deloitte noviembre 2014 reunion ingresos ordinarios

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  • 7/24/2019 Deloitte Noviembre 2014 Reunion Ingresos Ordinarios

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    Oficina Global IFRSNoviembre 2014

    IFRS in Focus (edicin en espaol)

    Reunin conjunta sobre ingresos ordinarios (Octubre 2014)

    Contenidos

    Introduccin

    Tema 1 Opcion es del cliente por bienes yservicios adicionales y honorariospagados por anticipado no-reembolsables

    Tema 2 Presentacin de los activos delcontrato y de los pasivos del contrato

    Tema 3 Determinacin de la naturalezade una licencia de propiedad intelectual

    Tema 4 Determinacin de si los bienes oservicios son distintos en el contexto delcontrato

    Tema 5 Evaluacin de la duracin de uncontrato con clusulas de terminacin

    Pasos siguientes

    Para ms informacin til po r favor vea lossiguientes sitios w eb:

    www.iasplus.com

    www.deloitte.com

    Este IFRS in Focus resume la reunin realizada en octubre del grupo de recursos para latransicin [TGR = transition resource group] sobre ingresos ordinarios conjunto de IASB y FASB .

    Introduccin

    El propsito del TRG no es emitir orientacin sino buscar retroalimentacin sobre los potencialesproblemas relacionados con la implementacin del IFRS (NIIF) 15 Ingresos ordinariosprovenientes de contratos con los clientes (el nuevo estndar de ingresos ordinarios). Medianteanalizar y discutir los problemas potenciales de la implementacin, el TRG les ayudar a las juntasa determinar si necesitan realizar accin adicional, tal como proporcionar aclaracin o emitir otraorientacin. El TRG comprende preparadores del estado financiero, auditores, y usuarios

    provenientes de un espectro amplio de industrias, localizaciones geogrficas y organizacionespblicas y privadas y los miembros de IASB y de FASB asisten a las reuniones del TRG.Representantes de la SEC, PCAOB, IOSCO y AICPA tambin son invitados para observar lasreuniones.

    Para ms informacin acerca del TRG, vea elsitio webde IASB, que incluye losmaterialesde lareunin que describen adicionalmente los temas que se discuten a continuacin.

    Tema 1 Opciones del cliente por bienes y servici os adicionales yhonorarios pagados por anticipado no-reembolsables

    Ant eceden tes

    En la prctica, el cliente a menudo se le puede dar la opcin ya sea como parte de los esfuerzosde mercadeo de la entidad o mediante un contrato de ventas de recibir bienes o servicios futurosadicionales con descuento. Los ejemplos de tales opciones incluyen opciones de renovacin del

    contrato, incentivos de venta, recompensas o crditos para el cl iente, y otros descuentos.

    El principio central del nuevo estndar de ingresos ordinarios es que la entidad reconoce losingresos ordinarios por la consideracin esperada de un cliente en intercambio por la transferenciade los bienes o servicios prometidos. De acuerdo con ello, la entidad tiene que evaluar si lasopciones por bienes o servicios futuros son obligaciones de desempeo segn el contratocorriente con el cliente. Esto es, si la opcin le proporciona al cliente con un derecho material, elcliente est efectivamente pagado por anticipado por un bien o servicio futuro mediante comprarbienes o servicios segn el contrato (vea los pargrafos 26 y B40 del IFRS (NIIF) 15). Comoresultado, la consideracin recibida del contrato corriente ser reconocida cuando los bienes oservicios futuros sean transferidos al cliente.

    Adems, la evaluacin que hace la entidad de si la opcin le proporciona al cliente con un derechomaterial afecta cundo los ingresos ordinarios son reconocidos por los honorarios recibidos poranticipado no-reembolsables. Si la opcin le proporciona al cliente un derecho material, loshonorarios por anticipado no-reembolsables recibidos por el contrato se incluyen en el precio de latransaccin y se asignan a las obligaciones de desempeo (vea el pargrafo B42 del IFRS (NIIF)15).

    http://www.ifrs.org/About-us/IASB/Advisory-bodies/Joint-Revenue-Transition-Resource-Group/Pages/Home.aspxhttp://www.ifrs.org/About-us/IASB/Advisory-bodies/Joint-Revenue-Transition-Resource-Group/Pages/Home.aspxhttp://www.ifrs.org/About-us/IASB/Advisory-bodies/Joint-Revenue-Transition-Resource-Group/Pages/Home.aspxhttp://www.ifrs.org/About-us/IASB/Advisory-bodies/Joint-Revenue-Transition-Resource-Group/Pages/Home.aspxhttp://www.ifrs.org/About-us/IASB/Advisory-bodies/Joint-Revenue-Transition-Resource-Group/Pages/Meetings.aspxhttp://www.ifrs.org/About-us/IASB/Advisory-bodies/Joint-Revenue-Transition-Resource-Group/Pages/Meetings.aspxhttp://www.ifrs.org/About-us/IASB/Advisory-bodies/Joint-Revenue-Transition-Resource-Group/Pages/Meetings.aspxhttp://www.ifrs.org/About-us/IASB/Advisory-bodies/Joint-Revenue-Transition-Resource-Group/Pages/Meetings.aspxhttp://www.ifrs.org/About-us/IASB/Advisory-bodies/Joint-Revenue-Transition-Resource-Group/Pages/Home.aspx
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    Surgen preguntas en relacin con la aplicacin de esta orientacin a (1) programas de lealtad en los cuales los clientesacumulan puntos que pueden ser usados por bienes o servicios futuros, (2) c iertos tipos de tiquetes de descuento, (3) ciertasopciones de renovacin, y (4) contratos que incluyan que el cliente pague por anticipado un honorario no-reembolsable yopciones de renovacin. En particular, los puntos de vista difieren respecto si la evaluacin que la entidad hace de la opcin(para determinar si representa un derecho material) debe:

    tener en cuenta solo la transaccin corriente o tambin las transacciones pasadas y esperadas; e

    incluir la valoracin de solo factores cuantitativos o de factores tanto cuantitativos como cualitativos.

    Resumen

    Los miembros del TRG generalmente estuvieron de acuerdo con que al determinar si una opcin por bienes o serviciosfuturos era un derecho material, la entidad debe (1) considerar factores fuera de la transaccin corriente (e.g., la clasecorriente de cliente vea los pargrafos 10 y B40 del IFRS (NIIF) 15) y (2) valorar los factores tanto cuantitativos comocualitativos. Adems, los miembros del TRC observaron que la entidad tambin debe evaluar los incentivos y programas paraentender si eran opciones del cliente diseadas para influenciar en el comportamiento del cliente dado que esto podra ser unindicador de que la opcin era un derecho material.

    Adems, algunos miembros del TRG expresaron preocupaciones acerca de los ejemplos contenidos en el nuevo estndar deingresos ordinarios. Los miembros de la Junta observaron que los ejemplos cuantitativos no eran para establecer umbralessino para ilustrar cmo sera aplicada la orientacin relacionada. Tambin se reconoci que la entidad necesitara ejercer

    juicio importante en la valoracin de si una opcin era un derecho material.

    En relacin con ciertas ofertas, tales como compre tres y lleve uno gratis, los miembros del TRG observaron que lascantidades implicadas eran menos importantes que el hecho de que en tales casos a la entidad se les regalara ventasfuturas. Si bien no determinante, tal indicador puede conducir a que la entidad concluya que la opcin del cliente era underecho material.

    Los miembros del TRG tambin discutieron los programas de lealtad que tenan una caracterstica de acumulacin. Algunosmiembros del TRG observaron la conviccin de que, mediante la presencia de una caracterstica de acumulacin en unprograma de lealtad, la entidad les da a sus clientes un derecho material. Otros, sin embargo, sealaron que la caractersticade acumulacin no era un factor determinante que automticamente conducira a que la entidad concluya que le ha otorgadoa sus clientes un derecho material. Ms an, esos miembros del TRG observaron que si estaba presente una caractersticade acumulacin, la entidad estara requerida a evaluar el programa.

    Dado que los miembros del TRG generalmente estuvieron de acuerdo acerca de los problemas discutidos, un miembro deJunta resumi la discusin mediante observar que la orientacin pareca operacional y que no son necesarias aclaracionesadicionales.

    Tema 2 Presentacin de los activos del contrato y de los pasivos del cont rato

    Ant eceden tes

    El nuevo estndar de ingresos ordinarios introduce los trminos activo del contrato y pasivo del contrato y proporcionaorientacin sobre su presentacin en el balance general. Si bien ciertos tipos de activos y pasivos resultan de los acuerdosde ingresos ordinarios segn los PCGA existentes, han surgido preguntas en relacin con cmo los activos del contrato y lospasivos del contrato deben ser presentados segn el nuevo estndar de ingresos ordinarios. Esas preguntas incluyen losiguiente.

    Cul es la unidad de cuenta apropiada? Algunos consideran que, dado el ttulo de cada trmino, la presentacin se dedetermina a nivel del contrato. Sin embargo, otros piensan que la unidad de cuenta debe ser a nivel de las obligacionesde desempeo dentro de los contratos.

    Para los contratos individuales con activos del contrato y pasivos del contrato, deben los activos del contrato y lospasivos del contrato ser presentados en una base bruta o neta?

    Para las entidades que tienen contratos combinados de ingresos ordinarios con un cliente (porque han satisfecho elcriterio contenido en el IFRS (NIIF) 15 para hacerlo, tales activos del contrato y pasivos del contrato deben serpresentados sobre una base separada o combinada?

    Puede una entidad compensar otros activos y pasivos contra los activos del contrato y los pasivos del contrato? Si lohace, debe la entidad aplicar la orientacin contenida en la literatura contable existente (i.e., IAS (NI) 1 Presentacin delos estados financieros y el IAS (NIC) 32 Instrumentos financieros: Presentacin)?

    Resumen

    Los miembros del TRG generalmente estuvieron de acuerdo con que:

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    el contrato, y no las obligaciones de desempeo individuales, es la unidad de cuenta apropiada para presentar losactivos del contrato y los pasivos del contrato;

    los activos del contrato o los pasivos del contrato se presentan por cada contrato sobre una base neta; y

    para los contratos que satisfacen el criterio para la combinacin segn el nuevo estndar de ingresos ordinarios, elactivo del contrato o el pasivo del contrato sera presentado para el contrato combinado.

    Un miembro de junta observ que netear los activos del contrato y los pasivos del contrato refleja la posicin neta de laentidad para los derechos y obligaciones restantes segn el contrato y por consiguiente era diferente de era diferente a lacompensacin. Adems, los miembros del TRG generalmente estuvieron de acuerdo con que las entidades deben mirar la

    orientacin existente para determinar si tenan el derecho de compensar.

    Ciertos miembros de junta sealaron que la orientacin relacionada contenida en el nuevo estndar de ingresos ordinariospareca operacional y que no era necesaria aclaracin adicional.

    Tema 3 Determinacin de la naturaleza de una li cencia de propiedad in telectual

    Ant eceden tes

    Tal y como ocurre con el requerimiento para que las entidades identifiquen las otras obligaciones de desempeo contenidasen los contratos de ingresos ordinarios con los clientes, el nuevo estndar de ingresos ordinarios requiere que las entidadesevalen si las licencias de propiedad intelectual (PI) representan obligaciones de desempeo separadas.

    El nuevo estndar de ingresos ordinarios incluye orientacin de implementacin que aborda la promesa de la entidad para

    otorgar una licencia de su PI (vea los pargrafos B52 B62 del IFRS (NIIF) 15). De acuerdo con ello, si una licencia esdistinta de los otros bienes o servicios prometidos, la entidad necesitara valorar la naturaleza de la licencia y determinar si lalicencia le otorga al cliente un derecho a usar o un derecho a tener acceso a la PI de la entidad.

    Segn una licencia de derecho a uso, las actividades continuas del licenciante no se espera que afecten de maneraimportante la PI. Por consiguiente, la licencia de derecho a uso le da al cliente el derecho a usar la IP de la entidad tal y comoexisten en el punto en el tiempo en el cual la licencia es otorgada (y el control es transferido en un punto en el tiempo).Inversamente, la licencia de derecho a acceso le da al cliente el derecho a tener acceso a la PI de la entidad tal y comoexiste durante el perodo de la licencia (y el control es transferido con el cliente) dado que las actividades continuas dellicenciante se espera que afecten de manera importante la PI (vea el pargrafo B58 del IFRS (NIIF) 15).

    Dado el impacto que las actividades continuas del licenciante tienen en la determinacin de si una licencia de PI es unalicencia de derecho a uso o de derecho a acceso, han surgido preguntas en relacin con cmo las entidades deben evaluartales actividades continuas. Esas preguntas incluyen lo siguiente.

    Para una licencia de PI que no es una obligacin de desempeo separada, la entidad necesita determinar lanaturaleza de la licencia como un derecho a acceso a la PI de la entidad o como un derecho a usar la PI de la entidad(i.e. determinar si la licencia se satisface con el tiempo o en un punto del tiempo)? (Problema 1 en el Documento 8 de laagenda del TRG).

    Para que la naturaleza de una licencia sea un derecho a acceso a la PI de la entidad tal y como existe durante elperodo de licencia, (a) las actividades contractuales o esperadas del licenciante tienen que cambiar la forma y/o lafuncionalidad de la PI subyacente (i.e. la licencia es ya sea esttica o dinmica) o (b) los cambios importantes en elvalor de la PI individual constituyen un cambio a la PI? (Problema 2 en el documento 8 de la agenda del TRG).

    Si el cliente no est requerido a usar la versin ms reciente de la PI subyacente, las actividades del licencianteexponen de manera directa al cliente ante los efectos positivos o negativos de la PI a los cuales el cliente tienederechos? (Problema 2a en el documento 8 de la agenda del TRG).

    Las actividades que transfieren un bien o servicio que no es separable de la licencia de PI se consideran en ladeterminacin de la naturaleza de la licencia? (Problema 2b en el documento 8 de la agenda del TRG).

    Cundo se aplica el Paso 2 (Identificacin de las obligaciones de desempeo) pueden las restricciones contenidas en

    un contrato para una licencia de PI afectar la determinacin de si ese contrato contiene una o mltiples licencias?(Problema 3 en el documento 8 de la agenda del TRG).

    Resumen

    Los miembros del TRG observaron que una licencia distinta sera una obligacin de desempeo separada y que en talescasos la entidad aplicara la orientacin de implementacin especfica-para-la-licencia contenida en el nuevo estndar deingresos ordinarios. Sin embargo, los miembros del TRG sealaron que el estndar no era claro en cmo tratar una licenciacuando no era distinta y en lugar de ello sera empaquetada con elementos de no-licencia en una obligacin de desempeocombinada.

    Adems, los miembros del TRG observaron que el pargrafo BC407 contenido en las Bases para las Conclusiones del nuevoestndar de ingresos ordinarios discute las licencias en el contexto de una obligacin de desempeo combinada. Si bien elpargrafo BC407 us los trminos primario y dominante, muchas de las observaciones del TRG se centraron en el trmino

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    dominante. Los miembros del TRG observaron que el pargrafo BC407 seala que cuando una licencia de IP era elcomponente dominante en una obligacin de desempeo combinada, la entidad aplicara la orientacin de implementacinespecfica-para-la-licencia para valorar la naturaleza de la licencia y determinar si la obligacin de desempeo combinada erasatisfecha con el tiempo o en un punto del tiempo.

    Algunos miembros del TRG observaron que a las entidades no se les impedira usar la orientacin de implementacinespecfica-para-la-licencia cuando la licencia era parte de una obligacin de desempeo combinada pero que no siemprepuede estar claro cundo la entidad aplicara tal orientacin. Adems, en relacin con la orientacin contenida en elpargrafo BC407, algunos miembros del TRG consideraron que las entidades pueden necesitar orientacin adicionales enlas situaciones en las cuales el componente licencia era parte de una obligacin de desempeo empaquetada (i.e. nodistinta) y era menos que dominante. Por ejemplo, un miembro del TRG sugiri que el nuevo estndar de ingresos ordinariospodra incluir una estructura que observara lo siguiente:

    si la licencia es distinta o es un componente dominante de una obligacin de desempeo empaquetada, la entidadaplicara la orientacin de implementacin especfica-para-la-licencia;

    si la licencia no es importante o es insignificante, la entidad no considerara la orientacin de implementacin especfica-para-la-licencia; y

    si la licencia es menos que dominante pero ms que insignificante, la entidad necesitara considerar la licencia, juntocon los otros elementos contenidos en la obligacin de desempeo combinada, a fin de determinar el patrn dereconocimiento (la estructura podra incluir ejemplos de factores para que las entidades los consideren).

    Adems, los miembros del TRG y de la junta observaron que las juntas pueden necesitar realizar tareas adicionales, queincluyen (1) mover la orientacin contenida en el pargrafo BC407 al nuevo estndar de ingresos ordinarios y (2) crearorientacin adicional sobre la aplicacin de los trminos dominante e insignificante.

    La mayor parte del debate del TRG se centr en el Problema 2 (vea arriba), que se centr en la naturaleza de las actividades

    continuas del licenciante para determinar si el cliente tiene una licencia de derecho a uso o de derecho a acceso. Enparticular, el TRG discuti tres puntos de vista en relacin con la naturaleza y extensin de las actividades que seranconstruidas como cambios importantes de acuerdo con el pargrafo B58 del IFRS (NIIF) 15, causando que la entidadconcluya que la licencia era una licencia de derecho a acceso:

    Interpretacin A: los cambios se limitan a los que afectan la forma o funcionalidad de la PI, esto es, las actividades queafectan el valor de la PI no seran consideradas;

    Interpretacin B: solo el valor de la PI necesita ser afectado; esos cambios pueden o no resultar de los cambios en laforma o funcionalidad de la PI; y

    Interpretacin C: los cambios son similares a los contenidos en la Interpretacin B; sin embargo, importante espercibido como un umbral alto.

    Si bien algunos miembros del TRG observaron que entienden cmo las entidades podran tener los puntos de vistaexpresados en la Interpretacin A, la mayora de los miembros del TRG reconocieron que consideraban que las juntas

    generalmente respaldaron la Interpretacin B o quizs la Interpretacin C. Sin embargo, tambin reconocieron que lasInterpretaciones B y C seran desafiantes de implementar y que las entidades necesitaran ejercer juicio importante al evaluarlas actividades que de manera importante cambian el valor de la PI. Los miembros del TRG discutieron un ejemplo en el cualuna compaa de medios de comunicacin licenci dos pelculas a un servicio de streaming. Excepto para las pelculassujetas al acuerdo, las licencias eran idnticas. En el ejemplo, una pelcula era una pelcula popular que era parte de unaserie y la otra pelcula era relativamente desconocida. Dado que la compaa de medios de comunicacin probablemente secomprometera en actividades de promocin para la pelcula popular (e.g. porque puede estar planeando una secuela) peropocas o ninguna actividades de promocin para la otra pelcula, se puede llegar a conclusiones diferentes acerca de laslicencias. Si bien las licencias eran licencias idnticas con el mismo cliente, las actividades pueden ser percibidas como quede manera importante afectan el valor de una licencia pero no el de otra. Como resultado, una licencia puede ser una licenciade derecho a acceso (satisfecha con el tiempo) y la otra una licencia de derecho a uso (satisfecha en un punto en el tiempo).Un miembro de junta resumi la discusin mediante observar que el debate demostr cmo las personas podran leer laspalabras contenidas en el nuevo estndar de ingresos ordinarios y llegar a conclusiones diferentes.

    El TRG tambin present problemas adicionales (Problemas 2a y 2B en el documento 8 de la agenda del TRG) que secentraron en los efectos que las actividades continuas del licenciante tienen en la evaluacin de si la licencia era una licenciade derecho a uso o de derecho a acceso. Sin embargo, dado que los miembros del TRG no comentaron sobre los problemas

    2a y 2b, un miembro de junta resumi la discusin mediante sealar que el nuevo estndar de ingresos ordinarios parecaque proporciona orientacin suficiente en tales situaciones.

    El TRG tambin discuti el impacto que las restricciones contractuales tienen en la determinacin del nmero de licencias(i.e. obligaciones de desempeo) contenidas en un contrato (Problema 3 arriba) por ejemplo, la licencia de un medio decomunicacin que le da al proveedor de contenido el derecho de contenido al aire pero solo en tiempos especificadosdurante el perodo del contrato (e.g., el poner en el aire una pelcula festiva una vez al ao en diciembre durante cuatroaos). Algunos miembros del TRG expresaron el punto de vista de que sera difcil llegar a una conclusin sobre el Problema3 por aislado (i.e. sin generalmente considerar los otros aspectos del modelo y resolver el problema 2, el cual se discutiarriba).

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    Tema 4 Determinacin de si los bienes o servicios son distintos en el contexto delcontrato

    Ant eceden tes

    El nuevo estndar de ingresos ordinarios requiere que las entidades valoren los bienes o servicios prometidos en un contratocon el cliente e identifiquen como obligacin de desempeo cada promesa para transferir ya sea (1) un bien o servicio (opaquete de bienes o servicios) que sea distinto o (2) una serie de bienes o servicios distintos que sean sustancialmente losmismos y que tengan el mismo patrn de transferencia para el cliente. Segn la nueva orientacin, un bien o servicio esdistinto si es (1) capaz de ser distinto y (2) distinto dentro del contexto del contrato (i.e., identificable por separado). Elpargrafo 29 del IFRS (NIIF) 15 proporciona los siguientes factores que sealan que la promesa de la entidad para transferirun bien o servicio es identificable por separado (esta no es una lista exhaustiva):

    a. la entidad no proporciona un servicio importante de integrar, el bien o servicio con otros bienes o servicios prometidosen el contrato, en un paquete de bienes o servicios que representa la salida combinada para la cual el cliente hacontratado;

    b. el bien o servicio no modifica o personaliza de manera importante otro bien o servicio prometido en el contrato; y

    c. el bien o servicio no es altamente dependiente de, o altamente interrelacionado con, otros bienes o servicios prometidosen el contrato. por ejemplo, el hecho de que el cl iente podra decidir no comprar el bien o servicio sin afectar de maneraimportante los otros bienes o servicios prometidos en el contrato puede sealar que el bien o servicio no es altamentedependiente de, o altamente interrelacionado con, los otros bienes o servicios prometidos.

    Han surgido preguntas en relacin con cmo las entidades deben valorar si un bien o servicio es distinto dentro del contextodel contrato. De manera especfica, los puntos de vista difieren respecto de si la existencia de uno o ms de los siguientes

    afecta esta valoracin:

    un diseo personalizado;

    un diseo complejo;

    la curva de aprendizaje de la entidad para producir los bienes o servicios;

    la motivacin del cliente para comprar los bienes o servicios;

    restricciones contractuales que impiden que otra parte preste servicios relacionados con los bienes incluidos en elcontrato (e.g., instalacin); y/o

    un bien o servicio no es funcional sin otro bien o servicio prometido en el contrato.

    Resumen

    La mayor parte de la discusin se centr en si distinto en el contexto del contrato debe incluir el punto de vista del c liente y,si es as, en qu extensin.

    Los miembros del TRG discutieron cmo evaluar la existencia de un diseo personalizado, un diseo complejo, o una curvade aprendizaje (para producir los bienes prometidos en un contrato) en la determinacin de las obligaciones de desempeosegn el nuevo estndar de ingresos ordinarios. Los miembros del TRG generalmente estuvieron de acuerdo con que laexistencia de esos factores individualmente no era determinante en la valoracin de si era una sola obligacin dedesempeo. Adems, los miembros del TRG sealaron que era mejor considerar esos factores colectiva ms queindividualmente. Algunos miembros del TRG consideraron que la entidad debe considerar qu elementos han sidoprometidos al cliente y si los elementos prometidos seran integrados de alguna manera. Por ejemplo, muchos miembros delTRG estuvieron de acuerdo con que la entidad necesitara evaluar el impacto que el diseo de los servicios en ladeterminacin de las obligaciones de desempeo segn un contrato (e.g. si el cliente obtuvo el control de los derechos alproceso de fabricacin desarrollado por la entidad).

    El TRG tambin discuti cmo el conocimiento que la entidad tiene del uso que los clientes tienen la intencin darle a los

    bienes o servicios afectara la determinacin de si los bienes o servicios estn altamente interrelacionados. Muchosmiembros del TRG expresaron el punto de vista de que la entidad debe considerar si los bienes o servicios cumpliran supropsito sobre una base independiente o si eran inseparables a causa de que afectaban la capacidad del cliente para usarel resultado combinado para el cual haban sido contratados. Un miembro de junta dio un ejemplo en el cual la entidadprometi proporcionar un aeropuerto con todas las siete mquinas de rayos x estndar que el aeropuerto necesitaba paratener un sistema funcional de seguridad. Los miembros del TRG generalmente estuvieron de acuerdo con que cada mquinade rayos x representara una obligacin de desempeo distinta dado que cada mquina no necesitara de las otras mquinasdel contrato para desempear su funcin. El miembro de junta contrast este ejemplo con uno en el cual un constructor devivienda prometi proporcionarle a su cliente con una causa que constaba de cuatro paredes y un techo. Los miembros delTRG generalmente estuvieron de acuerdo con que las cuatro paredes y el techo no seran obligaciones de desempeoseparadas porque, si bien potencialmente podran tener beneficio por s mismos, dentro del contexto del contrato, el clienteno contrat las paredes y el techo sino una estructura integrada.

    Adems, los miembros del TRG discutieron si una restriccin contractual que prohiba a un cliente usar otra entidad paraprestar los servicios de instalacin relacionados con un bien prometido en el mismo contracto afecta la identificacin de las

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    obligaciones de desempeo. Mltiples miembros del TRC sealaron que sera difcil aplicar la orientacin si el servicio deinstalacin del bien era altamente dependiente de, o altamente interrelacionado con, el bien que est siendo instalado. Unmiembro de junta reconoci que los stakeholdersparece que estn bregando con este concepto en situaciones en las cualesel bien y el servicio de instalacin habran sido distintos si fueran el nico elemento prometido en un contrato. El miembro de

    junta reconoci que las juntas tendran que contemplar cmo podran hacer ms operacional la orientacin sobre si un bien oservicio era identificable por separado.

    Tema 5 Evaluacin de la duracin de un con trato con clusulas de terminacin

    Ant eceden tes

    El nuevo estndar de ingresos ordinarios define un contrato como un acuerdo entre dos o ms partes que crea derechos yobligaciones de cumplimiento forzoso. De acuerdo con ello, las partes de un contrato tienen que tener derechos yobligaciones de cumplimiento forzoso para que los ingresos ordinarios sean reconocidos segn la nueva orientacin. Elnuevo estndar de ingresos ordinarios tambin seala que un contrato no existe si cada parte del contrato tiene el derechounilateral de cumplimiento forzoso para terminar el contrato completamente no desempeado sin compensar a la otra parte(o partes). Dado que el nuevo estndar de ingresos ordinarios no proporciona orientacin explcita sobre cmo considerar lassanciones de terminacin, han surgido preguntas en relacin con cmo la entidad debe evaluar las clusulas de terminacinen la determinacin del perodo contractual (i.e. la duracin) de un contrato.

    Algunos stakeholders consideran que la entidad podra llegar a las siguientes conclusiones mediante la aplicacin de laorientacin contenida en el nuevo estndar de ingresos ordinarios:

    si cada parte puede terminar un contrato en cualquier tiempo sin compensar a la otra parte por la terminacin (enadicin a la cantidad debida por los bienes y servicios ya transferidos), el perodo del contrato terminara en el perodo

    de tiempo en el cual fueron transferidos tales bienes o servicios;

    si cada parte puede terminar el contrato sin compensar a la otra parte y el derecho de terminacin puede ser ejercidosolo despus de un perodo mnimo especificado, la duracin del contrato se extiende hasta el punto en el cual elcontrato puede ser terminado;

    si cada parte puede terminar el contrato mediante compensar a la otra parte, la duracin del contrato es ya sea elperodo contractual especificado o el perodo hasta el punto en el cual el contrato puede ser terminado sin compensar ala otra parte; y

    si la entidad tiene una prctica pasada de no hacer forzoso el recaudo de una sancin de terminacin a la cualcontractualmente tenga derecho, la duracin solo es afectada si esa prctica cambia los derechos y obligaciones decumplimiento forzoso de las partes.

    La entidad que concluye que el trmino contractual de un contrato es menor que el trmino establecido del contrato tendraque (1) volver a valorar la asignacin del precio de la transaccin, (2) incluir la sancin de terminacin en el precio de latransaccin (sujeto a la restriccin de la consideracin variable, si es apropiado), y (3) valorar si las determinaciones determinacin le proporcionan al cliente con un derecho material (de manera similar a cmo la entidad valorara las opciones derenovacin contenidas en un contrato).

    Resumen

    Un miembro del TRG observ que ciertos stakeholdershan encontrado difcil aplicar la orientacin contenida en el nuevoestndar de ingresos ordinarios cuando determinan la duracin de un contrato con clusulas de terminacin. Por ejemplo, elTRG discuti que ciertos contratos en las industrias de automviles, telecomunicaciones, y administracin de inversin paralas cuales los stakeholdersconsideraron diferentes orientaciones de la orientacin que podran resultar en diferencias cuandola orientacin fue aplicada en circunstancias similares. Sin embargo, muchos miembros del TRG sealaron que la orientacincontenida en el nuevo estndar era operacional. En consecuencia, muchos miembros de junta observaron que para esosproblemas no pareca necesaria aclaracin adicional.

    Pasos siguientes

    Tal y como se tena la intencin, en la reunin no se alcanzaron conclusiones. Las juntas y sus plantas de personalconsiderarn la retroalimentacin proveniente de la reunin para determinar si proporcionar orientacin adicional o aclaraciny, si es as, cul debe ser.

    La prxima reunin del TRG est programada para el 26 de enero de 2015.

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    Contactos clave

    Oficina global IFRSLder global IFRSVeronica [email protected]

    Centros de excelencia IFRS

    AmericasCanada Karen Higgins [email protected] Fermin del Valle [email protected] States Robert Uhl [email protected]

    As ia-Paci ficAustralia Anna Crawford [email protected] Stephen Taylor [email protected] Shinya Iwasaki [email protected] Shariq Barmaky [email protected]

    Europe-AfricaBelgium Thomas Carlier [email protected] Jan Peter Larsen [email protected]

    France Laurence Rivat [email protected] Andreas Barckow [email protected] Massimiliano Semprini [email protected] Eddy Termaten [email protected] Ralph Ter Hoeven [email protected] Michael Raikhman [email protected] Africa Nita Ranchod [email protected] Cleber Custodio [email protected] Kingdom Elizabeth Chrispin [email protected]

    Esta es una traduccin al espaol de la versin oficial en ingls del IFRS in Focus November2014 Joint Meeting on Revenue (October 2014) Traduccin realizada por Samuel A. Mantilla,

    asesor de investigacin contable de Deloitte &Touche Ltda., Colombia, con la revisin tcnica deCsar Cheng, Socio Director General de Deloitte & Touche Ltda., Colombia

    Deloitte se refiere a una o ms de las fi rmas miembros de Deloitte Touche Tohmatsu Limited, una compaa privada delReino Unido limitada por garanta, y su red de firmas miembros, cada una como una entidad nica e independiente ylegalmente separada. Una descripcin detallada de la estructura legal de Deloitte Touche Tohmatsu Limited y sus firmasmiembros puede verse en el sitio webwww.deloitte.com/about.

    Deloitte presta servicios de auditora, impuestos, consultora y asesoramiento financiero a organizaciones pblicas yprivadas de diversas industrias. Con una red global de firmas miembros en ms de 150 pases, Deloitte brinda suscapacidades de clase mundial y su profunda experiencia local para ayudar a sus clientes a tener xito donde sea queoperen. Aproximadamente 200.000 profesionales de Deloitte se han comprometido a convertirse en estndar deexcelencia.

    2014 Deloitte Touche Tohmatsu Limited.

    IFRS in Focus 7

    http://www.deloitte.com/abouthttp://www.deloitte.com/abouthttp://www.deloitte.com/abouthttp://www.deloitte.com/about