derechos de autor

19
Derechos de Autor

Upload: danya-eloisa-mondragon-acosta

Post on 13-Jun-2015

98 views

Category:

Internet


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Derechos de autor

Derechos de Autor

Page 2: Derechos de autor

¿Qué es el Derecho de Autor?

“Es el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas, en virtud del cual otorga su protección para que el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial.”*

* De acuerdo con el Instituto Nacional del Derecho de Autor

Page 3: Derechos de autor

Tipos de obra qué protege el Derecho de Autor

LiterariaMusical, con o sin letra• Dramática • Danza • Pictórica o de dibujo• Escultórica y de carácter plástico• Caricatura e historieta• ArquitectónicaCinematográfica y demás obras audiovisuales• Programas de radio y televisión• Programas de cómputo• FotográficaObras de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil• De compilación, integrada por las colecciones de obras, tales como las enciclopedias, las antologías, y de obras u otro elementos como las bases de datos, siempre que dichas colecciones, por su selección o la disposición de su contenido o materias, constituyan una creación intelectual• Las demás obras que por analogía puedan considerarse obras literarias o artísticas se incluirán en la rama que le sea más afín a su naturaleza

Page 4: Derechos de autor

Vigencia del Derecho de Autor

La vida del autor y, a partir de su muerte, cien años más, cuando la obra pertenezca a varios coautores los cien años se contarán a partir de la muerte del último, y cien años después de divulgadas.

En el caso de las obras póstumas y las obras hechas al servicio oficial de la Federación, las entidades federativas y los municipios, siempre y cuando la divulgación se realice dentro del periodo de protección a que se refiere el párrafo anterior.

Pasados los términos previstos en los párrafos que anteceden, la obra pasará al dominio público.

Page 5: Derechos de autor
Page 6: Derechos de autor

• Misión:

Salvaguardar los derechos autorales, promover su conocimiento en los diversos sectores de la sociedad, fomentar la creatividad y el desarrollo cultural e impulsar la cooperación internacional y el intercambio con instituciones encargadas del registro y protección del derecho de autor y derechos conexos.

• Visión:

Ser reconocido como un Instituto a la vanguardia, que constituye la autoridad en materia de derechos de autor y presta servicios de excelencia a la comunidad autoral y artística.

Page 7: Derechos de autor

¿Qué puedo registrar en el Instituto?•

• Las obras literarias o artísticas que presenten sus autores (Literaria, Musical con o sin letra, Dramática, Danza, Pictórica o de dibujo,. Escultórica y de carácter plástico, Caricatura e historieta, Arquitectónica, Cinematográfica y demás obras audiovisuales, Programas de radio y televisión, Programas de cómputo, Fotográfica, Obras de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil, y De compilación).• Los compendios, arreglos, traducciones, adaptaciones u otras versiones de obras literarias o artísticas, aun cuando no se compruebe la autorización concedida por el titular del derecho patrimonial para divulgarla.• Las escrituras y estatutos de las diversas sociedades de gestión colectiva y las que los reformen o modifiquen.• Los pactos o convenios que celebren las sociedades mexicanas de gestión colectivas con las sociedades extranjeras.• Los actos, convenios o contratos que en cualquier forma confieran, modifiquen, transmitan, graven o extingan derechos patrimoniales.• Los convenios o contratos relativos a los derechos conexo

• • Los poderes otorgados para gestionar ante el Instituto, cuando la representación conferida abarque todos los asuntos que el mandante haya de tramitar ante él.• Los mandatos que otorguen los miembros de las sociedades de gestión colectiva en favor de éstas.• Los convenios o contratos de interpretación o ejecución que celebren los artistas intérpretes o ejecutantes.• Las características gráficas y distintivas de obras.• Los poderes otorgados conforme a la Ley Federal del Derecho de Autor y su Reglamento.• Los contratos que celebren las sociedades con los usuarios y los de representación que tengan con otras de la misma naturaleza.• Las actas y documentos mediante los que la sociedad designe a sus órganos de administración y de vigilancia, sus administradores y apoderados.• Los testimonios de las escrituras notariales de la constitución o modificación de la sociedad.• Los videogramas, fonogramas y libros.• Las resoluciones judiciales o administrativas que en cualquier forma confirmen, modifiquen o extingan la titularidad de los derechos de autor o de los derechos conexos.

Page 8: Derechos de autor

¿Qué trámite se realiza para el registro de una obra?

• 1.- Llenar el formato RPDA-01 (solicitud de registro de obra), identificado con la homoclave INDAUTOR-00-001, por duplicado.

2.- Presentar dos ejemplares idénticos de la obra.

3.- Efectuar el pago (único) de derechos a través del formato de hoja de pago electrónico, por la cantidad de $206.00 (doscientos seis pesos 00/100 M. N.), en cualquier Institución bancaria.

Page 9: Derechos de autor

Contacto INDAUTOR

Puebla #143Col. Roma Norte

Deleg. CuauhtémocDistrito Federal

C.P. 06700

Horario : Lunes a Viernes de 9:30 a 14:00 hrs.

Tel. (55)3601 8210 y 16, 01800 2283 400

Page 10: Derechos de autor
Page 11: Derechos de autor

¿Qué es Creative Commons?

Define el espacio que se encuentra entre el espectro de:

• La protección absoluta de los derechos de autor • Todos los derechos reservados �• El dominio público• Ningún derecho reservado �

Las licencias te ayudan a conservar tus derechos autorales invitando a usar tu obra bajo el esquema de:

Algunos derechos reservados

Page 12: Derechos de autor

Derecho de Autor VS

Creative Commons

El sistema de Derechos de Autor vigente establece un esquema en el cual “Todos los derechos están reservados”.

Creative Commons ofrece herramientas que permiten a los autores optar, de manera libre y segura, por un esquema de “Algunos derechos reservados”.

Page 13: Derechos de autor

Tipos de Licencia

Page 14: Derechos de autor

¿Dar de alta mi obra bajo alguna de las licencias de Creative Commons sustituye la necesidad de registrar mi obra para su protección?

Aun cuando no es necesario para el reconocimiento de la autoría que la misma se registre ante la Oficina de Derechos de Autor, el esquema de Creative Commons no sustituye el registro de la obra, siempre es recomendable obtener el registro de la misma ante la dependencia correspondiente ya que hace una prueba muy fuerte en la eventualidad de un conflicto en materia de titularidad de la obra.

Page 15: Derechos de autor

¿En caso de que una obra que se encuentra bajo una licencia de Creative Commons sea usada de manera distinta a los términos de la misma, me ayudarán a hacer valer mis derechos?

Creative Commons no es un despacho de abogados ni brinda asesoría legal, en caso de que existan violaciones a los derechos del titular de la obra, este deberá buscar asesoría personalizada para buscar remedio al caso en particular.

Page 16: Derechos de autor

Contacto CC

En México el proyecto se encuentra bajo la tutela de León Felipe Sánchez y Jorge Ringenbach, ambos abogados del despacho Fulton & Fulton, S.C. y de Emilio Saldaña, Public Lead del Capítulo México

Pagina Web -http://www.creativecommons.mx/Twitter - https://twitter.com/CCmex

Page 17: Derechos de autor

Copyleft

Grupo de licencias cuyo objetivo es garantizar que cada persona que recibe una copia de una obra pueda a su vez usar, modificar y redistribuir el propio trabajo y las versiones derivadas del mismo. Unas veces se permite el uso comercial de dichos trabajos y en otras ocasiones no, dependiendo que derechos quiera ceder el autor.

Page 18: Derechos de autor

Dominio PublicoEs el conjunto de todas las obras que pueden ser explotadas por cualquier persona sin necesidad de ninguna autorización, principalmente en razón de la expiración del término (plazo) de protección, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores. Es libre el uso de la obra de un autor anónimo mientras el mismo no se dé a conocer o no exista un titular de derechos patrimoniales identificado.

Page 19: Derechos de autor

Cibergrafía

• Preguntas frecuentes Dirección de Registro Público de Obra [en línea]. México: INDAUTOR. [Consulta: 24 Mayo 2014]. Disponible en: http://www.indautor.gob.mx/preguntas/preguntas_registro.html

• ¿Qué es CC? [en línea]. México: Creative Commons México. [Consulta: 24 Mayo 2014]. Disponible en: http://www.creativecommons.mx/faq/

• ¿Qué es Copyleft? [en línea]. España: Fundación Copyleft. [Consulta: 24 Mayo 2014]. Disponible en: http://fundacioncopyleft.org/es/9/que-es-copyleft