derecho

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CLASES DE ÓRGANOS ÓRGANOS PRINCIPALES Y ÓRGANOS SUBSIDIARIOS Los órganos principales son los previstos como tales, expresa o implícitamente, en el tratado constitutivo de la Organización. Los órganos principales están facultados para crear órganos subsidiarios, destinados a prestarles asistencia en el desempeño de sus actividades y subordinados (sometidos a su dirección y control. !l origen y denominación de los órganos subsidiarios (se les l tambi"n auxiliares, secundarios, subordinados# no debe llevar al error de menosprecia su importancia real e, incluso, su frecuente autonomía. $irva como e%emplo la O&' dond pululan cientos de órganos subsidiarios. !l organigrama de las O se complica en la medida en )ue los órganos subsidiarios está por la misma razón, implícitamente capacitados para crear sus propios órganos subsidiarios, y así sucesivamente. ÓRGANOS INTERGUBERNAMENTALES Los órganos, principales o subsidiarios, pueden en función de su composición ser, a su vez, intergubernamentales, no gubernamentales y mixtos. Los órganos intergubernamentales están compuestos por representantes de los gobiernos de los !stados miembros, cuyas instrucciones *an de seguir+ de a*í su consideración de órganos políticos. e a)uí una de las manifestaciones más palpables del car sustancialmente interestatal de las O , al punto )ue son de composición gubernamental mayoría de sus órganos principales o, al menos, a)u"llos a los )ue el tratado fundacio *a atribuido mayores y-o decisivas competencias. Entre los órganos intergubernamentales puede haberlosde composición plenaria ( integra o completa) y (s)electiva. Con el fin de satisfacer el principio de igualdad sobera miembros todas las Organizaciones poseen al menos un órgano principal de composición plenaria (Asamblea General se denomina en la O!)" pero pueden ser m#s$ sobre todo en las Organizaciones %EG&OA'E y cerradas$ si el n mero de sus miembros y*o sus funciones lo permitan. ÓRGANOS NO GUBERNAMENTALES Y DE COMPOSICIÓN MIXTA Los órganos no gubernamentales, )ue pueden ser colegiados y unipersonales, s integran con personas )ue e%ercensus funciones a título individual, formalmente independientes de los !stados miembros de la Organización o de cual)uier otro. Los órganos no gubernamentales pueden estar compuestos de agentes internacionales representar fuerzas políticas y sociales de los !stados miembros. gente internacional es /cual)uier persona a trav"s de la cual la Organización act0a1 !sta amplia caracterización incluye desde los funcionarios internacionales al servicio continuo exclusivo de la Organización 2cuya selección por lo general se realiza mediante concurso3 a l

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CLASES DE RGANOSRGANOS PRINCIPALES Y RGANOS SUBSIDIARIOSLos rganos principales son los previstos como tales, expresa o implcitamente, en el tratado constitutivo de la Organizacin. Los rganos principales estn facultados para crear rganos subsidiarios, destinados a prestarles asistencia en el desempeo de sus actividades y subordinados (sometidos) a su direccin y control. El origen y denominacin de los rganos subsidiarios (se les llama tambin auxiliares, secundarios, subordinados) no debe llevar al error de menospreciar su importancia real e, incluso, su frecuente autonoma. Sirva como ejemplo la ONU donde pululan cientos de rganos subsidiarios. El organigrama de las OI se complica en la medida en que los rganos subsidiarios estn, por la misma razn, implcitamente capacitados para crear sus propios rganos subsidiarios, y as sucesivamente.RGANOS INTERGUBERNAMENTALESLos rganos, principales o subsidiarios, pueden en funcin de su composicin ser, a su vez, intergubernamentales, no gubernamentales y mixtos.Los rganos intergubernamentales estn compuestos por representantes de los gobiernos de los Estados miembros, cuyas instrucciones han de seguir; de ah su consideracin de rganos polticos. He aqu una de las manifestaciones ms palpables del carcter sustancialmente interestatal de las OI, al punto que son de composicin gubernamental la mayora de sus rganos principales o, al menos, aqullos a los que el tratado fundacional ha atribuido mayores y/o decisivas competencias.Entre los rganos intergubernamentales puede haberlos de composicin plenaria ( integra o completa) y (s)electiva. Con el fin de satisfacer el principio de igualdad soberana entre los miembros todas las Organizaciones poseen al menos un rgano principal de composicin plenaria (Asamblea General se denomina en la ONU); pero pueden ser ms, sobre todo en las Organizaciones REGIONALES y cerradas, si el nmero de sus miembros y/o sus funciones lo permitan.RGANOS NO GUBERNAMENTALES Y DE COMPOSICIN MIXTALos rganos no gubernamentales, que pueden ser colegiados y unipersonales, se integran con personas que ejercen sus funciones a ttulo individual, formalmente independientes de los Estados miembros de la Organizacin o de cualquier otro. Los rganos no gubernamentales pueden estar compuestos de agentes internacionales o representar fuerzas polticas y sociales de los Estados miembros.Agente internacional es cualquier persona a travs de la cual la Organizacin acta. Esta amplia caracterizacin incluye desde los funcionarios internacionales al servicio continuo y exclusivo de la Organizacin cuya seleccin por lo general se realiza mediante concurso- a los cargos electivos de determinados rganos (como los jueces de la CIJ), y a los expertos contratados por la Organizacin para cumplir una misin determinada (como los relatores designados por el Consejo de Derechos Humanos). MTODOS DE ADOPCIN DE DECISIONESEn el mbito de sus competencias todas las OI tienen la facultad de expresar mediante actos de sus rganos una voluntad propia, distinta desde el punto de vista jurdico de la de sus miembros. Tales actos resultan de procedimientos y mtodos de votacin diversos: unanimidad, mayoras o consensoSu examen adquiere particular inters en relacin con los rganos intergubernamentales.La regla de la unanimidad en la actualidad es minoritaria, prevista slo en los tratados constitutivos de algunas Organizaciones regionales y/o de fines especficos (por ejemplo, OCDE (Organizacin para la Cooperacin y el Desarrollo Econmicos), OTAN (Organizacin del Tratado del Atlntico Norte)). Su ventaja: asegurar la igualdad formal entre todos los Estados miembros y garantizar que ninguno de ellos quedar vinculado por una decisin adoptada sin su consentimiento.La regla de las mayoras es el mtodo ms frecuente de adopcin de decisiones, pudiendo graduarse en funcin de la importancia de la cuestin. As, la Asamblea General distingue entre cuestiones (asuntos) importantes, sometidas a una mayora de dos tercios de los miembros presentes y votantes. El sistema de mayoras facilita la adopcin (proteccin) de decisiones proporcionando dinamismo y autonoma a la Organizacin frente a los Estados miembros. El consenso es el procedimiento de adopcin de decisiones sin voto, que supone la bsqueda de un compromiso o acuerdo general de todos los miembros. mediante una concertacin de los miembros que evite la objecin dirimente. por ejemplo, el Acuerdo OMC-Organizacin Mundial del Comercio 1994) DECISIONES DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALESSon un conjunto de actos jurdicos mediante los cuales, los rganos competentes aportan iniciativas para la creacin de reglas de carcter obligatorio para los Estados, en funcin al desarrollo progresivo y legislativo el Derecho Pblico. Como ejemplo, podemos mencionar La Decisin de la Asamblea General respecto al monto de la contribucin que debe ofrecer cada Estado miembro, crea una obligacin de naturaleza internacional para los sujetos que son receptores de la norma.Otro tipo de Decisiones de las Organizaciones Internacionales, diferente a la anterior, son las resoluciones de las Organizaciones internacionales, que comprenden las declaraciones que sin ser de carcter obligatorio, corroboran la existencia de una norma consuetudinaria internacional o un principio general de naturaleza internacional.