decreto 2649

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UNIVERSIDAD MINUTO DE DIOS CONTADURIA PÚBLICA DOMINGO GRUPO B ANA CATALINA RENDON CELIS CUADRO SINOPTICO DECRETO 2649 DE 1993 DOCENTE MARTHA ZULEMA OSORIO CONTABILIDAD FINANCIERA I Copacabana, noviembre 17 de 2012

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Contabilidad

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UNIVERSIDAD MINUTO DE DIOSCONTADURIA PBLICADOMINGO GRUPO B ANA CATALINA RENDON CELISCUADRO SINOPTICO DECRETO 2649 DE 1993 DOCENTEMARTHA ZULEMA OSORIOCONTABILIDAD FINANCIERA ICopacabana, noviembre 17 de 2012

DECRETO 2649 DE 1993

La contabilidad permiteIdentificar, Medir Clasificar, RegistrarInterpretar, AnalizarEvaluar e informar las operaciones de un ente econmico

Art. 1Definicin: es el conjunto de conceptos bsicos y de reglas que deben ser observados al registrar e informar contablemente sobre los asuntos y actividades de personas naturales y jurdicas.

CAPITULO IMARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD, de los principios de contabilidadgeneralmente aceptados

Por todas las personas que de acuerdo a la ley estn obligados a llevar contabilidad.

Para quienes sin estar obligados a llevar contabilidad, pretendan hacerla valer como prueba.Art. 2mbito de aplicacin:Debe ser aplicado

Conocer y demostrar los recursos por un ente econmico, las obligaciones que tenga de transferir recursos a otros entesPredecir flujos de efectivo.Apoyar a los administradores en la planeacin, organizacin y direccin de los negocios.Tomar decisiones en materia de inversiones y crdito.Evaluar la gestin de los administradores del ente econmico.Ejercer control sobre las operaciones Fundamentar la determinacin de cargas tributarias, precios y tarifas. Ayudar a la conformacin de la informacin estadstica nacional.Contribuir a la evaluacin del beneficio o impacto social que la actividad econmica

Art. 3OBJETIVOS BSICOS, TITULO IMARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD

CAPITULO IIOBJETIVOS Y CUALIADES INFORMACION CONTABLE

Valor de retroalimentacin, valor de prediccin oportuna

Pertinente Confiable

til

Neutral verificable, representacinFiel de hechos econmicos

Art. 4 CUALIDADES

Comprensible Clara y fcil de entender

Sobre bases uniformes

Comparable

Es la empresa, esto es, la actividad econmica organizada como unidad, respecto de la cual se predica el control de los recursos. El ente debe ser definido e identificado en forma tal que se distinga de otros entesSon el conjunto de postulados, conceptos y limitaciones, que fundamentan y circunscriben la informacin contable

Art. 6ENTE ECONOMICO

Art. 5DEFINICIN

Tendencias negativas (perdidas recurrentes, deficiencias de capital de trabajo, flujos de efectivo negativos).Indicios de posibles dificultades financieras (incumplimiento de obligaciones, problemas acceso al crdito, refinanciaciones y venta de activos importantes.Otras dificultades internas y externas (restricciones jurdicas a la posibilidad de operar, huelgas, catstrofes naturales).

Hechos que podrn indicar que el ente econmico no continuar funcionando normalmente:Los recursos y hechos econmicos deben contabilizarse y revelarse teniendo en cuenta si el ente econmico continuar o no funcionando normalmente en periodos futuros.Art.7CONTINUIDAD

El ente debe preparar y difundir peridicamente estados financieros, durante su existenciamedida. Los diferentes recursos y hechos econmicos deben reconocerse en una misma unidad de medida. Art.8UNIDAD DE MEDIDA

Art.9PERIODO

- Valor histrico - Valor actual o de reposicin - Valor presente o descontado- Valor realizacin o de mercado

Tanto los recursos como los hechos deben ser cuantificados apropiadamente en unidad de medida.

Art.10VALUACION O MEDICION

CAPITULO IIINORMAS BASICAS

Se entiende que un hecho se ha realizado cuando quiera que pueda comprobarse que, como consecuencia de transacciones y eventos, el ente tiene o tendr un beneficio o sacrificio.

Art.12REALIZACION Los hechos o recursos econmicos deben ser revelados de acuerdo con su esencia o realidad econmica y nicamente en su forma legal Valor histrico Art.11ESENCIA SOBRE LA FORMA

Es despus de tener un patrimonio la capacidad de mantener con unas utilidades

El ente debe informar en forma completa, aunque de forma resumida.Art.14MANTENIMIENTO DEL PATRIMONIOSe deben asociar con los ingresos devengados en cada periodo los costos y gastos incurridos.Art.13ASOCIACION

Art.15 REVELACION PLENA

Cuando existan dificultades para medir de manera verificable y confiable, se debe registrar la alternativa que tenga menos probabilidades de sobrestimar los activos

la contabilidad debe disearse teniendo en cuenta las limitaciones razonablemente impuestas por las caractersticas.E.F. Se deben determinar con relacin al activo total, al activo corriente, al pasivo, al pasivo corriente, al capital de trabajo, al patrimonioArt.16 IMPORTANCIARELATIVA O MATERIALIDAD.

Art.18CARACTERISTICAS Y PRACTICAS DE CADA ACTIVIDADArt.17PRUDENCIA

Art. 33ESTADOS F. CERTIFICADOS Y DICTAMINADOSE.F. dictaminados aquellos acompaados por la opinin profesional del contador pblicoE.F. certificados aquellos firmados por el representante legal, por el contador pblico que los hubiere preparado y por el revisor fiscal, si lo hubiere, dando as testimonio de que han sido fielmente tomados de los libros.Son estados financieros comparativos aquellos que presentan las cifras correspondientes a mas de una fecha, perodo o ente econmico.Art. 32ESTADOS F. COMPARATIVOSlas utilizadas para preparar declaraciones tributarias, la contabilidad sobre la base de efectivo recibido y desembolsadoArt. 31ESTADOS PREPARADOS SOBRE UNA BASE COMPRENSIVA DE CONTABILIDAD DISTINTADE LOS PCGA Art. 30ESTADOS DE LIQUIDACIONAquellos que debe presentar un ente econmico que ha cesado sus operaciones.-En transformaciones-Fusin-Escisin-Oferta publica de valores-solicitud de los acreedores-venta establecimiento de comerciolos que se preparan durante el transcurso de un perodo como base para realizar ciertas actividadesArt. 29E.FEXTRAORDINARIOSEl estado de inventario es aquel que debe elaborarse mediante la comprobacin en detalle de la existencia de cada una de las partidas que componen el balance general..Art. 28ESTADOS DE INVENTARIOEl detalle de cargos realizados para producir los bienes o prestar los servicios de los cuales un ente econmico ha derivado sus ingresos..Art. 27ESTADOS DE COSTOS E. F bsicos que se preparan durante el transcurso de un perodoArt. 26E.F DE PERIODOS INTERMEDIOS Al comenzar sus actividadesArt. 25BALANCE INCIALArt. 22ESTADOS FINANCIEROS BASICOS Aquellos que se preparan al cierre de un perodo para ser conocidos por usuarios indeterminados.Art. 21ESTADOS DE PROPOSITO GENERAL1. El balance general.2. El estado de resultados.3. El estado de cambios en el patrimonio.4. El estado de cambios en la situacin financiera, y5. El estado de flujos de efectivo.Art. 23ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS Aquellos que presentan la situacin financiera, de un ente matriz y sus subordinados, o un ente dominante y los dominados, como si fuesen los de una sola empresa.Se caracterizan por tener una circulacin o uso limitado y por suministrar un mayor detalle de algunas partidas u operaciones.Art. 24ESTADOS FINANCIEROS DE PROPOSITO ESPECIAL De propsito general De propsito especialArt. 20CLASES PRINCIPALES DE ESTADOS FINANCIEROS Los Estados financieros, cuya preparacin y presentacin es responsabilidad de los administradores del enteArt. 19IMPORTANCIA

CAPITULO IVSECCION IDE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y SUS ELEMENTOS

-Representacin financiera de un recurso-Representacin financiera de una obligacin-Es el valor residual de los activos del ente econmico-Ingresos representan flujos de entrada de recursos-Costos representa erogaciones asociados directamente-Gastos representan flujos de salida de recursos-C.M. la ganancia o perdida obtenida por la inflacin-Reflejan hechos o circunstancias que pueden llegar a afectar la estructura financiera-Reflejan los activos, los pasivos, el patrimonio, por medio de un contrato se encuentra bajo la administracin del ente-Deben reflejar las diferencias entre las cifras incluidas en el balance -Para registrar operaciones realizadas con terceros.Art. 42CUENTAS DE ORDEN CONTINGENTESArt. 38INGRESOSArt. 34ENUMERACION Y RELACION

Art. 43CUENTAS DE ORDEN FIDUCARIASArt. 39COSTOSSECCION IIDE LOS ELEMENTOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROSArt. 35ACTIVO

Art. 45CUENTAS DE ORDEN DE COONTROLArt. 36PASIVO

Art. 40GASTOS

Art. 44CUENTAS DE ORDEN FISCALESArt. 41CORECCION MONETARIAArt. 37PATRIMONIO

Art. 46PROPOSITO

-Las normas tcnicas regulan el ciclo contable-El proceso de identificar y registrar o incorporar formalmente en la contabilidad los hechos econmicos realizados.-Deben ser reconocidos en el periodo en el cual se realicen.-Los hechos econmicos se reconocen por su valor histrico.-La moneda funcional en Colombia es el peso-Gastos representan flujos de salida de recursos-Deben ajustar para reconocer el efecto de la inflacin PAAG, LEY 1111-Se deben provisionar para cubrir pasivos estimados. Contingencias -los costos de los activos y los ingresos y gastos, la asignacin de costos de propiedad planta y equ. Depreciacin. - Los ingresos hasta la obligacin correlativa esta total o parcialmente satisfecha.-Con fundamentos en comprobantes debidamente soportados--Existencias, integridad, valuacin, presentacin y revelacin, -Se deben efectuar los ajustes necesarios para cumplir la norma tcnica-Reconocerse en el periodo objeto de cierre el efecto de la informacin-Antes de divulgar los estados financieros de fin de periodo, deben cerrarse las cuentas d resultados y transferir su saldo neto a la cuenta del patrimonio.Art. 52PROVISIONES Y CONINGENCIAS

Art. 58AJUSTESArt. 53CLASIFICACIONArt. 47RECONOCIMIENTO DE LOS HECHOS ECONOMICOS CAPITULO IDE LAS NORMAS TECNICAS GENERALES

Art. 59TRATAMIENTO DE INFORACION CONOCIDOS DE DE LA FECHA DE CIRREArt. 54ASIGNACIONArt. 48CONTABILIDAD DE CAUSACION O POR ACUMULADO

Art. 55DIFERIDOS

Art. 60CIERRE CONTABLE

TITULO IIMARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDADArt. 56ASIENTOSArt. 49 MEDICION AL VALOR HISTORICO

Art. 50MODENA FUNCIONAL

Art. 57VERIFICACION DE LAS AFIRMACIONESArt. 51AJUSTES DE LA UNIDAD DE MEDICDA

Art. 68AJUSTES ANUAL DEL VALOR DE LOS ACTIVOS NO MONETARIOS-Estn representados en ttulos valores-Representan derechos a reclamar-Bienes corporales destinados a la venta -Representan los activos tangibles adquiridos -Valor disminuyen en razn y manera de la inflacin conmensurable.-Patentes, marcas, derechos de autor, crdito mercantil, franquicias -Son los que se amortizan en un periodo determinado, gastos pagados anticipados--Los intereses la correccin monetaria provenientes del UPACArt. 65ACTIVOS AGOTABLESArt. 61INVERSIONES

Representan el efecto de la inflacin, al finalizar el ao se debe ajustar el costo de los activos no monetarios, tales como los que expresan el derecho a recibir especies o servicios futuros. Estos artculos nos hablan tambin de la manera como se hacen ajustes o correcciones monetarias a la moneda extranjera. Los ajustes por inflacin que fueron abolidos en Ley 1111 de 2006.

CAPITULO IINORMAS TECNICAS ESPECFICASSECCION I NORMAS SOBRE LOS ACTIVOSArt. 69AJUSTES DEL VALOR DEAL DEL VALOR DE LOS ACTIVOS NO MONETARIOSArt. 66ACTIVOS INTANGIBLESArt. 62CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR

Art. 70PROCEDIMIENTOS PARA EL AJUSTE DE VALOR DE OTROS ACTIVOS NO MONETARIOSArt. 67ACTIVOS DIFERIDOS Art. 63INVENTARIOS

Art. 64PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPOArt. 73AJUSTES DIFERIDOArt. 71TRAMIENTO DELOS GASTOS FINANIERO CAPITAZADOS

-Estos artculos nos hablan lo que corresponden a las cantidades de efectivo recibidos a titulo de mutuo, los intereses y dems gastos se deben registrar por separado.-Obligaciones originadas en bienes o servicios, obligaciones con proveedores y otros.-Obligaciones laborales aquellas que se originan en un contrato de trabajo, E.F. se hacen unos ajustes al cierre de periodo. -Entes econmicos obligados a pagar pensiones de jubilacin debern realizar un estudio actuarial. -Valor disminuyen en razn y manera de la inflacin conmensurable.-Impuestos a transferir al Estado o entidades que lo conforman, registrar cada uno de ellos por separado-Utilidades a distribuir a cada uno de los que tengan un derecho sobre ellos, como la ley y estatutos del ente.-Bonos como captacin de ahorro, mediante ttulos valores.-Reconocimiento de perdida deben ser estimadas razonablemente, con prudencia en fechas en las cuales se tenga buena informacin.-- Los pasivos obtenidos en el ltimo da del periodo del mes, deben ser ajustados con base en la tasa de cambio vigente al cierre del periodo, en la moneda en la cual fueron pactados.Art. 109UTILIDAD O PERDIDA POR EXPOSICION A LA INFLACIONArt. 108AJUSTE MENSUAL DE INGRESOS Y GASTOSArt. 107AJUSTE ANUAL DE INGRESOS Y GASTOSArt. 105RECONOCIMIENTO DE LA EXTINCIN O PRDIDA DE UILIDAD FUTURAArt. 106RECONOCIMIENTO DE ERRORES DE EJERCIOS ANTERIORESArt. 104GASTOS FINANCIEROSArt. 103DEVOLUCION, REBAJAS Y DESCUENTOSArt. 103DEVOLUCION, REBAJAS Y DESCUENTOSArt. 102DIFERENCIA EN CAMBIOArt. 101DACION DE PAGOSArt. 100RECONOCIMIENTO DE OTROS INGRESOSArt. 98RECONOCIMIENTO DE INGRESOS POR LA VENTA DE BIENESSECCION IVNORMAS SOBRE LAS CUENTAS DE RESULTADOArt. 97REALIZACION DE INGRESOSArt. 96RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOSArt. 87RESERVAS O FONDOS PATRIMONIALESArt. 88APORTES PROPIOS READQUIRIDOS O AMORTIZADOSArt. 82AJUSTES DEL VALOS DE LOS PASIVOSArt. 78IMPUESTOS POR PAGARSECCION IIINORMAS SOBRE EL PATRIMONIOArt. 81CONTINGENCIAS DE PRDIDASArt. 80BONOSArt. 79DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES O EXCEDENTES POR PAGARArt. 77PENSIONES DE JUBILACION LABORALESArt. 76OBLIGACIONES LABORALESArt. 75CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGARArt. 74OBLIGACIONES FINANCIERASSECCION II NORMAS SOBRE LOS PASIVOS

-Los aportes realizados al ente econmico, representados en dinero en industria o especie.-Representa el mayor valor cancelado sobre el valor nominal o sobre el costo de los aportes.-Mayor valor de los activos, con relacin a su costo neto ajustado, las valorizaciones se registran por separado en el patrimonio. - Ni la prima colocacin de aportes ni las valorizaciones pueden compensar cargos o crditos aplicables a cuentas de resultado.-Impuestos a transferir al Estado o entidades que lo conforman, registrar cada uno de ellos por separado- Recursos retenidos por el ente econmico tomado de sus utilidades o excedentes.-Reflejan la compra de los derechos o partes alcuotas representativas de su propio capital que un ente econmico realiza-Representa los dividendos, participaciones o excedentes que se ha decidido capitalizar-Refleja el efecto sobre el patrimonio originado por la prdida del poder adquisitivo de la moneda-Variaciones como aumento en el capital, distribucin de utilidades o excedentes. -Aumentos de capital, distintos de capitalizacin de utilidades, o de reservas Art. 93AJUSTE MENSUAL DEL PATRIMONIO Art. 83CAPITAL

Art. 94VALORES A EXCLUIR DEL PATRIMONIOArt. 84PRIMA EN LA COLOCACION DE APORTES

Art. 95VALORES A EXCLUIR DEL PATRIMONIOArt. 89DIVIDENDOS, PARTICIPACIONES O EXCEDENTES DECRETADOS EN ESPECIE

Art. 85VALORIZACIONES

Art. 90VALORIZACION DEL PATRIMONIOArt. 86INTANGIBLES DE LA PRIMA EN COLOCACION DE APORTES Y DE LAS VALORIZACIONES

Art. 91AJUSTE ANUAL DEL PATRIMONIO

Art. 92AJUSTE DEL PATRIMONIO QUE HA SUFRIDO AUMENTOS O DISMINUCIONES EN EL AO

-Para un adecuado registro.-Reconocimiento en las cuentas de resultados-Las ventas constituyen una operacin de intercambio.-Los servicios se presenten de forma cabal con satisfaccin-Otros ingresos se reconocen en cuentas de resultados, intereses dividendos, regalas. -Activos dados en pago de obligaciones.-Al ajuste a realizar de activos y pasivos representados en moneda extranjera. -Descuentos se reconocen por separado de los ingresos.-los intereses y la correccin monetaria originada por obligaciones en UPAC.-Partidas contables que se generen de ejercicios anteriores, provenientes de cmputos matemticos.Los ajustes por inflacin no aplican ley 1111/2006

Art. 99RECONOCIMIENTO DE INGRESOS POR LA PRESTACION DE SERVICIOS

Derechos contingentes, compromisos o contratos de los cuales se pueden derivar derechos.Responsabilidades contingentes Los compromisos o contratos que se relacionan con posibles obligaciones.No pueden ser utilizar como sustitutos para omitir o registrar perdidas.Tratndose de cuentas de orden fiduciaria deben observarse los principios de contabilidad, dispuesto en el art. 43. Al finalizar de cada periodo se debe reconocer el ajuste por inflacin, ajustando las cuentas de orden no monetarias.Art. 135PRDIDA Y RECONSTRUCCION DE LOS LIBROSArt. 134CONSERVACION Y DESTRUCCION DE LOS LIBROSArt. 133EXHIBICION DE LIRROSArt. 132CORRECCION DE ERRORESArt. 131LIBRO DE ACTASArt. 130LIBRO DE ACCIONISTAS Y SIMILARESArt. 129INVENTARIO DE MERCANCIASArt. 127LUGAR DONDE DEBEN EXHIBIRSE LOS LIBROSArt. 128FORMA DE LLEVAR LOS LIBROSArt. 125LIBROSArt. 126REGISTRO DE LOS LIBROSArt. 124COMPROBANTES DE CONTABILIDADArt. 123SOPORTESTITULO IIIDE LAS NORMAS DE REGISTROS Y LIBROSArt. 121REVELACION DE LAS CUENTAS DE ORDENArt. 120ESTADOS DE FLUJOS DE EFECTIVOArt. 119REVELACION SOBRE RUBROS DEL E. CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERAArt. 118REVELACION SOBRE RUBROS DEL E. CAMBIOS EN EL PATIRMONIOArt. 117REVELACION SOBRE RUBROS DEL E. RESULTADOSArt. 116REVEACION SOBRE LOS RUBROS DEL BALANCE GENERALArt. 115NORMA GENERAL SOBRE REVELACIONArt. 114NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROSArt. 113AMBITO DE APLICACIONCAPITULO IIINORMAS TECNICAS SOBRE REVELACIONESSECCION VIOPERACIONES DESCONTINUADAS Y EMPRESAS EN LIQUIDACION Art. 112CONTABILIDAD DE LAS EMPRESAS EN LIQUIDACIONArt. 111OPERACIONES DESCONTINUAS Y EMPRESAS EN LIQUIDACIONSECCION VNORMAS SOBRE LAS CUENTAS DE ORDENArt. 110REGISTROS EN LAS CUENTAS DE ORDEN

-Son operaciones claramente identificadas, que se han liquidado o se van a liquidar.-Identificacin de los activos respectivos, mtodos que se van a utilizar, periodos de liquidacin.-Responsabilidades contingentes Los compromisos o contratos que se relacionan con posibles obligaciones.-La contabilidad de las empresas en liquidacin deben valuar a su valor neto realizable.-No es recomendable asignar el costo de los activos a travs de su depreciacin agotamiento o amortizacin, ni diferir ingresos, gastos ni cargos e impuestos.

-Es la presentacin de estados financieros bajo unas normas que deben ser observadas y presentadas a las autoridades o publicados con su autorizacin, sujetas al marco conceptual de la contabilidad y a las normas tcnicas de la contabilidad.-Como representacin de las prcticas contables y revelacin de la empresa, bajo unas reglas.-Revelacin ente econmico, fecha de corte de los E.F. , principales polticas y practicas contables, tasas de cambios.- principios generalmente aceptados -Entidad reportada-Principales clases de activos y pasivos-costo ajustado, gastos capitalizados-Restricciones o gravmenes sobre los activos siendo en total 15 reglas. Todo lo relacionado con el balance y el pyg deben ser relacionados. Variaciones en el patrimonio, flujo de efectivo, situacin financiera y otros.

Art. 122ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS

-Los hechos econmicos deben documentarse mediante soportes, de origen interno -Deben ser adjuntos a los comprobantes de contabilidad respectivamente. -Se pueden conservar en el idioma en el cual se hayan otorgado. -Deben de estar soportados por comprobantes de contabilidad. -Ser enumerados consecutivamente-Se deben indicar la fecha, origen de la transaccin -Detalle de las cuentas-Deben guardar la debida correspondencia con los asientos en los libros auxiliares.-Libros deben llevar una enumeracin sucesiva e integridad. En orden cronolgico, resumen.-Cada transaccin debe ser registrada en los libros de contabilidad, inventarios.

-Estos artculos priman rigen por encima de cualquier otra norma, deben revelarse las discrepancias entre unas y otras-Los artculos se aplicarn con estricta sujecin distinta a las normas dictadas por el Presidente de la Repblica, como el Ministerio de Desarrollo Econmico, Ministerio de Hacienda y crdito estos son los encargados en dictar normas y tcnicas para as regular la contabilidad en Colombia.-Este decreto inicio el 1 de enero de 1994, al ao siguiente de su publicacin. Art. 136CRITERIOS PAR RESLVER LOS CONFLICTOS DE NORMASArt. 139DEROGATORIAArt. 140VIGENCIAArt. 138CONSEJO PERMANENTE PARA LA EVALUACION DELAS NORMAS SOBRE CONABILIDADArt. 137EJERCICIO DE LAS FACULTADES REGULADORAS EN MATERIA DE CONTBAILIDADTITULO IVDISPOSCIONES FINALES