curso de mediacion
TRANSCRIPT
![Page 1: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/1.jpg)
PONENTES: CRISTOBAL DELGADO MARTÍNEZMANUEL DELGADO MARTÍNEZ
CURSO: MEDIACIÓN CIVIL Y MERCANTIL.
![Page 2: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/2.jpg)
1. Introducción.
EL CONFLICTOEL LITIGIO. BINOMIO GANADOR-
PERDEDORCULTURA DE LA PARTICIPACIÓNHETEROCOMPOSICIONDERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIA
Y ACCESO A LA JUSTICIA.
![Page 3: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/3.jpg)
El conflicto.
Está presente en el ser humano desde el mismo momento de su vida en comunidad, dado que tiene su origen en una diferencia de interés o deseos e implica la interrelación de dos personas, organizaciones o grupos sociales.
Puede presentarse de forma latente o manifiesta pero constituye una situación inevitable que ha de ser abordada por la comunidad, a efectos de alcanzar una solución.
![Page 4: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/4.jpg)
El litigio
Nuestra cultura ha favorecido el binomio ganador-perdedor.
El litigio, como método de solución de conflictos, da origen a disputas en las que una parte resulta ganadora y otra perdedora.
Esta forma de plantear diferencias supone limitar el número de soluciones posibles, la relación entre las partes, y además, genera elevados costes a nivel económico, social e interpersonal.
![Page 5: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/5.jpg)
Cuando la cultura de la participación se enraíza se puede empezar a hablar de alternativas para resolver conflictos en las que los interesados son los protagonistas: son las partes en conflicto quienes deciden la manera de afrontar la solución.
![Page 6: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/6.jpg)
Heterocomposición
Se ve entonces , que el tema de la heterocomposición en la solución del conflicto, especialmente a través del proceso, que funciona bajo las premisas de la culpa, la imposición, la asignación de responsabilidades y la sanción, es sólo una forma de asegurar que los conflictos no queden irresueltos y de que los proyectos de individuos, grupos o entidades que forman la comunidad puedan llegar a realizarse en pos del orden social y bien común. Estamos de acuerdo en que la resolución judicial no es una forma pacífica de resolver disputas.
![Page 7: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/7.jpg)
Metodos alternativos.
Si la preocupación por generalizar medios alternativos de resolución de conflictos tiene por temor que se conculque el derecho a la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia cabría plantearse dos cuestiones:
¿tienen todas las disputas entidad suficiente para poner en marcha el complejo sistema judicial?
¿no es parte del derecho a la libertad del individuo decidir como solucionar sus conflictos de manera autónoma?
![Page 8: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/8.jpg)
2. Antecedentes
La reflexión sobre resolución de conflictos como materia específica se inicia en la segunda mitad del siglo XX como respuesta a una perspectiva contraria a la violencia, tras el fin de la Segunda Guerra Mundial.
En los años 70 se comienzan a sistematizar a ambos lados del atlantico una serie de técnicas para la resolución de conflictos interpersonales, a los que se le agrupo con la sigla ADR (Alternative Dispute Resolution).
![Page 9: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/9.jpg)
La mediación no es más que una de las técnicas de ADR, una fórmula autocompositiva sui generis, habiendo otras posibilidades como la negociación o la conciliación.
E incluso fórmulas heterocompositivas distintas del proceso, como el arbitraje.
En todas ellas la participación de las partes adquiere mayor relevancia que en el caso de acudir a la jurisdicción.
![Page 10: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/10.jpg)
Desde el ámbito europeo se le ha dado un impulso:
Consejo de Europa: Año 1988
Institut Suisse de Droit Comparé: Año 1990
Finalmente se aprueba la Directiva 2008/52/CE
![Page 11: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/11.jpg)
3. Antecedentes en España
Ámbito penal: reconocida legalmente y de forma expresa para el caso de responsabilidad penal de los menores.
Ámbito familiar: se ha fomentado la resolución de conflictos familiares, mediante leyes autonómicas.
La ley 1/2007, de 21 de Enero, de mediación familiar en Madrid.
La ley 1/2009, de 27 de febrero, que regula la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Ámbito laboral: conciliación
•Ámbito laboral:
![Page 12: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/12.jpg)
4. ¿Qué es la mediación?
Técnica de resolución de controversias. - Elegida por las partes voluntariamente -Con la finalidad de llegar a un acuerdo a
través de un tercero-mediador. -No es un fin en si misma sino el instrumento
para alcanzar un acuerdo. Basada en la autocomposición. Partes: llegaran al acuerdo. Mediador: facilitará el acuerdo.
![Page 13: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/13.jpg)
Características de la mediación como procedimiento
Voluntario No adversarial Neutral ConfidencialEn función de su utilidad y objetivos:Resuleve conflictos pacificamente, mejora la
comunicación y reduce costes sociales y economicos.
Rápido, Económico y Eficaz
![Page 14: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/14.jpg)
La mediación en España
Como sistema alternativo: ha cobrado importancia como instrumento complementario de la Administracion de justicia, en las CCAA.
Ordenación autonómica: a fecha 2012 son 13 las leyes en materia familiar.
Ordenación general civil y mercantil: Ley 5/2012.
![Page 15: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/15.jpg)
Ley 5/2012 de 6 de julio.
Origen: Directiva 2008/52 del Parlamento y Consejo Europeo.
Objetivos - Poner en armonía la regulación de los
estados miembros en maeteria de litigios transfornterizos.
- Invitar a los estados a incluir el procediemiento de mediacion nacional
Regulacion nacional: desjudialización y deslegalización.
![Page 16: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/16.jpg)
Desjudialización: -Conflicto + derechos subjetivos disponobles - Se autoriza acudir al procedieminto de mediacion
voluntaria como medio alternativo al sistema judicial. - Solución: más adaptada a las necesidades e intereses
de las partes. - Tribunales: quedarán conceptualizados como ultimo
remedio.Deslegalización: Voluntariedad y libre decisión+ tercero-mediador. La ley pierde fuerza de papel principal en beneficio del
principio dispositivo.
![Page 17: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/17.jpg)
5 titulos: - Disposiciones generales - Principios informadores - Estatuto del mediador - Procedimiento - Ejecución de acuerdos - Disposiciones finalesModificación de normativa existente
(Ejemplo:ley de colegios profesionales y cámaras de comercio)
![Page 18: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/18.jpg)
Ambito de aplicación de la mediación.
Formaran parte su ámbito de aplicación material en todos los conflictos civiles y mercantiles, incluidos los transfronterizos, siempre que no afecten a derechos y obligaciones no disponibles por las partes de acuerdo con la legislación (art. 2)
Por derechos de libre disposición entendemos aquellos cuya titularidad pertenece a los particulares, pudiéndose disponer libremente de los mismos, ya sea por su contenido patrimonial o economico y quedando excluidos los regulados por normas de derecho publico.
![Page 19: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/19.jpg)
Materias civiles y mercantiles: - pago de deudas en moneda nacional o extranjera - desalojo o deshaucios - indemnización de daños y perjuicios - otorgamiento de escritura publica - división y partición de bienes - convocatoria o junta de asamblea - ofrecimiento de pago - resolución de contratos - rectificación de áreas
![Page 20: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/20.jpg)
Ambitos de exclusión: la mediación penal, la mediación con las Administraciones públicas, la mediación laboral y la mediación en materia de consumo.
Mediacion familiar - Derecho de familia: Privado VS Publico. - Normas: mayormente ius cogensFormaran parate del ambito de aplicación
personal
![Page 21: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/21.jpg)
Principio de la mediación
Regulados en el Titulo II. - voluntariedad (art. 6) - igualdad de las partes e imparcialidad de
los mediadores (art. 7) - flexibilidad del procedimiento - neutralidad (art. 8) - confidencialidad (art. 9)
![Page 22: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/22.jpg)
Voluntariedad
La mediación es voluntaria.Respeto de las partes para entrar en el
procedimiento y el acuerdo alcanzado en él.Importante: cuando existe un pacto realizado por
escrito que exprese el compromiso de someter a mediación las controversias surgidas o que puedan surgir, se deberá intentar el procedimiento pactado de buena fe, antes de acudir a la vía jurisdiccional o a otra solución extrajudicial.
Clausula con efectos incluso sobre la validez o existecia del contrato en el que conste
![Page 23: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/23.jpg)
Igualdad de las partes
Plena igualdad de oportunidades
Equilibrio de posiciones y puntos de vista expresados
Con la actuacion del mediador de acuerdo con los intereses de las partes
![Page 24: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/24.jpg)
Flexibilidad y neutralidad
Flexibilidad del procedimiento: principio informador de las leyes autonómicas. En la ley 5/2012 se deduce de su articulado.
- Ejemplo: art. 20; la duración del proceso será lo mas breve posible y con el numero mínimo de sesiones.
Neutralidad: Las actuaciones de mediación se desarrollarán de forma que permitan a las partes en conflicto alcanzar por sí mismas un acuerdo de mediaci
![Page 25: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/25.jpg)
Confidencialidad
Necesidad de reserva respecto de la revelaciones realizadas durante el procedimiento.
Conecta con la voluntariedad de la partes. Serán confidenciales: - El procedimiento + documentación - Extensión de la obligación: mediador, a las
instituciones de mediación y a las partes intervinientes.Jurídicamente, las pruebas aportadas u obtenidas en
vulneración del principio de confidencialidad no serán válidas en el procedimiento correspondiente.
Excepciones: dispensa por escrito de las partes y solicitud por los jueces del orden jurisdccional.
![Page 26: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/26.jpg)
Ventajas de la mediación
Rapidez: varios dias o semanas.
Económico. Coste medio de un procediemiento judicial, valorado por la UE: 3000 euros.
Eficaz: cumplimiento del acuerdo.
El problema no es el conflicto sino la respuesta a la solución: ¿pacifico o destructivo?
-Facilita la comunicación y cooperación -No es necesario que haya ganadores y perdedores -Se negocia libremente
![Page 27: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/27.jpg)
El mediador y las partes
El mediador es aquella persona que se interna en el tramado de los conflictos interpersonales, intergrupales y que posse las cualidades, capacitación y manejo de habilidades necesarias para su función
Titulo III: estatuto del mediador. Cabe destacar que el mediador: -Facilita la comunicación entre las partes -Informa y asesora de manera suficiente -Desarrolla conducta activa hacia el acercamiento -Es impacial y evita todo conflicto de intereses y en especial relaciones
personales, contractuales, interés directo e indirecto, informando de ello a las partes.
-La aceptación de la mediación obliga a cumplir fielmente el encargo.
Las partes: art. 10: actuaran conforme a los principios de lealtad, buena fe y respeto mutuo, asi mismo las partes aportaran colaboración y apoyo al mediador.
![Page 28: Curso de mediacion](https://reader036.vdocuments.co/reader036/viewer/2022062307/556f9cddd8b42a693e8b4782/html5/thumbnails/28.jpg)
Procedimiento de mediación. Fases.
Solicitud de inicio
Sesion informativa
Sesion constitutiva
Desarrollo de actuaciones
Terminación del procedimiento
Acuerdo de mediación