derechos reales · 2020. 8. 28. · derechos reales solo pueden constituirse a favor de la persona...

16
ELEMENTOS DERECHOS REALES

Upload: others

Post on 13-Feb-2021

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • ELEMENTOS

    DERECHOS REALES

  • ELEMENTOS

    SUJETO OBJETO CAUSA

  • SUJETOSE LLAMA TITULAR

    Es la persona, como ente susceptible de adquirir derechos.

  • TITULARIDAD DE DERECHOS

    ARTÍCULO 15

    Las personas son titulares de los derechos individuales

    sobre los bienes que integran su patrimonio conforme con

    lo que se establece en este Código.

  • SUJETOCUALQUIER TIPO DE PERSONA PUEDE SER TITULAR DE

    DERECHOS REALES

    Solo pueden constituirse a favor de la persona humana

    USO HABITACIÓN

  • OBJETOARTÍCULO 1883

    El derecho real se ejerce sobre la totalidad o una parte material de la cosa

    que constituye su objeto, por el todo o por una parte indivisa.

    El objeto también puede consistir en un bien taxativamente señalado por

    la ley.

  • OBJETOEN PRINCIPIO, EL ÚNICO OBJETO POSIBLE

    DE LOS DERECHOS REALES SON LAS COSAS.

    La doctrina y la ley limitan la noción de cosa a las cosas materiales.

  • BIENES Y COSASARTÍCULO 16

    ... Los bienes materiales se llaman cosas. Las disposiciones

    referentes a las cosas son aplicables a la energía y a las fuerzas

    naturales susceptibles de ser puestas al servicio del hombre.

  • BIENESBIEN ES TODO ELEMENTO PATRIMONIAL Y PUEDE SER MATERIAL E INMATERIAL.

    El objeto puede recaer sobre bienes que no son cosas, siempre que estén taxativamente señalados por la ley.

    Como por ejemplo la prenda de créditos del artículo 2232.

  • COSASCUANDO UN BIEN ES MATERIAL ES

    UNA COSA

    Entre bien y cosa existe una relación de género-especie, porque bien es el género y cosa es la especie.

  • CLASIFICACIÓN DE LAS COSAS

    Muebles

    inmuebles

    Divisibles

    indivisibles

    Principales

    accesorias

    Consumibles

    No consumibles

    Fungibles

    No fungibles

    En el comercio

    Fuera del comercio

  • CAUSA

    DEBE ENTENDERSE POR CAUSA, A LA CAUSA FUENTE.

    Acontecimiento que origina al derecho real.

    El origen de toda relación jurídica se produce a través de un hecho jurídico o de un acto jurídico.

  • HECHO JURÍDICOARTÍCULO 257

    El hecho jurídico es el acontecimiento que, conforme al

    ordenamiento jurídico, produce el nacimiento, modificación

    o extinción de relaciones o situaciones jurídicas.

  • ACTO JURÍDICOARTÍCULO 259

    El acto jurídico es el acto voluntario lícito que tiene por fin

    inmediato la adquisición, modificación o extinción de

    relaciones o situaciones jurídicas.

  • PRINCIPIOS

    TRADICIÓN CONSTITUTIVA

    Consiste en la entrega del objeto.

    INSCRIPCIÓN DECLARATIVA

    Complementa la tradición

    constitutiva.

    NEMO PLUS IURE

    Nadie puede transmitir a otro un

    derecho mejor o más extenso que el

    que tiene.

    CONVALIDACIÓN

    Si quien constituye o transmite un

    derecho real que no tiene, y lo adquiere posteriormente, la

    constitución o transmisión queda

    convalidada.

  • AYÚDANOS A SEGUIR MEJORANDO

    Todo nuestro contenido es absolutamente gratis, pero si te gusta, te sirve y crees que lo

    merecemos, estamos aceptando propinas o donaciones a través de Mercado Pago....

    Cualquier donación es bienvenida… Si no podésdonar no importa, igual tenés acceso a la

    totalidad del material.