demanda contra sobrinos de cilia flores - traducción-

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ESTADOS UNIDOS TRIBUNAL DE DISTRITO DISTRITO SUR DE NUEVA YORK ESTADOS UNIDOS DE AMERICA V. SELLADO . Reemplazando EFRAIN ANTONIO CAMPO FLORES y? ACUSACIÓN FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, 3 : 3215Cr.7 1? Los acusados. Cargo Los cargos del Gran Jurado: 1. Desde al menos en o alrededor de octubre de 2015, hasta e incluyendo la fecha de esta acusación, en Venezuela y en otros lugares, y en un delito comenzado y cometido fuera del jurisdicción de ningún Estado en particular o distrito de los Estados Unidos, EFRAIN ANTONIO CAMPO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, los acusados, al menos uno de los cuales será primero traído y detenido en el Distrito Sur de Nueva York y cuyo punto de entrada a los Estados Unidos estará en el Distrito Sur de Nueva York, y otros conocidos y desconocidos, intencionalmente ya sabiendas se combinaron, conspirar, confederado y estoy de acuerdo entre sí y con otros para violar los narcóticos leyes de los Estados Unidos. 2. Era una parte y un objeto de la conspiración que EFRAIN Antoneo CAMEO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, los acusados, y otros conocidos y desconocidos, y se hizo la importación en los Estados Unidos y en el territorio aduanero de los Estados Unidos desde un lugar fuera del mismo, una controlada sustancia, en violación del Título 21, Código de Estados Unidos, Secciones 952 (a) y 960 (a) (1). 3. Fue además una parte y un objeto de la conspiración que EFRAIN ANTONIO CAMPO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE los acusados, y otros conocidos y desconocidos, y se hizo fabricar y distribuir una sustancia controlada, con la intención y sabiendo que dicha sustancia se importaría ilícitamente en los Estados Unidos y en las aguas dentro de una distancia de 12

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cargos en contra de Efraín Antonio Campo Floresy Francisco Flores de Freitas por presunto narcotráfico

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Page 1: Demanda contra sobrinos de Cilia Flores - traducción-

ESTADOS UNIDOS TRIBUNAL DE DISTRITO DISTRITO SUR DE NUEVA YORK ESTADOS UNIDOS DE AMERICA V. SELLADO . Reemplazando EFRAIN ANTONIO CAMPO FLORES y? ACUSACIÓN FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, 3 : 3215Cr.7 1? Los acusados. Cargo Los cargos del Gran Jurado: 1. Desde al menos en o alrededor de octubre de 2015, hasta e incluyendo la fecha de esta acusación, en Venezuela y en otros lugares, y en un delito comenzado y cometido fuera del jurisdicción de ningún Estado en particular o distrito de los Estados Unidos, EFRAIN ANTONIO CAMPO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, los acusados, al menos uno de los cuales será primero traído y detenido en el Distrito Sur de Nueva York y cuyo punto de entrada a los Estados Unidos estará en el Distrito Sur de Nueva York, y otros conocidos y desconocidos, intencionalmente ya sabiendas se combinaron, conspirar, confederado y estoy de acuerdo entre sí y con otros para violar los narcóticos leyes de los Estados Unidos. 2. Era una parte y un objeto de la conspiración que EFRAIN Antoneo CAMEO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, los acusados, y otros conocidos y desconocidos, y se hizo la importación en los Estados Unidos y en el territorio aduanero de los Estados Unidos desde un lugar fuera del mismo, una controlada sustancia, en violación del Título 21, Código de Estados Unidos, Secciones 952 (a) y 960 (a) (1). 3. Fue además una parte y un objeto de la conspiración que EFRAIN ANTONIO CAMPO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE los acusados, y otros conocidos y desconocidos, y se hizo fabricar y distribuir una sustancia controlada, con la intención y sabiendo que dicha sustancia se importaría ilícitamente en los Estados Unidos y en las aguas dentro de una distancia de 12

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millas de la costa de los Estados Unidos desde un lugar fuera de la misma, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, Secciones 959 (a) y 960 (a) (3). 4. La sustancia controlada que EFRAIN ANTONIO CAMPO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, los acusados, Iconspired importar a los Estados Unidos y en el territorio aduanero de los Estados Unidos desde un lugar fuera del mismo y (ii) la fabricación y distribución, con la intención y a sabiendas de que dicha sustancia sería ilegalmente importada a los Estados Unidos y en las aguas dentro de una distancia de 12 millas de la costa de los Estados Unidos desde un lugar fuera de la misma, fue cinco kilogramos y más de mezclas y sustancias que contiene una cantidad detectable de cocaína, sus sales, óptico e isómeros geométricos, y sales de isómeros, en violación de Título 21, Código de Estados Unidos, Sección Acto abierto 5. En cumplimiento de la conspiración, y para efectuar la objetos ilegales del mismo, se realizó el siguiente acto abierto, entre otros: a. En o alrededor de octubre de 2015, EFRAIN ANTONIO CAMPO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, los acusados, participado en reuniones en Venezuela, en relación con un cargamento de cocaína que iba a ser enviado a los Estados Unidos, a través de Honduras. (Título 21, Código de los Estados Unidos, Secciones 959 (c) 963; Título 18, Código de Estados Unidos, Sección 3238.) ALEGACIÓN DECOMISO 6. Como consecuencia de la comisión de la sustancia controlada delito acusado en el Primer Cargo de la Acusación, EFRAIN ANTONIO CAMPO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, la acusados, deberán renunciar a los Estados Unidos, de conformidad con Título 21, Código de los Estados Unidos, Secciones 853 y 970, todos y todas que constituye la propiedad o derivado de cualquier producto de la acusados obtienen directa o indirectamente como resultado de la ofensa y cualquier y todos los bienes utilizados o destinados a ser utilizados en cualquier forma o parte para cometer y facilitar la comisión de

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el delito acusado en el Primer Cargo de la Acusación. Los activos sustitutos Provisión 7. Si alguno de los bienes decomisados abovewdescribed, como resultado de cualquier acto u omisión de EFRAIN ANTONIO CAMPO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, los acusados ,: a. No se puede encontrar en el ejercicio de la debida diligencia; b. ha sido transferido o vendido, o depositada con una tercera persona; C. se ha colocado fuera de la jurisdicción del Corte; re. ha disminuido sustancialmente en el valor; o mi. se ha mezclado con otro inmueble que no se puede subdividir sin dificultad, es la intención de los Estados Unidos, de conformidad con el Título 21, Código de Estados Unidos, Secciones 853 (p) y 970, para buscar el decomiso de cualquier otra propiedad de los acusados hasta el valor de la por encima de la propiedad confiscable. (Título 21, Código de Estados Unidos, Secciones 853 970.) ­W PREET Fiscal Federal ESTADOS UNIDOS TRIBUNAL DE DISTRITO DISTRITO SUR DE NUEVA YORK ESTADOS UNIDOS DE AMERICA v.

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EFRAIN ANTONIO CAMPO FLORES y FRANQUI FRANCISCO FLORES DE FREITAS, Defandants. SELLADO Reemplazando ACUSACIÓN 82 15 Cr. (21 USC 959 (c) 963; y 18 USC 3238.) PREET BHARARA Estados Unidos Attorneyt A BILL TRUE Foreperson.