derecho del patrimonio en chile: concepto, situación actual y proyecciones

9
Derecho del Patrimonio en Chile: Concepto, Situación actual y Proyecciones Patricio Bravo Arenas [email protected] Introducción. La situación actual del Patrimonio en Chile en materia legal es compleja. La legislación Patrimonial, las instituciones jurídicas y la actuación de quienes tienen competencia en la materia han generado una maraña de normas, usos, conceptos y relaciones jurídicas difíciles de analizar y, mucho menos, comprender en su totalidad. Sin embargo, la actuación de las Comunidades del Patrimonio ha permitido una nueva visión en la materia que, poco a poco, obliga al Estado (como herramienta de la intelectualidad de la élite) a revisar sus conceptos sobre el tema. En el presente trabajo, se pretende revisar la situación actual del Patrimonio material e inmaterial existente en Chile desde el punto de vista netamente jurídico, buscando proyectar el futuro de su organización a nivel país.

Upload: patricio-bravo

Post on 15-Aug-2015

36 views

Category:

Law


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Derecho del Patrimonio en Chile: Concepto, Situación actual y Proyecciones

Derecho del Patrimonio en Chile: Concepto, Situación actual y Proyecciones

Patricio Bravo [email protected]

Introducción.

La situación actual del Patrimonio en Chile en materia legal es compleja. La

legislación Patrimonial, las instituciones jurídicas y la actuación de quienes tienen

competencia en la materia han generado una maraña de normas, usos, conceptos

y relaciones jurídicas difíciles de analizar y, mucho menos, comprender en su

totalidad. Sin embargo, la actuación de las Comunidades del Patrimonio ha

permitido una nueva visión en la materia que, poco a poco, obliga al Estado (como

herramienta de la intelectualidad de la élite) a revisar sus conceptos sobre el tema.

En el presente trabajo, se pretende revisar la situación actual del Patrimonio

material e inmaterial existente en Chile desde el punto de vista netamente jurídico,

buscando proyectar el futuro de su organización a nivel país.

El Patrimonio “oficial” contra las Comunidades del Patrimonio: un nuevo

escenario.

¿Qué es el Patrimonio?. ¿Quién dice qué es patrimonial y qué no lo es?.

Aunque como personas relacionadas con el tema, tenemos (o deberíamos tener)

nociones algo más que básicas sobre estas preguntas, no deja de ser necesario

indicar que tenemos una clara influencia de lo que la élite dice que es patrimonial,

a través del discurso oficial, el cual nos señala que lo patrimonial es aquello

relacionado con la historia oficial, con los logros de personas y personajes

provenientes de esta historia (que no es más que la historia de la clase

dominante), con la visión europea occidental. De ahí es que surge la idea del

Page 2: Derecho del Patrimonio en Chile: Concepto, Situación actual y Proyecciones

Estado –el fuerte Estado del siglo XX- como el ente regulador del Patrimonio, a

través de la legislación, el cual cumple a cabalidad con su cometido con normas

estrictas que determinan qué y quién regula la situación patrimonial.

Para ejemplo, podemos apreciar la dureza de la Ley 17.280 al definir en su

primer artículo el requisito y calidad de los objetos patrimoniales:

Artículo 1.°- Son monumentos nacionales y quedan bajo la tuición y protección del Estado, los lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico o artístico; los enterratorios o cementerios u otros restos de los aborígenes, las piezas u objetos antropo-arqueológicos, paleontológicos o de formación natural, que existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la historia, al arte o a la ciencia; los santuarios de la naturaleza; los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones y, en general, los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público, con carácter conmemorativo. Su tuición y protección se ejercerá por medio del Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma que determina la presente ley.

Como respuesta a esta visión, las Comunidades del Patrimonio han optado

por otro camino: en lo personal, creo que las comunidades han adaptado poco a

poco, pero cada vez con más firmeza, el concepto de Patrimonio a que hace

mención la UNESCO cuando dice:

“El patrimonio de una nación lo conforman el territorio que ocupa, su flora y fauna, y todas las creaciones y expresiones de las personas que lo han habitado: sus instituciones sociales, legales y religiosas; su lenguaje y su cultura material desde las épocas históricas más antiguas. El patrimonio comprende los bienes tangibles e intangibles heredados de los antepasados; el ambiente donde se vive; los campos, ciudades y pueblos; las tradiciones y creencias que se comparten; los valores y la religiosidad; la forma de ver el mundo y de adaptarse a él. El patrimonio natural y cultural constituyen la fuente insustituible de inspiración y de identidad de una nación, pues es la herencia de lo que ella fue, el sustrato de lo que es y el fundamento del mañana que aspira a legar a sus hijos”1.

1 Cfr.: PNUD/UNESCO: Salvemos lo Nuestro. Imprenta Siglo XXI. Santiago de Chile. 1986.

Page 3: Derecho del Patrimonio en Chile: Concepto, Situación actual y Proyecciones

El Derecho del Patrimonio.

El Derecho del Patrimonio es un concepto inexistente en la actualidad. El

Estado no lo considera necesario y, hasta ahora, las Comunidades del Patrimonio

no lo han planteado como un objeto de su lucha en forma unificada, ya que la

evolución actual del conflicto sólo ha tomado esta arista para hacer cambios

puntuales en beneficio de situaciones concretas.

El aporte que se pretende hacer es proponer este concepto para denominar

al conjunto de normas jurídicas relacionadas con la identificación, categorización,

declaración, protección y proyección del patrimonio material e inmaterial existente

en nuestro país.

Específicamente, esto significa:

Identificar: implica reconocer el objeto patrimonial, distinguirlo de un contexto

determinado.

Categorizar: busca determinar la naturaleza patrimonial del objeto, clasificarlo y

revisar así los alcances de su acción en la Comunidad Patrimonial.

Declarar: es reconocer a nivel de organismos locales, regionales y nacionales la

calidad patrimonial del objeto, a fin de hacerle aplicable la normativa adecuada

para su defensa, protección y promoción.

Proteger: es defender al objeto Patrimonial de toda posible alteración externa,

incluyendo el asegurar la supervivencia del objeto de toda amenaza.

Proyectar: es difundir y señalar a la nación y a las demás Comunidades del

Patrimonio la existencia y valor del objeto patrimonial, a fin de que éstos

Page 4: Derecho del Patrimonio en Chile: Concepto, Situación actual y Proyecciones

reconozcan su importancia para la Comunidad que lo cobija y cooperen en su

protección y fomento a nivel nacional e internacional.

Situación del Derecho del Patrimonio hoy

Entre las normas vigentes en la actualidad que rigen la situación del

Patrimonio en Chile, tenemos dos principales problemas:

1.- La falta de una normativa coordinada, sistematizada y unificada respecto

a la protección y valorización patrimonial, fruto de la actual dispersión de los

preceptos legales sobre la materia.

Normas que serían propias del Derecho del Patrimonio pueden ser

encontradas en la casi totalidad de la escala jerárquica legal en Chile, como por

ejemplo:

a) A nivel Constitucional: no existen normas específicas dentro de las

garantías constitucionales que hagan referencia al Patrimonio ni a las

Comunidades del Patrimonio. Sólo indirectamente, a partir de los dispuesto

en el inciso 2° del artículo 5° de la Constitución Política del Estado éste se

obliga a aplicar como ley nacional a los tratados Internacionales que se

encuentren vigentes, entre los que se encuentran:

Convención sobre la protección de bienes culturales en caso de

conflicto armado. UNESCO, La Haya, 1954

Convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e

impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedad

ilícitas de bienes culturales. UNESCO, París, 1970

Convención sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y

natural. UNESCO, París, 1972.

Page 5: Derecho del Patrimonio en Chile: Concepto, Situación actual y Proyecciones

Convención sobre defensa del patrimonio arqueológico, histórico y

artístico de las naciones americanas. “Convención de San Salvador”.

OEA, Santiago de Chile, 1976.

Convención sobre la protección del patrimonio cultural subacuático.

UNESCO, París, 2001.

Convención para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial.

UNESCO, París, 2003

b) A nivel Legal: Principalmente hablamos de la Ley N° 17.288, de fecha 27

de enero de 1970, que crea el Consejo de Monumentos Nacionales, la cual

sustituye a las anteriores leyes N° 16.617 y 16.719. Esta norma es la

principal herramienta del Estado para la declaración y protección del

Patrimonio en Chile, al crear el Consejo de Monumentos Nacionales, darle

sus atribuciones y regular los procedimientos para las declaratorias de las

distintas categorías patrimoniales.

Caber destacar también la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y

Administración Regional, de 1992, que otorga entre las atribuciones dadas

al Gobierno Regional, la de “Fomentar las expresiones culturales, cautelar

el patrimonio histórico, artístico y cultural de la región, incluidos los

monumentos nacionales, y velar por la protección y el desarrollo de las

etnias originarias”.

Otras normas como la Ley Pascua (Ley N°16.441 de 1966) y la Ley 20.021

de 2005 (que impone nuevas figuras penales y cambia las unidades para

cálculo de multa) también tratan situaciones aisladas sobre patrimonio, sin

dictar normas generales en la materia.

A nivel Reglamentario: A nivel de decretos, reglamentos, ordenanzas y

otras normas, mención especial merece la Ley General de Urbanismo y

Construcciones: ( DFL N° 458 DE 1975), la Ordenanza General de

Page 6: Derecho del Patrimonio en Chile: Concepto, Situación actual y Proyecciones

Urbanismo y Construcciones (Decreto Supremo N° 47 de 1992), y el

Reglamento de Excavaciones Arqueológicas (Decreto N° 480 de 1990), los

cuales ordenan la planificación urbana y la generación de los Planos

reguladores regionales y comunales, siendo estos instrumentos de

planificación urbana los de mayor uso a la hora de hacer frente a las luchas

patrimoniales de las Comunidades.

Como podemos apreciar, la existencia de estas normas en escalas

jerárquicas y lugares tan distintos crea un verdadero laberinto jurídico, en el cual la

ciudadanía tiene pocas posibilidades de defenderse adecuadamente.

2.- La falta de participación ciudadana en la generación de políticas públicas

y toma de decisiones a la hora de seleccionar e integrar el espacio

patrimonial a la comunidad en que éste reside.

Sin ahondar en detalles ni tecnicismos, podemos ver que la participación

ciudadana en la institucionalidad Patrimonial en Chile es nula. Salvo casos

puntuales, nunca se les pregunta a las comunidades sobre los procedimientos

para declarar al objeto como patrimonial, sino que –siguiendo esta teoría del

patrimonio impuesto desde arriba- es el Estado quien decide qué es y qué no es

valioso y conservable, correspondiendo a la sociedad sólo aportar antecedentes o

resignarse a lo que éste dice.

Proyecciones

Con el auge y desarrollo de las Comunidades del Patrimonio, el futuro se ve

más prometedor. Como todo movimiento social contundente, la actuación de las

Comunidades y una lucha incesante llevarán tarde o temprano a que el Estado

reconsidere la visión del Patrimonio en Chile. Sin embargo, la falta de una

propuesta jurídica coherente, ordenada y sistematizada en cuanto a las normas

que rijan los propósitos del Derecho del Patrimonio podría acarrear, a largo plazo,

Page 7: Derecho del Patrimonio en Chile: Concepto, Situación actual y Proyecciones

nuevos reveses para el desarrollo de la cultura patrimonial en nuestro país, lo que

nos obliga a hacer un llamado a no desatender esta arista y ser propositivos e

inclusivos a la hora de revisar nuevas normas jurídicas que versen sobre esta

materia.