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CUENTA DE LIQUIDACIÓN DEFINITIVA UNIDAD DE EJECUCIÓN “ONDARA-1” SUELO URBANO ALFARP AYUNTAMIENTO DE ALFARP OCTUBRE 2013

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CUENTA DE LIQUIDACIÓN DEFINITIVA

UNIDAD DE EJECUCIÓN “ONDARA-1”

SUELO URBANO

ALFARP

AYUNTAMIENTO DE ALFARP

OCTUBRE 2013

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62-1-021 / CLDEF CLD Ondara 1 bis J/mcm

ÍNDICE 1.- INTRODUCCIÓN. 2.- NORMATIVA, RÉGIMEN Y PROCEDIMIENTO APLICABLE. 3.- LA CUENTA DE LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DEL PROYECTO DE

REPARCELACIÓN DE LA U.E. ONDARA-1 DE ALFARP. 4.- GASTOS

4.1.- OBRAS DE URBANIZACIÓN 4.1.1.- Obras proyectadas, contratadas y ejecutadas. 4.1.2.- Certificaciones de obra. 4.2.- GASTOS GENERALES 4.3.- INDEMNIZACIONES 4.4.- DIFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN 4.5.- TOTAL GASTOS

5.- INGRESOS 6.- CUOTA CUENTA DE LIQUIDACIÓN DEFINITIVA ANEXOS I.- Cuadro Cuenta de Liquidación Provisional del Proyecto de Reparcelación

de la Unidad de Ejecución Ondara-1. II.- Cuadro Resumen de Cuotas de Urbanización del Proyecto de Reparcelación

de la Unidad de Ejecución Ondara-1. III.- Cuadro Cuenta de Liquidación Definitiva.

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1.- INTRODUCCIÓN. El presente documento constituye la Cuenta de Liquidación Definitiva del ámbito de la Unidad de Ejecución Ondara-1 del Suelo Urbano del municipio de Alfarp, que se redacta tras la completa terminación de la urbanización del ámbito, llevada a cabo en cumplimiento del correspondiente Programa de Actuación Integrada que, por gestión directa, aprobó y ha ejecutado el Ayuntamiento de Alfarp. Este documento recoge el desarrollo de la actuación urbanística del citado ámbito de la U.E. Ondara-1 desde la Cuenta de Liquidación Provisional del correspondiente Proyecto de Reparcelación, y determina la liquidación final o cuota final, correspondiente a los propietarios de parcelas resultantes, derivada de las diferencias entre la citada Cuenta de Liquidación Provisional de la Reparcelación y la realidad de los trámites y gastos realmente producidos para la efectiva ejecución y terminación de la urbanización de la U.E. La estructura de este documento responde al siguiente esquema, en síntesis:

- Cuenta de Liquidación Provisional de la Reparcelación aprobada definitivamente, en su día.

- Gastos realmente producidos.

- Ingresos, cuotas liquidadas derivadas de la Cuenta de Liquidación Provisional.

- Saldo final, Cuenta de Liquidación Definitiva, que resulta de la

diferencia entre el contenido de la Cuenta de Liquidación Provisional y los ingresos y gastos realmente producidos.

2.- NORMATIVA, RÉGIMEN Y PROCEDIMIENTO

APLICABLE.

Tanto la Ley 6/1994 Reguladora de la Actividad Urbanística (LRAU), vigente al tiempo de elaboración y tramitación del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución Ondara I de Suelo Urbano Residencial de Alfarp, como la Ley 16/2005 Urbanística Valenciana (LUV) y el ROGTU aprobado por Decreto 67/2006, hoy vigentes, no contienen una normativa específica completa relativa a la elaboración, tramitación y aprobación de la Cuenta de Liquidación Definitiva de las actuaciones urbanísticas, por lo que, en lo que aquellas no regulan, continúa siendo aplicable el Reglamento de Gestión Urbanística de 1978 (RGU), como derecho supletorio.

En cualquier caso, tanto en la LRAU como en la LUV y el ROGTU, la Cuenta

de Liquidación del Proyecto de Reparcelación, en especial en los casos de gestión

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directa municipal como el presente, es siempre provisional, a resultas de la efectiva ejecución de la actuación pública de urbanización del ámbito, tras la cual se ha de elaborar, tramitar y aprobar la Cuenta de Liquidación Definitiva con los efectos legales que procedan respecto de la obligación de los propietarios afectados de sufragar todas las cargas de urbanización de la actuación.

En este sentido, el contenido de las repetidas normas autonómicas aplicables se

complementa con el contenido de los artículos 128 y 129 del RGU, que establecen el régimen jurídico de la Cuenta de Liquidación Definitiva, que en lo que refiere y afecta al presente caso, sería el siguiente:

a) La liquidación definitiva de la reparcelación tendrá lugar cuando termine la urbanización de la unidad reparcelable.

b) La Cuenta de Liquidación Definitiva debe tener sólo efectos económicos

y no debe afectar a la titularidad real sobre los terrenos, ni a otros derechos reales sobre las parcelas adjudicadas.

c) En la Cuenta de Liquidación Definitiva se deben tener en cuenta los

siguientes conceptos y circunstancias:

- Las cargas y gastos prorrateables entre los adjudicatarios de parcelas resultantes adjudicadas que se hayan producido con posterioridad al acuerdo de reparcelación.

- Los errores u omisiones que se hayan advertido con posterioridad

al acuerdo de aprobación de la Reparcelación. - Las rectificaciones que deban considerarse por venir impuestas

por resoluciones administrativas o judiciales posteriores al citado Acuerdo aprobatorio de la Reparcelación.

d) La Cuenta de Liquidación Definitiva se redactará por la Administración

actuante y será notificada, publicada, tramitada y aprobada en la misma forma que el proyecto de reparcelación, de modo que la tramitación será igual a la del Proyecto de reparcelación.

Sobre la base de este régimen se redacta la presente Cuenta de Liquidación Definitiva, en la que, a partir de la Cuenta de Liquidación Provisional del Proyecto de Reparcelación en su día aprobado, se recogen todas las actuaciones practicadas y los gastos producidos hasta la completa terminación de la ejecución urbanística del ámbito de la actuación.

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3.- LA CUENTA DE LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DEL

PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA U.E. ONDARA-1 DE ALFARP.

El Ayuntamiento de Alfarp, previos los trámites municipales oportunos, mediante Resolución de Alcaldía nº 7 de fecha 16 de enero de 2006, ratificada por el Ayuntamiento-Pleno en sesión celebrada el día 30 de enero de 2006, aprobó definitivamente el Proyecto de Reparcelación y el Proyecto de Urbanización con Separata Eléctrica, de la Unidad de Ejecución Ondara-1 de Suelo Urbano Residencial de Alfarp.

Dicha aprobación fue notificada a los propietarios e interesados y publicada

mediante anuncio insertado en el BOP de Valencia nº 58 de fecha 9 de marzo de 2006. El Proyecto de Reparcelación se elaboró para ejecución del correspondiente

Programa de Actuación Integrada, por gestión directa municipal, contiene la Cuenta de Liquidación Provisional sobre la que se calculan las cuotas de urbanización que han sido giradas a los propietarios y es la que establece, respecto de cada propietario, las cantidades que le corresponde abonar o percibir, en función de los datos existentes en el momento de la elaboración y aprobación del Proyecto de Reparcelación. El importe de las cuotas que corresponde abonar por cuenta de cada parcela se determinó repartiendo las cargas de urbanización entre todas las parcelas resultantes de la actuación en directa proporción a su aprovechamiento objetivo.

Como ANEXO I de este documento de Cuenta de Liquidación Definitiva, se adjunta el Cuadro Cuenta de Liquidación Provisional del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución Ondara-1.

En resumen, los datos contenidos en la Cuenta de Liquidación Provisional del Proyecto de Reparcelación (sin incluir el IVA) son los siguientes:

- Gastos generales …………………………. 39.546,40 €.

- Diferencias de adjudicación …………….... 18.733,97 €.

- Indemnizaciones …………………………. 24.818,48 €.

- Obras de urbanización …………………… 1.026.007,05 €.

A partir de ese momento y tras la secuencia de actuaciones acontecida, se han ejecutado las obras de urbanización del ámbito, ya han terminado y ya han sido recibidas por el Ayuntamiento y procede por tanto ahora la tramitación y aprobación de la Cuenta de Liquidación Definitiva, de la que resultará la Cuota Final que proceda según este documento.

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4.- GASTOS. 4.1.- OBRAS DE URBANIZACIÓN. 4.1.1.- Obras proyectadas, contratadas y ejecutadas. Después de la incoación y tramitación del procedimiento para adjudicación y contratación de las obras de urbanización de la U.E., tras la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación (que contenía la Cuenta de Liquidación Provisional), el Ayuntamiento acordó en fecha 25 de septiembre de 2006 la adjudicación del contrato de obras a la U.T.E. “Urbamed Martínez Etayi Urb-Ondara de Alfarp” por importe de 1.026.007,05 euros más IVA. El contrato de obras se suscribió en fecha 27 de octubre de 2006. El total de obras de urbanización ejecutado y certificado por la citada U.T.E. asciende a un importe de 994.013,26 € más IVA. Este es el importe de dichas obras imputable en esta Cuenta de Liquidación Definitiva. Este importe, sin embargo, no corresponde con las obras completas, pues se han producido diversas incidencias que han determinado la necesidad de completar la parte eléctrica con un proyecto complementario, debido a que en el proyecto original estaba prevista la conexión eléctrica atravesando un vial a obtener por desarrollo de la U.E. Ondara-2 que, si bien inició su desarrollo y ejecución, finalmente ha quedado sin efecto por lo que ha sido necesario proyectar y ejecutar un trazado de conexión alternativo, ya que no ha sido posible conectar la U.E. Ondara-1 mediante el citado vial. En consecuencia, como continuación de las obras de urbanización de la U.E. Ondara-1, y para su finalización, se ha redactado, tramitado y aprobado el Proyecto eléctrico de obras consistentes en “Línea aérea trifásica a 20 Kv con inicio y apoyo nº 590.546 en L-16 de Catadau 20 Kv (St Alzira) y final en CT IBD Miguel Añó Belza”.

Dichas obras, imprescindibles para culminar la urbanización de la U.E. Ondara-1, se adjudicaron, mediante Resolución de Alcaldía de fecha 8 de febrero de 2012, a la mercantil Proyme Alginet S.L., tras el procedimiento de contratación legal correspondiente, y se suscribió contrato de obras el día 9 de febrero de 2012, por importe de 153.743,48 euros (más IVA), total 181.417,31 euros. La adjudicación se publicó mediante la inserción de anuncio en el BOP de Valencia nº 46 de 23 de febrero de 2012.

El total de estas obras certificado por Proyme Alginet S.L. asciende a un importe

de 131.110,52 euros más IVA, que corresponde con la Certificación nº 1 y nº 2 de dichas obras. Este es el importe de esa parte de las obras imputable en esta Cuenta de Liquidación Definitiva.

Mediante la anterior contratación tampoco se pudo finalizar la urbanización, por lo que el Ayuntamiento, ante la urgente necesidad de terminación de las obras eléctricas

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imprescindibles para finalizar la urbanización de la U.E., ha elaborado, tramitado y aprobado el Proyecto eléctrico de obras, complementario del anterior, denominado “Línea subterránea trifásica a 20 KV con inicio en el CT 2 y final en CT propiedad de Iberdrola en calle Miguel Añó Belza” y ha llevado a cabo los trámites necesarios para su contratación por urgencia. Tras celebrarse el procedimiento de contratación legalmente establecido, mediante Resolución de Alcaldía de fecha 29 de julio de 2013, se adjudicó a favor de la mercantil Proyme Alginet S.L. dicho contrato de obras por importe 91.345,04 euros (más IVA al 21%). El contrato se formalizó en fecha 30 de julio de 2013.

En fecha 10 de septiembre de 2013, se emitió Certificación de obra nº 1 y última

por importe de 91.345,04 euros más IVA. Este importe se incluye en los gastos de la Cuenta de Liquidación Definitiva. 4.1.2.- Certificaciones de obra.

El importe de las obras de urbanización ejecutadas por la U.T.E. “Urbamed Martínez Etayi Urb-Ondara de Alfarp”, según el Proyecto de Urbanización originario aprobado en su día, se recoge en el siguiente cuadro, que desglosa la obra ejecutada según las certificaciones emitidas y aprobadas por el Ayuntamiento (el IVA se entiende siempre aparte):

Respecto de la parte eléctrica de la urbanización de la U.E., la misma U.T.E. realizó las siguientes obras, de conformidad con el Proyecto originario:

En definitiva, la suma de importes de obra realmente ejecutada (PEC) por la U.T.E., con certificaciones contrastadas, informadas y aprobadas por el Ayuntamiento, con arreglo al Proyecto de Urbanización inicial, asciende a la suma de 994.013,26 euros (576.331,67 € + 417.681,59 €), IVA aparte.

Nº CERTIFICACIÓN FECHA IMPORTE (BI) IVA AL

16% TOTAL

1ª 02/04/2007 117.970,45 € 18.875,27 € 136.845,72 €

2ª 20/07/2007 59.344,73 € 9.495,16 € 68.839,89 €

3ª 20/07/2007 70.173,83 € 11.227,81 € 81.401,64 €

4ª 01/10/2007 102.493,77 € 16.399,00 € 118.892,77 €

5ª 01/10/2007 61.328,70 € 9.812,59€ 71.141,29 €

6ª 01/10/2007 50.272,05 € 8.043,53 € 58.315.58 €

7ª 08/10/2007 55.258,22 € 8.841,32 € 64.099,54 €

8ª 27/12/2007 59.489,92 € 9.518,39 € 69.008,31 €

TOTAL 576.331,67 € 92.213,06 € 668.544,73 €

Nº CERTIFICACIÓN FECHA IMPORTE (BI) IVA AL 16%

TOTAL

1ª 20/07/2007 246.184,79 € 39.389,57 € 285.574,36 €

2ª 30/04/2008 70.167,04 € 11.226,73 € 81.393,77 €

3ª 30/04/2008 101.329,76 € 16.212,76 € 117.542,52 €

TOTAL 417.681,59 € 66.829,05 € 484.510,64 €

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En la obra denominada “Línea aérea trifásica a 20 Kv con inicio y apoyo nº 590.546 en L-16 de Catadau 20 Kv (St Alzira) y final en CT IBD Miguel Añó Belza”, la mercantil contratista, Proyme Alginet S.L., ha emitido las siguientes Certificaciones de Obra:

En la obra denominada “Línea subterránea trifásica a 20 KV con inicio en el CT 2 y final en CT propiedad de Iberdrola en calle Miguel Añó Belza”, la mercantil contratista, Proyme Alginet S.L., ha emitido una única Certificación de Obra, que es la siguiente:

Del total de las certificaciones de obra detalladas, resulta el siguiente resumen:

- Total costes de urbanización sin IVA ……….. 1.216.468,82 euros. - Total costes de urbanización con IVA ………… 1.419.817,08 euros.

4.2.- GASTOS GENERALES. A efectos de esta Cuenta de Liquidación Definitiva, además del capítulo más importante, correspondiente a las obras de urbanización, se encuentran el resto de costes y gastos generales previstos en el Proyecto de Reparcelación y cuantificados en su Cuenta de Liquidación Provisional. Los gastos generales corresponden a asesoramiento, redacción de proyectos jurídicos y técnicos, indemnizaciones, diferencias de adjudicación, dirección de obra, Registro de la Propiedad, publicaciones, tasas de Diputación, gastos de inspección de la instalación eléctrica, etcétera. Todos estos conceptos se incorporan en esta Cuenta de Liquidación Definitiva, en la medida en que son gastos justificados, documentados y aprobados por el Ayuntamiento.

La Cuenta de Liquidación Provisional preveía gastos generales administrativos y de proyectos que con el desarrollo y ejecución de la actuación han sufrido ligeras variaciones respecto de la previsión inicial establecida en el Proyecto de Reparcelación, si bien en todos los casos las variaciones están justificadas y documentadas.

Nº CERTIFICACIÓN

FECHA IMPORTE (BI) IVA AL 18% IVA AL

21% TOTAL

1ª 26/04/2012 80.317,22 € 14.457,10 € 94.774,32 €

2ª 21/05/2012 50.793,30 € 10.666,59 € 61.459,89 €

TOTAL 131.110,52 € 14.457,10 € 10.666,59 € 156.234,21€

Nº CERTIFICACIÓN

FECHA IMPORTE (BI) IVA AL

21% TOTAL

1ª Y ÚNICA 10/09/2013 91.345,04 € 19.182,46 € 110.527,50 €

TOTAL 91.345,04 € 19.182,46 110.527,50 €

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Los gastos realmente producidos, todos ellos correspondientes a partidas y cuantías debidamente justificadas y documentadas, son los siguientes (el IVA se entiende siempre aparte, aplicado en cada caso al tipo vigente en la fecha de las correspondientes liquidaciones):

En resumen, los gastos generales producidos son los siguientes:

- Total gastos generales sin IVA ……….. 95.721,52 euros. - Total gastos generales con IVA ………… …111.799,38 euros.

4.3.- INDEMNIZACIONES. El importe correspondiente a las indemnizaciones por elementos no compatibles con la actuación incluido en la Cuenta de Liquidación Provisional aprobada no ha variado y asciende a 24.818,48 euros. A este importe no se le aplica IVA. 4.4.- DIFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. Las diferencias de adjudicación son las compensaciones económicas producidas por los ajustes contenidos en la Reparcelación entre los aprovechamientos de Derecho adjudicables y los que realmente fueron adjudicados. Los importes por este concepto en esta Cuenta de Liquidación Definitiva no cambian respecto de la Cuenta de Liquidación Provisional del Proyecto de Reparcelación aprobado y ascienden a 18.734,00 euros, salvo los cambios que se reflejan en el apartado 6 de esta Memoria, al que nos remitimos, referidos únicamente a as parcelas 26 y 41. A este importe no se le aplica IVA. 4.5.- TOTAL GASTOS. El resumen de los gastos realmente producidos con motivo de la ejecución de la U.E. es el siguiente, sin incluir el IVA:

CONCEPTO  IMPORTE (BI) IVA AL 16% 

IVA AL 18% 

IVA AL 21% 

TOTAL 

Registro de la Propiedad  4.799,99 €  749,25€  21,10 €    5.570,34 € 

Publicaciones  2.948,78 €      126,00 €  3.074,78 € 

Honorarios Equipo Redactor  39.545,90€  6.327,34€      45.873,24 € 

Proyectos Eléctricos  17.125,00      3.596,25 €  20.721,25 € 

Tramitación y control  22.000,00 €      4.620,00 €  26.620,00 € 

Diputación‐Tasa intervención Pericial  5.599,85 €        5.599,85 € 

Iberdrola  1.392,00 €  222,72 €      1.614,72 € 

SIGMA‐Inspección  2.160,00 €    230,40€  184,80€  2.575,20 € 

Tasas  150,00 €        150,00 € 

TOTAL  95.721,52 €  7.299,31 €  251,50 €  8.527,05  111.799,38 

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CONCEPTO  IMPORTE SIN IVA  IMPORTE CON IVA 

Obras de Urbanización  1.216.468,82 €  1.419.817,08 € Gastos generales  95.721,52 €  111.799,38 

Indemnizaciones  24.818,48 €  24.818,48 € 

Diferencias de adjudicación CLP    18.734,00 €  18.734,00 € 

 Total  1.355.742,82 €  1.575.168,94 € 

5.- INGRESOS. Los saldos de la Cuenta de Liquidación Provisional del Proyecto de Reparcelación se han liquidado a los propietarios en cuatro derramas o giros según Calendario de Cuotas aprobado, en su día, mediante Resolución de Alcaldía nº 97/2006, posteriormente modificado por Resolución nº 23/2007 de 21 de febrero de 2007.

1.- El primer giro o cuota denominada “Cuota Cero” incluyó:

- El 100% de los gastos generales (honorarios y otros gastos) de la Cuenta de Liquidación Provisional de la Reparcelación.

- El 100 % de las indemnizaciones por diferencias de adjudicación. - El 100% de las indemnizaciones por derribos y destrucción de

elementos incompatibles con la actuación.

2.- El segundo giro o cuota denominada “Cuota 1” incluyó un tercio (1/3)

de los gastos de urbanización establecidos en la Cuenta de Liquidación Provisional de la Reparcelación.

3.- El tercer giro o cuota denominada “Cuota 2” incluyó un tercio (1/3) de los gastos de urbanización de la Cuenta citada.

4.- El cuarto giro o cuota denominada “Cuota 3” incluyó el último tercio (1/3) de los gastos de urbanización de la Cuenta citada.

A los importes anteriores a los que resultaba de aplicación el IVA se les imputó

el vigente en el momento del giro de las correspondientes cuotas. Como ANEXO II de este documento se adjunta Cuadro Resumen de Cuotas

de Urbanización del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución Ondara-1. A efectos del presente documento de Cuenta de Liquidación Definitiva, resulta indiferente el estado de “pagos” de los propietarios producido por las liquidaciones de cuotas, que tiene un régimen de recaudación voluntaria y, en su caso, ejecutiva que no afecta a los cálculos y cuantías de este documento. Debe tenerse en cuenta que los

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posibles gastos por la recaudación de las cuotas, en vía ejecutiva, en su caso, no son gastos generales imputables a la masa general de la Cuenta de Liquidación sino que corresponden, en exclusiva, al propietario que los hubiese generado. 6. CUOTA CUENTA DE LIQUIDACIÓN DEFINITIVA.

La diferencia entre el importe total de las cargas que corresponde a los

propietarios según lo expuesto en el Apartado 4 anterior de este documento, y los saldos de la Cuenta de Liquidación Provisional del Proyecto de Reparcelación que se han liquidado en cuatro derramas, arroja el importe de cargas resultante de esta Cuenta de Liquidación Definitiva, que corresponde pagar a los propietarios. El importe resultante de la Cuenta de Liquidación Definitiva se reparte entre los propietarios en función de su participación en la actuación, descontando los saldos resultantes de la Cuenta de Liquidación Provisional del Proyecto de Reparcelación aprobado definitivamente, es decir descontando la suma de importes de las cuatro derramas o liquidaciones de cuotas practicadas. Se adjunta como ANEXO III de este documento el Cuadro Cuenta y Cuota de Liquidación Definitiva de la Unidad de Ejecución Ondara-1 con los costes y gastos totales agrupados como en la Cuenta de Liquidación Provisional, con la cuota definitiva correspondiente a cada propietario, y con el saldo final. Se han actualizado los propietarios, según Notas Simples del Registro de la Propiedad de Carlet de fecha 27 de enero de 2012. Para mejor comprensión, detallamos los importes incluidos en esta Cuenta de Liquidación Definitiva: CUADRO 1. Cuenta de Liquidación Provisional. CUADRO 2. Resumen de cuotas de urbanización. CUADRO 3. Cuenta de Liquidación Definitiva. - Columnas “1”: Reflejan la Cuenta de Liquidación Provisional de la Reparcelación. - Columnas “2”:

Columna “2.1. Coste de Urbanización”. Importe de las obras de urbanización y proyectos adicionales ejecutados para terminar las obras: 1.216.468,82 euros más IVA.

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Columna “2.2. Otros Gastos”. Importe correspondiente a los Gastos Generales. En esta columna se identifican los gastos a los que resulta de aplicación el IVA correspondiente y los gastos a los que no se les aplica IVA por no proceder según legislación vigente. Estos son los siguientes:

Columna “2.2.1. Aplicable IVA”. Total Importe 87.622,89 euros más IVA:

Columna “2.2.2. No aplicable IVA”. Total Importe 8.098,63 euros.

Columnas “2.3.” (IVA al 16%, IVA al 18%, IVA al 21%). Desde que se aprobó la Cuenta de Liquidación Provisional hasta la fecha de hoy se han producido variaciones en el tipo de IVA vigente, pasando del 16% al 18% y posteriormente al 21%, que es el que actualmente está en vigor. Sobre los gastos en los que ha ido incurriendo el Ayuntamiento de Alfarp a lo largo de la ejecución de la urbanización de la U.E. Ondara-1, se ha aplicado el IVA vigente en el momento facturación. En estas columnas se indica el IVA aplicado a los gastos correspondientes, en función de la fecha de devengo y aplicación del tipo de IVA vigente.

Columna “2.4. Valoraciones”. Esta columna indica las indemnizaciones a pagar y a cobrar según el caso por elementos incompatibles con la actuación. Estos importes son los mismos que los que figuran en la Cuenta de Liquidación Provisional.

Columna “2.5. Diferencias de Adjudicación”. Estos importes también son los mismos que los que figuran en la Cuenta de Liquidación Provisional, salvo lo que se refleja más adelante en este mismo apartado respecto de las parcelas 26 y 41.

Columna “2.6. Total”. Suma de las Columnas 2.1, 2.2.1, 2.2.2, 2.3, 2.4 y 2.5. - Columnas “3. Cuota Definitiva”: Columna “3.1. Costes de Urbanización”. Diferencia entre la columna 2.1 y la columna 1.1. Diferencias entre el importe de las obras según la Reparcelación y las obras realmente ejecutadas.

CONCEPTO IMPORTE  (más IVA) 

Registro de la Propiedad  4.799,99 € 

Publicaciones  600,00 € 

Honorarios Equipo Redactor  39.545,90 € 

Proyectos Eléctricos  17.125,00 € 

Tramitación y control  22.000,00 € 

Iberdrola  1.392,00 € 

SIGMA‐Inspección  2.160,00 € 

CONCEPTO  IMPORTE 

Publicaciones  2.348,78 € 

Diputación‐Tasa intervención Pericial  5.599,85 € 

Tasas  150,00 € 

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Columna “3.2. Otros Gastos” Columna “3.2.1 Aplicable IVA”. Diferencia entre las Columnas 2.2.1 y 1.2.1 correspondientes a los gastos generales. Columna “3.2.2 No aplicable IVA”. Diferencia entre las Columnas 2.2.2 y 1.2.2 también correspondientes a los gastos generales.

Columna “3.3. IVA al 21%”. Aplicación sobre las Columnas 3.1 y 3.2.1 del IVA al 21%. Columna “3.4. Total”. Suma de las Columnas 3.1, 3.2.1, 3.2.2 y 3.3.

En este Cuadro, se han realizado dos ajustes correspondientes por una parte, a las parcelas 6.30 y 30 y por otra, a las parcelas 26 y 41. El ajuste realizado a las parcelas 6.30 y 30 corresponde con los Gastos de la Cuota 0. Éstos fueron pagados en su integridad por el propietario de la parcela 30, debiéndose haber pagado por ambos propietarios en función de su participación. El ajuste ha consistido en incrementar sobre la parcela 6.30 el importe de esos gastos según su participación y en disminuir sobre la parcela 30, el importe que no le correspondía pagar a esa parcela. El segundo ajuste, se ha realizado en aplicación de la Resolución de Alcaldía de fecha 27 de junio de 2006, por la que se estima la alegación planteada por el propietario de la parcela 26 y se le reconoce el derecho a percibir la compensación económica que proceda por los 45,06 m2 adjudicados a la parcela 41, a cargo de ésta.

El saldo resultante imputable a cada propietario genera una cuota que se documenta en este mismo expediente y con su misma tramitación y aprobación, de tal forma que dicha cuota no requerirá una nueva aprobación posterior sino que tan solo requerirá la puesta al cobro para su recaudación, una vez que haya sido tramitada y aprobada la Cuenta de Liquidación Definitiva. No debe establecerse un calendario de pagos en función de la previsión temporal de gastos porque todos los importes finales de esta Cuenta de Liquidación Definitiva se han devengado ya, de manera que ya se ha generado para el Ayuntamiento la obligación de pago o bien incluso han sido gastos ya abordados, de tal modo que procede su liquidación a los propietarios para su recaudación.

Para las notificaciones que se practiquen con la cuota para su recaudación, de

acuerdo con la LUV, se establece el plazo de un mes para el pago en voluntaria para cada propietario a partir de la notificación de la cuota que corresponda a cada uno.

Transcurrido el plazo desde la notificación que se practique a cada propietario de

su liquidación, sin haber efectuado el pago, se incurrirá en periodo de apremio y se podrá proceder por el Ayuntamiento a la recaudación ejecutiva, con los recargos y

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gastos adicionales que ello conlleve para el propietario que incurra en apremio. Los gastos que se generen por la recaudación ejecutiva serán de cargo del propietario que los produzca.

Con esto y los Anexos que se adjuntan se da por finalizado el documento Cuenta de Liquidación Definitiva del PAI de la UE Ondara-1. Valencia para Alfarp, a 31 de octubre de 2013

EQUIPO REDACTOR

LORENTE TALLADA ABOGADOS

Fdo: Jorge Lorente Pinazo Abogado

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ANEXOS I.- Cuadro Cuenta de Liquidación Provisional del Proyecto de Reparcelación

de la Unidad de Ejecución Ondara-1. II.- Cuadro Resumen de Cuotas de Urbanización del Proyecto de

Reparcelación de la Unidad de Ejecución Ondara-1. III.- Cuadro Cuenta y Cuota de Liquidación Definitiva.

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ANEXO I. Cuadro Cuenta de Liquidación Provisional del Proyecto de

Reparcelación de la Unidad de Ejecución Ondara-1.

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V:\62-1-021 ALFARP ONDARA 1\CLDEF\CLDEF modCLIQ PROVISIONAL

PARCELA APROVECHAMIENTO APROVECHAMIENTO COEFICIENTE COSTES URB. OTROS GASTOS TOTAL

ADJUDICADA ADJUDICADO ADJUDICADO POR PARCELA % (SIN IVA) (SIN IVA) DEBE HABER DEBE HABER (sin IVA)

BARBERA BARBERA DOLORES 1‐2 2.046,11 5,79 59.383,71 2.289                   1.436,46         5.313,20            ‐237,9104 57.558                    

BARBERA FLORDELIS JOSEFA 3 1.490,64 4,22 43.262,45 1.668                   1.046,49         624,84                ‐173,5916 45.178                    

DIRANZO DOMINGUEZ JOSEFINA 4 2.994,02 8,47 86.894,65 3.349                   2.101,93         3.191,31            2529,1812 91.684                    

BARBERA JOARES JOSÉ 5 1.178,07 3,33 34.190,81 1.318                   827,05            1.291,99            995,2124 36.039                    

AÑÓ AÑÓ VICENTE 6.30 2.934,50 8,30 85.167,22 3.283                   2.060,14         2878,85 1235,8892 88.867                    

30 1.471,63 0,00 ‐                            ‐                               

6.30 1.462,87 0,00 ‐                            ‐                               

SERRANO DIRANZO CONSUELO 7 1.245,10 3,52 36.136,21 1.393                   874,11            1.644,92            1051,9236 37.810                    

GARCIA DIRANZO JOSEFA 8 1.318,94 3,73 38.279,25 1.475                   925,95            1.249,10            1114,1676 40.546                    

CALVO CORBERA ROSA 9 3.228,22 9,13 93.691,78 3.611                   2.266,35         3.442,91            843,0604 96.970                    

9.1  997,98 0,00 ‐                            ‐                               

9.2 2.230,24 0,00 ‐                            ‐                               

CALVO BISBAL AMPARO 10 3.209,75 9,08 93.155,67 3.591                   2.253,38         738,84                98.261                    

PERIS GIL JOSE SALVADOR 11 4.062,93 11,49 117.917,34 4.545                   2.852,35         125.315                  

11.1 1.371,02 0,00 ‐                            ‐                               

11.2 2.691,91 0,00 ‐                            ‐                               

ORTIZ ROIG VICENTE 24 137,94 0,39 4.003,40 154                      96,84              3186,8928 7.441                       

MARTINEZ CALVO HNAS Y MINGUEZ ROSA JOSE VCT 25.1 2.169,15 1.738,90 4,92 50.467,64 1.945                   1.220,78         1.500,16            6823,3256 58.957                    

MARTÍNEZ CALVO HNAS Y MINGUEZ ROSA JOSE VCT 25.2 430,25 1,22 12.487,03 481                      302,05            ‐6823,3256 6.447                       

GIMÉNEZ CALVO SALVADOR J. y CURSA ADAM Mª CONSUELO 26 617,50 1,75 17.921,54 691                      433,51            986,24                18.060                    

LÓPEZ ROIG MARIA ISABEL y BISBAL MARTÍ RAMÓN 27 1.533,63 4,34 44.510,14 1.716                   1.076,67         1.366,10            45.936                    

BARBERÁ DOMINGUEZ VICENTE y DONAT ROIG ROSA 28 1.046,01 2,96 30.358,07 1.170                   734,34            32.263                    

28.1 806,01 0,00 ‐                            ‐                               

28.2 240,00 0,00 ‐                            ‐                               

FERRER BISBAL JOSEFA FERRER 29 2.144,77 6,07 62.247,09 2.399                   1.505,72         ‐43,5708 66.108                    

29.1 1.769,98 0,00 ‐                            ‐                               

29.2 374,79 0,00 ‐                            ‐                               

AÑÓ AÑÓ AMPARO 31 1.036,85 2,93 30.092,22 1.160                   727,91            205,4052 32.185                    

31.1 793,88 0,00 ‐                            ‐                               

31.2 242,97 0,00 ‐                            ‐                               

FERRER BISBAL JOSEFA FERRER 36 1.696,78 4,80 49.245,20 1.898                   1.191,21         ‐34,5800 52.300                    

36.1 1.400,27 0,00 ‐                            ‐                               

36.2 296,51 0,00 ‐                            ‐                               

GIMENEZ CALVO SALVADOR JOSÉ 37 375,49 1,06 10.897,74 420                      263,61            11.581                    

CLERIGUES SIMON GLORIA 40 517,4 1,46 15.016,36 579                      363,24            437,0912 16.395                    

SANZ ROIG FRANCISCO 41 368,04 1,04 10.681,53 412                      258,38            590,00                311,2200 11.073                    

COMUNIDAD DE REGANTES 0 ‐                            ‐                       ‐11420,9877 11.421 ‐                   

TOTAL 35.351,84 100 1.026.007,05 € 39.546,40 € 24818,48 24818,48 18.734                 18.734                       1.065.553,45 €

ANEXO I: CUADRO CUENTA DE LIQUIDACIÓN PROVISIONAL DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA UE ONDARA‐1 DE ALFARPVALORACIONES DIFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN

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ANEXO II. Cuadro Resumen de Cuotas de Urbanización del Proyecto de

Reparcelación de la Unidad de Ejecución Ondara-1.

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V:\62-1-021 ALFARP ONDARA 1\CLDEF\CLDEF modresumen pagos

ANEXO II. CUADRO RESUMEN DE CUOTAS DE URBANIZACIÓN DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN ONDARA‐I DE ALFARP

A PAGAR A COBRAR A PAGAR A COBRARBASE NO 

APLICABLE IVA

BASE 

APLICABLE IVA

IVA AL 

16%TOTAL

BASE APLICABLE 

IVAIVA AL 16% TOTAL

BASE APLICABLE 

IVAIVA AL 16% TOTAL

BASE 

APLICABLE 

IVA

IVA AL 

16%TOTAL

BASE NO 

APLICABLE 

IVA

BASE 

APLICABLE IVAIVA AL 16% TOTAL

€ € € € € € € € € € € € € € € € € € € € €

1‐2 2.288,88 59.383,71 1.436,46 ‐5.313,20 ‐237,91 ‐4.114,65 2.288,88 366,22 ‐1.459,50 19.794,57 3.167,13 22.961,70 19.794,57 3.167,13 22.961,70 19.794,57 3.167,13 22.961,70 ‐4.114,65 61.672,59 9.867,62 67.425,55

3 1.667,51 43.262,45 1.046,49 ‐624,84 ‐173,59 248,06 1.667,51 266,80 2.182,42 14.420,82 2.307,33 16.728,15 14.420,82 2.307,33 16.728,15 14.420,82 2.307,33 16.728,15 248,06 44.929,96 7.188,79 52.366,81

4 3.349,27 86.894,65 2.101,93 ‐3.191,31 2.529,18 1.439,80 3.349,27 535,88 5.324,97 28.964,88 4.634,38 33.599,27 28.964,88 4.634,38 33.599,27 28.964,88 4.634,38 33.599,27 1.439,80 90.243,92 14.439,03 106.122,74

5 1.317,85 34.190,81 827,05 ‐1.291,99 995,21 530,28 1.317,85 210,86 2.059,01 11.396,94 1.823,51 13.220,45 11.396,94 1.823,51 13.220,45 11.396,94 1.823,51 13.220,45 530,28 35.508,66 5.681,39 41.720,33

6,30 1.636,44 42.456,49 1.027,00 ‐1.435,14 616,10 0,00 0,00 0,00 0,00 14.228,74 2.276,60 16.505,34 14.160,33 2.276,60 16.505,34 14.228,74 2.276,60 16.505,34 0,00 42.617,81 6.818,85 49.436,66

30 1.646,24 42.710,73 1.033,15 ‐1.443,72 619,79 417,17 3.282,68 525,23 4.225,10 14.160,33 2.265,65 16.425,98 14.228,74 2.265,65 16.425,98 14.160,33 2.265,65 16.425,98 417,17 45.832,08 7.333,13 53.582,38

7 1.392,83 36.136,21 874,11 ‐1.644,92 1.051,92 281,12 1.392,83 222,85 1.896,85 12.045,40 1.927,26 13.972,67 12.045,40 1.927,26 13.972,67 12.045,40 1.927,26 13.972,67 281,12 37.529,04 6.004,65 43.814,80

8 1.475,43 38.279,25 925,95 ‐1.249,10 1.114,17 791,02 1.475,43 236,07 2.502,53 12.759,75 2.041,56 14.801,31 12.759,75 2.041,56 14.801,31 12.759,75 2.041,56 14.801,31 791,02 39.754,68 6.360,75 46.906,45

9 3.611,25 93.691,78 2.266,35 ‐3.442,91 843,06 ‐333,50 3.611,25 577,80 3.855,58 31.230,59 4.996,89 36.227,49 31.230,59 4.996,89 36.227,49 31.230,59 4.996,89 36.227,49 ‐333,50 97.303,03 15.568,48 112.538,01

10 3.590,59 93.155,67 2.253,38 ‐738,84 1.514,54 3.590,59 574,49 5.679,62 31.051,89 4.968,30 36.020,19 31.051,89 4.968,30 36.020,19 31.051,89 4.968,30 36.020,19 1.514,54 96.746,26 15.479,40 113.740,20

11 4.545,00 117.917,34 2.852,35 2.852,35 4.545,00 727,20 8.124,55 39.305,78 6.288,93 45.594,71 39.305,78 6.288,93 45.594,71 39.305,78 6.288,93 45.594,71 2.852,35 122.462,35 19.593,98 144.908,67

24 154,31 4.003,40 96,84 3.186,89 3.283,73 154,31 24,69 3.462,73 1.334,47 213,51 1.547,98 1.334,47 213,51 1.547,98 1.334,47 213,51 1.547,98 3.283,73 4.157,70 665,23 8.106,67

25.1 1.945,22 50.467,64 1.220,78 ‐1.500,16 6.823,33 6.543,95 1.945,22 311,24 8.800,44 16.822,55 2.691,61 19.514,15 16.822,55 2.691,61 19.514,15 16.822,55 2.691,61 19.514,15 6.543,95 52.412,86 8.386,06 67.342,86

25.2 481,30 12.487,03 302,05 ‐6.823,33 ‐6.521,27 481,30 77,01 ‐5.962,91 4.162,34 665,98 4.828,32 4.162,34 665,98 4.828,32 4.162,34 665,98 4.828,32 ‐6.521,27 12.968,33 2.074,93 8.521,99

26 690,77 17.921,54 433,51 ‐986,24 ‐552,73 690,77 110,52 248,56 5.973,85 955,82 6.929,66 5.973,85 955,82 6.929,66 5.973,85 955,82 6.929,66 ‐552,73 18.612,31 2.977,97 21.037,55

27 1.715,60 44.510,14 1.076,67 ‐1.366,10 ‐289,43 1.715,60 274,50 1.700,66 14.836,71 2.373,87 17.210,59 14.836,71 2.373,87 17.210,59 14.836,71 2.373,87 17.210,59 ‐289,43 46.225,74 7.396,12 53.332,43

28 1.170,12 30.358,07 734,34 734,34 1.170,12 187,22 2.091,68 10.119,36 1.619,10 11.738,45 10.119,36 1.619,10 11.738,45 10.119,36 1.619,10 11.738,45 734,34 31.528,19 5.044,51 37.307,05

29 2.399,25 62.247,09 1.505,72 ‐43,57 1.462,15 2.399,25 383,88 4.245,33 20.749,03 3.319,84 24.068,88 20.749,03 3.319,84 24.068,88 20.749,03 3.319,84 24.068,88 1.462,15 64.646,34 10.343,42 76.451,91

31 1.159,87 30.092,22 727,91 205,41 933,32 1.159,87 185,58 2.278,84 10.030,74 1.604,92 11.635,66 10.030,74 1.604,92 11.635,66 10.030,74 1.604,92 11.635,66 933,32 31.252,10 5.000,34 37.185,75

36 1.898,11 49.245,20 1.191,21 ‐34,58 1.156,63 1.898,11 303,70 3.358,48 16.415,07 2.626,41 19.041,48 16.415,07 2.626,41 19.041,48 16.415,07 2.626,41 19.041,48 1.156,63 51.143,30 8.182,93 60.482,86

37 420,04 10.897,74 263,61 263,61 420,04 67,21 750,86 3.632,58 581,21 4.213,79 3.632,58 581,21 4.213,79 3.632,58 581,21 4.213,79 263,61 11.317,78 1.810,85 13.392,24

40 578,79 15.016,36 363,24 437,09 800,33 578,79 92,61 1.471,73 5.005,45 800,87 5.806,33 5.005,45 800,87 5.806,33 5.005,45 800,87 5.806,33 800,33 15.595,15 2.495,22 18.890,71

41 411,71 10.681,53 258,38 ‐590,00 311,22 ‐20,40 411,71 65,87 457,23 3.560,51 569,68 4.130,19 3.560,51 569,68 4.130,19 3.560,51 569,68 4.130,19 ‐20,40 11.093,24 1.774,92 12.847,75

0,00 0,00 0,00 ‐11.420,99 ‐11.420,99 0,00 0,00 ‐11.420,94 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 ‐11.420,99 0,00 0,00 ‐11.420,99

TOTAL 39.546,40 1.026.007,05 24818,48 ‐24.818,48 18.733,97 ‐18.733,97 0,00 39.546,40 6.327,42 45.873,84 342.002,35 54.720,38 396.722,72 342.002,35 54.720,38 396.722,72 342.002,35 54.720,38 396.722,72 0,00 1.065.553,44 170.488,55 1.236.041,40

VALORACIONESGASTOS DE 

URBANIZACIÓN

OTROS 

GASTOSPARCELA

TOTAL CUOTAS PAGADASDIFERENCIAS DE 

ADJUDICACIÓN

CUOTA 0

(Otros gastos+Valoraciones+Dif de adjudicación)

CUOTA 1

(Costes de Urbanización/3)

CUOTA 2

(Costes de Urbanización/3)

CUOTA 3

(Costes de Urbanización/3)

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18

ANEXO III. Cuadro Cuenta y Cuota de Liquidación Definitiva.

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V:\62-1-021 ALFARP ONDARA 1\CLDEF\CLDEF modCliq def

ANEXO III. CUADRO CUENTA DE LIQUIDACIÓN DEFINITIVA DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN ONDARA‐I DE ALFARP

(1.2.1)

APLICABLE IVA

(1.2.2)

NO APLICABLE 

IVA

A PAGAR A COBRAR A PAGAR A COBRAR(2.2.1)

APLICABLE IVA

(2.2.2)

NO APLICABLE 

IVA

DEBE HABER DEBE HABER(3.2.1)

APLICABLE IVA

(3.2.2)

NO APLICABLE 

IVA

€ € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € € €

1‐2 DOLORES BARBERA BARBERA 2.046,11 5,79% 59.383,71 2.288,88 9.867,62 1.436,45 ‐5.313,20 ‐237,91 67.425,55 70.407,34 5.071,48 468,74 9.627,59 851,31 2.221,15 1.436,45 ‐5.313,20 ‐237,91 84.532,95 11.023,63 2.782,59 468,74 2.899,31 17.174,27

3 VICENTE CORTELL CONSTRUCCIONES PROMOCION 1.490,64 4,22% 43.262,45 1.667,51 7.188,79 1.046,49 ‐624,84 ‐173,59 52.366,81 51.293,43 3.694,69 341,49 7.013,93 620,20 1.618,16 1.046,49 ‐624,84 ‐173,59 64.829,96 8.030,98 2.027,19 341,49 2.112,21 12.511,87

4 JOSEFINA DIRANZO DOMINGUEZ 2.994,02 8,47% 86.894,65 3.349,27 14.439,03 2.101,93 ‐3.191,31 2.529,18 106.122,74 103.025,25 7.420,96 685,89 14.087,80 1.245,70 3.250,15 2.101,93 ‐3.191,31 2.529,18 0,00 131.155,55 16.130,60 4.071,70 685,89 4.242,48 25.130,67

Mª CARMEN RODRIGUEZ VILA 1/2 589,04 1,67% 17.095,41 658,93 2.840,69 413,53 ‐646,00 497,61 20.860,16 20.268,90 1.459,98 134,94 2.771,59 245,08 639,43 413,53 ‐646,00 497,61 0,00 25.785,05 3.173,49 801,05 134,94 834,65 4.944,14

JAVIER MARQUEZ RODRIGUEZ 1/4 294,52 0,83% 8.547,70 329,46 1.420,35 206,76 ‐323,00 248,80 10.430,08 10.134,45 729,99 67,47 1.385,80 122,54 319,71 206,76 ‐323,00 248,80 0,00 12.892,52 1.586,74 400,53 67,47 417,33 2.472,07

ANTONIO MARQUEZ RODRIGUEZ 1/4 294,52 0,83% 8.547,70 329,46 1.420,35 206,76 ‐323,00 248,80 10.430,08 10.134,45 729,99 67,47 1.385,80 122,54 319,71 206,76 ‐323,00 248,80 0,00 12.892,52 1.586,74 400,53 67,47 417,33 2.472,07

6.30 UGASITIS S.L. 1.462,87 4,14% 42.456,49 1.636,44 7.054,87 1.027,00 ‐1.435,13 616,10 51.355,77 50.337,86 3.625,86 335,12 6.883,26 608,65 1.588,01 1.027,00 ‐1.435,13 616,10 0,00 63.586,73 7.720,05 3.625,86 543,08 2.382,64 14.271,63

30 VICENTE AÑÓ AÑO 1.471,63 4,16% 42.710,73 1.646,24 7.097,12 1.033,15 ‐1.443,72 619,79 51.663,30 50.639,29 3.647,57 337,13 6.924,48 612,29 1.597,52 1.033,15 ‐1.443,72 619,79 0,00 63.967,50 8.089,88 364,89 129,17 1.775,50 10.359,45

7 UGASITIS S.L. 1.245,10 3,52% 36.136,21 1.392,83 6.004,65 874,11 ‐1.644,92 1.051,92 43.814,80 42.844,32 3.086,10 285,24 5.858,58 518,04 1.351,62 874,11 ‐1.644,92 1.051,92 0,00 54.225,01 6.708,11 1.693,27 285,24 1.764,29 10.450,90

8 UGASITIS S.L. 1.318,94 3,73% 38.279,25 1.475,43 6.360,75 925,95 ‐1.249,10 1.114,17 46.906,45 45.385,18 3.269,12 302,15 6.206,02 548,76 1.431,77 925,95 ‐1.249,10 1.114,17 0,00 57.934,02 7.105,93 1.793,68 302,15 1.868,92 11.070,68

9 UGASITIS S.L. 3.228,22 9,13% 93.691,78 3.611,25 15.568,48 2.266,34 ‐3.442,91 843,06 112.538,01 111.084,15 8.001,45 739,54 15.189,78 1.343,14 3.504,39 2.266,34 ‐3.442,91 843,06 0,00 139.528,95 17.392,38 4.390,20 739,54 4.574,34 27.096,45

10 CARBONE INVERSIONES S.A. 3.209,75 9,08% 93.155,67 3.590,59 15.479,40 2.253,38 ‐738,84 113.740,20 110.448,53 7.955,67 735,31 15.102,87 1.335,46 3.484,33 2.253,38 ‐738,84 0,00 140.576,70 17.292,86 4.365,07 735,31 4.548,17 26.941,41

11 SALVADOR PERIS GIL 4.062,93 11,49% 117.917,34 4.545,00 19.593,98 2.852,35 144.908,67 139.806,81 10.070,36 930,76 19.117,35 1.690,44 4.410,50 2.852,35 0,00 0,00 178.878,57 21.889,47 5.525,35 930,76 5.757,11 34.102,69

24 VICENTE JOSE ORTIZ ROIG 137,94 0,39% 4.003,40 154,31 665,23 96,84 3.186,89 8.106,67 4.746,56 341,90 31,60 649,05 57,39 149,74 96,84 0,00 3.186,89 0,00 9.259,98 743,17 187,59 31,60 195,46 1.157,82

Mª VIRGINIA MARTÍNEZ CALVO

JOSÉ VICENTE MÍNGUEZ ROSA33/787 72,91 0,21% 2.116,15 81,56 351,63 51,19 ‐62,90 286,11 2.823,74 2.508,98 180,72 16,70 343,08 30,34 79,15 51,19 ‐62,90 286,11 0,00 3.433,36 392,83 99,16 16,70 103,32 612,01

Mª VIRGINIA MARTÍNEZ CALVO 377/787 832,99 2,36% 24.175,74 931,83 4.017,21 584,80 ‐718,63 3.268,61 32.259,56 28.663,58 2.064,65 190,83 3.919,49 346,58 904,25 584,80 ‐718,63 3.268,61 0,00 39.224,17 4.487,84 1.132,82 190,83 1.180,34 6.991,83

Mª JOSÉ MARTÍNEZ CALVO 377/787 832,99 2,36% 24.175,74 931,83 4.017,21 584,80 ‐718,63 3.268,61 32.259,56 28.663,58 2.064,65 190,83 3.919,49 346,58 904,25 584,80 ‐718,63 3.268,61 0,00 39.224,17 4.487,84 1.132,82 190,83 1.180,34 6.991,83

Mª VIRGINIA MARTÍNEZ CALVO

JOSÉ VICENTE MÍNGUEZ ROSA33/787 18,04 0,05% 523,59 20,18 87,00 12,67 ‐286,11 357,33 620,79 44,72 4,13 84,89 7,51 19,58 12,67 0,00 ‐286,11 508,17 97,20 24,53 4,13 25,56 151,43

Mª VIRGINIA MARTÍNEZ CALVO 377/787 206,10 0,58% 5.981,72 230,56 993,96 144,69 ‐3.268,61 4.082,33 7.092,13 510,85 47,22 969,79 85,75 223,74 144,69 0,00 ‐3.268,61 5.805,56 1.110,41 280,29 47,22 292,05 1.729,96

Mª JOSÉ MARTÍNEZ CALVO 377/787 206,10 0,58% 5.981,72 230,56 993,96 144,69 ‐3.268,61 4.082,33 7.092,13 510,85 47,22 969,79 85,75 223,74 144,69 0,00 ‐3.268,61 5.805,56 1.110,41 280,29 47,22 292,05 1.729,96

26SALVADOR J. GIMÉNEZ CALVO 

Mª CONSUELO CURSA ADAM617,50 1,75% 17.921,54 690,77 2.977,97 433,51 ‐986,24 21.037,55 21.248,39 1.530,53 141,46 2.905,53 256,92 670,33 433,51 ‐986,24 0,00 26.200,42 3.326,85 839,76 ‐2.974,89 874,99 2.066,71

27MARIA ISABEL LÓPEZ ROIG

RAMÓN BISBAL MARTÍ1.533,63 4,34% 44.510,14 1.715,60 7.396,12 1.076,67 ‐1.366,10 53.332,43 52.772,73 3.801,25 351,33 7.216,21 638,09 1.664,83 1.076,67 ‐1.366,10 0,00 66.155,01 8.262,59 2.085,65 351,33 2.173,13 12.872,71

28 VICENTE Y MIGUEL S.L. 1.046,01 2,96% 30.358,07 1.170,12 5.044,51 734,34 37.307,05 35.993,56 2.592,64 239,63 4.921,80 435,21 1.135,49 734,34 0,00 0,00 46.052,67 5.635,49 1.422,51 239,63 1.482,18 8.779,81

29 VICENTE Y MIGUEL S.L. 2.144,77 6,07% 62.247,09 2.399,25 10.343,42 1.505,72 ‐43,57 76.451,91 73.802,27 5.316,02 491,34 10.091,81 892,36 2.328,25 1.505,72 0,00 ‐43,57 94.384,19 11.555,18 2.916,77 491,34 3.039,11 18.002,39

31.1 VICENTE Y MIGUEL S.L. 793,88 2,25% 23.040,57 888,08 3.828,58 557,34 157,27 28.471,84 27.317,68 1.967,71 181,87 3.735,45 330,30 861,79 557,34 0,00 157,27 0,00 35.109,42 4.277,11 1.079,63 181,87 1.124,92 6.663,53

TOTVALENCIA S.L. 1/2 121,49 0,34% 3.525,83 135,90 585,88 85,29 24,07 4.356,96 4.180,34 301,11 27,83 571,62 50,55 131,88 85,29 0,00 24,07 0,00 5.372,69 654,51 165,21 27,83 172,14 1.019,70

INMOBUSSINES VALENCIA S.L. 1/2 121,49 0,34% 3.525,83 135,90 585,88 85,29 24,07 4.356,96 4.180,34 301,11 27,83 571,62 50,55 131,88 85,29 0,00 24,07 0,00 5.372,69 654,51 165,21 27,83 172,14 1.019,70

36 VICENTE Y MIGUEL S.L. 1.696,78 4,80% 49.245,20 1.898,11 8.182,93 1.191,21 ‐34,58 60.482,86 58.386,78 4.205,63 388,71 7.983,88 705,97 1.841,94 1.191,21 0,00 ‐34,58 74.669,53 9.141,58 2.307,52 388,71 2.404,31 14.242,13

37 SALVADOR JOSÉ GIMENEZ CALVO 375,49 1,06% 10.897,74 420,04 1.810,85 263,61 13.392,24 12.920,73 930,69 86,02 1.766,80 156,23 407,61 263,61 0,00 0,00 16.531,68 2.022,99 510,64 86,02 532,06 3.151,72

40 CARBONE INVERSIONES S.A. 517,4 1,46% 15.016,36 578,79 2.495,22 363,24 437,09 18.890,71 17.803,91 1.282,43 118,53 2.434,53 215,27 561,66 363,24 0,00 437,09 0,00 23.216,65 2.787,55 703,63 118,53 733,15 4.342,86

41 FRANCISCO SANZ ROIG 368,04 1,04% 10.681,53 411,71 1.774,92 258,38 ‐590,00 311,22 12.847,75 12.664,38 912,22 84,31 1.731,74 153,13 399,52 258,38 ‐590,00 311,22 0,00 15.924,91 1.982,85 500,51 3.200,66 521,51 6.205,54

COMUNIDAD DE REGANTES 0 0,00% 0,00 0,00 0,00 0,00 ‐11.420,99 ‐11.420,99 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 ‐11.420,99 ‐11.420,99 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

TOTAL 35.351,84 100% 1.026.007,05 39.546,40 170.488,55 24.818,46 ‐24.818,46 18.733,97 18.733,97 1.236.041,41 1.216.468,82 87.622,89 8.098,63 166.341,43 14.708,60 38.376,10 24.818,46 ‐24.818,46 18.733,97 ‐18.733,97 1.531.616,46 190.461,77 48.076,49 8.098,63 50.093,03 296.729,92

18733,3692 #########

1.026.007,05 39.546,40   24.818,46     24.818,46 ‐  ######## ######### ########## 1.216.468,82 87.622,89 8.098,63 166.341,43 14.708,60 38.376,10 24.818,46 ‐24.818,46 37.467,34 ‐18.733,97 1.531.615,87 ### 190.461,77 48.076,49 8.098,63 50.093,03 296.729,92

Sobre la Cuota Definitiva de las Parcelas Adjudicadas nº 6.30 y 30, se ha realizado una compensación entre ambas, ya que cuando se giró la Cuota 0 pagó el 100% del importe girado D. Vicente Añó Añó, que era propietario entonces de ambas parcelas. Sobre la parcela 30 se deduce el importe pagado que corresponde a la parcela 6.30 y en ésta, se incrementa ese importe.

Sobre la Cuota Definitiva de las Parcelas Adjudicadas nº 26 y 41, se ha realizado una compensación entre ambas, en virtud de Resolución de 27 de junio de 2006, por la que se estima la alegación presentada por D. Salvador José Martínez Dominguez y se le reconoce el derecho a percibir la compensación económica que proceda por los 45,06 m2 adjudicados a D. Francisco Sanz Roig, a cargo de éste.

APROVECHAMIENTO 

ADJUDICADO

5

25.1

25.2

31.2

(1.1)

COSTES 

URBANIZACIÓN

(2) CUENTA DE LIQUIDACIÓN DEFINITIVA

(2.5) DIFERENCIAS DE 

ADJUDICACIÓN(2.2) OTROS GASTOS

(1.4)

VALORACIONES

(1.5) DIFERENCIAS DE 

ADJUDICACIÓN

(1) CUENTA DE LIQUIDACIÓN PROVISIONAL

(1.3)

IVA AL 16%

(3) CUOTA DEFINITIVA

(3.1) 

COSTES DE 

URBANIZACIÓN

(3.4)

TOTAL

(3.3)

IVA AL 21%

(1.2)

OTROS GASTOS(2.3)

IVA AL 16%

(2.3)

IVA AL 18%

(2.3)

IVA AL 21%

(2.6)

TOTAL

 (1.6) 

TOTAL 

(3,2)

OTROS GASTOS

PARCELA

 

ADJUDICADA

PROPIETARIOS

COEFICIENTE

 % (2.1)

COSTES DE 

URBANIZACIÓN

(2.4)

VALORACIONES