derecho a la educación con enfoque de derechos...
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Dimensión ética
Dimensión Utópica
Dimensión jurídica
¿Qué son los derechos humanos?
Normas jurídicas exigibles al Estado
Referente ético para la
convivencia
Ideal común, una propuesta política.
Tratados, Pactos, convenciones, convenios. Constitución y leyes
Disposiciones que orientan las relaciones entre las personas
Horizonte al que se avanza, siempre con nuevos desafíos
Compromiso y activación de la sociedad
Principios generales de Derechos Humanos
Derechos humanos
Igualdad y no discriminación
Participación
No Regresividad
Pro-persona
Derecho a Educación
Derecho Prestacional
• Proceso de aprendizaje para el pleno desarrollo de la persona
Libertad de elección
• Decidir el tipo de educación que se desea
Libertad de establecer proyectos educativos
• Proponer formas de organización educacional y contenidos alternativos / complementarios a los del Estado
Derecho a Educación
Art. 13 PIDESC La educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales […] capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz.
Propósitos de la Educación
EDUCACIÓN EN DD.HH
PROPÓSITO DE LA EDUCACIÓN
SENTIDO DE LA EDUCACIÓN
+ CDN+ CEDAW + CPD + C169OIT+ CIEFDR + Ley General de Educación
Derecho a Educación: medios y fines
Contenido Operativo Contenido Sustantivo
Garantías de Acceso a educación formal
Principio de Gratuidad Principio de No discriminación
Propósito y sentidos de la Educación
Pleno desarrollo de la persona
Educación en Derechos Humanos
Contenido operativo
Educación Primaria
• Obligatoria • Gratuita • Universal
Educación Secundaria • Generalizada • Progresivamente gratuita
Educación Superior • Sobre la base de la capacidad de cada uno • Progresivamente gratuita
Educación Fundamental Para todas las personas que no hayan recibido o terminado el ciclo completo de instrucción primaria
Libre elección de la educación
Libertad de enseñanza
Padres y/o tutores pueden escoger escuelas distintas a las públicas, siempre que satisfagan normas mínimas
Particulares pueden establecer y dirigir instituciones de enseñanza, a condición que respeten los principios del párr. 1 y se ajuste a normas mínimas
Contenido Operativo
Contenido Sustantivo (Tratados Internacionales de DDHH)
Promover el pleno desarrollo de la personalidad humana
fortalecer el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales
favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos
combatir los prejuicios que conduzcan a la discriminación racial
Promover el mantenimiento de la paz
Eliminar todo concepto estereotipado de los papeles masculino y femenino en todos los niveles y en todas las formas de enseñanza Promover la igualdad de género/sexo
Inculcar el respeto a los padres, a la propia identidad cultural, idioma y valores, de los valores nacionales del país en que vive, del país de que sea originario y de las civilizaciones distintas de la propia; Inculcar el respeto del medio ambiente natural.
eliminar prejuicios, estereotipos y otras actitudes que atentan contra el derecho de las personas a ser iguales, propiciando de esta forma el respeto y la convivencia con las personas con discapacidad. Fomentar una actitud de respeto de los derechos de las personas con discapacidad
Preparar para asumir una vida responsable en una sociedad libre
Contenido Sustantivo
Mantener en todos los establecimientos públicos del mismo grado una enseñanza del mismo nivel y condiciones equivalentes en cuanto se refiere a la calidad de la enseñanza proporcionada
Método para aplicar el enfoque de DD.HH
Determinar el estándar ideal: Contenido del derecho
Pactos Generales Convenciones especiales de grupos Observaciones Generales C.DESC y otros Comités sobre educación Informes Relatores
Principios Generales de DD.HH: Igualdad y No Discriminación, pro-persona, participación y no regresividad Determinar las
obligaciones del Estado
¿Qué debe hacer el Estado para asegurar el contenido? Determinar cuáles son de carácter inmediato-progresivo.
Contrastar con la realidad
Mirar diferentes dimensiones: normativa general (financiamiento, calidad, acceso), instrumentos curriculares, infraestructura, prácticas y cultura.
MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD
El Derecho a la Educación en los principales instrumentos internacionales
Declaración Universal de DDHH
1948 1966 1984
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
CEDAW
Convención de los
Derechos del Niño
Convenio 169 OIT
1989 1979
Convención derechos
personas con discapacidad
2005
Reconocimiento del propósito y el sentido de la educación + Medidas para el acceso igualitario a la educación de todos los grupos
Convención eliminación de la discriminación en
la esfera de la enseñanza
1960
Obligaciones generales sobre el derecho a la educación
Respetar • No impedir el acceso a establecimientos educativos.
• Generar condiciones para ejercer el derecho a la educación acorde a los propósitos y sentidos.
Promover • Difundir el derecho a la educación para que la ciudadanía pueda ejercerlo y exigir su cumplimiento.
PREVENIR INVESTIGAR SANCIONAR REPARAR
• Cuidar que otros los privados no vulneren DDHH en establecimientos educativos
Proteger
Realizar
Características del Derecho a Educación
Disponibilidad
Debe haber instituciones y programas de enseñanza en cantidad suficiente en el ámbito del Estado Parte.
Accesibilidad
Las instituciones y los programas de enseñanza han de ser accesibles a todos, sin discriminación, en el ámbito del Estado Parte. • No discriminación.
• Accesibilidad material.
• Accesibilidad económica.
Aceptabilidad
La forma y el fondo de la educación, comprendidos los programas de estudio y los métodos pedagógicos, han de ser aceptables (por ejemplo, pertinentes, adecuados culturalmente y de buena calidad) para los estudiantes y, cuando proceda, los padres.
Adaptabilidad
La educación ha de tener la flexibilidad necesaria para adaptarse a las necesidades de sociedades y comunidades en transformación y responder a las necesidades de los alumnos en contextos culturales y sociales variados.
Medidas especiales de protección
«no significa identidad de trato en toda circunstancia […] exige
algunas veces a los Estados Partes adoptar disposiciones positivas para
reducir o eliminar las condiciones que originan o facilitan que se perpetúe la discriminación prohibida por el Pacto. […] Las medidas de ese carácter pueden llegar hasta otorgar, durante un tiempo,
al sector de la población de que se trate un cierto trato preferencial en
cuestiones concretas en comparación con el resto de la población.» (Comité DH, O. G Nº18)
Autonomía reducida
Desequilibrio de poder
Histórico -Culturales
Situación de Vulnerabilidad
MEDIDAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN
“todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan,
mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades”
(DUDH, Preámbulo, 1948).
Art. 13 PIDESC La educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales […] capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz.
Propósitos de la Educación
EDUCACIÓN EN DD.HH
PROPÓSITO DE LA EDUCACIÓN
SENTIDO DE LA EDUCACIÓN
+ CDN+ CEDAW + CPD + C169OIT+ CIEFDR + Ley General de Educación
La Educación en Derechos Humanos
“La educación en derechos humanos puede definirse como un conjunto de actividades de educación, capacitación y difusión de información orientadas a crear una cultura universal de los derechos humanos.”
Naciones Unidas, Plan de Acción para 2005-2007
“[t]oda persona tiene derecho a poseer, buscar y recibir información sobre todos los derechos humanos y las libertades fundamentales y debe tener acceso a la educación y la formación en materia de derechos humanos” “concierne a […] todos los niveles de la enseñanza, incluidas la educación preescolar, primaria, secundaria y superior (…) y a todas las formas de educación, formación y aprendizaje”
(Declaración de las Naciones Unidas sobre educación y formación en materia de derechos humanos (A/RES/66/137,16 de febrero
2012)
La Educación en Derechos Humanos
• Formación • Información • Sensibilización
• Pre-escolar • Escolar • Superior • Fuerzas O.S • Funcionarios
públicos • Educación
informal
La Educación en Derechos Humanos
a. La educación sobre los derechos humanos, que incluye
facilitar el conocimiento y la comprensión de las normas y principios de derechos humanos, los valores que los sostienen y los mecanismos que los protegen;
Declaración de las Naciones Unidas sobre educación y formación en materia de derechos humanos (A/RES/66/137,16 de febrero 2012)
QUÉ
PARA QUÉ
CÓMO b. La educación por medio de los derechos humanos, que
incluye aprender y enseñar respetando los derechos de los educadores y los educandos;
c. La educación para los derechos humanos, que incluye
facultar a las personas para que disfruten de sus derechos y los ejerzan, y respeten y defiendan los de los demás.
QUÉ (sobre)
PARA QUÉ (para)
CÓMO (por medio)
Conocimientos Habilidades
Principios metodológicos Políticas internas Relaciones interpersonales
Objetivos de aprendizaje: indicadores, actitudes, ejercicio de ciudadanía
Explícito
Explícito- Implícito
Explícito