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Data Gubernamental Enero 2012 Los sistemas administrativos en las mancomunidades municipales C.P.C. Mario Vera Novoa 1. Antecedentes La Ley de la Mancomunidad Municipal Nº 29029 estableció el marco legal para el desarrollo de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el artículo 124º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, a fin de promover la creación de mancomunidades municipales orientadas a la prestación conjunta de servicios o ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos. Esta Ley fue modificada por la Ley Nº 29341 la que estableció normas y mecanismos que viabilizan su funcionamiento y la consecución de sus fines, en el marco de los sistemas administrativos del Estado; asimis- mo, contempla disposiciones relativas al personal requerido para el funcionamiento de la mancomunidad municipal, la participación de alcaldes de las municipalidades que la integran, en su órgano directivo, Posteriormente, mediante Resolución Ministerial Nº 016-2008- PCM, se aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Munici- pales, la misma que fue derogada por el artículo 7º de la Resolución Nº 228-2010-PCM-SD. Mediante Resolución Directoral Nº 006-2010-EF-68.01, se aprueban Formatos del Sistema Nacional de Inversión Pública para las Man- comunidades Municipales. Asimismo, a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM-SD, se aprueba el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, que establece el contenido mínimo del Informe Técnico de Viabilidad para la Constitución de la Mancomunidad Municipal y se aprueban modelos de documentos para la inscripción de mancomunidades municipales. Finalmente, mediante el Decreto Supremo 046-2010-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29029. 2. Sistemas administrativos De acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341, determina la estructura orgánica básica de las mancomunidades, la composición de sus miembros, las funciones del Consejo Directivo, Consejo Permanente, Funciones del Presidente el Régimen de Sesiones. Aspectos relacionados con la Gerencia General y sus funciones y el Régimen de Personal, entre otros. En tal sentido, la estructura básica de la mancomunidad municipal tendrá como mínimo, la siguiente estructura orgánica: Órgano directivo: Consejo Directivo. Todos los alcaldes de las municipalidades que conforman la manco- munidad municipal son miembros del Consejo Directivo de esta. Los cargos son: presidente y directores. En los supuestos de suspensión, vacancia o ausencia del alcalde, a quien asuma las funciones de aquel conforme a ley, le corresponderá la condición de miembro y el cargo que ocupe en el Consejo Directivo. Los miembros del Consejo Directivo asumen junto al gerente general, la responsabilidad derivada de la ejecución de obras o proyectos de inversión pública y de la prestación de servicios, que están a cargo de la mancomunidad municipal. El cargo de miembro del Consejo Directivo no está sujeto al pago de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, incentivos o beneficios de índole alguna, cualquiera sea su forma, modalidad, mecanismo o fuente de financiamiento. Funciones del Consejo Directivo a) Elegir entre sus miembros al Presidente del Consejo Directivo b) Designar y remover al Gerente General. c) Aprobar la modificación del Estatuto. d) Aprobar la disolución. e) Aprobar la adhesión de municipalidades y su separación. f) Constituir un Consejo Permanente, acorde a lo establecido en el numeral 17.3) del presente artículo. g) Aprobar su Reglamento Interno. h) Supervisar la gestión de la mancomunidad municipal y el desem- peño del gerente general. i) Elaborar la propuesta de aportes de las municipalidades partici- pantes de la mancomunidad municipal, así como la propuesta de sus modificaciones, y someterlas a consideración de aquellas. j) Aprobar el Plan Operativo para el ejercicio de las competencias y funciones delegadas. k) Aprobar el presupuesto de la mancomunidad municipal. l) Delegar en el presidente del Consejo Directivo o en el gerente general, las funciones descritas en los literales i), j) y k) de este mismo apartado, y las otras señaladas en el Estatuto. m) Otras que establezca el Estatuto. Quórum para sesiones Para la instalación y sesión válida, se requiere la mayoría absoluta de los miembros del Consejo Directivo. En caso no existiera quórum para la primera sesión, el Consejo se constituye en segunda convocatoria dentro de las siguientes 72 horas de la señalada para la primera, con un quórum de la tercera parte de miembros del Consejo, y en todo caso en un número no inferior a dos de ellos. Los acuerdos se adoptarán por la mayoría de votos de los asistentes a la sesión. Exclusivamente en caso de empate, el presidente del Consejo Directivo tiene voto dirimente. Será necesario el voto favorable de la mayoría absoluta de los miem- bros del Consejo. Gerencia General Es el Órgano de Administración a cargo del gerente general Art. 18º del D.S. Nº 046-2010-PCM. Es el titular de la entidad, de conformidad a lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y las disposiciones que regulan el funcionamiento de los sistemas administrativos del Estado. Es el responsable de la gestión de la mancomunidad municipal; y conjuntamente con los miembros del Consejo Directivo, asume la responsabilidad derivada de la ejecución de obras o proyectos de inversión pública y la prestación de servicios. El gerente general es funcionario público, de libre designación y remo- ción por el Consejo Directivo, será contratado por la mancomunidad

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Data GubernamentalEnero 2012

Los sistemas administrativos en las mancomunidades municipales

C.P.C. Mario Vera Novoa

1. AntecedentesLa Ley de la Mancomunidad Municipal Nº 29029 estableció el marco legal para el desarrollo de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el artículo 124º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, a fi n de promover la creación de mancomunidades municipales orientadas a la prestación conjunta de servicios o ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos. Esta Ley fue modifi cada por la Ley Nº 29341 la que estableció normas y mecanismos que viabilizan su funcionamiento y la consecución de sus fi nes, en el marco de los sistemas administrativos del Estado; asimis-mo, contempla disposiciones relativas al personal requerido para el funcionamiento de la mancomunidad municipal, la participación de alcaldes de las municipalidades que la integran, en su órgano directivo, Posteriormente, mediante Resolución Ministerial Nº 016-2008- PCM, se aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Munici-pales, la misma que fue derogada por el artículo 7º de la Resolución Nº 228-2010-PCM-SD.Mediante Resolución Directoral Nº 006-2010-EF-68.01, se aprueban Formatos del Sistema Nacional de Inversión Pública para las Man-comunidades Municipales. Asimismo, a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM-SD, se aprueba el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, que establece el contenido mínimo del Informe Técnico de Viabilidad para la Constitución de la Mancomunidad Municipal y se aprueban modelos de documentos para la inscripción de mancomunidades municipales.Finalmente, mediante el Decreto Supremo 046-2010-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29029.

2. Sistemas administrativosDe acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341, determina la estructura orgánica básica de las mancomunidades, la composición de sus miembros, las funciones del Consejo Directivo, Consejo Permanente, Funciones del Presidente el Régimen de Sesiones. Aspectos relacionados con la Gerencia General y sus funciones y el Régimen de Personal, entre otros. En tal sentido, la estructura básica de la mancomunidad municipal tendrá como mínimo, la siguiente estructura orgánica:

Órgano directivo:Consejo Directivo.Todos los alcaldes de las municipalidades que conforman la manco-munidad municipal son miembros del Consejo Directivo de esta. Los cargos son: presidente y directores.En los supuestos de suspensión, vacancia o ausencia del alcalde, a quien asuma las funciones de aquel conforme a ley, le corresponderá la condición de miembro y el cargo que ocupe en el Consejo Directivo.Los miembros del Consejo Directivo asumen junto al gerente general, la responsabilidad derivada de la ejecución de obras o proyectos de inversión pública y de la prestación de servicios, que están a cargo de la mancomunidad municipal.

El cargo de miembro del Consejo Directivo no está sujeto al pago de remuneraciones, bonifi caciones, dietas, asignaciones, retribuciones, incentivos o benefi cios de índole alguna, cualquiera sea su forma, modalidad, mecanismo o fuente de fi nanciamiento.

Funciones del Consejo Directivoa) Elegir entre sus miembros al Presidente del Consejo Directivob) Designar y remover al Gerente General.c) Aprobar la modifi cación del Estatuto.d) Aprobar la disolución.e) Aprobar la adhesión de municipalidades y su separación.f) Constituir un Consejo Permanente, acorde a lo establecido en el

numeral 17.3) del presente artículo.g) Aprobar su Reglamento Interno.h) Supervisar la gestión de la mancomunidad municipal y el desem-

peño del gerente general.i) Elaborar la propuesta de aportes de las municipalidades partici-

pantes de la mancomunidad municipal, así como la propuesta de sus modifi caciones, y someterlas a consideración de aquellas.

j) Aprobar el Plan Operativo para el ejercicio de las competencias y funciones delegadas.

k) Aprobar el presupuesto de la mancomunidad municipal.l) Delegar en el presidente del Consejo Directivo o en el gerente

general, las funciones descritas en los literales i), j) y k) de este mismo apartado, y las otras señaladas en el Estatuto.

m) Otras que establezca el Estatuto.

Quórum para sesionesPara la instalación y sesión válida, se requiere la mayoría absoluta de los miembros del Consejo Directivo. En caso no existiera quórum para la primera sesión, el Consejo se constituye en segunda convocatoria dentro de las siguientes 72 horas de la señalada para la primera, con un quórum de la tercera parte de miembros del Consejo, y en todo caso en un número no inferior a dos de ellos. Los acuerdos se adoptarán por la mayoría de votos de los asistentes a la sesión. Exclusivamente en caso de empate, el presidente del Consejo Directivo tiene voto dirimente.Será necesario el voto favorable de la mayoría absoluta de los miem-bros del Consejo.

Gerencia GeneralEs el Órgano de Administración a cargo del gerente general Art. 18º del D.S. Nº 046-2010-PCM.Es el titular de la entidad, de conformidad a lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y las disposiciones que regulan el funcionamiento de los sistemas administrativos del Estado. Es el responsable de la gestión de la mancomunidad municipal; y conjuntamente con los miembros del Consejo Directivo, asume la responsabilidad derivada de la ejecución de obras o proyectos de inversión pública y la prestación de servicios.El gerente general es funcionario público, de libre designación y remo-ción por el Consejo Directivo, será contratado por la mancomunidad

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Enero 2012

Data Gubernamental

municipal bajo el régimen especial de la Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057.

Funcionesa) Representar legalmente a la mancomunidad municipal.b) Implementar los sistemas administrativos del Estado y cumplir las

disposiciones que los regulan, acorde a sus especiales necesidades de funcionamiento.

c) Aprobar los documentos de gestión de la mancomunidad municipal.d) Elaborar la propuesta de Plan Operativo para el ejercicio de las compe-

tencias y funciones delegadas; y presentarla ante el Consejo Directivo, para su aprobación.

e) Valorizar los bienes y servicios que proporcionen las municipalidades intervinientes.

f) Elaborar la propuesta de presupuesto de la mancomunidad municipal, sobre la base de sus recursos señalados en el artículo 22º del presente Reglamento; y presentarla al Consejo Directivo, para su aprobación.

g) Celebrar contratos y convenios, así como emitir los actos administrativos y de administración, para el ejercicio de las competencias y funciones que le hayan sido delegadas a la mancomunidad municipal.

h) Adquirir y administrar bienes de la mancomunidad municipal, y disponer de estos. No podrá disponerse de los bienes de titularidad de las municipalidades que la conforman.

i) Celebrar contratos por servicios especializados, de conformidad con lo establecido en el numeral 20.3 del artículo 20º del presente Regla-mento.

j) Informar al Consejo Directivo sobre la ejecución presupuestal, y el estado del cumplimiento de la ejecución de obras o proyectos de inversión pública y la prestación de servicios.

k) Elaborar la Memoria Anual de Gestión.l) Cumplir los acuerdos del Consejo Directivo.m) Ejercer las funciones que le hubiesen sido delegadas por el Consejo

Directivo.n) Aceptar las donaciones, a nombre de la mancomunidad municipal.o) Otros que establezca el Estatuto de la mancomunidad municipal.

Otros órganosDe acuerdo a la disponibilidad presupuestal en gasto corriente, podrán crearse los órganos necesarios para la implementación de los Sistemas Administrativos del Estado.

PersonalEl personal de la mancomunidad municipal puede conformarse por:• Personal destacado de las municipalidades intervinientes a la manco-

munidad municipal, de cualquiera de los regímenes establecidos en el artículo 37º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. El pago de la remuneración, benefi cios, incentivos laborales y los demás ingresos de toda naturaleza que reciba este personal, seguirán siendo de responsabilidad de la entidad de origen.

• Personas naturales contratadas por las municipalidades intervinientes para la prestación de servicios en la mancomunidad municipal, bajo los regímenes regulados por el Decreto Legislativo Nº 1057, sobre la Contratación Administrativa de Servicios, el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado u otro marco legal.

• De requerirse contar con servicios especializados, que no puedan ser cubiertos bajo los supuestos de los numerales precedentes, la manco-munidad municipal podrá, excepcionalmente, celebrar contratos en el marco de las normas que regulan las contrataciones del Estado.

Condición presupuestalLa Presidencia del Consejo de Ministros remitirá, al Ministerio de Economía y Finanzas, copia de la Resolución de la Secretaría de Descentralización que dispone la inscripción de las mancomunidades municipales, en el Registro de Mancomunidades Municipales, con la fi nalidad de que se instalen los sistemas de registro de información presupuestaria.Los recursos no ejecutados anualmente, por concepto de las transferencias fi nancieras, constituyen Saldos de Balance para la ejecución de proyectos de inversión pública u obras y la prestación de servicios. Dichos recursos se incorporan, por resolución del titular de la mancomunidad municipal, en la fuente de fi nanciamiento que los originó, no pudiendo ser destinados a un fi n distinto al que fueron asignados.

RecursosLa mancomunidad municipal cuenta con los siguientes recursos:• Las transferencias fi nancieras por aportes de las municipalidades que

la conforman, con cargo al presupuesto de cada una de estas.• Los bienes y servicios que proporcionen las municipalidades para su

utilización en el cumplimiento del objeto y el funcionamiento de la mancomunidad municipal, de acuerdo a la valorización efectuada.

• Las transferencias fi nancieras desde los gobiernos regionales y muni-cipalidades provinciales, en el marco del presupuesto participativo.

Destino de aportes de las municipalidadesLas transferencias fi nancieras efectuadas por las municipalidades tienen su destino tanto para gastos corrientes como para gastos de capital en la mancomunidad municipal; pueden atender la provisión de partidas gené-ricas y específi cas correspondientes a bienes y servicios, y a inversiones, de conformidad con lo establecido en el artículo 16º, numeral 16.3 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

Presupuesto participativoLas mancomunidades municipales participan, a través de un representante, en el proceso de presupuesto participativo de la municipalidad provincial y del Gobierno Regional, en cuyas jurisdicciones se ha formado el ámbito territorial de aquellas.

Gestión del FinanciamientoLas municipalidades provinciales y el Gobierno Regional, que corresponden al ámbito territorial dentro del cual se ha conformado la mancomunidad municipal, asignan los recursos a esta para la ejecución de proyectos de inversión pública u obras, en el marco del presupuesto participativo, me-diante transferencias fi nancieras, de acuerdo a lo normado por el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.Las municipalidades que forman parte de una mancomunidad municipal, podrán comprometer recursos correspondientes a canon y sobrecanon, regalías, Foncomún y Participación en Rentas de Aduanas, para el fi nan-ciamiento o cofi nanciamiento de las obras o proyectos de inversión pública de alcance intermunicipal, en el marco de lo establecido en el Estatuto y las disposiciones legales vigentes.

Transparencia y rendición de cuentasLas municipalidades que conforman mancomunidades municipales pu-blican en forma oportuna, en su portal electrónico o en los medios que se hayan acordado, sus estatutos, planes de trabajo, acciones estratégicas, gestión de proyectos de inversión pública u obras, cumplimiento de las metas y otra información de similar importancia.Los alcaldes rinden cuenta, anualmente, sobre la gestión de los proyectos de inversión pública u obras y servicios, y recursos utilizados, a los Consejos de Coordinación Regional de los gobiernos regionales que apoyan fi nancie-ramente a la mancomunidad municipal, y a los Consejos de Coordinación Local de las municipalidades que la integran.

IncentivosLas mancomunidades municipales reciben los siguientes incentivos:• Los proyectos de inversión pública de la mancomunidad municipal

tienen prioridad en su evaluación, respecto de los demás proyectos de inversión presentados. La evaluación se efectuará dentro de los alcances del marco normativo del Sistema Nacional de Inversión Pública.

• Las mancomunidades municipales son consideradas de manera prioritaria en el “Plan Nacional de Desarrollo de Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno”, previsto por Decreto Supremo Nº 002-2008-PCM, y en los “Planes Básicos de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestión de las competencias y funciones materia de transferencia”, de los gobiernos locales, previstos en el artículo 7º de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales.

• Los proyectos de inversión de las mancomunidades municipales tienen prioridad, en la jerarquía y ponderación, para la asignación de los recursos del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - Foniprel.

• Los demás que la Ley establezca.Como se puede apreciar, existen una serie de dispositivos respecto al funcionamiento de las mancomunidades municipales; sin embargo, es necesario la aprobación de disposiciones de los entes rectores de los sistemas administrativos del Estado, a fi n de que estas mancomunidades puedan orientar el desenvolvimiento de sus funciones.

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Gerencia Pública y Políticas Públicas (1)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

Ley Nº 29867 30-11-11 454059 Ley que crea el Consejo Nacional de Política Criminal

Descentralización, Gobiernos Regionales y Locales (3)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

Res. Nº 559-2011-PCM/SD

16-11-11 453383 Acreditan al Gobierno Regional del Callao para la transferencia del Desembarcadero Pesquero Artesanal Callao

Res. Nº 560-2011-PCM/SD

16-11-11 453384 Disponen inscripción de la Man-comunidad Municipal Cuenca del Mantaro Vizcatán-VRAE en el Registro de Mancomunidades Municipales

Res. Nº 562-2011-PCM/SD

22-11-11 453665 Disponen inscripción de la Man-comunidad Municipal los Andes Sur Ayacucho Arequipa en el Registro de Mancomunidades Municipales

Res. Nº 563-2011-PCM/SD

22-11-11 453668 Disponen inscripción de la Man-comunidad Municipal hermanos Ayar en el Registro de Mancomu-nidades Municipales

Res. Nº 564-2011-PCM/SD

22-11-11 453665 Disponen inscripción de la Man-comunidad Municipal del Sur de Fajardo – MANSURF en el Registro de Mancomunidades Municipales

Res. Nº 565-2011-PCM/SD

22-11-11 453670 Disponen inscripción de la Man-comunidad Municipal de la Cuen-ca de Wankawanca y la Mesa de Parinacochas en el Registro de Mancomunidades Municipales

R.D. Nº 019- 2011-EF/50-01

28-11-11 454020 Modifi can resultados de la eva-luación del cumplimiento de las Metas del Programa de Moderni-zación Municipal correspondiente al año fiscal 2011, aprobada mediante R.D. Nº 017-2011-EF/50.01

Res. Nº 567-2011-PCM/SD

29-11-11 454034 Reconocen denominación de “Junta de Coordinación Interre-gional MACRO SUR” y la incor-poración del Gobierno Regional del Cusco

D.S. Nº 090-2011-PCM

03-12-11 454306 Aprueban Listado de Municipa-lidades Rurales del Perú

Normas LegalesEnero 2012

Gestión Pública y Modernización del Estado (2)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

Ley Nº 29806 24-11-11 453753 Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones

D.S. Nº 091-2011-PCM

03-12-11 454308 Crean el Centro y el Portal Mejor Atención al Ciudadano

Administración Financiera del Sector Público (4)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

R.D. 030-2011-EF/52.03

17-11-11 453434 Establecen disposiciones aplica-bles a las Transferencias Finan-cieras que realicen las Unidades Ejecutoras de los pliegos presu-puestarios del Gobierno Nacional a favor de las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales y de las Municipalidades

Sistema Nacional de Contabilidad (5)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

R.M. Nº 873-2011-EF/15

07-12-11 454486 Fijan índices de corrección mone-taria para efectos de determinar el costo computable de los inmue-bles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales

Sistema Nacional de Inversión Pública y Planeamiento Estra-tégico (6)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

D.S. Nº 089-2011-PCM

29-11-11 454033 Autorizan al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN a iniciar el proceso de actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

R.M. Nº 810-2011-EF/15

26-11-11 453892 Aprueban Índices de Distribución del Canon Pesquero provenientes de los Derechos de Pesca, corres-pondiente al Primer Semestre de 2011

R.M. Nº 811-2011-EF/15

26-11-11 453892 Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera, correspon-diente al mes de octubre de 2011

D.S. Nº 217-2011-EF 03-12-11 454312 Aprueban la Formalización de los Créditos Suplementarios del Tercer Trimestre del Año Fiscal 2011, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos Descentrali-zados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales

Ley Nº 29812 09-12-09 454602 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012

Ley Nº 29813 09-12-09 454631 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012

Ley Nº 29814 09-12-09 454635 Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2012

D.S. Nº 220-2011-EF 09-12-11 454645 Autorizan Transferencias de Par-tidas a favor de los Pliegos Mi-nisterio de Defensa y Ministerio del Interior en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, en el Marco del Programa de Modernización Municipal

D.S. Nº 221-2011-EF 09-12-11 454646 Autorizan Transferencias de Parti-das a favor de los Gobiernos Lo-cales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011

D.S. Nº 227-2011-EF 14-12-12 454830 Aprueban Presupuesto Consoli-dado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2012 de los Orga-nismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales

R.D. 230-2011-EF/ 15-12-11 454903 Autorizan Transferencias de Parti-das en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 a favor del Ministerio de Educación, Gobiernos Regionales y Locales para la implementación de la Ley Nº 29062, Ley que modifi ca la Ley del Profesorado, referido a la Carrera Pública Magisterial

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Desarrollo Humano e Inclusión Social (12)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

R.M. 002-2011-MIDES 25-11-11 453814 Delegan diversas facultades a la Secretaría General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el año fi scal 2011

D.S. Nº 219-2011-EF 09-12-11 454603 Dictan Disposiciones Reglamen-tarias para el otorgamiento del Aguinaldo de Navidad

R.M. Nº 003-2011- MIDES

13-12-11 454806 Delegan a la Secretaría General del Ministerio la regulación, implementación, ejecución, su-pervisión y aprobación fi nal de las transferencias de los Progra-mas Juntos, Foncodes, Pronna, Gratitud, Wawa Wasi, Pensión 65 y Cuna Más

Enero 2012

Data Gubernamental

Ordenamiento Territorial y Gestión Ambiental (13)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

RR.SS. Nº 019 Y 20-2011 -MINAM

27-11-11 453925 Designan Presidente y Miembro del Consejo Directivo del Organis-mo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA

R.M.Nº 275-2011MI-NAM

01-12-11 454175 Declaran Zona Reservada Ancón Ubicada en los distritos de Ancón y Puente Piedra, provincia y de-partamento de Lima

R.M. Nº 279-2011- MINAM

02-12-11 454255 Aprueban el Mapa de Vulnera-bilidad Física del Perú a escala 1:250,000, Primera Versión 2011

R.M. Nº 281-2011- MINAM

02-12-11 454256 Declaran de interés ambiental la Zonifi cación Ecológica y Económi-ca de la Cuenca del Río Pampas

Sistema Nacional de Control, Auditoría Gubernamental y Política Anticorrupción (9)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

R.S. Nº 340-2011-PCM

19-11-11 453514 Designan Coordinadora General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción

Res. Nº 333-2011-CG 22-11-11 453648 Directiva Nº 008-2011-CG/GDES “Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional”

Res. Nº 335-2011-CG 24-11-11 453648 Aprueban Directiva “Registro de Información sobre Obras Públicas del Estado-INFObras”

Desarrollo Económico, Competitividad y Actividad Empresarial del Estado (14)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

Acuerdo Nº 005-2011/028

27-11-11 453938 Acuerdos adoptados sobre Di-rectores de Empresas en las que FONAFE participa como accionista

Acuerdo Nº 006-2011/028

30-11-11 454115 Acuerdos adoptados sobre Di-rectores de Empresas en las que FONAFE participa como accionista

Acuerdo Nº 008-2011/ 028-FONAFE

01-12-11 454205 Acuerdos adoptados sobre Di-rectores de Empresas en las que FONAFE participa como Accio-nista.

Acuerdo Nº 029-2011/ 028-FONAFE

11-12-11 454732 Aprueban Presupuesto Consolida-do de las Empresas bajo el Ámbito del FONAFE y de ESSALUD

Gestión de Recursos Humanos y Régimen Laboral Público (8)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

Res. 034-GCAS-ESSALUD

19-11-11 453539 Establecen que la cobertura de las derechohabientes hijas me-nores de edad o hijas mayores de edad incapacitadas en forma total y permanente para el tra-bajo afi liadas al Seguro Regular y al Seguro de Salud, Agrario, comprende las prestaciones de Salud por maternidad y sus diagnósticos relacionados

Res. Nº 152-2011- SERVIR/PE

17-11-11 453446 Aprueban “Directiva de procedi-miento para la capacitación de Centros y/o sus programas con sede en el extranjero que cuenten con su reconocimiento

Res. Nº 154-2011- SERVIR/PE

16-11-11 453399 Modifican la Directiva para la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado, aprobado mediante Res. Nº 041-2011-SERVIR-PE

D.S. Nº 218-2011-EF 05-12-11 454404 Establecen disposiciones relati-vas al pago de devengados de pensionistas del Decreto Ley Nº 19990

Administración de Rentas y Tributación Municipal (11)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

Res. 168-2011IN-GEMMET-PCD

16-11-11 45041 Asignan montos recaudados por concepto del pago de Derechos de Vigencia y Penalidad de de-rechos mineros, así como por pagos de Derecho de Vigencia en la formulación de Petitorios Mineros correspondiente al mes de octubre 2011.

Contrataciones del Estado, Abastecimiento y Control Patrimo-nial (7)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

D.S. Nº 206-2011-EF 18-11-11 453471 Aprueban Escala Remunerativa del Organismo Superior de las Contra-taciones del Estado - OSCE

Res. Nº 001-2011- SBN-DNR

18-11-11 453481 Defi eren la aplicación de los artículos 3º y 4º de la Res. Nº 022-2011-SBN-DGPE referidos a la modifi cación del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado

D.S. Nº 207-2011-EF 19-11-11 453520 Dicta medidas complementarias que contribuyen al fortalecimiento del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

Res. Nº 656-2011-OSCE/PRE

22-11-11 453687 Disponen publicar relación de proveedores, participantes, pos-tores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado durante el mes de octubre de 2011