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c TODOSPORUN NUEVO PAÍS MININTERIOR MINISTERIO DEL INTERIOR CERTIFICACIÓN NÚMERO 445 DE O 5 MAY 2016 "Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse". EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de diciembre de 2013 y, CONSIDERANDO: VERTICE ESTE NORTE 1 885011,98 1152367,21 2 885120,33 1152252,36 3 885269,86 1151632,57 4 885689,50 1149764,25 5 885765,09 1148894,39 6 885523,79 1148700,72 7 885367,63 1148760,35 8 885214,28 1148760,22 9 884986,47 1148851,87 10 884800,65 1148862,25 11 884669,94 1148758,61 12 884512,42 1148757,90 13 884297,61 1148711,64 14 884043,59 1148523,73 15 883923,54 1148798,63 Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 25 de abril de 2016, el oficio con radicado externo EXTMII6-0016848, por medio del cual el señor JESÚS IGNACIO ECHAVARRÍA MEJÍA, en calidad de Apoderado Legal de Empresas Públicas de Medellín E.S.P- (EPM), solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del "PROYECTO HIDROELÉCTRICO SANTO DOMINGO", localizado en jurisdicción de los municipios de Cocorná y San Francisco, en el departamento de Antioquia, identificado con la REPUBLICA DE COLOMBIA DCP-2500 Página 1 de 7

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cTODOSPORUN NUEVO PAÍS

MININTERIOR

MINISTERIO DEL INTERIOR

CERTIFICACIÓN NÚMERO 445 DE O 5 MAY 2016

"Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse".

EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA

En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de

diciembre de 2013 y,

CONSIDERANDO:

VERTICE ESTE NORTE

1 885011,98 1152367,21

2 885120,33 1152252,36

3 885269,86 1151632,57

4 885689,50 1149764,25

5 885765,09 1148894,39

6 885523,79 1148700,72

7 885367,63 1148760,35

8 885214,28 1148760,22

9 884986,47 1148851,87

10 884800,65 1148862,25

11 884669,94 1148758,61

12 884512,42 1148757,90

13 884297,61 1148711,64

14 884043,59 1148523,73

15 883923,54 1148798,63

Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 25 de abril de 2016, el oficio con radicado externo EXTMII6-0016848, por medio del cual el señor JESÚS IGNACIO ECHAVARRÍA MEJÍA, en calidad de Apoderado Legal de Empresas Públicas de Medellín E.S.P- (EPM), solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del "PROYECTO HIDROELÉCTRICO SANTO DOMINGO", localizado en jurisdicción de los municipios de Cocorná y San Francisco, en el departamento de Antioquia, identificado con la

REPUBLICA DE COLOMBIA

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16 883828,99 1148781,04

17 883688,66 1148645,52

18 883246,74 1148711,64

19 883119,73 1148372,36

20 883051,87 1148426,30

21 883121,47 1148788,19

22 882970,10 1148831,69

23 882658,66 1149532,85

24 882802,35 1149785,55

25 883019,52 1150027,36

26 883296,63 1150163,20

27 883531,55 1150170,62

28 883850,94 1151012,88

29 884065,15 1151108,55

30 884135,64 1151841,55

31 884412,53 1152184,33

Fuente: Suministrada por el solicitante: radicado externo EXTMI16-0016848 del 25 de abril de 2016

Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa, ii) cuadro de coordenadas, donde se va a ejecutar el proyecto denominado: "PROYECTO HIDROELÉCTRICO SANTO DOMINGO", localizado en jurisdicción de los municipios de Cocorná y San Francisco, en el departamento de Antioquia.

Que en un análisis inicial la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el "PROYECTO HIDROELÉCTRICO SANTO DOMINGO", localizado en jurisdicción de los municipios de Cocorná y San Francisco, en el departamento de Antioquia. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las bases de datos consultadas fueron: i) Base cartográfica de resguardos indígenas constituidos (Incoder - Igac 2015), ii) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Incoder 2015), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Mininterior 2015), iv) Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (Mininterior 2014), y) Base de datos (espacial y no espacial) de Resguardos Indígenas de origen Colonial (Incoder 2015), vi) Base de datos de Consulta Previa (Mininterior 2015).

Que con base en la información aportada y recogida se elaboró el informe técnico el día 05 de mayo de 2016, en el cual se estableció lo siguiente:

"Se digitalizo en la base de datos de la Dirección de Consulta Previa las coordenadas del polígono aportadas por el solicitante en coordenadas planas origen-centro del datum

Magna, para el "PROYECTO HIDROELÉCTRICO SANTO DOMINGO"

Para el ejercicio de análisis cartográfico se utilizó la cartografía básica y temática IGAC 2015, lo que permitió constatar que el proyecto se localiza en jurisdicción de los

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 4 4 5 DE • 0

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municipios de COCORNÁ Y SAN FRANCISCO departamento de ANTIOQUIA. siendo esto correspondiente con la información aportada por el solicitante. por lo tanto es posible continuar con el trámite de la solicitud.

ACTIVIDADES DEL PROYECTO:

Se encuentra concebido como un proyecto a filo de agua (sin embalse de regulación), mediante el aprovechamiento de las aguas del rio Santo Domingo: C017 una capacidad instalada futura de 56 MW, un caudal de diseño de 32 m3/s y un salto bruto de 207 ni; la estructura de retención se ha proyectado como un azud conformado por una estructura cíe gravedad de concreto de 11,5 m de altura y 30 m de longitud, y la captación será una estructura lateral ubicada en la margen derecha del rio.

Las obras de conducción estarán constituidas por un túnel de 2,2 krn de longitud con sección en baúl de 2,0 m de radio y, un pozo de presión vertical de 177 ni de altura con sección circular de 4 m de diámetro; se tiene prevista la construcción de una almenara de 81 m de altura ubicada aguas arriba del pozo de presión, para el control de sobrepresiones durante la operación de la central. La casa de máquinas es superficial y estará localizada en inmediaciones de la confluencia de los ríos Santo Domingo y Melcocha en una de plazoleta de 4.700 r112, y alojará dos turbinas tipo Francis de eje vertical de 28 MW cada una. Las aguas turbinadas se verterán nuevamente al cauce del río Santo Domingo.

Adicionalmente, se proyectan las siguientes obras complementarias:

Adecuación de 6,2 km de vías terciarias existentes.

Construcción de 9,8 km de vías industriales nuevas.

Construcción de depósitos de material excavado con área total de 14,8 ha.

- Construcción de zonas industriales en un área de 8,2 ha.

Construcción de campamentos para 100 personas y cerca de 300 m2 de oficinas.

Construcción de una subestación salida de línea a 110 kV

- Construcción de una linea de transmisión de 15,4 km a 110 kV (circuito doble y sencillo).

Construcción de una línea de transmisión de 13,2 km a 220 kV (doble circuito).

Construcción de dos líneas de transmisión 13,2 kV (trifásica), de longitud total 6.5 km.

Construcción de las obras requeridas por el plan de manejo ambiental y las asociadas a la inversión social adicional en la zona de influencia del proyecto.

En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,

CERTIFICA:

PRIMERO. Que no se registra presencia de comunidades Indígenas, Minorías y Rom, en el área del "PROYECTO HIDROELÉCTRICO SANTO DOMINGO", localizado en jurisdicción de los municipios de Cocorná y San Francisco, en el departamento de Antioquia, identificado con las siguientes coordenadas:

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445 DE 05 MAY 2016

VEItTICE , ESTE NORTE

1 885011,98 1152367,21

2 885120,33 1152252,36

3 885269,86 1151632,57

4 885689,50 1149764,25

5 885765,09 1148894,39

6 885523,79 1148700,72

7 885367,63 1148760,35

8 885214,28 1148760,22

9 884986,47 1148851,87

10 884800,65 1148862,25

11 884669,94 1148758,61

12 884512,42 1148757,90

13 884297,61 1148711,64

14 884045,59 1148523,73

15 883923,54 1148798,63

16 883828,99 1148781,04

17 883688,66 1148645,52

18 883246,74 1148711,64

19 883119,73 1148372,36

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21 883121,47 1148788,19

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25 883019,52 1150027,36

26 883296,63 1150163,20

27 883531,51; 1150170,62

28 883850,94 1151012,88

29 884065,15 1151108,55

30 884135,64 1151841,55

31 884412,53 1152184,33

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMII6-0016848 del 25 de abril de 2016.

SEGUNDO. Que no se registra presencia de comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, en el área del "PROYECTO HIDROELÉCTRICO SANTO DOMINGO': localizado en jurisdicción de los municipios de Cocorná y San Francisco, en el departamento de Antioquia, identificado con las siguientes coordenadas:

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 445 DE O 5 KAY-7(115

VERTICE ESTE NORTE

1 885011,98 1152367,21

2 885120,33 1152252,36

3 885269,86 1151632,57

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9 884986,47 1148851,87

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12 884512,42 1148757,90

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14 884043,59 1148525,73

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16 883828,99 1148781,04

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18 883246,74 1148711,64

19 883119,73 3148372,36

20 883051,87 1148426,30

21 883121,47 1148788,19

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29 884065,15 1151108,55

30 884135,64 1151841,55

31 884412,53 1152184,33

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI16-0016848 del 25 de abril de 2016

TERCERO. Que la información sobre la cual se expide la presente certificación aplica específicamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por el solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTMI16-0016848 del 25 de abril del 2016, para el "PROYECTO HIDROELÉCTRICO SANTO DOMINGO".

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 445 DE

5 NAY 2015

localizado en jurisdicción de los municipios de Cocorná y San Francisco. en el departamento de Antioquia, identificado con las siguientes coordenadas:

VERTICE ESTE NORTE

1 885011,98 1152367,21

2 885120,33 1152252,36

3 885269,86 1151632,57

4 885689,50 1149764,25

L 5 885765,09 1148894,39

6 885523,79 1148700,72

7 885367,63 1148760,35

8 885214,28 1148760,22

9 884986,47 1148851,87

10 884800,65 1148862,25

11 884669,94 1148758,61

12 884512,42 1148757,90

13 884297,62 1148711,64

14 884043,59 1148523,73

15 883923,54 1148798,63

16 883828,99 1148781,04

17 883688,66 1148645,52

18 883246,74 1148711,64

19 883119,73 1148372,36

20 883053,87 1148426,30

21 883121,47 1148788,19

22 882970,10 1148831,69

23 882658,66 1149532,85

24 882802,35 1149785,55

25 883019,52 1150027,36

26 883296,63 1150163,20

27 883531,55 1150170,62

28 883850,94 1151012,88

29 884065,15 1151108,55

30 884135,64 1151841,55

31 884412,53 1152184,33

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI16-0016848 del 25 de abril de 2016

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CUARTO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante esta Dirección. de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE

ÁLVARO E9II=VERRY LONDOÑO Direct9tf de Consulta Previa

Elaboró: Stella Mella DucandO Revisado Elena Ramírez Cebarlos. Aprobó: Luis Fernando Mora. Líder Área de Certi cationes

T.R.D. 2500.09.06

CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 445 DE

' 0 5 MAY 2016

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