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San Pedro de La Paz Ciudad turística, deportiva y cultural SECRETARIA MUNICIPAL SAN PEDRO DE LA PAZ, 27 de marzo de 2014.- N° 387 / VISTOS: Convenio, celebrado con fecha 15 de febrero de 2014, entre la Municipalidad de San Pedro de la Paz y el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE); Ord. 327 de fecha 20 de marzo 2014, de la Directora de Desarrollo Comunitario; y en uso de las facultades que me confieren los artículos 12, 56 y 63 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, DECRETO Ratifícase en todas sus partes, Convenio, celebrado con fecha 15 de febrero de 2014, entre la Municipalidad de San Pedro de la Paz y el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), en el marco del "Programa Fortalecimiento OMIL", que tiene corno objetivo financiar iniciativas tendientes al desarrollo y fortalecimiento de procesos y acciones de interpretación laboral que concluyan en colocaciones en empleos formales y dependientes, y para ello el monto total asignado es de $15.180.000.-( Quince millones ciento ochenta mil pesos ) ANÓTESE, COMUNIQÚESE Y ARCHÍVESE DITO RETAMAL LAZO ALCALDE DISTRIBUCIÓN: Alcaldía Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) Administrador Municipal Secretaría Municipal Dirección Jurídica Dirección de Control Dirección de Administración y Finanzas Dirección de Dsarrollo Comunitario Je P

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San Pedro de La PazCiudad turística, deportiva y cultural

SECRETARIA MUNICIPAL

SAN PEDRO DE LA PAZ, 27 de marzo de 2014.-

N° 3 8 7 / VISTOS: Convenio, celebrado con fecha 15 de febrero de 2014, entre laMunicipalidad de San Pedro de la Paz y el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE);Ord. N° 327 de fecha 20 de marzo 2014, de la Directora de Desarrollo Comunitario; y en uso de lasfacultades que me confieren los artículos 12, 56 y 63 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional deMunicipalidades,

D E C R E T O

Ratifícase en todas sus partes, Convenio, celebrado con fecha 15 de febrero de 2014, entre laMunicipalidad de San Pedro de la Paz y el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), enel marco del "Programa Fortalecimiento OMIL", que tiene corno objetivo financiar iniciativastendientes al desarrollo y fortalecimiento de procesos y acciones de interpretación laboral queconcluyan en colocaciones en empleos formales y dependientes, y para ello el monto total asignado esde $15.180.000.-( Quince millones ciento ochenta mil pesos )

ANÓTESE, COMUNIQÚESE Y ARCHÍVESE

DITO RETAMAL LAZOALCALDE

DISTRIBUCIÓN:AlcaldíaServicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE)Administrador MunicipalSecretaría MunicipalDirección JurídicaDirección de ControlDirección de Administración y FinanzasDirección de Dsarrollo Comunitario

Je P

CONVENIO DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO OMILENTRE

EL SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO(SENCE)

Y LA I. MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE LA PAZ

En Concepción , a 15 de Febrero de 2014, entre el SERVICIONACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO, en adelante SENCE,representado por el Director Regional don Rodolfo Zaror Zaror ,ambos domiciliados en O"higgins 437 interior piso 2 , comuna deConcepción , por una parte y por la otra, la ILUSTREMUNICIPALIDAD DE San Pedro de la Paz , en adelante laMunicipalidad, representada por su Alcalde don Audito RetamalLazo ; ambos domiciliados en Los Acacios N° 41, comuna de SanPedro de la Paz , vienen en celebrar el siguiente convenio.

PRIMERO: Que el Decreto Supremo N° 4, del 2 de Enero de 2009,del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, establece los objetivos,líneas de acción y procedimientos del Programa de IntermediaciónLaboral, que contempla el financiamiento de acciones deintermediación laboral, preparación para el trabajo, medición deindicadores de empleabilidad y otras acciones conexas que seejecuten respecto de grupos de personas vulnerables en relación asu posibilidad de emplearse.

Que el Decreto N° 91, del 12 de Noviembre del 2009, del Ministeriodel Trabajo y Previsión Social, establece los objetivos y líneas deacción de programas de apresto para facilitar la reinsercíón laboralde los cesantes que se encuentren percibiendo las prestaciones concargo al Fondo de Cesantía Solidario.

SEGUNDO: Que la ejecución y administración del Programa deIntermediación Laboral y de las líneas de apresto laboral parabeneficiarios/as FCS ha sido encomendada a este Servicio Nacionalde Capacitación y Empleo.

TERCERO: Que en el marco del Decreto N° 4, antesindividualizado, el SENCE ha diseñado un modelo de ejecuciónllamado "Fortalecimiento OMIL", que se implementará en comunasque cuenten con Oficina Municipal de Información Laboralconstituida. Su propósito es fortalecer el sistema público deintermediación, a través del traspaso de recursos y metodologías detrabajo a las Oficinas Municipales de Información Labora! (OMIL) yel establecimiento de un Sistema de Incentivos asociado a metas decolocación laboral.

CUARTO: Que el presente Convenio es complementario alConvenio de Acreditación OMIL, aprobado mediante ResoluciónExenta N° 7456 del 19 de Agosto del 2011 , entre el SENCE y laMunicipalidad correspondiente, en el cual ambas partes secomprometen a cumplir funciones, actividades y requerimientosespecíficos que permitan implementar un sistema de intermediaciónlaboral.

QUINTO: Se deja constancia que forman parte integrante delpresente Convenio los siguientes Anexos:N°l "Formulario de Registro Visita a Empresa", N°2 ''FormularioRegistro Encuentro Empresarial", N°3 "Formulario de RegistroTaller de Apresto Laboral", N°4 "Formulario de RegistroCapacitación Uso BNE", N°5 "Formulario de Certificación deContratación", N°6 ""Formulario de Registro Encuentro Territorial",N°7 "Formulario Uso Recursos Incentivos", N°8 "FormularioRendición Mensual de Recursos de Operación", N°9 "Compromisopara uso de Recursos de Operación y Aporte Municipal", N°10"Cronograma de Actividades", N°ll "Pauta de Evaluación dePostulantes a Profesional Psicosocial O MIL", N°12 "Pauta deEvaluación de Postulantes a Gestor Territorial OMIL", N°13 "GuíaOperativa Programa Fortalecimiento OMIL 2014".

SEXTO: El Programa "Fortalecimiento OMIL" será financiado concargo a los recursos de las líneas de acción definidas en el DecretoN° 4, individualizado en el numeral primero.

Los recursos serán transferidos al Municipio para gastos deoperación y como sistema de incentivo a la colocación.

SÉPTIMO: Sin perjuicio del aporte financiero del SENCE, laMunicipalidad se obliga a aportar recursos propios para el correctodesarrollo del Programa, los que podrán estar destinados a recursoshumanos, equipamiento, infraestructura, material de oficina, recursospara movilización o transporte, telefonía celular, y, en general, todoslos elementos que permitan el desarrollo del Programa.No se considerará dentro de la suma de recursos que debe aportar laMunicipalidad aquellos ya realizados anteriormente por ésta para laimplementación del Programa "Fortalecimiento OMIL 2013", talescomo, infraestructura y mobiliario.

El aporte de la Municipalidad deberá quedar reflejado, previo a lafirma deí Convenio, en el Anexo N° 9: "Compromiso para uso deRecursos de Operación y Aporte Municipal", diseñado para talesefectos.

OCTAVO: Para la correcta y óptima ejecución del Programa, laMunicipalidad se obliga a:

• Destinar una oficina que cuente como mínimo con losestándares de seguridad, equipamiento, infraestructura y, engenera!, las condiciones adecuadas que garanticen eldesarrollo de las actividades del equipo de trabajo de la OMILy, esencialmente, la correcta ¡mplementación del Programa,según lo establecido en el Convenio de Acreditación OMIL,citado en la cláusula Cuarta del presente Convenio.

• Destinar a un/a funcionario/a municipal para que sea el/laencargado/a de la oficina, que tenga responsabilidadadministrativa, que posea experiencia en la conducción deequipos, y quien será responsable de velar por el fielcumplimiento del convenio que se suscribe y querepresentará a la Municipalidad frente al SENCE.

• Destinar un vehículo municipal, u otro medio disponible, paraque los profesionales y técnicos que se desempeñan en elPrograma desarrollen las actividades en terreno que sonpropias de su función.

NOVENO: El monto total asignado para la Municipalidad de SanPedro de la Paz. Es de $15.180.000.- que se compone en:

a) Recursos de Operación: un monto fijo de $12.960.000.-b) Recursos por Incentivo a la colocación: un monto variable de$2.220.000.-

Adicionalmente, la OMIL podrá recibir incentivos a la colocación depersonas pertenecientes a la población vulnerable detallada en esteConvenio.

DÉCIMO: Los recursos asignados a este Municipio serán para:

a) Recursos de Operación:

El Municipio recibirá un monto fijo para operación según loestablecido en la cláusula novena, letra a) del presente Convenio.Estos recursos se entregarán en dos parcialidades,correspondientes al 50% cada una.

La primera parcialidad se realizará de forma directa a laMunicipalidad una vez que se encuentre totalmente tramitada laresolución exenta que aprueba el Convenio de Transferencia yprevio cumplimiento de los siguientes requisitos:

* Existencia de una cuenta contable exclusiva para losrecursos del Programa.Inscripción en el Registro de Entidades Receptoras de FondosPúblicos, Ley 19.862. (//receptores.sence.el).Compromiso para uso de Recursos de Operación y aportemunicipal validado por la Dirección Regional del SENCE(según Anexo N° 9 "Compromiso para uso de Recursos deOperación y Aporte Municipal"). En este anexo se debeseñalar, estimativamente, en qué serán utilizados losrecursos operacionales transferidos al momento de la firmadel Convenio, e indicar cuáles son los recursos que aportaráel Municipio para la correcta ejecución del Programa. Estainformación podrá ser modificada en el transcurso delConvenio con la aprobación del Director Regional, realizandoun nuevo anexo firmado por el Alcalde. Las solicitudes demodificaciones serán aceptadas hasta el lunes 10 denoviembre del 2014.Cronograma de actividades validada por la Dirección Regionaldel SENCE (según Anexo N° 10 "Cronograma deActividades"). En este anexo la OMIL deberá calendarizar lasactividades que realizará durante eí año para asegurar elcumplimiento de metas y requisitos, información que podráser modificada previo aviso y autorización del Encargado delPrograma del SENCE en la región.

La segunda parcialidad, equivalente al 50% restante del montototal, será entregada a la Municipalidad una vez que el SENCE hayaaprobado el primer "Informe de Ejecución" y se encuentre al día enla rendición documentada de los recursos correspondientes a laprimera parcialidad entregada.Si la Dirección Regional del SENCE considerare deficiente elInforme de Ejecución o bien el desempeño presentado por la OMILa la fecha no sea satisfactorio, no se realizará ía transferencia de lasegunda parcialidad y se podrá poner término anticipado alpresente Convenio según lo establecido en la cláusula vigésima deeste documento.

DECIMOPRIMERO: Los recursos que en virtud del presenteinstrumento se entreguen la Municipalidad deberán ser destinados ala contratación de personal necesario para la implementación delPrograma, a la realización de las actividades planificadas y, engeneral, sólo en gastos que guarden directa relación con suejecución, según lo especificado en la "Guía Operativa" delPrograma.

Una vez materializada la transferencia por parte del SENCE, laMunicipalidad se obliga a entregar esos recursos a su respectivaOMIL, dentro de las 48 horas siguientes de recibidos, a fin decomenzar con la ejecución del Programa.

El SENCE estará facultado para solicitar la devolución de losrecursos transferidos al Municipio por concepto de Operación queno hayan sido utilizados durante la vigencia del Convenio. Sinperjuicio de lo anterior, el Municipio debe comprometer parte deestos recursos por hasta 2 meses calendario completos, posterioresal término del Convenio para el pago de honorarios del personal ohasta la total tramitación del próximo Convenio.

b) Recursos por Incentivo a la Colocación:

Se transferirá un monto variable asignado para incentivo a lacolocación de toda acción de intermediación que tenga comoresultado la colocación laboral en un puesto de trabajodependiente, en jornada completa, cuya relación laboral se rija porel Código del Trabajo, siempre que se cumpla con la meta decolocación establecida por periodo y los requisitos básicos deactividades de gestión de esta comuna.Beneficiarios/as.Se considerará para el cumplimiento de metas de colocación apoblación vulnerable, entendiendo como tales, para efectos de esteConvenio, a personas preferentemente cesantes o con empleosprecarios que acuden a la OMIL en búsqueda de trabajo.

Adicionalmente se pagará un incentivo preferencial (25% más porcada colocación) de beneficiarios/as que pertenezcan al Sistema deProtección Social Chile Solidario o Ingreso Ético Familiar (IEF),personas que hayan estado privadas de libertad actualmenteusuarios del Patronato Nacional de Reos (PANAR), Personasmayores de 60 años, personas beneficiarías de programas delSENCE (de programas de capacitación o inversión a la comunidad

del año 2013 y 2014) u otro grupo específico que el ServicioHdhc>rminpdetermine.

Metas y Requisitos,

Los incentivos por colocación, se pagarán por un total de 200beneficiarios/as colocados/as.

El pago de incentivos se realizará en 2 periodos durante laejecución del Programa. La OMIL deberá colocar a! 50% de sumeta en el primer periodo y el 50% restante en el segundoperiodo.En el caso de que la OMIL no logre cumplir con la meta del primerperiodo, podrá cobrar la totalidad en el segundo periodo.Si la OMIL al término del Programa no logra cumplir con el 100%de ia meta, sobre el 50% de cumplimiento podrá cobrarproporcionalmente según las colocaciones logradas. Por ejemplo, silogra el 80% de su meta, se pagará el 80% del monto de incentivo.Los requisitos para el pago de incentivos por colocación son:

• Inscripción del beneficiario en la Bolsa Nacional de Empleo(BNE) o en la plataforma que SENCE defina para talesefectos. Esto deberá ser realizado previo al registro de lacolocación en el sistema informático dispuesto por el Serviciopara tales efectos.

• Colocación en un puesto de trabajo dependiente formal enempresas, cuya relación laboral esté regida por el Código delTrabajo; que sea de jornada completa y el contrato tengaduración de al menos 2 meses.

• Cumplir sobre el 50% de la meta de colocación establecida.

• Cumplir con la totalidad de actividades de gestión asignadaspor periodo.

DECIMOSEGUNDO: Las partes convienen en que el objetivo delPrograma de Intermediación es financiar iniciativas tendientes aldesarrollo y fortalecimiento de procesos y acciones deintermediación laboral que concluyan en colocaciones en empleosformales y dependientes.

Para favorecer este objetivo la OMIL realizará determinadasactividades que fortalezcan el sistema público de intermediación,las que serán obligatorias para el cobro de incentivo a lacolocación.

Todas las acciones desempeñadas por las OMIL, tanto las que sonparte de las metas de gestión como las de procesos cotidianoscomo atención de usuarios, certificación de beneficiarios del Fondode Cesantía Solidario, derivaciones, procesos de selección, etc.deben ser realizados de conformidad con lo estipulado en el manualde procesos de intermediación laboral OMIL u otro instructivo queel SENCE indique.

Serán actividades obligatorias para la OMIL las siguientes:

Actividades básicas de intermediación laboral:

Fechasolicitudpago

equisitos

Transferencia 1a

Cuota: Recursos deOperación (primeracuota)

Enero2014

- Febrero -Entrega de Convenio'irmado por Alcalde/sa-Cumplimiento y entrega deo solicitado en la cláusuladécima, letra a)

Transferencia 2a

Cuota: Recursos deOperación (segundacuota) y recursos deincentivo a lacolocación (primeracuota)

14 de julio de2014

-Entrega de primer informede ejecución condocumentación de respaldo-Rendiciones mensuales adía-Información registrada enplataforma informática

Transferencia 3a

Cuota: Recursos deincentivo a lacolocación (segundacuota)

19 de diciembrede 2014

-Entrega de segundoinforme de ejecución condocumentación de respaldo-Rendiciones mensuales adía-Información registrada enplataforma informática

La transferencia de recursos tendrá un desfase aproximado de unmes posterior a la solicitud de pago.

DECIMOCUARTO: Los recursos transferidos por concepto deIncentivo a la colocación serán de exclusivo uso de la OficinaMunicipal de Información Laboral y deben utilizarse en los ítemsestablecidos en la "Guía Operativa" de este Programa.

La Municipalidad deberá conservar y mantener a disposición delSENCE los respaldos que den cuenta de los anteriores recursos, losque podrán ser requeridos por este Servicio en cualquier momento.

Con todo lo anterior, la Municipalidad tendrá un plazo máximo de 6meses posterior a la última transferencia para hacer uso de todoslos recursos transferidos por incentivos e informar al SENCE en quefueron utilizados. Transcurrido este plazo, de existir remanentes,estos deberán ser reintegrados por parte de la municipalidad.

DECIMOQUINTO: La Municipalidad deberá rendir cuentamensualmente de los recursos transferidos por el SENCE paraGastos de Operación, definido en la cláusula novena letra a) delpresente Convenio, según las normas contenidas en la ResoluciónExenta N°759, del año 2003, sobre "Rendición de Cuentas", de laContraloría General de la República y el instructivo dispuesto en la"Guía Operativa" de este Convenio.La rendición deberá ser registrada en la plataforma informáticadispuesta para tales efectos o de la manera que el SENCE loindique, enviando la documentación de respaldo los 5 primeros díashábiles de cada mes a la respectiva Dirección Regional del SENCE.

En el caso que la OMIL no tenga gastos en el mes, deberáinformarlo de todos modos.

Los documentos que acrediten los gastos deberán quedararchivados para efectos de posibles supervisiones que realice esteServicio o auditorias que efectúe la Contraloría General de laRepública.

No se realizará transferencia de recursos por concepto de incentivoa las OMIL que posean rendiciones pendientes de este Convenio.

DECIMOSEXTO: Para el manejo y validación de la información, lasOMIL contarán con una plataforma informática donde deberáningresar periódicamente la información relacionada a lascolocaciones, actividades de gestión y rendiciones mensuales derecursos. Tanto los anexos que acrediten las acciones de gestión ylas colocaciones, como las rendiciones de recursos, deberánenviarse mensualmente a la Dirección Regional del SENCE,según lo indicado en la cláusula decimoquinta de este documento ylas instrucciones detalladas en la "Guía Operativa".

Además de la información ingresada en el sistema mencionadoanteriormente, la OMIL deberá registrar en la misma plataformainformática dos Informes de Ejecución, sin perjuicio de que laDirección Regional del SENCE podrá solicitar a la OMIL informaciónadicional cuando lo estime pertinente.

Los informes, al igual que las actividades y colocaciones, deberánser ingresados antes de la fecha de cierre de cada periodo, de locontrario no se emitirá pago de incentivo correspondiente y en elcaso del primer informe, se considerarán los registros para elperiodo siguiente.

Al cierre del periodo la Municipalidad deberá entregar el informecorrespondiente impreso, completando toda la informaciónsolicitada, de lo contrario el encargado del Programa del SENCE enla región podrá objetarlo, rechazándolo o requiriendo informaciónadicional a la entregada en el plazo de 10 días hábiles desde lasolicitud realizada por el SENCE.

Corresponderá a la OMIL acreditar ante la Dirección Regional delSENCE todos los requisitos y documentos mencionados en estacláusula, en papel y registro informático.En caso que la Municipalidad no entregue los informes en lasfechas indicadas no podrá acceder al pago de incentivos.

DECIMOSÉPTIMO: El Alcalde se compromete a dar todas lasfacilidades, incluyendo el financiamiento de traslados y viáticos deser necesario, para que los funcionarios OMIL participen de todaslas actividades que el SENCE convoque, tales como, feriaslaborales, encuentros, capacitaciones, etc., con el fin de darcumplimiento a los objetivos del Programa de Fortalecimiento OMIL.

DECIMOCTAVO: En el evento que alguna de las partes advierta,durante la vigencia de este Convenio, situaciones que pongan enriesgo la ejecución íntegra y oportuna de las actividades que da

cuenta el mismo, deberá dar aviso a la otra de inmediato/ con elobjeto de adoptar las medidas pertinentes.

DECIMONOVENO: El SENCE estará facultado para supervisar,fiscalizar y solicitar a la Municipalidad la información ydocumentación que estime pertinente, con e! objeto de velar por elcabal cumplimiento de este Convenio. De este modo, laMunicipalidad y la OMIL deberán otorgar todas las facilidades delcaso al SENCE para que efectúe adecuadamente sus labores desupervisión, fiscalización y apoyo técnico.

VIGÉSIMO: El SENCE no renovará este Convenio para el siguienteaño, o bien, podrá poner término unílateralmente al mismo por víaadministrativa y en forma anticipada, sin forma de juicio, en el casoque la Municipalidad no le diese fiel, oportuno y total cumplimiento,o si, a su juicio, la ejecución de las tareas encomendadas uobligaciones derivadas de ésta convención fueren manifiestamentedeficientes.

Se entienden como obligaciones manifiestamente deficientes, sinque la enumeración sea taxativa, las siguientes:

• La falta o incorrecta rendición de recursos transferidos por elSENCE en los plazos establecidos en el presente Convenio.

• El incumplimiento de los plazos establecidos o no entregaruno o los dos informes de ejecución.

• No cumplir con el 100% de la meta de gestión.• No cumplir con a lo menos el 50% de la meta de colocaciones

estipuladas.• Presentar anexos, certificados de contratación o bien copias

de contratos falsos, adulterados o en los que la OMIL norealizó el proceso de intermediación laboral. (Según revisiónhecha por este Servicio).

• Utilizar los recursos transferidos para fines distintos a losobjetivos del Programa.

• Impedir o limitar la supervisión, fiscalización y asistenciatécnica del SENCE.

• No realizar las actividades de intermediación labora!estipuladas en el Convenio.

• No realizar las actividades de intermediación laboral propiasde las OMIL según lo estipulado en el manual de procesosOMIL.

• No cumplir adecuada y oportunamente con el proceso decertificación del seguro de cesantía para beneficiarios/as delFondo de Cesantía Solidario.

El término anticipado del Convenio deberá ser comunicado por elSENCE a la Municipalidad mediante carta certificada dirigida a suAlcalde, en un plazo de a lo menos 15 días de anticipación a laterminación del mismo.Con todo, el SENCE habiendo liberado los recursos, podrá convenircon otra entidad la ejecución del Programa.

Si se pusiere término anticipado al presente convenio, y laMunicipalidad hubiera recibido la entrega de recursos, ésta deberáhacer devolución de lo percibido previa deducción de! importe de los

gastos aprobados en que ya hubiere incurrido a la fecha de términodel Convenio y que digan relación con la debida ejecución delPrograma.

VIGESIMOPRIMERO: En la medida que los recursos transferidospor concepto de Operación, especificados en la cláusula novena delpresente Convenio, no hayan sido utilizados y existan remanentes,los mismos deberán ser devueltos por ia Municipalidad una vez quehaya finalizado el plazo de ejecución de este Convenio.

VIGESIMOSEGUNDO: El presente Convenio comenzará a regirdesde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe ytendrá como fecha de vencimiento el 15 de diciembre de 2014.

VIGESIMOTERCERO: La personería de don Rodolfo Zaror Zaror ,Director Regional del SENCE, Octava Región, consta en laResolución Exenta N° 0225 de fecha 15 de enero de 2014, dedelegación de facultades del Director Nacional del Servicio Nacionalde Capacitación y Empleo.

La personería de don Audito Retamal Lazo, Alcalde de la I.Municipalidad de San Pedro de la Paz , consta de decreto alcaldiciodel 06 de Diciembre del 2012

El presente Convenio se firma en cuatro ejemplares igualmenteauténticos, quedando dos de ellos en poder de cada parte.

LAZO.Alcalde

I.Municipalidad de SanPedro de la Paz

ZAROR ZARORDirector

Regional SENCERegión del BIO BIO

PM/W

iPrograma Fortalecimiento OMIL 2014Anexo N° 9: Compromiso para uso de Recursos de Operación y Aporte Municipal

Estimado Alcalde, conforme a lo establecido en el Convenio Fortalecimiento OMIL año

2014, a suscribir entre la Municipalidad y el SENCE, debe completar la siguiente tabla

indicando en que se utilizarán los recursos aportados por el Servicio y cual será el aporte

que hará el Municipio para asegurar el cumplimiento de tos objetivos y metas propuestas

en el Convenio, la entrega de este anexo es requisito para su aprobación.

Región: OCTAVA Fecha: 15 FEBRERO 2014

OMIL: SAN PEDRO DE LA PAZítem Presupuestario

RecursosHumanos

Pago deServicios/lns

umos

Movilización

Infraestructura

Otros

Encargado/a OMIL

Profesional Psicosocial ( 12 meses% Jornada)

Gestor Territorial (12 meses %Jornada)

Apoyo Administrativo

OtrosPago de Servicios (Servicio de

coctel para encuentroempresarial)

Insumos para actividades (café,te, galletas, jugos.)Material de oficina

Vehículo Municipal , 8 horassemanales

Espacios de Operación , 2 oficinasy 70 mtr cuadrados aprox.

{Indicar si hubiese otro aporteMunicipal, como telefonía

celular)MONTO TOTAL .

,̂ &PAU§^

APORTE SENCE(en$)

••••5.670.000

5.670.000

0mfmm

800.000

420.000

400.000

12.960.000

APORTEMunicipal(en $)

14.400.000

0

0

0

0

0

0

500.000

3.600.000

0

18.500.000

TOTALES

14.400.000

5.670.000

5.670.000

0

800.000

420.000

400.000

500.000

3.600.000

0

31.460.000

^ AUppr RETAMAL LAZO—^^^"^P^BP***̂

Alcalde San Pedro de la Paz

Fortalecimiento OMIL 2014

Anexo N°10: Cronograma de Actividades

Región: OCTAVA Fecha: 15 FEBRERO 2013OMIL: SAN PEDRO DE LA PAZ

Descripción De Actividad

CAPACITAR BN ETALLERES APRESTOLABORALES

VISITA A EMPRESASENCUENTROEMPRESARIALES

Enero Febrero Marzo

,|

11

|

1

1

1

Abril

1

1

1

1

1

1

Mayo

11

1

111

1

11

Junio

1

1

11

1

1

1

1

Julio

11

1

1|

,1

1

1

Agosto

1

1

1

1

1

1

1

i

1

Sep

|

1

1

|

1

1

1

1

Octubre

1

1

I

1

1

1

Nov

11

1

1

1

11

1

1

1

Dic

1

11

1

11

1

11

£UDITO (JEJAMAL LAZO

e ban Pedro de la PazAlca