derecho internacional publico

10
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 1. Organización de Naciones Unidas: Fue creada por medio de la Carta de San Francisco, es el máximo representativo de la Comunidad Internacional Organizada y lo que hasta el presente mejor ha respondido al anhelo de una Único Mundial de Estados. 2. Objetivos y Propósitos de la ONU: a) Mantener la paz y la seguridad, para ello evitar la guerra a través de medios efectivos. b) Alcanzar la cooperación internacional para la solución de problemas económicos, sociales, culturales o de carácter humanitario, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales. c) Constituirse en el centro para armonizar las actividades de todos los pueblos. d) Igualdad soberana de todos los pueblos. e) El uso de medios pacíficos para la solución de conflictos. f) Renuncia al uso de la fuerza que ponga en peligro la integridad territorial. 3. Miembros: Para ser miembro se requiere sustancialmente ser amante de la paz y tener capacidad de cumplir las obligaciones de organización formalmente y se requiere la recomendación del Consejo de Seguridad. 4. Órganos de la ONU: a) La Asamblea General b) El consejo de Seguridad c) El Consejo Económico Social d) El Consejo de Administración Fiduciaria e) La Corte Internacional de Justicia f) El Secretariado. 5. Función de la Asamblea General: Es el Órgano supremo de la Organización a) Funciones deliberativas: Cuando discute y hace Recomendaciones sobre armamento, desarme, cooperación para mantener la paz y seguridad internacionales. b) Funciones Controladoras sobre los otros órganos de la organización: cuando conoce los informes anuales del Consejo de Seguridad. c) Funciones financieras: al aprobar el presupuesto y fijar las cuotas de cada miembro. d) Funciones electivas: al votar sobre la admisión de nuevos miembros y sobre la conformación de los otros órganos. e) Funciones constituyentes: al decidir sobre las enmiendas a la carta. 6. El Consejo de Seguridad: Tiene como funciones el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. Conoce en primera instancia sobre la admisión de nuevos miembros y pasa su recomendación a la Asamblea General. 7. Funciones del consejo de seguridad: a) Dar solución pacífica a los conflictos, para ello puede usar la negociación, la investigación, la mediación, la consulta, el arbitraje y el arreglo jurídico. b) En casos de amenaza seria a la paz y que fracasaran los medios anteriores, el consejo tiene facultad para adoptar medidas drásticas, tales como envió de tropas, boicot comercial, boicot diplomático. c) Puede emprender una acción militar contra un agresor. 8. Consejo económico Social funciones: a) Iniciar y llevar a cabo estudios, informes y recomendaciones a la Asamblea General sobre cuestiones económicas, sociales, culturales, educacionales y otras cuestiones relacionadas con ellos. b) Hacer recomendaciones en relación con el respeto de los derechos humanos y libertades fundamentales.

Upload: cibernetico812

Post on 12-Oct-2015

10 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • DERECHO INTERNACIONAL PBLICO

    1. Organizacin de Naciones Unidas: Fue creada por medio de la Carta de San Francisco, es el

    mximo representativo de la Comunidad Internacional Organizada y lo que hasta el

    presente mejor ha respondido al anhelo de una nico Mundial de Estados.

    2. Objetivos y Propsitos de la ONU:

    a) Mantener la paz y la seguridad, para ello evitar la guerra a travs de medios efectivos.

    b) Alcanzar la cooperacin internacional para la solucin de problemas econmicos,

    sociales, culturales o de carcter humanitario, el respeto a los derechos humanos y las

    libertades fundamentales.

    c) Constituirse en el centro para armonizar las actividades de todos los pueblos.

    d) Igualdad soberana de todos los pueblos.

    e) El uso de medios pacficos para la solucin de conflictos.

    f) Renuncia al uso de la fuerza que ponga en peligro la integridad territorial.

    3. Miembros: Para ser miembro se requiere sustancialmente ser amante de la paz y tener

    capacidad de cumplir las obligaciones de organizacin formalmente y se requiere la

    recomendacin del Consejo de Seguridad.

    4. rganos de la ONU:

    a) La Asamblea General

    b) El consejo de Seguridad

    c) El Consejo Econmico Social

    d) El Consejo de Administracin Fiduciaria

    e) La Corte Internacional de Justicia

    f) El Secretariado.

    5. Funcin de la Asamblea General: Es el rgano supremo de la Organizacin

    a) Funciones deliberativas: Cuando discute y hace Recomendaciones sobre armamento,

    desarme, cooperacin para mantener la paz y seguridad internacionales.

    b) Funciones Controladoras sobre los otros rganos de la organizacin: cuando conoce los

    informes anuales del Consejo de Seguridad.

    c) Funciones financieras: al aprobar el presupuesto y fijar las cuotas de cada miembro.

    d) Funciones electivas: al votar sobre la admisin de nuevos miembros y sobre la

    conformacin de los otros rganos.

    e) Funciones constituyentes: al decidir sobre las enmiendas a la carta.

    6. El Consejo de Seguridad: Tiene como funciones el mantenimiento de la paz y la seguridad

    internacionales. Conoce en primera instancia sobre la admisin de nuevos miembros y pasa

    su recomendacin a la Asamblea General.

    7. Funciones del consejo de seguridad:

    a) Dar solucin pacfica a los conflictos, para ello puede usar la negociacin, la

    investigacin, la mediacin, la consulta, el arbitraje y el arreglo jurdico.

    b) En casos de amenaza seria a la paz y que fracasaran los medios anteriores, el consejo

    tiene facultad para adoptar medidas drsticas, tales como envi de tropas, boicot

    comercial, boicot diplomtico.

    c) Puede emprender una accin militar contra un agresor.

    8. Consejo econmico Social funciones:

    a) Iniciar y llevar a cabo estudios, informes y recomendaciones a la Asamblea General

    sobre cuestiones econmicas, sociales, culturales, educacionales y otras cuestiones

    relacionadas con ellos.

    b) Hacer recomendaciones en relacin con el respeto de los derechos humanos y

    libertades fundamentales.

    c) Preparar proyectos de convenios internacionales para someterlos a la Asamblea

    General.

    d) Cualquier asunto que caiga dentro de sus objetivos fundamentales.

  • 9. Consejo de Administracin Fiduciaria: Este rgano emite recomendaciones para la

    independencia de los pases, las trasmite al consejo de seguridad y es a la Asamblea general,

    quien emite su resolucin. (Se discuti inicialmente lo referente a Belice)

    10. El Secretariado: Es el rgano administrativo permanente de la ONU, su titular es nombrado

    por periodos de cinco aos, reelegible, a propuesta del consejo de Seguridad es electo por

    la Asamblea General, es quien aplica las disposiciones adoptadas por la asamblea General y

    el Consejo de seguridad.

    11. Las principales organizaciones internacionales gubernamentales de carcter regional son:

    a) La organizacin de Estados Americanos

    b) El consejo de Europa

    c) La Organizacin de la Unidad Africana

    d) La liga de Estados rabes.

    12. Organizacin de Estados Americanos: La novena conferencia panamericana (Bogot 1948)

    creo esta nueva organizacin con base en los principios establecidos ya en el Acta de

    Chapultepec, constituida con arreglo al artculo 52 de la carta de las naciones unidas.

    13. Propsitos de la Organizacin de Estados Americanos:

    a) Reforzar la paz y la seguridad del Continente

    b) Prevenir las causas posibles de dificultades y asegurar la solucin pacifica de los

    conflictos entre los Estados Miembros.

    c) Proporcionar un medio de accin comn a los Estados americanos en caso de agresin.

    d) Buscar la solucin a los problemas polticos, jurdicos y econmicos que resulten en los

    Estados miembros.

    e) Promover por medio de la cooperacin el desarrollo econmico, social y cultural de los

    Estados Miembros.

    14. rganos de la Organizacin de Estados Americanos:

    a) La Asamblea General

    b) La Reunin de Consulta de los Ministros de Relaciones Exteriores

    c) Los consejos

    d) El comit jurdico interamericano

    e) La comisin Interamericana de Derechos Humanos.

    f) La Secretaria General.

    g) Las Conferencia Especializadas

    h) Las Organizaciones especializadas.

    15. Asamblea General: Es el rgano supremo de la organizacin est compuesta por los

    representantes de todos los miembros, cada miembro tiene un voto, para su celebracin

    existe un comit preparatorio compuesto por todos los miembros.

    16. Funciones:

    a) Definir la poltica de la organizacin y de sus rganos

    b) Coordinar las actividades de sus rganos

    c) Fortalecer coordinar sus relaciones con la ONU

    d) Promover la colaboracin con otras organizaciones internacionales

    e) Funciones financieras

    f) Supervisar sus rganos y agencia especializadas

    g) Adoptar sus propias reglas de procedimiento.

    17. Los consejos:

    a) Consejo permanente

    b) Consejo interamericano Econmico y social

    c) El Consejo Interamericano para la Educacin, la Ciencia y la Cultura.

  • 18. El Consejo Permanente: Vigila el mantenimiento de relaciones amistosas entre los Estados

    miembros y contribuye a la solucin pacifica de sus conflictos y de ah que los Estados

    miembros en conflicto pueden acudir al consejo permanente.

    19. Consejo Interamericano Econmico y Social: Su objeto es promover la cooperacin para

    alcanzar un rpido desarrollo econmico y social, para ello recomiendo programas, cursos,

    actividades econmico-sociales, y otras actividades similares.

    20. Comit Interamericano para la Educacin, la Ciencia y la Cultura: La constitucin de la

    UNESCO asigna a la Organizacin tres grandes tareas: ayudar a la conservacin, al progreso

    y a la difusin del saber, dar nuevo y vigoroso impulso a la educacin popular y a la difusin

    de la cultura, fomentar el conocimiento y la comprensin mutuos de las naciones.

    21. Comit Jurdico Interamericano: Cuerpo asesor de la Organizacin en cuestiones jurdicas,

    est compuesto de 11 juristas nacionales de los Estados miembros, electos por la Asamblea

    General para un periodo de 4 aos, entre grupos de tres presentados por los miembros. Se

    busca siempre una representacin geogrfica equilibrada. Tiene su sede en Rio de Janeiro.

    22. Comisin Interamericana de Derechos Humanos: Su funcin es promover el respeto a los

    Derechos Humanos en los Estados miembros y es rgano asesor de la Asamblea General y

    de la Organizacin, se rige por un convenio especial.

    23. La Secretaria General: Es el rgano centrar permanente y administrativo de la Organizacin.

    Este precedido por el secretario general, quien es electo por la asamblea para un periodo

    de cinco aos, reelegible solo una vez, sus funciones son semejantes a las del secretario

    General de la ONU.

    24. Conferencias Especializadas: Estn destinadas a tratar asuntos tcnicos especiales o a

    desarrollar determinados aspectos de la cooperacin interamericana.

    25. Las Organizaciones Especializadas: Son rganos intergubernamentales establecidos por

    acuerdo multilaterales que tengan determinadas funciones en materia tcnica, de inters

    comn para los Estados Americanos.

    26. Organizaciones que lo Conforman:

    a) Comisin Interamericana de mujeres

    b) Instituto interamericano del nio

    c) Instituto Indigenista interamericano.

    d) Instituto panamericano de Geografa e historia.

    e) Organizacin panamericana de la salud.

    f) Instituto Interamericano de Estadstica.

    g) Comisin Interamericana de Energa Nuclear.

    27. Responsabilidad Internacional: Es una institucin por la cual, cuando se produce una

    violacin del derecho internacional, directa o indirectamente, por accin u omisin, el

    Estado que ha causado esta violacin debe de reparar el dao material o moral causado a

    otro u otros Estados.

    28. Elementos de la Responsabilidad Internacional:

    a) Un acto u omisin violatorio de una regla de Derecho Internacional Vigente.

    b) Un acto ilcito Imputable directa o indirectamente.

    c) Perjuicio o dao efectivo.

    d) Los consentidos, pero tal consentimiento debe ser anterior o simultaneo al acto, porque

    de otro modo equivaldra a una renuncia a reclamar reparacin.

  • e) Los ejecutados como represalias o retorsin o cualquier acto que se encuentre admitido

    entre los medios coercitivos aceptados por el Derecho Internacional (embargo,

    secuestro, cuarentena, boicot, etc.)

    29. La responsabilidad de los Estados puede clasificarse desde diferentes puntos de vista y

    consideraciones:

    a) Por su origen puede ser directa o indirecta

    b) Por su fundamento puede ser moral o jurdica, subdividindose esta ltima en delictiva

    y contractual.

    30. Responsabilidad Directa: Es aquella en que se incurre por actos u omisiones ejecutados por

    el propio Estado o sus legtimos representantes. Tambin podemos describirla como aquella

    en que es el propio estado el que ha faltado a sus obligaciones internacionales, o aquella

    que resulta de un acto que directamente afecta al estado injuriado o de un acto que afecta

    indirectamente al estado injuriado.

    31. rgano Ejecutivo: La responsabilidad puede resultar de la actividad o ausencia de actividad

    de sus rganos ejecutivos en sus actos administrativos a travs de agentes ejecutivos,

    administrativos o de sus funcionarios: Jefe de Estado, Jefe de Gobierno, Ministros, Agentes

    Diplomticos, Agentes Consulares, Directores Generales, Gerentes Generales, funcionarios

    en general.

    - Entendemos por actos de gobierno aquellos que se encaminan a la direccin poltica del

    Estado, por ejemplo nombramiento de Ministros, Agentes Diplomticos, Directores,

    etc.

    - Entendemos por actos de funcionarios aquellos llevados a cabo por quienes ejercen

    dentro del Estado una funcin.

    32. Organismo Legislativo: Se incluye aqu en los actos u omisiones positivos o negativos de los

    rganos legislativos al adoptar leyes o emitir resoluciones contrarias a los compromisos y

    obligaciones internacionales asumidas por el Estado, hay responsabilidad internacional por

    dejar de aprobar la legislacin tan solo en los casos en que se dispone especficamente que

    se ha de aprobar una ley especial como el nico medio de cumplir una obligacin contenida

    en un tratado.

    33. Organismo Judicial: El estado incurre en responsabilidad internacional por actos del

    organismo Judicial, la responsabilidad se incurre especialmente por denegacin de justicia

    que se manifiesta en:

    - Una negativa a permitir que los extranjeros hagan valer sus derechos ante los tribunales

    ordinarios.

    - En que un fallo no puede obtenerse en un tiempo razonable y se acude a demoras

    indebidas e inexcusables.

    - Cuando los Tribunales no ofrecen a los extranjeros garantas indispensables para la

    buena administracin de justicia.

    - En que se ponen al extranjero obstculos injustificados por el solo hecho de ser

    extranjero.

    34. Responsabilidad Indirecta: Existe responsabilidad indirecta cuando un Estado asume la

    responsabilidad de una violacin del Derecho Internacional cometida por otro estado.

    35. Casos Especiales de Responsabilidad Indirecta: aquellos en los que los extranjeros sufren

    daos provenientes de desrdenes populares, mtines o violencia de turbas, guerras civiles,

    revoluciones, etc. En amrica latina esos hechos tradicionalmente se consideran fuerza

    mayor y por tal razn se ha negado responsabilidad.

    36. Responsabilidad Moral y Responsabilidad Jurdica: La responsabilidad moral resulta de la

    violacin de un deber moral y la nica sancin es la conciencia internacional. La

    responsabilidad jurdica resulta de una violacin de un deber legalmente sancionado, la que

  • puede provenir de un acto criminal o de la no ejecucin de un compromiso adquirido por

    contrato.

    37. Efectos de la Responsabilidad: El principal efecto de la responsabilidad internacional del

    estado, por actos propios o de otros por los que es responsable, es la de reparar, en el caso

    de dao material, y la de dar satisfaccin en el caso de dao moral.

    38. La Reparacin: No debe ser menor ni mayor al perjuicio o dao causado; debe tomar en

    cuenta el lucro cesante y pago de intereses cuando proceda, conlleva el restablecer las cosas

    a su estado anterior, tiene carcter compensatorio y en ningn caso carcter punitivo.

    39. La Satisfaccin: Corresponde a un dao moral, puede ser este un insulto a un mandatario,

    a un smbolo patrio, etc. Debe de ser publica y lo suficientemente convincente para que sea

    aceptable. Tiene la particularidad que est dirigido a reivindicar la dignidad y el honor del

    Estado ofendido.

    40. Va apropiada para los reclamos: Cuando son los intereses del Estado en s mismo los

    afectados, los reclamos no presentan mayor dificultad; el Estado mismo, sin mayor trmite

    proceder a los reclamos, sin embargo cuando son los intereses de un particular nacional

    de otro Estados los afectados, entonces el particular deber acudir a su Estado para que

    haga los reclamos correspondientes. (va diplomtica)

    - Existencia de un vnculo jurdico llamado nacionalidad; esto permite al Estado hacer

    suyo el reclamo y le da la calidad de ser nacional en su origen.

    - Agotamiento de los recursos locales so pena de rechazo como ya lo ha consagrado la

    jurisprudencia en el pasado.

    - Que el reclamante no haya observado una conducta manifiestamente ilegal o violada

    los principios del Derecho Internacional.

    41. Medios de solucin de conflictos internacionales: En la antigedad, en caso de conflicto,

    se acuda a la guerra, en la actualidad, tomando en cuenta las consecuencias desastrosas de

    las mismas, as como lo espantoso de su una posible guerra debido al avance tcnico de las

    armas, se ha impuesto entre las naciones medios de diferentes categoras existiendo cierta

    gradacin en el empleo de los mismo a saber:

    - Medios pacficos y/o diplomticos

    - Medios jurdicos o jurisdiccionales

    - Medios coercitivos

    42. Medios pacficos y/o diplomticos: en principio todo medio diplomtico es pacfico, aun

    cuando no todo medio pacifico es diplomtico, es decir que no se realiza a travs de esa va,

    y es por ello que se llama pacficos y/o diplomticos:

    - Convencin para el arreglo pacfico de los conflictos internacionales la Haya 1907

    - La careta de las naciones unidas Art. 33 38

    - La carta de la organizacin de Estados americanos Art. 23-26

    - La Negociacin

    - Los buenos oficios

    - La mediacin

    - La investigacin

    - La conciliacin.

    43. La negociacin: Es un acuerdo directo, cuando se trata de dos Estados hablamos de

    negociacin directa y se lleva a cabo por medio de personas aptas, de experiencia y con

    suficiente personalidad y personera, en otras palabras, generalmente por la va diplomtica

    (Ministerio, jefes de Estado, Legados, Comisiones ad hoc). Cuando se trata de varios estados

    generalmente se convoca a una conferencia, lo cual equivale a entablar negociaciones, en

    la negociacin siempre hay compromisos, todos ganan algo y todos pierden algo.

  • 44. Los Buenos Oficios: Cuando las negociaciones, por razones diferentes, quedan estancadas

    o se rompen, entonces se acude a este medio; es prestado por un tercer Estado o por un

    grupo de Estados no partes en el conflicto, ya sea motu proprio, ya sea a peticin de una de

    las partes. En algunos casos los buenos oficios se interponen aun cuando no haya habido

    negociaciones previas y pueden tener como objetivo evitar un conflicto o poner fin al

    mismo.

    45. La mediacin: Se da cuando un tercer Estado o grupo de Estados que actan

    coordinadamente, intervienen activamente en las negociaciones. La intervencin tiene

    carcter de intermediacin, los mediadores o mediador puede coadyuvar sugiriendo

    solucin, compromisos dignos.

    46. La investigacin: Las partes de comn acuerdo, otorgan a una comisin la facultad de

    esclarecer una divergencia proveniente de la diferente apreciacin de una situacin de

    hecho, la comisin investiga, gozando de los privilegios e inmunidades diplomticas al final

    rinde su informe por mayora de votos.

    47. La conciliacin: La conciliacin esta entre la investigacin y el arbitraje, es por consiguiente,

    un punto intermedio entre lo pacfico y lo jurisdiccional. Va ms all de la investigacin

    porque no se concreta a examinar los hechos sino a sugerir soluciones, cada da se usa

    menos.

    48. Medios Jurdicos: Son aquellos en los cuales existe un rgano con jurisdiccin, con poder

    para juzgar, al cual se acude para dirimir en forma pacfica los conflictos internacionales,

    Medios quasijuridicos o quasijurisdiccionales, no ejercen jurisdiccin ni tienen poder para

    ejecutar o hacer ejecutar o hacer cumplir lo juzgado, pero que gozan del respeto en el

    mbito internacional por su alta credibilidad y preparacin al respetar el debido proceso y

    demostrar especialidad, capacidad, objetividad, independencia e imparcialidad entre otros.

    49. Corte Internacional de Justicia: tambin llamada Tribunal Internacional de Justicia) es el

    principal rgano judicial de las Naciones Unidas. Fue establecida en 1945, en La Haya, Pases

    Bajos siendo la continuadora, a partir de 1946, de la Corte Permanente de Justicia

    Internacional. Sus funciones principales son resolver por medio de sentencias las disputas

    que le sometan los Estados (procedimiento contencioso) y emitir dictmenes u opiniones

    consultivas para dar respuesta a cualquier cuestin jurdica que le sea planteada por la

    Asamblea General o el Consejo de Seguridad, o por las agencias especializadas que hayan

    sido autorizadas por la Asamblea General de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas

    (procedimiento consultivo).

    50. Tribunal Internacional del Derecho del Mar: Es un tribunal internacional Especializado, para

    conocer controversias relacionadas con la interpretacin y aplicacin de la convencin de

    las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar.

    51. Tribunal Penal Internacional: es un tribunal de justicia internacional permanente cuya

    misin es juzgar a las personas acusadas de cometer crmenes de genocidio, de guerra, de

    agresin y de lesa humanidad. Es importante no confundirla con la Corte Internacional de

    Justicia, rgano judicial de Naciones Unidas, ya que esta tiene personalidad jurdica

    internacional, y no forma parte de las Naciones Unidas, aunque se relaciona con ella en los

    trminos que seala el Estatuto de Roma, su norma fundacional. Tiene su sede en la ciudad

    de La Haya, en los Pases Bajos.

    52. El Arbitraje: Es una institucin destinada a la solucin pacifica de los conflictos

    internacionales y se caracteriza por el hecho de que dos Estados en conflicto someten su

    diferendo a la decisin de una persona (arbitro) o varias personas (comisin arbitral),

  • libremente designadas por los estados y que deben resolver apoyndose en el derecho o en

    normas que las partes acuerden sealarles.

    53. Arbitraje Ocasional: Es aquel en el cual las partes, al fracasar utilizando otros medios,

    finalmente deciden de comn acuerdo y voluntariamente, previo un pacto en el cual se

    harn constar las condiciones y la voluntad de acatar el fallo, de someter su divergencia a la

    decisin arbitral. Esta clase de arbitraje se basa en la voluntad especfica de someter este

    problema especfico, individual, determinado y aislado, no se basa en ningn documento

    general, en ningn compromiso general que haya previsto esta situacin.

    54. Arbitraje Institucional: Es aquel en el cual las partes se basan en un documento firmado de

    comn acuerdo en un tiempo en el que el conflicto no exista especifica ni generalmente,

    puede tratarse en este caso de algn convenio (tratado) internacional bipartito o

    multipartito, referente a un rea general o especfica y en el cual se previ que cualquier

    problema o divergencia en relacin con el objeto del convenio, se dirimira en la va del

    arbitraje. Es dentro de esta clase que caen aquellos tratados o contratos internacionales en

    los cuales se crea la clusula compromisoria.

    55. Medios coercitivos: Son aquellas despus de que los estados utilizaron todos los medios

    pacficos y aun los jurdicos, sin que ello solucione el conflicto. En dichas situaciones, es

    permitido hacer uso de los medios coercitivos, tomando de acuerdo y con el consentimiento

    de la comunidad internacional, son medios que sin llegar a la guerra propiamente dicha no

    escapan de tener una naturaleza violenta.

    56. La Retorsin: Se da cuando un Estado aplica a otro la misma medida restrictiva o prohibitiva

    que este aplico a aquel. Sucede mucho en el campo de los impuestos y libre comercio se le

    podra llamar la ley del talin.

    57. Las Represalias: Se da cuando un Estado aplica medidas en perjuicio de otro Estado; este

    segundo estado adopta medidas de coercin que sean de naturaleza que hagan rectificar

    primero su conducta.

    - Debe ser de naturaleza a afectar al estado como tal y no contra sus individuos.

    - Debe ser proporcionada, de lo contrario llevara a conflictos mayores.

    - Debe ser oportuna, no extempornea, porque si se espera mucho tiempo podra

    concluirse a una aceptacin tcita de la situacin.

    58. El Boicot (Interrupcin): Es la interrupcin de relaciones comerciales, puede ser oficial y

    particular. Oficial o estatal es cuando el Estado, por una ley o accin compulsoria, obliga a

    sus ciudadanos a interrumpir sus relaciones comerciales con otro Estado. Particular es

    cuando son los individuos que concertadamente, por medio de actos de presin pblica,

    con propaganda y otros medios lcitos, incitan a sus conciudadanos a interrumpir sus

    relaciones comerciales, tursticas, intelectuales y de todo orden con otro estado o con

    ciudadanos de otro estado.

    59. La Cuarentena: Es un esfuerzo selectivo y preventivo destinado a disipar una amenaza para

    la paz y se lleva a cabo en tiempos de paz pero frente a circunstancias que tienden a una

    guerra inminente; por la cuarentena se ejerce estricta vigilancia sobre el trfico con

    discrecin de permitir o impedir la entrada y salida de buques, naves, areas, transportes

    terrestres, cualquier clase de comunicaciones de y hacia un determinado territorio.

    60. El Bloqueo: Generalmente es una tctica empleada durante el desarrollo de una guerra;

    consiste en no permitir el paso de buques, naves areas, medios terrestres, comunicaciones

    de cualquier clase y hacia un determinado territorio.

  • 61. Ruptura de Relaciones Diplomticas: Se produce cuando un Estado se siente gravemente

    afectado por la conducta de otro Estado que ha atentado contra su dignidad con actos,

    palabras o simplemente con un actuar negligente. Es una seria advertencia porque

    prcticamente se cierran los canales de comunicacin poltica, los agentes diplomticos

    abandonan el pas y se solicita a los agentes diplomticos que abandonen el pas de quien

    toma esta medida.

    62. El embargo: Consiste en el secuestro de los bienes de un estado por otro, ya sea en su propio

    territorio (del Estado que toma la medida) o en terceros territorios a travs de acciones

    judiciales. Por ejemplo: navos, cuentas bancarias, acciones, crditos material comprado,

    pagado y todava no entregado. Etc.

    63. El Ultimtum: Es una intimidacin que un gobierno dirige a otro por medio de una nota

    diplomtica, como proposicin final, con respecto a una divergencia que los separa,

    requirindole aceptar determinada solucin dentro de un plazo de 24, 48 y 72 o ms horas,

    siendo entendido que la no aceptacin implica la adopcin de medidas ms graves que

    pueden ser ruptura de relaciones diplomticas, boicot, embargo, guerra, etc.

    64. La accin de las Naciones Unidas: Se da esto en casos determinados, en los que la paz del

    mundo y su seguridad estn amenazadas o bien en situaciones que originaran friccin o

    controversia internacional.

    - En caso de amenazas a la paz y seguridad: intervencin del consejo de seguridad,

    comenzando por discutir pblicamente la situacin.

    - En caso de situaciones que signifique friccin, intervencin directa del consejo de

    seguridad para investigar.

    - En caso sumamente grave para la paz y seguridad de la humanidad: la intervencin

    armada tal como sucedi en corea.

    65. La intervencin de los organismos Regionales: El consejo de Seguridad deja que los

    organismos regionales realicen su investigacin dentro de su regin y enseguida utiliza sus

    conclusiones para las medidas que recomendara aplicar.

    66. Las Sanciones: El consejo de seguridad y la asamblea general se encarga de aplicarlas y

    pueden ser econmicas, polticas, penales, combinacin de todas las anteriores.

    67. El uso de la fuerza por organizaciones Regionales: Queda reservado a aquellas

    organizaciones de defensa regional esto se hizo patente en el caso de Yugoslavia frente a

    Kosovo.

    68. El Asilo: Es el amparo que se busca en un Estado diferente a aquel en el cual una persona

    es perseguida polticamente, molestada o amenazada en su integridad fsica o en la

    integridad fsica de sus allegados o en sus bienes. El asilo equivale a proteccin otorgada

    en un lugar que goza de inmunidad, de extraterritorialidad.

    69. Condiciones:

    - Debe de tratarse de un caso de urgencia

    - El solicitante debe ser perseguido por delitos polticos o delitos conexos con delitos

    polticos

    - El solicitante al momento de solicitar asilo no debe encontrarse inculpado o procesado

    formalmente ante tribunales ordinarios competentes por delitos comunes.

    70. Clasificacin: Se clasifica en asilo territorial y asilo diplomtico.

    71. Asilo Territorial: Se produce cuando las personas logran emigrar a territorio extranjero y

    una vez en dicho territorio o al momento de ingresar a l solicitan el asilo en ese Estado.

  • 72. Derechos del asilante:

    a) Negar la extradicin

    b) Calificar el delito como poltico, comn o conexo

    c) Someter al asilado a una disciplina especial, es decir, vigilancia para que no se dedique

    a actividades polticas o subversivas a travs de declaraciones.

    73. Asilo Diplomtico: Se produce cuando el perseguido busca amparo y proteccin en

    legislaciones, navos de guerra, campamentos o aeronaves militares.

    74. Derechos del Estado asilante:

    a) Calificar el delito y es a l a quien corresponde hacer la calificacin

    b) Negar el asilo sin explicar las razones de la negativa.

    c) Calificar si se trata de un caso de urgencia.

    75. Obligaciones del Estado Asilante:

    a) Asegurar la salida del asilado tan pronto como posible

    b) Trasladar al asilado fuera del pas

    c) No desembarcar al asilado dentro del estado territorial ni en lugar prximo a l.

    76. El Refugiado: ES un civil que no tiene nada que ver con un conflicto blico y tiene que

    emigrar porque es la nica medida para proteger su vida y la vida de sus allegados.

    77. El Desplazado: Es una persona que debe abandonar su hogar de residencia habitual porque

    las condiciones y circunstancia no son propias a su desarrollo y a una vida digna, se muda a

    un lugar diferente con la esperanza de un retorno cercano o lejano, no salen del estado.