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Antonio Varón Mejía / URosario Derechos Humanos y Empresa Especialización de Derecho Internacional de los DDHH y DIH 2014

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Antonio Varón Mejía / URosario . Derechos Humanos y Empresa. Especialización de Derecho Internacional de los DDHH y DIH 2014 . 1. Marco general y factores contextuales que limitan el tema. A. Características institucionales de la mundialización. - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: Derechos Humanos y Empresa

Antonio Varón Mejía / URosario

Derechos Humanos y Empresa

Especialización de Derecho Internacional de los DDHH y DIH 2014

Page 2: Derechos Humanos y Empresa

1. Marco general y factores contextuales que limitan el tema.

A. Características institucionales de la mundialización.B. Cuadros generales de presuntos abusos de las Empresas y aspectos conexos.

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1. Características institucionales de la

mundialización

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A. Características institucionalizadas de la mundialización

❖Marco clásico de sistema internacional S. XVII a principios del XX: Estado Hegemónico y único ; mecanismos de solución de controversias a través de protección diplomática y arreglo Estatal; único capaz de violar la norma internacional.

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Visión económica del sistema internacional con hegemonía del Estado

❖ Transacciones económicas basadas en la visión EXTERNA cuyo fundamento se encuentra en la interacción de mercados nacionales separados y distintos regulados por los gobiernos mediante leyes de control fronterizo, aranceles, barreras no arancelarias, tipos de cambio y control de capitales.

❖ Transacciones con base territorial definida llamada Estado.

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Visión económica en un mundo globalizado

Marco contemporáneo 1945 en adelante: Desplazamiento de responsabilidad del Estado a otros actores; surgimiento de los Pueblos, expansión de las Organizaciones Internacionales y ONG, reivindicación de los derechos de la persona humana desde el Derecho Internacional, positivacion de los DDHH en la Carta de San Francisco e internacionalización de los mismos.

Surgimiento de nuevos actores internacionales.Expansión de nuevas tecnologías de información y comunicaciones. Globalización de mercados e INTERNALIZACION de la economía mundial.Auge de acuerdos comerciales existentes en tratados de inversión y liberalización interna.Participación directa de empresas en la elaboración de normas internacionales

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Afianzamiento de las reglas de mercado internacional

❖ Estructuración de normas y procedimientos institucionales para su eficaz funcionamiento mediante la consolidación del derecho de propiedad, fuerza obligatoria de los contratos, libre competencia y fluidez de la circulación de la información.

❖ Consolidación de tratados bilaterales de inversión, liberalización de la economía.

❖ Consolidación de la posición de las empresas transnacionales a partir de la derogación de jurisdicciones internas por arbitrajes internacionales

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¿Por qué interesa al Derecho Internacional el

desarrollo de las empresas transnacionales?

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Gestión empresarial y Derecho Internacional

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❖ Dadas las características de las Empresas transnacionales y comerciales y su fuerza transformadora de la sociedad estas deben ser ancladas.

❖ VALORES Y PRÁCTICAS COMPARTIDAS INSTITUCIONALMENTE EN DONDE EL RESPETO A LOS DDHH DEBE SER ESENCIAL.

Las empresas son agentes

transformadores de la sociedad moderna

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Declaración Universal de Derechos Humanos

LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

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2. Cuadros generales y posibles abusos.

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Estructura de redes de empresas

❖ Las redes obligan a delegar el control directo de las operaciones importantes y las estructuras jerárquicas se transforman en relaciones negociadas

❖ Hay un aumento de la eficacia de las empresas y su economía pero dificulta la gestión de control de la cadena de valor mundial.

❖ AUMENTO DE PARTICIPANTES DE LA CADENA DE VALOR=AUMENTO DE PUNTOS VULNERABLES DE LA CADENA DE VALOR A NIVEL MUNDIAL

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Aumento de operaciones ❖ La expansión y el avance de

la mundialización y el crecimiento exponencial de sus estructuras y procesos conlleva aumentos en las violaciones a DDHH.

❖ Los principios de gestión empresarial riñen en muchos casos con principios de DDHH.

❖ Es necesario encontrar instrumentos de gobernanza empresarial y pública que reduzcan estas tendencias

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Ejemplos de abusos en los derechos humanos por parte de empresas

Seguridad en el lugar de trabajo (Tailandia - Mayo de 1993). Un incendio en la empresa de juguetes Kader, fabricante de muñecas para Disney, causó la muerte de 188 trabajadores y causó lesiones graves a otros 469. Los trabajadores, en su mayoría mujeres, habían sido encerrados en la fábrica para impedir que robaran los juguetes

Cadenas de suministro (Bangladesh – Abril del 2005). 64 personas murieron y 74 resultaron heridas al desplomarse la fábrica de ropa Spectrum-Shahriyar, proveedora de Carrefour, Inditex, Cotton Group, Scapino y New Wave Groupb. Libertad de expresión (China – Julio del 2005). Reporteros sin Fronteras denunció públicamente a la compañía Microsoft por la censura de palabras como “derechos humanos” y “democracia” en la versión china de su herramienta para blogsc..Tortura (Angola – Septiembre del 2006). Las empresas de seguridad para las operaciones de extracción de diamantes ENDIAMA (Empresa Nacional de Diamantes de Angola), ITM Mining, Lazare Kaplan, Lev Leviev Group, y Odebrecht- fueron acusadas de ser responsables de asesinatos, torturas, palizas y otros abusosd. Libertad de asociación (EE. UU. Abril del 2007). Un estudio de Human Rights Watch descubrió que la empresa Wal-Mart mantenía políticas que atentaban contra la libertad sindicale. Desplazamientos forzosos (Camboya – Enero del 2009). La empresa de construcción 7NG desalojó por la fuerza a 152 familias en Phnom Penhf Salud y medioambiente (Ecuador – Febrero del 2011). Un tribunal condenó a Chevron a pagar más 8.000 millones de dólares por los daños ambientales cometidos entre 1964 y 1990 por la compañía Texaco (adquirida por Chevron en el 2001), asociados a una alta incidencia de cáncer entre poblaciones indígenas.

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Tipología de las empresasEmpresas de bebidas y alimentación

Empresas extractivas

Tecnologia e informacion

0 1.25 2.5 3.75 5

-Complicidad en crímenes de lesa humanidad.Actos cometidos por fuerzas de seguridad que protegen bienes de la

empresa.Corrupción a gran escala.

Violación de derechos de los trabajadores.Abusos contra comunidades

Contaminación del aguaLibertad de expresión

Derecho a la intimidad.

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Simbiosis entre pobreza, conflicto y violación de DDHH

❖ Se evidencia un solapamiento entre empresas (sobre todo del sector extractivo) y violaciones de DDHH en contextos generalizados de pobreza y ausencia de Estado y conflicto armado.

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¿Las empresas toman medidas para evitar posibles violaciones

de DDHH?

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Aplica normas de gestión RSE

Aplica normas primarias de DDHH*

Sistemas de monitoreo y evaluación

0 20 40 60 80

*Salud, no discriminación, normas laborales (convenios de OIT) Declaración

Universal de DDHH.

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LAS EMPRESAS SON CONSCIENTES DE SUS RESPONSABILIDADES EN

MATERIA DE DDHH Y HAN ADOPTADO ALGÚN TIPO DE

POLÍTICA

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3. Iniciativas para protección de DDHH

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Pacto Mundial de Naciones Unidas❖ Mayor iniciativa en materia

de RSE: cerca de 2.300 empresas vinculadas.

❖ Ajustar sus políticas empresariales a diez principios universales de Naciones Unidas relacionadas con DDHH, normas laborales, normas ambientales y prácticas de lucha anticorrupción.

❖ Desarrolla actividades de debate, aprendizaje, intercambio de buenas prácticas.

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Líneas directrices para las empresas y sistemas de puntos nacional de contacto (OCDE)

❖ Las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales son recomendaciones dirigidas por los gobiernos a las empresas multinacionales que operan en países adherentes o que tienen su sede en ellos. Contienen principios y normas no vinculantes para una conducta empresarial responsable dentro del contexto global, conformes con las leyes aplicables y las normas reconocidas internacionalmente.

❖ Las Directrices constituyen el único código de conducta empresarial responsable, exhaustivo y acordado multilateralmente, que los gobiernos se han comprometido a promover.

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Better Factories of Cambodia (OIT)

❖ Programa experimental en la industria textil que incluye gobierno, sindicatos, fabricantes y sociedad civil.

❖ Verificación de cumplimiento de las normas laborales a cambio de facilitar el acceso al mercado norteamericano.

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Transparencia en la industria extractiva ( EITI)

❖ Iniciativa voluntaria de los gobiernos que una vez suscrita se vuelve obligatoria para los mismos.

❖ Programa para aumentar la transparencia acerca de pagos por empresas privadas de los sectores minero o petrolero a los gobiernos y entidades ligadas a los gobiernos así como también aumentar la transparencia sobre los ingresos recibidos por los países en los cuales esas industrias están asentadas.

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Certificación de Proceso Kimberley (KPCS)❖ The Kimberley Process Certification

Scheme (KPCS) es un sistema de certificaciones diseñado para evitar que los diamantes conflictivos entren en el mercado de los diamantes. Se preparó para intentar garantizar a los clientes que no estaban financiando guerra ni abusos de los derechos humanos con la compra de diamantes. Entre un 99% y un 97% del mercado de diamantes tiene lugar entre países que forman parte del plan.

❖ KPCS surgió de una reunión de los estados productores de diamantes de África en Kimberley, Sudáfrica en mayo del 2000. En diciembre del 2000 las Naciones Unidas elaboró una resolución para la creación de un sistema de certificación que garantizara que los diamantes no habían sido vendidos para financiar guerras civiles.

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Principios voluntarios de seguridad y DDHH

❖ Los Principios Voluntarios en Seguridad y Derechos Humanos (PV) fueron lanzados en diciembre de 2000 por el Departamento de Estado del gobierno de los Estados Unidos y la Oficina de Asuntos Exteriores del Reino Unido, luego de un proceso de un año que involucró a representantes de dichos gobiernos, ONG y compañías de los sectores de petróleo, minas y gas con casas matrices en los países participantes.

❖ Los Principios ofrecen guías prácticas para que las compañías que operan en zonas de conflicto o de gobernabilidad frágil se aseguren de que las fuerzas de seguridad pública o privada, que protegen sus operaciones, actúen bajo el marco de los derechos humanos. Esta iniciativa fue necesaria dada la preocupación internacional por el comportamiento de las fuerzas de seguridad en la protección de las instalaciones petroleras y mineras en distintas partes del mundo.

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Corporación financiera internacional (CFI)

❖ IFC, miembro del Grupo del Banco Mundial, es la principal institución internacional de desarrollo que centra su labor exclusivamente en el sector privado de los países en desarrollo.

❖ Creada en 1956, IFC está conformada por 184 países miembros que trabajan en conjunto para determinar las políticas de la organización.

❖ Evaluaciones de riesgos de seguridad como requisitos para préstamos superiores a 50 millones de dólares.

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3.1 Problemas que detentan las iniciativas en

DDHH

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LOS DERECHOS HUMANOS COMO MARCO PARA INTEGRAR LA RESPONSABILIDAD SOCIAL

Aunque derechos humanos y responsabilidad social tienen motivaciones compatibles, ambos conceptos difieren en un aspecto fundamental: el enfoque. Si bien las empresas están llamadas a adoptar un enfoque integral de responsabilidad social, estas tienen cierta discrecionalidad para elegir en qué esferas hacer hincapié (por ejemplo, pueden optar por una política que beneficie la contratación de grupos vulnerables o por un programa de reducción de la contaminación).

Pero en el caso de los derechos humanos, al tratarse de derechos y libertades fundamentales, basados en principios de universalidad, indivisibilidad, interdependencia e inalienabilidad, no pueden estar sujetos a las decisiones de las empresas; estas no deberían, por ejemplo, acceder a respetar la jornada laboral de sus trabajadores y, al mismo tiempo, participar en un proyecto de inversión que desplace injustamente de sus tierras a familias campesinas.

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Proceso y aplicabilidad de las normas

❖ La estructuración y elaboración normativa está en proceso de elaboración y construcción social.

❖ Se creó una primera iniciativa de normas de DDHH y DIH para las empresas por la Subcomisión de Derechos Humanos que comprendían 23 artículos.

❖ El proyecto no fue acogido en la medida en que era excesivamente doctrinal, con pretenciones jurídicas exaservadas y ambigüedades conceptuales.

❖ Dos problemas importantes: -Naturaleza obligatoria de las normas para las empresas; - Confusión en la asignación de responsabilidades (Que es para el Estado y para la Empresa?).

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El debate debe centrarse en la generación de esferas promisorias de consensos entre empresas,

sociedad civil, gobiernos y Organizaciones internacionales en materia de respeto de los DDHH

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Finalidad de los principios

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Principios generales

❖ Deberes de: PROTEGER, RESPETAR y REMEDIAR

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Deber de Protección del Estado❖ Los Estados tienen el deber de proteger a los

individuos bajo su jurisdicción contra violaciones no atribuibles directamente al Estado.

❖ El debe de proteger existe y tiene su aplicación en virtud de los tratados de DDHH y de las interpretaciones que de ellos han hecho los Comités de Control y las normas de DI Consuetudinario.

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Deber de Protección del Estado❖ Los Principios Rectores recuerdan la obligación de los

Estados de respetar, proteger y cumplir los derechos humanos dentro de su territorio y/o jurisdicción. Ello incluye el deber estatal de proteger los derechos humanos contra los abusos por parte de terceros, incluidas las empresas.

❖ - Los mecanismos generales de regulación y política: los Estados deben promover: el respeto a los derechos humanos por parte de las empresas que operen dentro de sus territorios o jurisdicciones, a lo largo de todas sus operaciones (incluidas las operaciones en el extranjero).

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Deber de Protección del Estado❖ La relación Estado-empresa: los Estados deben tomar medidas

complementarias para proteger los derechos humanos frente a los abusos de las empresas que estén bajo propiedad o control del Estado, o que reciban apoyo y/o servicios de este.

❖ - Apoyar el respeto a los derechos humanos por parte de las empresas en zonas de conflicto: ya que el riesgo de trasgresión de los derechos humanos se acentúa en áreas afectadas por conflictos, los Estados deben asistir a las empresas que operen en estas áreas para hacer frente a los riesgos de involucrarse en abusos en los derechos humanos.

❖ - Garantizar la coherencia en las políticas: los Estados deben asegurar que los acuerdos internacionales que suscriban, como los acuerdos de inversión, no tengan impactos negativos en los derechos humanos.

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Deber de Respetar❖ El deber de respetar los derechos humanos se

refiere a que las empresas deberían evitar ocasionar impactos negativos en los derechos de otros y remediar esos impactos en caso de que ocurran, no solo como resultado de sus propias actividades, sino también de sus relaciones con otros actores.

❖ Los Principios Rectores recomiendan a las empresas emprender determinadas políticas y procesos que variarán según sus características, pero que deberán incluir, como mínimo:

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Deber de Respetar❖ - Un compromiso político: asumir

públicamente la responsabilidad de respetar los derechos humanos.

❖ - Un proceso de diligencia debida: identificar, prevenir, mitigar y rendir cuentas por los impactos negativos en los derechos humanos.

❖ - Unos mecanismos de compensación: reparar los daños –directos e indirectos–ocasionados en los derechos humanos.

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Un compromiso político Ser aprobada por los directivos de la

empresa.

Incorporar a un equipo asesor especializado con miembros de dentro y fuera de la empresa.

Expresar las expectativas de la empresa sobre sus trabajadores, socios y otras partes relacionadas, en relación con los derechos humanos.

Ser publicada y difundirse internamente, así como entre todas las partes interesadas. Es recomendable especificar las líneas y los sistemas de rendición de cuentas y llevar a cabo la formación del personal que se requiera.

- Ser plasmada en las políticas y procedimientos de la empresa e inculcarse en todos los niveles de la misma.

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Diligencia debida❖ La diligencia debida es un proceso continuo mediante el cual las

empresas pueden prevenir mitigar y, en caso de que ocurran, remediar los impactos negativos, directos e indirectos, reales y potenciales, de su actuación sobre los derechos humanos. Este proceso diferirá entre las empresas en función de su tamaño, el alcance de sus impactos en los derechos humanos y su naturaleza y contexto operacional.

❖ Esta puede formar parte de sistemas de gestión de riesgos más amplios, siempre que la empresa no se limite a abordar únicamente sus propios riesgos, sino también los riesgos sobre los derechos de otros como resultado de su actividad.

❖ Las empresas deberían ser capaces de identificar aquellas áreas donde existe un riesgo mayor de que se produzcan impactos negativos en los derechos humanos y dar preferencia a dichas áreas.

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Diligencia debida❖ La diligencia debida también implica actuar

eficazmente para evitar cualquier acto u omisión que les haga ser ‘cómplices’ de abusos en los derechos humanos.

❖ Ello incluye evitar la complicidad directa (violación directa de los derechos humanos), beneficiosa (sacar ventaja de la violación de los derechos humanos por otros) o tácita (no denunciar violaciones de los derechos humanos de las que se tenga conocimiento).

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Diligencia debida❖ Identificar y evaluar los impactos negativos❖ Integrar las conclusiones de la evaluación en las funciones y los

procesos internos y tomar las medidas oportunas: Con respecto a las medidas que se requieran, estas dependerán: a) de si la empresa provoca o contribuye a generar impactos negativos en los derechos humanos, o de si su responsabilidad en esos impactos se da a través de sus relaciones comerciales; y b) de la capacidad de influencia de la empresa para prevenir impactos negativos en los derechos humanos.

❖ En el caso que los daños sean provocados directamente por la empresa, esta deberá hacer todo lo que esté a su alcance para paliarlos o prevenirlos. Pero si la empresa solo contribuye (no los provoca directamente) con estos impactos, deberá tratar de ejercer influencia –alterar las prácticas inadecuadas de otros– para mitigarlos.

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Esfera de influencia ❖ Este concepto es incluido por primera vez

por el Global Compact dentro del debate sobre la Responsabilidad Social de las empresas, con el fin de apoyar y respetar la protección de DDHH, reconocidos universalmente.

❖ La esfera de influencia se visualizo como una serie de círculos concéntricos donde se sitúan las diferentes partes de la cadena de valor.

❖ Este modelo parte de la idea de que la influencia de la empresa disminuye conforme se aleja del centro y de esa manera se establece un criterio de prioridades.

❖ Centro: Lugar de trabajo; Cadena de suministro; Mercado; Comunidad; Gobierno

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Esfera de influencia: limitaciones al concepto

❖ No permitía determinar con precisión que las medidas asumidas por las empresas en cuanto se valoro como el espacio donde la empresa podría llegar a ser responsable.

❖ Este concepto tiene dos significados: Impacto: posibles perjuicios que las actividades de las empresas causan a los DDHH; Autoridad: de una empresa sobre agentes que podrían causarlo o evitar que se cause.

❖ El impacto siempre esta en el ámbito de la gestión de la empresa en cuanto al deber de respetar.

❖ La autoridad solo opera bajo ciertas circunstancias.

❖ No se podría responsabilizar a las empresas en razón a la autoridad que tenga sobre diferentes actores: ejm, dependiendo de la autoridad que la empresa tenga sobre el gobierno, entonces se exigiría responsabilidad a la empresa por ello es ilógico.

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Concepto de Proximidad❖ Este concepto vincula a la EI y tiende a

designar a los individuos con que la empresa tiene cercanía política, contractual, económica, o geográfica.

❖ El concepto de distancia debe analizarse a la luz de las nuevas tecnologías de comunicación en la medida en que p.ejm, un proveedor de internet puede estar aparentemente distante del lugar de la ocurrencia de violaciones pero participar directamente en la violación del derecho a la intimidad de usuarios finales y dispersos.

❖ No se trata de la proximidad en estricto sentido sino en la red de actividades y relaciones de la empresa

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Deber de Reparar❖ Con el objetivo de proteger los derechos

humanos frente a los abusos de las empresas, los Estados deben establecer mecanismos de reparación al servicio de las personas y comunidades afectadas. Para ello, los Principios Rectores diferencian tres tipos de mecanismos que los Estados deberían ampliar y fortalecer: los mecanismos judiciales estatales, los mecanismos extrajudiciales de reclamación del Estado y los mecanismos no estatales.

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Deber de Reparar❖ Mecanismos judiciales estatales Al hacer frente a los impactos negativos

de las empresas sobre los derechos humanos, los Estados deben tomar las medidas necesarias para asegurar la efectividad de los mecanismos judiciales nacionales, lo que significa reducir al máximo las barreras legales (por ejemplo, leyes que eximan a ciertas empresas de rendir cuentas por sus impactos en los derechos humanos);las barreras prácticas (como los altos costes de presentar denuncias); y las de otros tipos (por ejemplo, la desigualdad en el acceso a la información), con el fin de que las partes afectadas tengan un acceso efectivo a los mecanismos de reparación.

❖ Mecanismos extrajudiciales de reclamación de los Estados Como parte de una estrategia integral de protección de los derechos humanos contra los abusos de las empresas, los Principios Rectores también urgen a los Estados a facilitar mecanismos extrajudiciales de reclamación que sean eficaces y adecuados (por ejemplo, mecanismos administrativos y legislativos). Lo importante aquí es que las partes involucradas conozcan, confíen y sean capaces de utilizar dichos mecanismos; en este sentido, los órganos nacionales de derechos humanos tienen un rol fundamental

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Deber de Reparar❖ Mecanismos no estatales❖ Finalmente, los Principios Rectores resaltan la

importancia de que los Estados amplíen los mecanismos no estatales de protección de los derechos humanos frente a las consecuencias negativas provocadas por las empresas. Los mecanismos administrados por las propias empresas (a menudo en colaboración con las partes interesadas), por un grupo multilateral, o por un organismo regional o internacional, pueden ofrecer importantes ventajas como ‘la rapidez de acceso y reparación, unos costos reducidos y/o alcance trasnacional’ (Ruggie (2011), pág. 28,párrafo 28).

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GRACIAS