dat/mific 30 junio de 2010 dat/seminario r_ dom... · 2401.20 tabaco desvenado 2402.20,20...

29
DAT/MIFIC 30 junio de 2010

Upload: nguyennga

Post on 22-Oct-2018

215 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

DAT/MIFIC 30 junio de 2010

Page 2: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Comercio entre Nic. y R.D.

-10

-5

0

5

10

15

Mill

ones

US$

Exportaciones 6.4 7.0 8.6 4.8 6.4 9.5Importaciones 3.4 3.3 5.4 4.5 11.6 9.7Saldo 3.0 3.6 3.2 0.4 -5.2 -0.2

2004 2005 2006 2007 2008 2009

Fuente: Elaborado por MIFIC, con datos DGA.

Page 3: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Principales productos

Exportaciones 2009Miles US$

Otros productos de panadería 3,638.1

Tabaco total o parcialmente desnervado 1,432.6

Tabaco sin desvenar 888.8

Galletas dulces con edulcorante 826.0

Mezclas de sustancias para la industria de bebidas 519.4

Pechugas 382.9

Madera aserrada361.7

Alcohol etílico341.1

Maní sin cocer264.0

Importaciones 2009Miles US$

Gas propano 5,774.1

Resinas con aceites secantes o con aceite de coquito (palma) 1,069.7

Medicamentos 986.9

Disyuntores termomagnéticos al vacío 389.2

Copolímeros de acetato 248.1

Otros disyuntores 226.5

Calzados que cubran el tobillo sin cubrir la rodilla 119.5

Alambre de hierro o acero 96.3

Fuente: Elaborado por MIFIC, con datos DGA.

Page 4: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Marco Regulatorio

Existen 2 Tratados de Libre comercio:Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y República Dominicana ( TLC CA-RD, vigente desde el 3 de sept. De 2002)Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y Republica Dominicana, (CAFTA DR vigente desde el 1ero de abril 2006)

Page 5: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Marco Regulatorio TLC CA-RD

Page 6: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

TLC CA-RD

Constituye el primer TLC que la región Centroamericana suscribe como bloque. Es de aplicación bilateral entre cada país centroamericano y la República Dominicana.Existen 3 escenarios en Acceso a Mercado:

Productos excluidosProductos excluidos sujeto a tratamiento preferencial (Cap.15 SAC)Productos con Desgravación Arancelaria

Page 7: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

TLC CA-RD

Respecto a Acceso a Mercado:

De acuerdo a la lista de desgravación arancelaria con República Dominicana el 91.31% del universo arancelario goza de libre arancel y el resto está excluido,

Los productos de las partidas 1507 a la 1515 (excepto la oleína de la 1511.90). Y los productos de las partidas 1516 a 1518 gozan de un arancel preferencial de 15%. NMF 20%

Page 8: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

TLC CA-RD

Productos excluidos del programa de Desgravación:

Pollo, leche en polvo, café, Cebollas*, azúcar, Frijoles*,

En este TLC no se pueden exportar productos provenientes de zonas francas o regímenes especiales (ej. Perfeccionamiento activo).

aceites, alcohol etílico, Tabaco combustibles, TextilesArroz

Page 9: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Marco Regulatorio CAFTA - DR

Page 10: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

CAFTA - DR

Es un Tratado de Libre Comercio entre los países Centroamericanos, Estados Unidos y República Dominicana.

Es de aplicación Multilateral y Ciertas aplicacionesBilaterales.

Tiene programas de desgravación específicos para cada país.

Aplican las mismas reglas de origen para todos los países.*

Page 11: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Multilateralidad del CAFTA - DR

Porque se dice que el CAFTA DR es un TLC Multilateral?

Porque aplica entre todos los países partes del Acuerdo

Page 12: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Naturaleza Jurídica del CAFTA DR

Bilateral

Multilateral

Page 13: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Algunos Aspectos Bilaterales del CAFTA DR

• En CAFTA DR se incorporan las disposiciones del TLC Centroamérica-República Dominicana (TLC CA-RD), en lo relativo a Acceso a Mercado (Desgravación arancelaria y Reglas de origen), con algunas mejoras.

Listas de DesgravaciónY

Reglas de OrigenTLC CA- RD

CAFTA - DR

Page 14: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Algunos Aspectos Bilaterales del CAFTA DR

Mediante el Anexo 3.3.6 del CAFTA se incorporan las preferencias arancelarias otorgadas en el marco del TLC CA-RD.

…“Salvo disposición en contrario en este Anexo:

(a) cada Parte centroamericana otorgará tratamiento libre de aranceles aduaneros a cualquier mercancía importada directamente desde el territorio de la República Dominicana que cumpla con las reglas de origen establecidas para la mercancía en Capítulo Cuatro (Reglas de Origen y Procedimientos de Origen); y

(b) la República Dominicana otorgará tratamiento libre de arancelesaduaneros a cualquier mercancía importada directamente desde el territorio de una Parte centroamericana que cumpla con las reglas de origen establecidas para la mercancía en el Capítulo Cuatro (Reglas de Origen y Procedimientos de Origen). “…

Page 15: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Y se mantiene :

la disposición de productos excluidos con arancel preferencial: Los productosde las partidas 1507 a la 1515 (excepto la oleína de la 1511.90). Y los productos de las partidas 1516 a 1518 gozan de un arancel preferencial de 15%,

La mismas reglas de origen acordadas en el TLC CA-RD (incorporadas en CAFTA DR en el Apéndice 3.3.6),

El carácter de algunos productos excluidos.

Denegación de beneficios arancelarios a productos provenientes de zona franca u otros regimenes fiscal o aduanero especial.

…Continuación

Page 16: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Mejoras en la relación bilateral con RD, en el marco del CAFTA:

Sujeta a un programa de desgravación (periodo a 15 años, con 5 años de gracia) algunos productos excluidos:

2710.Aceites de petróleo (excepto los solventes minerales)2712. Vaselina, parafina, cera de petróleo2713.Coque y demás residuos de aceite de petróleo.2715.Mezclas betuminosas a base de asfalto o de betún naturales.

Se otorga libre comercio para los productos textiles originalmente excluidos de las partidas 5208 a la 5212 (tejidos de algodón), capitulo 61 (Prendas y complementos de vestir de punto), capitulo 62 (prendas y complementos de vestir excepto los de punto), capitulo 63 (los demás artículos textiles confeccionados, juegos prenderías y trapos.

…Continuación

Page 17: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Aplicación de los contingentes arancelarios para algunos productos excluidos.

Frijoles 1,800 TM: aplica para la subpartida 0713.32 a la 0713.33

Para los frijoles de la 0713.32 (adzuki o rojos) aplica un arancel dentro de contingente de 20%, con una desgravación lineal de 5 años.

Los frijoles de las subpartidas 0713.31 y 0713.33, con arancel dentro de contingente de 20%, con una desgravación lineal de 3 años.

Cebollas y Chalotes: 375 TM, con un arancel dentro de contingente de 7.5%.

Pechugas de pollo: 443TM, con un arancel dentro de contingente del 10%. Solamente se registra utilización en el 2009 de 200.43TM.

…Continuación

Page 18: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

El Anexo 3.3.6 regula las relaciones bilaterales entre cada país centroamericano y República Dominicana,Mantiene el libre comercio de los productos de la lista originaldel TLC CA-RDSe aplican las mismas reglas de origen,Se le da un programa de desgravación a los productos excluidos derivados del petróleo,Liberaliza los productos textiles excluidos por falta de acuerdo en las reglas de origen del TLC CA-RD original.Mantiene la exclusión del resto de productos.

En resumen:

Page 19: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad
Page 20: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

La regla general en materia de la aplicación multilateral del Tratado esta contenida en su Articulo 1.1, que específicamente señala:

¨Las Partes de este Tratado, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo XXIV del Acuerdo General Sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 y el Articulo V del Acuerdo General Sobre el Comercio de Servicios, establecen una Zona de Libre Comercio¨

Y Parte, se define en el Articulo 2.1 como:”todo Estado respecto del cual haya entrado en vigor este

Tratado”

Fundamentos Generales

Page 21: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

El CAFTA DR en la nota al pie no. 1 del Articulo 3.3 (Desgravación Arancelaria), establece:

“ Para mayor certeza, salvo disposición en contrario en este Tratado, cada Parte centroamericana y la República Dominicana deberán disponer que cualquier mercancía originaria tenga el derecho de obtener el trato arancelario para la mercancía establecido en su Lista al Anexo 3.3, sin importar que la mercancía sea importada a sus territorios desde el territorio de los Estados Unidos o de cualquier otra Parte. Una mercancía originaria podráincluir una mercancía producida en una Parte centroamericana o en la República Dominicana con materiales de los Estados Unidos”.

Aspectos Específicos de Acceso a Mercado

Page 22: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

En este mismo sentido, existe una nota al pie en el Anexo 3.3.6 (Anexo para relación bilateral entre cada país CA con RD).

“ Para mayor certeza, un importador puede reclamar tratamiento arancelario preferencial bajo este Anexo o bajo la Lista de una Parte al Anexo 3.3, siempre y cuando la mercancía cumpla las reglas de origen aplicables”.

Aspectos Específicos de Acceso a Mercado

Page 23: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

En otras palabras ….

ProductosNicaraguenses

RepublicaDominicana

• Bajo las mismas condiciones de los productosestadounidenses.•Cumpliendo las reglas de origen del capitulo 4 (de CAFTA)

Page 24: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Excepciones a la Multilateralidad

• Los contingentes arancelario de exportación otorgados por Republica Dominicana a Estados Unidos.

• No aplica a los siguientes productos, para los cuales se aplica el arancel NMF de RD (permanecen en carácter de excluidos):

Clasificacion Producto

2203 Cerveza de Malta

2207 y 2208 Alcohol etilico

2401.20 Tabaco Desvenado

2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio

2403.10 Tabaco para fumar

Page 25: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Excepciones a la Multilateralidad

• Lista de productos que tienen un programa de desgravación especifico que aplica a Nicaragua y Republica Dominicana.

Ver cuadro siguiente.

• Los productos de las partidas 1507 a la 1515 (excepto la oleína de la 1511.90). Y los productos de las partidas 1516 a 1518, los cuales tienen un programa de desgravación a 15 años, con 5 años de gracia.

Page 26: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Excepciones a la Multilateralidad

ClasificacionTasaBase Descripcion

0207110000 99 Sin trocear, frescos o refrigerados.0207120000 99 Sin trocear, congelados.020713 99 Trozos y despojos, frescos o refrigerados*0207141000 99 Picados o molidos, deshuesados mecánicamente.

0207149100 25 Pechugas. (DE GALLO O GALLINA CONGELADO)02071499 25 Los demas0402100000 56 En polvo, gránulos o demás formas040221 56 Sin adicion de azucar (en polvo)0402290000 56 Las demás. (Leche en polvo)070310 97 Cebollas y Chalotes0703200000 99 Ajos.0713311000 89 De la especie Vigna mungo (L) Hepper.(frijoles)071332 89 Adzuki ("rojos pequeños") (Phaseolus o071333 25 Comunes (frijoles)100610 99 Arroz con cascara1006200000 99 Arroz descascarillado (arroz cargo o1006300000 99 Arroz semiblanqueado o blanqueado,1006400000 99 Arroz partido1101000000 14 HARINA DE TRIGO O DE MORCAJO2710 Aceite de petroleo2712 Vaselina, parafina de petroleo2713 Coque de petroleo y demas residuos2715 Mezclas betuminosas

Estos productos se desgravaran a 20 años, con un periodo de gracia de 10 años

Page 27: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

Ventajas de la Multilateralidad

• Mayor liberalización del comercio (inclusion de algunosproductos excluidos a un programa de desgravacion.)

• Se puede exportar bajo regimen de zona franca u otroregimen especial.

• Se acumula origen con materiales de Estados Unidos.• Posee un marco Institucional con mayor posibilidades de

enfrentar los obstaculos al comercio.

Page 28: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

CAFTA DR (Anexo Bilateral 3.3.6)

CAFTA DR (Anexo Multilateral 3.3)

El 91% de los productos están en libre comercio.Se mantiene el estatus de los productos excluidos del TLC CA RD, a excepción de:

Textiles, los cuales gozan de libre comercio bajo CAFTA.Se incluye un programa de desgravación para los derivados del petróleo excluidos (15 años).

Se aplican las reglas de origen del Apéndice 3.3.6 (reglas originales TLC CA RD).No se puede exportar de zona francas.

Se sujeta a la lista de desgravación de RD con EEUU.Se aplica las reglas de origen del capitulo 4.Se puede exportar de zonas francas.Quedan excluidos solamente el tabaco, cerveza y alcohol.Se establecen programa de desgravación para la mayoría de los productos excluidos en el TLC CA RD a 15 y 20 años.

En Resumen

Page 29: DAT/MIFIC 30 junio de 2010 DAT/Seminario R_ Dom... · 2401.20 Tabaco Desvenado 2402.20,20 Cigarrillos de tabaco rubio 2403.10 Tabaco para fumar. Excepciones a la Multilateralidad

El exportador, tomando en cuenta queSi elige el TLC CA RD, existen productos excluidos y no puede exportar si se beneficia de esquemas preferenciales como zonas francas.Si elige CAFTA DR, debe escoger entre los 2 marcos preferenciales:

Anexo 3.3.6 (bilateral CA-RD), mantiene lista de productos excluidos originales, a excepción de textiles y derivados del petróleo; no puede exportar de zonas francas; debe cumplir regla de origen del apéndice 3.3.6.Anexo 3.3 (multilateral), se sujeta al programa de desgravación de RD con EEUU; se incluye desgravación arancelaria especifica para la mayoría de productos excluidos en el TLC CA-RD; puede exportar de zona franca; debe cumplir regla de origen del capitulo 4 la cual permite acumulación con EEUU.

Entonces, quien elige el esquema?