(3)(i)

Cuando el trabajo comience en una parte distinta del lugar.

(h)(3)(ii)

Cuando se manipulen contaminantes distintos a los identificados previamente.

(h)(3)(iii)

Cuando se inicie un tipo de operación diferente (por ej., abrir bidones en lugar de perforar un pozo para fines

exploratorios).

(h)(3)(iv)

Cuando los empleados estén manipulando bidones o recipientes que tengan fuga o cuando estén trabajando en

áreas donde una contaminación líquida sea obvia (por ej., un derrame o una laguna).

(h)(4)

Vigilancia de empleados de alto riesgo. Después de que se inicie la fase de limpieza propiamente dicha de

cualquier operación de residuos peligrosos; por ejemplo, cuando se muevan o se toquen el suelo, el agua de la

superficie o los recipientes. El empleador deberá vigilar a aquellos empleados susceptibles de tener los más altos

niveles de exposición a sustancias peligrosas, así como vigilar los peligros para la salud que pudieran sobrepasar

los límites de exposición permisibles o los niveles de exposición publicados a través de un muestreo personal

efectuado con la frecuencia necesaria para caracterizar las exposiciones del empleado. Si se descubre que los

empleados susceptibles de la más alta exposición sobrepasan los límites de exposición permisibles o los niveles

de exposición publicados, entonces la vigilancia deberá continuar a fin de determinar qué empleados son

susceptibles de estar por encima de esos límites. El empleador podría optar por tomar una muestra

representativa y documentar que todos los empleados y sustancias químicas elegidos para la vigilancia se basan

en el criterio precisado.

Nota referente a (h): No es obligatorio vigilar a aquellos empleados que participen en operaciones de

caracterización del lugar cubiertas por el párrafo (c) de este artículo.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 35

(i)

Programas informativos

Los empleadores deberán elaborar y ejecutar un programa, que forme parte del programa de salud y seguridad

del empleador prescrito por el párrafo (b) de este artículo, que tenga como propósito informar a empleados,

contratistas y subcontratistas (o sus representantes) que participen directamente en operaciones con residuos

peligrosos sobre la naturaleza, el nivel o el grado de exposición que pudiera derivarse de su participación en las

operaciones señaladas. Los empleados, contratistas y subcontratistas que trabajen al margen de las operaciones

en el lugar no son objeto de esta norma.

(j)

Manipulación de bidones y recipientes

(j)(1)

Generalidades.

(j)(1)(i)

Las sustancias peligrosas y los suelos contaminados, los líquidos y otros residuos deberán manipularse,

transportarse, etiquetarse y eliminarse de conformidad con este párrafo.

(j)(1)(ii)

Los bidones y recipientes utilizados durante la limpieza deberán cumplir con los reglamentos del Departamento

de Transporte, OSHA y EPA en lo tocante a los residuos que contienen.

(j)(1)(iii)

Cuando sea práctico, los bidones y recipientes deberán ser inspeccionados y deberá asegurarse su integridad

previo a su traslado. Los bidones o recipientes que no puedan inspeccionarse antes de moverse debido a las

condiciones en que están almacenados (por ej., si están enterrados, si están apilados detrás de otros bidones, si

están apilados en varios niveles, etc.) deberán moverse a un lugar accesible e inspecionarse antes de continuar

su manipulación.

(j)(1)(iv)

Aquellos bidones y recipientes que no estén etiquetados deberán tratarse como si tuvieran sustancias peligrosas

y deberán manipularse conforme a esa premisa hasta que el contenido se haya identificado y etiquetado

correctamente.

(j)(1)(v)

Las operaciones del lugar deberán organizarse de manera que se reduzca al mínimo el movimiento de bidones y

recipientes.

(j)(1)(vi)

Antes de mover los bidones y recipientes, todos los empleados expuestos a la operación de traslado deberán

recibir las advertencias sobre los peligros potenciales asociados con el contenido de los bidones y recipientes.

(j)(1)(vii)

El Departmento de Transporte de Estados Unidos dispuso que se deben tener bidones o recipientes de

recuperación y cantidades adecuadas de material absorbente y deben utilizarse en áreas donde puedan ocurrir

derrames, fugas o rupturas.

(j)(1)(viii)

En las áreas susceptibles de derrames, deberá ejecutarse un programa de contención de derrames, que forme

parte del programa de salud y seguridad del empleador que prescribe el párrafo (b) de este artículo, con el

propósito de contener y aislar el volumen total de la sustancia peligrosa que esté siendo trasladada.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 36

(j)(1)(ix)

El contenido de bidones y recipientes que no se puedan mover sin causar una ruptura, fuga o un derrame deberá

vaciarse y trasladarse a un recipiente en buenas condiciones mediante un dispositivo clasificado para el material

que esté siendo transferido.

(j)(1)(x)

Para estimar la ubicación y la profundidad de bidones o recipientes enterrados deberá utilizarse un sistema que

penetre el suelo u otro tipo de sistema o dispositivo de detección.

(j)(1)(xi)

La tierra o el material envolvente deberá quitarse con cuidado para impedir la ruptura de bidones y recipientes.

(j)(1)(xii)

El equipo para combatir incendios que cumpla con las disposiciones de la subparte F de esta parte deberá

tenerse a mano y listo para usarse para controlar un incendio incipiente.

(j)(2)

Apertura de bidones y recipientes. Los siguientes procedimientos deberán seguirse en áreas donde se abran

bidones y recipientes:

(j)(2)(i)

Donde se utilice un sistema de respirador de manguera, las conexiones a la fuente de suministro de aire deberán

ser protegidas contra la contaminación y todo el sistema deberá ser protegido contra daños físicos.

(j)(2)(ii)

Los empleados que no intervengan directamente en la apertura de los bidones y recipientes deberán mantenerse

a una distancia prudencial de los señalados contenedores.

(j)(2)(iii)

Si algún empleado se ve obligado a trabajar cerca o contiguo a los bidones o recipientes que se estén abriendo,

deberá colocarse un escudo protector entre el empleado y dichos bidones o recipientes, que no interfiera con el

desempeño de su trabajo pero que le brinde protección en caso de que ocurra una explosión accidental.

(j)(2)(iv)

Los controles para el equipo para abrir bidones o recipientes, el equipo de vigilancia y el equipo para combatir

incendios deberá colocarse tras la barrera antiexplosiones.

(j)(2)(v)

Cuando exista razón para pensar que existen atmósferas inflamables, el equipo de manipulación del material y

las herramientas manuales deberán ser del tipo que impide fuentes de ignición.

(j)(2)(vi)

Los bidones y recipientes deberán abrirse de manera que la presión interior pueda ser liberada sin riesgos. Si la

presión no puede ser liberada desde lejos, deberá colocarse un escudo adecuado entre el empleado y los bidones

o recipientes para reducir el riesgo de lesionar al empleado.

(j)(2)(vii)

Los empleados no deberán pararse encima de bidones y recipientes ni trabajar desde su interior.

(j)(3)

Equipo de manipulación del material. El equipo de manipulación del material utilizado para trasladar bidones y

recipientes, deberá seleccionarse, colocarse y operarse a fin de reducir al mínimo las fuentes de ignición

relacionadas al equipo de modo que no puedan prender fuego a los vapores liberados por bidones y recipientes

rotos.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 37

(j)(4)

Residuos radiactivos. Los bidones y recipientes que contengan residuos radiactivos no deberán manipularse

hasta que se haya evaluado correctamente el peligro que representan para los empleados.

(j)(5)

Residuos susceptibles a sacudidas. Las siguientes son las precauciones mínimas que deberán tomarse al

manipular bidones y recipientes que contienen, o que se sospecha que contienen, residuos susceptibles a

sacudidas:

(j)(5)(i)

Todos los empleados no imprescindibles deberán ser evacuados del área de traslado.

(j)(5)(ii)

Deberá proporcionarse equipo de manipulación del material con dispositivos de contención explosiva o escudos

protectores para proteger a los operadores del equipo de los recipientes que exploten.

(j)(5)(iii)

Deberá emplearse un sistema de alarma para los empleados que pueda percibirse por encima de la luz ambiental

y de las condiciones de ruido para anunciar el inicio y el fin de las actividades de manipulación de residuos

explosivos.

(j)(5)(iv)

Deberá mantenerse una comunicación constante (por ej., por radio portátil, señales manuales, teléfonos, según el

caso) entre el empleado a cargo del área de manipulación inmediata y tanto el supervisor de salud y seguridad

del lugar como el puesto de comando hasta que la operación de manipulación se dé por terminada. Queda

prohibido el uso de equipo y métodos de comunicación que pudieran ocasionar la explosión de materiales

susceptibles a sacudidas.

(j)(5)(v)

Los bidones y recipientes que se encuentren bajo presión, por observación de abultamiento o hinchazón, no

podrán ser movidos hasta que se haya determinado la causa del exceso de presión y se hayan tomado las

medidas de contención adecuadas para proteger a los empleados contra una liberación explosiva del bidón.

(j)(5)(vi)

Los bidones y recipientes que contengan residuos de laboratorio empacados deberán considerarse como si

tuvieran materiales susceptibles a sacudidas o materiales explosivos hasta que hayan sido caracterizados.

Advertencia: El envío de residuos susceptibles a sacudidas podría estar prohibido por los reglamentos del

Departmento de Transporte. Los empleadores y sus consignadores deberán remitirse a 49 CFR 173.21 y 173.50.

(j)(6)

Paquetes de residuos de laboratorio. Además de las disposiciones que prescribe el párrafo (j)(5) de este artículo,

deberán tomarse las siguientes precauciones, como mínimo, al manipular paquetes de residuos de laboratorio

(lab packs):

(j)(6)(i)

Los paquetes de laboratorio deberán abrirse únicamente cuando sea necesario y, además, sólo por una persona

conocedora de la inspección, clasificación y segregación de los recipientes dentro del paquete y según los

peligros que entrañen los residuos.

(j)(6)(ii)

Si se observa material cristalino en cualquier recipiente, el contenido deberá manipularse como si fuera residuo

susceptible a sacudidas hasta que el contenido sea identificado.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 38

(j)(7)

Muestreo del contenido de bidones y recipientes. El muestreo de los recipientes y bidones deberá hacerse

conforme a un procedimiento de muestreo que sea parte del plan de salud y seguridad del lugar elaborado para

los empleados y otras personas del lugar específico y puesto a su disposición.

(j)(8)

Envío y transporte.

(j)(8)(i)

Los bidones y recipientes deberán identificarse y clasificarse antes de embalarse para su envío.

(j)(8)(ii)

Deberá haber un número mínimo de áreas de agrupación de bidones y recipientes para identificar y clasificar

materiales con seguridad y prepararlos para su transporte.

(j)(8)(iii)

Las áreas de agrupación deberán tener rutas de acceso y egreso adecuadas.

(j)(8)(iv)

La acumulación de residuos peligrosos a granel deberá permitirse sólo después de concluir la caracterización

exhaustiva del material.

(j)(9)

Procedimientos en tanques y bóvedas.

(j)(9)(i)

Los tanques y las bóvedas que contengan sustancias peligrosas deberán ser tratados de una forma similar a la

forma de tratar los bidones y recipientes, teniendo en cuenta el tamaño del tanque o la bóveda.

(j)(9)(ii)

Siempre que los empleados deban entrar a un tanque o bóveda deberán seguirse los procedimientos de entrada a

dichos lugares tal como se describen en el plan de salud y seguridad del empleador.

(k)

Descontaminación

(k)(1)

Generalidades. Los procedimientos para todas las fases de descontaminación deberán elaborarse y practicarse de

conformidad con este párrafo.

(k)(2)

Procedimientos de descontaminación.

(k)(2)(i)

Deberá elaborarse un procedimiento de descontaminación, comunicarse a los empleados y ejecutarse antes de

que cualquier empleado o equipo pueda entrar a las áreas del lugar donde pudiera existir un potencial de

exposición a sustancias peligrosas.

(k)(2)(ii)

Deberán elaborarse procedimientos estandarizados de trabajo que tengan por objeto reducir al mínimo el

contacto del empleado con las sustancias peligrosas o con equipo que haya estado en contacto con sustancias

peligrosas.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 39

(k)(2)(iii)

Todos los empleados que salgan de un área contaminada deberán someterse a la descontaminación que

corresponda; toda la ropa y equipo que salga del área contaminada deberá ser eliminada o descontaminada como

corresponda.

(k)(2)(iv)

Los procedimientos de descontaminación deberán ser vigilados por el supervisor de salud y seguridad del lugar

para determinar su eficacia. Cuando se encuentre que tales procedimientos no son eficaces, deberán tomarse las

medidas necesarias para corregir las deficiencias.

(k)(3)

Ubicación. La descontaminación deberá efectuarse en áreas geográficas que reduzcan al mínimo la exposición

de empleados o equipos no contaminados a empleados o equipos contaminados.

(k)(4)

Equipos y disolventes. Todo equipo y disolventes utilizados en la descontaminación deberán ser

descontaminados o eliminados correctamente.

(k)(5)

Ropa y equipo de protección personal.

(k)(5)(i)

La ropa y el equipo de protección deberán ser descontaminados, limpiados, lavados, mantenidos o sustituidos

según sea necesario para mantener su eficacia.

(k)(5)(ii)

Aquellos empleados cuya ropa no impermeable resulte mojada con sustancias peligrosas deberán quitársela de

inmediato y proceder a bañarse. La ropa deberá desecharse o descontaminarse antes de ser extraída de la zona

de trabajo.

(k)(6)

Empleados no autorizados. Los empleados no autorizados no podrán sacar la ropa ni el equipo de protección de

los vestidores.

(k)(7)

Lavanderías comerciales o establecimientos de limpieza. Las lavanderías comerciales o los establecimientos de

limpieza que descontaminan la ropa o el equipo de protección deberán ser informadas de los potenciales efectos

dañinos derivados de la exposición a sustancias peligrosas.

(k)(8)

Duchas y vestidores. En los casos en que el procedimiento de descontaminación revele la necesidad de tener

duchas regulares y vestidores fuera del área contaminada, deberán facilitarse cumpliendo con las disposiciones

de 29 CFR 1910.141. Si las condiciones de temperatura impiden el uso eficaz del agua, deberán proporcionarse

y utilizarse otros medios eficaces para la limpieza.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 40

(l)

Respuesta de los empleados ante un caso de emergencia en lugares no controlados donde hay residuos

peligrosos

(l)(1)

Plan de respuesta a emergencias.

(l)(1)(i)

Todos los empleadores deberán elaborar y ejecutar un plan de respuesta a emergencias dentro del ámbito de

aplicación de los párrafos (a)(1)(i) y (ii) de este artículo en razón de manejar las emergencias previstas antes del

inicio de las operaciones con residuos peligrosos. El plan deberá elaborarse por escrito y deberá estar disponible

para su inspección y copia por parte de empleados, sus representantes, el personal de OSHA y otras agencias

gubernamentales que tengan responsabilidad en el asunto.

(l)(1)(ii)

Los empleadores que vayan a evacuar a sus empleados del área de peligro al suceder una emergencia, y que no

permitan a ninguno de sus empleados ayudar en el manejo de la emergencia, están exentos de las disposiciones

de este párrafo si cuentan con un plan de acción de emergencia que cumpla con 1926.35 de esta parte.

(l)(2)

Elementos de un plan de respuesta a emergencias. El empleador deberá elaborar un plan de respuesta a

emergencias que, como mínimo, abarque lo siguiente:

(l)(2)(i)

La planificación previa a la emergencia.

(l)(2)(ii)

Las funciones del personal, la jerarquía de mando y la comunicación.

(l)(2)(iii)

El reconocimiento y la prevención de la emergencia.

(l)(2)(iv)

Las distancias prudenciales y los lugares de refugio.

(l)(2)(v)

La seguridad y el control del lugar.

(l)(2)(vi)

Las rutas y los procedimientos de evacuación.

(l)(2)(vii)

Los procedimientos de descontaminación que no estén comprendidos en el plan de salud y seguridad.

(l)(2)(viii)

El tratamiento médico y primeros auxilios.

(l)(2)(ix)

La voz de alerta de la emergencia y los procedimientos de respuesta.

(l)(2)(x)

La crítica de la respuesta y el seguimiento.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 41

(l)(2)(xi)

El PPE y el equipo de emergencia.

(l)(3)

Los procedimientos para manejar incidentes de emergencia.

(l)(3)(i)

Además de los elementos para el plan de respuesta a emergencias que prescribe el párrafo (1)(2) de este artículo,

deberán incluirse los siguientes elementos dentro de los planes de respuesta a emergencias:

(l)(3)(i)(A)

La topografía del lugar, la distribución y las condiciones climáticas predominantes.

(l)(3)(i)(B)

Los procedimientos para informar incidentes a las agencias gubernamentales locales, estatales y federales.

(l)(3)(ii)

El plan de respuesta a emergencias deberá constituir un artículo aparte del plan de salud y seguridad del lugar.

(l)(3)(iii)

El plan de respuesta a emergencias deberá ser compatible con y formar parte integral de los planes de respuesta

a desastres, incendios y/o emergencias de las agencias locales, estatales y federales.

(l)(3)(iv)

El plan de respuesta a emergencias deberá ensayarse regularmente como parte del programa de capacitación

general para las operaciones del lugar.

(l)(3)(v)

El plan de respuesta a emergencias del lugar deberá revisarse periódicamente y, según amerite el caso, deberá

enmendarse con la finalidad de que se mantenga al día con las condiciones e información nuevas o cambiantes.

(l)(3)(vi)

Deberá instalarse un sistema de alarma de conformidad con 29 CFR 1926.159 que tenga las siguientes

finalidades: advertir a los empleados sobre una situación de emergencia; detener las actividades laborales si

fuera necesario; reducir el ruido de fondo con el fin de acelerar la comunicación; y dar inicio a los

procedimientos de emergencia.

(l)(3)(vii)

Basado en la información disponible en el momento de la emergencia, el empleador deberá evaluar el incidente

y las capacidades de respuesta del lugar y proceder con los pasos que corresponda tomar con el propósito de

ejecutar el plan de respuesta a emergencias perteneciente al lugar.

(m)

Iluminación

Mientras se realiza el trabajo, las áreas accesibles a los empleados deberán ser iluminadas con intensidades no

menores a las que figuran en el siguiente cuadro D-65.1.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 42

CUADRO D-65.2 - INTENSIDAD DE ILUMINACIÓN MÍNIMA EN BUJÍAS-PIE

|

Bujías-pie | Área u operaciones

|

| |5............ | Áreas generales del lugar.

3............ | Áreas de excavaciones y residuos, vías de acceso, áreas activas de almacenamiento

| platformas de carga, áreas de reabastecimiento y

| áreas de mantenimiento en el campo.

5............ | Interior: almacenes, corredores, pasillos y salidas.

5............ | Túneles, pozos y áreas generales de trabajo subterráneo. (Excepción:

| Es obligatorio tener un mínimo de 10 bujías-pie en la galería de avance

| túneles y pozos durante la perforación, rezagado (desescombro) y

| saneado. Las luces que se llevan en la cabeza

| aprobadas por la Mine Safety and Health Administration

| (Administración de la Salud y Seguridad en Minas) podrán

| utilizarse en la labor de cavar el túnel.)

10.......... | Talleres en general (por ej., cuartos con equipo eléctrico y mecánicos,

| cuartos utilizados de almacén, barracas o residencias, vestidores

| o talleres, comedores y servicios higiénicos bajo techo.)

30.......... | Puestos de primeros auxilios, enfermerías y oficinas.

|

(n)

Higiene en lugares de trabajo temporales

(n)(1)

Agua potable.

(n)(1)(i)

El lugar deberá contar con una fuente adecuada de agua potable.

(n)(1)(ii)

Los recipientes portátiles de agua para beber deben poder cerrarse herméticamente y deben estar equipados con

una llave (grifo). El agua no puede sacarse de su recipiente con un utensilio.

(n)(1)(iii)

Todo recipiente utilizado para distribuir el agua potable deberá estar marcado claramente explicando la

naturaleza de su contenido y no podrá utilizarse para ningún otro propósito.

(n)(1)(iv)

Donde se suministren vasitos descartables (para un solo uso), deberá proporcionarse un recipiente higiénico para

los vasitos no usados y un receptáculo para descartar los vasitos usados.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 43

(n)(2)

Agua no potable.

(n)(2)(i)

Las fuentes de agua no potable, como el agua para combatir incendios, deberá ser identificada de manera que

indique claramente que no es agua apta para el consumo y que no puede utilizarse para beber, lavar ni cocinar.

(n)(2)(ii)

No deberá haber ninguna conexión, real o potencial, entre el sistema de agua potable y el sistema de agua no

potable.

(n)(3)

Servicios higiénicos.

(n)(3)(i)

Los servicios higiénicos deberán proporcionarse a los empleados de acuerdo con el siguiente cuadro D-65.2.

CUADRO D-65.2 - SERVICIOS HIGIÉNICOS

|

Número de empleados | Número mínimo de servicios

|

|

20 o menos...........................| Uno.

Más de 20, menos de 200....| Un inodoro y un urinario por 40

| empleados.

Más de 200...........................| Un inodoro y un urinario por 50

| empleados.

|

(n)(3)(ii)

En condiciones de campo provisionales, debe haber disposiciones para asegurar por lo menos un servicio

higiénico.

(n)(3)(iii)

Aquellos lugares donde hay residuos peligrosos y no hay aguas negras deben tener los siguientes servicios

higiénicos a menos que los códigos locales lo prohíban:

(n)(3)(iii)(A)

Inodoros desinfectados con productos químicos;

(n)(3)(iii)(B)

Inodoros desinfectados por recirculación;

(n)(3)(iii)(C)

Inodoros desinfectados por combustión;

(n)(3)(iii)(D)

Inodoros desinfectados con agua.

(n)(3)(iv)

Las disposiciones establecidas en este párrafo en relación a los servicios higiénicos no se aplican a cuadrillas

móviles que tienen transporte a su disposición para ir a un servicio higiénico cercano.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 44

(n)(3)(v)

Los servicios higiénicos deberán tener puertas con cerradura que se puedan cerrar desde adentro.

(n)(4)

Manipulación de los alimentos. Todas las instalaciones y operaciones que conciernen a los servicios

alimenticios para los empleados deberán cumplir con las leyes, ordenanzas y reglamentos aplicables de las

jurisdicciones donde se encuentren.

(n)(5)

Viviendas temporales. Cuando se faciliten locales temporales para dormir, deberán tener calefacción,

ventilación e iluminación.

(n)(6)

Instalaciones para lavarse. El empleador deberá facilitar instalaciones para lavarse adecuadas a aquellos

empleados que participen en operaciones donde las sustancias peligrosas podrían resultarles perjudiciales. Tales

instalaciones deben estar muy cerca del lugar de trabajo; en áreas donde la exposición esté por debajo de los

límites de exposición permisible y los niveles de exposición publicados y que estén bajo el control del

empleador; y deberán estar equipadas de tal manera que los empleados puedan elminar las sustancias peligrosas

de su cuerpo.

(n)(7)

Duchas y vestidores. Al iniciarse las operaciones de limpieza de residuos peligrosos o las operaciones de

eliminación de los mismos en un lugar determinado y la duración del trabajo sea de seis meses o más, el

empleador deberá facilitar duchas y vestidores a todos los empleados expuestos a sustancias peligrosas y a

peligros para la salud derivados de operaciones de limpieza o eliminación de residuos peligrosos.

(n)(7)(i)

Deberán facilitarse duchas que cumplan con las disposiciones de 29 CFR 1926.51(f)(4).

(n)(7)(ii)

Deberán facilitarse vestidores que cumplan con las disposiciones de 29 CFR 1926.51(i). Los vestidores deberán

abarcar dos áreas separadas por el área de duchas establecida en el párrafo (n)(7)(i) de este artículo. Un área de

vestidores, con salida en dirección opuesta al lugar de trabajo, deberá facilitarle a los empleados un área limpia

donde se puedan quitar, guardar y volver a poner su ropa normal. La segunda área, con salida hacia el lugar de

trabajo, deberá facilitarle a los empleados un área donde se puedan quitar y guardar la ropa de trabajo y el

equipo de protección personal.

(n)(7)(iii)

Las duchas y los vestidores deberán estar ubicados en áreas donde las exposiciones estén por debajo de los

límites de exposición permisibles y los niveles de exposición publicados. Si no se puede alcanzar este objetivo,

entonces deberá proporcionarse un sistema de ventilación que suminitre aire que esté por debajo de los límites

de exposición permisibles y los niveles de exposición publicados.

(n)(7)(iv)

Los empleadores deberán asegurarse de que los empleados se duchen al terminar su turno y al salir del lugar

donde hay residuos peligrosos.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 45

(o)

Programas con nuevas tecnologías

(o)(1)

El empleador deberá formular y ejecutar procedimientos para la introducción de tecnologías nuevas y eficaces

así como nuevos equipos diseñados para brindar una mejor protección al empleado que trabaja en operaciones

de limpieza donde hay residuos peligrosos, lo cual deberá hacerse dentro del marco del programa de salud y

seguridad del lugar para asegurar la protección al empleado.

(o)(2)

Las nuevas tecnologías o los nuevos equipos y medidas de control disponibles para la industria, tal como el uso

de espumas, absorbentes, adsorbentes, neutralizadores u otros medios que tienen el propósito de suprimir el

nivel de contaminantes en el aire cuando se excava en el lugar o para el control de derrames, deberán ser

evaluados por los empleadores o sus representantes. La señalada evaluación deberá realizarse a fin de

determinar la eficacia de los nuevos métodos, materiales o equipos antes de generalizar su uso orientado a

mejorar la protección del empleado. Se pueden utilizar la información y los datos de los fabricantes o

distribuidores dentro de los esfuerzos de evaluación del empleador. Esas evaluaciones deberán ponerse a

disposición de OSHA si ésta las solicita.

(p)

Determinadas operaciones realizadas bajo el amparo de la Ley Resource Conservation and Recovery

(RCRA) de 1976

Los empleadores que conduzcan operaciones en instalaciones de tratamiento, almacenamiento y eliminación

especificadas en el párrafo (a)(1)(iv) de este artículo deberán proporcionar y ejecutar los programas establecidos

en este párrafo. Véanse las Notas y excepciones al párrafo (a)(2)(iii) de este artículo que conciernen a los

empleadores que están al margen de esta disposición.

(p)(1)

Programa de salud y seguridad. El empleador deberá elaborar y ejecutar un programa escrito de salud y

seguridad para los empleados que participen en operaciones con residuos peligrosos y deberá ponerlo a la

disposición de empleados, sus representantes y el personal de OSHA para que lo examinen si desean. El

programa deberá estar formulado de manera que identifique, evalúe y controle los peligros de salud y seguridad

en las instalaciones para proteger al empleado; ofrezca respuestas a casos de emergencia que cumplan con las

disposiciones del párrafo (p)(8) de este artículo; y dicte las disposiciones necesarias en función del análisis del

lugar, los controles mecánicos, los límites de exposición máximos, los procedimientos para manipular residuos

peligrosos y el empleo de nuevas tecnologías.

(p)(2)

Programa de comunicación de riesgos. Como parte del programa de salud y seguridad del empleador, éste

deberá ejecutar un programa de comunicación de riesgos que cumpla con las disposiciones de 29 CFR 1926.59.

Nota referente a 1926.65 - La exención para residuos peligrosos citada en 1926.59 se aplica a este artículo.

(p)(3)

Programa de vigilancia médica. El empleador deberá elaborar y ejecutar un programa de vigilancia médica que

cumpla con las disposiciones del párrafo (f) de este artículo.

(p)(4)

Programa de descontaminación. El empleador deberá elaborar y ejecutar un procedimiento de descontaminación

que cumpla con las disposiciones del párrafo (k) de este artículo.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 46

(p)(5)

Programa de nuevas tecnologías. El empleador deberá elaborar y ejecutar procedimientos que cumplan con las

disposiciones del párrafo (o) de este artículo en lo que se refiere a la introducción de equipo nuevo e innovador

en el lugar de trabajo.

(p)(6)

Programa de manipulación del material. En los casos en que los empleados vayan a manipular bidones o

recipientes, el empleador deberá elaborar y ejecutar procedimientos que cumplan con las disposiciones de los

párrafos comprendidos entre (j)(1)(ii) y (viii) y el subpárrafo (xi) de este artículo, asimismo los subpárrafos

(j)(3) y (j)(8) de este artículo antes de comenzar el trabajo en cuestión.

(p)(7)

Programa de capacitación

(p)(7)(i)

Nuevos empleados. El empleador deberá elaborar y ejecutar un programa de capacitación, que esté integrado a

su programa de salud y seguridad, para aquellos empleados que se vean expuestos a peligros para la salud o a

sustancias peligrosas en operaciones de TSD y permitirles así desempeñar sus obligaciones y funciones de una

manera segura y saludable y no arriesgarse ni ellos ni sus compañeros. La capacitación inicial deberá ser de 24

horas y la capacitación de repaso deberá ser de ocho horas anuales. Los empleados que hayan recibido la

capacitación inicial exigida por este párrafo recibirán un certificado en papel que haga constar que han

completado satisfactoriamente la capacitación necesaria.

(p)(7)(ii)

Empleados actuales. Los empleadores que puedan demostrar por medio de la experiencia laboral previa y/o la

capacitación de un empleado que éste ha tenido una capacitación equivalente a la capacitación inicial exigida en

este párrafo, serán considerados cumplidores de las disposiciones de capacitación inicial de este párrafo en lo

que respecta a ese empleado. Capacitación equivalente incluye la capacitación que los empleados existentes

pudieran haber recibido por virtud de experiencia laboral en un lugar en sí. Los empleados actuales deberán

recibir ocho horas de capacitación de repaso anualmente.

(p)(7)(iii)

Capacitadores. Los capacitadores que impartan la capacitación inicial deberán haber completado

satisfactoriamente un curso de capacitación que les permita impartir las materias que están supuestos a impartir

o bien, deberán tener las credenciales académicas y la experiencia docente necesarias para demostrar dominio

de las materias de los cursos, además de tener las aptitudes necesarias para enseñar.

(p)(8)

Programa de respuesta a emergencias

(p)(8)(i)

Plan de respuesta a emergencias. Todos los empleadores deberán elaborar y ejecutar un plan de respuesta a

emergencias. No es necesario que los planes aludidos repitan ninguno de los temas tratados a profundidad en la

planificación para contingencias que es exigida por permisos tales como los permisos expedidos por la

Environmental Protection Agency (EPA, Agencia de Protección Ambiental), siempre y cuando el plan de

contingencias forme parte integral del plan de respuesta a emergencias. El plan de respuesta a emergencias

deberá constituir una parte escrita del plan de salud y seguridad del empleador tal como lo estipula el párrafo

(p)(1) de este artículo. Los empleadores que vayan a evacuar a sus empleados del lugar de trabajo cuando

suceda una emergencia, y que no permitan a ninguno de sus empleados ayudar a enfrentar la emergencia, están

exentos de las disposiciones del párrafo (p)(8) si proporcionan un plan de acción de emergencia que cumpla con

el apartado 1926.35 de esta parte.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 47

(p)(8)(ii)

Elementos de un plan de respuesta a emergencias. El empleador deberá elaborar un plan de respuesta a

emergencias que abarque los siguientes aspectos, como mínimo, en la medida en que no estén comprendidos en

ningún programa específico regulado por este párrafo:

(p)(8)(ii)(A)

La planificación y coordinación preemergencia con terceros.

(p)(8)(ii)(B)

Las funciones del personal, la jerarquía de mando y la comunicación.

(p)(8)(ii)(C)

El reconocimiento y la prevención de la emergencia.

(p)(8)(ii)(D)

Las distancias prudenciales y los lugares de refugio.

(p)(8)(ii)(E)

La seguridad y el control del lugar.

(p)(8)(ii)(F)

Las rutas y los procedimientos de evacuación.

(p)(8)(ii)(G)

Los procedimientos de descontaminación.

(p)(8)(ii)(H)

El tratamiento médico de emergencia y los primeros auxilios.

(p)(8)(ii)(I)

La voz de alerta de la emergencia y los procedimientos de respuesta.

(p)(8)(ii)(J)

La crítica de la respuesta y el seguimiento.

(p)(8)(ii)(K)

El PPE y el equipo de emergencia.

(p)(8)(iii)

La capacitación.

(p)(8)(iii)(A)

La capacitación para aquellos empleados que han de participar en la respuesta a una emergencia deberá

concluirse antes de que puedan ser llamados a responder a una emergencia real. Dicha capacitación deberá

incluir los elementos del plan de respuesta a emergencias, los procedimientos estandarizados de trabajo que el

empleador tenga establecido, el equipo de protección personal que deberá ser usado y los procedimientos para

enfrentar los incidentes de emergencia.

Excepción número 1: El empleador no necesitará capacitar a todos los empleados en la medida precisada si el

empleador divide la fuerza laboral de tal manera que un número suficiente de empleados que tengan la

responsabilidad de controlar las emergencias tengan la capacitación exigida, y todos los demás empleados, los

que podrían responder inicialmente a un incidente de emergencia, tengan la capacitación necesaria para

reconocer correctamente una situación que requiere una respuesta a emergencias y sepan que deben llamar a

aquellos empleados que han recibido la capacitación completa; los empleados que no tengan la capacitación

completa deberán abstenerse de controlar las actividades para las cuales no están capacitados.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 48

Excepción número 2: El empleador no necesitará capacitar a todos los empleados en la medida precisada si ya

ha hecho los arreglos necesarios para que un equipo profesional de respuesta a emergencias, es decir, ajeno a él,

responda en un periodo razonable y todos los demás empleados, los que podrían responder inicialmente a un

incidente de emergencia, tienen la capacitación necesaria para reconocer correctamente una situación que

requiere una respuesta a emergencias y saben que deben llamar al equipo profesional de respuesta a

emergencias designado.

(p)(8)(iii)(B)

Aquellos empleados que sean miembros de organizaciones de respuesta a emergencias en una instalación de

TSD deberán ser capacitados a un nivel de competencia determinado en el reconocimiento de los peligros de

salud y seguridad para protegerse ellos mismos y proteger a los demás. Esto incluiría la capacitación en los

métodos utilizados para reducir el riesgo frente a los peligros de salud y seguridad; en el uso prudente del

equipo de control; en la selección y el uso de equipo de protección personal adecuado; en el uso prudente de los

procedimientos de operación que deben usarse en el lugar del incidente; en las técnicas de coordinación con

otros empleados para reducir los riesgos al mínimo; en la respuesta correcta a la sobreexposición a peligros para

la salud o a las lesiones ocurridas a ellos mismos o a otros empleados; y en el reconocimiento de los síntomas

subsiguientes que pudieran resultar de una sobreexposición.

(p)(8)(iii)(C)

El empleador deberá dar constancia de que cada empleado objeto de las disposiciones ha asistido y completado

satisfactoriamente la capacitación que prescribe el párrafo (p)(8)(iii) de este artículo, o bien, deberá dar

constancia de la competencia de ese empleado al menos anualmente. El método utilizado para demostrar la

competencia para la certificación de capacitación deberá registrarse y conservarse en el archivo del empleador.

(p)(8)(iv)

Procedimientos para enfrentar incidentes de emergencia.

(p)(8)(iv)(A)

Además de los elementos incorporados en el plan de respuesta a emergencias prescrito por el párrafo (p)(8)(ii)

de este artículo, los elementos que se nombran a continuación deberán incorporarse a los planes de respuesta a

emergencias en la medida en que no repitan ninguna información que ya esté contenida en el plan de respuesta a

emergencias.

(p)(8)(iv)(A)(1)

La topografía del lugar, la distribución y las condiciones climáticas predominantes.

(p)(8)(iv)(A)(2)

Los procedimientos para informar incidentes a las agencias gubernamentales locales, estatales y federales.

(p)(8)(iv)(B)

El plan de respuesta a emergencias deberá ser compatible con y formar parte integral de

los planes de respuesta a desastres, incendios o emergencias de las agencias locales, estatales y federales.

(p)(8)(iv)(C)

El plan de respuesta a emergencias deberá ensayarse regularmente como parte del programa de capacitación

general para las operaciones del lugar.

(p)(8)(iv)(D)

El plan de respuesta a emergencias del lugar deberá revisarse periódicamente y, según amerite el caso, deberá

enmendarse con la finalidad de que se mantenga al día con las condiciones y la información nuevas o

cambiantes.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 49

(p)(8)(iv)(E)

Deberá instalarse un sistema de alarma de conformidad con 29 CFR 1926.159 que tenga las siguientes

finalidades: advertir a los empleados sobre una situación de emergencia; detener las actividades laborales si

fuera necesario; reducir el ruido de fondo con el fin de acelerar la comunicación; y comenzar con los

procedimientos de emergencia.

(p)(8)(iv)(F)

Basado en la información disponible en el momento de la emergencia, el empleador deberá evaluar el incidente

y las capacidades de respuesta del lugar y proceder con los pasos que corresponda tomar con el propósito de

ejecutar el plan de respuesta a emergencias perteneciente al lugar.

(q)

Respuestas de emergencia ante la liberación de sustancias peligrosas

Este párrafo abarca a aquellos empleadores cuyos empleados participen en una labor de respuesta a una

emergencia independientemente de donde ocurra, sin embargo, no abarca a aquellos empleados que participen

en operaciones precisadas en los párrafos del (a)(1)(i) al (a)(1)(iv) de este artículo. Aquellas organizaciones

dedicadas a dar respuesta a emergencias que hayan elaborado y ejecutado programas equivalentes a este párrafo

para manejar la liberación de sustancias peligrosas de conformidad con el artículo 303 de la Ley Superfund

Amendments and Reauthorization Act de 1986 (Ley Emergency Planning and Community Right-to-Know Act

de 1986, 42 U.S.C. 11003) serán consideradas cumplidoras de las disposiciones precisadas en este párrafo.

(q)(1)

Plan de respuesta a emergencias. Deberá elaborarse y ejecutarse un plan de respuesta a emergencias que tenga

como objeto enfrentar las emergencias previstas antes del inicio de las operaciones de respuesta de esta índole.

El plan deberá plasmarse por escrito y deberá estar disponible para su examinación y copia por parte de

empleados, sus representantes y el personal de OSHA. Los empleadores que vayan a evacuar a sus empleados

del área de riesgo al suscitarse una emergencia, y que no permitan a ninguno de sus empleados contribuir en las

labores destinadas a enfrentar la emergencia, están exentos de las disposiciones de este párrafo si cuentan con

un plan de acción de emergencia que cumpla con 1926.35 de esta parte.

(q)(2)

Elementos de un plan de respuesta a emergencias. El empleador deberá elaborar un plan de respuesta a

emergencias que abarque los siguientes aspectos, como mínimo, en la medida en que no estén comprendidos en

ningún otro apartado:

(q)(2)(i)

La planificación y coordinación preemergencia con terceros.

(q)(2)(ii)

Las funciones del personal, la jerarquía de mando y la comunicación.

(q)(2)(iii)

El reconocimiento y la prevención de la emergencia.

(q)(2)(iv)

Las distancias prudenciales y los lugares de refugio.

(q)(2)(v)

La seguridad y el control del lugar.

(q)(2)(vi)

Las rutas y los procedimientos de evacuación.

(q)(2)(vii)

La descontaminación.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 50

(q)(2)(viii)

El tratamiento médico y los primeros auxilios.

(q)(2)(ix)

La voz de alerta de la emergencia y los procedimientos de respuesta.

(q)(2)(x)

La crítica de la respuesta y el seguimiento.

(q)(2)(xi)

El PPE y el equipo de emergencia.

(q)(2)(xii)

Las organizaciones que dan respuesta a emergencias pueden usar el plan de respuesta a emergencias local o el

plan que para estos mismos fines tenga el estado o ambos, como parte de su plan de respuesta a emergencias y

con el fin de evitar la duplicación. Los elementos del plan de respuesta a emergencias que estén correctamente

tratados en los planes que se conforman a la ley SARA Título III pueden sustituirse dentro de su plan de

emergencia o pueden mantenerse íntegramente para que tanto el empleador como el empleado los puedan

utilizar.

(q)(3)

Procedimientos para enfrentar respuestas a emergencias.

(q)(3)(i)

El funcionario de respuesta a emergencias de más alto rango que responda a una emergencia deberá convertirse

en la persona a cargo de un Sistema de Control de Contingencias (ICS) específico para el sitio. Todas las

personas que respondan a la emergencia y toda comunicación entre ellos deberán estar coordinadas y

controladas a través de la persona a cargo del ICS con la asistencia del funcionario de más alto rango que esté

presente para cada empleador.

Nota relativa a (q)(3)(i). - El funcionario de más alto rango en la respuesta a una emergencia es el funcionario

de más alto rango en el lugar que tiene la responsabilidad de controlar las operaciones in situ. En un principio es

el funcionario de más alto rango que tenga en su haber el aparato prioritario para respuesta a emergencias que

llegue al lugar de los hechos. A medida que llegan funcionarios de rango más alto (por ej., el jefe del batallón, el

jefe de bomberos, el funcionario del gobierno estatal, el coordinador del lugar, etc.) el mando se va cediendo a

la persona que tenga el rango más alto en la jerarquía establecida.

(q)(3)(ii)

La persona a cargo del ICS deberá identificar, en la medida de lo posible, todas las sustancias o condiciones

peligrosas existentes y deberá tratarlas tomando en cuenta el análisis del sitio, el uso de controles mecánicos, los

límites de exposición máxima, los procedimientos de manejo de sustancias peligrosas y el uso de nuevas

tecnologías.

(q)(3)(iii)

Basándose en las sustancias peligrosas y/o las condiciones presentes, la persona a cargo del ICS deberá realizar

las operaciones de emergencia que correspondan, y asegurarse de que el equipo de protección personal utilizado

sea el correcto para los peligros que se van a enfrentar. Sin embargo, el equipo de protección personal deberá

cumplir, como mínimo, los criterios especificados en 29 CFR 1926.97 cuando se lleve puesto durante

operaciones para combatir incendios que vayan más allá de la etapa incipiente de cualquier incidente.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 51

(q)(3)(iv)

Los empleados que participen en una respuesta a emergencia donde se vean expuestos a sustancias peligrosas

que conlleven un peligro de inhalación, real o potencial, deberán llevar puesto un aparato autónomo de

respiración con presión positiva durante la labor de emergencia, y hasta el momento en que la persona a cargo

del ICS determine mediante vigilancia del aire que el uso de un nivel inferior de protección respiratoria no

tendrá como resultado una exposición peligrosa para los empleados.

(q)(3)(v)

La persona a cargo del ICS deberá limitar el número de personas movilizadas a las áreas del incidente que

conlleven exposición potencial o real o a las áreas de exposición a los peligros del lugar, de modo que las únicas

personas movilizadas sean las que estén realizando las operaciones de emergencia. Sin embargo, las operaciones

en las áreas peligrosas deberán realizarse empleando el "sistema de compañeros" en grupos de dos o más.

(q)(3)(vi)

El personal de apoyo deberá mantenerse atento y estar preparado para ofrecer asistencia o rescate en caso

necesario. El personal de primeros auxilios, como mínimo, también deberá mantenerse atento con equipo y

transporte médicos.

(q)(3)(vii)

La persona encargada del ICS deberá designar a un funcionario de seguridad, que sea conocedor de las

operaciones realizadas en el lugar donde se ha dado una respuesta a emergencias, para que se encargue de

identificar y evaluar los peligros y sea responsable de ofrecer una dirección orientada a la seguridad de las

operaciones frente a la emergencia suscitada.

(q)(3)(viii)

Cuando el funcionario de seguridad juzgue que las actividades entrañan una condición IDLH y/o signifiquen

una condición de peligro inminente, el funcionario de seguridad deberá tener la autoridad de alterar, suspender o

terminar dichas actividades. El funcionario de seguridad deberá informar de inmediato a la persona a cargo del

ICS sobre cualquier acción que deba tomarse para corregir estos peligros en el lugar del suceso.

(q)(3)(ix)

Después de que terminen las operaciones de emergencia, la persona a cargo del ICS deberá poner en práctica los

procedimientos de descontaminación que correspondan.

(q)(3)(x)

Cuando se considere necesario para realizar las tareas, se podrán utilizar aparatos autónomos de respiración con

aire comprimido, con cilindros aprobados de otros aparatos autónomos de respiración con aire comprimido,

siempre y cuando los cilindros tengan la misma capacidad y el mismo índice de presión. Todos los aparatos

deberán ser aprobados. Todos los cilindros de aire comprimido que se utilicen con el aparato autónomo de

respiración deberán reflejar los criterios del Departmento de Transporte y del National Institute for Occupational

Safety and Health.

(q)(4)

Personal técnico de apoyo. El personal, no necesariamente el personal del empleador, que sea experto en operar

un determinado equipo (equipo mecanizado para remover la tierra, equipo para perforar o grúas o güinches), que

sea llamado a auxiliar de inmediato en una emergencia a la que por razones justificadas no pueden responder

oportunamente los propios empleados del empleador, y que se verá expuesto, o podría verse expuesto a los

peligros de un suceso de emergencia, no está obligado a cumplir con la capacitación exigida por este párrafo,

que es exigida para los empleados regulares del empleador. Sin embargo, deberá realizarse una sesión de

información inicial dirigida a este personal en el propio lugar, antes de que participe en cualquier acción de

respuesta a una emergencia. La sesión de información inicial deberá incluir instrucciones para el uso correcto

del equipo de protección personal, los peligros químicos existentes y los deberes que hay que cumplir. Todas las

demás precauciones de salud y seguridad a las que se vean sujetos los propios empleados del empleador deberán

aplicarse para asegurar la salud y la seguridad de este personal.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 52

(q)(5)

Empleados epecialistas. Los empleados que, en el desempeño de su labor normal, trabajen con determinadas

sustancias peligrosas y estén capacitados para ello, y quienes puedan ser llamados a proporcionar a la persona a

cargo asesoría o asistencia en el lugar donde ha sucedido un incidente de liberación de sustancia peligrosa,

deberán recibir capacitación o demostrar competencia en el área de su especialización cada año.

(q)(6)

Capacitación. La capacitación deberá basarse en los deberes y la función que debe desempeñar cada persona que

responda al llamado de una organización de respuesta a emergencias. Los niveles de aptitudes y conocimiento

requeridos para todas las personas nuevas que acudan al llamado, aquellos contratados después de la fecha de

entrada en vigor de la presente norma, deberán serles notificados a través de capacitación antes de que se les

permita tomar parte de las operaciones de emergencia de un incidente real. Los empleados que participen, o que

estén supuestos a participar, en la respuesta a una emergencia, deberán recibir capacitación de conformidad con

los párrafos que se describen a continuación:

(q)(6)(i)

Primer respondedor a nivel de notificación. Los primeros respondedores, a nivel de notificación, son aquellas

personas susceptibles de presenciar o descubrir la liberación de una sustancia peligrosa y que han sido

capacitadas para inicar una secuencia de emergencia notificando el hecho a las autoridades correspondientes. Su

única acción es la de notificar la fuga a las autoridades. Los primeros respondedores a nivel de notificación

deberán tener la capacitación o la experiencia suficientes para demostrar, con objetividad, competencia en las

siguientes áreas:

(q)(6)(i)(A)

Entendimiento de lo que son las sustancias peligrosas y los riesgos asociados con ellas en un incidente.

(q)(6)(i)(B)

Entendimiento de los potenciales resultados asociados con una emergencia suscitada ante la presencia de

sustancias peligrosas.

(q)(6)(i)(C)

Capacidad de reconocer la presencia de sustancias peligrosas en una emergencia.

(q)(6)(i)(D)

Capacidad de identificar sustancias peligrosas, si fuera posible.

(q)(6)(i)(E)

Entendimiento del papel que desempeña el primer respondedor a nivel de notificación conforme a la descripción

del plan de respuesta a emergencias del empleador (incluidos la seguridad y el control del lugar) y de la guía de

respuesta a emergencias publicada por el Departmento de Transporte.

(q)(6)(i)(F)

La capacidad de darse cuenta de la necesidad de contar con recursos adicionales y de dar parte al centro de

comunicación según convenga.

(q)(6)(ii)

Primer respondedor a nivel de operaciones. Los primeros respondedores, a nivel de operaciones, son aquellas

personas que responden a la liberación, o a la potencial liberación, de sustancias peligrosas como parte de la

respuesta inicial con la finalidad de proteger a las personas, la propiedad y el medio ambiente circundantes de

los efectos de la liberación. Estas personas están capacitadas para responder de una forma defensiva sin

realmente tratar de detener la liberación. Su función consiste en contener la fuga desde una distancia prudencial,

impedir que se propague y evitar las exposiciones. Los primeros respondedores a nivel de operación deben

haber recibido por lo menos ocho horas de capacitación o tener la experiencia suficiente para demostrar, con

objetividad, competencia en las siguientes áreas, además de aquellas que figuran en la categoría de notificación,

competencia que el empleador deberá hacer constar:

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 53

(q)(6)(ii)(A)

Conocimiento de las técnicas básicas de evaluación de peligros y riesgos.

(q)(6)(ii)(B)

Saber cómo seleccionar y usar el equipo de protección personal proporcionado a los primeros respondedores a

nivel de operación.

(q)(6)(ii)(C)

Entendimiento de los términos básicos que se refieren a materiales peligrosos

(q)(6)(ii)(D)

Saber cómo realizar un control básico, operaciones de contención y/o aislamiento dados los recursos y el equipo

de protección personal disponibles en su unidad.

(q)(6)(ii)(E)

Saber cómo realizar procedimientos básicos de descontaminación.

(q)(6)(ii)(F)

Entender los procedimientos estandarizados de trabajo aplicables y los procedimientos de terminación.

(q)(6)(iii)

Técnico en materiales peligrosos. Los técnicos en materiales peligrosos son personas que responden a las fugas,

reales o potenciales, con el objeto de detenerlas. Su papel es más enérgico que el papel que juegan los primeros

respondedores a nivel de operación puesto que se acercan al punto de escape con el propósito de tapar, parchar o

detener de alguna otra manera el escape de la sustancia peligrosa. Los técnicos en materiales peligrosos deben

haber recibido al menos 24 horas de capacitación igual que los primeros respondedores a nivel de notificación y,

además, tener competencia en las siguientes áreas, competencia que el empleador deberá hacer constar:

(q)(6)(iii)(A)

Saber cómo ejecutar el plan de respuesta a emergencias del empleador.

(q)(6)(iii)(B)

Conocer la clasificación, identificación y verificación de los materiales conocidos y desconocidos mediante

instrumentos y equipos de inspección para uso en el campo.

(q)(6)(iii)(C)

Poder desempeñar un papel asignado por el Sistema de Control de Contingencias.

(q)(6)(iii)(D)

Saber cómo seleccionar y usar el equipo de protección personal especial para sustancias químicas

proporcionado al técnico en materiales peligrosos.

(q)(6)(iii)(E)

Entender las técnicas de valoración de peligros y riesgos.

(q)(6)(iii)(F)

Saber cómo realizar un control avanzado, operaciones de contención y/o aislamiento dados los recursos y el

equipo de protección personal disponibles en la unidad.

(q)(6)(iii)(G)

Entender y realizar procedimientos de descontaminación.

(q)(6)(iii)(H)

Entender los procedimientos de terminación.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 54

(q)(6)(iii)(I)

Entender la terminología básica química y toxicológica y el comportamiento de esta misma índole.

(q)(6)(iv)

Especialista en materiales peligrosos. Los especialistas en materiales peligrosos son personas que responden

junto con los técnicos en materiales peligrosos y les dan apoyo. Los deberes de los especialistas se asemejan a

los deberes de los técnicos, con la diferencia de que los primeros deben tener un conocimiento más dirigido o

más preciso de las distintas sustancias que sean llamados a contener. El especialista en materiales peligrosos

actúa también como enlace con las autoridades federales, estatales y locales y otras autoridades

gubernamentales en lo que se refiere a las actividades del lugar. Los especialistas en materiales peligrosos deben

haber recibido al menos 24 horas de capacitación igual que el nivel del técnico y, además, tener competencia en

las siguientes áreas, competencia que el empleador deberá hacer constar:

(q)(6)(iv)(A)

Saber cómo ejecutar el plan de respuesta a emergencias local.

(q)(6)(iv)(B)

Entender la clasificación, identificación y verificación de los materiales conocidos y desconocidos mediante

instrumentos y equipos de inspección avanzados.

(q)(6)(iv)(C)

Conocer el plan de respuesta a emergencias del estado.

(q)(6)(iv)(D)

Poder seleccionar y usar el equipo de protección personal especial para sustancias químicas proporcionado al

especialista en materiales peligrosos.

(q)(6)(iv)(E)

Entender a fondo las técnicas frente a peligros y riesgos.

(q)(6)(iv)(F)

Saber cómo realizar un control especializado, operaciones de contención y/o aislamiento dados los recursos y el

equipo de protección personal disponibles.

(q)(6)(iv)(G)

Poder determinar y realizar procedimientos de descontaminación.

(q)(6)(iv)(H)

Tener la capacidad para elaborar un plan de seguridad y control para el lugar.

(q)(6)(iv)(I)

Entender la terminología química, radiológica y toxicológica y el comportamiento de esta misma índole.

(q)(6)(v)

Encargado de contingencias en el lugar de los hechos. Los encargados de contingencias (que asumen control del

lugar del incidente en una capacidad superior al respondedor a nivel de notificación) deben recibir al menos 24

horas de capacitación igual que los primeros respondedores a nivel de operaciones y, además, tener competencia

en las siguientes áreas, competencia que el empleador deberá hacer constar:

(q)(6)(v)(A)

Conocer y ser capaz de llevar a la práctica el sistema de control de contingencias del empleador.

(q)(6)(v)(B)

Saber cómo ejecutar el plan de respuesta a emergencias del empleador.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 55

(q)(6)(v)(C)

Conocer y entender los peligros y riesgos asociados con los empleados que trabajan con ropa de protección

contra riesgos químicos.

(q)(6)(v)(D)

Saber cómo ejecutar el plan de respuesta a emergencias local.

(q)(6)(v)(E)

Conocer el plan de respuesta a emergencias del estado y del equipo de respuesta regional del gobierno federal.

(q)(6)(v)(F)

Conocer y entender la importancia de los procedimientos de descontaminación.

(q)(7)

Capacitadores. Los capacitadores que impartan cualquiera de las materias de capacitación citadas deben haber

completado satisfactoriamente un curso de capacitación para impartir las materias que están supuestos a

impartir, como los cursos que ofrece la National Fire Academy, o deben tener la capacitación y/o las

credenciales académicas y la experiencia docente necesaria para demostrar dominio de las materias de los

cursos que van a enseñar, además de aptitudes competentes para enseñarlos.

(q)(8)

Capacitación de repaso.

(q)(8)(i)

Aquellos empleados que hayan recibido capacitación de conformidad con lo dispuesto en el párrafo (q)(6) de

este artículo deberán recibir una capacitación de repaso anual que tenga suficiente contenido y sea de una

duración suficiente para mantener su competencia, o bien, deberán demostrar su competencia en esas áreas al

menos anualmente.

(q)(8)(ii)

Deberá hacerse una declaración de la capacitación o de la competencia, y si se opta por la declaración de

competencia, el empleador deberá mantener un registro de la metodología utilizada para demostrar tal

competencia.

(q)(9)

Vigilancia y consulta médicas.

(q)(9)(i)

Los miembros de un equipo HAZMAT organizado y designado y los especialistas en materiales peligrosos

deberán someterse a un examen físico de referencia y someterse asimismo a vigilancia médica conforme a lo

dispuesto en el párrafo (f) de este artículo.

(q)(9)(ii)

Todo empleado de respuesta a emergencias que manifieste señales o síntomas que pudieran haber resultado de

la exposición a sustancias peligrosas durante el transcurso de un incidente de emergencia, ya sea en lo inmediato

o posteriormente, deberán tener una consulta médica conforme a lo dispuesto en el párrafo (f)(3)(ii) de este

artículo.

(q)(10)

Ropa de protección contra riesgos químicos. La ropa y el equipo de protección contra riesgos químicos que será

usado por los miembros del equipo HAZMAT organizado y designado, o que será usado por los especialistas en

materiales peligrosos, deberá cumplir con las disposiciones de los párrafos (g)(3) a (5) de este artículo.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 56

(q)(11)

Operaciones de respuesta post emergencia. Una vez completada la respuesta a una emergencia, si se determina

que es necesario eliminar sustancias peligrosas, peligros para la salud y los materiales contaminados con ellos

(como tierra contaminada u otros elementos del medio ambiente) del lugar del incidente, el empleador que

efectúe la limpieza deberá cumplir con una de las siguientes disposiciones:

(q)(11)(i)

Cumplir con todas las disposiciones de los párrafos de la (b) a la (o) de este artículo; o

(q)(11)(ii)

Si la limpieza se realiza dentro de la propiedad de la planta con empleados de la planta o del lugar de trabajo,

estos empleados deberán haber completado las disposiciones de capacitación de las siguientes normas: 29 CFR

1926.35, 1926.59 y 1926.103, así como cualquier otra capacitación en salud y seguridad que corresponda y que

sea necesaria por las tareas que están supuestos a cumplir, tales como el equipo de protección personal y los

procedimientos de descontaminación. Todo el equipo que se vaya a utilizar en la labor de limpieza deberá estar

en condición aceptable y deberá ser inspeccionado antes de su uso.

[58 FR 35129, Junio 30, 1993; 61 FR 5507, Feb. 13, 1996]

Reglamentos de OSHA (Normas 29CFR)

Descripción general y discusión de los niveles de protección y del equipo de protección

1926.65 Apéndice B

Número de norma (standard): 1926.65 Ap. B

Título de la norma: General Description and Discussion of the Levels of Protection

and Protective Gear (Descripción general y discusión de los

niveles de protección y del equipo de protección)

Número de subparte: D

1) Título de subparte: Occupational Health and Environmental Controls

(Salud ocupacional y controles ambientales)

Este apéndice ofrece información sobre los niveles de protección del equipo de protección personal (PPE) que puede

ser usado para ayudar a los empleadores a cumplir con las disposiciones de PPE de este artículo.

Conforme a lo dispuesto en la norma, se deberá seleccionar un PPE que proteja a los empleados contra peligros

específicos a los que puedan enfrentarse durante el cumplimiento de su trabajo en el lugar.

La selección del PPE correcto es un proceso complejo que debe tomar en consideración una serie de factores. Los

factores principales que intervienen en este proceso son la identificación de los peligros existentes o los peligros

sospechados; las vías del peligro potencial para los empleados (inhalación, absorción dérmica, ingestión y contacto

con los ojos o la piel); y la eficacia de los materiales del PPE (y las costuras) para proporcionar una barrera contra

los peligros. La cantidad de protección que brinda el PPE depende específicamente del material frente al peligro. Es

decir que los materiales del equipo de protección brindarán buena protección contra algunas sustancias peligrosas y

mala protección, o ninguna protección, contra otras. En muchos casos, no se podrán encontrar materiales para el

equipo de protección que brinden una protección continua contra una sustancia peligrosa en particular. En estos

casos el tiempo de permeación del material protector deberá exceder la duración del trabajo.

Otros factores que permiten que el PPE sea apto para los requisitos y condiciones específicas del trabajo que el

empleado vaya a realizar. La durabilidad de los materiales del PPE, como la resistencia a las roturas y la resistencia

de las costuras, debe considerarse en función de las tareas del empleado. Los efectos del PPE en relación al

acaloramiento y la duración de la labor son factores que deben tomarse en cuenta en la selección y uso de un PPE.

En algunos casos se podrían necesitar varias capas de PPE para lograr protección suficiente, o para proteger la ropa

interior, los trajes o los equipos caros del PPE.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 57

Entre más se sepa sobre los peligros en el lugar, más fácil será el trabajo de seleccionar el PPE. A medida que se

disponga de más información sobre los peligros y condiciones del lugar, el supervisor in situ puede tomar decisiones

para aumentar o disminuir el nivel de protección del PPE para que concuerde con las labores realizadas.

Las siguientes son pautas que el empleador puede seguir para comenzar la selección del PPE correcto. Como se

explica anteriormente, la información del lugar podría sugerir que lo más adecuado sería una combinación de

distintos PPE con distintos niveles de protección (por ej., A, B, C o D). Es necesario advertir que la lista que sigue

no aborda exhaustivamente la eficacia del material específico del PPE —en función de los peligros específicos de un

lugar de trabajo— y que la selección, evaluación y la reselección del PPE es un proceso que continúa hasta obtener

suficiente información sobre los peligros y la eficacia del PPE.

Parte A. El equipo de protección personal está dividido en cuatro categorías basadas en el grado de

protección que brindan. (Véase la parte B de este apéndice que ofrece más explicaciones sobre los peligros

para los niveles A, B, C y D.)

I. Nivel A - Deberá seleccionarse cuando se necesite el nivel más alto de protección cutánea, respiratoria y

ocular.

El que sigue constituye equipo de nivel A; se puede usar según convenga.

1. Presión positiva, aparato autónomo de respiración de máscara completa (SCBA) o respirador con aire

suministrado de presión positiva con SCBA para escape, aprobados por el Instituto Nacional para la Salud y

Seguridad Ocupacionales (NIOSH).

2. Trajes totalmente envolventes de protección contra riesgos químicos.

3. Trajes completos de una sola pieza (mono). (1)

4. Ropa interior de pantalón largo. (1)

5. Guantes, exteriores, quimiorresistentes.

6. Guantes, interiores, quimiorresistentes.

7. Botas, quimiorresistentes, puntera de acero y espinillera.

8. Casco (debajo del traje). (1)

9. Traje de protección desechable, guantes y botas (dependiendo de la construcción del traje, se puede poner encima

del traje totalmente envolvente).

II. Nivel B - Se necesita el nivel más alto de protección respiratoria pero el nivel de protección para la piel

puede ser menor.

El que sigue constituye equipo de nivel B; se puede usar según convenga.

1. Presión positiva, aparato autónomo de respiración de máscara completa (SCBA) o respirador con aire

suministrado de presión positiva con SCBA para escape, aprobados por NIOSH.

2. Ropa quimiorresistente con capucha (overol y chaqueta de mangas largas; traje de una sola pieza; traje de una o

dos piezas con protección para salpicaduras químicas; overol desechable quimiorresistente).

3. Trajes completos de una sola pieza (mono). (1)

4. Guantes, exteriores, quimiorresistentes.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 58

5. Guantes, interiores, quimiorresistentes.

6. Botas, exteriores, quimiorresistentes, puntera de acero y espinillera.

7. Cubrebotas, exteriores, quimiorresistentes (desechables). (1)

8. Casco. (1)

9. [Reservado]

10. Escudo para la cara. (1)

III. Nivel C - Se conocen los niveles de concentración y los tipos de sustancias en el aire y se cumplen los

criterios para utilizar respiradores-purificadores de aire.

El que sigue constituye equipo de nivel C; se puede usar según convenga.

1. Máscara completa o mascarilla, respiradores-purificadores de aire (aprobados por NIOSH).

2. Ropa quimiorresistente con capucha (overol; traje de dos piezas con protección para salpicaduras químicas; overol

desechable quimiorresistente).

3. Trajes completos de una sola pieza (mono). (1)

4. Guantes, exteriores, quimiorresistentes.

5. Guantes, interiores, quimiorresistentes.

6. Botas, (exteriores), quimiorresistentes, puntera de acero y espinillera (1)

7. Cubrebotas, exteriores, quimiorresistentes (desechables). (1)

8. Casco. (1)

9. Máscara para escape. (1)

10. Escudo para la cara. (1)

IV. Nivel D - Un uniforme de trabajo que brinda protección mínima, utilizado para casos de contaminación

molesta solamente.

El que sigue constituye equipo de nivel D; se puede usar según convenga;

1. Trajes completos de una sola pieza (mono).

2. Guantes. (1)

3. Botas/zapatos, quimiorresistentes, puntera de acero y espinillera.

4. Botas, exteriores, quimiorresistentes (desechables). (1)

5. Gafas de protección o gafas contra salpicaduras químicas*.

6. Casco. (1)

7. Máscara para escape. (1)

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 59

8. Escudo para la cara. (1)

*opcional, según convenga

Parte B. Los tipos de peligros para los cuales son idóneos los niveles de protección A, B, C y D se describen a

continuación:

I. El nivel A. El nivel A de protección debe usarse cuando:

1. Se ha identificado la sustancia peligrosa y se necesita el nivel más alto de protección cutánea, ocular y respiratoria

a juzgar ya sea por haber medido y encontrado una alta concentración (o existe el potencial de encontrarse con una

alta concentración) de vapores, gases o partículas infinitesimales en la atmósfera; o bien, por los trabajos a realizarse

y las funciones laborales que implican un alto potencial de salpicaduras, inmersión o exposición imprevista a

partículas de materiales perjudiciales para la piel o susceptibles de ser absorbidos por la piel;

2. Se sabe que hay o se sospecha que hay sustancias con un alto grado de peligro para la piel, y el contacto con la

piel se considera posible; o

3. Las operaciones se están realizando en áreas encerradas, con mala ventilación y todavía no se ha determinado la

ausencia de una condición que requiera el nivel A.

II. El nivel B. El nivel B de protección debe usarse cuando:

1. Se han identificado el tipo y la concentración atmosférica de sustancias y se requiere un alto nivel de protección

respiratoria, pero menos protección cutánea;

2. La atmósfera contiene menos de un 19.5 por ciento de oxígeno; o

3. La presencia de vapores o gases identificados parcialmente es indicada por un instrumento de detección de

vapores orgánicos de lectura directa, pero no se sospecha que los vapores o los gases contienen altos niveles de

sustancias químicas perjudiciales para la piel ni que sean susceptibles de ser absorbidos por la piel.

Nota: Esto significa atmósferas con concentraciones IDLH de sustancias específicas que presentan peligros graves

de inhalación y que no representan un peligro grave para la piel; o que no cumplen con los criterios para el uso de

respiradores-purificadores de aire.

III. Nivel C. El nivel C de protección debe usarse cuando:

1. Los contaminantes atmosféricos, las salpicaduras líquidas u otro contacto directo, no perjudicará ni será absorbido

por la piel expuesta;

2. Se han identificado los tipos de contaminantes en el aire, se han medido las concentraciones y se puede disponer

de un respirador-purificador de aire que elimine los contaminantes; y

3. Se cumplen todos los criterios para el uso de respiradores-purificadores de aire.

IV. Nivel D. El nivel D de protección debe usarse cuando:

1. La atmósfera no contenga ningún peligro conocido; y

2. Las funciones del trabajo descartan toda salpicadura, inmersión o la posibilidad imprevista de inhalación o el

contacto imprevisto con niveles peligrosos de cualquier sustancia química.

HAZWOPER

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 60

Nota: Tal como se precisó anteriormente, habrá casos en que sea más adecuado emplear una combinación de equipo

de protección personal, aparte del descrito para los niveles de protección A, B, C y D para proporcionar el debido

nivel de protección.

Cabe señalar, como ayuda para seleccionar la ropa de protección idónea, que la National Fire Protection Association

(NFPA, Asociación Nacional de Protección contra Incendios) ha establecido normas para la ropa de protección

contra riesgos químicos. Entre las normas adoptadas se pueden citar las siguientes:

NFPA 1991- Norma que regula los trajes de protección contra vapores para casos de emergencia química peligrosa

(ropa de protección nivel A, EPA ) NFPA 1992 - Norma que regula los trajes de protección contra salpicaduras para

casos de emergencia química peligrosa (ropa de protección nivel B, EPA) NFPA 1993 - Norma que regula los trajes

de protección contra salpicaduras para casos que no son de emergencia química peligrosa, y Situaciones de peligro

químico peligroso pero no inflamable (ropa de protección nivel B, EPA).

Estas normas aplican requisitos de documentación y eficacia a la fabricación de trajes de protección química. Los

trajes de protección química que cumplen con los requisitos aludidos llevan una etiqueta como constancia de su

cumplimiento con la norma que les corresponde. Se recomienda utilizar los trajes de protección química que

cumplan con las normas arriba señaladas. [58 FR 35144, Junio 30, 1993; 59 FR 43268, Ago. 22, 1994]

HAZCOM

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 61

OSHA Hazard Communication Standard (HazCom, Norma de OSHA para laComunicación de Riesgos) 29CFR1910.1200 (extractos)

Nota: Esta norma está incluida como referencia en las normas para la construcción que figuran en

29CFR 1926.59 y por consiguiente se aplica íntegramente a lugares de trabajo relacionados con

obras de construcción. Los artículos de esta norma que no se aplican directamente a lugares de

trabajo han sido omitidos de este apéndice.

ÍNDICE

Página

62 (a) Propósito

62 (b) Ámbito de aplicación y aplicación

65 (c-d) Omitido

66 (e) Programa escrito de comunicación de riesgos

67 (f) Etiquetas y otras formas de advertencia

69 (g) Hojas de Datos de Seguridad del Material

72 (h) Información y capacitación de los empleados

73 (i-j) Omitido

HAZCOM

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 62

(a)

Propósito

El propósito de este artículo es asegurarse de que los peligros de todas las sustancias químicas producidas o

importadas sean evaluados y de que la información que concierna a dichos peligros sea comunicada a los

empleadores y empleados. La comunicación de la información debe realizarse a través de programas completos

de comunicación de riesgos que deberán abarcar el etiquetado de los recipientes, así como otras formas de

advertencia, hojas de datos de seguridad del material y capacitación del empleado.

(a)(2)

Esta norma de salud y seguridad ocupacionales tiene como objeto abordar a fondo el tema de evaluar los

peligros potenciales de las sustancias químicas, y de comunicar información concerniente a los peligros y las

debidas medidas de protección a los empleados, y adelantarse a cualquier requisito establecido por el estado o

una subdivisión política del estado, en relación a este tema. La evaluación de los peligros potenciales de las

sustancias químicas y la comunicación de la información sobre peligros y las debidas medidas de protección

para los empleados, podrían abarcar, entre otros, disposiciones para formular y mantener un programa escrito de

comunicación de riesgos para el lugar de trabajo que incluya listas de las sustancias peligrosas presentes; el

etiquetado de los recipientes de sustancias químicas en el lugar de trabajo, así como recipientes de sustancias

químicas que han de ser enviadas a otros lugares de trabajo; la preparación y la distribución de hojas de datos de

seguridad del material entre los empleados y los empleadores secundarios; y la elaboración y ejecución de

programas de capacitación de los empleados en lo que se refiere a los peligros que conllevan las sustancias

químicas y las medidas de protección correspondientes. Conforme al artículo 18 de la Ley, ningún estado ni

subdivisión política de un estado puede adoptar ni imponer, a través de ningún tribunal ni agencia, ningún

requisito relacionado al tema abordado por esta norma federal, salvo que sea de conformidad con un plan estatal

que goce del beneplácito del gobierno federal.

(b)

Ámbito de aplicación y aplicación

(b)(1)

Este artículo exige a los fabricantes o a los importadores de sustancias químicas que evalúen los peligros de las

sustancias que producen o importan, y a todos los empleadores que proporcionen información a sus empleados

sobre las sustancias químicas peligrosas a las que están expuestos, por medio de un programa de comunicación

de riesgos, etiquetas y otras formas de advertencia, hojas de datos de seguridad del material e información y

capacitación. Asimismo, este artículo exige a los distribuidores que comuniquen la información exigida a los

empleadores. (Los empleadores que no produzcan ni importen sustancias químicas se pueden enfocar

exclusivamente en aquellas partes de esta normativa que tengan que ver con el establecimiento de un programa

en el lugar de trabajo y de comunicar la información a sus trabajadores. El apéndice E de este artículo es una

guía general dirigida a tales empleadores para ayudarles a determinar sus obligaciones de cumplimiento bajo

esta normativa.)

(b)(2)

Este artículo se aplica a toda sustancia química cuya presencia sea conocida en el lugar de trabajo y a la cual

podría exponerse el empleado bajo condiciones normales de uso o en caso de emergencia previsible.

(b)(3)

Este artículo se aplica a los laboratorios únicamente de la siguiente manera:

(b)(3)(i)

Los empleadores deberán asegurarse de que las etiquetas de los recipientes que contienen sustancias químicas

peligrosas y que se introducen al lugar de trabajo no sean despegadas ni borradas;

HAZCOM

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 63

(b)(3)(ii)

Los empleadores deberán conservar toda hoja de datos de seguridad del material que se reciba con la carga de

sustancias químicas que llegue y asegurarse de que los empleados del laboratorio puedan tener acceso a ellas en

cada turno y cuando se encuentren en sus áreas de trabajo;

(b)(3)(iii)

Los empleadores deberán asegurarse de que los empleados del laboratorio reciban la información y la

capacitación necesarias conforme al párrafo (h) de este artículo, salvo en lo que se refiere a la ubicación y la

disponibilidad del programa escrito de comunicación de riesgos dispuestas en el párrafo (h)(2)(iii) de este

artículo; y

(b)(3)(iv)

Los empleadores de un laboratorio que envíe sustancias químicas peligrosas se consideran fabricantes o bien

distribuidores de sustancias químicas según lo dispuesto por esta regla, y para estos efectos, deberá asegurarse

de que todos los recipientes de sustancias químicas que salgan del laboratorio estén etiquetados de conformidad

con el párrafo (f)(1) de este artículo, y que se proporcionen hojas de datos de seguridad del material a los

distribuidores y otros empleadores de conformidad con los párrafos (g)(6) y (g)(7) de este artículo.

(b)(4)

En aquellas operaciones de trabajo donde los empleados sólo manejan sustancias químicas en recipientes

sellados que no serán abiertos en condiciones normales de uso (como en el manejo de carga marina, manejo en

almacenamiento o tiendas), este artículo se aplica a las citadas operaciones únicamente de la siguiente manera:

(b)(4)(i)

Los empleadores deberán asegurarse de que las etiquetas de los recipientes que contienen sustancias químicas

peligrosas que lleguen al lugar no sean despegadas ni borradas;

(b)(4)(ii)

Los empleadores deberán conservar una copia de toda hoja de datos de seguridad del material que se reciba con

la carga que llegue de recipientes sellados que contienen sustancias químicas; deberán obtener la hoja de

seguridad del material tan pronto como reciban los recipientes sellados que contienen sustancias de esta

naturaleza y que lleguen sin su hoja, si el empleado la solicita; y deberán asegurarse de que los empleados del

laboratorio puedan tener acceso a las hojas de datos de seguridad del material en cada turno y cuando se

encuentren en sus áreas de trabajo;

(b)(4)(iii)

Los empleadores deberán asegurarse de que los empleados del laboratorio reciban la información y la

capacitación necesarias conforme al párrafo (h) de este artículo (salvo en lo que se refiere a la ubicación y la

disponibilidad del programa escrito de comunicación de riesgos dispuestas en el párrafo (h)(2)(iii) de este

artículo); al grado que sea necesario para protegerlos en caso de que suceda un derrame o escape de una

sustancia química peligrosa de un recipiente sellado.

(b)(5)

Este artículo no exige el etiquetado de las siguientes sustancias químicas:

(b)(5)(i)

Todo pesticida que cumpla con la definición de la Ley Federal Insecticide, Fungicide, and Rodenticide Act (7

U.S.C. 136 et seq., Ley Federal sobre Insecticidas, Fungicidas y Rodenticidas), cuando esté sujeto a las

disposiciones de etiquetado de la citada ley y a los reglamentos de etiquetado dictados conforme a tal ley por la

Agencia de Protección Ambiental (EPA);

(b)(5)(ii)

Toda sustancia o mezcla química que cumpla con la definición de la Ley Toxic Substances Control Act (15

U.S.C. 2601 et seq., Ley de Control de Sustancias Tóxicas), cuando esté sujeta a las disposiciones de etiquetado

de la citada ley y las disposiciones de etiquetado establecidas conforme a tal ley por la Agencia de Protección

Ambiental (EPA);

HAZCOM

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 64

(b)(5)(iii)

Todo alimento, aditivo alimentario, aditivo de color, fármaco, cosmético o dispositivo o producto médico o

veterinario, incluidos los materiales destinados para usarse como ingredientes en tales productos (por ej.,

sabores y fragrancias), conforme están definidos en la Ley Federal Food, Drug, and Cosmetic Act (21 U.S.C.

301 et seq., Ley Federal de Alimentos, Fármacos y Cosméticos ) o la Ley Virus-Serum-Toxin Act de 1913 (21

U.S.C. 151 et seq., Ley de Virus-Sueros-Toxinas), y los reglamentos emanados de tales leyes, cuando estén

sujetos a las disposiciones de etiquetado reguladas en tales leyes ya sea por la Food and Drug Administration (la

Administración de Alimentos y Fármacos) o el Departmento de Agricultura;

(b)(5)(iv)

Toda bebida destilada (alcoholes), vino o malta destinado para uso no industrial que cumpla con la definición de

la Ley Federal Alcohol Administration Act (27 U.S.C. 201 et seq., Ley Federal de la Administración de

Alcohol) y los reglamentos dictados conforme a esa Ley, cuando estén sujetos a las disposiciones de etiquetado

de esa ley y las disposiciones de etiquetado emanadas de la Ley del Bureau of Alcohol, Tobacco, and Firearms

(Buró de Alcohol, Tabaco y Armas de Fuego);

(b)(5)(v)

Todo producto de consumo o sustancia peligrosa que cumpla con la definición de la Ley Consumer Product

Safety Act (Ley de Seguridad para Productos de Consumo; 15 U.S.C. 2051 et seq.) y la Federal Hazardous

Substances Act (Ley Federal para Sustancias Peligrosas; 15 U.S.C. 1261 et seq.) respectivamente, cuando estén

sujetos a una norma de seguridad del producto de consumo o a una disposición de etiquetado de esas leyes, o

reglamentos de etiquetado emitidos conforme a esas leyes por parte de la Consumer Product Safety Commission

(Comisión para la Seguridad de Productos de Consumo); y,

(b)(5)(vi)

Semillas vegetales o de uso agrícola tratadas con pesticidas y etiquetadas de conformidad con la Ley Federal

Seed (7 U.S.C. 1551 et seq., Ley Federal de Semillas) y las disposiciones de etiquetado emanadas de tal ley de

conformidad con el Departmento de Agricultura.

(b)(6)

Este artículo no se aplica a:

(b)(6)(i)

Ningún residuo peligroso, según la definición que de este término figura en la Ley Solid Waste Disposal Act

(Ley de Eliminación de Residuos Sólidos) y según la enmienda hecha por la Ley Resource Conservation and

Recovery Act (Ley de Conservación y Recuperación de Recursos) de 1976, y según lo enmendado al respecto

(42 U.S.C. 6901 et seq.), cuando esté sujeto a reglamentos emanados conforme a tal ley por la Agencia de

Protección Ambiental (EPA);

(b)(6)(ii)

Ninguna sustancia peligrosa, según la definición que de este término figura en la Ley Comprehensive

Environmental Response, Compensation and Liability Act (CERCLA , Ley de Responsabilidad, Compensación

y Recuperación Ambiental) (42 U.S.C. 9601 et seq.) cuando la sustancia peligrosa sea el foco de una acción

correctiva o de eliminación que esté siendo realizada bajo el amparo de CERCLA de conformidad con los

reglamentos de la Agencia de Protección Ambiental (EPA).

(b)(6)(iii)

Tabaco o productos de tabaco;

(b)(6)(iv)

Madera ni productos de madera, incluidos los troncos de madera que no serán procesados, donde

el fabricante o el importador pueda establecer que el único peligro que presentan a los empleados es el potencial

de inflamación o combustión (la madera o los productos de madera que han sido tratados con una sustancia

química cubierta por esta norma, y la madera que pudiera en un futuro ser aserrada o cortada, generando polvo,

no están exentos);

HAZCOM

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 65

(b)(6)(v)

Los artículos (conforme a la definición de este término en el párrafo (c) del presente artículo);

(b)(6)(vi)

Los alimentos o bebidas alcohólicas que se venden, utilizan o preparan en un establecimiento comercial

minorista (como una tienda de abarrotes, un restaurante o un bar) y los alimentos que están destinados para el

consumo personal de los empleados mientras se encuentren en el lugar de trabajo;

(b)(6)(vii)

Ningún fármaco, según la definición que de este término figura en la Ley Federal Food, Drug, and Cosmetic Act

(21 U.S.C. 301 et seq.m, Ley Federal de Alimentos, Fármacos y Cosméticos), cuando esté en forma sólida y

definitiva para la administración directa al paciente (por ej., tabletas o pastillas); fármacos que estén empacados

por el fabricante de la sustancia química para su venta al consumidor en tiendas (por ej., fármacos que se

compran sin receta médica); y fármacos que están destinados para el consumo personal por parte de empleados

mientras están en el lugar de trabajo (por ej., suministros de primeros auxilios);

(b)(6)(viii)

Los productos cosméticos que están empacados para venderse al consumidor en una tienda y los productos

cosméticos que están destinados para el consumo personal de empleados mientras están en el lugar de trabajo;

(b)(6)(ix)

Ningún producto de consumo ni sustancia peligrosa, según la definición que de estos términos figura en la Ley

Consumer Product Safety Act (Ley de Seguridad para Productos de Consumo; 15 U.S.C. 2051 et seq.) y la

Federal Hazardous Substances Act (Ley Federal para Sustancias Peligrosas; 15 U.S.C. 1261 et seq.)

respectivamente, donde el empleador pueda demostrar que el producto o la sustancia es utilizado en el lugar de

trabajo con el propósito para el que fue destinado por su fabricante o importador, y el uso resulta en una

duración y frecuencia de exposición que no sea mayor que el campo de exposición que pudiera ser

experimentado por los consumidores al ser utilizado para el propósito destinado;

(b)(6)(x)

Partículas molestas donde el fabricante o importador químico pueda establecer que no presentan un peligro

físico ni de salubridad comprendido en este artículo;

(b)(6)(xi)

Radiación ionizante o no ionizante; y,

(b)(6)(xii)

Peligros biológicos.

(c)

omitido

(d)

omitido

HAZCOM

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 66

(e)

Programa escrito de comunicación de riesgos

(e)(1)

Los empleadores deberán elaborar, ejecutar y mantener en cada lugar de trabajo un programa escrito de

comunicación de riesgos que por lo menos describa cómo se cumplirá con los criterios precisados en los

párrafos (f), (g) y (h) de este artículo en lo que respecta a etiquetas y otras formas de advertencia, hojas de datos

de seguridad del material e información y capacitación para los empleados y que también abarque lo siguiente:

(e)(1)(i)

Una lista de las sustancias químicas peligrosas cuya presencia sea conocida usando una identidad a la que se

haga referencia en la hoja de datos de seguridad del material correspondiente (la lista podría ser compilada de

manera que abarque todo el lugar de trabajo o sólo áreas particulares); y,

(e)(1)(ii)

Los métodos que utilizará el empleador para informar a los empleados sobre los peligros de las tareas que no

son de rutina (por ejemplo, la limpieza de recipientes de reacción) y los peligros asociados con sustancias

químicas contenidas en tuberías no etiquetadas en sus áreas de trabajo.

(e)(2)

"Lugares de trabajo con varios empleadores". Aquellos empleadores que produzcan, utilicen o almacenen

sustancias químicas peligrosas en un lugar de trabajo de tal manera que los empleados de otros empleadores

puedan verse expuestos a ellas (por ejemplo, lo empleados de un contratista de construcción que trabaje in situ)

deberán asegurarse, además, de que los programas de comunicación de riesgos elaborados y ejecutados de

conformidad con este párrafo (e) incluyan lo siguiente:

(e)(2)(i)

Los métodos que el empleador utilizará para proporcionar a otro(s) empleador(es) acceso in situ a las hojas de

datos de seguridad del material para cada sustancia química peligrosa a la que los empleados de otro(s)

empleador(es) puedan verse expuesto en el curso de su trabajo;

(e)(2)(ii)

Los métodos que el empleador utilizará para informar a otro(s) empleador(es) sobre cualquier medida de

precaución que deba tomarse para proteger a los empleados durante las condiciones de operación normales del

lugar de trabajo y en situaciones de emergencia previsibles; y,

(e)(2)(iii)

Los métodos que el empleador utilizará para informar a otro(s) empleador(es) sobre el sistema de etiquetado en

el lugar de trabajo.

(e)(3)

El empleador puede hacer uso del programa de comunicación de riesgos ya existente para cumplir con estas

disposiciones siempre que cumpla con los criterios establecidos en este párrafo (e).

(e)(4)

El empleador deberá poner el programa escrito de comunicación de riesgos a disposición de los empleados, sus

representados designados, el vicesecretario y el director, siempre que estos lo soliciten, de conformidad con lo

dispuesto por la norma 29 CFR 1910.1020 (e).

(e)(5)

En caso de que los empleados deban movilizarse entre dos o más lugares de trabajo dentro de un turno dado, por

ej., si su trabajo debe realizarse en más de un punto geográfico, el programa de comunicación de riesgos puede

mantenerse en la instalación del lugar de trabajo principal.

HAZCOM

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 67

(f)

Etiquetas y otras formas de advertencia

(f)(1)

El fabricante, importador o distribuidor de sustancias químicas deberá asegurarse de que cada recipiente con

esas sustancias que salga del lugar de trabajo lleve una etiqueta, placa o marca donde se describa la siguiente

información:

(f)(1)(i)

La identidad de las sustancias químicas;

(f)(1)(ii)

Las advertencias de peligro apropiadas; y

(f)(1)(iii)

El nombre y la dirección del fabricante, importador o responsable de la sustancia química.

(f)(2)(i)

Cuando se trate de metales sólidos (como una viga de acero o una pieza de metal fundida); madera sólida o

artículos de plástico que no estén exentos como artículos debido a que su uso es secundario; o cargas de grano

entero; la etiqueta exigida puede ser transmitida al cliente en el momento de despachar la carga por primera vez,

y no es necesario que esté incluida con las cargas subsiguientes destinadas al mismo empleador a menos que la

información de la etiqueta cambie;

(f)(2)(ii)

La etiqueta puede ser transmitida junto con el despacho de la primera carga, o con la hoja de datos de seguridad

del material que deberá proporcionarse antes o en el momento de despachar la primera carga; y,

(f)(2)(iii)

Esta excepción a la exigencia de etiquetas en cada recipiente de sustancias químicas peligrosas es sólo para el

material sólido propiamente dicho, y no se aplica a ninguna sustancia química peligrosa que sea utilizada en

conjunto con el material o que se sepa que está presente en el material y a la cual puedan estar expuestos los

empleados que estén manipulando los artículos en tránsito (por ej., fluidos de corte o pesticidas en los granos).

(f)(3)

El fabricante, importador o distribuidor de sustancias químicas deberá asegurarse de que cada recipiente con

sustancias químicas que salga del lugar de trabajo lleve una etiqueta, placa o marca de conformidad con este

artículo y de una manera que no contravenga las disposiciones de la Ley Hazardous Materials Transportation

Act (49 U.S.C. 1801 et seq., Ley de Transporte de Materiales Peligrosos) y los reglamentos que conforme a esa

ley ha dispuesto el Departmento de Transporte.

(f)(4)

Si la sustancia peligrosa está regulada por OSHA en una norma de salud para la sustancia específica, el

fabricante, importador, distribuidor o empleador deberá asegurarse de que las etiquetas u otras formas de

advertencia utilizadas cumplan con las disposiciones de esa norma.

(f)(5)

Salvo lo dispuesto en los párrafos (f)(6) y (f)(7) del presente artículo, el empleador deberá asegurarse de que

cada recipiente que contenga sustancias peligrosas en el lugar de trabajo tenga una etiqueta, una placa o una

marca que describa la siguiente información:

(f)(5)(i)

La identidad de la(s) sustancia(s) peligrosa(s) que contiene; y

HAZCOM

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 68

(f)(5)(ii)

Las debidas advertencias de peligro, o si no, palabras, imágenes, símbolos o una combinación de todo esto que

ofrezca por lo menos información general sobre los peligros que conllevan las sustancias químicas y que en

conjunto con la demás información a disposición inmediata de los empleados, según las disposiciones del

programa de comunicación de riesgos, les proporcione la información específica sobre los peligros físicos y para

la salud asociados con la sustancia química peligrosa en cuestión.

(f)(6)

El empleador puede usar señales, placas, hojas de proceso, batch tickets, procedimientos operativos u otro

material escrito de esa naturaleza en vez de adherir etiquetas a cada uno de los recipientes para proceso fijos,

siempre que el método alterno identifique los recipientes para los cuales es aplicable y comunique la

información que de conformidad con el párrafo (f)(5) de este artículo debe estar consignada en la etiqueta. Los

materiales escritos deberán ser fácilmente accesibles a los empleados en su área de trabajo y en cada turno

laboral.

(f)(7)

El empleador no está obligado a etiquetar recipientes portátiles a los cuales se trasfieren sustancias químicas

peligrosas desde recipientes etiquetados, y que están destinadas sólo para el uso inmediato del empleado que

realiza la transferencia. Para efectos de este artículo, aquellos fármacos que sean proporcionados por una

farmacia a un proveedor de salud para la administración directa a un paciente están exentos del etiquetado.

(f)(8)

El empleador no deberá despegar ni borrar las etiquetas existentes que vengan con los recipientes de sustancias

químicas peligrosas que lleguen, a menos que el recipiente sea marcado de inmediato con la información

reglamentaria.

(f)(9)

El empleador deberá asegurarse de que las etiquetas o cualquier otra forma de advertencia sea legible, esté en

inglés, y esté colocada visiblemente en el recipiente, o esté fácilmente disponible en el área de trabajo y en todos

y cada uno de los turnos laborales. Los empleadores que tengan empleados que hablen otros idiomas pueden

añadir la información en su idioma al material presentado, siempre que la información sea presentada en inglés

también.

(f)(10)

El fabricante, importador, distribuidor o empleador de la sustancia química no necesita adherir nuevas etiquetas

para cumplir con este artículo si las etiquetas existentes ya comunican la información exigida.

(f)(11)

El fabricante, importador, distribuidor o empleador de sustancias químicas que recién se entere de alguna

información importante relacionada a los peligros de una sustancia química deberá modificar las etiquetas para

la sustancia química aludida en un plazo no mayor de tres meses tras haberse enterado de la nueva información.

Las etiquetas adheridas a los recipientes de las sustancias químicas peligrosas enviados después de ese plazo

deberán contener la nueva información. Si la sustancia química no está siendo producida o importada en la

actualidad, el fabricante, importador, distribuidor o empleador deberá añadir la información a la etiqueta antes

de que la sustancia química sea enviada o introducida nuevamente al lugar de trabajo.

HAZCOM

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 69

(g)

Hojas de Datos de Seguridad del Material

(g)(1)

Los fabricantes e importadores de sustancias químicas deberán obtener o elaborar una hoja de datos de

seguridad del material para cada sustancia química que produzcan o importen. Los empleadores deberán tener

en el lugar de trabajo una hoja de datos de seguridad del material para cada sustancia química peligrosa que

utilicen.

(g)(2)

Cada hoja de datos de seguridad del material deberá estar en inglés (aunque el empleador puede obtener copias

en otros idiomas también) y deberá consignarse la información que sigue:

(g)(2)(i)

La identidad utilizada en la etiqueta, y, salvo lo dispuesto en el párrafo (i) de este artículo respecto al sigilo

profesional:

(g)(2)(i)(A)

Si la sustancia química es una sola sustancia, su nombre químico y su nombre común;

(g)(2)(i)(B)

Si la sustancia química peligrosa es una mezcla que ha sido probada en su totalidad para determinar sus

peligros, el nombre químico y el nombre común, o nombres comunes, de los ingredientes que contribuyen a

ocasionar los peligros conocidos y el nombre común, o nombres comunes, de la propia mezcla; o

(g)(2)(i)(C)

Si la sustancia química peligrosa es una mezcla que no ha sido probada en su totalidad:

(g)(2)(i)(C)(1)

El nombre químico y el nombre común, o nombres comunes, de todos los ingredientes que han sido catalogados

como peligros para la salud, y que están presentes en un 1% o más de la composición, con la única excepción de

aquellas sustancias químicas que estén identificadas como cancerígenas de conformidad con el párrafo (d) de

este artículo que deberán consignarse si las concentraciones son de un 0.1% o más; y

(g)(2)(i)(C)(2)

El nombre químico y el nombre común, o nombres comunes, de todos los ingredientes que estén catalogados

como peligros para la salud, y que están presentes en menos de un 1% (0.1% si son cancerígenos) de la mezcla,

si existe evidencia de que el, o los, ingrediente(s) podrían liberarse de la mezcla en concentraciones que

excederían el límite de exposición permisible establecido por OSHA o el Valor umbral límite de la ACGIH, o

bien, que pudieran presentar un riesgo para la salud de los empleados; y

(g)(2)(i)(C)(3)

El nombre químico y el nombre común, o nombres comunes, de todos los ingredientes que se sabe que

presentan un peligro físico al estar presentes en la mezcla;

(g)(2)(ii)

Las características físicas y químicas de la sustancia química peligrosa (como presión de vapor, temperatura de

inflamación);

(g)(2)(iii)

Los peligros físicos de la sustancia química peligrosa, incluidos el potencial para ocasionar incendio, explosión

y reactividad;

(g)(2)(iv)

Los peligros que la sustancia química representa para la salud, incluidos las señales y los síntomas de

exposición y toda afección de la salud que, en general, se vea agravada por la exposición a la sustancia química;

HAZCOM

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 70

(g)(2)(v)

La vía de entrada principal;

(g)(2)(vi)

El límite de exposición permisible de OSHA, el Valor umbral límite de la ACGIH y cualquier otro límite de

exposición utilizado o recomendado por el fabricante, el importador o el empleador que prepare la hoja de datos

de seguridad del material, cuando esté disponible;

(g)(2)(vii)

Si la sustancia química peligrosa figura en la última edición de la lista del Informe Anual sobre Cancerígenos

del National Toxicology Program (NTP, Programa de Toxicología Nacional) o si las últimas ediciones de las

Monografías de la International Agency for Research on Cancer (IARC, Centro Internacional de Investigaciones

sobre el Cáncer) la han considerado como un cancerígeno potencial, o si ha sido considerada así también por

OSHA;

(g)(2)(viii)

Toda precaución que en términos generales sea aplicable a la manipulación y el uso precavidos y que sea

conocida por el fabricante, el importador o el empleador que prepare la hoja de datos de seguridad del material:

aquí se incluyen prácticas de higiene adecuadas, medidas protectoras durante la reparación y mantenimiento del

equipo contaminado y procedimientos para limpiar derrames y fugas;

(g)(2)(ix)

Toda medida de control que en términos generales sea aplicable, y que sea conocida por el fabricante, el

importador o el empleador que prepare la hoja de datos de seguridad del material, como los controles

mecánicos, las prácticas laborales o el equipo de protección personal;

(g)(2)(x)

Procedimientos de emergencia y de primeros auxilios.

(g)(2)(xi)

La fecha de preparación de la hoja de datos de seguridad del material o el último cambio que se le haya hecho; y

(g)(2)(xii)

El nombre, la dirección y el número de teléfono del fabricante, importador, empleador u otro responsable

encargado de preparar o distribuir la hoja de datos de seguridad del material que pueda proporcionar

información adicional sobre la sustancia química peligrosa y los procedimientos de emergencia adecuados, si

fuera necesario.

(g)(3)

Si no se encuentra ninguna información pertinente para una categoría dada en la hoja de datos de seguridad del

material, el fabricante o el importador de la sustancia química o el empleador que prepare la hoja señalada

deberá marcarla de manera que indique que no se encontró información aplicable.

(g)(4)

Cuando haya mezclas complejas que tengan peligros y contenido similiares (es decir, los ingredientes químicos

son prácticamente los mismos, pero la composición específica varía de mezcla a mezcla), el fabricante,

importador o empleador de la sustancia química puede preparar una sola hoja de datos de seguridad del material

que se aplique a todas las mezclas similiares.

HAZCOM

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 71

(g)(5)

El fabricante, el importador o el empleador que prepare la hoja de datos de seguridad del material deberá

asegurarse de que la información registrada refleje fielmente la evidencia científica utilizada para determinar el

peligro. Si el el fabricante, el importador o el empleador que prepare la hoja de datos de seguridad del material

acaba de enterarse de una información significativa respecto a los peligros de una sustancia química, o de

algunas formas de protegerse contra los peligros, la nueva información deberá ser agregada a la hoja señalada en

un plazo no mayor de tres meses. Si la sustancia química no está siendo producida o importada en la actualidad,

el fabricante, importador, distribuidor o empleador deberá añadir la información a la hoja de datos de seguridad

del material antes de que la sustancia en cuestión sea introducida nuevamente al lugar de trabajo.

(g)(6)

omitido

(g)(6)(i)

Los fabricantes o importadores de sustancias químicas deberán asegurarse de que los distribuidores y los

empleadores reciban la debida hoja de datos de seguridad del material con la primera carga que llegue a sus

manos, y con la primera carga después de que una hoja de datos de seguridad se haya actualizado;

(g)(6)(ii)

El fabricante o importador de sustancias químicas deberá proporcionar las hojas de datos de seguridad del

material con los recipientes enviados o bien, enviarlas al distribuidor o empleador antes, o en el momento, de

realizar el envío;

(g)(6)(iii)

Si la hoja de datos de seguridad del material no acompaña un envío de sustancias peligrosas, el distribuidor o el

empleado deberá obtenerla del fabricante o del importador de sustancias químicas a la mayor brevedad; y

(g)(6)(iv)

El fabricante o el importador de sustancias químicas deberá proporcionar también a los distribuidores o

empleadores la hoja de datos de seguridad del material cuando la soliciten;

(g)(7)(i)

omitido

(g)(8)

El empleador deberá tener copias en el lugar de trabajo de las hojas de datos de seguridad del material para cada

sustancia química peligrosa y deberá asegurarse de que los empleados tengan acceso inmediato a ellas en cada

turno y cuando se encuentren en su(s) área(s) de trabajo. (Se permite el acceso electrónico, las microfichas y

otras alternativas para mantener copias en papel de las hojas de datos de seguridad del material siempre que

tales opciones no signifiquen un obstáculo al acceso inmediato del empleado en cada lugar de trabajo.)

(g)(9)

En los casos en que los empleados deban movilizarse entre dos o más lugares de trabajo dentro de un turno

dado, por ej., si su trabajo debe realizarse en más de un punto geográfico, las hojas de datos de seguridad del

material pueden mantenerse en la instalación del lugar de trabajo principal. En este caso, el empleador deberá

asegurarse de que los empleados puedan obtener la información necesaria de inmediato ante una emergencia.

(g)(10)

Las hojas de datos de seguridad del material pueden mantenerse en cualquier forma, incluidos los

procedimientos de trabajo, y pueden designarse para abarcar grupos de sustancias químicas peligrosas en un

área de trabajo donde podría ser más lógico enfrentar los peligros de un proceso en vez de cada sustancia

peligrosa. Sin embargo, el empleador deberá asegurarse de proporcionar en todos los casos la información

necesaria para cada una de las sustancias químicas peligrosas y, además, deberá asegurarse de que los

empleados tengan acceso inmediato a ella en cada turno y cuando se encuentren en su(s) área(s) de trabajo.

HAZCOM

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 72

(g)(11)

Las hojas de datos de seguridad del material deberán estar a disposición inmediata de representantes designados

y el vicesecretario, siempre que estos lo soliciten, de conformidad con lo dispuesto por la norma 29 CFR

1910.1020(e). El director también deberá tener acceso a las hojas aludidas de la misma manera.

(h)

Información y capacitación de los empleados

(h)(1)

Los empleadores deberán proporcionar a los empleados toda la debida información y capacitación en referencia

a las sustancias químicas peligrosas con las que se encontrarán en sus áreas de trabajo y deberán hacerlo cuando

se les asigne su primer trabajo y siempre que se revele, en su área de trabajo, un nuevo peligro físico o un

peligro para la salud para el que los empleados no hayan sido capacitados. La información y la capacitación

puede prepararse de manera que abarque categorías de peligros (por ej., la inflamabilidad o las propiedades

cancerígenas) o bien, sustancias particulares. La información específica para una sustancia química

determinada, deberá estar siempre disponible mediante etiquetas y hojas de datos de seguridad del material.

(h)(2)

"Información". Los empleados deberán ser informados sobre:

(h)(2)(i)

Las disposiciones de este artículo;

(h)(2)(ii)

Toda operación realizada en su área de trabajo donde existan sustancias químicas peligrosas; y

(h)(2)(iii)

La ubicación y disponibilidad del programa escrito de comunicación de riesgos, incluyendo la(s) lista(s)

obligatoria(s) de sustancias químicas peligrosas y las hojas de datos de seguridad del material que prescribe este

artículo.

(h)(3)

"Capacitación". La capacitación del empleado deberá incluir como mínimo lo siguiente:

(h)(3)(i)

Los métodos y observaciones que pudieran utilizarse para detectar la presencia o el escape de una sustancia

química peligrosa en el área de trabajo (como la vigilancia realizada por el empleador, los dispositivos de

vigilancia continua, el aspecto visual o el olor de las sustancias químicas peligrosas cuando se liberan,

etc.);

(h)(3)(ii)

Los peligros físicos y para la salud de las sustancias químicas en el área de trabajo;

(h)(3)(iii)

Las medidas que los empleados pueden adoptar para protegerse de los peligros encontrados, incluyendo los

procedimientos específicos que el empleador haya implantado para protegerlos de la exposición a las sustancias

químicas peligrosas, como son las prácticas laborales adecuadas, los procedimientos de emergencia y el equipo

de protección personal que deberá utilizarse; y

(h)(3)(iv)

Los detalles del programa de comunicación de riesgos elaborado por el empleador, incluyendo una explicación

del sistema de etiquetado y las hojas de datos de seguridad del material y de cómo los empleados pueden

obtener y utilizar la correspondiente información de peligros.

HAZCOM

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 73

(i)

omitido.

(j)

omitido

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 74

Actividad 1: Derechos otorgados por la ley

Use el capítulo 1 para responder a las preguntas que figuran a continuación. Explique conprecisión dónde encontró la respuesta. Las respuestas a las preguntas 9, 13-14, 17 y 19 seencuentran entre las páginas 2 y 11.

Por ejemplo: El empleador deberá mantener una lista de todas las sustancias químicaspeligrosas que se introduzcan al lugar de trabajo.

G V

G FArtículo citado: «

Al examinar la Hazard Communication Standard, Norma de Comunicación de Riesgos, deOSHA, 29CFR1910.1200 leemos en el artículo (e): "Programa escrito de comunicación deriesgos", párrafo (e)(1)(i), que el programa escrito deberá incluir "una lista de lassustancias químicas peligrosas cuya presencia sea conocida...en el lugar de trabajo..." Sinembargo, en el subpárrafo (b)(6)(i) encontramos que esta norma no se aplica a los residuospeligrosos. Por consiguiente, las únicas sustancias químicas que deberán tener las MSDSson aquellas que sean introducidas al lugar.

Lo antedicho es verdadero y citamos la fuente 29CFR1910.1200(e)(1)(i) y (b)(6)(i)

1. Cuando se trabaje en un lugar donde hay residuos peligrosos, deberá trabajar con un amigo para garantizar ayuda rápida a los empleados en caso de emergencia.

G VG F

Artículo citado: _____________________________«

Derechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 75

2. Conforme a la Norma de Comunicación de Riesgos (Hazcom):

G a) todo lo descrito a continuación es verdaderoG b) los fabricantes e importadores de sustancias químicas deberán proporcionar

etiquetas en los recipientes y Hojas de Datos de Seguridad del Material (MSDS)

Artículo citado: _______________________________«

G c) los empleadores deberán tener las MSDS para cada sustancia química utilizada ensu lugar de trabajo

Artículo citado: _______________________________«

G d) los empleadores deberán ofrecer capacitación a todos sus empleados en materiade los peligros que conllevan las sustancias químicas a las cuales podrían verseexpuestos

Artículo citado: _______________________________«

3. Una "persona cualificada" y un "funcionario de salud y seguridad del lugar" son siempre la misma persona.

G VG FArtículo citado: _______________________________«

4. El artículo (q) de la Norma sobre Residuos Peligrosos trata sobre las calificaciones que deben tenerse para dar respuesta a una emergencia por escape o liberación de sustancias peligrosas.

G VG FArtículo citado: ______________________________«

Derechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 76

5. Durante la respuesta a una emergencia por causa de un escape, o liberación, de sustanciapeligrosa, los trabajadores que respondan de una manera defensiva sin tratar de detener elescape deberán estar capacitados a este nivel.

G a) primer respondedor a nivel de notificaciónG b) primer respondedor a nivel de operacionesG c) técnico en materiales peligrososG d) especialista en materiales peligrososG e) encargado de contingencias en el lugar de los hechos

Artículo citado: ____________________________«

6. La diferencia entre la protección de nivel A y de nivel B es:

G a) la diferencia en protección respiratoriaG b) la diferencia en la ropa de protección contra riesgos químicosG c) la diferencia en el número de capas de guantes que se ponenG d) la diferencia en el tipo de cubrebotas que se ponen

Artículo citado:____________________________«

7. Todos los programas escritos de salud y seguridad deberán abarcar:

G a) todo lo descrito a continuaciónG b) un programa de vigilancia médica

Artículo citado: ____________________________«

G c) un plan de trabajo exhaustivo

Artículo citado: ____________________________«

G d) un plan de capacitación en salud y seguridad

Artículo citado: ____________________________«

Derechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 77

8. En un lugar donde hay residuos peligrosos:

G a) todo lo descrito a continuación es verdaderoG b) la descontaminación deberá realizarse en un área que permita reducir al mínimo

la exposición de empleados y equipo

Artículo citado: _____________________________«

G c) todos los empleados que salgan de áreas contaminadas deberán serdescontaminados

Artículo citado: ____________________________«

G d) todo el equipo y los disolventes utilizados para descontaminar deberándescontaminarse o eliminarse (desecharse) correctamente

Artículo citado: ___________________________«

9. La agencia del gobierno que es responsable de la salud y seguridad de los trabajadores en loslugares donde hay residuos peligrosos es:

G a) OSHA (Occupational Safety and Health Administration, Administración de Saludy Seguridad Ocupacionales)

G b) NIOSH (National Institute of Occupational Safety and Health, Instituto Nacionalpara la Salud y Seguridad Ocupacionales)

G c) EPA (Environmental Protection Agency, Agencia de Protección Ambiental)G d) NIEHS (National Institute of Environmental Health Sciences, Instituto de las

Ciencias de Salud Ambiental)

Fuente citada: __________________________________«

10. La diferencia entre los niveles B, C y D es:

G a) la diferencia en protección respiratoriaG b) la diferencia en la ropa de protección contra riesgos químicosG c) la diferencia en las capas de guantes que se ponenG d) la diferencia en el tipo de cubrebotas que se ponen

Artículo citado: ____________________________«

Derechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 78

11. El plan de salud y seguridad específico para el lugar debe abarcar:

G a) todo lo descrito a continuaciónG b) el proceso de descontaminación

Artículo citado: ________________________«

G c) el tipo de equipo de protección personal utilizado por los empleados en el lugar

Artículo citado: ________________________«

G d) el tipo y la frecuencia de vigilancia del aire

Artículo citado:________________________«

12. Los empleadores deberán facilitar un examen médico a los trabajadores que trabajen con residuos peligrosos:

G a) todo lo descrito a continuación es verdaderoG b) si el trabajador desea tener hijos

Fuente citada: ________________________«

G c) si el trabajador desea casarse

Fuente citada: ________________________«

G d) antes de ser asignado a un lugar donde hay residuos peligrosos

Artículo citado: _______________________«

13. Si un trabajador es sancionado o despedido por presentar una queja ante OSHA, no podrá acogerse a ningún recurso de la ley OSHAct.

G VG FFuente citada:________________________«

Derechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII. Cap. 1 Pág. 79

14. Cuál de los siguientes es un derecho que la ley OSHAct concede a los trabajadores:(Seleccione todos los que se aplican)

G a) presentar una queja de seguridad ante OSHA

Fuente citada: ____________________________«

G b) solicitar una inspección del lugar de trabajo

Fuente citada: ____________________________«

G c) hablar en privado con el inspector de OSHA

Fuente citada: ____________________________«

G d) decidir la cantidad de la multa para una violación cometida por el empleador

Fuente citada: ____________________________«

15. Un "lugar no controlado donde hay residuos peligrosos" es aquél que no tiene una cerca decadena alrededor de su perímetro.

G VG FArtículo citado: _________________________«

16. La Norma de Comunicación de Riesgos (Hazard Communication) dice que el etiquetadono se aplica a los residuos peligrosos.

G VG FArtículo citado: ________________________«

Legal Rights & ResponsibilitiesDerechos y obligaciones legales

Trabajador expuesto a residuos peligrosos, Ver. VII.Cap. 1 Pág. 80

17. La cláusula del deber general de OSHA obliga a los empleadores a:

G a) hacer todo lo descrito a continuaciónG b) facilitar un lugar de trabajo sano y seguro

Fuente citada: ________________________«

G c) establecer un comité conjunto de salud y seguridad conformado por trabajadoresy empleadores

Fuente citada: ________________________«

G d) tener un higienista industrial en cada lugar

Fuente citada: _________________________«

18. Cada empleador deberá elaborar y mantener un plan de salud y seguridad para susempleados que sea específico para el lugar.

G VG FArtículo citado: ________________________«

19. La agencia del gobierno que es responsable de proteger el aire, la tierra y el agua de la contaminación es:

G a) OSHA (Occupational Safety and Health Administration, Administración de Salud y Seguridad Ocupacionales)

G b) NIOSH (National Institute of Occupational Safety and Health, Instituto Nacional para la Salud y Seguridad Ocupacionales)

G c) EPA (Environmental Protection Agency, Agencia de Protección Ambiental)G d) NIEHS (National Institute of Environmental Health Sciences, Instituto de

las Ciencias de Salud Ambiental)

Fuente citada:_________________________«