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DE LA CONSULTA A LA LIBRE DETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS: Informe sobre la implementación del derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado en Méxicor o d r i g o g u t i é r r e z r i va se d m u n d o d e l p o z o m a r t í n e z
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ORGANIZACIONES E INSTITUCIONES A CARGO DEL INFORME:
ORGANIZACIONES QUE RESPALDAN:
Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez
Centro de Derechos Humanos Tepeyac
Centro Mexicano de Derecho Ambiental
Consultoría Técnica Comunitaria, A.C
EDUCA. Servicios para una Educación AlternativaProject Poder
Indignación. Promoción y defensa de los derechos humanos
Oxfam-México.
ProDESC. Proyecto de Derechos Económicos Sociales y Culturales A.C.
SERAPAZ. Servicio y Asesoría para la Paz Tlachinollan.
Centro de Derechos Humanos de la Montaña
ORGANIZACIONES INDÍGENAS:
Asamblea de Pueblos Indígenas el Istmo de Tehuantepec en Defensa de la Tierra
y el Territorio
Centro de Lengua y Cultura Zoque
Colectivo Apícola Chenero
Consejo Regional Indígena y Popular de Xpujil
Consejo Tiyat Tlali
Flor y Canto. Centro de Derechos Indígenas
Pueblo de Vicam de la Tribu Yaqui
Fundación para el Debido Proceso
Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Fundar. Centro de Análisis e Investigación A.C.
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A las organizaciones y comunidades por com-
partir información y experiencias valiosas so-
bre procesos de consultas y de exigencia por
la defensa del territorio en las que han estado
comprometidas en los últimos años. A Daniela,
David, César y Edgar por sus contribuciones
en diversas etapas del estudio. A la Fundación
para el Debido Proceso por su esmerada revi-
sión, comentarios y paciente espera para que
este informe fuera posible.
AGRADECIMIENTOS
03
COLABORADORES: César Contreras León
Édgar García Altamirano
David Rivero Fragoso
Daniela Sánchez Carro
Diseño de Portada: Mara Hernández Zepeda
Edición: Enero 2019
04
RODRIGO GUTIÉRREZ RIVAS:Licenciado en Ciencia Política y Administración Pública por la UNAM. Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Es investigador de tiempo Completo del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, miembro del Sistema Nacional de Investigadores, profesor de Derecho Constitucional en la UNAM y otras universidades en el país. Ha coordinado diversos proyectos de investigación sobre derechos sociales, derecho al agua y derechos de pueblos indígenas; entre ellos El Derecho a la Consulta de los Pueblos Indígenas frente a los megaproyectos de Inversión. Actualmente coordina el área de Derechos humanos, enlace de la línea de investigación institucional “Conflictos sociales y política” de su instituto.
EDMUNDO DEL POZO MARTÍNEZ:Licenciado en Derecho por la Universidad de La Habana y Maestro en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México. Sus áreas de trabajo e investigación se enmarcan en el ámbito de los derechos sociales, derechos de pueblos indígenas y políticas públicas. En los últimos años se ha dedicado a la agenda de defensa del territorio y consulta previa, desde la cual ha acompañado a comunidades en México amenazadas por la imposición de megaproyectos.Entre sus principales publicaciones sobre el tema se encuentran: El derecho a la participación y a la consulta en el marco del desarrollo, editado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos en 2016.Actualmente coordina del Programa de Territorio, Derechos Humanos y Desarrollo de Fundar, Centro de Análisis e Investigación.
NOTA CURRICULAR:
1. Introducción
2. Contexto neoextractivo y omisión de la consulta
3. El Derecho a la Consulta y al Consentimiento Previo, Libre e Informado
en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos
3.1. Pronunciamientos de organismos internacionales de derechos humanos
en relación con México
4. Marco legal nacional del derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado
4.1. El DCCPLI en la constitución conforme con los tratados internacionales
4.2. El DCCPLI en la legislación federal mexicana
4.3. Marco legal estatal
5. Implementación del DCCPLI
5.1.1. La violación al carácter previo de la consulta y el consentimiento
5.1.2. La violación al carácter libre de la consulta y del consentimiento
5.1.3. La violación al principio de buena fe
5.1.4. La violación al principio de información del derecho a la consulta
y al consentimiento
5.1.5. La violación al principio de consulta culturalmente adecuada
y por procedimientos apropiados
6. Judicialización del DCCPLI
7. Conclusiones y recomendaciones
8. Anexo 1
9. Anexo 2
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www.dplf.orgwww.juridicas.unam.mx www.fundar.org.mx