derecho de peticion nereyda orozco

4
VICTOR PONCE PARODI Abogado Responsabilidad civil y del Estado SEÑOR GERENTE CLINICA MEDICOS S.A. VALLEDUPAR-CESAR E._________S.________D. REF. Solicitud en ejercicio del derecho de petición, presentada por la señora NEREIDA OROZCO CANTILLO, por intermedio de apoderado VICTOR PONCE PARODI. VICTOR PONCE PARODI, abogado el ejercicio, mayor y vecino de esta ciudad de Valledupar, portador de la T.P. No 47.262 del C.S.J., e identificado con la C.C. No 71.636.715 de Medellín-Antioquia, actuando en calidad de apoderado de la señora NEREIDA OROZCO CANTILLO, identificada con la C.C. No 49.716.784 de Valledupar- cesar, me dirijo a su despacho en ejercicio del derecho de petición, consagrado en el art 23 de la C.POL., con el fin de REITERARLE: Solicitud presentada el día 19 de junio de 2013, en el cual se solicitaba, se sirva ordenar la expedición autentica de la historia clínica de la suscrita NEREIDA OROZCO CANTILLO, y de mis menores hijas MARIA FERNADA y MARIA ISABEL GOMEZ OROZCO, quienes estuvieron hospitalizadas en esas instalaciones desde el día 28 de julio de 2012. Ante la negativa de responder lo solicitado, nos veremos en la obligación de acudir a la Superintendencia de Salud. NOTIFICACIONES Recibiré notificaciones en la Carrera 11 A No 13C – 56, oficina 304. Edificio Manaure, de la ciudad de Valledupar-Cesar. Con toda atención

Upload: laura-vanessa

Post on 06-Nov-2015

226 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

VICTOR PONCE PARODIAbogadoResponsabilidad civil y del Estado

SEORGERENTE CLINICA MEDICOS S.A.VALLEDUPAR-CESARE._________S.________D.

REF. Solicitud en ejercicio del derecho de peticin, presentada por la seora NEREIDA OROZCO CANTILLO, por intermedio de apoderado VICTOR PONCE PARODI.

VICTOR PONCE PARODI, abogado el ejercicio, mayor y vecino de esta ciudad de Valledupar, portador de la T.P. No 47.262 del C.S.J., e identificado con la C.C. No 71.636.715 de Medelln-Antioquia, actuando en calidad de apoderado de la seora NEREIDA OROZCO CANTILLO, identificada con la C.C. No 49.716.784 de Valledupar-cesar, me dirijo a su despacho en ejercicio del derecho de peticin, consagrado en el art 23 de la C.POL., con el fin de REITERARLE:

Solicitud presentada el da 19 de junio de 2013, en el cual se solicitaba, se sirva ordenar la expedicin autentica de la historia clnica de la suscrita NEREIDA OROZCO CANTILLO, y de mis menores hijas MARIA FERNADA y MARIA ISABEL GOMEZ OROZCO, quienes estuvieron hospitalizadas en esas instalaciones desde el da 28 de julio de 2012.

Ante la negativa de responder lo solicitado, nos veremos en la obligacin de acudir a la Superintendencia de Salud.

NOTIFICACIONES

Recibir notificaciones en la Carrera 11 A No 13C 56, oficina 304. Edificio Manaure, de la ciudad de Valledupar-Cesar.

Con toda atencin

VICTOR PONCE PARODIT.P. No 47262 del C.S.J.C.C. No 71.636.715 de Medelln.

SEORGERENTE UNIDAD MDICADEL HOSPITAL SAN RAFAELSAN JUAN DEL CESAR-GUAJIRAE._________S.________D.

REF. Solicitud en ejercicio del derecho de peticin, presentada por la seora NEREIDA OROZCO CANTILLO, por intermedio de apoderado VICTOR PONCE PARODI.

VICTOR PONCE PARODI, abogado el ejercicio, mayor y vecino de esta ciudad de Valledupar, portador de la T.P. No 47.262 del C.S.J., e identificado con la C.C. No 71.636.715 de Medelln-Antioquia, actuando en calidad de apoderado de la seora NEREIDA OROZCO CANTILLO, identificada con la C.C. No 49.716.784 de Valledupar-cesar, me dirijo a su despacho en ejercicio del derecho de peticin, consagrado en el art 23 de la C.POL., con el fin de REITERARLE:

Solicitud presentada el da 09 de diciembre de 2013, en el cual se solicitaba, se sirva ordenar la expedicin autentica de la historia clnica de la suscrita NEREIDA OROZCO CANTILLO, y de mis menores hijas MARIA FERNADA y MARIA ISABEL GOMEZ OROZCO, quienes estuvieron hospitalizadas en esas instalaciones desde el da 28 de julio de 2012.

Ante la negativa de responder lo solicitado, nos veremos en la obligacin de acudir a la Superintendencia de Salud.

NOTIFICACIONES

Recibir notificaciones en la Carrera 11 A No 13C 56, oficina 304. Edificio Manaure, de la ciudad de Valledupar-Cesar.

Con toda atencin

VICTOR PONCE PARODIT.P. No 47262 del C.S.J.C.C. No 71.636.715 de Medelln.

SEORGERENTE CLINICA SAN JUANSAN JUAN DEL CESAR-GUAJIRA E._________S.________D.

REF. Solicitud en ejercicio del derecho de peticin, presentada por la seora NEREIDA OROZCO CANTILLO, por intermedio de apoderado VICTOR PONCE PARODI.

VICTOR PONCE PARODI, abogado el ejercicio, mayor y vecino de esta ciudad de Valledupar, portador de la T.P. No 47.262 del C.S.J., e identificado con la C.C. No 71.636.715 de Medelln-Antioquia, actuando en calidad de apoderado de la seora NEREIDA OROZCO CANTILLO, identificada con la C.C. No 49.716.784 de Valledupar-cesar, me dirijo a su despacho en ejercicio del derecho de peticin, consagrado en el art 23 de la C.POL., con el fin de REITERARLE:

Solicitud presentada el da 09 de diciembre de 2013, en el cual se solicitaba, se sirva ordenar la expedicin autentica de la historia clnica de la suscrita NEREIDA OROZCO CANTILLO, y de mis menores hijas MARIA FERNADA y MARIA ISABEL GOMEZ OROZCO, quienes estuvieron hospitalizadas en esas instalaciones desde el da 28 de julio de 2012.

Ante la negativa de responder lo solicitado, nos veremos en la obligacin de acudir a la Superintendencia de Salud.

NOTIFICACIONES

Recibir notificaciones en la Carrera 11 A No 13C 56, oficina 304. Edificio Manaure, de la ciudad de Valledupar-Cesar.

Con toda atencin

VICTOR PONCE PARODIT.P. No 47262 del C.S.J.C.C. No 71.636.715 de Medelln.