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crimen

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La fiera salvaje produce pnico, llama poderosamente la atencin; en el zoolgico son los animales ms frecuentados; Quin va al zoolgico a ver los corderos? Pero parece haber algo ms, ya que los criminales pasan a la historia, en tanto que las vctimas caen rpidamente en el olvido. (p. 4) 1.3.1. Influencia de la postura criminolgica de la vctima como elemento fundamental de la victimologa Se dice que la victimologa nace a la sombra de la criminologa y utiliza su mtodo derivado del estudio criminolgico, el cual comenz a estudiar a la vctima como un posible facilitador para ser objeto de delito. Por ello, se afirma que a la criminologa le interesan las vctimas de las conductas antisociales porque se afecta el orden social. Los estudios criminolgicos han demostrado que el estudio exclusivo del criminal, sin tomar en consideracin a la vctima, resulta incompleto, lo cual se explica en el hecho que la ciudadana tiene referencia precisa de los criminales que han hecho historia como Jack el destripador, Hitler, el mocha-orejas, la mataviejitas, etc., pero no se recuerda a sus vctimas, a menos Neutralizacin de la vctima Como resultado de la evolucin de la humanidad y el inicio de la conformacin de las sociedades modernas, se dio un proceso en el cual el derecho a castigar que tenan las vctimas pasa al Estado, el cual no regula su actuar en intereses particulares, sino en aras de proteccin a la colectividad. Por lo tanto, el argumento de esta corriente de pensamiento se basa en que el centro de afectacin y agravio es la sociedad ms que el individuo que sufri el agravio directo de forma particular. Derivado de este planteamiento, la sociedad asume el derecho a castigar a travs de su representante legtimo que no es otro ms que el Estado mismo. Al respecto refiere Luna Castro (2009): La postergacin excesiva de las vctimas y sus intereses, bajo el argumento de que los representantes de la sociedad son los encargados de velar por la sancin del delito, ha llevado a las vctimas al olvido y a perder de vista la finalidad reparadora del derecho penal; se entiende como partes del proceso nicamente al procesado y al rgano persecutor. (p. 70). Se puede afirmar que el proceso penal se lleva a cabo para restaurar el orden social y la gran ausente es la vctima, que ve neutralizada las posibilidades de ejercitar sus derechos y obtener justicia, e inclusive legalmente se da esa neutralizacin en la Carta Magna, explcitamente en el artculo 17, en donde se prohbe que los ciudadanos hagan justicia por su propia mano.