derecho bancario abog. aymé torres díaz. derecho bancario, su doble aspecto conjunto de normas...

13
DERECHO BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz

Upload: carmencita-heras

Post on 22-Jan-2016

214 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: DERECHO BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz. DERECHO BANCARIO, SU DOBLE ASPECTO Conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos

DERECHO BANCARIOAbog. Aymé Torres Díaz

Page 2: DERECHO BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz. DERECHO BANCARIO, SU DOBLE ASPECTO Conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos

DERECHO BANCARIO, SU DOBLE ASPECTO

• Conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos.

• Establecimiento de relaciones patrimoniales con otros sujetos mediante la conclusión de contratos.

• Doble aspecto entre normas que afectan a la institución bancaria y normas que afectan a la actividad misma que el banco desarrolla.

• Primer aspecto normas de Derecho Público administrativo, estudio del concepto jurídico de banco y del ejercicio de banquero.

• Segundo aspecto normas de Derecho Privado que se refiere a operaciones bancarias, contratos privados entre clientes y banco.

Page 3: DERECHO BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz. DERECHO BANCARIO, SU DOBLE ASPECTO Conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos

DIFERENCIA ENTRE DERECHO BANCARIO Y FINANCIERO

• Derecho Financiero corresponde al Derecho Público, que organiza recursos constitutivos de la Hacienda del Estado, ingresos, pagos y gastos, persiguiendo fines colectivos.

• Derecho Bancario corresponde al Derecho Privado (en cuanto a su actividad) donde se persigue fines privados, captación de recursos, aportar propio capital y prestarlo para tener una ganancia o diferencial.

Page 4: DERECHO BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz. DERECHO BANCARIO, SU DOBLE ASPECTO Conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos

FUENTES DEL DERECHO BANCARIO

• LA LEGISLACION: • Código del Comercio• Derecho Mercantil

• USOS BANCARIOS Y COSTUMBRE• Contratos Bancarios

• LA JURISPRUDENCIA• Decisiones Judiciales• Criterios de Tribunales

• LA DOCTRINA• Opinión de Juristas en obras, investigaciones o alegatos de

Jueces.

Page 5: DERECHO BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz. DERECHO BANCARIO, SU DOBLE ASPECTO Conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos

EL SISTEMA FINANCIERO Y EMPRESAS QUE LA CONFORMAN • Es el conjunto de empresas que, operan en la

intermediación financiera. • LA CONFORMAN :

• EMPRESAS DE OPERACIONES MULTIPLES• Empresa Bancaria• Empresa Financiera• Caja Municipal de Ahorro y Crédito• Caja Munici8pal de Crédito Popular• Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Microempresa (EDPYME)• Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas para captar recursos del

público.• Caja rural de Ahorro y Crédito.

Page 6: DERECHO BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz. DERECHO BANCARIO, SU DOBLE ASPECTO Conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos

EL SISTEMA FINANCIERO Y EMPRESAS QUE LA CONFORMAN • LA CONFORMAN:

• EMPRESAS ESPECIALIZADAS:• Empresas de capitalización inmobiliaria• Empresas de arrendamiento financiero• Empresas de factoring.• Empresas afianzadoras y de garantías• Empresas de servicios fiduciarios• Empresas administradoras hipotecarias

• BANCOS DE INVERSIÓN

Page 7: DERECHO BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz. DERECHO BANCARIO, SU DOBLE ASPECTO Conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos

LA BANCA• Actividad que realizan los bancos comerciales y de

desarrollo en las diferentes modalidades que conforman el sistema bancario y constituyen instituciones de intermediación fianciera.

• Admiten dinero en forma de depósitos, otorgando un interés (tasa pasiva), y en unión con recursos propios conceder créditos, descuentos y otras operaciones financieras por lo cual cobra un interés (tasa activa) comisiones y gastos en su caso.

Page 8: DERECHO BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz. DERECHO BANCARIO, SU DOBLE ASPECTO Conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos

EL DINERO • Todo medio de intercambio común y generalmente

aceptado por una sociedad; por tanto, para ser calificado como dinero, un bien debe satisfacer criterios:• Intercambiable. Función principal, intercambio por bienes.• Debe ser una unidad contable. Cuando el valor de un bien es

utilizado con frecuencia para medir y comparar el valor de otros bienes para denominar deudas.

• Debe ser un conservador de valor. La función de atesoramiento solo puede realizarla el dinero, se puede guardar por largo tiempo sin que pierda su valor.

• Ahora la moneda es el papel, pero los bienes como el oro, plata y piedras preciosas mantienen aún las propiedades esenciales del dinero.

Page 9: DERECHO BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz. DERECHO BANCARIO, SU DOBLE ASPECTO Conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos

LA MONEDA

•Pieza de un material resistente, metal generalmente, se emplea como medida de cambio (dinero) por su valor legal o intrínseco, también se refiere a la divisa de curso legal de un Estado.

Page 10: DERECHO BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz. DERECHO BANCARIO, SU DOBLE ASPECTO Conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos

FUNCIONES DE LAS MONEDAS

• Ligadas íntimamente relacionadas con las funciones del dinero:• Medida de valor que ella representa• Instrumento de adquisición directa, adquirir bien en cuanto a su valor

• Instrumento de liberación de deudas, medio de pago reconocido legalmente.

• Medio de atesoramiento de riquezas, conserva indefinidamente su valor.

Page 11: DERECHO BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz. DERECHO BANCARIO, SU DOBLE ASPECTO Conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos

CLASIFICACIÓN DE MONEDA• MONEDA SUBSIDIARIA

• No se utiliza metal precioso, valor intrínseco menor al legal, pero es medio de pago, tipo de moneda mas extendido.

• MONEDA FIDUCIARIA.• Se declara dinero por el Gobierno, sin esta no tendría ningún valor.

• MONEDA DE PAPEL.• Forma común de moneda fiduciaria, es mas práctica y conveniente

que la de metal.

• PAPEL MONEDA• Se diferencia de la moneda de papel por que es inconvertible, no

se puede canjear por la moneda metálica que representa, su aceptación como medio de pago es obligatoria.

Page 12: DERECHO BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz. DERECHO BANCARIO, SU DOBLE ASPECTO Conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos

CLASIFICACIÓN DE MONEDA• MONEDA DE CUENTA.

• Es el tipo ideal de moneda, inexistente físicamente pero se utiliza como medida de valor de ciertas circunstancias y en cálculos, vinculados a situaciones monetarias, no es efectiva ni real, no se acuña, no se emite.

• LA MONEDA NO METÁLICA• Son objetos de valor cultural, social, referenciales, valor abstacto.

• LA MONEDA METÁLICA• Compuesta de metal precioso, oro o plata, el valor intrínseco es

equivalente al metal fino que contiene, no son usadas como medio de pago ya que su principal característica, que la iguala al valor de metal contenido en la misma, le asigna un valor permanente y constante deseado por aquellos que atesoran riquezas.

Page 13: DERECHO BANCARIO Abog. Aymé Torres Díaz. DERECHO BANCARIO, SU DOBLE ASPECTO Conjunto de normas jurídicas que se refieren a la actividad de los bancos

CLASIFICACIÓN DE MONEDA• MONEDA ELECTRÓNICA.

• Contenida en una smart card, con chip que contiene un sistema operativo y un software.

• la tarjeta está involucrada con una cuenta bancaria, de crédito o de débito.

• Con esta tarjeta se adquiere bienes o productos que se debitan de la cuenta.

• Se realiza retiro de dinero en cajeros.• Pagos a través de internet