de la implementación de la figura del ombudsperson (+posición de carrera)

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Page 1: De la implementación de la figura del ombudsperson (+posición de carrera)

De la Implementación de la figura del Ombudsperson

Resumen del documento emanado de la Mesa Representativa con anotaciones según la respuesta del Rector y el documento emanado de las discusiones de

carrera. Los elementos marcados con rojo indican correspondencia con nuestra posición como Ciencia Política.

Page 2: De la implementación de la figura del ombudsperson (+posición de carrera)

Índice

• Objetivos y ámbito de competencia.

• Principios y características del cargo.

• Deberes y atribuciones.

• Modo de Implementación.

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Objetivos y ámbito de competencia.

• Ombudsperson es una “institución que tiene por principal finalidad velar por el respeto a los miembros de la comunidad universitaria, fundamentalmente en l relativo a sus derechos fundamentales, evitando así todo tipo de abusos y garantizando la buena convivencia entre los mismos”.

• Se entiende por miembro de la comunidad universitaria a académicos, estudiantes, administrativos y toda persona que mantenga relación de cotidianeidad con la UC.

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Principios y características del cargo.

Principios Características

Principio de Confidencialidad: mantener estricta reserva de denuncias que recibe.

Independencia y autonomía de los demás órganos de la jerarquía universitaria

Principio de Informalidad: No reemplaza vías formales de resolución de conflictos.

Imparcialidad y neutralidad, por tanto, no puede tener ningún tipo de conflicto de interés con organismos dependientes de la UC, como fundaciones o empresas.* Se deben definir inhabilidades.

Principio de Rapidez: debe actuar conforme a plazos más breves que los de los mecanismos tradicionales de resolución de conflictos.

Trayectoria académica y coherencia.

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Deberes y atribuciones.

Deberes Atribuciones

Promover una cultura de dialogo y participación de la comunidad universitaria.

Ejercer facultades de mediación respecto a los miembros de la comunidad en conflicto.

Escuchar quejas y atender conflictos de cualquier miembro de la comunidad, dando pronta respuesta a la solicitud o conflicto.

Sugerir cambios y mejoras estructurales a los reglamentos de la Universidad de manera tanto reactiva como proactiva.

Rendir cuenta pública de fácil acceso a la comunidad. La cuenta pública se realizará anualmente tanto en el Consejo Superior como en el Encuentro Universitario.

Acceder de manera expedita y prioritaria a todo tipo de documentos pertinentes para cumplir su función como concretar reuniones con cualquier persona que estime conveniente para el caso.

Supervisar y velar por el cumplimiento de las garantías del debido proceso.

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Modo de Implementación.Propuesta de la Mesa Respuesta del Rector Posición de Carrera

Institucionalización de la Mesa Multi-Estamentalcomo mecanismo por su representatividad y transparencia en su funcionamiento. Tendría dos atribuciones:a) Recoger propuestas de

la comunidad para levantamiento de nombres para someter a la elección del HCS.

b) Supervigilar el avance y desarrollo del cargo durante sus primeros años proponiendo eventuales reformas.

Comité de Búsqueda como mecanismo oficial de elección de autoridades unipersonales de la UC.

Apertura a que dicho Comité cuente con representación de los diferentes estamentos de la comunidad.

Se trataría de un único y excepcional Comité de Búsqueda Multi-Estamental.

Importancia de la participación de la comunidad en dos niveles: en la construcción de la figura y en la elección misma de quién desempeñará el cargo.

No se definen mecanismos precisos, solo se apunta que este debe garantizar a la Comunidad Universitaria que su voluntad tendrá incidencia real y vinculante en la construcción de la figura y su posterior elección.

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Posición de Directiva CECIP.

• Documento –base para la creación de la figura-recoge elementos esenciales de nuestra discusión como carrera.

• Aunque hemos rechazado en otras instancias los Comités de Búsqueda por reducir la participación a la consulta de opinión y por la poca transparencia del proceso comprendemos y aceptamos la necesidad de que el Ombuds sea elegido vía Comité, frente al peligro de no-implementación que significa perseverar en propuestas alternativas.

Page 8: De la implementación de la figura del ombudsperson (+posición de carrera)

Posición de Directiva CECIP.

• Sin embargo, apostamos a un Comité de Búsqueda Multi-Estamental y Transparente, en los criterios a utilizar para la selección o veto de posibles candidatos.

• Creemos que esto reduce la injerencia excesiva del Rector en el proceso y permite un tipo de participación de la comunidad más amplia que la mera opinión, significando un cambio cualitativo que, manteniendo la forma, cambia el carácter mismo del proceso.

• Finalmente, esperamos que un Comité de Búsqueda Multi-estamental siente un precedente a considerar en las próximas elecciones de director de carrera y Decano indicando un camino de reforma en pos de ampliar la participación.

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