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GOBERNACIÓN Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina Nit: 892.400.038-2 Cra. 1 a . Av. Francisco Newball, Edificio CORAL PALACE PBX (8)5130801 Telefax 5123466 Página Web: www.sanandres.gov.co San Andrés Isla, Colombia 1700-63.08 V:02 Pág 1 de 30 DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA PLIEGO DE CONDICIONES CONVOCATORIA PÚBLICA SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTIA N. 027 DE 2012 El Departamento invita a todos los interesados y a las Veedurías Ciudadanas para que, de conformidad con el marco legal vigente, participen con recomendaciones escritas y oportunas en las etapas precontractual, contractual y pos contractual de la presente contratación, a través de la Secretaria de Servicios Administrativos, por lo cual toda la información y documentación pertinente estará publicada en la página web www.sanandres.gov.co. Así mismo, podrán intervenir en todas las audiencias que se realicen durante el proceso contractual. DISPOSICIONES GENERALES El Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina a través de la Unidad Administrativa Especial de Control de Servicios públicos, convoca a todas las personas naturales o jurídicas, consorcios o uniones temporales que no se encuentren incursos en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con el Departamento, a presentar oferta para suscribir con el ente territorial, contrato cuyo objeto es el indicado en el ordinal primero del presente aviso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2, numeral 2, literal b) de la Ley 1150 de 2007, el Decreto 734 de 2012 y el Decreto Departamental 0127 de 2009 teniendo en cuenta lo siguiente: Con la finalidad de garantizar el óptimo funcionamiento del sitio de disposición final denominado relleno sanitario Magic Garden es necesario garantizar la ADECUACION DE OBRAS EN EL II NIVEL DEL VASO IV” en el Relleno Sanitario MAGIC GARDENlo que obliga a la entidad Gubernamental adoptar mecanismos internos para dar cumplimiento con al Plan de Manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental CORALINA a través de la resolución 279 del 19 de junio del 2009, necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación de este servicio. Se ha elaborado una tabla con un presupuesto oficial en el cual se relaciona con la cantidad de Ítems a implementar para llevar a cabo la ADECUACION DE OBRAS EN EL II NIVEL DEL VASO IV DEL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DEL RELLENO SANITARIO MAGIC GARDENpara dar cumplimiento a las funciones propias operacionales del Relleno Sanitario Magic Garden del Departamento Archipiélago de San Andrés Providencia y Santa Catalina, la información contenida en el presente documento se constituye como un soporte necesario y suficiente para la elaboración del proyecto de pliegos de condiciones con el cual se adelantará la selección del contratista. CAPITULO 1 INFORMACION GENERAL 1.1. Objetos del contrato: En virtud de lo anteriormente expuesto, el Departamento tiene interés en recibir propuestas para contratar la “ADECUACION DE OBRAS EN EL II NIVEL DEL VASO IV DEL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DEL RELLENO SANITARIO MAGIC GARDEN. ALCANCE DEL OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA

PLIEGO DE CONDICIONES – CONVOCATORIA PÚBLICA – SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTIA N. 027 DE 2012

El Departamento invita a todos los interesados y a las Veedurías Ciudadanas para que, de conformidad con el marco legal vigente, participen con recomendaciones escritas y oportunas en las etapas precontractual, contractual y pos contractual de la presente contratación, a través de la Secretaria de Servicios Administrativos, por lo cual toda la información y documentación pertinente estará publicada en la página web www.sanandres.gov.co. Así mismo, podrán intervenir en todas las audiencias que se realicen durante el proceso contractual.

DISPOSICIONES GENERALES El Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina a través de la Unidad Administrativa Especial de Control de Servicios públicos, convoca a todas las personas naturales o jurídicas, consorcios o uniones temporales que no se encuentren incursos en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con el Departamento, a presentar oferta para suscribir con el ente territorial, contrato cuyo objeto es el indicado en el ordinal primero del presente aviso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2, numeral 2, literal b) de la Ley 1150 de 2007, el Decreto 734 de 2012 y el Decreto Departamental 0127 de 2009 teniendo en cuenta lo siguiente: Con la finalidad de garantizar el óptimo funcionamiento del sitio de disposición final denominado relleno sanitario Magic Garden es necesario garantizar la “ADECUACION

DE OBRAS EN EL II NIVEL DEL VASO IV” en el Relleno Sanitario MAGIC GARDEN” lo que obliga a la entidad Gubernamental adoptar mecanismos internos para dar cumplimiento con al Plan de Manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental CORALINA a través de la resolución 279 del 19 de junio del 2009, necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación de este servicio. Se ha elaborado una tabla con un presupuesto oficial en el cual se relaciona con la cantidad de Ítems a implementar para llevar a cabo la “ADECUACION DE OBRAS EN EL II NIVEL DEL VASO IV DEL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DEL RELLENO SANITARIO MAGIC

GARDEN” para dar cumplimiento a las funciones propias operacionales del Relleno Sanitario Magic Garden del Departamento Archipiélago de San Andrés Providencia y Santa Catalina, la información contenida en el presente documento se constituye como un soporte necesario y suficiente para la elaboración del proyecto de pliegos de condiciones con el cual se adelantará la selección del contratista.

CAPITULO 1

INFORMACION GENERAL

1.1. Objetos del contrato:

En virtud de lo anteriormente expuesto, el Departamento tiene interés en recibir

propuestas para contratar la “ADECUACION DE OBRAS EN EL II NIVEL DEL VASO IV DEL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DEL RELLENO SANITARIO MAGIC GARDEN”.

ALCANCE DEL OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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El oferente que resulte adjudicatario del presente proceso, se obliga a cumplir todas las estipulaciones previstas en este Pliego de Condiciones y las relacionadas con la naturaleza de los Ítems a ejecutar para lo cual, empleará todos sus recursos humanos, técnicos, económicos, físicos y logísticos, necesarios para el normal y total desarrollo del objeto contractual. Para el efecto, el contratista deberá cumplir con las condiciones, especificaciones, cantidades y calidades técnicas requeridas por el contratante con relación a los respectivos materiales y obras requeridas y por cumplir en la oportunidad, cantidad y lugar indicado por la Unidad Administrativa Especial de Control de Servicios Públicos del Departamento la Instalación de Geomembrana y la Construcción de Chimeneas para el nivel II del bazo IV, estos deberán ser entregados debidamente instaladas en el sitio de disposición final en el lugar y momento indicado en el presente pliego de condiciones. La Unidad Administrativa Especial de Control de Servicios Públicos del Departamento podrá adquirir los productos objeto de esta contratación de acuerdo con las necesidades y con sujeción a la disponibilidad presupuestal que ampara esta contratación. El proponente deberá ofertar todos los elementos relacionados en la ficha técnica que componen la tabla para el cual presenta oferta y la adjudicación será por completo. 1.2. Presupuesto oficial: El presupuesto oficial del presente proceso es la suma de: SETENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHO PESOS CON CUARENTA CENTAVOS ($73’537.708.40) M/CTE. Para asumir los gastos de los objetos contractuales, el Departamento dispone del Certificado de disponibilidad presupuestal N°

1697 del 09 de Agosto del 2012, expedidos por el Profesional especializado del grupo de

presupuesto de la Secretaría de Hacienda. Cuando la Oferta inicial de precio supere el presupuesto oficial señalado en el presente numeral, la misma será rechazada. El Oferente deberá indicar en su oferta el valor del Contrato que pretende suscribir con el diligenciamiento de acuerdo a el cuadro de presupuesto. El oferente debe tener en cuenta al momento de determinar el precio de su oferta, que por disposición del Artículo 22 de la Ley 47 de 1993 y para cualquier efecto Jurídico, el Departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina está exento de pagar impuesto al valor agregado IVA. El valor de la propuesta deberá presentarse en pesos colombianos y deberá cubrir todos los impuestos, tasas y costos directos o indirectos derivados del contrato a suscribirse, no sujeto a modificaciones excepto cuando se afecte el equilibrio contractual de acuerdo a las normas vigentes. La omisión de la oferta Inicial de precio en el contenido de la oferta presentada y cuando el valor de esta sea superior al presupuesto oficial estimado por el Departamento para la presente modalidad de contratación será CAUSAL DE RECHAZO, al igual que el incurrir y omitir según el caso, en las siguientes especificaciones: Falta de capacidad para participar y contratar en la presente modalidad de contratación, Selección, por parte del representante legal de la entidad interesada en participar o de la persona natural según sea el caso, teniendo presente el presupuesto estimado para la presente contratación.

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El contratista asumirá todos los impuestos, contribuciones especiales y derechos con que sea gravado por el Gobierno Nacional y Departamental, los cuales deberán ser analizados e incluidos de la propuesta. (Ver Impuestos Estudios Previos) ES DE RESPONSABILIDAD DE LOS PROPONENTES CONSULTAR Y ASUMIR LOS IMPUESTOS Y RETENCIONES DE LEY. NOTA: Los precios ofrecidos de los productos ofertados no tendrán reajuste alguno durante el año 2012, razón por la cual el proponente deberá prever cualquier incremento en sus costos que se pueda presentar durante la ejecución del contrato en esta vigencia. 1.3. Plazo O Ejecución del contrato: El plazo para la ejecución del contrato será de TREINTA (30) días Calendarios contados a partir de la legalización del contrato, entendiéndose con la aprobación de la garantía por parte de la Oficina Asesora Jurídica y la suscripción del acta de iniciación del contrato. 1.4. Régimen jurídico aplicable:

De conformidad con el inciso final literal b) del numeral 2° del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, la contratación de menor cuantía. Para la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en el año 2012 será hasta 450 salarios mínimos legales mensuales, por tanto, y en consideración al presupuesto oficial estimado, la modalidad de selección será la de selección abreviada de menor cuantía, definida en el artículo 2, numeral 2, literal b) de.la Ley 1150 de 2007, y Decreto 0734 de 2102 – sub sección V articulo 3.4. 2. 5.1° 1.5. Boletín de Responsables Fiscales: En virtud de lo establecido en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, la Entidad se abstendrá de celebrar cualquier tipo de contrato con quienes aparezcan en el Boletín de Responsables Fiscales que publica la Contraloría General de la República. 1.6. Veedurías ciudadanas: De conformidad con lo señalado en el artículo 66 de la ley 80 de 1993, el presente proceso de contratación estará sujeto a la vigilancia y control ciudadano 1.7. Apertura del proceso de selección: La apertura del Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. 027 de 2012 se llevará a cabo en la Unidad Administrativa Especial de Control de Servicios Públicos de la entidad, ubicada en la Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, tercer piso, en la fecha y hora señalada en el numeral 1.17 (Cronograma del proceso de selección), fecha y hora a partir de la cual los interesados podrán presentar propuestas. 1.8. Cierre del proceso de selección: Los interesados podrán presentar ofertas en la hora y fecha señaladas en el numeral 1.17 (cronograma del proceso de selección), hasta la fecha de cierre del proceso de selección abreviada de menor cuantía. El cierre del Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. xxx de 2012 se realizará en la fecha y hora indicada en el numeral 1.17 (cronograma del proceso de selección), en la Unidad Administrativa Especial de Control de Servicios Públicos de la

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entidad, ubicada en la Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, tercer piso, fecha en la cual la entidad procederá a abrir las propuestas recibidas en presencia de los oferentes que asistan al acto de cierre. NOTA: Para todos los efectos del presente proceso de selección, las horas indicadas en este pliego de condiciones, se determinan conforme a la hora legal de la República de Colombia. Para el efecto, se consultará el link “Hora Legal” de la página WEB de la entidad: www. sanandres.gov.co 1.9. Consulta y retiro de pliegos de condiciones: En cumplimiento de lo previsto en el artículo 8 de la Ley 1150 de 2007 y los artículos 2.2.5 y 2.2.6 del Decreto 734 de 2012, el proyecto de pliego de condiciones del presente proceso de contratación se publicó en el Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co y en la página WEB de la entidad: www. sanandres.gov.co Así mismo, se informa que en cumplimiento de las normas arriba citadas, los pliegos definitivos del Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. xxx de 2012, serán publicados en las direcciones electrónicas antes mencionadas de acuerdo al cronograma del numeral 1.17 (cronograma del proceso de selección). 1.10. Solicitud de aclaraciones a los pliegos de condiciones: El oferente deberá examinar cuidadosamente los pliegos de condiciones y todos los documentos que hacen parte del mismo, e informarse de todas las circunstancias que puedan afectar su objeto, el valor o el plazo requerido para su cumplimiento. En el caso que alguna de las personas que retiraron el pliego de condiciones solicite audiencia con el objeto de precisar el contenido y alcance del mismo y de oír a los interesados, la misma se efectuará en la fecha y hora señalada en el numeral 1.17 (cronograma del proceso de selección), de lo cual se levantará un acta suscrita por los asistentes. Dicha audiencia se efectuaría en la Unidad Administrativa Especial de Control de Servicios Públicos de la entidad, ubicada en la Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, tercer piso. Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando resulte conveniente, la Gobernación del Departamento Archipiélago, hará las modificaciones pertinentes al pliego de condiciones. Para los fines del artículo 2.2.5 del Decreto 0734 de 2012, el acta de la audiencia de aclaraciones de los pliegos de condiciones del Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. 027 de 2012 será publicada en el Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co y en nuestra página web: www. sanandres.gov.co. No obstante, dentro del plazo para presentar las propuestas, cualquier interesado podrá solicitar aclaraciones adicionales que la entidad contratante responderá mediante comunicación escrita, con copia a todas y cada una de las personas que retiraron los pliegos. Las respectivas comunicaciones pueden ser dirigidas a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos de la entidad, ubicada en la Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, tercer piso. 1.11. Adendas: Los pliegos de condiciones serán modificados mediante adendas, las cuales podrán ser expedidas en la fecha y hora señalada en el numeral 1.17 (cronograma del proceso de selección).

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Todas las adendas y avisos que publique y envíe la entidad en relación con los pliegos de condiciones, pasarán a formar parte integrante del mismo. Las mismas serán publicadas en el portal de contratación: www.contratos.gov.co y en la página Web de la Entidad, es decir www. sanandres.gov.co. 1.12. Manifestaciones de interés en participar: Con el fin de conformar la lista de posibles oferentes, el proponente interesado en participar en el presente proceso de selección deberá manifestar su intención clara de participar, a través de comunicación escrita suscrita por el proponente o su representante legal dirigida a la Entidad, en la que deberá señalar el nombre completo o razón social del posible proponente, su identificación, las formas de contacto es decir, su dirección de correspondencia, teléfono, número de fax y correo electrónico de notificación. El plazo para la presentación de manifestaciones de interés de los posibles proponentes será en la fecha y hora señalada en el numeral 1.17 (Cronograma del proceso de selección),.. Dicha comunicación deberá radicarse en la Ventanilla Única de la entidad, ubicada en la Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, Primer Piso, Archivo y Correspondencia De conformidad con lo establecido en el inciso tercero del numeral tercero del artículo 3.2.2.1 del Decreto 734 de 2012, la manifestación de interés en participar es requisito habilitante para la presentación de la respectiva oferta Aquellas personas naturales o jurídicas que manifiesten interés en participar de forma independiente, no podrán presentar posteriormente sus propuestas como Uniones Temporales o Consorcios. El plazo para la presentación de manifestaciones de interés de los posibles proponentes será el establecido en el numeral 1.17 (Cronograma del proceso de selección). Para evitar inconvenientes de tipo técnico que puedan afectar la hora de recibido de las cartas de intención u observaciones al proyecto de pliego a través de la Ventanilla Única, Localizada en la Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace. Primer Piso, Archivo y Correspondencia. 1.13. Audiencia pública de sorteo de consolidación de oferentes: Si el número de posibles oferentes es mayor de diez (10), la entidad realizará un sorteo de consolidación de oferentes para escoger entre ellos un número no inferior a diez (10), que podrán presentar oferta en el presente proceso de selección, para tal efecto se enviará comunicación escrita a todos los que manifestaron interés en participar, señalando la fecha y hora de la audiencia. De ser procedente el sorteo, se llevará a cabo en audiencia pública que se realizará en la fecha y hora señalada en el numeral 1.17 (cronograma del proceso de selección), la Unidad Administrativa Especial de Control de Servicios Públicos de la entidad, ubicada en la Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, tercer piso. El representante de la Entidad o su delegado, en presencia del jefe de la Oficina Asesora Jurídica o funcionario delegado para adelantar la diligencia de sorteo, asignará a cada proponente un número y en presencia de todos los asistentes se introducirán fichas o balotas en ese misma numeración en una bolsa, de la que se extraerán las diez (10)

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primeras que corresponderán a aquellos que estarán habilitados para presentar propuestas en el presente proceso de selección. 1.14. Evaluación de las propuestas y solicitud de aclaraciones. La verificación y evaluación de las propuestas formalmente presentadas, se efectuará por el comité evaluador que para tal efecto tenga designado la entidad, en la fecha y hora señalada en el numeral 1.17 (Cronograma del proceso de selección), de conformidad con los criterios y factores contemplados en este pliego de condiciones. Dentro de este término y hasta antes de la adjudicación, la Gobernación del Departamento Archipiélago podrá solicitar aclaraciones de acuerdo con las reglas de subsanabilidad previstas en el artículo 2.2.8 del Decreto 734 de 2012. El resultado de la evaluación se publicara en el SECOP durante tres(3) días hábiles, termino durante el cual los proponentes podrán presentar observaciones a la misma, las cuales serán resueltas por la entidad en el acto de adjudicación del proceso de selección. 1.15. Adjudicación: La adjudicación del presente proceso de selección, se realizará en la fecha y hora señalada en el numeral 1.17 (cronograma del proceso de selección), una vez vencido el plazo otorgado a los oferentes para subsanar, de acuerdo con lo previsto en el numeral 7 del artículo 3.2.2.1 del Decreto 734 de 2012, a través de acto administrativo motivado suscrito por el Secretario de Servicios Administrativos de la Entidad, el cual será publicado en el Portal Único de Contratación Estatal y en la página web de la Entidad. El acto de adjudicación es irrevocable y por lo tanto, obliga a la entidad y al adjudicatario, en la realización de los fines propuestos y contratados. Contra este acto no proceden recursos por la vía gubernativa. Hará parte del contenido del acto de adjudicación la respuesta que la entidad de a las observaciones presentadas por los oferentes al informe de evaluación. La entidad podrá adjudicar el contrato al proponente calificado en segundo lugar, en el evento en que el proponente adjudicatario inicial no suscriba y/o legalice el contrato dentro de los plazos señalados por la entidad, decisión que se adoptará mediante resolución motivada, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo otorgado para el efecto. 1.16. Declaratoria de desierta: En caso de declaratoria de desierta del presente proceso de selección, esta se hará mediante acto administrativo motivado donde se expresarán las razones que condujeron a esta decisión. Que acorde a lo dispuesto en la ley 80 de 1993 la ley 1150 de 2007 el presente Proceso de Selección Abreviada de menor cuantía, podrá ser declarado desierto cuando:

No sea posible garantizar el deber de selección objetiva

Cuando ninguna de las ofertas se ajuste al pliego de condiciones

Cuando no se presente propuesta alguna o, en general, cuando falte voluntad de participación.

Cuando se evidencie que alguno de los sobres contentivos de la oferta de precio fue abierta con anterioridad a la audiencia de subasta.

Cuando según recomendación del comité asesor de que trata el parágrafo 2° del artículo 2.2.9 deba rechazarse la propuesta final de precio por considerar que se

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trata de un precio artificialmente bajo y no sea posible adjudicar el contrato a quien haya ofertado el segundo mejor precio.

En caso de declaratoria de desierta del presente proceso de selección, esta se hará mediante acto administrativo motivado donde se expresarán las razones que condujeron a esta decisión. 1.17. Cronograma del proceso de selección: ACTIVIDADES FECHA – HORA Y LUGAR

AVISO DE PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA, ESTUDIOS PREVIOS,

PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES.

Fecha: 27 de Agosto de 2012 Hora: 05:00 p.m. Lugar: Unidad Administrativa Especial de Control

de Servicios Públicos Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, tercer piso. www.sanandres.gov.co www.contratos.gov.co

OBSERVACIONES AL PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES

Fecha: Fecha: Del 27 de Agosto. al 03 de

Septiembre Hora 05:00p.m. Lugar: Unidad Administrativa Especial de Control

de Servicios Públicos Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace,

tercer piso. www.sanandres.gov.co www.contratos.gov.co

ACTA AUDIENCIA ACLARACION PLIEGOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS Y REVISION DE LA

ESTIMACION, TIPIFICACION Y ASIGNACION DE RIESGOS

Fecha: 03 de Septiembre de 2012 Hora:10:30 a m Lugar: Unidad Administrativa Especial de Control

de Servicios Públicos Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace,

tercer piso. www.sanandres.gov.co www.contratos.gov.co

RESOLUCION APERTURA Y FIJACION PLIEGOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS

Fecha: 04 de Septiembre de 2012 Hora: 04: 00 PM Lugar:

www.sanandres.gov.co www.contratos.gov.co

MANIFESTACION INTERES EN PARTICIPAR Y LIMITE DE PRESENTACION DE OBSERVACIONES

AL PLIEGO DE CONDICIONES

Fecha: del 04 de Septiembre a las 04:00p.m. al 06 de Septiembre de 2012 a las 9:00 am Lugar: Unidad Administrativa Especial de Control

de Servicios Públicos Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace,. Radicado en la Ventanilla Única de la Gobernación Archipiélago de San Andrés Isla. Primer Piso

CONFORMACION LISTADO DE OFERENTES (Y SORTEO SI ES NECEARIO)

Fecha: 06 de Septiembre de 2012 Hora: 11:00 a m Lugar: Unidad Administrativa Especial de Control

de Servicios Públicos Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, tercer piso. www.sanandres.gov.co www.contratos.gov.co

PLAZO MÁXIMO DE EXPEDICIÓN DE ADENDAS

Fecha: 07 Septiembre de 2012 3 días antes del cierre Hora 5:00 p.m. Lugar: Unidad Administrativa Especial de Control

de Servicios Públicos Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace,

tercer piso. www.sanandres.gov.co www.contratos.gov.co

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CIERRE DEL PROCESO PARA LA ENTREGA DE OFERTAS

Fecha: 12 Septiembre de 2012 Hora: 03:00 p.m. Lugar: Unidad Administrativa Especial de Control

de Servicios Públicos Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, Radicado en la Unidad de Servicios Públicos de la Gobernación Archipiélago de San Andrés Isla. Tercer Piso

PLAZO PARA LA EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

Fecha: del 13 Septiembre al 19 de Septiembre de 2012, Lugar: Gobernación del Departamento

Archipiélago.

PLAZO PARA SUBSANAR

Fecha: del 13 Septiembre al 19 de Septiembre de 2012 Lugar: Unidad Administrativa Especial de

Control de Servicios Públicos Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, Radicado en la Ventanilla Única de la Gobernación Archipiélago de San Andrés Isla. Primer Piso.

DISPOSICION DE LAS EVALUACIONES A LOS OFERENTES

Fecha: 20, 21 Y 24 de Septiembre de 2012 Lugar: Unidad Administrativa Especial de Control

de Servicios Públicos Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, tercer piso. www.sanandres.gov.co www.contratos.gov.co

PRESENTACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS EVALUACIONES

Fecha: del 25 de Septiembre hasta las 10:00 a.m. Lugar: Unidad Administrativa Especial de Control

de Servicios Públicos Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, tercer piso. www.sanandres.gov.co www.contratos.gov.co

RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES A LAS EVALUACIONES

Fecha: del 28 de Septiembre Lugar: Unidad Administrativa Especial de Control

de Servicios Públicos Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, tercer piso. www.sanandres.gov.co www.contratos.gov.co

ADJUDICACION DEL CONTRATO Y RESPUESTA A OBSERVACIONES

Fecha: 28 de Septiembre de 2012 Lugar: Sala de Comité de Contratación de San

Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, Tercer piso. www.sanandres.gov.co www.contratos.gov.co

1.19. Suspensión del proceso. De conformidad con el parágrafo del articulo 2.2.2 del Decreto 734 de 2012, el proceso de selección podrá ser suspendido por un término no superior a quince (15) días hábiles, señalado en el acto motivado que así lo determine, cuando a juicio de la entidad se presenten circunstancias de interés público o general que requieran analizarse, y que puedan afectar la normal culminación del proceso. Este término podrá ser mayor si la entidad así lo requiere, de lo cual se dará cuenta en el acto que lo señale. 1.20. Inhabilidades e incompatibilidades: En el presente proceso podrán participar en forma independiente, en consorcio o unión temporal, las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que no se encuentren dentro de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 8, adicionado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 9 de la Ley 80 de 1993, hecho que se hará constar bajo la gravedad de juramento, en la carta de presentación de la propuesta, según modelo de formato anexo para este fin.

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1.21. Duración de las personas jurídicas: Las personas jurídicas nacionales y extranjeras deberán acreditar que su duración no será inferior a la del plazo del contrato y un (1) año más. 1.22. Verificación de información: La entidad se reserva el derecho de verificar la información presentada con la propuesta. En caso de no ser cierta el proponente será rechazado y su propuesta no será tenida en cuenta.

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CAPITULO II

DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA

2.1. Aspectos Generales 2.1.1. Las propuestas deberán ser presentadas por escrito en tres (3) sobres debidamente sellados e identificados y de la siguiente manera:

Un (1) sobre contentivo del original de la propuesta, el cual deberá contener la totalidad de los documentos señalados en el numeral 2.2 del capítulo II del presente pliego. A este sobre se le denominará “ORIGINAL”; y

Dos (2) sobres con las copias de los documentos relacionados en el primer sobre.

A estos sobres se les denominará “COPIAS”. LAS PROPUESTAS DEBEN SER RADICADAS EN LA GOBERNACION DEPARTAMENTAL LA VENTANILLA ÚNICA DE LA ENTIDAD, UBICADA EN LA ISLA DE SAN ANDRÉS, AVENIDA FRANCISCO NEWBALL NO. 6-30, EDIFICIO CORAL PALACE, TERCER PISO, UNIDAD DE SERVICIOS PUBLICOS HASTA LA FECHA Y HORA SEÑALADA EN EL NUMERAL 1.17 (CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN) No se aceptarán propuestas presentadas en otro lugar distinto al señalado o las que por cualquier causa lleguen con posterioridad a la fecha y hora señaladas para el cierre del proceso. 2.1.2. Las propuestas deberán presentarse en idioma español y su valor deberá expresarse en pesos colombianos, sin inclusión del IVA en virtud de las normas especiales que sobre el particular rigen en el Departamento Archipiélago. 2.1.3. Serán de cargo de los oferentes todos los costos asociados con la preparación y presentación de su propuesta, por tal motivo LA GOBERNACIÒN DEL DEPARTAMENTO ARCHIPIÈLAGO DE SAN ANDRÈS PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA en ningún caso será responsable de los mismos. 2.1.4. No se aceptarán propuestas parciales, propuestas alternativas, ni aquellas que modifiquen las condiciones de este pliego y/o del futuro contrato. 2.1.5. Impuestos El contratista asumirá todos los impuestos, contribuciones especiales y derechos con que sea gravado por el Gobierno Nacional y Departamental, los cuales deberán ser analizados e incluidos dentro de los costos de la propuesta. Es de responsabilidad de los proponentes consultar y asumir los impuestos y retenciones de ley. 2.1.6 Garantía de Seriedad de la Propuesta: Para responder por la seriedad de la propuesta, el oferente deberá constituir, a favor del DEPARTAMENTO ARCHIPIÈLAGO DE SAN ANDRÈS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, una garantía consistente en una póliza expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia o una garantía bancaria, en caso que la garantía sea bancaria, esta deberá ser emitida por un Banco local acreditado por la Superintendencia Bancaria. que cumpla con los siguientes requisitos:

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Beneficiario: DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRES PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA.

Número y objeto del proceso de selección.

Identificación del oferente.

Valor asegurado: Mínimo por el 10 % del valor oficial estimado y/o de la propuesta inicial.

Vigencia de la póliza: cuarenta y cinco (45) días (su vigencia se extenderá desde el momento de presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual- articulo 5.1.7.1 del decreto 734 de 2012)

Al proponente se le hará efectiva la garantía de seriedad de su propuesta cuando:

Solicite el retiro de su propuesta después del cierre de la selección abreviada por subasta inversa, salvo en caso de inhabilidad o incompatibilidad sobrevinientes.

Cuando al serle adjudicado el contrato no proceda a su firma dentro del plazo estipulado en el Art. 30, numeral 12, de la Ley 80 de 1993.

Cuando el oferente hubiere presentado documentos falsos o se halle incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad señaladas por el Art. 8 de la Ley 80 de 1993.

No amplíe la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.

La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.

El haber manifestado ser Mipyme para limitar la convocatoria de un proceso contractual sin cumplir los requisitos establecidos en la normativa para tener tal condición.

Nota: cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente plural bajo la figura de unión temporal o consorcio o promesa de sociedad futura, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. Parágrafo del articulo 5.1.2 del decreto 734 de 2012. NOTA: Si la garantía no se constituye por el monto mínimo requerido o su vigencia resulta insuficiente o no se incluye el objeto descrito en el presente pliego de condiciones, el Departamento, dentro del término de evaluación de los requisitos Habilitantes, requerirá por escrito al oferente para que dentro del plazo establecido, presente el documento aclarado; si el oferente no lo presenta oportunamente y en la forma debida, esta será descartada. 2.2. Documentos de la propuesta Requisitos habilitantes: Con la propuesta deberán allegarse los documentos que se indican a continuación: 2.2.1. Documentación Jurídica Objeto de Verificación a) Carta de manifestación de interés. b) Carta de presentación de la propuesta según modelo que figura en el anexo No. 1

firmada por la persona natural, el representante legal de la persona jurídica, el representante del consorcio o unión temporal, o por la persona facultada para ello

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mediante poder debidamente otorgado conforme a lo establecido en el artículo 836 del Código de Comercio1.

En la carta de presentación deberá indicarse la calidad en la cual se está actuando para presentar la propuesta:

Si es en nombre propio.

Si actúa como agente comercial (Deberá acreditarlo de conformidad con lo previsto en el artículo 1320 del Código de Comercio Colombiano).

Si es como representante o apoderado (Deberá acreditarlo de conformidad con el

artículo 836 del Código de Comercio Colombiano). c) Las personas naturales deberán allegar fotocopia de la cédula de ciudadanía y

adjuntar el Certificado de Matrícula en el registro mercantil y el de su establecimiento de comercio, expedidos con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha límite para presentar las propuestas.

d) Las personas naturales extranjeras deberán allegar fotocopia del pasaporte o del

documento de identificación y deberán acreditar la constitución en el país de un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarlas judicial y extrajudicialmente. Ello mediante la presentación del respectivo poder otorgado.

Adicionalmente, si solicitan la aplicación del principio de reciprocidad, deberán anexar un certificado expedido por la autoridad competente del respectivo país en donde se acredite la existencia de la reciprocidad. Para efectos de dar aplicación al principio de reciprocidad, se observará lo señalado en el artículo 20 de la Ley 80 de 1993.

e) Las personas jurídicas deberán allegar el original del Certificado de Existencia y

Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio respectiva. El certificado deberá contener fecha de expedición no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha límite de entrega de las ofertas. Si el representante legal tuviese alguna limitación para contratar a nombre de la sociedad, según los estatutos correspondientes, deberá indicarlo expresamente en la carta de presentación de la propuesta y adjuntar copia del Acta de Socios debidamente autorizada, de conformidad con los lineamientos señalados en el artículo 189 del Código de Comercio, de la reunión del órgano social competente en la que se autorice al representante legal para intervenir en este proceso de selección así como para suscribir el contrato. Las personas jurídicas extranjeras deberán allegar los documentos que acrediten su existencia y representación legal y acreditar en el país un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarlas judicial y extrajudicialmente, en concordancia con lo indicado en el numeral 1 del artículo 6.4.4 del Decreto 734 de 2012, así: Se deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera en el país de origen. Para el caso de las facultades del representante legal, éste debe contar como mínimo con la representación legal de la casa matriz.

1 Código de Comercio, artículo 836: “El poder para celebrar un negocio jurídico que deba constar por

escritura pública, deberá ser conferido por este medio o por escrito privado debidamente autenticado.”

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Las sociedades extranjeras pueden estar representadas por el mandatario y/o representantes de su sucursal o por un tercero. El documento que acredite la adquisición de la personería jurídica deberá contar como mínimo con los siguientes datos: • Nombre o razón social completa del proponente • Tipo, número y fecha del documento de constitución o creación • Fecha y clase de documento por el cual se reconoce la personería jurídica • Duración de la entidad Cuando en el documento aportado que acredita la existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera no cuente con toda la información requerida, podrán adjuntar una certificación del representante legal de la sociedad extranjera o en su defecto del mandatario de la sucursal con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad del juramento. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia. Si el proponente es un agente comercial de una sociedad extranjera, deberá tener domicilio en Colombia y presentar además un certificado expedido por la cámara de comercio respectiva en que conste que tiene facultades o poderes suficientes para ello, derivados del contrato de agencia. Si el proponente es una persona jurídica extranjera que no tiene representación legal en Colombia, la propuesta deberá ser presentada por un apoderado o representante, cuyo poder deberá ser conferido y constituido para este efecto, con la obligación de mantener dicho apoderado como mínimo por el término de ejecución del contrato y un (1) año más. En este caso los documentos anteriormente citados deben corresponder al representado. El certificado deberá contener fecha de expedición no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha límite de entrega de las ofertas.

f) Las personas jurídicas deberán allegar el original del Certificado de Matricula

Mercantil de la persona jurídica, expedido por la Cámara de Comercio respectiva o por la entidad equivalente tratándose de personas jurídicas extranjeras, dentro de los treinta (30) días calendario anterior a la fecha máxima para presentar propuestas. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia (Apostille, Consularización)

g) Cuando se trate de Consorcio o Uniones Temporales debe acompañarse con la

propuesta:

Documento de constitución de consorcio o unión temporal.

Original del certificado de existencia y representación legal de cada uno de sus miembros en caso de tratarse de personas jurídicas, expedido por la respectiva cámara de comercio, con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha límite para presentar propuestas. En caso de que el Consorcio o la Unión Temporal este integrado por personas naturales, se adjuntará el certificado de matrícula expedido por la cámara de comercio correspondiente con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario, de cada uno de sus miembros.

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h) El oferente debe allegar certificación sobre cumplimiento del pago de aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y Parafiscales. Para el efecto, deberá tenerse en cuenta lo señalado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.

i) Certificado de Responsabilidades Fiscales: De conformidad con lo establecido en

la Circular No. 005 del 25 de Febrero de 2008, expedida por la Contraloría General de la República, la entidad verificará directamente a través de la pagina web www.contraloriagen.gov.co el cumplimiento de este requisito, de lo cual se dejará constancia por parte del Comité Jurídico de la entidad. Las personas extranjeras deberán anexar el documento equivalente según país de origen.

j) Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la PROCURADURÍA

GENERAL DE LA NACIÓN vigente tanto de la persona natural y/o jurídica como la del representante legal. Las personas extranjeras deberán anexar el documento equivalente según país de origen.

k) Garantía de Seriedad de la Propuesta (Ver Numeral 2.1.5) l) Copia del RUT m) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES vigente del representante legal o

de la persona natural vigente. Las personas extranjeras deberán anexar el documento equivalente según país de origen.

n) Registro único de Proponentes.

Hasta tanto se aprueben por la Superintendencia de industria y comercio las modificaciones del caso, y las cámaras ajusten sus herramientas tecnológicas en los plazos establecidos en el articulo 6.1.3.4 del Decreto 734 de 2012, las inscripciones, renovaciones, actualizaciones y cancelaciones de los proponentes se llevaran a cabo con base en los formularios, esquemas y procedimientos actuales. Por manera que en el presente proceso de selección podrán participar las personas naturales o jurídicas, en forma individual o en Consorcio o en Unión Temporal, inscritas en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio y que se encuentren clasificadas en las actividades, especialidades y grupos indicados. Para este efecto el proponente deberá presentar el respectivo certificado de inscripción, calificación y clasificación (RUP) expedido por la respectiva Cámara de comercio. La inscripción debe estar vigente y el certificado deberá haber sido expedido con fecha no mayor a treinta (30) días calendario anterior a la fecha de cierre del presente proceso de selección. Si se prorroga el cierre del proceso, valdrá con la fecha inicial de cierre.

Con base en lo anterior, para este proceso, el proponente deberá encontrase clasificado en las siguientes actividades, especialidades y grupos, según corresponda, en las siguientes clasificaciones:

ACTIVIDAD 01 ESPECIALIDAD GRUPO

CONSTRUCTOR 02 10

2.2.2 DOCUMENTACION FINANCIERA OBJETO DE VERIFICACIÓN: El proponente debe presentar el RUP – REGISTRO UNICO DE PROPONENTE, en firme expedido por la Cámara de Comercio correspondiente al domicilio donde desarrolla su actividad principal. En caso de Consorcio o Unión Temporal cada miembro que lo integra debe presentar este registro (RUP), independiente de su participación en este.

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El oferente debe informar el número del Certificado de Registro en el RUP de los bienes y servicios ofrecidos. No obstante lo anterior, el proponente puede acompañar a la propuesta los certificados de Registro en el RUP. La certificación respectiva, deberá tener una vigencia no mayor de 30 días, para lo cual debe tenerse en cuenta que la vigencia de los precios que se registren es de un año. Las propuestas presentadas por los consorcios y uniones temporales, deberán informar el número del Certificado de Registro en el RUP de los integrantes del consorcio o unión temporal.

2.2.3. Documentación Financiera: El proponente debe presentar VIGENTE el RUP – REGISTRO UNICO DE PROPONENTE, en firme expedido por la Cámara de Comercio correspondiente al domicilio donde desarrolla su actividad principal. En caso de Consorcio o Unión Temporal cada miembro que lo integra debe presentar este registro (RUP), independiente de su participación en este. Los requisitos financieros no serán objeto de puntuación, se tendrán como CUMPLE O NO CUMPLE y para acreditar la capacidad financiera, el proponente deberá cumplir con los requisitos mínimos de Patrimonio, Liquidez, Endeudamiento y Capital de Trabajo, que se tomarán del Registro Único de Proponentes – RUP. La verificación de cumplimiento de la capacidad financiera, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del decreto 2474 de 2008 y el decreto 1464 de 2010, no tiene ponderación (Requisito Habilitante), se estudiará la información al momento de la presentación de la propuesta y antes de la adjudicación, con el fin de verificar la el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos en el presente pliego y de acuerdo con lo siguiente parámetros: A) PATRIMONIO El Patrimonio permite conocer la participación del proponente en el Total de Activos. El Proponente que acredite mediante el Registro Único de Proponentes – RUP, un Patrimonio Neto Igual o Superior al 40% del presupuesto oficial de cada objeto de la presente Licitación, se calificará como HABILITADO en este factor. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, se tendrá en cuenta la sumatoria del patrimonio de cada miembro. B) INDICE DE LIQUIDEZ El Proponente que acredite mediante el Registro Único de Proponentes – RUP, y de acuerdo con la fórmula (Activo Corriente / Pasivo Corriente), un Índice de Liquidez Igual o Superior a 2, se calificará como HABILITADO en este factor. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, se tendrá en cuenta la siguiente fórmula (Σ Liquidez registrada en el RUP de cada uno de los integrantes/el número integrantes) debe ser Igual o Superior a 2. C) NIVEL DE ENDEUDAMIENTO El Proponente que acredite mediante el Registro Único de Proponentes – RUP, un Nivel de Endeudamiento Menor o Igual a 60%, se calificará como HABILITADO en este factor.

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En caso de Consorcios o Uniones Temporales, se tendrá en cuenta la siguiente fórmula (Σ Nivel de Endeudamiento registrada en el RUP de cada uno de los integrantes/el número integrantes) debe ser Menor o Igual al 60%.

D) Capacidad Residual Contrato de Obra. De conformidad con lo establecido en el Decreto 1397 de 2012, la Capacidad Residual para el Contrato de Obra es el resultado de restar al indicador capital de trabajo del proponente a 31 de diciembre del año anterior a la fecha de presentación de la propuesta, acreditado y registrado en el RUP, los saldos de los contratos de obra que a la fecha de presentación de la propuesta el proponente directamente, y a través de sociedades de propósito especial, consorcios o uniones temporales en los cuales el proponente participe, haya suscrito y se encuentren vigentes, y el valor de aquellos que le hayan sido adjudicados, sobre el término pendiente de ejecución de cada uno de estos contratos. El término pendiente de ejecución deberá ser expresado en meses calendario. Para calcular los saldos de los contratos a que hace referencia el inciso anterior cuando el contratista sea una sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal en los cuales el proponente participe, se tendrá en cuenta el porcentaje de participación del proponente en la respectiva sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal. Las personas naturales o jurídicas deberán tener a la fecha de cierre del plazo de la presente licitación pública una capacidad residual de contratación, igual o superior a 77.8 SMMLV; de lo contrario, la oferta no será considerada en la evaluación y posterior adjudicación del contrato. Para calcular la Capacidad Residual para Contrato de Obra, se utilizará la siguiente fórmula: Donde,

RK = Capacidad Residual CT = Capital de Trabajo (Activo Corriente – Pasivo Corriente)

CVnS = Saldo de los contratos que se hayan suscrito y se encuentren vigentes

y/o aquellos que hayan sido adjudicados (Formulario 2 del Anexo 3).

PEnT = Término en meses calendario pendiente de ejecución de cada uno de los

contratos vigentes. Para calcular el Capital de Trabajo se aplicará la fórmula (Activo Corriente – Pasivo Corriente), con la información acreditada mediante el Registro Único de Proponentes – RUP.

En caso de incumplir con lo anterior, se calificará como NO HABILITADO Si el proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se verificará la capacidad residual de cada uno de sus integrantes la cual será calculada con base en lo establecido anteriormente. Para determinar la capacidad residual del proponente plural, se tendrá en cuenta el porcentaje de participación de cada integrante en la respectiva sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal. NOTA 1: En caso de que el oferente no relacione un contrato de obra en ejecución o suspendido y durante la Evaluación se compruebe, SU OFERTA SERA DECLARADA NO HABIL.

PEn

CVnR

T

SCTK

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NOTA 2: En el evento que el proponente del presente proceso de selección sea titulado y domiciliado en el exterior debe presentar los estados financieros con vigencia a 31 de Diciembre de 2011 apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

2.2.4. Documentos Técnicos: a) Cuadro de cantidades debidamente diligenciado. Los ítems de la propuesta se

deberán diligenciar con exactitud y sin alterar (descripción, unidades y cantidades) el anexo correspondiente al cuadro de cantidades (ANEXO No.3) (REQUISITO NO SUBSANABLE).

Además se realizará la corrección aritmética de la siguiente manera: Se revisará la información básica de los precios de la propuesta de acuerdo con el ANEXO No. 1 y se hará las correcciones aritméticas de los proponentes. Esta corrección se hará al peso ya sea por exceso o por defecto de las operaciones aritméticas, a las que haya lugar, se realizará así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero del peso Se verificará que la propuesta una vez corregida (con aproximación al peso) no sobrepase el presupuesto oficial; aquellas cuyo valor corregido sobrepasen el presupuesto oficial se declararan NO HABILITADAS. El proponente que cumpla con lo anterior será HABILITADO, de lo contrario se declarará NO HABILITADO.

b) Experiencia general del proponente: El Proponente deberá poseer:

Matrícula profesional de Ingeniero Civil, o sanitario, o Constructor en Arquitectura e Ingeniería.

Deberá certificar con un máximo de 2 contratos de obra ejecutada desde el

primero de enero de 1998 hasta la fecha de cierre de la presente convocatoria que sumados totalicen el presupuesto oficial estimado. Además de cumplir con las condiciones anteriores, deberá cumplir con las siguientes opciones:

Haberse desempeñado en el ejercicio profesional como Contratista, director o residente de obras (relacionar por contrato) ejecutadas, cuyo objeto sea similar o en los cuales se incluya alguna de las siguientes actividades: CONSTRUCCION, REHABILITACION, MEJORAMIENTO, ADECUACION Y/O MANTENIMIENTO DE OBRAS EN RELLENO SANITARIO EN GENERAL.

El proponente deberá acreditar su experiencia mediante la presentación de un certificado expedido por el Contratista de la obra o el representante legal del Contratista, que contenga mínimo el número del Contrato y año, contratante, contratista, objeto y valor del contrato y anexará copia del mismo y un acta que demuestre el valor real de la obra ejecutada. Para el caso de que las certificaciones sean expedidas por una Entidad Oficial o por el Departamento, no requerirá anexar documentos para acreditar la experiencia certificada.

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Se aceptarán únicamente aquellas certificaciones en el cual se hubiese estado vinculado al proyecto u obra mínimo en un 80 % del tiempo. En el caso de incongruencias entre los certificados y los documentos soportes, prevalecerá lo estipulado en los documentos soportes. Aquel proponente que como persona natural o jurídica presente una certificación de consorcio o uniones temporales, se toma la experiencia en proporción a la participación del individuo en dicho consorcio o unión temporal en valor equivalente al porcentaje de participación. Si el representante legal del proponente, no acreditare título académico en estas profesiones, la propuesta deberá ser abonada por Ingeniero Civil, o sanitario o Constructor en Arquitectura e Ingeniería, con experiencia profesional que acredite la experiencia requerida, en virtud de lo previsto en la Ley 64 de 1978

NOTA El no cumplimiento de lo expresado en el presente numeral será causal de NO HABILITANTE en la presente selección abreviada.

CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA Toda propuesta que presente alguna de las irregularidades que se indican a continuación, será RECHAZADA dejando constancia de ello en el informe respectivo. 3.1. Presentación extemporánea de la propuesta. 3.2. Cuando el proponente o cualquiera de los integrantes del consorcio o unión temporal, se encuentre incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades consagradas en la Constitución Nacional o la ley. 3.3. Cuando la propuesta económica supere el presupuesto oficial señalado en el numeral 1.2. del capítulo I del presente pliego de condiciones . (Artículo 1 del Decreto 287 de 1996). 3.4. Cuando la propuesta no cumpla con el objeto del presente proceso de selección abreviada de menor cuantía señalado en el numeral 1.1. del capítulo I del pliego de condiciones. 3.5. Cuando existan dos o más ofertas hechas por el mismo proponente bajo el mismo nombre o con nombres distintos. 3.6. Cuando el oferente no manifieste su interés en participar. 3.7. La no presentación de la propuesta económica será motivo para que la propuesta se rechace. 3.8 Cuando el oferente dentro del término señalado en el presente pliego de condiciones, no subsane los documentos requeridos por la Entidad. 3.9. Cuando se compruebe dentro del proceso de selección, que la información y documentos que hacen parte de la propuesta, no son veraces, es decir, no corresponden a la realidad de lo afirmado por el proponente.

CAPITULO IV

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REGLAS PARA LA VERIFICACION DE REQUISITOS HABILITANTES Y DE

EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

De acuerdo con la sección II, capitulo II titulo III del Decreto 734 de 2012, el siguiente es el procedimiento que adelantará la Gobernación de San Andrés, Providencia y Santa Catalina para efectos de seleccionar la propuesta más favorable para la entidad. 4.0. Cuando no allegue con la propuesta la garantía de seriedad de la oferta: Cuando los oferentes no alleguen con la propuesta la garantía de seriedad de la oferta será motivo para que la propuesta se RECHACE o se RECHACÉ. 4.1. Verificación de requisitos habilitantes: De conformidad con el artículo 2.2.8 del decreto 734 de 2012 lo sustancial prima sobre lo formal, razón por la cual, no serán rechazadas las propuestas presentadas por la ausencia o la falta de los documentos señalados en el numeral 2.2 del presente pliego de condiciones que verifiquen las condiciones del oferente o soporten el contenido de la oferta. En consecuencia, una vez los oferentes presenten sus ofertas dentro del plazo establecido en los numerales 1.7 y 1.8, la entidad procederá a verificar que los oferentes alleguen todos los documentos señalados en el numeral 2.2. del presente pliego de condiciones. El resultado de la evaluación se publicara en el Secop durante tres (3) días hábiles, termino durante el cual los oferentes podrán presentar observaciones a la misma, las cuales serán resueltas por la entidad en el acto de adjudicación del proceso de selección. Los oferentes no podrán subsanar los asuntos relacionados con la falta de capacidad jurídica, financiera y organizacional, razón por la cual, la entidad procederá a hacer el correspondiente análisis para determinar si el proponente es hábil o no para participar en el proceso. Así mismo, el oferente deberá cumplir con los siguientes aspectos:

Estudio Jurídico Se analizarán los requisitos esenciales de orden legal exigidos a los proponentes y serán descartadas aquellas que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos en el numeral 2.2.1.

Estudio Económico La Capacidad financiera (Cf) se establecerá con fundamento en el patrimonio, la liquidez medida como activo corriente sobre pasivo corriente, y el índice de endeudamiento medido como pasivo total sobre activo total, con base en su balance general con corte al 31 de diciembre del año 2011, o balance de apertura si es persona jurídica nueva o persona natural que haya iniciado operaciones en el último año. Para efectos de actualización se podrá tener en cuenta un balance intermedio. Los requisitos financieros no serán objeto de puntuación, se tendrán como CUMPLE O NO CUMPLE y para acreditar la capacidad financiera, el proponente deberá cumplir con los requisitos mínimos de Patrimonio, Liquidez, Endeudamiento, y Capacidad residual

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contrato de obra, la verificación de cumplimiento de la capacidad financiera, no tiene ponderación, se estudiará la información al momento de la presentación de la propuesta y antes de la adjudicación, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos en el presente pliego y de acuerdo con los siguiente parámetros:

1. PATRIMONIO El patrimonio permite conocer la participación del proponente en el total de Activos. El proponente que acredite mediante el RUP, un Patrimonio Igual o Superior al 40% del total del valor del Presupuesto Oficial de la presente selección abreviada o proceso de selección. En la evaluación financiera de este factor, se evaluará como CUMPLE.

2. INDICE DE LIQUIDEZ Permite establecer la cuantía del activo disponible que soporta las obligaciones a corto plazo. El proponente que acredite mediante el RUP, y de acuerdo con la formula Activo Corriente/Pasivo corriente, un índice de liquidez igual o superior a 2 veces. En la evaluación financiera de este factor, se evaluará como CUMPLE. Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de los integrantes deberá presentar el respectivo Certificado de Registro, Clasificación y Calificación en el RUP, el índice de liquidez será la media aritmética de cada razón de liquidez de los integrantes del consorcio ó unión temporal.

3. NIVEL DE ENDEUDAMIENTO Define el porcentaje que representa el compromiso con terceros, garantizando en el Activo tal Monetario. El proponente que acredite mediante el RUP, y de acuerdo con la formula Pasivo Total/Activo Total, un Nivel de Endeudamiento menor o igual 60%. En la evaluación financiera de este factor, se evaluará como CUMPLE. Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de los integrantes deberá presentar el respectivo Certificado de Registro, Clasificación y Calificación en el RUP, el nivel de endeudamiento será la media aritmética de cada nivel de los integrantes del consorcio ó unión temporal.

4. Capacidad Residual Contrato de Obra. De conformidad con lo establecido en el Decreto 1397 de 2012, la Capacidad Residual para el Contrato de Obra es el resultado de restar al indicador capital de trabajo del proponente a 31 de diciembre del año anterior a la fecha de presentación de la propuesta, acreditado y registrado en el RUP, los saldos de los contratos de obra que a la fecha de presentación de la propuesta el proponente directamente, y a través de sociedades de propósito especial, consorcios o uniones temporales en los cuales el proponente participe, haya suscrito y se encuentren vigentes, y el valor de aquellos que le hayan sido adjudicados, sobre el término pendiente de ejecución de cada uno de estos contratos. El término pendiente de ejecución deberá ser expresado en meses calendario. Para calcular los saldos de los contratos a que hace referencia el inciso anterior cuando el contratista sea una sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal en los cuales el proponente participe, se tendrá en cuenta el porcentaje de participación del proponente en la respectiva sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal. Las personas naturales o jurídicas deberán tener a la fecha de cierre del plazo de la presente licitación pública una capacidad residual de contratación, igual o superior a 77.8 SMMLV; de lo contrario, la oferta no será considerada en la evaluación y posterior

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adjudicación del contrato. Para calcular la Capacidad Residual para Contrato de Obra, se utilizará la siguiente fórmula: Donde,

RK = Capacidad Residual CT = Capital de Trabajo (Activo Corriente – Pasivo Corriente)

CVnS = Saldo de los contratos que se hayan suscrito y se encuentren vigentes

y/o aquellos que hayan sido adjudicados (Formulario 2 del Anexo 3).

PEnT = Término en meses calendario pendiente de ejecución de cada uno de los

contratos vigentes. Para calcular el Capital de Trabajo se aplicará la fórmula (Activo Corriente – Pasivo Corriente), con la información acreditada mediante el Registro Único de Proponentes – RUP.

En caso de incumplir con lo anterior, se calificará como NO HABILITADO Si el proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se verificará la capacidad residual de cada uno de sus integrantes la cual será calculada con base en lo establecido anteriormente. Para determinar la capacidad residual del proponente plural, se tendrá en cuenta el porcentaje de participación de cada integrante en la respectiva sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal. NOTA 1: En caso de que el oferente no relacione un contrato de obra en ejecución o suspendido y durante la Evaluación se compruebe, SU OFERTA SERA DECLARADA NO HABIL. NOTA 2: En el evento que el proponente del presente proceso de selección sea titulado y domiciliado en el exterior debe presentar los estados financieros con vigencia a 31 de Diciembre de 2011 apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

Estudio Técnico Se analizarán los requisitos esenciales de orden técnico exigidos a los proponentes y serán descartadas aquellas que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos en el numeral 2.2.4 de los documentos técnicos requeridos.

4.2. Factores de calificación

El comité Técnico efectuará dentro de su respectivo informe la evaluación de la oferta a aquellas ofertas que cumplan con los estudios jurídico, económico y técnico en los requisitos habilitantes. Se efectuarán las ponderaciones de acuerdo a la fórmula de precios, la cual será sorteada el día estimado de cierre o de entrega de las ofertas para cada objeto a contratar y en presencia del personal o proponentes que se encuentren al momento del cierre, quedará constancia escrita en el acta de diligencia de apertura de las propuestas de dicho sorteo.

PEn

CVnR

T

SCTK

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Se asignará el primer orden de elegibilidad al proponente que obtenga el más alto puntaje, ponderando los factores de evaluación hasta en tres decimales; para cada uno de los objetos a contratar

FACTOR A PONDERAR POR OBJETO

PUNTAJE

A. FACTOR CALIDAD 500

B. FACTOR PRECIO 500

A. FACTOR DE CALIDAD (500 PUNTOS) Se otorgarán Quinientos (500) puntos al factor de calidad distribuidos de la siguiente forma:

1. Disponibilidad de equipo Cincuenta (50) puntos:

Se otorgará Cincuenta (50) puntos al oferente que presente certificado debidamente firmado y bajo la gravedad de juramento, de que posee la disponibilidad del equipo necesario para la ejecución del proyecto.

2. Disponibilidad de insumos representativos Cincuenta (50) puntos:

Se otorgará Cincuenta (50) puntos al oferente que presente certificado de proveedor de geomembrana (certificado, es decir que cumplirá con la especificaciones técnicas), que se encuentra en disposición de suministrar la totalidad del mismo, en el caso que le sea adjudicado el contrato.

3. Disponibilidad de personal Cincuenta (50) puntos:

Se otorgará cincuenta (50) puntos al oferente que presente certificado del personal mínimo requerido así:

Director de obra (Ingeniero Civil, o sanitario, o Constructor en Arquitectura e Ingeniería) con experiencia como Contratista y/o Director, en la ejecución de por lo menos tres (3) contratos de obras viales que sumados sean iguales o superiores al 50 % del Presupuesto Oficial. Con una dedicación del 30 %

Residente de obra (Ingeniero Civil o Ingeniero sanitario o Constructor en Arquitectura e Ingeniería) con experiencia como Contratista y/o Director y/o residente, en la ejecución de por lo menos tres (3) contratos de obras viales. Con una dedicación del 100 %

4. No infractor ambiental (50) puntos:

Se otorgará cincuenta (50) puntos al oferente que certifique que no ha sido infractor ambiental; del representante legal cuando sea persona jurídica de cada uno de los integrantes o participantes cuando sea Consorcio o Unión Temporal y de la persona natural cuando se presente como persona natural

5. Tarjeta de circulación y residencia occre (200 puntos)

DOSCIENTOS (200) PUNTOS ASÍ:

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En cumplimiento de las disposiciones especiales que rigen en el Departamento Archipiélago (Decreto – Ley 2762 de 1991, Ley 915 de 2004) y con el fin de propender por una participación real y efectiva de los raizales y residentes del Departamento Archipiélago, la entidad otorgará 200 puntos al oferente que acredite la tarjeta de residencia y circulación OCCRE. En caso de que el proponente sea un Consorcio o Unión Temporal o persona Jurídica, deberá acreditar la tarjeta de residencia y circulación OCCRE de por lo menos uno de los asociados o integrantes y del representante legal. Es entendido que el proponente conoce las NORMAS DE CONTROL DE CIRCULACION Y RESIDENCIA contenidas en el DECRETO 2762 de 1991, y demás que lo modifiquen o reformen y por lo tanto se compromete a utilizar el 100% de la mano de Obra no calificada en residentes legalmente en las Islas y a agotar los trámites legales pertinentes para la importación de personal foráneo calificado a las Islas, a falta de profesional residente en ella necesario para la ejecución del presente contrato.

6. Apoyo a la industria nacional (100 puntos)

Con el fin de establecer el apoyo a los que los proponentes NACIONALES Y EXTRANJEROS otorguen a la Industrial nacional en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003, deberán efectuar ofrecimiento suscrito por el representante legal del proponente, en el cual se indique la procedencia, nacional o extranjera del personal que será puesto al servicio en la ejecución del contrato. Para el proceso en mención, debe efectuarse el ofrecimiento de manera clara y expresa mediante certificación juramentada para obtener puntaje por este factor; en el cual se constate que el personal mínimo a vincular es de procedencia nacional Se otorgarán Cien (100) puntos al oferente quien entregue certificación firmada por el proponente o su representante legal, en la cual conste que el personal mínimo es de procedencia nacional. Se otorgarán Cincuenta (50) puntos al oferente quien entregue certificación firmada por el proponente o su representante legal, en la cual conste que por lo menos 1 del personal mínimo sea de procedencia extranjera. Se otorgarán Cero (0) puntos al oferente quien no presente certificación.

B. VALOR DE LA PROPUESTA (500 PUNTOS) Se otorgarán Quinientos (500) puntos al factor valor de la propuesta, de acuerdo con el siguiente procedimiento: FORMULA 1: Se calculará utilizando la fórmula de desviación Standard que aparece en la hoja de cálculo Excel como “DESVESTP” y el cálculo del valor promedio así:

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Se obtiene el valor promedio (Vp) de las propuestas presentadas (Pn), en donde (Pn) es cada una de las cotizaciones a evaluar, n es el número de propuestas recibidas y Po es el presupuesto Oficial estimado; de acuerdo a la siguiente fórmula:

Luego se obtiene la desviación estándar (Vd), el cual se calculará e acuerdo a la fórmula que aparece en la hoja de cálculo de EXCEL como “DESVESTP”, de todas las propuestas incluyendo el Presupuesto Oficial estimado, donde Pn+1 son todas las propuestas presentadas incluyendo el presupuesto Oficial y n es el número de propuestas; de acuerdo a la siguiente fórmula:

2

2

1

2

1

)1(

)(

n

PPnVd

nn

Finalmente se calcula el Valor base (Vb), el cual es el parámetro para la ponderación de acuerdo a la siguiente fórmula definiendo si se suma o se resta la desviación estándar (Vd) de acuerdo a otro sorteo previo el día de cierre o de entrega de las ofertas y en presencia del personal o proponentes que se encuentren al momento del cierre, quedará constancia escrita en el acta de diligencia de apertura de las propuestas de dicho sorteo.

2// VdVpVb

La ponderación o puntuación (P), para cada oferente, se establecerá de acuerdo a la siguiente fórmula:

500*1

Vb

VbPiP

FORMULA 2:

Se calculará utilizando la fórmula de desviación Standard que aparece en la hoja de cálculo Excel como “DESVESTP” y la Oferta admisible de mayor valor así: Se organizan los valores corregidos de las propuestas de mayor a menor, identificando la segunda en el orden establecido como Vm, sin incluir el valor del presupuesto Oficial. Luego se obtiene la desviación estándar (Vd), el cual se calculará e acuerdo a la fórmula que aparece en la hoja de cálculo de EXCEL como “DESVESTP”, de todas las propuestas incluyendo el Presupuesto Oficial estimado, donde Pn+1 son todas las propuestas presentadas incluyendo el presupuesto Oficial y n es el número de propuestas; de acuerdo a la siguiente fórmula:

n

Pn

Vp

n

n

1

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2

2

1

2

1

)1(

)(

n

PPnVd

nn

Finalmente se calcula el Valor base (Vb), el cual es el parámetro para la ponderación de acuerdo a la siguiente fórmula:

VdVmVb La ponderación o puntuación (P), para cada oferente, se establecerá de acuerdo a la siguiente fórmula:

500*1

Vb

VbPiP

FORMULA 3:

Se calculará utilizando la fórmula de desviación Standard que aparece en la hoja de cálculo Excel como “DESVESTP” y la Oferta admisible de menor valor así: Se organizan los valores corregidos de las propuestas de menor a mayor, identificando la segunda en el orden establecido como Vm, sin incluir en presupuesto Oficial. Luego se obtiene la desviación estándar (Vd), el cual se calculará e acuerdo a la fórmula que aparece en la hoja de cálculo de EXCEL como “DESVESTP”, de todas las propuestas incluyendo el Presupuesto Oficial estimado, donde Pn+1 son todas las propuestas presentadas incluyendo el presupuesto Oficial y n es el número de propuestas; de acuerdo a la siguiente fórmula:

2

2

1

2

1

)1(

)(

n

PPnVd

nn

Finalmente se calcula el Valor base (Vb), el cual es el parámetro para la ponderación de acuerdo a la siguiente fórmula:

VdVmVb La ponderación o puntuación (P), para cada oferente, se establecerá de acuerdo a la siguiente fórmula:

500*1

Vb

VbPiP

4.3. Procedimiento en caso de empate:

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Si una vez realizada la sumatoria de la totalidad de los puntajes obtenidos en la calificación, se presenta un empate entre dos (2) o más oferentes, la entidad seleccionará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el factor precio y si persiste el empate, se realizará un sorteo entre los proponentes que estuvieren en igualdad de condiciones. 4.4. De la devolución de la garantía Al adjudicatario se le devolverá la garantía de seriedad de la propuesta, cuando esté perfeccionado el contrato. A los oferentes que ocupen el segundo (2º) y tercer (3er.) lugar, se les devolverá luego de perfeccionado el contrato que se adjudica y a los demás oferentes se les devolverán dentro de los cinco (5) días siguientes a la adjudicación. Si se declara desierto el proceso de selección abreviada, las propuestas y la garantía de seriedad de la propuesta se devolverán a cada oferente con la notificación escrita de este hecho. 4.5. Prórroga de la garantía La entidad se reserva la facultad, en caso de que el proponente favorecido no suscriba el contrato, de exigir a los oferentes clasificados en segundo (2do.) y tercer (3er.) lugar la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, por un término de dos (2) meses más, contados a partir del día siguiente al vencimiento del primer plazo.

CAPITULO V

CONDICIONES DEL CONTRATO

El contrato que se suscriba con el oferente que resulte seleccionado al terminar el presente proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. xxx de 2012, será la

ADECUACION DE OBRAS EN EL II NIVEL DEL VASO IV DEL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DEL RELLENO SANITARIO MAGIC GARDEN del

Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS del anexo 2. Con lo cual se pretende optimizar la operación del relleno mediante una adecuada disposición de los residuos sólidos domésticos y especiales, incrementando el peso específico de los residuos sólidos, garantizando homogeneidad en la densidad del material, estabilidad de la celda y así la eficiente prestación del servicio de disposición final. 5.1. Especificaciones Las condiciones, cláusulas especiales y demás información que se consigna en estos pliegos son parte integral del contrato, de acuerdo con las especificaciones que la entidad determine pactar. 5.2 Domicilio Para los efectos de este proceso de selección abreviada y del contrato derivado de él, se tendrá como domicilio la Isla de San Andrés, Colombia. 5.3. Valor y forma de pago

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La entidad cancelará al contratista seleccionado el valor del contrato de la siguiente manera: El equivalente al 50% del valor total del contrato, en calidad de anticipo una vez legalizado el contrato que para el efecto se suscribirá; y el 50% del valor restante, una

vez se reciba a satisfacción el objeto del contrato por parte del Director UAECSP ©.

Los pagos del precio a que se alude en este numeral, al agotamiento de las diligencias administrativas legales y reglamentarias que regulan el proceso presupuestal están incluidos en el valor total del contrato PARAGRAFO: El proponente debe tener en cuenta al momento de determinar el precio de su oferta, que por disposición del artículo 22 de la ley 47 de 1.993 y para cualquier efecto jurídico, el Departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina está exento de pagar impuesto al valor agregado IVA.

Parafiscales exigidos según Artículo 50 de la Ley 789 de 2002 5.4. Adiciones: El contrato que se celebre se podrá adicionar de conformidad con lo establecido en el inciso 2 del parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993. 5.5. Firma del contrato: El contrato que se celebre deberá suscribirse dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la adjudicación del respectivo contrato. 5.6. Régimen del contrato: De conformidad con el inciso final del literal b) del numeral 2º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, la contratación de menor cuantía para la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en el año 2012 será hasta 450 salarios mínimos legales mensuales, es decir, $255.015.000.oo; por lo tanto, y en consideración al presupuesto oficial del presente proceso, la modalidad de selección será la de selección abreviada de menor cuantía, definida en el artículo 2, numeral 2, literal b), de la Ley 1150 de 2007 y el articulo 3.2.2.1 del Decreto 734 de 2012. 5.7. Distribución del Riesgo El Contratista deberá ejecutar el objeto del Contrato por su cuenta y riesgo, y asumir los gastos por todo concepto, incluyendo estudios, garantías, impuestos, trámites, seguros, multas y todos los demás gastos necesarios para la plena ejecución de las obligaciones que se derivan del objeto. Igualmente la inversión y financiación de las obligaciones a su cargo que se derivan de la propuesta a la presente convocatoria pública son por cuenta exclusiva del Contratista. Los riesgos y contingencias financieros, comerciales, cambiarios, operativos, ambientales, económicos, regulatorios, climatológicos, normativos y técnicos de las obligaciones a su cargo que se derivan del objeto del contrato son de responsabilidad indelegable del Contratista adjudicatario de este proceso de selección. En consecuencia, las inversiones que realice el Contratista para el cumplimiento del contrato, incluyendo entre otras actividades, la construcción de la infraestructura, la operación, los gastos tributarios, y los costos sociales y técnicos, son de responsabilidad

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exclusiva de este y por tanto, no podrán ser invocados como factores de supuestos desequilibrios contractuales. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 4º de la Ley 1150 de 2007, la Gobernación determinará y enumerará los riesgos previsibles involucrados en la contratación. Los mencionados riesgos se incluyen en las siguientes tablas:

Tabla N° 3

DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS

TIPO DE RIESGO

ESTIMACION ASIGNACION

Magnitud probabilidad de ocurrencia

Contratista Departamento

Imposición de nuevos tributos Menor Fortuito 100% 0%

Imposición de nuevos trámites o permisos

Insignificante Improbable 100% 0%

Incremento en los costos de insumos (incluye los descritos en los costos directos) hasta el 10 %

Menor Moderado 100% 0%

Incremento en los costos de insumos (incluye los descritos en los costos directos) superiores al 10 % hasta el 20 %

Menor Ocasional 50% 50%

Incremento en los costos de insumos (incluye los descritos en los costos directos) superiores al 20 %

Grave Improbable 0% 100%

Incremento en las cantidades de obra por causas imputables al contratista

Menor Fortuito 100% 0%

Incremento en las cantidades de obra por necesidad de cumplimiento del objeto del contrato, previa autorización del departamento

Menor Fortuito 0% 100%

Daño, pérdida o hurto de materiales en la obra

Menor Fortuito 100% 0%

Mal funcionamiento de los equipos o herramientas y la no consecución de los mismos en la isla

Grave Moderado 100% 0%

Atrasos por lluvias o condiciones climáticas propias del sector

Menor Moderado 100% 0%

Escasez de personal directo o indirecto en las islas para acometer las obras, o el retiro de la obra de los mismos

Menor Ocasional 100% 0%

Daños al medio ambiente que genere el contratista en la ejecución de los trabajos

Menor ocasional 100% 0%

Eventuales hechos lesivos, dolosos o culposos, efectuados por la omisión o acción directa del contratista o sus dependientes que pongan en riesgo a las personas o bienes cercanos a los trabajos

Menor ocasional 100% 0%

Riesgo de orden público que interrumpan las actividades o impidan la ejecución del contrato

Menor Fortuito 50% 50%

Daño o deterioro de las obras que ponga en riesgo la calidad de las mismas que aún no estén recibidas a satisfacción por el Departamento

Menor Fortuito 100% 0%

Daño o deterioro de las obras que ponga en riesgo la calidad de las

Menor Fortuito 0% 100%

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mismas que estén recibidas a satisfacción por el Departamento

Riesgos por los estudios y diseños efectuados por la Gobernación

menor Fortuito 0% 100%

Eventuales retrasos por el transporte de insumos, materiales, herramientas y equipo al Departamento Archipiélago de San Andrés Providencia y Santa Catalina

Menor Moderado 100% 0%

Nota: Criterios de magnitud: Insignificante: Desde el 0% al 3% del valor del Costo Directo Menor: Más del 3% al 10% del valor del Costo Directo Grave: Más del 10% al 30% del valor del contrato Crítica: Más del 30 % del valor del contrato Criterios de probabilidad: Improbable: Muy difícil que ocurra Fortuito: Muy bajas probabilidades de que ocurra Ocasional: Ha ocurrido algunas veces Moderado: Ha ocurrido varias veces. Frecuente: alta probabilidad de que ocurra Además de lo anterior, y atendiendo lo establecido en la Ley, dentro de la audiencia de aclaración de pliego de condiciones, los oferentes y la Gobernación revisarán la asignación de riesgos con el fin de establecer su distribución definitiva 5.7. Perfeccionamiento del contrato: El contrato a celebrar quedará perfeccionado con el acuerdo entre las partes sobre objeto y la contraprestación que se haya consignado por escrito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 80 de 1993. . 5.8. Requisitos para la ejecución del contrato: Teniendo en cuenta las obligaciones propias del contrato a celebrar en este caso los riesgos amparables mediante póliza única de garantía, son los siguientes: Que el contratista no cumpla con los términos plasmados en el contrato, específicamente con las obligaciones derivadas del objeto, o con la calidad exigida para los insumos a suministrar. Una vez suscrito el contrato el Contratista se obligará a constituir a favor del Departamento y a satisfacción del mismo, de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y su decreto reglamentario 734 de 2012, y a allegar dentro del día hábil siguientes al perfeccionamiento del contrato, una garantía única a favor del Departamento, expedida por una compañía de seguros autorizada para funcionar en Colombia, o una garantía bancaria con los siguientes amparos y porcentajes, de conformidad con los términos, de Garantía única de cumplimiento que ampara los siguientes riesgos:

Garantía de cumplimiento: La garantía que cubre el cumplimiento del contrato, pago de multas, cláusula penal pecuniaria y demás sanciones deberá ser

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equivalente hasta por lo menos el 10% del valor total del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más.

Garantía de buena calidad de los bienes suministrados: La garantía de buena calidad de los bienes suministrados debe ser equivalente al 50% del valor total del contrato con una vigencia igual al plazo del mismo, el término señalado por el ofertante en su propuesta en relación con la garantía de calidad y seis (6) meses más.

Garantía de buena calidad del Servicio: La garantía de buena calidad de los bienes debe ser equivalente al 3% del valor total del contrato con una vigencia igual al plazo del mismo, el término señalado por el ofertante en su propuesta en relación con la garantía de calidad y cuatro (4) meses más.

Buen manejo y correcta inversión del pago anticipado: Deberá garantizar el buen manejo y correcta inversión del anticipo, en cuantía del 100% del valor del anticipo por el término del contrato y cuatro (4) meses más.

Pago de salarios, Prestaciones Sociales legales e Indemnizaciones Laborales, por el 10% del valor total del contrato, por el plazo del contrato y tres (3) años más.

Certificación sobre cumplimiento del pago de aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y Parafiscales, para lo cual debe tenerse en cuenta lo señalado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. 6.0. El contratista deberá efectuar en el Diario único de Contratación Pública la publicación del contrato, el cual se entenderá surtido con la presentación del respectivo recibo de pago. 6.1. El contratista deberá efectuar, si a ello hubiere lugar, el pago del respectivo impuesto de timbre, Estampilla Pro cultura (Decreto 043 de 2007)

6.2. El contratista deberá efectuar, si a ello hubiere lugar, el pago del respectivo de (RFTE) Servicios Generales.

6.3. Estampilla de adulto mayor – Ordenanza N° 010 del 10 de octubre del 2011: del valor 3% del Contrato ANEXO 1 PRESUPUESTO ANEXO 2 ESPECIFCAS TECNICAS ANEXO 3 CUADRO DE CANTIDADES FORMULARIO Nº 1 ANEXO 4 ANEXO ECONOMICO FORMULARIO Nº 2 ANEXO 6 CARTA DE PRESENTACION AL FINAL DEL PLIEGO ANEXO 5 MINUTA DEL CONTRATO AL FINAL DEL PLIEGO