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DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA • STEFANY JIMENEZ • MAYERLY MARTINEZ

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Page 1: Derechos humanos en colombia

DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA

• STEFANY JIMENEZ• MAYERLY MARTINEZ

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DERECHOS HUMANOS • Los derechos humanos son aquellas «condiciones instrumentales que le permiten a la persona su

realización» . En consecuencia subsume aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, «sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición».

• Para autores naturalistas los derechos humanos son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente, por lo que son considerados fuente del Derecho; sin embargo desde el positivismo jurídico la realidad es que solamente los países que suscriben los Pactos Internacionales de Derechos Humanos o Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales(PIDESC) y sus Protocolos –Carta Internacional de Derechos Humanos están obligados jurídicamente a su cumplimiento.Así, por ejemplo, en relación con lapena de muerte, contraria a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte no ha sido firmado por países como China, Irán, Estados Unidos, Vietnam, Japón, India o Guatemala.

• Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas jurídicas, identificándose consigo mismos y con los demás

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CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA

• Los derechos humanos en la Constitución Política de Colombia están clasificados así:Los derechos fundamentales: están contemplados del artículo 11al 41; entre estos están derecho a la vida, a la igualdad ante la ley, a la intimidad, al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad de conciencia, de culto y de opinión, a la honra, a la paz, al trabajo, a la enseñanza, de movimiento, de reunión, de asociación, además de otros.

• Los derechos sociales, económicos y culturales: corresponden al artículo 42 al 77; entre los principales están el derecho a la igualdad y protección de la mujer, de la niñez, de las y los jóvenes, de las personas ancianas, débiles, psíquicas y físicas, derecho a los servicios de salud, a la vivienda digna, a la recreación, a la educación, a la huelga, a la propiedad privada entre otros.

• Los derechos ambientales: Se cuentan del artículo 78 al 82; en términos generales los derechos a poseer bienes y servicios de buena calidad, a un ambiente libre y sano de contaminación, a la utilización racional de los recursos naturales ,a la defensa del ambiente, a la garantía al espacio público.

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DEFENSORIA DEL PUEBLO• La Defensoría del Pueblo de Colombia es un órgano constitucional y autónomo creado

por la Constitución de Colombia de 1991 en su Capítulo II: Del ministerio público, con el propósito de "velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos "dentro del Estado social de derecho, "democrático, participativo y pluralista", así como la divulgación y promoción del Derecho Internacional Humanitario.

• La Defensoría del Pueblo es uno de los órganos de control del Estado colombiano y está vinculada al Ministerio público; por lo tanto el Defensor del Pueblo ejerce sus funciones bajo la dirección del Procurador General de la Nación.

• La organización y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo en Colombia está regulada por la Ley 24 de 1992 y demás normas que la adicionan o modifican. El Defensor del Pueblo es elegido por la Cámara de Representantes de terna elaborada por el Presidente de la República, para un período de cuatro años, contado a partir del 1o. de septiembre de 1992.

• El Defensor del Pueblo es elegido cada cuatro años por la Cámara de Representantes a partir de una terna enviada por el Presidente de la República. Es decir que en su elección no participa el Sena

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PERSONERIA DISTRITAL O MUNICIPAL

• la personería de Colombia tiene las funciones de actuar como defensor del pueblo y veedor ciudadano y como agente del ministerio publico. Como veedor le a correspondido representar a la comunidad vigilar y fiscalizar la gestión que cumplen las diversas autoridades administrativas de carácter local y la conducta oficial de los empleados municipales y velar por el cabal ejercicio el derecho e protección

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COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH)

• La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) encargado de la promoción y protección de los derechos humanos en el continente americano. Está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal y tiene su sede en Washington, D.C. Fue creada por la OEA en 1959 y, en forma conjunta con la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), instalada en 1979, es una institución del Sistema Interamericano de protección de los derechos humanos (SIDH). El SIDH se inició formalmente con la aprobación de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en la Novena Conferencia Internacional Americana celebrada en Bogotá en 1948, en el marco de la cual también se adoptó la propia Carta de la OEA, que proclama los "derechos fundamentales de la persona humana" como uno de los principios en que se funda la Organización

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DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

• El Derecho internacional humanitario (DIH) es una rama del Derecho internacional público busca limitar los efectos de los conflictos armados protegiendo a las personas que no participan en las hostilidades o que han decidido dejar de participar en el enfrentamiento, y restringir y regular los medios y métodos de guerra a disposición de los combatientes; regula la conducta en los conflictos armados (ius in bello). Se compone de una serie de normas, en su mayoría reflejadas en los Convenios de Ginebra de 1949y sus protocolos adicionales.

• Las normas del Derecho internacional humanitario pretenden evitar y limitar el sufrimiento humano en tiempos de conflictos armados. A su vez, pretende limitar o prohibir el uso de ciertos métodos de guerra, pero no determina si un país tiene derecho a recurrir a la fuerza, tal y como lo establece la carta de Naciones Unidas. Estas normas son de obligatorio cumplimiento tanto por los gobiernos y los ejércitos participantes en el conflicto como por los distintos grupos armados de oposición o cualquier parte participante en el mismo.