derecho

42
 INSTITUCIONES Y DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA Grado de Derecho, 2014-2015 Parte I  

Upload: maria-rodriguez-benito

Post on 07-Oct-2015

14 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Derecho

TRANSCRIPT

INSTITUCIONES Y DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA Grado de Derecho,
2014-2015 Parte I 
 
Tema I. El proceso histórico de la integración europea. • 1.- La idea europea en la historia.
• 2. La creación de la CECA y la CEE.
• 3. Un proceso abierto hacia adentro: la profundización mediante las sucesivas reformas de los Tratados.
• 4. Un proceso abierto hacia fuera: las sucesivas ampliaciones.
 
La idea de unidad europea no fue un proyecto
original del Siglo XX,
Baja Edad Media, dirigidos a organizar la
“Cristiandad medieval”;
renacimiento, cuando aparece el Estado
moderno, con el sistema de Estados
independientes pero que formaban parte de una
“República Europea”, 
Siglo XIX… 
 
Renacimiento de la idea de la unidad europea al término de la 2ª guerra mundial
• La primera propuesta (fracasada) desplegada por un político fue la del Ministro francés de Asuntos exteriores Aristides Briand (primera iniciativa presentada por un responsable político).
• Discurso pronunciado en la Sociedad de las Naciones el 5 de septiembre de 1929
• propuso ante la Sociedad de Naciones
la creación de una unión de Estados
que se denominaría Unión Europea
 
Propuestas sobre la unidad europea al final de la 2ª Guerra Mundial
• Sólo después de finalizar la Segunda Guerra Mundial se concretaron estas propuestas en realizaciones concretas
• Uno de los elemento que favoreció este desarrollo fue el Plan Marshall y la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (1947),
• Anunciado en un discurso del General Marshall en Harvard (5 de junio de 1947) impulso la integración europea
• Dirigido a permitir la reconstrucción de Europa, que se encontraba en autarquía económica),
• tenía como condición gestionar en común la ayuda • / 
El Congreso de Europa (1948)
• La vivencia catastrófica de la Segunda Guerra Mundial favoreció un amplio movimiento popular federalista
• El movimiento europeo convocó en La Haya el Congreso de Europa (mayo de 1948). • Reunión de los diversos movimientos para la unidad
europea; http://www.europeanmovement.org 
• En esta reunión aparecen dos tendencias: la primera favorable a una cooperación clásica intergubernamental;
• La segunda buscaba una integración federal
El resultado inmediato del Congreso de Europa: Consejo de Europa
• La creación del Consejo de Europa (1949), primer resultado del Congreso, siguió el esquema de una organización internacional clásica.
• Preeminencia de lo intergubernamental: Comité de Ministros, poderes recomendatorios.
 
la CEE. • El proceso de integración
propiamente dicho arranca el 9 de mayo de 1950 • El Ministro de Asuntos Exteriores
francés, Robert Schuman, presenta en París la “Declaración” Schuman  • Inspirada por Jean Monnet, entonces
Comisario de Modernización y Equipamiento) •http://www.ena.lu?lang=2&doc=3
668 
Declaración Robert Schuman
• Propuesta concreta impulsada por R. Schuman (ministgro de Auntos Exteriores), inspirada por Jean Monnet era: colocar el conjunto de la producción franco alemana de carbón y acero bajo una Autoridad común en una organización abierta a la participación de los demás países de Europa” 
• Esta iniciativa debía ser “la primera etapa en el camino
hacia una futura federación europea”  
• Idea del “funcionalismo” o “spill over”, sistema de
engranaje
• “Europa no se hará de golpe ni en una
construcción de conjunto sino mediante realizaciones concretas creando una solidaridad de hecho” 
• El Presupuesto sería que al construir la Europa económica se haría, a largo plazo, a través de un proceso de engranaje, la Europa política
• Método del funcionalismo económico o de los “pequeños pasos” 
 
Respuestas de los Estados
• Además de Alemania, respondieron Italia y los tres países del BENELUX, creado en 1943, (Bélgica, Holanda y Luxemburgo)
• Gran Bretaña declinó la invitación
• El objetivo era crear un mercado común de carácter sectorial: se liberalizaba el comercio intracomunitario de estos productos y la circulación de los trabajadores en este sector
• También se controlaban las subvenciones y ayudas
 
Tratado CECA
• Se firmó por estos seis Estados el 18 de abril de 1951 en París (vigor 23 de julio de 1952)
• Expiró a los 50 años (según lo dispuesto en su período de vigencia temporal)
• El sistema institucional previsto en el Tratados era marcadamente “integracionista”: 
• Se reflejaba en los amplios poderes de la Alta Autoridad (actual Comisión), defiende el interés común)
 
Los proyectos fallidos de Comunidad Europea de Defensa y de Comunidad Política Europea.
• El proyecto de Comunidad Europea de Defensa (27-V-1952).
• se reveló demasiado ambicioso en el proceso de integración, (un ejército europeo, con un sistema de mandos integrado)
• El Tratado se firmó en París el 27 de mayo de 1952
• Trataba de responder a la necesidad de integrar a Alemania en la defensa europea, frente al expansionismo soviético
• Tenía el apoyo de Estados Unidos, en un momento difícil, bloqueo de Berlín, guerra civil griega… 
• El proyecto de Comunidad Política Europea (10-III-1953). • El rechazo de la ratificación del TCED por la Asamblea Nacional
Francesa, el 30 de agosto de 1954, paralizó estos proyectos. • Alemania se integró en la defensa colectiva a través de la reforma
de la UEO (Unión Europea Occidental, pacto defensivo creado en 1948).
 
La Comunidad Económica Europea y el Euratom.
• La crisis política provocada por la no ratificación de la CED supuso un freno al proceso de integración
• Se hizo evidente la dificultad de una integración política después de estos fracasos
• Se vuelve al camino de la integración económica, iniciado por la CECA; (de la integración sectorial a la general):
• La adopción de los Tratados de Roma tuvo lugar el 25-III- 1957.
• Tratados de Roma (25-III-1957): • -Tratado constitutivo de la Comunidad Económica
Europea (CEE) • - y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica
 
Comunidad Económica Europea: el Mercado Común • El mercado común era en primer lugar una unión
aduanera (permite la libre circulación de mercancías, de los Estados miembros o terceros, sin derechos de aduana o exacciones de efecto equivalente)
•  pero también permitía también la libre circulación de otros factores de producción en el mercado (libertades comunitarias): • Libre circulación de personas, servicios y
capitales • Y ciertas políticas comunes (agricultura,l
transportes…) 
profundización mediante las sucesivas reformas
de los Tratados
• Desde los orígenes de este peculiar proceso, la integración se ha caracterizado por ofrecer un balance globalmente positivo, así como dinámico y evolutivo: • Abierto hacia fuera, respecto de los
Estados que pueden pertenecer a las Comunidades (procesos de ampliación)
 
Evolución histórica: 1986-2013
• Acta Única Europea
• Tratado de la Unión Europea (Maastricht, 1992): creación de la UE y de la PESC
• Tratado de Amsterdam (1997, en vigor 1999)
• Tratado de Niza (2001, en vigor 2003)
• Proceso Constitucional: Convención + Conferencia Intergubernamental = TRATADO CONSTITUCIONAL (2004)
 
Proyecto de Tratado de la Unión Europea (1984, Parlamento Europeo)
• Iniciativa del PE
• Proyecto de Tratado de la Unión Europea (14 febrero 1984)
• (impulsado por Altiero Spinneli, federalista italiano, combatiente durante la Segunda guerra mundial en la resistencia) Preveía importantes modificaciones pero los Estados no lo aceptaron
 
Acta Única Europea (1986) Primera reforma general de los Tratados constitutivos
• La primera reforma horizontal (varios sectores) de los Tratados fue el Acta Única Europea( adoptada en febrero de 1986; en vigor el 1 de
 julio de 1987)
Su objetivo fundamental era la plena realización del mercado común (rebautizado “mercado
interior”): objetivo con fecha fija del 31 de
diciembre de 1992
 
Tratado de la Unión Europea (1992) • Etapa decisiva marcada por la adopción del Tratado de la
Unión Europea (adoptado el 7 de febrero de 1992): crea la UE
• Negociado durante 1991, se firmó en Maastricht el 7 de febrero de 1992 (vigor 1 de noviembre de 1993)
• El Tratado de la Unión Europea, que entró en vigor
• el 1 de noviembre de 1993, fijaba a los Estados
miembros un programa ambicioso: Unión monetaria
en 1999; nuevas políticas comunes; ciudadanía
 
La reforma de la CIG 1996. El Tratado de Amsterdam • El Tratado de Maastricht entró en vigor el 1 de
noviembre de 1993;
• la siguiente reforma (Amsterdam) tenía el objetivo de reformar el sistema institucional (empezó sus trabajos en marzo de 1996, firmado el 2 de octubre de 1997, entró en vigor el 1 de mayo de 1999)
• Pero fracasó en la reforma institucional
• Aún así, reforzó las políticas y los medios de
 
Tratado de Niza (CIG 00)
• Tenía un objetivo esencial, adaptar el sistema institucional a la ampliación
 
La reforma post –Niza y el “fracasado” Tratado constitucional 
• El Tratado de Niza se consideró insuficiente para dar respuesta a los desafíos de la UE,
• Declaración de Laeken (diciembre 2001) sobre el futuro de la UE
• se convocó una “Convención sobre el Futuro de
Europa” abierta el 28 de febrero de 2002 (participaron
 
La reforma post –Niza y el “fracasado” Tratado constitucional • El Tratado Constitucional se aprobó en
España por referéndum (20 de febrero de 2005, participación del 42 por ciento)
• Se preveía que si superaba todos los referendos entraría en vigor el 1 de noviembre de 2006.
 
El “salvamento” material del Tratado
constitucional: el Tratado de reforma de Lisboa • Después del denominado “periodo de
reflexión” (2005-2007) • se salvo el contenido sustancial del
Tratado constitucional (a través del denominado Tratado de Lisboa)
 
Tratado de reforma de Lisboa
• El Tratado de reforma de Lisboa (2007), a su vez, se encontró con el Referéndum negativo en Irlanda: el 12 de junio de 2008, se superaron por un referéndum positivo en Irlanda el 3- 10-2009, •Después de la ratificación de Irlanda
y la República checa, • el Tratado de Lisboa entró en vigor
el 1 de diciembre de 2009
 
Las últimas reformas • La crisis económica y financiera ha llevado a reforzar el gobierno económico
de la UE mediante la reforma del art. 136 TFUE (reforma simplificada)
•  y dos nuevos Tratados:
• Uno limitado a los Estados del euro: Tratado constitutivo del Mecanismo
Europeo de Estabilidad (MEDE) de 2 de febrero de 2012, vigor 1 de julio de 2012
• Bajo condiciones estrictas facilita ayuda financiera
• Y otro, Tratado de estabilidad, coordinación y gobernanza en la Unión
Económica y Monetaria- TECG de 2 de marzo de 2012, vigor 1 de enero 2013
• abierto al conjunto de los Estados, se autoexcluyen el Reino Unido y la República Checa
• Normas dirigidas a reforzar la disciplina presupuestaria…(remisión tema
UEM)
primer lugar, los seis fundadores de las Comunidades; 
• Pero la UE ha estado abierta hacia aquellos Estados europeos que cumplan ciertos requisitos (condiciones de pertenencia)
• Los Estados miembros permitieron que se adhirieran nuevos Estados,
• Ha dado lugar a sucesivas ampliaciones
 
La primera ampliación: la actitud de Francia respecto del ingreso de Gran Bretaña
• El RU se mostró distante en principio de la construcción comunitaria
• Existen diversas razones:
Unidos (intereses estratégicos fuera de Europa)
• También influía su tradicional aislacionismo (situación geográfica)
• Su reciente carácter de potencia mundial
• Su oposición tradicional a la cesión de soberanía
 
La situación del Reino Unido
• Trato de crear un área de libre comercio (sin aceptar el resto de los elementos del mercado común o las organizaciones supranacionales)
 
Primera, segunda, tercera y cuarta ampliación • La primera ampliación se firmó el 1 de diciembre de 1972
(vigor 1 de enero de 1973)
• Las negociaciones con el RU sólo comenzaron después del abandono del poder de De Gaulle
• Reino Unido, Dinamarca e Irlanda
• Noruega finalmente rechazó en referéndum y no ratificó
 
La segunda y tercera ampliaciones La segunda: (Grecia, 1981) y tercera (España;
Portugal, 1986) .
“Nuevas democracias” tras la caída de las Dictaduras del sur de Europa” . 
Recupera la centralidad del Mediterráneo; refuerza relaciones con América latina;
Necesidad de reforzar políticas estructurales (países menos desarrollados)
 
Cuarta ampliación: países nórdicos La cuarta: (Austria, Suecia y Finlandia, 1995).
Tienen como interlocutor a la UE
Favorecen transparencia, atención al medio ambiente…-
Los “descuelgues” suizo y noruego. 
 
La quinta ampliación
Después de la caída del muro de Berlín (3 de octubre de 1990),
la disolución de la URSS (diciembre de 1991)  y la democratización de los países de Europa
Central y Oriental
La materialización de la cuarta ampliación (1-5- 2004).
firma Tratado adhesión abril 2003
 
Sexta ampliación y sucesivas 2007: Bulgaria, Rumania. 
Croacia firmó su tratado de adhesión el 10 de diciembre de 2011
Entró efectivamente en julio de 2013
 
5.-La cuestión de los límites materiales y territoriales
La cuestión que se plantea es hasta dónde puede alcanzar este proceso de ampliación sin poner en peligro la profundización de las competencias
¿Hasta dónde puede extenderse geográficamente?
¿Cuáles son los límites de Europa?
¿Cuáles son las competencias básicas que forman parte del núcleo irrenunciable de la “estatalidad”? 
 
La fatiga de la ampliación
• Es improbable que la UE se amplíe en los próximos años (quizá en el próximo lustro)
• Será necesario primero estabilizar los problemas (políticos y económicos) derivados de la crisis fiscal y financiera
 
Situación de la ampliación de la UE • Informe sobre la ampliación de la UE; presentación cada
año por la Comisión sobre los progreso de los países que quieren ser parte de la UE (octubre de 2014)
• http://ec.europa.eu/enlargement/pdf/key_documents/20 14/20141008-strategy-paper_es.pdf  
• Los últimos informes muestran que la ampliación sigue siendo una política fundamental de la UE;
• Aún así, se sitúa en un contexto más hostil y puede observarse que la ampliación se desarrolla de forma más pausada
• Las dificultades en la asimilación de los Estados miembros muestran una “cierta fatiga” en la
Adhesión • Sucesivos momentos en el proceso de adhesión de nuevos
Estados, a partir de la solicitud de adhesión del Estado:
• 1.- Candidato potencial (perspectiva de adhesión a largo plazo, por ej. en 2003 el Consejo Europeo reconoció a los países de los Balcanes Occidentales como candidatos potenciales)
• 2.- Otorgamiento oficial del estatuto de Candidato: tiene consecuencias; participa como observador en las Instituciones, puede recibir financiación del Instrumento de preadhesión, por ej., Albania en junio de 2014 recibió este estatuto).
• 3.- Inicio efectivo de las negociaciones, puede retrasarse años después de que se haya reconocido, incluso después de que la Comisión se muestre favorable a iniciarlas, por ej. Antigua República Yugoslava de Macedonia, se recomendó en 2009
Ampliación: Estados candidatos • Turquía;, “eterno candidato”, desde 1963 en que se firmó el acuerdo de
asociación; solicitud de adhesión en 1987, inició negociaciones en 1999; paralizadas prácticamente las negociaciones en los últimos años, en 2013 se abrió un capítulo;
• Montenegro (inició negociaciones en junio de 2012; la Comisión recomienda que se refuerce la lucha contra la criminalidad organizada);
• Serbia (candidato desde 2012, pero sólo inició negociaciones en enero de 2014);
• Macedonia (Exrepública Yugoslava de Macedonia: la Comisión recomendó en 2009, 2010 y 2011 que se abrieran negociaciones);
• Albania: 27-6-2014 se acuerda estatuto de candidato desde el Consejo Europeo de Bruselas de junio de 2014;
 
• Candidatos potenciales (aspirantes): evolución positiva en los Balcanes desde hace unos años
• Bosnia y Herzegovina, avances limitados en el cumplimiento de los criterios políticos, estancamiento, corrupción, incapacidad para cumplir obligaciones internacionales
• Kosovo (no reconocido como Estado por todos los Estados miembros de la UE,