crisis del antiguo régimen en españa. de la guerra de la independencia a la consolidación del...

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CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN EN ESPAÑA. DE LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA A LA CONSOLIDACIÓN DEL ESTADO LIBERAL. La crisis del Antiguo Régimen marca el inicio de un cambio profundo en las estructuras política, social, económica y cultural. La revolución liberal-burguesa dio fin a todos los presupuestos considerados, hasta entonces, como inamovibles y sagrados, sustituyéndolos por unas nuevas bases: estado liberal-constitucional, sociedad clasista y economía capitalista, con nuevos valores socio- culturales. La sociedad burguesa transformó el régimen de propiedad de la tierra, instituyendo la propiedad privada, identificándola con los demás derechos inalienables del hombre. Esta sociedad difundió la igualdad jurídica y política. Todos estos cambios se produjeron en España a lo largo del siglo XIX, teniendo una fase crucial y decisiva en el reinado de Fernando VII. La invasión supuso la coyuntura favorable para que buena parte del país tomara conciencia de la necesidad de aplicar reformas. Durante el período de 1780-1808 hubo una grave crisis económica, social y política, dando lugar a malas cosechas, motines antinobiliarios, críticas a las amortizaciones y vinculaciones, dificultades de la Hacienda y agravamiento de la situación internacional, que incidieron en la producción manufacturera y comercio ultramarino. La tierra era cara y las vinculaciones y monopolio de la tierra por parte de la nobleza e Iglesia impedía los arrendamientos a largo plazo, ello suponía pocas inversiones en el sector agrario e industrial, debido a la escasa acumulación de capital y la carencia de un mercado interior articulado. La crisis se acentuó con el freno del sector algodonero catalán y, a partir de 1808 con la pérdida de las colonias americanas. Los conflictos internacionales y la crisis económica empeoraron las finanzas produciendo problemas para pagar la deuda y los intereses. Esta situación llevó a Godoy a adoptar las primeras medidas desamortizadoras que afectaron a los bienes eclesiásticos. Durante el reinado de Carlos IV, la política interior y exterior en España estuvo condicionada por la Revolución Francesa que llevó al fin de la etapa reformista. Godoy, a favor de salvar a Luis XVI en la guerra de 1793, firma los Tratados de San Ildefonso y de Fontainebleau (1807), lo que lleva a la crisis de la monarquía española. 1. Motín de Aranjuez. Al final del reinado de Carlos IV fueron ocasionados enfrentamientos militares dando lugar a la formación de un “partido fernandino”, formado por miembros influyentes, enemigos de Godoy. En octubre de 1807 aparecen publicaciones de panfletos en contra de la reina y Godoy (Conjura del Escorial), por ello se producen encarcelamientos, pero los detenidos son declarados inocentes por el Consejo de Castilla en el juicio. En marzo de 1808, miembros de la nobleza opuestos a Godoy y apoyados por el príncipe de Asturias se

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CRISIS DEL ANTIGUO RGIMEN EN ESPAA. DE LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA A LA CONSOLIDACIN DEL ESTADO LIBERAL.La crisis del Antiguo Rgimen marca el inicio de un cambio profundo en las estructuras poltica, social, econmica y cultural. La revolucin liberal-burguesa dio fin a todos los presupuestos considerados, hasta entonces, como inamovibles y sagrados, sustituyndolos por unas nuevas bases: estado liberal-constitucional, sociedad clasista y economa capitalista, con nuevos valores socio-culturales. La sociedad burguesa transform el rgimen de propiedad de la tierra, instituyendo la propiedad privada, identificndola con los dems derechos inalienables del hombre. Esta sociedad difundi la igualdad jurdica y poltica. Todos estos cambios se produjeron en Espaa a lo largo del siglo XIX, teniendo una fase crucial y decisiva en el reinado de Fernando VII. La invasin supuso la coyuntura favorable para que buena parte del pas tomara conciencia de la necesidad de aplicar reformas. Durante el perodo de 1780-1808 hubo una grave crisis econmica, social y poltica, dando lugar a malas cosechas, motines antinobiliarios, crticas a las amortizaciones y vinculaciones, dificultades de la Hacienda y agravamiento de la situacin internacional, que incidieron en la produccin manufacturera y comercio ultramarino. La tierra era cara y las vinculaciones y monopolio de la tierra por parte de la nobleza e Iglesia impeda los arrendamientos a largo plazo, ello supona pocas inversiones en el sector agrario e industrial, debido a la escasa acumulacin de capital y la carencia de un mercado interior articulado. La crisis se acentu con el freno del sector algodonero cataln y, a partir de 1808 con la prdida de las colonias americanas. Los conflictos internacionales y la crisis econmica empeoraron las finanzas produciendo problemas para pagar la deuda y los intereses. Esta situacin llev a Godoy a adoptar las primeras medidas desamortizadoras que afectaron a los bienes eclesisticos. Durante el reinado de Carlos IV, la poltica interior y exterior en Espaa estuvo condicionada por la Revolucin Francesa que llev al fin de la etapa reformista. Godoy, a favor de salvar a Luis XVI en la guerra de 1793, firma los Tratados de San Ildefonso y de Fontainebleau (1807), lo que lleva a la crisis de la monarqua espaola.

1. Motn de Aranjuez. Al final del reinado de Carlos IV fueron ocasionados enfrentamientos militares dando lugar a la formacin de un partido fernandino, formado por miembros influyentes, enemigos de Godoy. En octubre de 1807 aparecen publicaciones de panfletos en contra de la reina y Godoy (Conjura del Escorial), por ello se producen encarcelamientos, pero los detenidos son declarados inocentes por el Consejo de Castilla en el juicio. En marzo de 1808, miembros de la nobleza opuestos a Godoy y apoyados por el prncipe de Asturias se vengan de lo sucedido y se produce el Motn de Aranjuez, protagonizado por la nobleza, el clero y la camarilla del prncipe. La excusa la retirada a Andaluca de la Familia Real, para evitar que cayese en manos de Napolen. Las consecuencias fueron la cada y prisin de Godoy y la abdicacin de Carlos IV en su hijo Fernando (19 de marzo 1808). 2. Abdicaciones de Bayona. Acto del 6 de mayo 1808 por el que Fernando VII es obligado a devolver la corona a Carlos IV, quien ya la haba traspasado anteriormente a Napolen. ste la otorg a su hermano Jos Bonaparte el 4 de junio. Carlos IV puso dos condiciones: la unidad de los dominios espaoles y el respeto a la religin catlica. Este hecho es consecuencia directa y nefasta del Motn de Aranjuez, que supuso la liquidacin de la monarqua espaola como entidad independiente. 3. 2 de mayo. Los sucesos del 2 de mayo se iniciaron cuando Francisco de Paula fue obligado a trasladarse a Francia, ste fue un movimiento espontneo. El

levantamiento supona que, ante el fracaso de las instituciones del Antiguo Rgimen, existan otras fuerzas capaces de sustituirlas: el pueblo. Ante la pasiva actitud de las autoridades espaolas, la Junta de Gobierno y el Consejo de Castilla, Murat se autodesigna presidente de la Junta, depositaria de la soberana; ello desencadena la resistencia del pueblo espaol a la ocupacin. Gran parte del ejrcito permaneci al margen, excepto Daoiz y Velarde, quienes sublevaron el Parque de la Artillera. La reaccin de Murat ser la represin, dando lugar a los fusilamientos del 3 de mayo. Por otro lado, se dio un vaco de poder que ser asumido por autoridades de rango inferior y las nuevas instituciones: Juntas Provinciales, Locales y la Junta Suprema Central.

LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA Adems del carcter de lucha patritica, algunos pasajes tuvieron un carcter liberal y reformista, ya que los ilustrados hispanos aprovecharon la ocasin para realizar cambios. El origen de la guerra hay que buscarlo a partir de diciembre de 1806, cuando Napolen inicia el bloqueo continental contra Inglaterra, pero Portugal segua comerciando; se firma el tratado de Fontainebleau para unir a Espaa al bloqueo; Napolen prepara la invasin debido a que Espaa apareca como un pas atrasado con un ejrcito incapaz de resistir, los sucesos del Escorial y el Motn de Aranjuez, junto con la violacin del bloqueo por parte de algunos puertos espaoles. Las fases de la guerra vienen caracterizadas por los diferentes planteamientos blicos y distintas formas de resistencia.

1. Primera fase (2 mayo-noviembre 1808). Se inicia con el levantamiento de Madrid y al no responder las autoridades provinciales a las peticiones de los sublevados, se recurri a constituir instituciones antiguas: Juntas Supremas que asumieron el ejrcito de la soberana en nombre del rey por su ausencia y declararon la guerra. Estas juntas estaban integradas por notables del clero, ejrcito y nobleza, y tenan una localizacin provincial y regional. Desde el principio hubo inters por centralizar el gobierno y la Junta Suprema de Sevilla, entre otras, se atribuy la totalidad de la representacin de la monarqua. La victoria en Bailn, el abandono en Madrid por parte de los franceses y la necesidad inglesa de tratar con un nico interlocutor llev a favorecer la creacin de un organismo poltico unitario: la Junta Suprema Central, compuesta por miembros de otras juntas supremas; el 25 de septiembre pasa a ser la Junta Central Suprema y Gubernativa del Reino, con sede en Aranjuez. sta dictaba sus decisiones en nombre del rey y se mantuvo hasta febrero de 1810. Algunas de sus decisiones fueron la alianza con Gran Bretaa, la creacin de una contribucin extraordinaria de guerra, la formacin de un nuevo ejrcito y organizar la resistencia. En 1808, los franceses actuaron con cinco ejrcitos desplegados en abanico a partir de la frontera francesa occidental. El plan francs era ocupar los principales puertos peninsulares, pero se producen varios hechos: la resistencia de Zaragoza en junio; la derrota espaola en Medina de Rioseco en junio, conservando la lnea de comunicacin con Francia; la derrota francesa en Bailn frente al general Castaos en julio, formando un semicrculo en torno a Bilbao y Pamplona; al mismo tiempo, se da la derrota francesa en Portugal. 2. Segunda fase (noviembre 1808). Nueva ofensiva de Napolen al frente de la Grande Arme, que destruye los cuerpos del ejrcito levantados por la Junta Central. En noviembre los franceses ocupan Burgos despus de la derrota espaola de Gamonal, derrotas de Blake en Espinosa y Castaos en Tudela. En diciembre Napolen llega de nuevo a Madrid, lo que inicia una guerra de desgaste. El 4 de diciembre Madrid se rinde y Napolen se presenta como benefactor. En enero de

1809 derrotas en Galicia, el ejrcito del centro es derrotado en Ucls, y Zaragoza y Gerona finalmente caen.

3. Tercera fase (1809-1812). El ataque francs se organiza en tres lneas de penetracin; Andaluca. Derrota del ejrcito espaol en Ocaa (19/11/1809), replegndose los ingleses a Portugal. Previamente se haba producido la victoria espaola de Talavera (28/06). Hacia Portugal. Napolen haba intentado ocupar Portugal desde Galicia en 1809 pero fracas. En 1810 se produce un nuevo intento francs protagonizado por Massena, pero la guerrilla diezm los ejectivos. Los franceses son derrotados en Torres Vedras. Zona oriental. Bajo la direccin del mariscal Suchet, sitios y resistencia de Zaragoza, Gerona y Tarragona (1812). Durante esta etapa se desarroll la guerrilla, grupos civiles armados que hostigaban continuamente la retaguardia francesa. Este fenmeno ms la intervencin inglesa, junto con la resistencia de algunas ciudades importantes dificultarn el definitivo control peninsular. 4. Cuarta fase (1812-1814). En 1812, debido a la campaa de Rusia, Napolen retira efectivos de la Pennsula. En julio se produce la derrota francesa en los Arapiles por parte de un ejrcito anglo-portugus, avanzando desde Salamanca hacia Madrid, al mando de Wellington. Por ello, Jos I debe huir a Valencia y los franceses optan por retirarse desde Andaluca hacia el norte. La disminucin de las tropas francesas, como consecuencia del desastre francs en Rusia, ayud a Wellington a iniciar una ofensiva ms fuerte. En el verano de 1813 se avanza hacia la frontera francesa, derrotando al ejrcito francs en Vitoria y San Marcial. De este modo, los franceses se retiraban quedando en sus manos el este espaol, que abandonarn a comienzos de 1814. En diciembre de 1813, por el Tratado de Valenay, Napolon restituye la corona a Fernando VII, regresando ste a Espaa; y con ello se abole toda la obra legislativa de Cdiz. Las consecuencias de la guerra fueron: Demogrficas. Se dio un nmero elevado de muertos en combate y debido a hambrunas o epidemias. Econmicas. Abandono de tierras de cultivo, destruccin de caminos y puentes, deterioro de la industria textil catalana y el mercado colonial, retrasndose la industrializacin en Espaa hasta mediados del siglo XIX. Esto unido a la crisis financiera que se arrastraba condicionar el futuro econmico y poltico, como la imposibilidad de recuperar las colonias americanas. El patrimonio histrico-artstico, sobre todo el de la Iglesia, sufri prdidas, expolios y destrucciones. Hacia Francia salieron obras de arte, documentos y manuscritos valiosos. Sociales. Exilio de los afrancesados hasta 1820 y expropiacin de bienes. Con esto, y desde las Cortes de Cdiz, el pas se dividir en dos tendencias: absolutistas y liberales.En cuanto a la repercusin internacional de la guerra: en Europa, la victoria de Bailn extendi la idea de que los franceses no eran invencibles; Inglaterra rompi el bloqueo y recuper la iniciativa militar, poltica y econmica; en Espaa la victoria no se reflej en el Congreso de Viena, sta no obtuvo ganancias territoriales ni apoyos para detener el movimiento independentista americano, la guerra favoreci que los criollos americanos organizaran juntas y cabildos impulsando la revolucin independentista.

GOBIERNO AFRANCESADO Y LAS CORTES DE CDIZ

1. Gobierno de Jos I. La instauracin de este gobierno se plantea sobre unas bases dirigidas por Napolen con la promulgacin de una Constitucin semejante a la del Imperio y reformas que entroncan con el programa ilustrado, lo que da lugar al Estatuto de Bayona, promulgado el 6 de julio de 1808. Debe calificarse como Carta Otorgada, ya que en Bayona se reuni una Junta de Notables convocada por Napolen, que representaba a los tres estamentos. En el estatuto podemos distinguir tres partes: la invocacin a la Divinidad; el Estado confesional; el reconocimiento de derechos fundamentales como la libertad de imprenta, inviolabilidad de domicilio y supresin de privilegios; y tres rganos de gobierno: Senado, Consejo de Estados y Cortes. El primero poda suspender la Constitucin y proteger la libertad personal y la de imprenta, el segundo participaba en el proceso legislativo, aunque la iniciativa legislativa corresponda al gobierno, las Cortes se encargaban de elaborar leyes, aprobar el presupuesto y velar por su aplicacin; la elaboracin del Cdigo Civil y Criminal, la reforma de Hacienda; y la declaracin de la libertad de industria y comercio, suprimiendo privilegios comerciales. El reformismo se complet cuando Napolen decret en diciembre de 1808 la abolicin de la Inquisicin y reduccin y supresin de conventos. 2. Las Cortes de Cdiz y la crisis de la sociedad estamental. La abdicacin borbnica produjo un vaco de poder, momento en que gran parte del pas se rebel contra los franceses cuando se comprob que el Consejo de Castilla y la Junta de Gobierno, que ejerca de poder tras la marcha real a Bayona, se pusieron bajo la autoridad de Jos Bonaparte. Tras el levantamiento del 2 de mayo, cuando los espaoles asumieron la soberana nacional y formaron sus propios rganos de gobierno, surgieron las Juntas Provinciales, que gobernaron en nombre de Fernando VII. A pesar de la amenaza de dispersin del poder, las Juntas Provinciales favorecieron la concentracin del poder en un solo rgano directivo: La Junta Central. Todos los miembros de la Junta eran conscientes de reformar el Antiguo Rgimen, llegndose al acuerdo de convocar Cortes para que stas decidieran las reformas a emprender. Antes de la convocatoria, Jovellanos y Quintana sugirieron realizar una consulta al pas sobre las medidas que las Cortes deban adoptar; el resultado fue la limitacin del poder absoluto del rey, el rechazo de estamentos y privilegios, y la divisin de poderes junto con el reconocimiento de derechos. Los miembros coincidieron en que las Cortes tenan que ser constituyentes y los diputados elegidos por votacin, optndose finalmente por el sufragio universal de varones mayores de 25. A comienzos de 1810 la Junta Central transfiere los poderes a un Consejo de Regencia. Antes de inaugurarse las Cortes en septiembre, aparecieron dos posturas: Jovellanistas (dos cmaras) y revolucionarios con una cmara que asumiera la soberana nacional. La guerra facilitar el predominio de la segunda postura ya que, en la periferia, predominaba la burguesa comerciante. El nmero de diputados se complet con personas de la misma ciudad de Cdiz, ello supuso que una gran mayora de los diputados en Cortes perteneciera a lo que llamamos clases medias. En enero de 1810 se inici el proceso electoral, las elecciones se convocaron en junio, constituyndose una sola cmara. La primera sesin tuvo lugar el 24 de septiembre de 1810, el discurso de apertura lo dio Muoz Torrero, anunciando que el objetivo fundamental de la Cmara era constituir un nuevo rgimen poltico. l mismo propuso el primer decreto de constitucin de Cortes Generales y Extraordinarias, en el que se contena que slo en ellas resida la soberana nacional. Esta cuestin dividir a los diputados en absolutistas y liberales.Obra legislativa. Decreto de 24/09/1810: declaracin de la soberana nacional, separacin de poderes y no acatar las abdicaciones de Bayona. Decreto de 6/08/1811: Se abolen los seoros jurisdiccionales, de modo que todos los ciudadanos pasaban a la jurisdiccin comn del Estado. El Decreto tambin abole los seoros territoriales. ste no destruy el dominio territorial y se suprimieron las vinculaciones y los mayorazgos.

CONSTITUCIN DE 1812. Ya en diciembre de 1810 se decidi formar una comisin encargada de redactar el nuevo texto. ste fue aprobado el 19 de marzo de 1812, posee un carcter liberal y revolucionario y en ella destacamos los siguientes aspectos: Reconocimiento de la soberana nacional y derechos individuales como libertad civil, derecho a la propiedad, prensa, etc. Es decir, la soberana reside en la Nacin, entendindose por tal el conjunto de ciudadanos iguales en derechos, sujetos a las mismas leyes y desprovistos de cualquier privilegio. Divisin de poderes. Legislativo (Cortes con el rey, quien puede promulgar, sancionar y vetar leyes); Ejecutivo (recae en el rey, el cual nombra a sus secretarios, no hay control parlamentario del gobierno); Judicial (tribunales independientes: fuero eclesistico y militar). Monarqua hereditaria pero no absoluta. La Constitucin limita sus poderes. Reconocimiento oficial de la religin catlica como nica de la nacin espaola. Es decir, el Estado se declara confesional catlico. Sistema de representatividad en proporcin a la poblacin de cada provincia y no por estamentos, aunque se estableca un mnimo de renta para elegir y ser elegido. Es decir, la representatividad nacional recaa en las Cortes unicamerales que haban sido elegidas por sufragio universal masculino directo. Los diputados deban ser espaoles y de elegibilidad censitaria, as como inviolables. Creacin de la milicia nacional, cuerpo armado para la defensa interior del rgimen. Se organizaba en cada provincia y dependa de las Cortes y del rey. Se inicia la democratizacin de la vida municipal. Sus regidores sern elegidos por la poblacin de los municipios y se establecen las Diputaciones. Este texto inicia la Historia del Constitucionalismo espaol, que llega hasta 1978. Estuvo vigente de marzo de 1812 a junio de 1837. La obra desamortizadora estuvo supeditada a la deuda pblica. As los decretos de junio de 1812 y enero de 1813 iniciaron una tmida desamortizacin eclesistica y civil que provoc la reaccin de los ms exaltados, conscientes de que los poderosos seran los ms beneficiados. Estos decretos establecan la enajenacin de los bienes de las comunidades religiosas extinguidas o reformadas por Jos I; bienes de la abolida Inquisicin, jesuitas y ordenes militares. Tambin la mitad de los bienes de los ayuntamientos y propiedades de realengo. Supresin de los gremios en junio de 1813: libertad de produccin, contratacin y comercio, as como derecho a disponer del propio trabajo. Libertad de imprenta (noviembre 1810): se conceba como funcin al servicio de la opinin pblica y se exceptuaban las cuestiones religiosas que seran supervisadas por Juntas provinciales de censura. La legislacin religiosa fue abundante con la apropiacin de bienes de obras de beneficencia y rdenes militares, la supresin de la Santa Inquisicin y la incautacin de monasterios. Las Cortes de Cdiz efectuaron transformaciones liberales y la Constitucin de 1812 sentar las primeras bases del liberalismo en Espaa: se estableca un principio de legitimidad, asentado en la Nacin; las Cortes confirmaban el principio de que los diputados eran los representantes de la Nacin; por todo ello, la legitimidad de las Cortes se basaba en la Nacin y no en el mandato regio.la divisin de poderes significaba el rechazo a las instituciones absolutistas. El regreso de Fernando VII llev a negarse a jurar la Constitucin, en funcin de los principios del absolutismo, rechazando la soberana nacional y la divisin de poderes. As, por el Decreto del 4 de mayo de 1814, derogaba la Constitucin. A partir de aqu, el Manifiesto de los Persas y las tropas del General Elo sern el apoyo del rey para acabar con el rgimen liberal.