derecho laboral i (2)

Upload: pakito-wazausky-garcia

Post on 06-Jul-2018

220 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    1/29

    INTRODUCCIÓN

    En el siguiente trabajo daremos un pequeño repaso a los diferentes temas vistosen clase, además aportaremos unos pequeños comentarios de índole personal enalguno de los temas, en Derecho Laboral I nos estamos enfocando a la introducciónpara poder comprender más a fondo las distintas legislaciones que eisten en cuento amateria laboral, al igual es fundamental esta materia pues de ella nos debemos guiar enel futuro como masters en dirección ! gestión de recursos humanos !a que debemosactuar conforme a lo estipulado en la le! no podemos hacer que se haga nuestravoluntad pues esto sencillamente nos estaría llevando a muchos problemas con loscuales sencillamente podemos llevar a graves problemas a la empresa para cuallaboremos inclusive podríamos llegar a llevarla a quiebra, por ello es indispensableconocer cuáles son los derechos de los trabajadores pues estos tambi"n tienen efectospositivos en nosotros pues tambi"n somos empleados ! si conocemos tales derechospodremos estar preparados para actuar de manera correcta con nuestro compañeroscomo para poder eigir nuestros derechos como parte de comunidad trabajadora#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    2/29

    INDICEI$%&'D())I*$################################################################################################################+

    ($IDD I############################################################################################################################-

    I$%&'D())I*$ L DE&E).' L/'&L#####################################################################-1.1 CONCEPTOS########################################################################################################-

    1.2 Trabajo sometido al Derecho Laboral #######################################################################-

    1.3 Retribució################################################################################################################0

    1.3.1 Retribució !lobal"#############################################################################################0

    1.3.2 Retribució E#tr$seca#######################################################################################0

    1.3.3 Retribució itr$seca########################################################################################0

    1.3.% Retribució Directa#############################################################################################0

    1.3.% Retribució &directa##########################################################################################1($IDD II###########################################################################################################################2

    EL DE&E).' L/'&L###################################################################################################2

    2.1 El Derecho del Trabajo como Derecho de la Clase#################################################2

    2.2 El Derecho del Trabajo como u m$imo de !arat$as de Clase############################2

    2.3 El Derecho del Trabajo#################################################################################################3

    4#0 El Derecho Individual ! )olectivo del %rabajo##############################################################5

    2.%.1 Derecho &di'idual #############################################################################################5

    2.%.1 Derecho Colecti'o##############################################################################################52.( Em)resario &di'idual * Social #################################################################################5

    2.(.1 Em)resario &di'idual ############################################################################################5

    2.(.2 Em)resario Social ##############################################################################################6

    ($IDD III########################################################################################################################+7

     $%E)EDE$%E8 .I8%*&I)'8#####################################################################################+7

    3.1 Le* +ederal del Trabajo de 1,31############################################################################+7

    3.2 Creació de la Le* +ederal del Trabajo#################################################################+7

    3.3 Le* +ederal del Trabajo de 1,- ############################################################################++($IDD I9########################################################################################################################+-

     &%:)(L'8 DE L )'$8%I%()I*$ ;E%###########+-

    %.1 /rt$culo Numero ( ###################################################################################################+-

    %.2 /rt$culo Numero 123###############################################################################################+-

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    3/29

    %.2.1 /)artado /########################################################################################################+-

    %.2.2 /)artado 0#######################################################################################################+-

    ($IDD 9#########################################################################################################################+0

    DEL %&/?' @ L =&E8%)I*$ DE 8E&9I)I'8#####################################################+0(.1 Coce)tos###############################################################################################################+0

    (.1.1 Trabajo#############################################################################################################+0

    (.1.2 Trabajador ########################################################################################################+0

    (.1.3 Trabajo Subordiado########################################################################################+0

    (.1.% Trabajo &de)ediete#####################################################################################+0

    (.1.( Em)resa###########################################################################################################+1

    (.1. Establecimieto################################################################################################+1

    (.2 Cotrato de Trabajo * Cotrato de Prestació de Ser'icios Proesioales###########+1

    (.3 Clasiicació de los Cotratos de Trabajo##############################################################+1

    (.3.1 Cotrato )or Tiem)o &deiido o &determiado############################################+1

    (.3.2 Cotrato )or Tiem)o Determiado##################################################################+2

    (.3.3 Cotrato )or Obra Determiada######################################################################+2

    (.% El Cotrato Ci'il de Prestacioes de Ser'icios Proesioales###############################+2

    (.( Dierecias etre los Cotratos de Trabajo * de Prestació de Ser'icios#############+3

    ($IDD 9I#######################################################################################################################+3

    8(8=E$8I*$, &E)I8I*$ @ %E&;I$)I*$ DE L8 &EL)I'$E8 DEL %&/?'#+3

    .1 Sus)esió de los Eectos de las Relacioes del Trabajo#####################################+5

    .2 Recisió de las Relacioes del Trabajo#################################################################+5

    .3 Termiació de las Relacioes del Trabajo############################################################47

    ($IDD 9II######################################################################################################################4+

    L8 )'$DI)I'$E8 DEL %&/?'###############################################################################4+

    -.1 orada###################################################################################################################4+

    -.2 4oras E#tras o E#traordiarias###############################################################################4+

    -.3 D$as de Desaso####################################################################################################44

    -.% 5acacioes#############################################################################################################4-

    -.( Salario#####################################################################################################################40

    -.(.1 /6uilado#############################################################################################################40

    -.(.2 Salario 7$imo#####################################################################################################40

    ($IDD 9III#####################################################################################################################42

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    4/29

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    5/29

    UNIDAD I.INTRODUCCIÓN AL DERECHO LABORAL

    1.1 CONCEPTOS 

     ntes de comenCar debemos conocer el significado deDerecho Laboral, pero primero comencemos conociendo elsignificado de las palabras que lo conforman, Derecho segFn elDiccionario de la Lengua Española de la &eal cademia Española ladefine G>undado, )ierto, &aConable# G ! por su parte define aLaboral como G=erteneciente o relativo al trabajo, en su aspectoeconómico, jurídico ! social###, mientras que Derecho Laboral ladefine como Gse refiere a las relaciones de trabajo ! los derechos ! deberes de lostrabajadoresG HDiccionario de la lengua española Edición del %ricentenario, 47+2J,por lo cual podemos decir en pocas palabras que derecho laboral será aquel busca la

     justiciapara aquella de las dos partes de una relación laboral sea quien tenga la verdad

    ! esta est" fundamentada Hen este caso en la Le! >ederal del %rabajoJ, en el siguienteresumen iremos conociendo más a fondo todo lo que abarcan estos simples conceptos#

    1.2 Trabajo sometido al Derecho Laboral 

    Dentro de las relaciones laborales tenemos cuatro notas definitorias las cualesson las importantes, la primera esK

    9oluntariedad, en la cual tenemos que la presentación de los servicios del trabajador espor su propia voluntad ósea que este no se le impone si no que el decido donde ! enque puesto va a trabajar#

    =or )uenta jena en donde no eiste una formalidad legal por parte de ambas partesen pocas palabras se laborará, pero no se tendrá los ben"ficos como seguridad socialentre otras#

    Dependencia o El %rabajo en &elación de Dependencia, es cuando se trabajó bajo ladependencia ! el ben"fico de otra persona quien se apropiará del fruto del trabajo#

    &etribuciónK En este caso sería el dinero en efectivo el cual recibe el trabajador por haber laborado por un cierto tiempo#

    Diccionario de la Lengua Española de la&eal cademia

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    6/29

    1.3 Retribució

    Dentro de la retribución tenemos diferentes tipos, como !a lo mencionamos conanterioridad la retribución es el salario en efectivo que va a recibir el trabajador por 

    laborar por un determinado tiempo dentro de alguna organiCación ! a continuaciónmencionaremos más detalle los diferentes tipos de retribución# 

    1.3.1 Retribució !lobal"

    En esta tenemos la retribución completa de los trabajadores !a sea en formaeconómica como en especie, en su parte económica tenemos los ingresos en efectivomientras que los de en especie pueden ser varios unos ejemplos podrían ser losperiodos de descanso ! algFn incentivo como un auto, algFn electrodom"stico#

    1.3.2 Retribució E#tr$seca

    Dentro de esta tenemos la retribución financiera la cual es cuando se da demanera económica, mientras que la retribución no financiera es cuando no ha!

    presencia del factor económico#

    1.3.3 Retribució itr$seca

    En este tenemos que el trabajador es motivador por sí mismo ! no ha! unbeneficio económico, por ejemplo, que realice un trabajo de a!uda a la sociedad !a seaque habite en ella o no#

    1.3.% Retribució Directa

    En la cual está el salario monetario ! está a su veC tiene dos

    divisiones las cuales sonK

    1.3.%.1 Salario &ijo, la cual es el salario base que percibe eltrabajador#

     

    1.3.%.2 Salario 'ariable, en la cual tenemos los incentivos a corto!o largo plaCo#

    (n pequeño ejemplo de que nos&eferimos con retribución

    El salario fijo tiene que ser en dinero enefectivo

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    7/29

    1.3.% Retribució (directa

    En esta tenemos dos la primera seria +#M/eneficios 8ociales dentro de la cualtenemos seguro m"dico, de accidentes, de vida, entre otros más, los cuales significaranun ahorro al trabajador pues no destinara parte de su salario a estas prestaciones !además en cuestión tributaria no tendría que declarar los impuestos de esta, ! 4#M8ervicios %rabajador, que es un servicio gratuito prestado por el estado al trabajador, elcual decide cómo se distribu!e su retribución global dentro de las legislaciones laboral,tributaria ! de la empresa para cual este presenta su servicio#

    (na imagen en la cual podemos notarcuales son algunas de las retribucionesindirectas

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    8/29

    UNIDAD II.EL DERECHO LABORAL

    2.1 El Derecho del Trabajo como Derecho de la Clase

    %al ! como lo dice el titulo este solo aplica para una clase ! no es que sediscrimen al decir solo se aplica para tal clase, !a que esta solo es aplicable para todosaquellos meicanos que realicen algFn trabajo de manera legal, !a que si estos no seencuentran laborando conforme a como lo plantea la le! no podrán recurrir a ella nimenos goCar de sus privilegios, por ello solo aplica para la clase trabajadora !a seapara aquellas personas que laboran a alguna rama de la industria o para aquellos quelaboran para el gobierno#

    2.2 El Derecho del Trabajo como u m$imo de !arat$as de Clase

    Dentro del derecho del trabajo tenemos un mínimo de garantías para lostrabajadores, estas prestaciones están establecidas en el artículo +4- de nuestraconstitución meicana en donde se detallan cada una de las prestaciones de las cualesel trabajador tiene la obligación de recibir porque si, estas son las mínimas si se recibenmás de ellas esto es aceptable por parte de la legislación pero si se recibe menos esosi no está aprobado por lo cual el trabajador podrá quejarse primeramente ante supatrón en caso de ser negativo recurrir con junta de conciliación ! arbitraje para poder eigir que se le den las prestaciones de le! aunque lamentablemente en nuestro paísha! un porcentaje de personas que desconocen cuáles deben de ser las prestacionesmínimas ! siguen laborando como si nada o en otro caso eisten empresas que ante lale! están bien paradas no por que tengan la raCón ! est"n fundamentado en la le! si no

    porque tienen contacto o estos sobornan a la autoridad#%ambi"n es importante señalar que ha! beneficios limitados en su máimo como por ejemplo teneos la participación en las utilidades ! la aportación laboral al fondo devivienda ósea que replanteando un ejemplo anteriormente visto estos puntos son losmínimos no se puede dar menos ! no se puede dar más pues estos tienen su límiteestablecido, la le! reconoce que tambi"n los patrones tienen garantías#

    En aquellos lejanos años los trabajadorescomían, descansaban, platicaban en lugresno mu! seguros pues no se les permitíadejar su lugar de trabajo para estasactividades

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    9/29

    2.3 El Derecho del Trabajo

    El conjunto de le!es, normativas ! legislaciones que lo componen hace que elDerecho del %rabajo uno de los derechos que ma!or impacto tienen en la calidad de

    vida de la población, !a que gracias a ella se tienen algunos beneficios como laseguridad social donde no solo el trabajador puede goCar de ella si no que su familia !con ello se puede evitar un gasto a su economía, el Derecho del %rabajo es una granherramienta pues esta busca regular, controlar ! legislar sobre los diversos temasrelacionados al ambiente laboral tanto de los empleados como los empleadores#

    De acuerdo a lo establecido en el artículo 47 de nuestra la federal del trabajoK seentiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le de origen, laprestación de un trabajado personal subordinado a una persona, mediante el pago deun salario, este nos quiere decir que para que eista la relación laboral debe de haber un origen en el cual el trabajador preste sus servicios a otra quien será el patrón ! este

    pagara un salario#En el siguiente punto nos diceK contrato individual de trabajo, cualquiera que sea suforma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar aotra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, aquí nos diceque el contrato individual de trabajo que sin importar sus forma o denominación esaquel en el cual una persona se obliga a prestar como subordinado sus servicios a otramediante el pago de un salario#

    ;ientras que en su tercer punto señalaK la prestación de un trabajo a que se refiere elpárrafo primero ! el contrato celebrado producen los mismos efectos, que nos dice quetanto en el primer punto como en el segundo tendrán los mismos efectos ósea que unono tendrá un efecto distinto al otro si no que será igual en ambos#

    Los trabajadores eigían tratos justos puesellos no eran esclavos#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    10/29

    2.4 El Derecho Individual y Colecivo del Tra!a"o

    2.%.1 Derecho (di)idual 

    En individual tenemos que solo es cuando eiste una relación laboral entre elpatrón ! el trabajador de manera individual, ósea solo es una sola persona en este casodenominado como el trabajador o subordinado como gusten decirle ! cualquier situación que ocurra !a sea una insatisfacción en cuanto a los derechos del trabajador este solo puede acudir a presentar su inconformidad ante el patrón o en su defecto antela junta de conciliación ! arbitraje#

    2.%.1 Derecho Colecti)o En este punto el colectivo es solo cuando eiste relaciones laborales entre el

    patrón ! un grupo de trabajadores !o las organiCaciones que los representen en este

    caso los sindicatos como, por ejemplo, el de los maestros 8$%E, en este caso unainconformidad el trabajador no va el solo directamente con su patrón si no que acudeacompañado por sus compañeros de trabajo o acuden directamente al sindicato quienserá quien vera por sus derechos, aunque sencillamente estos actualmente en suma!oría no buscan los beneficios de los su!os si nos sus intereses propioslamentablemente# 

    2.* Em+resario (di)idual , Social

    2.*.1 Em+resario (di)idual

    En este caso esta persona no necesita la aprobación de los demos para poder decir el rumbo de la empresa !a que este es el propietario ! por lógica será quien d" lacara por la empresa, el tamaño del capital será el que el disponga o quiere invertir ! ladeuda de que tenga la empresa esta persona tendrá que cubrirlas con su patrimonio#

    Este tipo de empresario es solitario, todosale de su patrimonio#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    11/29

    2.*.2 Em+resario Social 

     hora en este otro no es una persona quien decide por la empresa si no que sonvarias personas quienes ven por los intereses de esta !a que cada uno de los

    integrantes de la social son quienes aportan un cierto capital para poder conformar laorganiCación#

    El social es un grupo que ve por lasnecesidades de esta#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    12/29

    UNIDAD III.ANTECEDENTE# HI#TÓRICO#

    3.1 Le, &ederal del Trabajo de 1-31

     nte la necesidad de buscar protección ! una mejor calidad de vida para lostrabajadores surgieron como una de las principales demandas durante la revoluciónindustrial la cual surgió en el siglo

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    13/29

    En el año de +6-7 llego a la presidencia de ;"ico el ciudadano =ascual 'rtiC &ubioquien inicio el pro!ecto de crear una Le! >ederal del %rabajo en la cual se buscabansentar las bases de mejores condiciones laborales, libertades, derechos ! obligaciones

    tanto de los trabajadores como de los patrones, este pro!ecto fue tomando como pieCafundamental lo establecido en el artículo +4- de nuestra constitución meicana#

    Este pro!ecto busco fomentar ! garantiCar las bases que la revolución meicana habíasentado para los trabajadores#

    3.3 Le, &ederal del Trabajo de 1-/ 

    )onforme pasan los años las cosas van evolucionando ! la Le! >ederal del%rabajo no es la ecepción, dentro del título primero contiene los principios ! conceptos

    generales que deben servir de base para interpretación ! aplicación de las normas deltrabajo#

      El articulo + >ija el campo de aplicación de la le!, limitando el apartado del art# +4-de la )onstitución, Las finalidades de la legislación del trabajo señaladas en losartículos 4 ! -, se resumen en las siguientesK la finalidad suprema de todoordenamiento jurídico es la realiCación de la justicia en las relaciones entre loshombres, ! por tratarse del derecho del trabajo, se habla de la justicia social# Nue es elideario que forjaron los constitu!entes de +6+3 en el artículo +4-# )on base en esaidea, se establece que el trabajo es un derecho ! un deber sociales, que no es unartículo de comercio, porque se trata de la energía humana de trabajo, que eige

    respeto para las libertades ! dignidad de quien lo presta ! que debe efectuarse encondiciones que aseguren la vida, la salud, ! el nivel económico decoroso para eltrabajador ! su familia, El articulo 1 fija los caracteres formales del derecho de trabajoKson normas de orden pFblico, circunstancias que otorga el carácter de derechoimperativo, lo que eclu!e la renuncia, por parte de los trabajadores, de sus derechos,beneficios ! prerrogativas#

    Los artículos 5 ! 6 contienen los conceptos de trabajador en general ! de trabajador deconfianCaO el primero es la persona física que presta a otra física o moral, un trabajopersonal subordinado# El concepto de trabajador de confianCa tiene una granimportancia para la administración de las empresasO por esta raCón ! considerando la

    imprecisión que eiste en la legislación vigente , se analiCaron los dos sistemas que hansido propuestos por la doctrinaK el primero señalamiento de los trabajadores deconfianCa típicos, colocando una fracción final en la enumeración que se hiciere quepermitiera considerar como trabajador de confianCa a los que tuvieren característicassemejantes a las de los contemplados en el precepto respectivo, En el antepro!ectoque se entregó a los trabajadores ! a los empresarios se adoptó tentativamente esasolución, pero en las pláticas que se tuvieron con los sectores interesados se observó

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    14/29

    que los trabajadores, además de reducir las fracciones del respectivo artículo,rechaCaban la idea de una fracción final que pudiera aplicarse analógicamente #

    Diario 'ficial de la >ederación de +637, conla le! federal del trabajo de aquel año

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    15/29

    UNIDAD I$.ART%CULO# DE LA CON#TITUCIÓN &E'ICANA CO&O BA#E (ARA LA L)T

    %.1 0rt$culo Numero * 

    En este nos indica que n se le puede obligar a nadie que desempeña la profesiónque no desea desempeñar ! este puede tener la libertad de poder elegir la profesiónque satisfaga sus epectativas ! necesidades, en este punto se está protegiendo a laintegridad del trabajo, pero a su veC en otro apartado no lo protege desde mi punto devista !a que dice que tal libertad solo podrá vedarse por alguna determinación judicialcuando se est" afectando a tercera personas al igual no se le puede retener el fruto desus trabajo solo cuando eista una resolución judicial, en las dos descripcionesanteriormente mencionadas el trabajador puede verse afectase !a que este puede

    realiCar su trabajo como si nada pero en realidad donde este laborando esteincumpliendo ! los propios trabajadores desconocen el verdadero giro de la empresa !cuando la le! es aplicada por ese acto ilegal gente inocente termina vi"ndose afectada#

    %.2 0rt$culo Numero 123 

    En este no encontramos que está divididoen dos apartados el ! /, los cualesdescribiremos a continuación#

    %.2.1 0+artado 0

    $os encontramos que este tiene comoobjetivo regular las relaciones de carácter laboralde aquellos trabajadores que est"n al servicio dealguna de las ramas de la industria ! en estecaso se aplica la Le! >ederal del %rabajo#

    %.2.2 0+artado

    En este por su parte tenemos que su objetivo es el de regular las relaciones de

    carácter laboral de aquellos trabajadores que están al servicio de los poderes de unión,en pocas palabras del gobierno, como por ejemplo a!untamientos, gobiernos estatales! el federal, entre otros#

    Este pequeño libro con el cual se lesinculcaba a los niños conocer nuestraconstitución política#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    16/29

    UNIDAD $.DEL TRABA*O + LA (RE#TACIÓN DE #ER$ICIO#

    *.1 Coce+tos

     hora veremos cómo es que la le! federal del trabajo, nos da distintasdefiniciones las cuales son las que debemos de tomar en cuenta de manera obligatoria! no aquellas nos topemos en otras fuentes, pues estas es la que nos rige en materialaboral ! debemos de entender tales conceptos para entender a qu" hacer alusión#

    *.1.1 Trabajo

    )uando nos referimos a trabajo se entiende que es aquella actividad humana,intelectual o material independientemente del grado de preparación t"cnica requeridapor cada profesión u oficio#

    *.1.2 Trabajador 

    =ersona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado#

    El trabajador puede ser subordinado o independiente en la relación con la actividaddesarrollada#

    %rabajo es trabajo, sin importar la profesiónelegida#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    17/29

    *.1.3 Trabajo Subordiado

    )uando la actividad se presta por una persona en favor de otras u otras, dequien recibe órdenes, o instrucciones para realiCar la actividad encomendada ! el pago

    de una remuneración, percepción o salario, segFn sea la denominación que se le quieraestablecer#

    *.1.% Trabajo (de+ediete

    Es que realiCa en forma autónoma, con un fin determinado, sin recibirse ordenes,instrucciones o dirección t"cnica, de persona alguna ! por lo mismo, es autónomo elindividuo que desempeña la actividadO así como la remuneración o percepción quegenera el sujeto que realiCa la actividad del trabajo independiente, llámese ganancia,honorarios, ingresos propios o cualquier otro nombre similar#

    *.1.* Em+resa

    Es la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios#

    *.1. Establecimieto 

    Es la unidad t"cnica que, como sucursal, agencia, u otra forma semejante, seaparte integrante ! contribu!a a la realiCación de los fines de la empresa#

    *.2 Cotrato de Trabajo , Cotrato de Prestació de Ser)icios Proesioales

    =ara la realiCación de cualquier trabajo cuando este se rija como un trabajosubordinado, será obligatoria la eistencia de un contrato individual de trabajo, que lale! lo define comoK

    8ea empresa o Establecimiento eltrabajador prestara sus servicios dentro dealguna de estas dos#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    18/29

    cualquiera que sea su forma o denominación, aquel por virtud del cual una persona seobliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de unsalario#

    Es importante señalar que un contrato debe de estar firmado por el trabajador, así comoel patrón o algFn representante legal de este o de la empresa para que este puedetener los efectos legales#

    *.3 Clasiicació de los Cotratos de Trabajo

    Los contratos pueden clasificarse, por tiempo indefinido o indeterminadoO por tiempo determinado, así como por obra determina#

      continuación, iremos hablando más a detalle de cada uno de ellos#

    *.3.1 Cotrato +or Tiem+o (deiido o (determiado

    Este es empleado para establecer una relación laboral que no tendrán una fechao plaCo fijo para la caducidad de tal relación, la duración del empleado no estarádispuesta a una fecha si no que este podrá labrar en la empresa hasta que "l lo quiere! la Fnica maneara de termina tal relación es por un mutuo acuerdo o por que eistanlos factores necesarios para cesar al trabajador#

     

    *.3.2 Cotrato +or Tiem+o Determiado

    En este caso se permite señalar una fecha para poder dar por terminada larelación laboral, no solo bastará lo anteriormente comentado, sino que los servicioscontratados terminen en la fecha contratada en caso que por algFn motivo los servicios

    no puedan terminar en esa fecha por el trabajador a esta de vacaciones ! el trabajador b lo cubre por el tiempo que se ira "l de vacaciones pero este sufre alguna enfermedadque lo alejara del trabajo por un periodo de tiempo más al de sus vacaciones, eltrabajador podrá tener derecho a una prórroga por tiempo indefinido ! seguirá siendocontratado por todo el tiempo que duren dichas circunstancias, lo cual puede darle laplanta permanente al trabajador#

    En este caso no ha! tiempo definido deduración de la relación laboral#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    19/29

     lgunos patrones ocupan tales contratos con el fin de probar a la persona contratada,pero esto es un gran error en el que incurren#

    *.3.3 Cotrato +or Obra Determiada

     quí tambi"n tenemos un tiempo determinado en el que durara la relaciónlaboral, solo que en este caso no tendrá una fecha para su conclusión, si no que serádeterminada la clausura de este al establecer un numero o mediad de pieCas,artefactos, partes o enseres, por unidad de medición, o por volumen o, diámetro ocualquier otra forma que permita cuantificar ! medir el trabajo a realiCar, no importa si eltrabajador tarda un día, una semana, un mes, etc"tera en termina la cantidadestablecida, !a que estas circunstancias determina la vigencia de tales contratos#

     

    *.% El Cotrato Ci)il de Prestacioes de Ser)icios Proesioales

    Este es de naturaleCa civil tal cual lo indica su nombre, es celebrado entreparticulares ! se utiliCa para establecer las condiciones ! obligaciones, en los que los

    sujetos contratantes se comprometen a prestarse determinados servicios !a sean decarácter intelectual o material o de ambos g"neros#

    La le! adjetiva civil eplica a este contrato de prestaciones de servicios como el quepresta el que recibe los servicios profesionales pueden fijar, de comFn acuerdo laretribución debida por ellos#

    *.* Dierecias etre los Cotratos de Trabajo , de Prestació de Ser)icios

    Debemos reiterar la característica de que no eiste subordinación entre laspartes o sujetos del trato civil ! la materia a que se refieren, además se debenespecificarse en que van a consistir las condiciones bajo las cuales se llevara a cabo larelación entre los contratantes que será de particular a particular ! por ello la supremale! del contrato celebrado es voluntad de ambas partes ! su naturaleCa se encuentrareída por el derecho civil, que es la que se aplica en los actos de los particulares en susrelaciones privadas#

    (n trabajador como pintor de bardas dejara

    de trabajar hasta que termine las 17 quepacto en su contratado por mencionar unejemplo#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    20/29

    UNIDAD $I.#U#(EN#IÓN, RECI#IÓN + TER&INACIÓN DE LA# RELACIONE# DEL TRABA*O

    .1 Sus+esió de los Eectos de las Relacioes del Trabajo

    $os encontramos con algunos factores que pueden llevar a una suspensión locual significa un receso por de la relación laboral, por la cual las obligaciones deprestar el servicio ! pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador ! el patrón#  

    Dentro del articulo numero 04 tenemos los siguientes casosK

    +#M @a se sea que el trabajador tenga alguna enfermedad contagiosa lo cual podríaponer en riesgo al propio trabajador pues este estaría laborando en un estado de saluddelicado ! a sus propios compañeros al poder trasmitir la enfermedad que tenga#4#M (na incapacidad que tenga el trabajador por una enfermedad o un accidente que nosea parte de un riesgo de trabajo#-#M En caso que el trabajador pise la prisión preventiva seguida de sentía absolutoria, encaso que el trabajador ha!a obrado en defensa de la persona o de los intereses delpatrón este tendrá la obligación de pagar los salarios caídos que hubiese dejado depercibir aquel#0#M Nue el trabajador sea arrestado#1#M Nue deba de cumplir con los servicios ! el desempeño de los cargos mencionado enartículo nFmero 1#2#M Nue sea representante ante organismos estatales, juntas de conciliación ! arbitraje,combinación nacional de los salarios mínimos, comisión nacional para la participaciónde los trabajadores en las utilidades de las empresas ! otros semejantes#3#M La falta de documentos que eijan las le!es ! reglamentos necesarios para prestar el servicio#5#M La conclusión de la temporada en caso de los trabajadores contratados bajo estamodalidad#

    ;ientras que el rt# 04 /is nos dice que cuando una autoridad competente emita unadeclaración de contingencia sanitaria, conforme a las disposiciones oficiales#

    .2 Recisió de las Relacioes del Trabajo 

     hora en este caso la recisión es la finaliCación de las relaciones laborales, estasse pueden deben a diferentes factores los cuales veremos a continuación#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    21/29

    Dentro del articulo 02 nos indica que !a sea el patrón o el trabajador podrán residir encualquier momento la relación laboral, por causa justificada, sin incurrir enresponsabilidad#;ientras que en el artículo 03 no encontramos con algunas causas de recisión de la

    relación laboral sin responsabilidad del patrón#+#M Nue el trabajador o el sindicato ha!an recomendado al trabajador con informaciónfalsa referentes a las capacidades, aptitudes de este#4#M Nue incurra en faltas de probabilidad o honradeC durante sus labores, salvo a queestas sean realiCadas mediante provocación o que se ha!a actuado en defensa propia#-#M Nue el trabajador cometa contra algunos de sus compañeros algunas de actividadesplanteadas con anterioridad ! como consecuencia se altera la disciplina del lugar dondese desempeñe el trabajo#0#M )ometer el trabajador fuera de servicio contra el patrón, sus familiares, personaldirectivo o administrativo algunos de los actos mencionados en el punto 4#

    1#M Nue el trabajador ocasione intencionalmente prejuicios materiales durante eldesempeño de sus labores o con motivos de ellas en los edificios, obras, maquinarias,instrumentos, materias primas ! demás objetos relacionados con el trabajo#2#M Nue ocasione prejuicios de los que se habla anteriormente siempre que seangraves, sin dolo, pero con negligencia tal, que de ella sea la causa Fnica del prejuicio#3#M Nue, por su imprudencia o descuido inecusable, la seguridad del establecimiento ode las personas que se encuentran en "l#5#M Nue el trabajador cometa actos inmorales o de hostigamiento !o acoso seualcontra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo#6#M &evelar el trabajador secreto de la fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado, con prejuicios para la empresa#+7#M %ener más de tres faltas de asistencia en un periodo de treinta días sin permiso oque no sean justificadas#++#MNue el trabajador desobedeCca al patrón o a sus representantes causa justificadasiempre ! cuando estas tengan que ver con la actividad laboral#+4#M Nue el trabajador se niegue a seguir las medidas de seguridad#+-#M El trabajador se presente a laboral en estado de embriagues o bajo los efectos dealgFn narcótico o droga enervante, salvo que en este Fltimo caso eista preinscripciónm"dica ! notificar antes del inicio de labores al patrón ! presentar la preinscripción#+0#M la sentencia ejecutaría que imponga al trabajador una pena de prisión, que impidala el cumplimento de la relación laboral#+0 /is#M La falta de documentación que eijan las le!es ! reglamentos, necesarios parala prestación del servicio#+1#M Las análogas establecidas en la fracción anteriores de igual manera graves ! deconsecuencias semejantes en lo que al trabajo se refiere#

    El patrón que despida a un trabajador deberá darle por aviso por escrito en el que serefiera claramente la conducta o conductas que motivan la recisión ! la fecha o fechasen las que se cometieron#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    22/29

    El aviso deberá darse personalmente al trabajador en el momento mismo del despido obien, comunicarlo a la junta de conciliación ! arbitraje competente, dentro de los cincodías hábiles siguientes#En caso de la falta de aviso al trabajador personalmente o por conducto de la junta, por 

    si sola determinara la separación no justificada !, en su consecuencia la nulidad deldespido#

    .3 Termiació de las Relacioes del Trabajo

     hora veremos cuáles son las causantes de las terminaciones de las relacioneslaborales#

    De acuerdo al artículo 1- son causantes de la terminación de las relaciones de trabajoK

    +#M Nue eista un mutuo consentimiento de ambas partes4#M El fallecimiento del trabajador#

    -#M La terminación de la obra o vencimiento del termino o inversión del capital, deconformidad, con los artículos -2,-3 !-5#0#M La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que hagaimposible la prestación del trabajo#1#M los casos que se refiera al artículo 0-0#

    Dentro del articulo 10 nos señala que en caso de la fracción I9 mencionadaanteriormente, si la incapacidad provine de un riesgo no profesional, el trabajador tendrá derecho a que se le pague un mes de salario ! doce días por cada año deservicios de conformidad con lo establecido en el artículo +24, o de ser posible, si así lodesea que se le proporcione otro empleo compatible con sus aptitudes

    independientemente de las prestaciones que le correspondan de conformidad con lasle!es#

    @ por Fltimo en el artículo 11 si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón lascausas de la terminación, tendrá el trabajador los derechos consignados en el artículo05#

    La diferencia entre recisión ! suspensión esque con esta Fltima aFn se puede retomarel trabajo ! con la otra !a no#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    23/29

    UNIDAD $II.LA# CONDICIONE# DEL TRABA*O

    Las condiciones de trabajo, son aquellas que se establecen en la forma !t"rminos en que se presenta el servicio, entre el patrón ! el trabajador, tales como la

     jornada, el día de descanso semanal, los descansos obligatorios, vacaciones, el salario,los derechos ! obligaciones de las partes ! cualquiera otra condición especial que seconsidere necesaria ! conveniente para la mejor prestación de los servicios, por ellonuestra legislación laboral establecía el siguiente conceptoK

    Las condiciones de trabajo en ningFn caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta le!! deberán ser proporcionadas a la importancia de los servicios e iguales para trabajosiguales, sin que pueda establecerse diferencias por motivos raCa, nacionalidad, seo,edad, creo religioso o doctrina política, salvo las modalidades epresamente

    consignadas en la le!#

    .1 4orada

    >ue hasta el año de +6+3 en donde se estableció en la constitución la duraciónmáima de la jornada de trabajo a 5 horas diarias en trabajo diurno ! a 3 horas entrabajo en modalidad nocturnoO cuando en el artículo +4- de dicha constitución en elapartado a lo señalaba tetualmenteK

    Entre obreros, jornaleros, empleados, dom"sticos, artesanos ! de manerageneral, todo contrato de trabajoK

    I# La duración de la jornada máima será de ocho horas#II# La jornada máima de trabajo nocturno será de siete horas#

    .2 5oras E#tras o E#traordiarias

    8on aquellas que se agregan a la jornada ordinaria o máima de trabajo, cuandoel trabajador ecede su horario habitual por indicaciones o instrucciones del patrón#

    La jornada podrá tambi"n prolongarse por circunstancias etraordinarias, sin que seeceda de un total de tres horas diarias ni de tres veces en una sola semana, estashoras por trabajo etraordinario se pagaran con un ciento por ciento más de salario quecorresponda a las horas de la jornada#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    24/29

    .3 D$as de Desaso

    En el artículo +4- de nuestra constitución en su apartado a fracción I9determina que por cada seis días de trabajo deberá de disfrutar el operario deun día de descanso, cuando menos con goce de salario íntegro#

    En la actual Le! >ederal del %rabajo reitera este mismo concepto en sus artículos 26,3+ ! 3-, ! agrega queK G En los reglamentos de esta le! se procura que el día dedescanso semanal será el domingoG los trabajadores no están obligados a prestar susservicios en sus días de descanso# 8i se quebranta esta esta disposición, el patrónpagara al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el

    descanso, un salario doble por el servicio prestadoGEn nuestra legislación laboral se dividen en dos los días de descanso, en primeratenemos el descanso semanal ! por Fltimo el descanso obligatorio o festivo#

    Los días obligatorios de descanso dentro de la legislación vigente sonK

    • 7+ de enero• =rimer lunes de febrero, en conmemoración al cinco de febrero• %ercer lunes de marCo, en homenaje a al 4+ de marCo• +P de ma!o• +2 de septiembre• %ercer lunes de noviembre, en conmemoración al 47 de noviembre• +P de diciembre de cada 2 años por transmisión del poder ejecutivo federal• 41 de diciembre !• )uando lo determinen las le!es federales o locales electorales, en el caso de

    elecciones ordinariasO para efectuar la jornada electoral#

    .oras etras, es el tiempo que el trabajador labora de más aparte de sus 5 horas#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    25/29

    .% 'acacioes

    En toda relación de trabajo resultante de las condiciones en que se desarrolla, elconcepto de las vacaciones, el cual es derecho que tiene todo aquel trabajador paradescansar ! recuperar la energía gastada durante el tiempo o duración del trabajo#

    Dentro del articulo +4- en su apartado / tenemos lo siguiente, entre los poderes de launión, el gobierno del Distrito >ederal ! sus trabajadoresK III# Los trabajadores goCaránde vacaciones, que nunca serán menores a veinte días al año#

    =or su parte en la le! federal del trabajo reglamenta el derecho de las vacaciones,

    cuando señalaK Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutaran deun periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningFn caso podrá ser inferior a seisdías laborables ! que aumentara en dos días laborables hasta llegar a doce por cadaaño subsecuente de servicios, despu"s del cuarto año el periodo de vacacionesaumentara en dos días por cada cinco de servicio#

    TABLA DE $ACACIONE#

    Coorme al criterio )ro)ioobteido de ua iter)retacióliteral del art$culo - de la le* 

    Coorme a la juris)rudecia289.9, co re6istro &:S2%- de ebrero de 1,, 

    ;iter)retació judicial<

     06os deSer)icio

    D$as de'acacioes

     06os deSer)icio

    D$as de'acacioes

    + 2 + 24 5 4 5- +7 - +70 +4 0 +4

    1M5 +4 1M6 +0

    6M+- +0 +7M+0 +2+0M+5 +2 +2M+6 +5

    Descanso, es el tiempo en el que serecuperan energías, aunque a veces un díano es suficiente#

    %abla )omparativa de los días devacaciones que tiene cada trabajador deacuerdo a los años laborados#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    26/29

    .* Salario

    Este deberá ser pagado completamente en efectivo pues realmente a nadie legustaría que le pagaran su salario a la mitad en efectivo ! con una pequeña despensala otra mitad, !a que como están la situación actual cada persona que labora tieneresponsabilidades Hcon sus familiares cercanosJ ! otras obligaciones Hagua, luC,tel"fono, etc#J los cuales debe de pagar ! con un salario incompleto sencillamentereducen la estabilidad económica del empleado ! este se verá en la necesidad de dejar la empresa en bFsqueda de nuevo horiContes#

     l igual dentro del pago del salario deben de ir integrados otros incentivos comogratificaciones, primas, comisiones, etc# ósea que estos ejemplos comentados

    anteriormente va!an sumados a la cantidad que corresponde al salario del trabajador !que este no se pague por separado#

    Los uniformes de trabajo, automóviles, equipos de cómputo, etc# para que no seanincluidos como parte del salario deben ser entregados ! especificar que son Ftiles detrabajo de este modo el personal solamente podrá hacer uso de estos durante elperiodo de tiempo en que realiCa diariamente su trabajo ! fuera de ese tiempo no lopodrá hacer#

    .*.1 07uilado

    De acuerdo a la le! ! para poder ser más precisos con el artículo numero 53 lostrabajadores tendrán derecho a un aguilando anual ósea uno por cada año, este deberápagarse antes del día 47 de diciembre ! será el equivalente a quince días de salario,por lo menos#

     quellos que no ha!an cumplido un año laborando, de manera independiente de que seencuentre laborando o no en la fecha de liquidación del aguilando tendrán derecho aque se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubierantrabajado, cualquiera que fuese este#

    .*.2 Salario 8$imo

    El salario mínimo es un t"rmino comFnmente utiliCado cuando escuchamossobre multas o costos de algFn servicio proporcionado por parte de algunos de lospoderes !a sea el ejecutivo, legislativo ! judicial, escuchamos que son numero desalario mínimo, pero no tiene su origen ahí este es la cantidad menor que debe recibiren efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    27/29

     nteriormente estos se dividían en dos Conas geográficas en ! /, pero se cambió !ahora para todo el país aplica el mismo salario mínimo que es de Q 3-#70 pesos, ahorasi es el primer cambio positivo pues no importara la ciudad donde uno labore pues estetendrá la misma base ! no diferenciara como ocurría anteriormente, se supone que este

    debe de poder cubrir las necesidades normales de un jefe de familia en el siguienteorden material, social ! cultural, ! para proveer a la educación obligatoria de los hijos,aunque penosamente esto no alcanCa en la actualidad ha! quienes tienen que recurrir ados empleos o a que más miembros de la casa tengan que labora para poder tener unacalidad de vida estable pues con uno solo de los miembros la situación se puedeagraviar ! entran el problema de decidir si ha! que comer o poder cómprale a uno o loshijos que tengan los Ftiles necesarios, pasajes entre otras cosas necesarias parapuedan asistir a la escuela#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    28/29

    UNIDAD $III.(ERDIDA DE LA CULTURA EN &-'ICO

    $uestra cultura es mu! grande ! sencillamente hermosa somos unos de los países delos cuales podríamos decir son envidiados por otros debido a lo que en nuestro paístenemos, lamentablemente nuestras tradiciones por ende nuestra culta ha idodeca!endo de poco en poco !a que ho! en día preferimos un gran consumo de marcasetranjeras para casi todo o mejor dicho todo, un pequeño ejemplo lo tenemos con los

     juguetes aquellos que nos tocó jugar con juguetes elaborados artesanalmente demadera, telas, entre otros más eran juguetes económicos elaborados en nuestro país !nos daban varios horas, días, semanas, meses ! años de alegría inclusive estos sucalidad era de las mejores !a que su durabilidad era larga pero en la actualidad como!a se mencionó se prefiere más lo de origen etranjero ! con el mismo ejemplo de los

     juguetes ahora los niños prefieren juguetes de maraca los cuales sus precios son

    elevados ! su calidad deja mucho que desear ! lo peor es que se sacan nuevasversiones que no cambian mucho con tal de que la gente busque obtener el másreciente#

     l igual ha! varios compatriotas que deciden emigrar a otros países principalmente alvecino del norte estados unidos, en donde ellos buscan mejores oportunidades deempleo, mejor calidad de vida, entre otros más que se podría hacer una gran lista detodos motivos que los orillan a la migración, tras llegar a un lugar ellos se tienen queadaptar a nuevos reglamentos, una nueva cultura, lo cual va dejando que de poco a

    poco va!a desapareciendo nuestra cultura, a pesar que en aquel país eistanlocalidades o algunos establecimientos que intente mantener en vigencia en aquel paísnuestra cultura sencillamente no es lo mismo, un claro ejemplo unos ricos tacos hechosen nuestro país tienen un sabor mu! distinto a los hechos en estados unidos, debido amuchos factores como los elementos que se necesitan para su preparación a pesar quese siga la misma receta inclusive que la misma persona los elabore no tendrá ese sabor tan familiar, lamentablemente nos estamos dejando influenciar por otros país en un granporcentaje cuando este debería ser menor ! a su veC intentar influenciar en un pequeñoporcentaje a otros país que gustan de nuestra cultura#

  • 8/18/2019 Derecho Laboral i (2)

    29/29