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DECRETO 4875 DE 2011 ANGELICA GAMBOA CAÑAS COD: 09282019 YEINY PAHOLA FIGUEROA ROBLES COD: UDES ENFERMERIA

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Page 1: Decreto 4875 de 2011

DECRETO 4875 DE 2011

ANGELICA GAMBOA CAÑAS

COD: 09282019

YEINY PAHOLA FIGUEROA ROBLES

COD:

UDES

ENFERMERIA

UNIVERSIDAD DE SANTANDER

2013

Page 2: Decreto 4875 de 2011

DECRETO 4875 DE 2011

ANGELICA GAMBOA CAÑAS

COD: 09282019

YEINY PAHOLA FIGUEROA ROBLES

COD:

DOCENTE

JANAIRA ACEVEDO

ENFERMERA JEFE

UDES

ENFERMERIA

UNIVERSIDAD DE SANTANDER

2013

Page 3: Decreto 4875 de 2011

DECRETO 4875 DE 2011

Por el cual se crea la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia -AIPI- y la Comisión Especial de Seguimiento para la Atención Integral a la Primera Infancia.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 45 de la Ley 489 de 1998, el artículo 13 de la Ley 1295 de 2009 y el artículo 136 de la ley 1450 del 2011, y considerando Que la Ley 1295 de 2009, "Por la cual se reglamenta la atención integral de los niños y las niñas de la primera infancia de los sectores clasificados como 1, 2 Y 3 del Sisbén", tiene por objeto contribuir a mejorar la calidad de vida de madres gestantes, niñas y niños menores de seis años de los tres primeros niveles del SISBEN

El artículo 13 de la Ley 1295 de 2009, ordenó la creación de la Comisión Especial de Seguimiento para la Atención Integral de la Primera Infancia, que “ deberá presentar al Gobierno Nacional y a las Comisiones Sextas de Senado y Cámara de Representantes, informes semestrales del desarrollo de la ley y hacer las sugerencias para el mejoramiento y el cumplimiento de las metas.

Gobierno Nacional implementa la estrategia para la Atención Integral de la Primera Infancia, "DE CERO A SIEMPRE", cuya finalidad es promover y garantizar los derechos y el desarrollo de los niños y las niñas.

DONDE SE DECRETA

CAPITULO 1

COMISIÓN INTERSECTORIAL DE PRIMERA INFANCIA

La Comisión tendrá por objeto coordinar y armonizar las políticas, planes, programas y acciones necesarias para la ejecución de la atención integral a la primera infancia, siendo ésta la instancia de concertación entre los diferentes sectores involucrados.

Page 4: Decreto 4875 de 2011

LA COMISIÓN ESTARÁ INTEGRADA POR:

1. Un delegado del Presidente de la República,

2. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, o su delegado

3. El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado que deberá ser un Viceministro

4. El Ministro de Educación Nacional o su delegado que deberá ser un Viceministro;

5. El Ministro de Cultura o su delegado que será el Viceministro

6. El Director General del Departamento Nacional de Planeación o su delegado, quien deberá pertenecer al nivel directivo de la entidad

7. El Director del Departamento Administrativo de la Prosperidad Social o su delegado que deberá pertenecer al nivel directivo.

8. El Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF o su delegado, quien deberá pertenecer al nivel directivo.

FUNCIONES DE LA COMISION

Direccionar la estrategia e CERO A SIEMPRE Orientar l esquema de financiación que posibilite la ampliación de cobertura con

alta calidad de la estrategia para la Atención Integral de la Primera Infancia. Apoyar en la formulación de la política nacional Coordinar la política nacional Y servir como instancia de concertación y

articulación de los diferentes actores públicos y privados de la misma. Coordinar el diseño, implementación y seguimiento técnico y operativo de la

estrategia Adoptar el Plan de Acción Nacional para implementar la ESTRATEGIA "De Cero

a Siempre", definiendo coberturas, responsables, recursos, cronogramas, mecanismos de evaluación y seguimiento, entre otros aspectos.

Dar lineamientos para la priorización de la inversión, la gestión de esquemas de cofinanciación y ejecución que posibiliten la adecuada implementación de la Estrategia.

Establecer los mecanismos de coordinación nacional, departamental, distrital y municipal a partir de las funciones y competencias de cada uno de los actores vinculados a la estrategia "De Cero a Siempre“.

Recomendar los lineamientos necesarios para la construcción e implementación de un Sistema Único de Calidad dirigido “AIPI “

Establecer las bases para la creación e implementación del Sistema Único Nacional de Información de la población en la primera infancia.

Elaborar informes semestrales de seguimiento de la estrategia para la atención integral de primera infancia "De Cero a Siempre“

Page 5: Decreto 4875 de 2011

Liderar y orientar la estructuración de los esquemas de asociación público-privadas, en asuntos de primera infancia.

Promover los mecanismos de cooperación entre entidades nacionales e internacionales, en materias relacionadas con la “AIPI “

Coordinar los mecanismos institucionales, políticos, administrativos y económicos, que permitan la sostenibilidad de la política de “AIPI “ a largo plazo.

Expedir su propio reglamento Las demás funciones que sean propias a la naturaleza de la coordinación y

orientación de su actividad.

De conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 489 de 1998, una vez adoptado el Plan de Acción Nacional formulado por la Comisión Intersectorial, la ejecución de las medidas y actos concretos, por parte de los organismos y entidades que ejecutan recursos públicos relacionados con la atención de la primera infancia, deberán sujetarse al mismo.

SE REALIZAN UNAS SESIONES

La Comisión Intersectorial de Atención Integral a la Primera Infancia se reunirá por derecho propio cada dos (2) meses, previa convocatoria realizada por el Secretario Técnico y extraordinariamente a solicitud del Presidente de la Comisión, cuando se estime necesario.

De cada una de las sesiones se elaborará un acta, la cual será firmada por el presidente de la Comisión o su delegado y el Secretario Técnico.

Las decisiones serán comunicadas por el Secretario Técnico para que en el marco de sus competencias, disponga lo necesario para el cumplimiento de las mismas.

SE REALIZARA UN OQURUM

La Comisión podrá deliberar y someter a aprobación sus decisiones con al menos cinco (5) de sus miembros y las decisiones serán adoptadas por mayoría simple. Las sesiones serán presenciales, sin perjuicio de la posibilidad de sesionar virtualmente

FUNCIONES DEL SECRETARIO TECNICO

Presentar un plan de trabajo Presentar informes bimestrales Coordinar la elaboración de informes semestrales de seguimiento de la estrategia

"De Cero a Siempre" a ser presentadas a las Comisiones Sextas del Senado y Cámara de Representantes.

Proponer los mecanismos y la operación necesaria para la implementación de la estrategia

Page 6: Decreto 4875 de 2011

Coordinar la convocatoria de la Comisión por solicitud del Presidente de la Comisión a sesiones ordinarias y extraordinarias y remitir las propuestas, documentos de trabajo, informes y materiales de apoyo, que sirvan de soporte a las decisiones de la misma.

Recibir y dar trámite a las propuestas que presentadas por los integrantes de la Comisión.

COMISIÓN ESPECIAL DE SEGUIMIENTO

Comisión Especial de Seguimiento para la Atención Integral de la Primera Infancia. En desarrollo del artículo 13 de la Ley 1295 de 2009, créase la Comisión Especial de Seguimiento a la Atención Integral de la Primera Infancia, con la integración y funciones allí establecida.

“DE CERO A SIEMPRE”