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SUMARIO III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE ALAEJOS CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento de Patrimonio. Anuncio de licitación para la contratación de la enajenación de aprovechamiento de maderas del plan anual de aprovechamientos forestales año 2020 (PAAF 2020). Página 5 CONCEJALÍA DE SALUD PÚBLICA Y SEGURIDAD CIUDADANA. Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades de protección y defensa de los animales de compañía (perros y gatos) para la colaboración con el centro municipal de protección animal año 2020. Página 8 FUNDACIÓN MUNICIPAL DE DEPORTES. Convocatoria pública para la concesión de subvenciones destinadas a los centros escolares con participación en juegos escolares durante el curso 2020-2021 Página 10 Extracto del Acuerdo de fecha 3 de junio de 2020 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Valladolid por el que se convocan subvenciones para empresas de nueva creación en el municipio de Valladolid para el año 2020. Página 12 Acuerdo por el que se establece la imposición y ordenación de contribuciones especiales para la financiación de la obra de renovación de redes de abastecimiento, saneamiento y pavimentación en calle La Casita. Página 14 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2020-112 Lunes, 15 de junio de 2020 Núm. 112 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2020-112 Núm. 112 Lunes, 15 de junio de 2020 Pág. 1

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SUMARIO

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE ALAEJOS

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento dePatrimonio. Anuncio de licitación para la contratación de la enajenaciónde aprovechamiento de maderas del plan anual de aprovechamientosforestales año 2020 (PAAF 2020). Página 5

CONCEJALÍA DE SALUD PÚBLICA Y SEGURIDAD CIUDADANA.Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades de protección ydefensa de los animales de compañía (perros y gatos) para lacolaboración con el centro municipal de protección animal año 2020. Página 8

FUNDACIÓN MUNICIPAL DE DEPORTES. Convocatoria pública para laconcesión de subvenciones destinadas a los centros escolares conparticipación en juegos escolares durante el curso 2020-2021 Página 10

Extracto del Acuerdo de fecha 3 de junio de 2020 de la Junta de GobiernoLocal del Ayuntamiento de Valladolid por el que se convocansubvenciones para empresas de nueva creación en el municipio deValladolid para el año 2020. Página 12

Acuerdo por el que se establece la imposición y ordenación decontribuciones especiales para la financiación de la obra de renovación deredes de abastecimiento, saneamiento y pavimentación en calle La Casita. Página 14

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AYUNTAMIENTO DE ALAEJOS

AYUNTAMIENTO DE ALAEJOS

AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA

AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA

AYUNTAMIENTO DE BOECILLO

AYUNTAMIENTO DE CAMPASPERO

AYUNTAMIENTO DE CAMPASPERO

AYUNTAMIENTO DE CAMPORREDONDO

Acuerdo por el que se establece la imposición y ordenación decontribuciones especiales para la financiación de la obra de renovación deredes de abastecimiento, saneamiento y pavimentación en calles GonzalaSantana, Pozo (tramo) y Juan Méndez. Página 15

Acuerdo por el que se establece la imposición y ordenación decontribuciones especiales para la financiación de la obra de renovación deredes de abastecimiento, saneamiento y pavimentación en calle Perogiles. Página 16

Acuerdo de 29 de mayo de 2020, del Pleno del Ayuntamiento de Arroyo dela Encomienda, por el que se aprueban las Bases para la adquisición dematerial de protección contra el Covid 19, destinadas al pequeño comerciodel municipio. Página 17

Bases y convocatoria de subvenciones destinadas para la realización deactividades deportivas. Página 20

AREA DE RECURSOS HUMANOS. Resolución por la que se apruebanlas bases para la selección de personal temporal subvencionado año 2020 Página 22

Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria alpresupuesto de gastos 2/2020 por suplemento de crédito Página 29

Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria decréditos número 3/2020 del presupuesto en vigor, en la modalidad detransferencia de crédito entre aplicaciones de distintas áreas de gasto. Página 30

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra dereforma de cubierta y acondicionamiento de fachada en casa Consistorialen el marco del plan bienal de cooperación 2020/2021. Página 31

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AYUNTAMIENTO DE MOTA DEL MARQUÉS

AYUNTAMIENTO DE OLMOS DE ESGUEVA

AYUNTAMIENTO DE PORTILLO

AYUNTAMIENTO DE SAN CEBRIÁN DE MAZOTE

AYUNTAMIENTO DE SERRADA

AYUNTAMIENTO DE TRASPINEDO

AYUNTAMIENTO DE ZARATÁN

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra deRenovación de la Red de Abastecimiento, incluido en Planes Provincialesde Cooperación 2020-2021 Página 32

Resolución por la que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuantotales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de sunombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad oimpedimento que imposibilite a éste. Página 33

Secretaría. Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de laobra de rehabilitación de cubiertas antiguas escuelas de parque de laconstitución. Página 35

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra derenovación de la red de abastecimiento, incluido en Planes Provinciales deCooperación 2020-2021 Página 36

Convocatoria y Bases para la provisión de una plaza de Encargado deServicios Varios con contrato de relevo Página 37

Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestariaMP1/2020P. Página 52

Alcaldía. Aprobación provisional de la modificación ordenanza reguladorade la concesión de subvenciones a asociaciones vecinales para larealización de actividades culturales. Página 53

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AYUNTAMIENTO DE ZARATÁN

MANCOMUNIDAD CAMPOS GÓTICOS

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

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JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Alcaldía. Aprobación provisional de modificación de la ordenanzareguladora de la concesión de subvenciones a club deportivos y entidadesde promoción y recreación deportiva de Zaratán, para la realización deactividades deportivas. Página 54

Información pública en expediente de incorporación a esta Mancomunidaddel municipio de Belmonte de Campos (Palencia) para la prestación parcialdel servicio de abastecimiento de agua. Página 55

Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número876/2019. Página 56

Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número924/2019. Página 57

Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número963/2019 Página 58

Notificación en procedimiento ordinario número 96/2020 Página 59

Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número147/2020. Página 60

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOSDepartamento de Patrimonio

Resolución del Ayuntamiento de Valladolid por la que se anuncia la enajenación deaprovechamiento de maderas, del PAAF 2020

1.-Entidad Adjudicataria:

Organismo: Ayuntamiento de Valladolid

Dependencia que tramita el expediente: Departamento de Patrimonio.

2.-Objeto del contrato:

a).Descripción del objeto: Enajenación de aprovechamiento de maderas, del PAAF 2020.

b).Lugar: Valladolid

3.-Tramitación, Procedimiento y Forma de Adjudicación.

a).Tramitación: Ordinaria

b).Procedimiento: Abierto.

c).Forma: Subasta.

4.-Base o tipo de licitación: La incorporada como anexo del presente anuncio.

5.-Garantía Provisional: No se exige.

6.-Obtención de documentación e información.

a).Entidad: Ayuntamiento de Valladolid (Casa Consistorial)

b).Domicilio: Plaza Mayor, 1

c).Localidad y Código Postal: Valladolid, 47001

d).Teléfono: 983 42 61 57

e).e-mail: [email protected]

f).Perfil del contratante:

https://www.valladolid.gob.es/es/perfil-contratante/licitacionesnocontractuales

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g).Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta la fecha de finalizacióndel plazo de presentación de proposiciones

7.-Fecha de admisión de ofertas.

a).Fecha límite de presentación: Los licitadores las presentarán en el Departamento dePatrimonio del Ayuntamiento hasta las 14.00 horas del decimoquinto día natural a contardesde el siguiente a la publicación en el BOP, o el inmediato hábil siguiente si aquel fuerainhábil.

b).Documentación a presentar: La estipulada en la cláusula 8 del PCAP.

c).Lugar de presentación:

Entidad: Ayuntamiento de Valladolid – Casa Consistorial (Departamento de Patrimonio), enhorario de 8.30 a 14.00 horas.

Domicilio: Plaza Mayor,1

Localidad: Valladolid

8.-Otras informaciones: Ver Pliego de Prescripciones Técnicas para cada uno de losaprovechamientos, y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

El Concejal Delegado General de Planificación y Recursos.- Fdo. Pedro Herrero García.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE SALUD PÚBLICA Y SEGURIDAD CIUDADANA

SUBVENCIONES A ENTIDADES DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS ANIMALES DECOMPAÑIA (PERROS Y GATOS PARA LA COLABORACION CON EL CENTROMUNICIPAL DE PROTECCIÓN ANIMAL AÑO 2020

Acuerdo de fecha 3 de junio de 2020 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento deValladolid, por la que se convocan subvenciones a Asociaciones de Protección y BienestarAnimal para el desarrollo de actividades en colaboración con el Centro Municipal deProtección Animal para el año 2020.

BDNS(Identif.):501079

Código BNDS 501079

Texto del extracto:

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b) y 20.8. a) de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Asociaciones de Protección y Bienestar Animal que tengan sede o delegación abierta en elmunicipio de Valladolid y que desarrollen proyectos en los sectores o áreas de intervenciónobjeto de la convocatoria.

Segundo. Objeto:

Desarrollo de actividades y proyectos en materia de protección y bienestar animal dentrode los establecidos en las bases como subvencionables y en colaboración con el CentroMunicipal de Protección Animal, para el año 2020.

Tercero. Bases Reguladoras:

Las bases reguladoras de la convocatoria están publicadas en la sede electrónica delayuntamiento de Valladolid (https://www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial/ayuntamiento-valladolid/ayudas-subvenciones) y en el siguiente enlace:https://www.valladolid.es/es/ayuntamiento/ayudas-subvenciones

Cuarto. Cuantía:

El importe total de la convocatoria es de 26.189 €. La cuantía total de la subvenciónindicada se repartirá de forma proporcional entre todas las solicitudes presentadas, que se

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consideren subvencionables, en función de la puntuación obtenida según el baremoestablecido en la convocatoria. La puntuación mínima obligatoria para poder acceder a laayuda es del 50%.

La concesión de estas subvenciones será compatible con otras subvenciones públicas oprivadas concedidas para el mismo fin siempre que la cuantía total de las ayudas nosupere el 100% del coste de la actividad de que se trate.

Quinto. Presentación de solicitudes:

La solicitud figura en el Anexo I de la convocatoria donde se señala el resto dedocumentación a presentar junto con la misma.

Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir del día siguientea la fecha de publicación de un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de laProvincia de Valladolid.

Séptimo.- Justificación de la subvención y pago:

El plazo máximo para justificar la subvención será hasta el día 31 de enero de 2021(inclusive) cumplimentado adecuadamente la cuenta justificativa subvenciones que figuracomo Anexo V de esta convocatoria.

El pago se efectuará mediante transferencia bancaria una vez que se resuelva el importe aadjudicar a cada entidad beneficiaria de la subvención.

En Valladolid, a cuatro de junio de dos mil veinte.-El Concejal Delegado General del Áreade Salud Pública y Seguridad Ciudadana.-Fdo.: Alberto Palomino Echegoyen

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

FUNDACIÓN MUNICIPAL DE DEPORTES

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LOSCENTROS ESCOLARES CON PARTICIPACIÓN EN LOS JUEGOS ESCOLARESDURANTE EL CURSO 2020-2021

BDNS(Identif.):507579

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre. General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)

PRIMERO. BENEFICIARIOS:

Cualquier centro escolar del municipio de Valladolid en las condiciones establecidas en laconvocatoria, conforme el Documento I (solicitud general).

La solicitud de la subvención será efectuada por una entidad deportiva o social vinculada alCentro Escolar:

a).El Club Deportivo constituido por el Centro, si existiese.

b).Cualquier Club Deportivo que se comprometa a realizar el proyecto deportivo del CentroEscolar, concertando el mismo.

c).Las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos de los Centros Escolares radicadosen el municipio de Valladolid durante el curso 2020-2021.

d).La Dirección del Centro Escolar (condicionado al cumplimiento de las CondicionesEspecíficas de la presente convocatoria).

e).Otras entidades definidas en la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva en Castilla y León, también podrán solicitar subvención para las actividadesdeportivas previstas en esta convocatoria.

Podrán admitirse varias solicitudes en cada Centro Escolar, correspondientes a diversasentidades que intenten promocionar el deporte en el mismo, siempre que estén incluidas enel Documento I (Solicitud general). Cada entidad solicitante únicamente podrá gestionaruna o varias modalidades deportivas, siempre distintas de las de otro solicitante del mismoCentro Escolar.

Sea quien sea la entidad peticionaria, la solicitud vendrá avalada necesariamente por laDirección del Centro Escolar correspondiente, cuya firma y el sello del Centro figurará enel modelo de Solicitud General (Documento I).

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SEGUNDO. OBJETO:

Esta convocatoria tiene por objeto la “promoción del deporte y ocupación del tiempo libre”entre los escolares, de nuestra ciudad, por medio de la competición deportiva, enconsonancia con lo establecido en el apartado 25.2.I, de la Ley 27/2013 deRacionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

TERCERO. BASES REGULADORAS:

Las Bases aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento de Valladolid en sesión de fecha 10de Febrero de 2006 (B.O.P. de 9 de Marzo de 2006).

CUARTO. CUANTÍA:

Cuantía total: 290.000 euros.

QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Las solicitudes de los Centros Escolares se presentarán desde la fecha de la aprobaciónde esta normativa por el Consejo Rector y hasta el 26 de junio de 2020 a través,exclusivamente, del Registro de la Fundación Municipal de Deportes, acompañadas delProyecto Deportivo.

Las solicitudes de las entidades solicitantes de la subvención se efectuarán a través de laplataforma online facilitada por la FMD para este fin, una vez presentada la solicitudgeneral por parte del centro escolar autorizándoles para gestionar las actividades, a partirdel 26 de junio y hasta el 10 de julio de 2020..

SEXTO. OTROS DATOS:

El texto íntegro de la convocatoria está disponible en la página web de la FundaciónMunicipal de Deportes:https://deporteescolar.fmdva.org/PDFs/SubvenAMPAS20202021.pdf?id=87

La documentación a presentar por las entidades gestoras así como toda la tramitación seefectuarán a través de la plataforma: https://subvencionesje.fmdva.org/home?id=90

Documentación: la prevista en la base I de la convocatoria.

Forma de pago: Se abonará un 20% del importe de la subvención en el último trimestre delejercicio 2020 y otro 60% en febrero de 2021. El 20% restante se abonará a partir demayo de 2021 tras la remisión y comprobación de la justificación.

Plazo máximo de justificación: 30 de junio de 2021.

En Valladolid, a diez de junio de dos mil veinte.-Presidente Delegado de la FundaciónMunicipal de Deportes.-Fdo.: Alberto Bustos García (Decreto núm. 4336 de 20 de junio de2019)

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

Extracto del Acuerdo de fecha 3 de junio de 2020 de la Junta de Gobierno Local delAyuntamiento de Valladolid, por el que se convocan subvenciones para empresas de nuevacreación en el municipio de Valladolid para el año 2020

BDNS ::506371

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones :(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

Primero.-Beneficiarios.

Pymes y personas físicas y entidades sin personalidad jurídica que hayan iniciado unanueva actividad empresarial o profesional en el municipio de Valladolid, entre el 1 de mayode 2019 y el 29 de febrero de 2020 ambos incluidos, mediante una subvención a fondoperdido destinada a contribuir a la financiación de la puesta en marcha de la empresa asícomo garantizar unos ingresos mínimos durante el inicio de la actividad.

Segundo.-Objeto.

Regular el procedimiento para la concesión de subvenciones a personas físicas y jurídicasque hayan iniciado una nueva actividad empresarial o profesional, mediante una subvencióna fondo perdido de hasta un máximo de 5.000 euros destinada a contribuir a la financiaciónde la puesta en marcha de la empresa así como garantizar unos ingresos mínimos duranteel inicio de la actividad.

Tercero.-Bases reguladoras.

Bases aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento de Valladolid de fecha 10 de febrero de2006 y publicadas en el B.O.P. de fecha 9 de marzo de 2006.

Cuarto.-Cuantía.

Cuantía total: crédito presupuestario por un importe global máximo de 600.000 euros. Deacuerdo con lo establecido en el art. 58 del RGLS, los créditos asignados a la presenteConvocatoria podrán ser ampliados hasta una cuantía total de 720.000 euros, previa laoportuna tramitación y antes de la resolución de la Convocatoria

Cuantía por proyecto subvencionado: máximo de 5.000 euros, la cuantía se corresponde al70% del gasto inicial justificado, gasto que será como mínimo de 2.500 euros IVAexcluido.

Quinto.-Plazos de presentación de solicitudes.

30 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia

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de Valladolid de este extracto.

Sexto.-Otros datos de interés.

Procedimiento para la concesión en régimen de concurrencia competitiva, según lapuntuación establecida en los criterios de valoración de la convocatoria.

Los beneficiarios tendrán entre otras la obligación de mantener su actividad durante unperiodo mínimo de dos años durante los dos años siguientes al inicio de actividadempresarial o profesional.

Las subvenciones son incompatibles con la obtención de cualquier otro tipo de subvencióno ayuda que por el mismo concepto y finalidad le sean otorgadas por otrasAdministraciones o entidades públicas o privadas y con las subvenciones de Retorno delTalento convocadas por el Ayuntamiento de Valladolid.

Es imprescindible consultar la Convocatoria completa, donde figuran condiciones,requisitos, exclusiones, obligaciones, plazos y el resto de datos del procedimiento.

Valladolid a nueve de junio de dos mil veinte.- El Gerente de la Agencia de InnovaciónFdo.: Jesús Gómez Pérez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALAEJOS

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, se aprobó provisionalmente la imposición yordenación de Contribuciones Especiales para la financiación de parte de la aportaciónmunicipal a las obras de renovación de redes de abastecimiento, saneamiento ypavimentación en calle La Casita según los siguientes criterios:

a).Coste total previsto de la obra 483.162,79 Euros.

b).Cantidad que el Ayuntamiento soporta 190.990,34 Euros.

c).De la cantidad indicada en el apartado anterior se financia con ContribucionesEspeciales 27.867,00 Euros, lo que supone el 14,59 %.

d).Criterios de reparto:

1.Metros lineales de fachada:15,5061 euros/m.l.

2.Superficie del solar:0,1042 euros/m2.

3.Valor catastral del suelo:0,0109 euros/euro.

Asimismo, se decidió exigir por anticipado el pago de dichas Contribuciones Especiales porel coste previsto de las obras.

Lo que se hace público a efectos de que los interesados y afectados puedan examinar elexpediente y presentar reclamaciones durante el plazo de 30 días a contar desde elsiguiente a la publicación de este anuncio en el B.O.P. y constituir, en su caso, laAsociación de Contribuyentes a que se refiere el art. 36 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales.

Si no se presentan reclamaciones en el plazo indicado este acuerdo se entiende definitivo yejecutivo con todos los efectos.

En Alaejos, a 8 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fd.: Carlos Mangas Nieto.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALAEJOS

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, se aprobó provisionalmente la imposición yordenación de Contribuciones Especiales para la financiación de parte de la aportaciónmunicipal a las obras de renovación de redes de abastecimiento, saneamiento ypavimentación en calles Gonzala Santana, Pozo (tramo) y Juan Méndez según lossiguientes criterios:

a).Coste total previsto de la obra 231.612,52 Euros.

b).Cantidad que el Ayuntamiento soporta 173.531,65 Euros.

c).De la cantidad indicada en el apartado anterior se financia con ContribucionesEspeciales 16.017,42 Euros, lo que supone el 09,23 %.

d).Criterios de reparto:

1.Metros lineales de fachada: 15,5061 euros/m.l.

2.Superficie del solar: 0,1042 euros/m2.

3.Valor catastral del suelo: 0,0109 euros/euro.

Asimismo, se decidió exigir por anticipado el pago de dichas Contribuciones Especiales porel coste previsto de las obras.

Lo que se hace público a efectos de que los interesados y afectados puedan examinar elexpediente y presentar reclamaciones durante el plazo de 30 días a contar desde elsiguiente a la publicación de este anuncio en el B.O.P. y constituir, en su caso, laAsociación de Contribuyentes a que se refiere el art. 36 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales.

Si no se presentan reclamaciones en el plazo indicado este acuerdo se entiende definitivo yejecutivo con todos los efectos.

En Alaejos, a 8 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fd.: Carlos Mangas Nieto.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALAEJOS

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, se aprobó provisionalmente la imposición yordenación de Contribuciones Especiales para la financiación de parte de la aportaciónmunicipal a las obras de renovación de redes de abastecimiento, saneamiento ypavimentación en calle Perogiles según los siguientes criterios:

a).Coste total previsto de la obra 65.244,91 Euros.

b).Cantidad que el Ayuntamiento soporta 48.883,60 Euros.

c).De la cantidad indicada en el apartado anterior se financia con ContribucionesEspeciales 6.068,41 Euros, lo que supone el 12,41 %.

d).Criterios de reparto:

1.Metros lineales de fachada: 15,5061 euros/m.l.

2.Superficie del solar: 0,1042 euros/m2.

3.Valor catastral del suelo: 0,0109 euros/euro.

Asimismo, se decidió exigir por anticipado el pago de dichas Contribuciones Especiales porel coste previsto de las obras.

Lo que se hace público a efectos de que los interesados y afectados puedan examinar elexpediente y presentar reclamaciones durante el plazo de 30 días a contar desde elsiguiente a la publicación de este anuncio en el B.O.P. y constituir, en su caso, laAsociación de Contribuyentes a que se refiere el art. 36 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales.

Si no se presentan reclamaciones en el plazo indicado este acuerdo se entiende definitivo yejecutivo con todos los efectos.

En Alaejos, a 8 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fd.: Carlos Mangas Nieto.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA

Extracto del Acuerdo adoptado con fecha 29 de mayo de 2020 por el Pleno delAyuntamiento de Arroyo de la Encomienda, por el que se aprueban la convocatoria y lasbases reguladoras de las ayudas del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda para laadquisición de material de protección contra el COVID-19, destinadas a paliar el impactoeconómico negativo derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el virus sobre el pequeñocomercio del municipio.

BDNS(Identif.):510007

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la bases de datos nacional de Subvenciones(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.-Beneficiarios. Las personas físicas o jurídicas que ejerzan una actividadeconómica en Arroyo de la Encomienda relacionados en los siguientes epígrafes del IAE:

SECCIÓN PRIMERA IAE: ACTIVIDADES EMPRESARIALES

AGRUPACIÓN 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabacorealizado en establecimientos permanentes.

AGRUPACIÓN 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticiosrealizado en establecimientos permanentes.

Se excluyen los siguientes epígrafes:

GRUPO 654: Comercio al por menor de vehículos terrestres, aeronaves y embarcacionesy de maquinaria, accesorios y piezas de recambio.

GRUPO 655: Comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes.

AGRUPACIÓN 67: Servicio de alimentación en cafés y bares con y sin comida.

AGRUPACIÓN 68: Servicio de Hospedaje.

AGRUPACIÓN 69: Reparadores.

GRUPO 721.2: Autotaxis.

GRUPO 755: Agencias de viajes.

GRUPO 933: Otras actividades de enseñanza.

GRUPO 943: Consultas y clínicas de estomatología y odontología.

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AGRUPACIÓN 97: Servicios personales.

SECCIÓN SEGUNDA IAE: ACTIVIDADES PROFESIONALES

GRUPO 776: Psicólogos.

GRUPO 833: Estomatólogos.

GRUPO 834: Odontólogos.

GRUPO 836: Fisioterapeutas.

GRUPO 839: Masajistas.

GRUPO 899 o grupo que lo integre: Logopedas.

También se ha de tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 4 de las bases reguladoras.

Segundo.-Objeto

-Establecer la regulación (solicitud, tramitación, concesión, pago y justificación) de lassubvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, para laadquisición de material de protección contra el COVID-19 destinadas a paliar el impactoeconómico negativo derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el virus sobre el pequeñocomercio del municipio. Gastos generados entre el 1 de marzo y el último día en que elinteresado presente la solicitud de ayuda.

-Proteger y apoyar al tejido productivo y social de Arroyo de la Encomienda constituido,mayoritariamente, por pequeñas empresas y comercios, para lograr una mayor liquidez deesas empresas.

Tercero.-Bases reguladoras. Bases reguladoras de las ayudas del Ayuntamiento deArroyo de la Encomienda para la adquisición de material de protección contra el COVID-19, destinadas a paliar el impacto económico negativo derivado de la crisis sanitariaocasionada por el virus sobre el pequeño comercio del municipio.

Se adjuntan.

Cuarto.-Cuantía. El importe máximo destinado a atender estas ayudas asciende a un totalde 100.00,00 €, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 2312-47900 del vigentePresupuesto Municipal.

Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes. 10 días hábiles, contados a partir delsiguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto.-Otros datos de interés.

Concepto subvencionable: El previsto en el artículo 5 de la convocatoria.

Compatibilidad: Sí.

Solicitudes: Por los cauces establecidos en el artículo 10 de la convocatoria.

Documentación: La prevista en el artículo 6 de la convocatoria.

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Criterios de valoración: No hay.

Forma de pago: La prevista en el artículo 13 de la convocatoria.

Forma de justificación: La prevista en el artículo 6 de la convocatoria.

Plazo máximo de justificación: 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha derecepción de la notificación.

En Arroyo de la Encomienda, a diez de junio de dos mil veinte.-El Alcalde.-Fdo.: SarbelioFernández Pablos

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA

Resolución de 14 de mayo de 2020, del Alcalde del Ayuntamiento de Arroyo de laEncomienda, por la que se aprueba la convocatoria y Bases reguladoras para la concesiónde subvenciones para la realización de actividades deportivas.

Extracto de la resolución de 14 de mayo de 2020, del Alcalde del Ayuntamiento de Arroyode la Encomienda, por la que se aprueba la convocatoria y bases reguladoras para laconcesión de subvenciones, a entidades deportivas de Arroyo de la encomienda, año2020, para la realización de actividades deportivas.

BDNS(Identif.):510075

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, general de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la bases de datos nacional de Subvenciones(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.-Beneficiarios.

Clubes deportivos y en general, todas las entidades y asociaciones deportivas quecarezcan de ánimo de lucro, tengan su sede social en Arroyo de la Encomienda y figurendebidamente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas delMunicipio, con al menos seis meses de antigüedad, a la fecha de la publicación de lapresente convocatoria, en el Boletín Oficial de la Provincia.

Segundo.-Objeto.

Realización de actividades deportivas y la participación en competiciones oficialesfederadas que conlleven la promoción y el fomento del deporte base, en el año 2020.

Tercero.-Bases reguladoras. Bases reguladoras para la concesión de subvenciones aentidades deportivas de Arroyo de la Encomienda, año 2020.

Se adjuntan.

Cuarto.-Cuantía: 45.000,00 euros, no obstante, el Ayuntamiento se reserva el derecho deno utilizar la totalidad del citado importe.

La cantidad concedida a cada club no podrá superar en ningún caso el importe de 6.000euros.

Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes. 20 días hábiles, contados a partir delsiguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto.-Otros datos de interés.

Gastos subvencionables: los previstos en el artículo 2 de la convocatoria.

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Compatibilidad: sí.

Solicitudes: Por los cauces habituales.

Documentación: la prevista en el artículo 6 de la convocatoria.

Criterios de valoración: los previstos en el artículo 8 de la convocatoria.

Forma de pago: se permite pago anticipado del 70% del importe de la subvención, previasolicitud.

Forma de justificación: mediante la presentación de la documentación prevista en elartículo 10 de la convocatoria.

Plazo máximo de justificación: es hasta el 3 de diciembre del presente ejerciciopresupuestario. Aquellos Clubes que presenten la justificación más tarde de la citadafecha, se les reducirá el 10% del importe de la subvención por cada día de retraso.

En Arroyo de la Encomienda, a once de junio de dos mil veinte.-El Alcalde.-Fdo.: SarbelioFernández Pablos

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE BOECILLO

AREA DE RECURSOS HUMANOS

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía n.º 2020/177 de fecha 8 de junio de2020 las bases que han de regir la selección de personal temporal subvencionado duranteel ejercicio 2020, se procede a su publicación íntegra para su conocimiento y efectos,según anexos adjundos.

En Boecillo, a 9 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Raúl Gómez Pintado

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BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL SUBVENCIONADO PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL,

COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL 2020.

PRIMERA. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento de selección mediante el sistema de concurso-oposición, para la contratación con carácter temporal de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de empleo, derivado del cumplimiento de las subvenciones concedidas a este Ayuntamiento para para la realización de obras y servicios de interés general y social, así como constituir una bolsa de trabajo para cubrir posibles bajas del personal contratado. Siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias y todo ello con pleno respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad previstos en nuestro ordenamiento jurídico.

SEGUNDA. PUESTOS DE TRABAJO A SELECCIONAR

Los puestos de trabajo a ofertar serán los correspondientes a las subvenciones concedidas a este Ayuntamiento por las distintas administraciones durante el ejercicio 2020 que incluyan como requisito para la contratación la situación previa como desempleados inscritos en el Ecyl y la realización de oferta pública de empleo. La categoría de los puestos a ofertar será de peón de obras públicas, jardinería o limpieza, en función de la obra o servicio a que se destine, y el número de puestos, duración del contrato y jornada se establecerán en función de lo que determinen las distintas convocatorias.

TERCERA. MODALIDAD DE LOS CONTRATOS

Los contratos podrán formalizarse en cualquiera de las modalidades contractuales establecidas por las normas vigentes para contrataciones temporales en función de la finalidad de la contratación subvencionada.

La jornada de trabajo y la duración de los contratos será la establecida en cada una de las subvenciones.

Las ofertas de empleo presentadas especificarán el tipo de contrato, duración y jornada de las contrataciones.

Si antes de completar el periodo de contratación, alguno de los contratos se extinguiera, el Ayuntamiento podrá contratar a otra persona en sustitución de aquella que causó baja, entre los restantes candidatos de la oferta por el orden de prelación establecido por el tribunal de selección siempre que cumplan con los requisitos establecidos para la contratación.

CUARTA. RETRIBUCIONES.

Las retribuciones a percibir por los desempleados contratados responderán a la categoría que se oferte en las mismas condiciones que se establezcan para el personal propio de la entidad local contratante.

QUINTA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

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A.-REQUISITOS GENERALES.

Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales en la fecha de presentación establecida en la oferta de empleo y gozar de los mismos durante el proceso selectivo hasta el momento de la formalización del contrato con el Ayuntamiento:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un país de la Unión Europea o de otro Estado en los términos previstos en el RD legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Asimismo, los extranjeros residentes legalmente en España podrán acceder a los puestos convocados y reservados para personal laboral, debiendo acreditar en la fase de comprobación de requisitos, una vez superado el proceso selectivo, que reúnen las condiciones legales para su contratación.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa (Los aspirantes mayores de dieciséis años y menores de dieciocho deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 7 del Real decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores).

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a los puestos de trabajo que se convocan. Por tanto, no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida o resulte incompatible con el desempeño de las funciones propias de los puestos de trabajo que se convocan. Quienes tengan la condición de minusválido, deberán acreditar la aptitud necesaria para el normal ejercicio de las funciones asignadas a los puestos de trabajo a los que serán destinados los ocupantes de las plazas objeto de la presente convocatoria.

e) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario órganos

constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

f) No hallarse incurso en causa legal de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente. Este requisito se entiende que ha de, ir referido a la fecha de formalización del contrato.

g) Poseer un nivel de formación básico equivalente a certificado de escolaridad o certificado de haber cursado un programa de garantía social o similar.

B.- REQUISITOS ESPECÍFICOS.

Además de los requisitos generales señalados en el apartado anterior, los aspirantes habrán de cumplir los requisitos establecidos en las bases de las subvenciones en relación con la situación de desempleo y la pertenencia a determinados colectivos

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C.- EXCLUSIONES.

No podrán participar en el proceso selectivo aquellas personas que sean miembros de alguna corporación local, en los casos en que se incurra en alguno de los supuestos de incompatibilidad previstos por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, así como cualquier supuesto de incompatibilidad, sean miembros o personal de esta Administración local o que concurra dicha incompatibilidad en cualesquiera aspirantes al procedimiento de selección.

SEXTA. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

De acuerdo con lo establecido en las convocatorias de subvención, los trabajadores se preseleccionarán mediante la presentación por el Ayuntamiento de Boecillo de Oferta de empleo en la Oficina del Servicio Público de Empleo de Pº Zorrilla (Valladolid), que será la encargada de realizar la preselección. Se solicitará el envío de 5 candidatos por puesto ofertado y, si esto no fuese posible, al menos, el número mínimo de candidatos por puesto ofertado que indique cada convocatoria.

Previo a la presentación de las ofertas de empleo, se publicará un bando en el tablón y página web del Ayuntamiento anunciando la presentación de la oferta y detallando las características de los puestos a contratar, requisitos de los candidatos y el contenido de la prueba de selección a realizar en función de cada puesto.

El Ayuntamiento, con el personal remitido mediante carta de presentación, realizará la correspondiente prueba de selección, para determinar el personal a contratar. Los candidatos preseleccionados deberán presentar en el registro general del Ayuntamiento la siguiente documentación:

• Carta remitida por el Ecyl comunicando la selección del candidato

• Certificado de periodos inscritos como demandantes de empleo expedido por el Ecyl

• Documento acreditativo de la personalidad del solicitante

• Declaración responsable del/la solicitante de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo y de no haber sido separado mediante expediente o despido disciplinarios del servicio de cualquiera de las Administraciones (incluida en la solicitud)

• Informe de Vida Laboral actualizado a fecha de presentación de la solicitud, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

• Fotocopia de la documentación acreditativa de los méritos alegados. (Sin la presentación de los documentos acreditativos no se valorarán los méritos alegados).

FASE OPOSICIÓN: (Máximo 6 puntos)

Finalizada la presentación de los documentos, se convocará a los candidatos preseleccionados para la realización de una prueba escrita consistente en contestar, en una hora, un cuestionario tipo test de 20 preguntas relacionadas con los contenidos que se detallan en el anexo I. La puntuación de este ejercicio se realizará en la siguiente forma: 0,3 puntos por respuesta acertada; - 0,1 puntos por respuesta errónea y 0,00 puntos, por respuesta en blanco.

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Su contenido será dispuesto por el Tribunal y estará relacionado con el puesto de trabajo a desempeñar.

FASE CONCURSO:

El tribunal de selección se reunirá para realizar la valoración de estos de acuerdo con el siguiente baremo :

1.- EXPERIENCIA PROFESIONAL. (Máximo 2 puntos).

1.1. Experiencia en puestos de trabajo de peones de jardinería, albañilería, limpieza viaria o mantenimiento en cualquier Administración u Organismo Público, a razón de 0,10 puntos por mes completo trabajado.

1.2. Experiencia en puestos de trabajo de peones de jardinería, albañilería, limpieza viaria o mantenimiento en empresas o entidades privadas, a razón de 0,05, por mes trabajado. La experiencia profesional se justificará con el informe de vida laboral actualizado acompañado del certificado expedido por la administración o empresa donde haya prestado los servicios en el que conste la categoría y funciones realizadas o de los contratos de trabajo. Sólo se valorará la experiencia que quede acreditada con la documentación presentada.

2. - FORMACIÓN

CURSOS DE FORMACIÓN. (Máximo 2 puntos)

Cursos de formación en albañilería, fontanería, jardinería, carpintería, electricidad, prevención de riesgos laborales, y otros cursos que a juicio del tribunal se encuentren relacionados con el puesto de trabajo, debidamente certificados por centros oficiales o administraciones públicas, con duración no inferior cada uno de ellos a 20 horas, se valorarán con 0,5 puntos por cada 10 horas.

Una vez terminadas las pruebas el Tribunal calificador procederá a efectuar la propuesta de contratación laboral de los aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación para cada oferta presentada.

En caso de existir un empate entre los aspirantes se seleccionará al aspirante que lleve más tiempo desempleado y, en caso de persistir el empate, se seleccionará al que haya obtenido mayor puntuación en la fase oposición.

Acto seguido, publicará en el tablón de Edictos del Ayuntamiento de Boecillo y en la página web municipal, las calificaciones obtenidas, con propuesta concreta de los aspirantes seleccionados en cada oferta para su contratación laboral temporal, por el orden de prelación establecido.

El Tribunal elevará dicha relación a la Alcaldía, remitiéndole al mismo tiempo las actas levantadas. La relación comprenderá el total de aspirantes presentados por cada oferta de trabajo a los efectos de nombrar al siguiente en la lista en el caso de que el aspirante propuesto renuncie, no presente los documentos en tiempo y forma, o no cumpla todos los requisitos exigidos en la convocatoria.

Ante las renuncias, no superación del período de prueba o incumplimientos de contrato, se procederá a cubrir el puesto de trabajo por el período restante, según el

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orden de puntuación que haya resultado en el proceso de selección, conforme al acta de selección y el listado de reserva publicado en el tablón de anuncios.

Cuando el contrato de trabajo se suspenda debido a situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo, y demás situaciones que de derecho a reserva de puesto de trabajo, el Ayuntamiento podrá formalizar un contrato de interinidad con otro trabajador que cumpla los requisitos previstos en estas bases, conforme a la bolsa de trabajo creada para cubrir dichas bajas del personal contratado, sin que suponga, en ningún caso, incremento en el importe de la subvención.

SÉPTIMA. TRIBUNAL DE SELECCIÓN

El tribunal de selección estará formado por un número impar de miembros, en número no inferior a cinco: Presidente/a, Secretario/a y al menos tres vocales.

Atendiendo al principio de especialidad, los vocales se nombrarán entre personal laboral fijo de la administración local y autonómica, sin perjuicio de la posibilidad de que puedan formar parte de este personal funcionario de carrera perteneciente a cualquiera de las administraciones públicas.

El Tribunal quedará facultado para resolver todas las dudas que se presenten en la aplicación de estas bases, para resolver cualquier incidencia no prevista en las mismas o en la legislación aplicable, y para tomar los acuerdos necesarios para el cumplimiento de lo previsto en las mismas.

OCTAVA. PUBLICIDAD DE LAS BASES

Las presentes Bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos y en la página Web del Ayuntamiento de Boecillo. Tras la publicación de las presentes bases, los sucesivos anuncios de la selección se harán públicos en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Boecillo y en la página Web municipal. (www.boecillo.es ).

NOVENA

Las presentes bases, que agotan la vía administrativa podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra ellas se podrá interponer por los interesados y ante la Alcaldía, recurso de reposición potestativo ante la Sra. Alcaldesa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

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ANEXO I – CONTENIDO

Nociones fundamentales de aritmética. Principales operaciones de cálculo

Albañilería: tareas desarrolladas por el peón. Útiles y herramientas manuales. Aglomeraciones. Áridos, ladrillos: definición y tipos. Aglomerados

Jardinería: tareas desarrolladas por el peón. Útiles y herramientas manuales. Partes básicas de las plantas. Procesos básicos de las plantas. Conocimientos básicos de tipos de injertos, acodos y esquejes.

Limpieza: tareas desarrolladas por el peón. Útiles, productos y herramientas manuales para la limpieza.

Pintura: tareas desarrolladas por el peón. Útiles y herramientas manuales

Carpintería: tareas desarrolladas por el peón. Útiles y herramientas manuales

Fontanería: tareas desarrolladas por el peón. Útiles y herramientas manuales Carga, descarga y transporte de materiales.

Empaquetado y almacenamiento de objetos. Manipulación manual de cargas.

Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo: Disposiciones mínimas de carácter general relativas a la señalización de seguridad y salud en el lugar de trabajo. Colores de seguridad y tipos de señal.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CAMPASPERO

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de junio de 2020,acordó la aprobación inicial del expediente de modificación al presupuesto de gastos2/2020 por suplemento de crédito.

Aprobado inicialmente el expediente de suplemento de crédito, en cumplimiento de lodispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde eldía siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia,en horario de oficina al público ( lunes a viernes de 9 a 14 horas) .

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consideraráaprobado definitivamente dicho Acuerdo, produciendo efectos desde la fecha de laaprobación provisional una vez que se haya publicado íntegramente.

En Campaspero, a 8 de junio de 2020.-El Alcalde..Fdo.: Julio Cesar Garcia Hernando

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CAMPASPERO

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 4 de junio de 2020 por el que se apruebainicialmente el expediente de modificación de créditos n. º 3/2020 del Presupuesto en vigor,en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de distintas áreas de gasto.

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de junio de 2020,acordó la aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos entre aplicacionesde gastos de distinta área de gasto.

Aprobado inicialmente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones degastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal,por Acuerdo del Pleno de fecha 4 de junio de 2020, en cumplimiento de lo dispuesto en elartículo 169.1 por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sesomete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente alde publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia en horario deoficina al público ( lunes a viernes de 9 a 14 horas) .

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento .

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consideraráaprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Campaspero, a 8 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Julio Cesar Garcia Hernando.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CAMPORREDONDO

Aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 9 de Junio de2020, el Proyecto Básico y de Ejecución de la obra de "Reforma de cubierta yacondicioamiento de fachada en Casa Consistorial de Camporredondo", redactado por elSr. Arquitecto D. Jose Antonio Villaverde Zamora, incluido en el Plan Bienal deCooperación 2020-2021 de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid y con unpresupuesto total de 33.410,81 euros, se expone al público por el plazo de veinte díashábiles, a efectos de su examen y posibles reclamaciones.

Si transcurrido dicho plazo no se hubieran presentado alegaciones al mismo, seconsiderará definitivamente aprobado.

Camporredondo a 9 de Junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Javier Izquierdo García.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MOTA DEL MARQUÉS

Por el pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 8 de junio de 2020 se haaprobado el Proyecto Técnico de Renovación de la Red de Abastecimiento en Mota delMarqués, incluido en el Plan Bienal de Cooperación 2020-2021, redactado por laArquitecta Dª. Clara Isabel Justo Alonso, con un presupuesto total de 66.400,00 euros.

El citado proyecto se expone al público por espacio de 20 días hábiles a contar desde elsiguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,encontrándose el mismo en la Secretaría del Ayuntamiento al objeto de que pueda serexaminado y formularse, en su caso, las alegaciones que se estimen oportunas.

Transcurrido dicho periodo sin que se produzcan reclamaciones, se entenderá que elproyecto estará aprobado definitivamente.

En Mota del Marqués, a 9 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Gerardo Hernández Álvarez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE OLMOS DE ESGUEVA

Por Resolución de Alcaldía n.º 2020-0002 de fecha 8 de junio de 2020 se aprobó laResolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:

“Visto que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidadde sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia,enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, asícomo desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldíahasta que tome posesión el nuevo Alcalde.

Visto que durante 30 días naturales por enfermedad, el Sr. Alcalde se encontrará ausentedel Municipio.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EntidadesLocales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO

PRIMERO. Delegar en Dña. Noelia Mato del Olmo, Teniente de Alcalde del Ayuntamientode Olmos de Esgueva,la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos delartículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,durante el periodo de 30 días naturales por enfermedad del Alcalde.

SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así comola de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actosadministrativos que afecten a terceros.

TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todocaso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposicionesdictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones detrascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización,Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto2568/1986, de 28 de noviembre.

CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia laaceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no seformula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en eltérmino de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificadaesta resolución.

QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia,dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que estacelebre.

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SEXTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente lasprevisiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ydel Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EntidadesLocales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a lasreglas que para la delegación se establecen en dichas normas.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo queestablece el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases delRégimen Local, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, Recurso de Reposición ante laAlcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente ala recepción de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en el término de dosmeses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante,podrá interponer cualquier otro, si lo considera conveniente.”

Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

En Olmos de Esgueva, a 8 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Cándido Camblor García

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PORTILLO

Secretaría

Aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento de Portillo (Valladolid), en sesión ordinariacelebrada el día 3 de Junio de 2020 el Proyecto Técnico para la siguiente obra incluida enel Plan Bienal de Cooperación para los ejercicios 2020/2021 de la Excma. DiputaciónProvincial de Valladolid:

Proyecto básico y de ejecución de las Obras de Rehabilitación de cubiertas de antiguasEscuelas de Parque de la Constitución de Portillo.

Autor: Arquitecto D. Francisco Javier González Barriuso.

Presupuesto total de inversión: 41.000,00 € (IVA incluido), de los que 39.666,67 €corresponden a presupuesto de ejecución por contrata y 1.333,33 € a honorarios dedirección de obra y C.S.S.

Este proyecto permanecerá expuesto al público en la Secretaría Municipal, por plazo deveinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio enel B.O.P., entendiéndose definitivamente aprobado si en el plazo señalado no se presentanalegaciones.

En Portillo, a 6 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Juan Antonio Esteban Salamanca

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN CEBRIÁN DE MAZOTE

Por el pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 5 de junio de 2020 se haaprobado el Proyecto Técnico de Renovación de Redes en la Calle La Parra y CalleCavestany en San Cebrián de Mazote, incluido en el Plan Bienal de Cooperación 2020-2021, redactado por el Arquitecto Dª. Jesús Ignacio Leal Caramazana, con un presupuestototal de 42.900,00 euros.

El citado proyecto se expone al público por espacio de 20 días hábiles a contar desde elsiguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,encontrándose el mismo en la Secretaría del Ayuntamiento al objeto de que pueda serexaminado y formularse, en su caso, las alegaciones que se estimen oportunas.

Transcurrido dicho periodo sin que se produzcan reclamaciones, se entenderá que elproyecto estará aprobado definitivamente.

En San Cebrián de Mazote a 9 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Emilio Gómez Monje

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SERRADA

Por Resolución de Alcaldía nº 2020-0066, de fecha 9 de mayo de 2020, han sidoaprobadas con carácter urgente las Bases y la convocatoria del proceso de selección depersonal laboral para la cobertura, por sistema de concurso-oposición, turno libre, asícomo la constitución de una bolsa de trabajo de una plaza de ENCARGADO DESERVICIOS VARIOS, y se abre el plazo de presentación de solicitudes .

Lo que se hace público a través de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia de Valladolid. El plazo de presentación de solicitudes será de cinco días hábilescontados a partir del siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia”.

Se adjunta al presente anuncio el texto íntegro de las Bases reguladoras de laconvocatoria según anexos.

Contra la Resolución de convocatoria y aprobación de las Bases, que pone fin a la víaadministrativa, se puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo,en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a la publicación del presenteanuncio, ante el órgano que ha adoptado este acto, de conformidad con los artículos 123 y124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas, o RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante elJuzgado de lo Contencioso- Administrativo de Valladolid, en el plazo de DOS MESES acontar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con elartículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no sepodrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resueltoexpresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuiciode que pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

En Serrada, a 9 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: César López Pérez.

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ANEXO I

SOLICITUD ADMISIÓN PROCESO SELECTIVO DE UNA PLAZA DE ENCARGADO DE SERVICIOS VARIOS CONTRATO DE RELEVO DEL AYUNTAMIENTO DE SERRADA

MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN

DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE

EXPONE Que vista la convocatoria anunciada para la provisión de una plaza de ENCARGADO

DE SERVICIOS VARIOS por el sistema de concurso-oposición por contrato de relevo del Ayuntamiento de Serrada conforme a las bases reguladoras del proceso, el abajo firmante SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a las que se refiere la presente solicitud, y

DECLARA PRIMERO.- Que conoce las bases de la convocatoria y que son ciertos los datos

consignados en la presente instancia y que reúne todas las condiciones exigidas en la convocatoria anteriormente citada a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.

SEGUNDO.- Que formula declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad, y de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial; o en el caso de ser nacional de otro Estado, de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

PROTECCIÓN LEGAL De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección

de datos de carácter personal, el Ayuntamiento de Serrada le informa que los datos aportados en este formulario serán incorporados a un fichero para su tratamiento automatizado. Le comunicamos que podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, previstos por la ley, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Serrada, Plaza Mayor 1, 47231 Serrada (Valladolid).

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Relación de documentos que acompaña (Documentación exigida en la base cuarta)

En Serrada a ________ de ______________________ de 2020

(Firma)

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El solicitante

SR. PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SERRADA

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ANEXO II MODELO DE AUTOBAREMACIÓN

1. DATOS PERSONALES

Apellidos y Nombre

DNI, NIF, NIE

Domicilio

CP y Localidad

Provincia

Teléfono

Correo electrónico

2. MÉRITOS A VALORAR

A) FORMACIÓN (máximo de 2 ptos)

Nombre del Curso Número de Horas Puntos totales

B) EXPERIENCIA (máximo 8 ptos)

Meses Puntos totales

En la Admón. Pública en puestos iguales o equivalente 0,40/mes

En empresas privadas en puestos iguales o similares 0,30/mes

Trabajos realizados en mantenimiento de depuradoras o bombas de agua 0,25/mes

Trabajos realizados en instalaciones eléctricas y líneas de media tensión 0,25/mes

Trabajos de soldadura 0,25/mes

Dirección de equipos 0,25/mes

PUNTUACIÓN TOTAL (Suma de los apartados A+B)

DECLARACIÓN, LUGAR, FECHA Y FIRMA La persona abajo firmante DECLARA bajo su expresa responsabilidad, que son ciertos los datos consignados en este impreso de auto baremación, que los méritos alegados se encuentran acreditados con la documentación adjunta, conforme a lo requerido en las Bases de la Convocatoria, y que su puntuación de auto baremo es la que figura en la casilla "PUNTUACIÓN TOTAL" de este impreso

En Serrada a _____ de _________________ de 2020

(Firma)

________________________

El solicitante

PROTECCIÓN LEGAL En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, del 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), este Ayuntamiento le informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este documento van a ser incorporados, para su tratamiento, a un fichero automatizado. Asimismo se informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tiene como finalidad la gestión en materia de recursos humanos. De acuerdo con lo previsto en la citada ley orgánica, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo escrito a la SR.. Alcalde del Ayuntamiento de Serrada

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BASES DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA PLAZA DE ENCARGADO DE SERVICIOS VARIOS CONTRATO RELEVO

Primera .- Objeto, características y modalidad del contrato:

Mediante las presentes Bases se regula el proceso de selección para contratar a un ENCARGADO DE SERVICIOS VARIOS del Ayuntamiento de Serrada, mediante concurso-oposición, turno libre, en régimen de personal laboral a tiempo completo, asimilado C1 a jornada completa y contratación indefinida.

La plaza de contrato de relevo se convoca por razón de jubilación parcial y la consiguiente reducción de la jornada laboral de un trabajador municipal, y quien resulte seleccionado suscribirá un contrato laboral de relevo.

El puesto de trabajo está adscrito a los servicios generales del Ayuntamiento, bajo la superior dependencia de la Alcaldía, por sí misma o por delegación en otras áreas, y las funciones que tiene encomendadas son las propias del puesto de ENCARGADO DE SERVICIOS VARIOS recogidas en la vigente Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Serrada, y entre otras a título meramente enunciativo las siguientes:

Funciones generales del puesto:

- Coordinación en general del mantenimiento de todos los servicios municipales, edificios, instalaciones, etc. bajo la directa supervisión del Alcalde o Concejal en quien delegue.

- Funciones administrativas de alguacilería (notificaciones, avisos, pregones, etc.)

Funciones específicas del puesto:

- Ejecución de obras por administración bajo la dirección del arquitecto municipal.

- Mantenimiento de zonas verdes.

- Control, cloración y mantenimiento de redes de agua de abastecimiento y de alcantarillado.

- Montaje y desmontaje de instalaciones para los diferentes eventos organizados por el Ayuntamiento.

- Mantenimiento de Piscinas Municipales y demás instalaciones municipales.

- Colaboración con el Arquitecto u otro personal o autoridad municipal en expedientes relacionados con obras y personal contratado.

- Vigilancia y control de los edificios municipales, del mobiliario urbano y de las instalaciones municipales en general.

- Dirección, programación y control de las actividades del personal a su cargo.

- Cualesquiera otras que, en relación con las anteriores y encuadradas en las funciones generales, le sean encomendadas por su superior jerárquico.

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Este puesto, debido a sus características especiales, deberá tener disponibilidad fuera del horario de trabajo para aquellos asuntos urgentes que no puedan demorarse (averías en las instalaciones, avisos, alarmas de edificios, etc.)

La jornada de trabajo será de 40 horas semanales, de lunes a viernes, salvo necesidades del servicio. El horario de trabajo será establecido por el Ayuntamiento para cada época del año, ajustándose a las necesidades del servicio, es decir, sin perjuicio de la distribución horaria establecida, incluyendo tardes, domingos y días festivos.

Segunda.- Publicidad.

La convocatoria del proceso selectivo, así como sus bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Así mismo quedará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica: https://serrada.sedelectronica.es

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También serán admitidas aquellas personas a que hace referencia el artículo 57, relativo al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes.

c) Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del título de graduado en ESO, graduado escolar o equivalente.

f) Estar en posesión del permiso de circulación B.

g) Encontrarse en situación de desempleo e inscrito como demandante de empleo no ocupado en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, o tener concertado con el Ayuntamiento de Serrada un contrato de duración determinada (requisito específico del contrato relevo).

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h) Haber abonado la tasa de los derechos de examen.

Los requisitos anteriormente enumerados deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la contratación.

Cuarta.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.

Las instancias solicitando tomar parte en este proceso selectivo se cumplimentarán conforme al modelo previsto en el Anexo I de estas Bases, a la que se acompañarán los siguientes documentos:

a) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad, y de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial; o en el caso de ser nacional de otro Estado, de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Y de no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de la correspondiente función. (En el propio Anexo de solicitud)

b) Copia del Documento Nacional de Identidad, NIE para ciudadanos de la UE o TIE

c) Título de graduado en ESO, graduado escolar o equivalente

d) Documentación acreditativa de encontrarse en desempleo e inscrito como demandante de empleo no ocupado en el Servicios Público de empleo de Castilla y León o tener concertado con el AYUNTAMIENTO DE SERRADA un contrato de duración determinada.

e) Copia del permiso de conducir B

f) Justificante del pago de derechos de examen que asciende a 20 € y que deberá abonarse en la cuenta de titularidad municipal nº: ES96 2103 4346 3500 3204 9414

g) Anexo II de auto baremación y copia de la documentación acreditativa de los méritos alegados y que serán objeto de valoración en la fase de concurso.

La solicitud junto con la documentación indicada se dirigirá al Sr. Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Serrada se presentará preferentemente por Sede Electrónica o en el Registro General del Ayuntamiento de Serrada en horario de oficina (lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas).

Sin perjuicio de lo anterior, las personas interesadas podrán presentar su solicitud en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto, para que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

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Cualquier forma de presentación que no sea directa en el Registro de Entrada Municipal requerirá el envío simultáneo, con la misma fecha de presentación, mediante correo electrónico dirigido al Excmo. Ayuntamiento de Serrada a la dirección electrónica [email protected].

El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la provincia.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su solicitud, pudiendo únicamente solicitar su modificación en el plazo señalado en el párrafo anterior. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá petición de esta naturaleza.

El/la participante en el proceso selectivo que falseara o no pudiera acreditar la información proporcionada, será excluido/a del mismo.

Se autorizará a que la Administración compruebe la veracidad de los datos aportados junto a la solicitud.

Quinta.- Admisión de aspirantes.

Para ser admitido será necesario que los aspirantes manifiesten que reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria y presenten la documentación requerida conforme establecen las Bases tercera y cuarta.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas que motivan la exclusión, concediéndose un plazo de cinco días hábiles para la subsanación de errores. La lista de admitidos y excluidos se publicará en el tablón de anuncios y sede electrónica del Ayuntamiento de Serrada.

Finalizado el plazo de subsanación de errores, el Presidente dictará nueva resolución aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. En esta resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Serrada, y sede electrónica, se determinará el lugar, la fecha y hora del comienzo de los ejercicios, así como la composición del Tribunal calificador.

Sexta.- Tribunal calificador.

Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

El tribunal estará constituido por los siguientes miembros: un presidente, un secretario y tres vocales, todos ellos con nivel y titulación académica igual o superior al exigido para el ingreso.

La designación de los miembros del Tribunal calificador y sus suplentes se hará por resolución de la Presidencia en el mismo acto de aprobación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.

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El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, precisándose en todo caso la asistencia del Presidente y Secretario.

Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes y en caso de empate resolverá el voto de calidad del Presidente.

Las actuaciones del Tribunal calificador se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

Los miembros del Tribunal en quienes concurra alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al señor Presidente. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de dichas causas, tal y como prevé el artículo 24 de la citada Ley.

Séptima.- Procedimiento de selección.

La selección de los aspirantes se realizará mediante el sistema de concurso-oposición. La elección del citado proceso se fundamenta en la especialidad de la plaza, en la naturaleza de las funciones a desempeñar y porque permite valorar la experiencia profesional previa, ajustándose por tanto a lo establecido en el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre

La fase de oposición será previa a la de concurso. Consistirá en la realización de dos pruebas de aptitud de carácter obligatorio y eliminatorio, para todos los aspirantes.

Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

Finalizada la fase de oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

Fase de oposición (máximo 30 puntos):

La oposición constará de los siguientes ejercicios todos ellos eliminatorios:

PRIMER EJERCICIO:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de veinte preguntas con respuestas múltiples, basado en el programa.

En la realización de este ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:

a) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que solo una de ellas será correcta.

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b) La puntuación de este ejercicio se realizará de la siguiente forma: 1 punto por respuesta acertada y - 0,50 por respuesta errónea. Las respuestas no contestadas no se puntuarán

El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuarenta y cinco minutos.

SEGUNDO EJERCICIO:

Consistirá en el desarrollo de una o varias prácticas cuyo contenido, extensión y tiempo de ejecución determine el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

Se valorará el grado de perfección y destreza en su realización y el conocimiento de las funciones a desempeñar en la competencia funcional a la que se aspira.

La puntuación total de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la oposición, que serán calificados, el primero de ellos con un máximo de 20 puntos, y el segundo con un máximo de 10 puntos siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de los ejercicios.

La puntuación se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del tribunal.

Fase de concurso (máximo 10 puntos):

Será posterior a la fase de oposición. Sólo se valorarán los méritos alegados y acreditados por los aspirantes que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición. Consistirá en la evaluación de los méritos alegados y acreditados por cada uno de los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

En esta fase, se valorarán los méritos conforme al siguiente baremo:

a) FORMACIÓN

Por formación recibida en cursos, seminarios, congresos y jornadas siempre que a juicio del Tribunal, se encuentren directamente relacionados con las tareas a desarrollar en la plaza solicitada y que hayan sido impartidos centros privados oficiales de formación, por administraciones públicas o entidades y organismos mediante convenios de colaboración con aquellas, y con especificación de las horas que se valorarán, hasta un máximo de 2 puntos en la forma siguiente:

- Cursos de 15 a 30 horas: 0,20

- Cursos de 31 a 60 horas: 0,50

- Cursos de 61 a 100 horas:0,70

- Por poseer el permiso para conducir vehículos clase C con validez en España (0,5 puntos).

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No se tendrán en cuenta aquellos documentos que justifiquen la superación de cursos, pero no contengan el número de horas lectivas recibidas.

b) EXPERIENCIA

La experiencia se valorará por cada mes de servicios prestados y hasta un máximo de 8 puntos.

Se acreditará mediante contratos donde conste la categoría y calificación profesional y vida laboral actualizada, y certificado de servicios prestados en el caso de empresas privadas, o en su caso certificados emitidos por la entidad pública correspondiente donde el trabajador haya prestado sus servicios en el caso de los méritos descritos en administraciones públicas.

Para los servicios prestados en esta administración no será necesario su acreditación.

- En la Administración Pública en puestos de igual o equivalente categoría y cualificación a la que se aspira 0,40 ptos/mes

- En empresas privadas en puestos de igual o similar categoría 0,30 ptos /mes

- Por trabajos realizados en mantenimiento de depuradoras o bombas de agua 0,25 ptos /mes

- Por trabajos realizados en instalaciones eléctricas y líneas de media tensión 0,25 ptos /mes

- Por trabajos en soldadura 0.25 ptos/mes

- Por dirección de equipos de trabajo 0,25 ptos/mes

Únicamente se valorarán los trabajos desempeñados por una duración igual o superior a un mes. Se reducirán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.

Los referidos méritos se acreditarán preferentemente mediante copias de los documentos, debiendo presentar la persona que resulte seleccionada los originales o copias compulsadas como requisito para proceder al nombramiento.

A los efectos de valoración de méritos, se indica expresamente que no serán valorados los méritos no invocados, ni tampoco aquellos que, aun siendo invocados, no sean debidamente acreditados por los aspirantes dentro del plazo de presentación de instancias, sin necesidad de requerimiento de subsanación posterior al efecto por parte de la Administración, siendo de la exclusiva responsabilidad del aspirante la falta o defecto en la acreditación de los méritos por él alegados que impida al Tribunal su valoración en términos de igualdad con respecto al resto de aspirantes.

Con el fin de agilizar el procedimiento selectivo y garantizar el cumplimiento de los plazos para la celebración de los ejercicios que componen la fase de oposición, se ha establecido un sistema de auto baremación:

Dicho sistema se ajustará a las siguientes normas:

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Cada aspirante cumplimentará el Modelo de auto baremación que figura en el Anexo II.El Tribunal calificador procederá a la verificación de la auto baremación presentada por los aspirantes. En dicho proceso de verificación , El Tribunal calificador podrá minorar la puntuación consignada por los aspirantes en el caso de méritos no valorables conforme al baremo de méritos por no tener relación directa con la plaza objeto de la convocatoria y otras circunstancias debidamente motivadas, así como en el caso de apreciar errores aritméticos. El Tribunal no podrá valorar méritos no alegados, ni otorgar una puntuación mayor a la consignada en cada apartado de baremo por los aspirantes, salvo que hayan incurrido en errores aritméticos, materiales o de hecho.

La documentación deberá ir grapada o encuadernada, ordenada, numerada y relacionada según el orden en que se citen los méritos en el modelo de auto baremación establecido en el Anexo II.

A los aspirantes que superen la fase de oposición se les sumará la puntuación obtenida en la fase de concurso.

Octava.- Desarrollo de las pruebas selectivas.

Los aspirantes serán convocados, provistos de su Documento Nacional de Identidad para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, y salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo, quedando excluido, en consecuencia, del procedimiento selectivo.

El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán estar provistos del correspondiente Documento Nacional de Identidad. Si durante el proceso selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará al Presidente, que dará cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes a los efectos procedentes.

El llamamiento para los ejercicios de la fase de oposición, en el que se indicará el lugar, fecha y hora de celebración, se anunciará simultáneamente con la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos y la composición del Tribunal en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Serrada.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nombramiento.

La puntuación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas por cada aspirante en la fase de concurso y en la fase de oposición.

En caso de empate en la puntuación final, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 de Real Decreto 364/1995.

Y en caso de persistir se estará para resolverlo a los siguientes criterios: en primer lugar se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición, en segundo lugar, la mayor puntuación en el segundo ejercicio.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Serrada la relación de aprobados, por orden de

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puntuación y elevará dicha relación a la Presidencia conforme a los siguientes términos:

1º) Propuesta para la contratación, que será efectuada a favor del aspirante con mayor puntuación final.

2º) Lista de reserva a efectos de cobertura de renuncias, de tal modo que, además del aspirante propuesto, el Tribunal establecerá entre el resto de aspirantes que hayan superado la fase de oposición, por orden de puntuación, una lista de reserva para contratar a los siguientes en caso de renuncia de los aspirantes que les preceden en dicha lista, con el fin de asegurar la cobertura de la plaza. Dicha lista servirá también a modo de bolsa de empleo para la cobertura de posteriores vacantes que pudieran producirse.

El aspirante propuesto aportará ante el Ayuntamiento, dentro del plazo de diez días naturales desde que se haga pública la lista de aprobados, los documentos acreditativos de reunir las condiciones y requisitos exigidos para tomar parte en el concurso – oposición conforme a las bases.

El aspirante deberá ser apto para el desempeño de sus funciones en un reconocimiento médico anterior a la contratación.

Décima. Funcionamiento de la bolsa de trabajo.

Todas las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente debidas a bajas por enfermedad, maternidad, sustituciones por vacaciones ordenadas según la puntuación obtenida.

El/la integrante de la bolsa que obtenga un contrato de trabajo con el Ayuntamiento de Serrada causará baja en la bolsa, y una vez que finalice su contrato de trabajo con el Ayuntamiento volverá a causar alta en la bolsa de empleo en el puesto de la misma que le corresponda en relación con los puntos obtenidos.

La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del/a aspirante al último lugar de la bolsa de empleo, salvo que concurra una de las siguientes circunstancias:

Parte de baja por maternidad o situaciones asimiladas.

Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.

Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo

Undécima: Protección de datos.

Los datos de carácter personal facilitados durante el proceso serán incluidos en un fichero cuyo responsable es el Ayuntamiento de Serrada con el fin exclusivo de realizar la selección de los/as aspirantes al puesto convocado, no pudiendo ser cedidos a terceros para ninguna otra finalidad. El derecho de acceso, rectificación,

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cancelación y oposición al tratamiento de los datos personales podrá ejercitarse en cualquier momento ante el propio Ayuntamiento de Serrada.

Duodécima.- Formalización del contrato.

El Sr. Presidente aprobará la propuesta de contratación efectuada por el Tribunal y, una vez notificada la resolución al interesado, éste deberá comparecer en el plazo que se le indique para formalizar el correspondiente contrato.

Decimotercera.- Impugnación de la convocatoria.

La convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, así como de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y forma establecidos en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Decimocuarta.- Legislación aplicable.

Para lo no previsto en estas Bases se estará a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado.

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ANEXO III

PROGRAMA

Tema 1- La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Principios Generales. Los derechos y deberes fundamentales de los españoles. Tema 2- El Municipio. Órganos de Gobierno Municipales .El Alcalde. Los concejales. El Ayuntamiento Pleno Tema 3- Herramientas básicas, equipos y maquinaria de construcción. Tema 4- Mantenimiento y conservación de los edificios e instalaciones municipales en materia de electricidad. Cuadros, circuitos e iluminación, tanto en alumbrado público como en instalaciones de edificios municipales. Tema 5- Mantenimiento y conservación de las vías públicas: Averías más frecuentes y su reparación. Manejo de herramientas y maquinaria. Tema 6- Mantenimiento y conservación de zonas verdes, jardines municipales y parques. Manejo de herramientas y maquinaria. Planificación, poda e instalaciones de riego. Tema 7-Abastecimiento de agua potable. Control de dosificación de cloro y demás elementos químicos. Mantenimiento de bocas de incendios y arquetas. Lecturas de contadores. Agua, saneamiento y calefacción. Red de saneamiento. Instalaciones en edificios y otras dependencias municipales de agua fría y caliente, saneamiento y calefacción. Tema 8- Instalaciones deportivas. Piscinas. Mantenimiento y conservación. Tema 9- Seguridad y salud, Señalización de seguridad, equipos de protección individual, etc. La prevención de riesgos aborales en el puesto, nociones básicas. Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (capítulos 1 y 3) Tema 10- Notificaciones y citaciones administrativas.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE TRASPINEDO

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 2 de junio de 2020, acordóla aprobación inicial del Expediente de Modificación de Créditos MP1/2020P delPresupuesto General en vigor, en la modalidad de transferencia de créditos.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quincedías, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este BoletínOficial de la Provincia.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consideraráaprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Traspinedo, a 9 de junio de 2020.-Alcalde.-Fdo.: Francisco Javier Fernández Fernández

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ZARATÁN

Alcaldía

MODIFICACION ORDENANZA SUBVENCIONES A ENTIDADES CULTURALES

El Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el pasado día 26 de Mayodel 2020, acordó aprobar provisionalmente, en el Punto Quinto de dicha Sesión lamodificación de la ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones a AsociacionesVecinales para la realización de actividades culturales en el municipio de Zaratán.

Durante el plazo de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación deeste anuncio en el B.O.P. los interesados podrán examinar los expedientes y durante elmismo plazo se les da audiencia a efectos de que puedan presentar las reclamaciones yhacer las alegaciones y sugerencias que estimen oportunas.

En el supuesto de que durante el periodo de exposición pública no se presentenreclamaciones los acuerdos provisionales se elevarán automáticamente a definitivos.

En Zaratán, a 3 de junio de 2020.- La Alcaldesa.- Fdo.: Alejandra Fernández Madrazo

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ZARATÁN

Alcaldía

MODIFICACION ORDENANZA SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS

El Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el pasado día 26 de Mayodel 2020, acordó aprobar provisionalmente, en el Punto Cuarto de dicha Sesión lamodificación de la ordenanza reguladora de la concesión e subvenciones a clubsdeportivos y entidades e promoción y recreación deportiva de zaratán, para la realizaciónde actividades deportivas en el municipio de Zaratán

Durante el plazo de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación deeste anuncio en el B.O.P. los interesados podrán examinar los expedientes y durante elmismo plazo se les da audiencia a efectos de que puedan presentar las reclamaciones yhacer las alegaciones y sugerencias que estimen oportunas.

En el supuesto de que durante el periodo de exposición pública no se presentenreclamaciones los acuerdos provisionales se elevarán automáticamente a definitivos.

En Zaratán a 3 de junio de 2020.- La Alcaldesa.- Fdo.: Alejandra Fernández Madrazo.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALMANCOMUNIDAD CAMPOS GÓTICOS

Incoado expediente de incorporación a la Mancomunidad “Campos Góticos” (Valladolid)del municipio de BELMONTE DE CAMPOS (Palencia), para la prestación parcial delservicio de abastecimiento de agua en las condiciones y límites establecidos en el conveniofirmado entre el mencionado municipios y la Sociedad Publica de Medio ambiente deCastilla y León (SOMACYL), de conformidad con lo establecido en el artículo 39 de la Ley1/1998, de 4 de Junio, de Régimen Local de Castilla y León y al amparo de lo establecidoen el artículo 23 de los vigentes Estatutos de la Mancomunidad, se somete a informaciónpública por plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente al de la publicación delpresente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en la sedesocial de esta Mancomunidad (Ayuntamiento de Medina de Rioseco, Plaza Mayor nº 1-Valladolid), para que se formulen las alegaciones que se estimen convenientes.

Medina de Rioseco a 3 de Julio de 2020.-El Presidente.-Fdo.: Miguel Ángel GómezVaquero.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIADEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 003 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª JORGE FERNANDEZ GARCIA contra NOBUXTEC S.L., en reclamaciónpor DESPIDO, registrado con el nº DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000876 /2019 se haacordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a NOBUXTECS.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 9 de julio de 2020 a las 17,30horas, en calle ANGUSTIAS Nº 40-44, para la celebración de los actos de conciliación y ensu caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmenteapoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse,con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a NOBUXTEC S.L., se expide la presente cédula para supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que hasido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácterpersonal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a losderechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía delanonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicadoscon fines contrarios a las leyes.

En Valladolid a veintinueve de mayo de dos mil veinte.-La letrada de la administración dejusticia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Edicto.

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIADEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 003 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de Dª PAULA LUCILA MARTINEZ PAVON contra SERVIDUERO-CLIMA, SLU,FOGASA , en reclamación por DESPIDO, registrado con el nº DESPIDO/CESES ENGENERAL 0000924 /2019 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo59 de la LJS, citar a SERVIDUERO-CLIMA, SLU, en ignorado paradero, a fin de quecomparezca el día 20 de agosto de 2020 a las 11 horas, en calle Angustias nº 40-44, parala celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todoslos medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial,

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a SERVIDUERO-CLIMA, SLU, se expide la presente cédulapara su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón deanuncios.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que hasido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácterpersonal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a losderechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía delanonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicadoscon fines contrarios a las leyes.

En Valladolid a veintinueve de mayo de dos mil veinte.-La Letrada de la Administración deJusticia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIADEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D. FELIX ALVAREZ RODRIGUEZ contra VEHICULOS DE OCASIONOUTLET CARS, en reclamación por DESPIDO, registrado con el nº DESPIDO/CESES ENGENERAL 963/2019 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 dela LJS, citar a VEHICULOS DE OCASION OUTLET CARS, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 03/09/2020 a las 10:45 horas, en C/ ANGUSTIAS, 40-44 - Sala 7,para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todoslos medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento. En caso de que pretenda comparecer al acto deljuicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, orepresentado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado otribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, conobjeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representadotécnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designarabogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio.

La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho devalerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado. Y paraque sirva de citación a VEHICULOS DE OCASION OUTLET CARS, se expide la presentecédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón deanuncios.

En Valladolid a tres de junio de dos mil veinte.-La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.: Esperanza Llamas Hermida

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Edicto.

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIADEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 003 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D. JOSE ANTONIO VERGARA ALONSO contra CONSTRUCCIONESSASTRE BERNARDO S.L, en reclamación por ORDINARIO, registrado con el nºPROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000096 /2020 se ha acordado, en cumplimiento de loque dispone el artículo 59 de la LJS, citar a CONSTRUCCIONES SASTRE BERNARDOS.L, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 9/12/2020 a las 11:00 horas,en C/ ANGUSTIAS, 40-44 - Sala 010, para la celebración de los actos de conciliación y ensu caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmenteapoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse,con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a CONSTRUCCIONES SASTRE BERNARDO S.L, se expidela presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación enel tablón de anuncios.

En Valladolid, a dos de junio de dos mil veinte.-La Letrada de la Administración de Justicia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Edicto.Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIADEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 003 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª TAMARA JIMENEZ BARRERO contra FOGASA , FAMALRO S.L. , enreclamación por DESPIDO, registrado con el nº DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000147/2020 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar aFAMALRO S.L. , en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 5/11/2020 a las10:15 horas, en C/ ANGUSTIAS, 40-44 - Sala 010, para la celebración de los actos deconciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante personalegalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intentevalerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a FAMALRO S.L. , se expide la presente cédula para supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que hasido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácterpersonal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a losderechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía delanonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicadoscon fines contrarios a las leyes.

En Valladolid a dos de junio de dos mil veinte, la Letrada de la Administración de Justicia.

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Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 112 Lunes, 15 de junio de 2020 Pág. 60

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2020-112