derecho aduanero

3
ABANDONO LEGAL : institucion jurid. X la cual al vencimiento de los términos para solicitar o efectuar el retiro de las mercancías la aduana las adquiere en propiedad y procede a adjudicarlas y rematar. ADEUDO: monto al k asciende la liquidación de los tributos , intereses y multas. ADUANA: organismo responsable de la aplicación de la legislación aduanera y del control de ña recaudación de los derechos de aduana. AFORO:operación única en que el servicio a través del funcionamiento designado, verifica y determina la declaración, y que la declaración de las leyes hayan sido correctamente propuestas por el declarante. AGENTE DE CARGA INTERNACIONAL:persona k puede realizar y recibir embarques , actuar como oerador de transportes a su vez emite documentos de conocimientos de embarque. AGENTES ECONOMICOS: importadores , exportadores , son las operaciones que intervienen en las operaciones de comercio exterior. ALMACENES ADUANEROS: locales abiertos o cerrados destinados a la colocación temporal de las mercancías mientras se solicita su despacho. CARGA CONSOLIDADA: agrupamiento de mercancías pertenecientes a varios consignatarios , para ser tranportadas de un puerto a otro. En contenedores. CARGO: monto q resulta de la revisión de los documentos con los q se tramito el despacho de mercancías. COMISO: sanción , es la privación definitiva de la propiedad de las mercancías. CONSIGNATARIO:persona natural o jurídica a cuyo nombre viene manifestada la mercancía. CONTROL ADUANERO:conjunto de medidas destinadas a asegurar el cumplimiento de las leyes q la aduana aplica. DECLARACION DE MERCANCIAS: acto efectuado en la forma prescrita por la aduana, mediante el cual el interesado indica el régimen aduanero k ha de asignarse a las mercancías. DEPOSITOS ADUANEROS AUTORIZADOS:nlocales destinados a almacenar mercancías solicitadas al régimen de deposito de aduanas . DEPOSITO ADUANERO AUTORIZADO PRIVADO: local destinado al almacenamiento de mercancías de propiedad exclusiva del depositario. D. A. AUTORIZADO. PUBLICO: local , para el almacenamiento de mercancías de diferentes depositantes DEPOSITOS FRANCOS:locales cerrados , señalados dentro del territorio nacional y autorizado por el estado DERECHOS DE ADUANA:impuestos establecidos en el arancel de aduanas a las mercancías q ingresan en el territorio aduanero. DESPACHO: cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para para importar y exportar las mercancías. DESTINACION ADUANERA: el consignatario de la mercancía expresa mediante la declaración el régimen

Upload: klarens21

Post on 21-Nov-2015

218 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

ok

TRANSCRIPT

ABANDONO LEGAL : institucion jurid. X la cual al vencimiento de los trminos para solicitar o efectuar el retiro de las mercancas la aduana las adquiere en propiedad y procede a adjudicarlas y rematar.ADEUDO: monto al k asciende la liquidacin de los tributos , intereses y multas.

ADUANA: organismo responsable de la aplicacin de la legislacin aduanera y del control de a recaudacin de los derechos de aduana.

AFORO:operacin nica en que el servicio a travs del funcionamiento designado, verifica y determina la declaracin, y que la declaracin de las leyes hayan sido correctamente propuestas por el declarante.

AGENTE DE CARGA INTERNACIONAL:persona k puede realizar y recibir embarques , actuar como oerador de transportes a su vez emite documentos de conocimientos de embarque.

AGENTES ECONOMICOS: importadores , exportadores , son las operaciones que intervienen en las operaciones de comercio exterior.

ALMACENES ADUANEROS: locales abiertos o cerrados destinados a la colocacin temporal de las mercancas mientras se solicita su despacho.

CARGA CONSOLIDADA: agrupamiento de mercancas pertenecientes a varios consignatarios , para ser tranportadas de un puerto a otro. En contenedores.CARGO: monto q resulta de la revisin de los documentos con los q se tramito el despacho de mercancas.

COMISO: sancin , es la privacin definitiva de la propiedad de las mercancas.

CONSIGNATARIO:persona natural o jurdica a cuyo nombre viene manifestada la mercanca.

CONTROL ADUANERO:conjunto de medidas destinadas a asegurar el cumplimiento de las leyes q la aduana aplica.

DECLARACION DE MERCANCIAS: acto efectuado en la forma prescrita por la aduana, mediante el cual el interesado indica el rgimen aduanero k ha de asignarse a las mercancas.

DEPOSITOS ADUANEROS AUTORIZADOS:nlocales destinados a almacenar mercancas solicitadas al rgimen de deposito de aduanas .

DEPOSITO ADUANERO AUTORIZADO PRIVADO: local destinado al almacenamiento de mercancas de propiedad exclusiva del depositario.

D. A. AUTORIZADO. PUBLICO: local , para el almacenamiento de mercancas de diferentes depositantes

DEPOSITOS FRANCOS:locales cerrados , sealados dentro del territorio nacional y autorizado por el estado

DERECHOS DE ADUANA:impuestos establecidos en el arancel de aduanas a las mercancas q ingresan en el territorio aduanero.

DESPACHO: cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para para importar y exportar las mercancas.

DESTINACION ADUANERA: el consignatario de la mercanca expresa mediante la declaracin el rgimen aduanero k debe darse a las mercancas .FRANQUICIA: exencion total o parcial del pago de tributos

GARANTIA: obligacin k se contrae a satisfaccin de la aduana con el objeto de asegurar el pago de derechos de aduana.

LEVANTE;acto por el cual la aduana autoriza a los interesados a disponer condicional o incondicional de las mercancas despachadas

MANIFIESTO DE CARGA:documento en el cual se detalla la relacin de las mercancas y expresa los datos comerciales de las mercancas.

MAQUILA:proceso x el cual ingresabbb las mercancas al pas cn el objeto de incorpara el valor agregado correspondiente a la mano de obra.

MERCANCIAS: bienes q pueden ser objeto de regmenes aduaneros.

MERCANCIA EN LIBRE CIRCULACION: mercanca k puede disponerse libremente.

MERCANCIA EQUIVALENTE: aquella idntica o similar a la q fue importada y ser objeto de reposicion.

MERCANCIA EXTRANJERA:la k proviene del exterior , cuya importacin no se ha consumado legalmente.

MERCANCIA NACIONAL:la producida en el pas con materias primas nacionales

MUESTRAS: son aquellas mercancas k tienen por finalidad demostrar sus caractersticas y carecen de valor comercial.

MULTA: sancin pecuniaria se impone a responsables de de infracciones administrativas aduaneras.NOTA DE TARJA:documento k formulan el transportista con el almacenista, durante la verificacin de lo consignado en el conocimiento de ebarque

OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR: despachadores de aduana, personas natural o jurdica k interviene en las operacin de regmenes aduaneros.

PRENDA LEGAL : garanta k afecta a la mercanca

PROVISIONES DE ABORDO O RANCHO: mercanca para el consumo de los pasajeros y miembros de l atripulacion abordo.

RECINTOS ESPECIALES: areas k pertenecen a los almacenes aduaneros , destinados a la conservacin de mercancas peligrosas.

RECONOCIMIENTO FISICO: operacin k consiste en verificar lo declarado.

RECONOCIMEINTO PREVIO: facultad del dueo de realizar en presencia del depositario la contratacin y verificacin de la mercanca sin intervencin de la autoridad aduanera.

REGIMEN ADUANERO: tratamiento aplicable a las mercancas q se encuentran bajo potestad aduanera.

RETORNO: regreso al lugar de origen en el mismo vehiculo de la la carga.

TERMINALES DE ALMACENAMIENTO: almacenes destinados a depositar la carga k se embraque o desembarque.

TERMINALES DE ALMACENAMIENTO POSTAL: almacenes instalados y operados por los concesionarios de servicio postal.

TERMINO DE LA DECARGA:el ultimo dia en el k se termina de descargar el vehiculo transportador.

TRANSPORTISTA: persona k traslada efectivamente las mercancas.ZONA ESPECIAL DE RECONOCIMIENTO: area habilitada dentro de los almacenes aduaneros

ZONA FRANCA:parte del territorio nacional debidamente delimitada y no estn sometidas al control de aduanas.

ZONA PRIMARIA: parte del territorio aduanero q comprende los recintos aduaneros e, espacios autorizados para las operaciones de desembarquey embarque.

ZONA SECUNDARIA: es aquella parte del territorio aduanero q le corresponde a cada aduana.