d_dpp_rv_2015_052-a6

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Consultas 41 enero 2015 Puntos Prácticos Mtro. y C.P. Miguel Ángel Sánchez Zepeda, Asociado ¿ En qué fechas deberá enviarse el catálogo de cuentas al SAT? Gerente de Impuestos Actividades: Planeación fiscal; consultoría en materia de impuestos; estructuras corporativas, y análisis de impuestos Tiene 10 años en la firma SAT se realizará a partir de 2015, de conformidad con el calendario que para tal efecto establezca ese órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general. Derivado de lo anterior, el SAT publicó en el DOF del 18 de diciembre de 2014, la Séptima Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RM) para 2014, mediante la cual se reformaron las reglas I.2.8.1.6. y I.2.8.1.7. Así, conforme a esa Resolución modificatoria, se precisa que el catálogo de cuentas –tal y como se es- tablece en la regla I.2.8.1.6., fracción I– se enviará por primera vez cuando se entregue la primera balanza de comprobación, en los plazos establecidos para ello en la fracción II de la regla I.2.8.1.7. Asimismo, en caso de que se modifique el catálogo de cuentas al nivel de las cuentas que fueron repor- tadas, éste deberá enviarse a más tardar al vencimien- to de la obligación del envío de la balanza de compro- bación del mes en el que se realizó la modificación. Sin embargo, mediante artículos resolutorios de la citada disposición, se precisa que para los efectos del artículo 22, fracción IV de la LIF para 2015, las reglas I.2.8.1.6., fracciones I y II, y I.2.8.1.7., los contribuyentes Trabajo como contador de una persona moral del régimen general de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), quien se dedica a la fabricación de artículos de acero inoxidable. Ahora bien, tengo dudas respecto a las fechas en las cuales deberá entregarse el catálogo de cuentas, pues un colega me comentó que éstas cambiaron. Por ello, me gustaría saber con certeza lo siguiente: ¿cuáles son las fechas en las que deberá enviarse el catálogo de cuentas al Servicio de Admi- nistración Tributaria (SAT)? RESPUESTA Por medio de la publicación de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para el ejercicio 2015, en el DOF del 13 de noviembre de 2014, se realizaron algunas precisiones sobre las fechas de envío de la contabilidad al SAT, en la cual se señala que el ingreso de la infor- mación contable a través de la página de Internet del PREGUNTA

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  • Consultas

    41enero 2015 Puntos Prcticos

    Mtro. y C.P. Miguel ngel Snchez Zepeda, Asociado

    En qu fechas deber enviarse el catlogo de cuentas al SAT?

    Gerente de ImpuestosActividades: Planeacin fiscal; consultora en materia de impuestos; estructuras corporativas, y anlisis de impuestosTiene 10 aos en la firma

    SAT se realizar a partir de 2015, de conformidad con el calendario que para tal efecto establezca ese rgano desconcentrado mediante reglas de carcter general.

    Derivado de lo anterior, el SAT public en el DOF del 18 de diciembre de 2014, la Sptima Resolucin de modificaciones a la Resolucin Miscelnea Fiscal (RM) para 2014, mediante la cual se reformaron las reglas I.2.8.1.6. y I.2.8.1.7.

    As, conforme a esa Resolucin modificatoria, se precisa que el catlogo de cuentas tal y como se es-tablece en la regla I.2.8.1.6., fraccin I se enviar por primera vez cuando se entregue la primera balanza de comprobacin, en los plazos establecidos para ello en la fraccin II de la regla I.2.8.1.7.

    Asimismo, en caso de que se modifique el catlogo de cuentas al nivel de las cuentas que fueron repor-tadas, ste deber enviarse a ms tardar al vencimien-to de la obligacin del envo de la balanza de compro-bacin del mes en el que se realiz la modificacin.

    Sin embargo, mediante artculos resolutorios de la citada disposicin, se precisa que para los efectos del artculo 22, fraccin IV de la LIF para 2015, las reglas I.2.8.1.6., fracciones I y II, y I.2.8.1.7., los contribuyentes

    Trabajo como contador de una persona moral del rgimen general de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), quien se dedica a la fabricacin de artculos de acero inoxidable. Ahora bien, tengo dudas respecto a las fechas en las cuales deber entregarse el catlogo de cuentas, pues un colega me coment que stas cambiaron. Por ello, me gustara saber con certeza lo siguiente: cules son las fechas en las que deber enviarse el catlogo de cuentas al Servicio de Admi-nistracin Tributaria (SAT)?

    RESPUESTA

    Por medio de la publicacin de la Ley de Ingresos de la Federacin (LIF) para el ejercicio 2015, en el DOF del 13 de noviembre de 2014, se realizaron algunas precisiones sobre las fechas de envo de la contabilidad al SAT, en la cual se seala que el ingreso de la infor-macin contable a travs de la pgina de Internet del

    PREGUNTA

  • Consultas

    42 enero 2015Puntos Prcticos

    que estn obligados a llevar contabilidad empezarn a observar lo establecido en esas reglas, como se seala a continuacin:

    1. A partir del 1 de enero de 2015, los siguientes:

    a) Instituciones que componen el sistema financiero.

    b) Contribuyentes cuyos ingresos acumulables declarados o que se debieron declarar correspon-dientes al ejercicio 2013, sean iguales o superiores a $4000,000.

    2. A partir del 1 de enero de 2016, los siguientes:

    a) Contribuyentes cuyos ingresos acumulables de-clarados, o que se debieron declarar, correspondien-tes al ejercicio 2013, sean inferiores a $4000,000.

    b) Contribuyentes dedicados a las actividades agrcolas, silvcolas, ganaderas o de pesca que cum-plan con sus obligaciones fiscales en los trminos del Ttulo II, Captulo VIII de la LISR.

    c) Las personas morales a que se refiere el Ttulo III Del rgimen de las personas morales con fines no lucrativos de la LISR.

    CONCLUSIN

    Por lo anterior, es posible advertir que el envo del catlogo de cuentas se realizar en los trminos que se sealan en las mencionadas disposiciones, observan-do los plazos establecidos en la fraccin II de la regla I.2.8.1.7. de la Sptima Resolucin de modificaciones a la RM para 2014.

    FUNDAMENTO

    CFF 28; LIF 2015 22-IV; Sptima Resolucin de mo-dificaciones a la RM para 2014: I.2.8.1.6., I.2.8.1.7, y artculo tercero resolutivo

    d) Contribuyentes que se inscriban al Registro Fe-deral de Contribuyentes (RFC) durante los ejercicios 2014 o 2015.

    3. A partir del primer da del mes siguiente a aqul en que se inscribieron al RFC, aquellos con-tribuyentes que se inscriban a partir del 1 de enero de 2016.