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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y DE LO ECONOMICO COACTIVO DE ALTA VERAPAZ. ANA MARIA LÓPEZ MONTENEGRO, de veinticuatro años de edad, soltera, Perito Contador, guatemalteca, de este domicilio, actuó bajo la dirección y procuración de la abogada Ivannia Yahaira Maykan Ponce Zavala y señalo para recibir notificaciones la novena avenida tres guion cero cinco, zona cuatro de esta ciudad; Respetuosamente comparezco ante usted a promover JUICIO ORDINARIO LABORAL POR DESPIDO DIRECTO E INJUSTIFICADO contra EL ESTADO, que puede ser notificado por medio del Procurador General de la Nación en la sede de la Procuraduría General de la Nación, situada en la primera avenida nueve guión nueve de la zona tres de esta ciudad; con base en los siguientes: HECHOS I) De la relación laboral: el día uno de febrero del año dos mil doce inicie mi relación laboral en la Unidad para el Desarrollo de Vivienda Popular UDEVIPO dependencia del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, fecha en la que se formalizo mi contrato de trabajo y finalizo el treinta y uno de octubre de dos mil doce al haber sido despedida en forma indirecta e injustificada. II) Del trabajo desempeñado: durante el tiempo que duro mi relación laboral para la entidad demandada

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y DE LO ECONOMICO COACTIVO DE ALTA VERAPAZ.ANA MARIA LÓPEZ MONTENEGRO, de veinticuatro años de edad, soltera, Perito Contador, guatemalteca, de este domicilio, actuó bajo la dirección y procuración de la abogada Ivannia Yahaira Maykan Ponce Zavala y señalo para recibir notificaciones la novena avenida tres guion cero cinco, zona cuatro de esta ciudad; Respetuosamente comparezco ante usted a promover JUICIO ORDINARIO LABORAL POR DESPIDO DIRECTO E INJUSTIFICADO contra EL ESTADO, que puede ser notificado por medio del Procurador General de la Nación en la sede de la Procuraduría General de la Nación, situada en la primera avenida nueve guión nueve de la zona tres de esta ciudad; con base en los siguientes:

HECHOS

I) De la relación laboral: el día uno de febrero del año dos mil doce inicie mi relación laboral en la Unidad para el Desarrollo de Vivienda Popular UDEVIPO dependencia del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, fecha en la que se formalizo mi contrato de trabajo y finalizo el treinta y uno de octubre de dos mil doce al haber sido despedida en forma indirecta e injustificada.II) Del trabajo desempeñado: durante el tiempo que duro mi relación laboral para la entidad demandada desempeñe actividades profesionales de Asistencia Legal en la Unidad para el Desarrollo de Vivienda Popular, en las oficinas de dicha unidad ubicadas en la segunda calle cero guion cincuenta y tres, municipio de Cobán, departamento de Alta Verapaz, encubriéndose la naturaleza laboral de mi relación laboral por medio de contrato de prestación de servicios profesionales.III) De la jornada de labores: durante el tiempo que duro mi relación con la entidad demandada, trabaje en jornada ordinaria diurna en horario comprendido de las ocho a las dieciséis horas con treinta minutos de lunes a viernes y siempre bajo la dirección de un jefe inmediato superior, estableciéndose así una relación de dependencia laboral continuada.IV) Del salario devengado: el salario ordinario promedio mensual

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devengado durante los últimos seis meses de la relación con la entidad demandada fue de once mil quetzales (Q.11,000.00) mensuales que no incluye la respectiva bonificación profesional de ley.V) De la vía conciliatoria administrativa: la vía conciliatoria administrativa fue agotada el veinticuatro de noviembre del año dos mil doce, según adjudicación numero R uno guión cero ciento uno guión cero tres mil setecientos noventa y ocho guión dos mil doce (R1-0101-03798-2012) faccionada por los inspectores de trabajo Malena Cristina Vicente Barrios y Clara Yanet Porras Santos. Como se hizo constar en el acta de adjudicación, la entidad empleadora no podía despedirme pues como lo acredito con fotocopia del Certificado de Nacimiento de mi menor hija Melissa García López, nació el veintiocho de julio del años dos mil doce, cuya copia se hizo entrega a la entidad empleadora el dos de agosto del años dos mil doce a las nueve horas con veintidós minutos, en el departamento Jurídico del lugar en el que preste mis servicios profesionales.De conformidad con la legislación guatemalteca la empleadora tenía prohibición para despedirme, pues gozaba de periodo de lactancia de conformidad con la ley, significa que si fui despedida el treinta y uno de octubre del años dos mil diez y mi hija nació el veintiocho de julio del mismo año, debe el Estado de Guatemala, hacerme efectivo el pago de nueve meses de lactancia por gozar de inamovilidad.VI) De las prestaciones que reclamo: en virtud de lo anteriormente relacionado emplazo a la patronal para que pruebe la justa causa para dar por terminado mi contrato de trabajo pues yo gozaba de inamovilidad en virtud de gozar periodo de lactancia como lo establece la legislación laboral guatemalteca y que pruebo con la documentación que acompaño y que se tendrá como prueba en la fase dilatoria correspondiente por todo lo anterior reclamo el pago de las siguientes prestaciones:A) POR GOZAR DE INAMOVILIDAD POR PERIODO DE LACTANCIA: reclamo el pago de nueve meses de salario por el periodo de lactancia por haber sido despedida el treinta y uno de octubre del años dos mil doce y mi hija nació el veintiocho de julio del mismo año.B) POR GOZAR DE INAMOVILIDAD POR PERIODO DELACTANCIA: reclamo el pago de los dos meses de salario pendiente a razón de once mil quetzales (Q. 11,000.00) cada uno pues el contrato de trabajo

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finalizaría el treinta y uno de diciembre del año dos mil doce.C) POR GOZAR DE INAMOVILIDAD POR PERIODO DE LACTANCIA: reclamo el pago de INDEMNIZACION la que reclamo en forma proporcional por el periodo comprendido del uno de febrero del año dos mil doce al treinta y uno de diciembre del año dos mil doce.D) POR GOZAR DE INAMOVILIDAD POR PERIODO DE LACTANCIA: reclamo el pago de VACACIONES las que reclamo en forma proporcional por el periodo comprendido del uno de febrero de dos mil doce al treinta uno de diciembre de dos mil doce.E) POR GOZAR DE INAMOVILIDAD POR PERIODO DE LACTANCIA: reclamo el pago de AGUINALDO el que reclamo en forma proporcional por el periodo comprendido del uno de febrero de dos mil doce al treinta y uno de diciembre de dos mil doce.F) POR GOZAR DE INAMOVILIDAD POR PERIODO DE LACTANCIA: reclamo el pago de BONIFICACION ANUAL PARA LOS TRABAJADORES DEL SERCTOR PRIVADO Y PÚBLICO la que reclamo en forma proporcional por el periodo comprendido del uno de febrero de dos mil doce al treinta y uno de diciembre de dos mil doce.G) POR GOZAR DE INAMOVILIDAD POR PERIODO DE LACTANCIA: reclamo el pago de BONIFICACION PROFESIONAL PENDIENTE DE PAGO correspondiente al periodo del uno de febrero de dos mil doce al treinta y uno de diciembre de dos mil doce.H) POR GOZAR DEINAMOVILIDAD POR PERIODO DE LACTANCIA reclamo a titulo de daños y perjuicios, los salarios dejados de percibir desde el día de mi despido, hasta el día de pago de mi respectiva indemnización por un máximo de doce meses de salario en primera instancia y seis en segunda instancia. Con base a los extremos indicados anteriormente, ofrezco los siguientes medios de:PRUEBAA) DOCUMENTOS:1. Fotocopia simple de la adjudicación numero R uno guión cero ciento uno guión tres mil setecientos noventa y ocho guión dos mil doce (R1-01101-03798-2010) faccionada por los inspectores de trabajo Malena Cristina Vicente Barrios y Clara Yanet Porras Santos de fecha veinticuatro de noviembre del año dos mil doce.2. Contrato celebrado el uno de febrero del año dos mil doce entre mi

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persona y el Director Ejecutivo IV de la Unidad para el Desarrollo de Vivienda Popular UDEVIPO Unidad del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda del Estado de Guatemala, que debe presentar la parte empleadora.3. Fotocopia Certificado de Nacimiento extendido por el Hospital Helen Lossi con fecha treinta de julio de dos mil doce, en el que se hace constar el nacimiento de la menor Melissa García López, hija de Ana Maria López Montenegro.4. Fotocopias de pases de salida del edificio de UDEVIPO en el que consta las autorizaciones para retirarme de las labores que prestaba por prescripción medica, asistencia al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social para chequeo medico de fechas treinta y uno de mayo, uno de junio, tres de junio, seis de julio, siete de octubre todas del año dos mil doce respectivamente.5. Fotocopia del Certificado Medico extendida por la Doctora Arianne Sanchez, Ginecologa y Obstetra, fecha ocho de junio de dos mil doce.6. Fotocopia de Informe al patrono de Asistencia del Afiliado de Ana Maria López Montenegro a consulta médica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.7. Fotocopia de oficio librado por la Doctora Xiomara Oliva Navas de Urzua, medica auditoria del departamento de auditoria de Servicios de Salud, dirigido al señor Director del Hospital Gineco Obstetricia, del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, fechado el cinco de julio de dos mil doce.8. Fotocopia de carne y control de vacunas de la niña Mellissa García López.9. Fotocopia del Certificado Medico al que se le adjunta la historia clínica extendida por la Doctora Arianne Sanchez con fecha veinte de octubre de dos mil doce.10. Fotocopia del memorando librado por la Licenciada Arellys Aleyda Moscoso, Asesora Jurídica para el departamento jurídico de UDEVIPO, con fecha veintiuno de abril de dos mil doce, en el que se hace referencia al horario de atención al publico, firmado por mi persona de enterada de dicha comunicación. El documento referido en el apartado de prueba documental numeral 2) deberá ser exhibido por la entidad demandada por obrar en su poder, lo que deberá realizar en la audiencia que para el

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efecto se señale, conminándosele con una multa de cincuenta a quinientos quetzales si dejare de exhibirlos, bajo apercibimiento de tener por ciertos los hechos contenidos en la presente demanda; los documentos referidos en el apartado de prueba numerales 1) y del 3 al 10 se adjuntan al presente escrito.11. Presunciones: las legales y humanas que de lo actuado en el proceso deriven. Con base en lo aseverado y a las pruebas ofrecidas, al juzgador le formulo las siguientes:

PETICIONES

DE TRÁMITE:1. Que se admita para su tramite la presente demanda y con los documentos acompaños se forme el expediente respectivo.2. Que se tome nota de los lugares señalados para notificar a la parte demandada así como la sede profesional de la abogada que me asesora.3. Que se tenga como mi abogada directora, procuradora y asesora a la profesional propuesta.4. Que se tenga por ofrecidos y por acompañados los medios de prueba individualizados en el apartado respectivo de este memorial.5. Que se aperciba a la entidad demanda que debe comparecer a la primera audiencia que el tribunal señale por medio de su representante legal con sus respectivos medios de prueba, a efecto que los rinda en dicha audiencia apercibiéndola de continuar el juicio en su rebeldía si no compareciera en tiempo, sin mas citarle ni oírle.6. Que se conmine a la entidad demanda que deberá exhibir en la primera audiencia los documentos individualizados en el numeral dos del aparatado de pruebas, bajo apercibimiento de tener por ciertos los hechos afirmados por mi en esta demanda.7. Que para notificar al Estado de Guatemala se haga através de la Procuraduría General de la Nación se libre despacho al juez de paz respectivo.

DE FONDO:

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Que se declare CON LUGAR la presente demanda y en consecuencia se condene al ESTADO DE GUATEMALA, al tercer día de quedar firme el fallo a pagarme las siguientes prestaciones que reclamo: A) POR GOZAR DE INAMOVILIDAD POR PERIODO DE LACTANCIA: reclamo el pago de nueve meses de salario por el periodo de lactancia por haber sido despedida el treinta y uno de octubre del años dos mil doce y mi hija nació el veintiocho de julio del mismo año.B) POR GOZAR DE INAMOVILIDAD POR PERIODO DE LACTANCIA: reclamo el pago de los dos meses de salario pendiente a razón de once mil quetzales (Q. 11,000.00) cada uno pues el contrato de trabajo finalizaría el treinta y uno de diciembre del año dos mil doce.C) POR GOZAR DE INAMOVILIDAD POR PERIODOD DE LACTANCIA: reclamo el pago de INDEMNIZACION la que reclamo en forma proporcional por el periodo comprendido del uno de febrero del año dos mil doce al treinta y uno de diciembre del año dos mil doce.D) POR GOZAR DE INAMOVILIDAD POR PERIODO DE LACTANCIA: reclamo el pago de VACACIONES las que reclamo en forma proporcional por el periodo comprendido del uno de febrero de dos mil doce al treinta uno de diciembre de dos mil doceE) POR GOZAR DEINAMOVILIDAD POR PERIODO DE LACTANCIA: reclamo el pago de AGUINALDO el que reclamo en forma proporcional por el periodo comprendido del uno de febrero de dos mil doce al treinta y uno de diciembre de dos mil doce.F) POR GOZAR DE INAMOVILIDAD POR PERIODO DE LACTANCIA: reclamo el pago de BONIFICACION ANUAL PARA LOS TRABAJADORES DEL SERCTOR PRIVADO Y PÚBLICO la que reclamo en forma proporcional por el periodo comprendido del uno de febrero de dos mil doce al treinta y uno de diciembre d dos mil doce.G) POR GOZAR DE INAMOVILIDAD POR PERIODO DE LACTANCIA: reclamo el pago de BONIFICACION PROFESIONAL PENDIENTE DE PAGO correspondiente al periodo del uno de febrero de dos mil doce al treinta y uno de diciembre de dos mil doce.H) POR GOZAR DE INAMOVILIDAD POR PERIODO DE LACTANCIA reclamo a titulo de daños y perjuicios, los salarios dejados de percibir desde el día de mi despido, hasta el día de pago de mi respectiva indemnización por un máximo de doce meses de salario en primera

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instancia y seis en segunda instancia.I) Que se certifique lo conducente en contra de quien pudiera resultar responsable a donde corresponda si se comprueba que dentro de las actuaciones procesales existió violación a las leyes laborales para los efectos correspondientes.Acompaño: Duplicado y tres copias de la presente demanda y documentos adjuntos:Cobán, Alta Verapaz 23 de Febrero de 2013.A RUEGO DE LA PRESENTADA QUIEN SI SABE FIRMAR PERO QUE DE MOMENTO NO PUEDE HACERLO Y EN SU AUXILIO: