declaracion derechos de la mujer-olivia cano

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  • 7/23/2019 Declaracion Derechos de La Mujer-olivia Cano

    1/4

    Declaracin

    de

    los derechos

    Declaracin de los derechos

    de la mujer y ciudadana

    Gabrieia

    ano

    n

    791, en Pars, se pus6 en circulacin ei folleto titulado e c f u r u c i d n

    de

    1 s

    derechos de

    In

    mujer

    y ckdadann Escrito por Olimpia de Gouges (Ma ne Gouez , este

    documento exige para lasmujeres tambin los inalienablesderechos de libertad e igualdad

    proclamados por la Revolucin Francesa.

    Calcado artculo por artculo sobre la

    eclaracidn e

    los

    derechos

    del

    hombre

    y

    c i il d d n n o

    1789)

    el

    texto

    de Gouges encierra una cr tica radical a

    su

    mod elo, que no

    comprendaa la mujer dentro desu conceptode hombre y, porlo tanto,reservaba a libertad

    y

    la igualdad ciudadana para las personas de sexo masculino. Mientras el ideal revo-

    lucionario proclama la igualdad formal por encim a de todas las diferencias MtUrakS, el

    sexo permaneci como el ltimo criterio de distincin social. La

    e c f u r a c i d n

    de los

    derechos e l mujery

    c udadana

    o fue tomada en cuenta por la Asam blea Nacional; la

    Revolucin Francesa discrimina lasmujeres de

    los

    derechos de ciudadanay de igualdad

    frente a la ley.

    Aunque permanece corno

    un

    fenmeno marginal, el feminismo moderno nace c o n

    la Revolucin Francesa.

    La

    coyuntura revolucionaria de

    1789

    permiti la expresin

    poltica de ideas sobre la igualdad urdica

    y

    educativa para lasmujeres, queseapoyaba en

    el argumento ilustrado de que todos los seres humanos estaban igualmente dotados de

    razn.

    77

  • 7/23/2019 Declaracion Derechos de La Mujer-olivia Cano

    2/4

    P L P

    SI

    bien el docum ento aqu publicado por primera

    vezntegro enespaol

    tuvo

    unacirmrlacin

    restrkpi

    y

    sus

    efectos inmediatos en la condicin femenina fue-

    ron muy limitados, la

    ec ka r a c i dn

    de Olimpia Gouges

    bien puede considerarse el primer manifiesto feminista

    moderno.

    DECLARACIEI DE

    LOS

    DERE HOS

    DE

    L

    MUJER

    Y

    CiUDAANA

    A decretar por la Asam blea nacional en sus ltimas

    sasiones

    o

    en aquella de la prxima legislatura.

    Prembulo

    Las madres, las hijas, las hermanas representantes

    de la nacin, demandan ser constituidas en asamblea

    nacional. Ccmiderando que la ignorancia, el olvido

    o

    el

    desprecio

    de

    los

    derechos

    de la mujer

    son las

    nicas

    causas

    de las desgracias pblicas y

    de

    a compc i6n de

    los

    gobiernos, han resuelto exponer dentro de

    U M

    decla-

    racin solemne, os derechos naturales, inalienables, y

    sagrados de la mujer, a fin de

    que

    esta

    declaracin,

    constantem ente presente a todos

    los

    miembros del cuer-

    po

    social,

    les

    recuerde sin cesar sus derechos y sus

    deberes,

    a

    fin de

    que los ctos

    del poder

    de las

    mujeres

    aquellos del poder de los hombres, puedan ser com-

    parados a cada instante con la meta de

    tod

    institucin

    polftica, y sean

    ms

    respelados, a fin de que

    las

    recla-

    maciones de las ciudadanas, fundadas en adelantesobre

    principios simples ncuestionables,

    s

    tornensiempre

    en el m antenimiento de la constituc ibn, de las buenas

    costumbres,

    y

    de a felicidad de odos.

    En consecuencia, el sex o superior en belleza

    y

    en

    valor ante

    os

    paderimientos maternos. reconoce y de-

    78

    clara , en presencia y bajo

    los

    auspicios del Ser supremo,

    los siguientes Derechos de la Mujer yde la Ciudadana:

    Artculo

    primero:

    La

    mujer nace igual ai hombre en derechos.

    Las

    distinciones

    sociales

    no pueden ser fundadas sino en la

    utilidad comn.

    I

    La

    meta de toda asociacin poltica

    es

    la

    con

    servaci6n de

    6s

    derechos naturales

    e

    insup

    la Mujer y del Hombre:

    estos

    derechcs

    son

    la propiedad, la seguridad, y sobre todo, la

    nr i akar ct a

    a

    la opresi6n.

    U

    El principio de toda soberana teside. esencial

    mente en la Naci6n, que no

    es

    ms que

    la

    reunin

    de la

    Mujer y del Hombre: ningn cuerpo, ningfb individuo

    puede ejercer la autoridad que

    no

    emane expresamente

    de ella.

  • 7/23/2019 Declaracion Derechos de La Mujer-olivia Cano

    3/4

    Declaracin

    de

    los

    derechos

    v

    La libertad y la jus ticia consisten en devolver todo

    aquello que pertenece al prjimo;

    as

    el ejercicio de

    los

    derechos naturales de la mujer no tiene ms lmites que

    la tirana perpetua que el hombre le contrapone;

    estos

    lmites deben

    ser

    reformados por

    l s

    leyes de la

    na

    turaleza y d e a razn.

    V

    Las eyes de la naturaleza y de

    la

    razn prohiben

    toda accin nociva a la sociedad: a todo aqul que no

    est protegido por estas ley es, sabias y divinas, no se:

    le

    pueden aplicar, y nadie puede ser obligado a haiier

    aquello que

    ellas

    no ordenen.

    VI

    La Ley debe ser la expresin de la voluntad 13e-

    neral; todas las ciudadanas y los ciudadanos deben par-

    ticipar personalmente,

    o

    p r

    sus

    representantes,

    en

    su

    formacin: todas las ciudadanas y todos

    os

    ciudadanos,

    siendo iguales ante sus ojos, deben tener el mismo

    acceso

    a

    todas las dignidades, puestos y empleos p-

    blicos, segn

    sus

    capacidades, y sin otras distinciones

    que aquellas de sus virtudes y sus talentos.

    VI

    Ninguna mujer est excluida; ella

    es

    acusada, de-

    tenida y retenida en

    los

    casos determinados por la Ley.

    Las

    mujeres obedecen como os hombres a esta Ley

    rigurosa.

    VI

    La Ley no debe establecer ms que l s penas

    estricta y evidentemente necesarias, y nadie puede ser

    castigado ms que en virtud de una Ley establecida y

    promulgada anteriormente al delito y legalmente apli-

    cada a las mujeres.

    IX

    Todo el rigor ejercido por la Ley se le aplicar

    a

    toda mujer habiendo sido declarada culpable.

    X

    Nadie debe ser inquietado por sus opiniones, aun-

    que sean fundamentales, la mujer tiene el derecho de

    subir al cadalso; ella debe tener igualmente aqul de

    subir a la Tribuna; con

    tal

    que sus manifestaciones no

    pertuben el orden pblico establecido por la Ley.

    XI

    La libre com unicaci6n de pensamientos y de opi-

    niones es

    uno

    de los derechos ms preciados de la mujer,

    ya que esta liberiad asegura la legitimidad de

    os

    padres

    c on

    los

    hijos Toda ciudadana puede entonces decir

    libremente, yo soy la madre de un nio que le pertenece

    a usted, sin que

    un

    prejuicio brbaro la force a disimular

    la verdad; a reserva de responder del abuso de esta

    libertad en los casos determinados por la Ley.

    79

  • 7/23/2019 Declaracion Derechos de La Mujer-olivia Cano

    4/4

    I T P I P

    XI1

    La

    garant4a

    e los

    derechos de la mujer

    y

    de

    la

    ciudadana

    necesita

    de

    una utiIidad mayor; est p '8 lia

    debe ser nstituidaparaet benefEio de

    iodos

    y no

    para

    la utilidad particular de

    aqueas

    a q u a e les cuntfa.

    XI11

    Para el mantenimiento de la fuerza pblica, y

    por

    los gastos de administracin, las contribuciones de la

    mujer y del

    ombrerron iguaks;

    el la

    ap e

    de tod s las

    faenas

    demias l s

    tareas pe-;

    debe ptrs

    ewr

    la misma

    parte

    en la distribucin de

    piazas, de empieos,

    de cargos, de dignidades y de la industria.

    XIV

    Las

    ciudadanas

    y

    bs ciudadrlnos tienen elderecho

    de coagtatnapar euc mw, por

    sus

    reprasentantes,

    la necesidad

    de

    la

    auitribuci6n pblica.

    Les

    ciudadanss

    no

    pueden par quepor

    la

    portsei de una parte

    igual, no solamente

    en

    el capital

    sno

    adems en la

    administracin pblica,

    y

    de detenninar la

    tasa,

    la

    base

    gravable,el pago

    y la

    vigencia del impuesto.

    x v

    La masa de

    mujeres,

    cosliypd oria coutnbw6n

    a

    aquella de l s

    hombre tien el

    derecho de pedir

    cuentas,

    a Wdo

    agente pblico,

    de su adrninistracidn.

    X V I

    Toda sociedad,

    en laque

    la garantfa de dere hos

    no

    est asegurada, ni l

    seppraci a

    de poder s deter-

    minada,

    no

    tiene punto de corstituci6n;

    la

    ~ t i t u c i n

    es nula,

    si la

    mayora

    de

    Los

    individuos que componen

    la

    Nacin, no

    ha cooper do

    en

    su

    redaccin.

    XVII

    Laspropiedades

    son para todoslossexos

    reunidos

    o separados ellas tienen para

    cada

    uno un derecho

    invioWie segrado; nadie puede ser privado de

    ellas

    con patrimonio

    wid dern

    de ia

    naturaleui sino

    es

    que

    cuando la necesidad

    PBbdi Ca

    I e p b n t e

    conetotada

    lo

    exija evidentemente y bajo la condicidn de una

    justa

    y

    previa indemnizacin.

    POstBmbulo

    Mujer,

    espieila,

    el

    arrebato de

    la

    razn

    se

    hace

    escuchar en todoel

    uni vcrro

    recunca tus derechos. El

    poderoso

    imperio

    de

    l naturaleza

    ya

    no

    est ms

    ro-

    deado de prejich, de fanatismo, de supsticin y de

    mentiras. La antorcha de la

    verdad

    ha disipadotodas s

    nubes de

    la

    tontera

    y

    de

    la

    usurpacin.

    El

    hombre

    esclavo

    hamultiplicado sus

    uenas,

    ha

    tenidonecesidad

    de recurrir

    a las

    tuyas para romper

    sus

    hierros. Vol

    vindose libre, l

    se

    volvid injusto hacia

    su

    compaera.

    [Oh

    ujeres

    Traduccin: i lar Valls

    SO