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DERECHOS FUNDAMENTALES EN EL DERECHO DE LA INFORMACIÓN

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Law


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Page 1: DERECHO INFORMATICO

DERECHOS FUNDAMENTALES EN EL

 DERECHO DE LA INFORMACIÓN

Page 2: DERECHO INFORMATICO

SEGÚN JULIO TELLEZ AFIRMA QUE…

• El internet bajo la perspectiva jurídica debe ser analizado bajo dos situaciones distintas. Como objeto de un derecho fundamental y como instrumento, es

decir, si el internet resulta ser un derecho por lo tanto es una garantía o

un servicio universal.

Page 3: DERECHO INFORMATICO

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE DERECHO HUMANOS Y DERECHOS

FUNDAMENTALES DE LA PERSONA?• La diferencia entre los Derecho Humanos y los Derechos fundamentales de la Persona se debe a que, a  raíz de los derechos fundamentales que se dio en Francia

del siglo xviii con la declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1789. Los derechos fundamentales se encuentran plasmados en las constituciones

de los Estados, debido a la magnitud de importancia que los caracteriza. Se les denomina así (fundamentales) por la relevancia de los derechos que agrupa el concepto; aquellos derechos que son considerados vitales  para el desarrollo

individual y social de las personas, con independencia de factores como condición social, religión, preferencia sexual o nacionalidad.

Page 4: DERECHO INFORMATICO

¿QUÉ DICE LA CONSTITUCIÓN PERUANA SOBRE EL ORDENAMIENTO

EN MATERIA DIGITAL?• Sobre el ordenamiento en materia digital  en el Perú, la forma tradicional

de identificación en medios no presenciales como es el caso de internet, no resulta aplicable en razón que en tal medio se requiere una forma segura de comprobar o autenticar la identidad, lo cual en la actualidad es inviable en razón que por lo general la forma por la cual se identifican las personas en dicho medio se basa en una identidad creada y controlada por ellas mismas, lo cual no permite brindar la certeza que logre asegurar que una persona determinada es quien dice ser.

• El congreso de la Republica del Perú establece la necesidad pública y de preferente interés nacional la masificación de los servicios de telecomunicaciones de banda ancha. El proyecto de ley que incorpora como derecho constitucional el acceso al internet de banda ancha incorporándose en el artículo 2 de la constitución política, el siguiente numero: 25 al acceso a internet con conexión de banda ancha y a servicios de telecomunicaciones de calidad.

Page 5: DERECHO INFORMATICO

EL INTERNET ES…• Considero que el internet no sólo permite a los individuos ejercer su

derecho de opinión y expresión, sino que forma parte de sus derechos humanos y promueve el acceso de la sociedad en su conjunto, acceso

que debe mantenerse especialmente en momento políticos clave como elecciones, tiempos de intranquilidad social y/o aniversarios históricos y

políticos.

Page 6: DERECHO INFORMATICO

LA BRECHA DIGITAL

• Se entiende como el acceso, uso y apropiación  de las tecnologías tanto a nivel geográfico como socioeconómico. Este mismo, está en relación

con la calidad de la infraestructura tecnológica, los dispositivos y conexiones, pero sobre todo, con el capital cultural para transformar la

información circulante en conocimiento relevante.