derecho economico

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1 Catedra: PROGRAMA DE DERECHO ECONOMICO, FINANCIERO, Y CORPORATIVO, CONTEMPORANEO.-DR. HILLAR. (2012) BOLILLA I PARTE GENERAL INTRODUCTORIA I.- DERECHO, ECONOMICO NACIONAL: finanzas, política económica, y ciencias de la administración. Análisis económico del derecho. 1. LAS CIENCIAS ECONÓMICAS, EL DERECHO, Y LA EVOLUCIÓN DEL ESTADO. Las grandes etapas, a partir del siglo XIX; los fenómenos económicos, y sociales: los marcos constitucionales, y las encíclicas. La crisis mundial de 2008, y sus consecuencias; El riesgo país.- Las repercusiones en la Republica Argentina, y las medidas de política económica, el control de cambios, el comercio internacional, la intervención del estado, las juntas reguladoras, y sus evoluciones. Dirigismo, intervencionismo, y

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Page 1: Derecho economico

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Catedra: PROGRAMA DE DERECHO ECONOMICO, FINANCIERO, Y

CORPORATIVO, CONTEMPORANEO.-DR. HILLAR. (2012)

BOLILLA I

PARTE GENERAL INTRODUCTORIA

I.- DERECHO, ECONOMICO NACIONAL: finanzas, política económica,

y ciencias de la administración. Análisis económico del derecho.

1. LAS CIENCIAS ECONÓMICAS, EL DERECHO, Y LA

EVOLUCIÓN DEL ESTADO.

Las grandes etapas, a partir del siglo XIX; los fenómenos económicos, y

sociales: los marcos constitucionales, y las encíclicas. La crisis mundial de

2008, y sus consecuencias; El riesgo país.-

Las repercusiones en la Republica Argentina, y las medidas de política

económica, el control de cambios, el comercio internacional, la intervención

del estado, las juntas reguladoras, y sus evoluciones. Dirigismo,

intervencionismo, y planeamiento; sus formas, y caracteres, experiencias en la

Republica Argentina. -

II. EL DERECHO INTERNACIONAL ECONÓMICO: CIADI, OMPI,

OMC, Y MERCOSUR. a) La clausula de la nación más favorecida. b) El

IOSCO, el comité de Basilea, el G-20.-

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BOLILLA II.

DERECHO ECONÓMICO , FINANCIERO, Y CORPORATIVO.

1. DERECHO ECONÓMICO: derecho de la empresa, derecho de la economía,

y las finanzas. Concepto amplio, o estricto.-Los factores de la producción, y

sus regímenes legales.

El derecho económico, como expresión jurídica, de la política económica,

adoptada por el estado: las regulaciones de la actividad económica

(producción, importación, comercialización, precios, racionamiento,

abastecimiento; políticas monetarias, de divisas y del crédito; privilegios, y

contratos de trabajo)

El desplazamiento de las ramas del derecho privado, hacia el derecho publico;

la penalización de la actividad económica, y financiera.

2. EL DERECHO FINANCIERO, Y CORPORATIVO, O DE LA

EMPRESA: a) La empresa. Concepto. Sentido económico del concepto. Los

elementos jurídicos de la empresa. b) Las funciones del gobierno

corporativo, y financiero. c) Las cinco funciones de las finanzas

corporativas, en la empresa.-

3. LOS ESTADOS CONTABLES, Y FINANCIEROS. a) El flujo de

fondos, valor del dinero en el tiempo. b) Las NIIF, y las normas contables en

Argentina. c) Los estados contables. d) Los ratios financieros.-

4. LAS ACCIONES DE CLASE, Y EL DERECHO CORPORATIVO;

las relaciones empresariales, y los derechos del consumidor. El defensor del

pueblo: leyes 24.284 y 24.379.-

Page 3: Derecho economico

3

I.DERECHO ECONOMICO, Y FINANCIERO PÚBLICO:

BOLILLA III.

1. DERECHO ADMINISTRATIVO, Y CONSTITUCIONAL

ECONOMICO:

PODER DE POLICÍA, PODER ECONÓMICO, Y PODER

TRIBUTARIO, EN LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA

ECONÓMICA;

Ámbitos nacional, provincial, y municipal, las entidades autárquicas, y los

entes interjurisdicionales; los principios constitucionales.

Los convenios de coparticipación impositivos, y el convenio multilateral, en la

aplicación de regímenes tributarios; constitucionalidad.

Pacto federal: decreto 14/94. La legislación de emergencia, y la reforma del

estado.

2. LA NOCIÓN, DE ORDEN PÚBLICO ECONÓMICO;

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3. SERVICIOS PÚBLICOS, Y EMPRESAS: a) El control del poder

económico privado; la participación, e influencia, del estado, en la actividad

económica: medios indirectos, y medios directos; el estado como prestatario

de servicios; las empresas públicas; sociedades de estado: ENARSA, ARSAT,

AEROLINEAS ARGENTINAS.-

Sociedades con capitales, de participación estatal; empresas mixtas, YPF;

empresas de origen privado, administradas por el estado;

b) La desinversión, en los medios audiovisuales.-

4. LA CREACIÓN, DE ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS, DE

CONTROL, Y JUZGAMIENTO; competencia administrativa, y control

jurisdiccional; diversidad de competencias;

El fuero federal, y contencioso administrativo y tributario; el fuero en lo penal

económico.

Tribunal Fiscal de la Nación.

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Page 5: Derecho economico

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BOLILLA IV.

CONTROLES, Y ESTÍMULOS. HABEAS DATA :

1. CONTROLES Y ESTÍMULOS, A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA:

objetivos y fines, de la legislación: motivaciones, premios, y sanciones.

Promoción industrial, y minera.-

El marco constitucional. El art. 75 inc.18 de la C.N. 1994: cuestiones

jurisprudenciales. Las leyes de privilegios, condiciones, y requisitos; las leyes

de regularización tributaria, y moratoria. Los regímenes de diferimiento, de

impuestos. Leyes excepcionales, o de emergencia, N° 23.696, 23.697, y

25.561. La analogía, en la ley de coparticipación federal.-

Derechos y garantías de los administrados; las leyes que establecen, el secreto

de las informaciones suministradas a los organismos administrativos.

Diferenciación de los efectos jurídicos, entre secreto, e información

confidencial. Los agentes económicos, beneficiarios de exenciones,

desgravaciones, y subsidios fiscales: deberes y responsabilidades civiles, y

penales.-

2. HABEAS DATA, bancos de datos, facultades, recursos reglados, y

facultades de superintendencia; los diversos recursos, y acciones de amparo.

El Veraz.-

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BOLILLA V.

LAS FUENTES, DEL DERECHO ECONOMICO:

1. LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, Y LOS TRATADOS

INTERNACIONALES. La ley, los textos ordenados, la costumbre.

Las reglamentaciones, y las normas complementarias, las leyes-convenio, y

los convenios interjurisdiccionales; las resoluciones ministeriales.-

Las resoluciones interministeriales; las administrativas de funcionarios

facultados, y de órganos colegiados; resoluciones administrativas conjuntas;

los dictámenes jurídicos obligatorios, y previos, a la adopción de decisiones, y

los conformados, por la autoridad superior; dictámenes vinculatorios, y no

vinculatorios.-

Los dictámenes de la Procuración del tesoro, y su obligatoriedad para todos

los servicios jurídicos, del estado.-

Las reglamentaciones internas, y las circulares administrativas; el acto

administrativo, que causa estado y atribuye, o reconoce derechos u

obligaciones; el caso especial de la consulta. -

2. LOS ALCANCES, Y EFECTOS, PARA LA ADMINISTRACIÓN, Y

PARA LOS ADMINISTRADOS. Los decretos de necesidad, y urgencia;

limitaciones (C.N. 1994).Las relaciones contractuales, entre partes privadas, y

con el estado; Contratos atípicos, contratos electrónicos, contratos

administrativos, y de obra pública (ley 13.064).-

Page 7: Derecho economico

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BOLILLA VI.

REGIMEN DE ENTIDADES FINANCIERAS, Y DE CAMBIOS

1. EL RÉGIMEN DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS.

Estructura y contenido, de la ley de entidades financieras (ley 21.526);

autoridad de aplicación; entidades comprendidas; deberes jurídicos, controles,

fiscalización, sumarios, sanciones, y recursos.-

Las fuentes: Carta orgánica del Banco Central de la Republica Argentina; las

circulares del Banco Central, caracteres, forma de modificación, vigencia;

integración de la ley, y de sus normas en blanco; materias de su competencia,

leyes 24.144, y 24.145.-

2. ESTRUCTURA Y CONTENIDO, DE LAS LEYES 19.359, 20.184,

22.338, 24.144, 23.928, SOBRE RÉGIMEN CAMBIARIO. Sus fuentes.

Sociedades de ahorro para fines determinados. La ley 25.561.-

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II. DERECHO ECONOMICO, Y FINANCIERO PRIVADO:

BOLILLA VII.

LOS REGIMENES DE PRODUCCION, COMERCIALIZACION , E

INVERSION. (I)

1. COMERCIALIZACIÓN: Contratos de distribución comercial, operación

logística, franquicia, y de agencia. Compraventa internacional. Las garantías a

primer demanda. Joint ventures, consorcios, y alianzas estratégicas.

INCOTERMS. Zonas francas. Indicaciones geográficas, o denominaciones

de origen.-

2. PROCEDIMIENTOS, Y RECURSOS: legislación de agio, y

abastecimiento (ley 20.680, y dec. 722/99), veda al consumo de carne (ley

22.520; res.m.e.68/82 y 150/82). Identificación de mercaderías, (leyes 11.275

y 19982) ley 20.202, vinos, carnes (ley 21.740), granos, marcas (22.362), y

concurrencia desleal (art.159 C.P.).-

3. LEALTAD COMERCIAL (ley 22.802). Publicidad engañosa. Ley de

monopolio (leyes 12.906, y 21.845). Abuso de la posición dominante, e

insider trading.

4. LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, (leyes 22.262, 25.156).

5. LOS REGÍMENES INDUSTRIALES PROTEGIDOS; Rembolsos a los

exportadores, y draw - back. El régimen de la industria automotriz; su

evolución. Financiamiento del comercio exterior. Retenciones.-

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BOLILLA VIII

LOS REGIMENES DE PRODUCCION, COMERCIALIZACION , E

INVERSION. (II)

REGIMEN JURIDICO, DE PRODUCTOS, Y SERVICIOS.

RESPONSABILIDAD POR PRODUCTOS, Y POR RIESGO DE

EMPRESA.

I. REGIMEN JURIDICO DE LA INVERSION.

1. EL RÉGIMEN DE LAS INVERSIONES EXTRANJERAS;

La ley 21.382. D.L. 1853. Ley 19.892, modificada por leyes 22.802 y 26.422,

lealtad comercial. El régimen de importación, y transferencia de tecnología;

leyes 21.617, y 22.426.Ley de Inversiones mineras (leyes 24.196, y 25.161).

La legislación antidumping (ley 21.838).Dominio nacional de tierras rurales.-

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II. REGIMEN JURIDICO DE PRODUCTOS, Y SERVICIOS:

1. PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, (leyes 16.463, 17.565,26.567, y

decreto 815/82).

2. ALIMENTOS, Y AGRO: a) Policía de productos alimentarios, y

agroalimentarios. Comercio del agro, control del Ex ONCCA; Pool de

siembras, Feed Lot; La industria de la pesca. b) El código alimentario (ley

18.824).-

3. LA PRENSA, Y LA LEY DE MEDIOS AUDIOVISUALES, (ley

26.522).-

4. LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ, (ley 26.393). -

5. LA INDUSTRIA DEL ACERO, CONSTRUCCION, Y LA MINERIA.-

6. LA BANCA DE INVERSION, COMERCIAL, Y LA BANCA

HIPOTECARIA (Ley 24.855).-

7. LAS CONSULTORAS EN AUDITORIA, Y FINANZAS

CORPORATIVAS. LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE.-

III. LA RESPONSABILIDAD CIVIL, POR PRODUCTOS, Y POR

RIESGO DE EMPRESA .-

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BOLILLA IX.

DERECHO CORPORATIVO. (I)

I. EL CONTENIDO DEL DERECHO CORPORATIVO. a) Teoría de la

agencia. La responsabilidad social empresaria, y el buen gobierno

corporativo. b) Control: Auditoría, Ley Sarbanes Oxley. c) Índices bursátiles

de buen gobierno. d) Value at risk.-

1. REGIMEN JURIDICO DE PYMES, Y EMPRESAS FAMILIARES:

a) El concepto de Pyme, y Mini Pyme. Financiaciones especiales.

Sociedades de garantía recíproca. b) La empresa familiar. Características.

Aspectos económicos, familiares, y legales. El Protocolo familiar. Incidencia

del derecho de sociedades, y de familia; aportes del proyecto de nuevo código

civil. c) Solución de controversias, de la empresa familiar.-

2. PLAN DE NEGOCIOS, DE LA EMPRESA FAMILIAR.-

3. RÉGIMEN FINANCIERO DE LA VIVIENDA, Y DE LA

CONSTRUCCIÓN: El fideicomiso en la construcción. REIT. Leasing. Lease

back. Refinanciación hipotecaria (ley 25.798). Régimen financiero del

desarrollo inmobiliario.-

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4. EL FINANCIAMIENTO DE LA EMPRESA. a) Financiamiento de

proyectos de inversión, VAN y TIR, (Project finance). b) Financiamiento

de la empresa. Emisión de acciones, y bonos. c) Titulación de activos. d)

Prestamos sindicados, ADR´s. Due diligence.-

5. APALANCAMIENTO FINANCIERO, a) Leveraged buy out. Ingeniería

financiera. b) Sindicación de acciones. Valuación de acciones, y bonos;

análisis técnico, y fundamental. c) Oferta pública inicial, control corporativo,

y adquisición hostil. Emisión de capital maduro. d) Valoración de empresas,

y de inversiones, e) Análisis de riesgo.-

6. PRESUPUESTO, ESTRUCTURA DE CAPITAL, Y POLITICA DE

DIVIDENDOS.-

7. ESTRATEGIA CORPORATIVA, Y CREACION DE VALOR, CON

DECISIONES FINANCIERAS.-

8. ADMINISTRACION DEL FINANCIAMIENTO: I) A corto plazo: A)

Análisis de solvencia, y de rentabilidad. B) Estudio del Activo corriente:

a) Bienes de cambio, e inventarios. b) Cuentas por cobrar; C) Pasivo

corriente; D) Patrimonio neto, II) A largo plazo.-

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BOLILLA X.

DERECHO CORPORATIVO (II)

AGENTES, Y MERCADOS. ARBITRAJE.COMERCIO DE

SERVICIOS.

1. AGENTES ECONOMICOS:

Agentes registrados, y corredores de bolsa. Agencias de cambio, turismo, y

seguros. Calificadoras de riesgo. Auditores. Gerentes del área de finanzas.

Servicios financieros (C.R.M.).-

2. MERCADOS ORGANIZADOS:

a) Bolsas de valores, MAE, Rofex. Bolsa de cereales. b) Cámara de la

construcción, propiedad horizontal, y desarrolladores inmobiliarios. c)

Mercado del dinero, y Forex. d) Tribunal del mercado financiero, y cambio.

Tribunal de la competencia. e) Registros: importadores, exportadores,

proveedores de estado, constructores de obras publicas, consultorías.

Importación de productos alimenticios, ley 18.284; decreto 2.126/71. Código

aduanero, y res. Aduana 1.425/83..-

3. NUEVA LEY DE MERCADO DE CAPITALES, (ley 26.831), C.N.V.-

4. EL ARBITRAJE, Y LA MEDIACIÓN, en los mercados organizados, e

internacionales. El CIADI.-

5. EL COMERCIO DE SERVICIOS: Acuerdo GATS.-

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BOLILLA XI.

ASPECTOS CONTEMPORANEOS, DEL DERECHO ECONOMICO,

FINANCIERO, Y CORPORATIVO. (I)

1. LAS FINANZAS INTERNACIONALES: Administración de carteras.-

2. OPERACIONES FINANCIERAS CONTEMPORÁNEAS; Venture

capital, mesas de dinero. Club de bancos. Futuros, opciones, y Swaps.

Transferencia electrónica. Restricciones a la compra del dólar. Operaciones

crediticias extra-bancarias: fondos comunes de inversión, y fondos mutuos.

Hedge funds. Mercados de instrumentos financieros, subasta holandesa, y

americana. Ahorro previo para fines determinados (contratos anómalos).-

3. DERECHO PENAL ECONÓMICO:1) Delitos informáticos; violación al

derecho de autor, y a las patentes. 2) Factores desestabilizadores de la

economía: tráfico clandestino o contrabando, tráfico de armas, tráfico de

drogas, negociaciones incompatibles. Economía subterránea. Convención

contra la corrupción. Ilícitos tributarios. Lavado de dinero.3) La

responsabilidad penal de las personas jurídicas.-

4. COMERCIO ELECTRÓNICO. a) Marketing digital. Internet. Nombres

de dominio, Redes sociales. b) ICANN. OMPI, y ODRS. c) Convenio

APDIC.-

5. DERECHO DE AUTOR, MARCAS, Y PATENTES: Patentes sobre

productos financieros, y registro del software; ley de patentes, y modelos de

utilidad.

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BOLILLA XII

ASPECTOS CONTEMPORANEOS, DEL DERECHO ECONOMICO,

FINANCIERO, Y CORPORATIVO. (II)

1. DERECHO AL DESARROLLO SOSTENIBLE: a) Bienes jurídicamente

protegidos. Desarrollo sostenible; b) Mercados financieros sobre

commodities, y desarrollo sostenible. c) Los paraísos fiscales.-

2. RESPONSABILIDAD POR RIESGO, POR ACTIVIDADES

PELIGROSAS .a) Recursos naturales, riesgo, y finanzas. Mercados

financieros, y seguros, en riesgos de energía, gas. b) Biocombustibles, ley

26.093, c) Responsabilidad por actividades peligrosas.-

3. DERECHO SOBRE LA PROPIEDAD: La interferencia gubernamental

en los contratos privados, (alquileres, plan BONEX. impuestos retroactivos,

etc.).La pesificación, prohibición de indexar, el esfuerzo compartido.-

4. LA EXPROPIACIÓN, Y EL CIADI. Tratados bilaterales de protección a

la inversión. La expropiación de recursos naturales y CIADI.-

5. REGÍMENES DE EMERGENCIA ECONOMICA, DEL ESTADO:

La emergencia administrativa, financiera, y económica.

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II. TESINA

Page 16: Derecho economico

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I. ESTRATEGIA METODOLÓGICA.

Se desarrollará la asignatura con una modalidad teórico-práctica, un total de

12 bolillas.

En las clases teóricas se propondrá la información específica con la finalidad

de constituir en el alumno un conocimiento sistémico utilizable en su

desempeño como profesional.

En los trabajos prácticos y en el proyecto final se propondrá la síntesis de

varios objetivos simultáneamente, a saber: análisis de materiales, casos de

referencia y construcción de reflexiones teóricas personales.

Atento al régimen de enseñanza vigente en la UNC, la promoción de la

asignatura, sin examen, requiere:

1. Asistencia no menor al 75% de las clases dictadas.

2. 100% de trabajos prácticos y proyecto final entregados en término y

aprobados.

3. Promedio general no menor a siete (7).

La condición de alumno regular con derecho a examen final requiere:

1. Asistencia no menor al 75% de las clases dictadas.

2. 100% de trabajos prácticos y proyecto final entregados en término y

aprobados.

3. Promedio general no menor de (4).

Page 17: Derecho economico

17

II. BIBLIOGRAFIA : I. Parte General.

Robert Cooter, y Thomas Ulen (2002), Derecho y economía (Fondo de

Cultura Económica, 2da edición).

Jorge Witker, “Curso de Derecho Económico”. I.I.J. UNAM. 1996.

Richard A. Posner, (2007). Economic Analysis of Law (Aspen, 7th edition).

Alfredo Bullard González, (2006). El análisis económico, de las instituciones

legales. (Lima: Palestra Editores, 2da edición).

Alejandro Hillar, Ingeniería Financiera, Comercio Exterior, Inversión

Extranjera. ED. Lerner.

Héctor Cuadra, "Reflexiones sobre el Derecho Económico", en estudios de

derecho económico. Vol. I. Ed. UNAM, México 1977.

Héctor Cuadra. “Las vicisitudes del Derecho Económico, en México, a partir

de 1917", en estudios de derecho económico Vol. II. Ed. UNAM. México,

1977.

Héctor Cuadra. "Aspectos Jurídicos del Nuevo Orden Económico

Internacional", en estudios de derecho económico Vol. III. Ed. UNAM,

México, 1979.

Miriam Smayevsky, Viggiola. Derecho Económico I, Editorial La ley, Buenos

Aires, 2005.

Julio Olivera, Derecho Económico. Concepto, y problemas fundamentales.

Ed. Arayu 1956.

Jorge M. Galeana Méndez, "Introducción al Derecho Económico", editorial

Trillas.

Page 18: Derecho economico

18

Mario Saúl Schujman, Derecho Económico, y social. Globalización.

Constitucionalismo substancial, y derechos humanos, o lex mercatoria. U.N.R

Colección Académica.

David Enríquez, “Derecho internacional económico, apuntes para una crítica

contemporánea”, A.M.D.I. Vol. VI.

Hugo Rangel Cuoto, , Derecho económico, México, Porrúa, 1980, Revista de

la Facultad de Derecho en México, tomo XXIV, julio-diciembre, 1974, núm.

95-96; tomo XXV, enero-junio,1975, núm. 97-98; tomo XXXI, enero-abril,

1981.

Graham, Smart, Megginson, Finanzas Corporativas, Ed. Cengage learning.

Sergio Salomón Zarkin Cortes, Derecho Corporativo, editorial Porrúa,

México, segunda edición México 2005.

Miguel Martin Mato, Mercado de capitales, una perspectiva global. ED.

Cengage learning.

Gómez Leo, Tratado teórico practico de derecho comercial. Ed. La ley.-

López Tilly, “Financiamiento de la empresa”, Ed. Astrea.-

José Manuel Porto, Fuentes de financiación. ED. Busyatti.-

“Empresas de Familia. Aspectos Societarios, de familia, y sucesiones,

concursales, y tributarios. Protocolo de familia”, dirigida por Gabriela

Calcaterra, y Adriana Krasnow, editada por La Ley, Buenos Aires, 2010.

Favier Dubois (h), E.M. (Director) “Negociación, mediación, y arbitraje, en la

empresa familiar”, Editorial Ad Hoc, Buenos Aires, 2012.

Guillermo Dumrauf, Finanzas corporativas, ED. Alfaomega.-

Carlos M. Negri, Instituciones de derecho privado, y de derecho

económico. ED. Macchi.

Daniels John (et al), Negocios internacionales: Ambientes y operaciones,

Pearson 2007.

Page 19: Derecho economico

19

II. Parte Penal.

Ventura González: “Nociones generales, sobre Derecho Penal Económico”

Ediciones Jurídicas Cuyo, 1998.

Esteban Righi: “Los delitos económicos”, (Ad-Hoc, 2000)

Enrique R. Aftalión: “Tratado de Derecho Penal Especial”, T° I, La Ley,

1969.

Bacigalupo S., ‘La responsabilidad penal de las personas jurídicas’,

Barcelona, 1998.-

De la Rúa, ‘Los delitos económicos’, Doctrina Penal, año 3, N° 9, Bs. As.

1980.-

Spolansky; N. ‘Culpabilidad, la responsabilidad solidaria de las sociedades

anónimas, y la de sus directivos en el régimen cambiario (el caso del Banco de

Santander). Bs. As. L.L. t. 1977.

Tiedemann: ‘Aspectos penales, y criminológicos de las actividades de las

empresas transnacionales’ Estudios penales y criminológicos, VI, Universidad

de Santiago de Compostela, 1983.

Tiedemann: ‘Delitos contra el orden económico’ La reforma penal,

Universidad de Madrid, 1982.

Tiedemann: ‘Lecciones de derecho penal económico’, Barcelona, 1998.

Ledesma, Julio C. ‘Derecho Penal Industrial’, De Palma, 1987

Page 20: Derecho economico

20

III. CONCEPTO:

El estudio del derecho económico, y financiero contemporáneo, con

un doble abordaje, público, y corporativo, o empresarial, dentro de las

reglas de la globalización económica y social, es vital para el Abogado, o

profesional en ciencias económicas, de hoy en día.-

La disciplina derecho económico, estudia, como se regula en el mundo

globalizado, la operatoria económica, y financiera corporativa, por el estado,

o las empresas, sean individuales, o personas jurídicas, mediante

mecanismos de autorregulación, o para sociales, la obtención del

financiamiento, por parte de las empresas, para hacer frente a necesidades,

frente a recursos insuficientes, para satisfacer todas las necesidades

económicas, financieras, o de mercado, de los seres humanos, y de las

empresas, o aspectos vinculados a la globalización económica.

También se estudia como surge, la regulación por acuerdos

interestatales, que dan origen al derecho internacional económico; y el

régimen jurídico propio de las empresas, productos, o servicios, o sea el

derecho corporativo, o también llamado derecho de la empresa, los

agentes, y mercados, poniendo énfasis en el buen gobierno corporativo, la

responsabilidad social empresaria, y en la teoría de la agencia, donde los

accionistas, son el objeto de la gerencia financiera.-

Page 21: Derecho economico

21

Bienes Económicos: Aquellos que son escasos, y por ende hay que otorgarles

un valor en dinero.

Bienes Supuestamente Libres: Aquellos de libre acceso, (Océano, aire, etc.)

Necesidades: Sensación humana de carencia de algo, unida al deseo de

satisfacerlo. Las necesidades se clasifican según de quien surgen:

Naturales (Comer)

Del individuo:

Sociales, definidas éstas últimas como las que surgen de manera individual.

Pero como consecuencia de vivir en sociedad.

Colectivas, aquellas que parten del individuo pero por ser comunes a todos.

Ellos pasan a ser de la sociedad (Transporte, etc.)

De la sociedad:

Públicas, aquellas que surgen de la misma sociedad, (Seguridad).

Se entiende entonces por economía, la Ciencia que estudia la asignación más

conveniente de los recursos escasos, para la obtención de un conjunto

ordenado de objetivos, y el derecho económico, el que estudia la regulación de

los actos económicos más importantes de la sociedad.

De acuerdo a este concepto, el derecho económico, o financiero, no

estudia un área o campo de la actividad humana, sino aspectos de este,

relacionados con el gobierno de las empresas.

El aspecto de toda actividad humana, económica o financiera, o de las

empresas, en el intento de satisfacer las necesidades materiales, o financieras,

las llevan a la necesidad de elegir estrategias de mercado, en un mundo

globalizado (Dentro de las mismas necesidades, no todos elegirán lo mismo),

Page 22: Derecho economico

22

implica conocer las reglas, para el uso eficiente de los recursos, y la toma

acertada de decisiones.

El derecho económico, también llamado, normativa de los actos

económicos, y financieros, más importantes, es aquél conjunto de medidas,

que implanta la autoridad económica, tendiente a alcanzar ciertos objetivos, o

a modificar ciertas situaciones, a través del manejo de variables, que se

denominan "instrumentos", tales como "política monetaria", (alza o baja, de

tasas de interés); "política fiscal", (gasto público social); "política arancelaria",

(alza o baja de tasas arancelarias), o formas de regulación del mercado

financiero, por el estado, o las empresas, a través de mecanismos de

financiamiento, o convenios para societarios, el conocimiento de estos

mercados, su regulación, y estas operatorias, son vitales para el profesional de

derecho o de ciencias económicas, de hoy en día.

Como valor agregado, se desarrollara lo que hacen las empresas, en

la vida real, son casos tomados de los libros citados en la bibliografía, de

Graham, Smart, Megginson, de Guillermo Dumrauf, o las enseñanzas del

IADEF (INSTITUTO ARGENTINO DE EMPRESAS FAMILIARES), en

materia de empresas familiares, institución que ha colaborado, en la

elaboración del programa.-

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