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REPUBLICA DEL PERU MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL PROVIAS NACIONAL CONCURSO PUBLICO CP Nº 0036 - 2007 - MTC/20 SUPERVISION DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14 ) – 1ra Etapa BASES DEL CONCURSO Noviembre 2007 Financiado por:

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CONCURSO PUBLICO PARA SUPERVISiON

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REPUBLICA DEL PERU

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL

PROVIAS NACIONAL

CONCURSO PUBLICO

CP Nº 0036 - 2007 - MTC/20

SUPERVISION DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14 ) – 1ra Etapa

BASES DEL CONCURSO

Noviembre 2007

Financiado por:

Recursos Directamente Recaudados

LIMA - PERU

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PROVIAS NACIONAL

I N D I C E

I. BASES DEL CONCURSO 1

1.0 GENERALIDADES 22.0 VALOR REFERENCIAL 33.0 CONDICIONES GENERALES DEL CONCURSO - PARTICIPANTES 34.0 SISTEMA DE CONTRATACION 35.0 FINANCIAMIENTO 46.0 CALENDARIO DEL CONCURSO 47.0 REGISTRO DE PARTICIPANTES, CONSULTAS Y OBSERVACIONES 48.0 DOCUMENTACION DEL CONCURSO 59.0 CONDICIONES DEL PROCESO 610.0 INSPECCION PREVIA 611.0 PARTICIPACION DE POSTORES EN CONSORCIO 712.0 CONTENIDO DE LA PROPUESTA 913.0 DE LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS 1114.0 EVALUACION DE LAS PROPUESTAS 1215.0 APERTURA DEL SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA 1316.0 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO 1417.0 SOLUCION DE CONTROVERSIAS PRECONTRACTUALES 15 18.0 CANCELACIÓN DEL PROCESO 1519.0 DECLARACION DEL PROCESO DESIERTO 1520.0 SUSCRIPCION DEL CONTRATO 16

II. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 17

21.0 PUNTAJES DE CALIFICACION DE LA PROPUESTA TÉCNICA 1822.0 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA 1923.0 EVALUACION DE LA PROPUESTA ECONOMICA 2624.0 DETERMINACION DEL PUNTAJE TOTAL 26

III. FORMATOS 27FORMATO Nº 1: CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 28FORMATO Nº 2: DECLARACIÓN JURADA DE IDENTIFICACIÓN DEL POSTOR 29FORMATO N° 3: PROMESA DE CONSORCIO 30FORMATO Nº 4: DECLARACIÓN JURADA DEL POSTOR 31FORMATO Nº 5: COMPROMISO DE INTEGRIDAD 32 FORMATO Nº 6: EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD DE CONSULTORIA DE OBRAS SIMILARES 33FORMATO Nº 7: EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD DE SUPERVISION DE OBRAS SIMILARES 34FORMATO Nº 8: NOMINA DEL PERSONAL 35FORMATO Nº 9: CURRICULUM VITAE (C.V.) DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO 36FORMATO Nº10: COMPROMISO DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS PARA EL SERVICIO37FORMATO Nº11: CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ECONOMICA 38FORMATO Nº12: PROPUESTA ECONOMICA - DETALLE DE PRECIOS UNITARIOS 39FORMATO Nº13: FORMULARIO DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES 43

IV. PROFORMA DE CONTRATO 44

V. TERMINOS DE REFERENCIA 56

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PROVIAS NACIONAL

I. BASES DEL CONCURSO

CP Nº 0036-2007-MTC/20SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14)

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PROVIAS NACIONAL

CP Nº 0036 – 2007 – MTC/20

CONCURSO PÚBLICO

Supervisión del Mantenimiento Periódico de la Carretera Pativilca – Conococha ( Ruta 14 1ra Etapa )

I. BASES DEL CONCURSO

1.0 GENERALIDADES

El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de PROVIAS NACIONAL PAAC 2007, considera la ejecución de un proceso para la Supervisión del Mantenimiento Periódico de la Carretera Pativilca Conochocha ( Ruta 14 ) de acuerdo con lo especificado en las presentes Bases, los Términos de Referencia y otros documentos complementarios al presente proceso.

1.1 Objetivo

El presente Concurso tiene por finalidad seleccionar a la Persona Natural, Jurídica, Empresa o Consorcio que brindará los Servicios de Consultoría para la Supervisión del Mantenimiento Periódico de la Carretera Pativilca Conochocha ( Ruta 14 ) .

1.2 Entidad que convoca el concurso

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, en adelante denominado como PROVIAS NACIONAL.

1.3 Localización del Proyecto

El sector objeto del presente concurso, forma parte de la Carretera Pativilca – Conococha – Huaraz - perteneciente a la Red Vial Nacional N° 014 y está localizado en los Departamento de Lima y Ancash .

1.4 Plazo de Duración

La prestación del Servicio para la Supervisión de la Obra es de Trescientos sesenta (360) días Calendario, contados a partir de la fecha en que se expida la orden de iniciación por parte de PROVIAS NACIONAL.

- Primera Etapa de Supervisión Técnica y Administrativa 300 días calendarios de los trabajos del Contrato de Mantenimiento Periódico

- Segunda Etapa de Recepción de los Trabajos y Liquidación 60 días calendarios del Contrato de Mantenimiento Periódico

1.5 Base Legal

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- Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado con D.S. Nº 084-2004- PCM, en adelante denominados TUO de la Ley y Reglamento respectivamente, así como sus normas ampliatorias y modificaciones.

- Resolución de Contraloría General N° 123-2000-CG, Modifica diversas Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público.

- Resolución N° 080-2000-CONSUCODE/PRE, Que aprueba la Directiva N° 006-2000-CONSUCODE, que establece pautas para la presentación de garantías.

- Resolución N° 126-2000-CONSUCODE-PRE, Modifica el anexo de la Directiva N° 006-2000-CONSUCODE, que contiene la relación actualizada de las Empresas del Sistema Financiero del Sistema de Seguros, autorizados por la Superintendencia de Banca y Seguros para otorgar Carta Fianza o Póliza de Caución.

- Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

- Ley Nº 26572 Ley General de Arbitraje

- Ley Nº 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

- Ley Nº 28411 Texto actualizado Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto .

- Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007.

- Código Civil, en forma supletoria.

2.0 VALOR REFERENCIAL

El valor referencial de la prestación de servicios materia de la presente convocatoria es de S/. 2’175,508.38 Nuevos Soles (Dos millones ciento setenta y cinco mil quinientos ocho con 38/100 Nuevos Soles) incluido IGV, al mes de Octubre del 2007.

3.0 CONDICIONES GENERALES DEL CONCURSO - PARTICIPANTES

Son requisitos para ser participantes:

a) Haber cancelado los derechos de participación; en caso de participantes que se presenten en consorcio, bastará que uno de los integrantes haya cancelado estos derechos.

4.0 SISTEMA DE CONTRATACIÓN

Los servicios serán ejecutados a Precios Unitarios.

5.0 FINANCIAMIENTO

Los Servicios de Supervisión objeto del presente Concurso, serán financiados con Recursos Directamente Recaudados.

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6.0 CALENDARIO DEL CONCURSO

El calendario con las diferentes etapas del concurso se encuentran en la convocatoria publicada en el SEACE según el artículo 104º del Reglamento y es el siguiente:

Convocatoria El 17.12.07, vía el SEACERegistro de Participantes Desde el 18.12.07 hasta el 14.01.2008

Lugar: Unidad de Procesos de SelecciónJr. Zorritos N° 1203, 3er. Piso-A, Lima

Presentación de Consultas y Observaciones Del 18.12..2007 al 26.12.2007Absolución de Consultas y Observaciones El 04.01..2008Integración de las Bases El 10.01.2008Presentación de Propuestas El 17.01.08 a las 10:00 horas

Lugar: Sala de Licitaciones de PROVIAS NACIONALJr. Zorritos N° 1203, 3er. Piso – A

Otorgamiento de la Buena Pro El 24.01.08 a las 10:00 horasLugar: Sala de Licitaciones de PROVIAS NACIONALJr. Zorritos N° 1203, 3er. Piso – A

Las Bases del Concurso se encontrarán prepublicadas a partir de su aprobación en la página web de PROVIAS NACIONAL: http://www.proviasnac.gob.pe

7.0 REGISTRO DE PARTICIPANTES, CONSULTAS Y OBSERVACIONES

Registro de Participantes

El Registro de Participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día después de haber quedado integradas las Bases, siguiendo lo establecido en los artículos 107º y 108º del Reglamento.

En atención al artículo 87º del Reglamento, todos los Actos realizados dentro del proceso de selección se entenderán notificados a partir del día siguiente de su publicación en el SEACE.

Es de Responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE y revisión de su correo electrónico.

Consultas y Observaciones Los Participantes podrán formular sus consultas y/u observaciones de acuerdo a los artículos 109º y 110º del Reglamento, empleando el Formato Nº 14, de las formas siguientes:

De manera personal: Por escrito, adjuntando opcionalmente un diskette, en la dirección de PROVIAS NACIONAL consignada en la convocatoria; y/o,

Electrónicamente a la dirección: [email protected], en el asunto se indicará el proceso de selección que corresponda (Ejemplo: CP - 0036-2007-MTC/20).

El Comité Especial publicará el pliego de absolución de consultas y observaciones a través del SEACE, el mismo que contendrá la identificación de cada observante y la respuesta fundamentada y sustentada del Comité Especial.La opción de solicitar que las Bases y los actuados sean elevados al CONSUCODE, se realizará dentro de los tres ( 03) días siguientes al vencimiento del término para absolver las observaciones , dándose cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 116º del Reglamento.

Integración de Bases

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Se procederá de acuerdo a lo indicado en los artículos 117º y 118º del Reglamento.

8.0 DOCUMENTACIÓN DEL CONCURSO

Los documentos del presente proceso son:

Bases del Concurso (Incluye: Términos de Referencia y Proforma de Contrato)Pliego Absolutorio de Consultas y observaciones a las BasesPronunciamiento de CONSUCODE (si lo hubiere) Las Bases Integradas, según el numeral 4 del Anexo de Definiciones del Reglamento, son las Bases definitivas del proceso de selección, cuyo texto contempla todas las aclaraciones y/o precisiones producto de la absolución de consultas, así como todas las modificaciones y/o correcciones derivadas de la absolución de observaciones y/o del pronunciamiento del CONSUCODE ; o, luego de transcurridos los plazos para dichas etapas, sin que los participantes las hayan formulado.

Las Bases Integradas no podrán ser impugnadas.

Participante, según define el numeral 42 del precitado Anexo, es el proveedor que puede intervenir en el proceso de selección, por haber sido habilitado por la entidad convocante, ya sea por haber cancelado el derecho correspondiente (adquisición de Bases) o por haber sido invitado en forma expresa, según sea el caso.

La Proforma del Contrato según el numeral 48 del precitado Anexo es el proyecto del contrato a suscribirse entre la Entidad y el postor ganador de la Buena Pro y que forma parte de las Bases.

Los Términos de Referencia, según el numeral 54 del Anexo, constituyen la descripción, elaborada por la Entidad, de las características técnicas, y de las condiciones en que se ejecutará la prestación de servicios y de consultaría.

9.0 CONDICIONES DEL PROCESO

9.1 La presentación de propuesta implica el reconocimiento y aceptación por parte del Postor de todas las condiciones establecidas en los Documentos de Concurso Público indicados en el numeral 8.

Aplicación de la bonificación del 20% a las propuestas de bienes y servicios elaborados o prestados dentro del territorio nacional (ley nº 27633)

En los procesos de adquisiciones de bienes y servicios para efectos del otorgamiento de la Buena Pro, se agregará un 20% adicional a la sumatoria de la calificación técnica y económica obtenida por los postores de bienes y servicios elaborados o prestados dentro del territorio nacional, siempre y cuando el postor declare bajo juramento que: “los bienes o servicios son elaborados o se prestan dentro del territorio nacional y/o que es una persona constituida, autorizada o domiciliada en el Perú y que realiza operaciones sustanciales en territorio nacional; es decir, que más del 50% del total de sus activos fijos están ubicados en el país y que al menos el 60% de su facturación total ha sido realizada en territorio nacional, de conformidad con lo establecido en el D.U. Nº 065-2000, en el D.S. Nº 003 – 2001-PCM y en la Resolución Ministerial Nº 006-2001-OTI-2001-OIT-DM a efectos de hacerse acreedor al 20% adicional sobre el puntaje total obtenido.

Para el caso de consorcios, tendrá presente lo dispuesto en la Directiva Nº 003-2003/CONSUCODE/PRE, señalado en el numeral 11.1.7.

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10.0 INSPECCIÓN PREVIA

10.1 Es responsabilidad exclusiva de los Participantes visitar e inspeccionar la totalidad del sitio y áreas donde se ejecutarán la supervisión, analizar la información disponible, así como, efectuar todas las evaluaciones que sean necesarias, incluyendo y sin limitarse, a los documentos del concurso, verificaciones y análisis que estime pertinentes para presentar su Propuesta. Sus evaluaciones y análisis deben de incluir, entre otros la revisión de todos los aspectos técnicos, socio ambientales relacionados con la formulación de la Propuesta y ejecución del Contrato; las condiciones de las áreas y el sitio donde se ejecutarán las obras, condiciones del transporte, manejo, almacenamiento, disposición y transporte de materiales, disponibilidad de mano de obra, agua, energía y comunicaciones, y en general todos los elementos y condiciones que puedan incidir de manera directa e indirecta en este proceso de selección. La visita a la zona de trabajo y la posterior presentación de la propuesta no enerva la responsabilidad de la Entidad en la determinación de las especificaciones técnicas.

11.0 PARTICIPACION DE POSTORES EN CONSORCIO

Para el caso de postores que se presenten en Consorcio, se tendrá presente lo dispuesto en la Directiva Nº 003-2003/CONSUCODE/PRE:

11.1 De la presentación de propuestas en consorcio.-

11.1.1 La propuesta técnica de consorcio deberá contener una promesa formal de consorcio suscrito por cada uno de los representantes legales de los integrantes del mismo, debiendo precisarse obligaciones que asumirá cada una de las partes así como la designación del o los representantes del consorcio para todo el proceso de selección.

En el supuesto que la promesa formal del consorcio no precisara las obligaciones de cada integrante del mismo, se presumirá que éstos participarán conjuntamente en el objeto de la convocatoria.

Tanto las propuestas técnica y económica como los recursos que prevé el TUO de la Ley, en su caso, deberán ser suscritas y rubricadas por el o los representantes del consorcio; tales documentos comprometan a todos los integrantes del consorcio.

11.1..2 Si uno de los integrantes del consorcio se encontrase impedido de ser postor o contratista de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9º del TUO la Ley, la propuesta se tendrá por no presentada, bajo responsabilidad del Comité Especial.

El incumplimiento de lo señalado conlleva la nulidad del proceso y la responsabilidad de los funcionarios y autoridades intervinientes.

Los contratos celebrados en contravención a lo dispuesto en la citada disposición, son nulos sin perjuicio de las acciones a que hubiere lugar.

11.1.3 En los procesos de selección cuyo objeto requiera la participación de empresas que realicen actividades de intermediación laboral u otra actividad regulada, los integrantes del consorcio que en la relación interna se hayan obligado a ejecutar conjuntamente dicha actividad, deberán contar con las autorizaciones y cumplir los requisitos de Ley.

De otro lado, las partes del consorcio que en relación interna no se hayan obligado a ejecutar efectivamente actividades de intermediación laboral u otra

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actividad regulada, no necesitarán presentar las autorizaciones ni cumplir los requisitos indicados.

11.1.4 En el caso de Licitaciones Públicas Nacionales para la ejecución de Obras y Concursos Públicos para la contratación de servicios de consultoría, podrán presentarse propuestas en consorcio siempre que todos los integrantes del mismo cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 37º del TUO de la Ley.

Tratándose de bienes, no adquiere relevancia la calidad del postor sino del bien ofertado, por lo que no corresponde calificar la calidad de los miembros del consorcio sino que el bien cumpla los requisitos del artículo 37º del TUO de la Ley.

11.1.5 Se reputarán como válidos para el consorcio, los documentos presentados que de acuerdo a las Bases, sustenten recursos, capacidades y aptitudes de cada uno de sus integrantes.

Para efectos de acreditar experiencia sólo será válida la documentación presentada por la parte o partes del consorcio que ejecutarán las obligaciones establecidas en el objeto de la convocatoria. La evaluación de la experiencia en este caso, se realizará sobre la base de la sumatoria de la experiencia individual obtenida por cada uno de sus integrantes.

11.1.7 En el caso de prestación de servicios, para que un consorcio se haga acreedor a la bonificación del veinte por ciento (20%) sobre la sumatoria de la calificación técnica y económica dispuesta por la Ley Nº 27633 – Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional, es necesario que todos los integrantes de dicho consorcio reúnan las condiciones exigidas en el 2º y 3º del D.S. Nº 003-2001-PCM y en artículo único de la Resolución Ministerial Nº 043-2001-ITINCI/I implicando ello, que cada miembro del consorcio sea persona natural domiciliada en el país o persona jurídica constituida, autorizada o domiciliada en el país y que efectivamente realice operaciones sustanciales en el territorio nacional; es decir, que tenga más de cincuenta por cieno (50%) del total de activos fijos ubicados en el país y además facture, al menos el sesenta por ciento (60%) de la facturación total dentro del territorio nacional. Además, el o los representantes del consorcio deberán cumplir con la formalidad de expresarlo mediante la presentación de la declaración jurada correspondiente.

11.1.8 Las infracciones cometidas durante el proceso de selección, serán de responsabilidad exclusiva de la parte del consorcio que la haya cometido, siempre que pueda individualizarse al infractor.

De la ejecución contractual a cargo del consorcio.-

11.2.1 Una vez que el otorgamiento de la buena pro quede consentido los postores que participaron consorciados deberán formalizar el contrato de consorcio, siendo suficiente que se perfeccione mediante documento privado con firmas legalizadas de cada uno de los representantes legales ante Notario Público, designando en dicho documento al representante o apoderado común.

Los integrantes de un consorcio responden solidariamente respecto de la no suscripción del contrato y del cumplimiento del mismo, estando facultada la Entidad en dichos casos, para demandar cualesquiera de ellos por los daños y perjuicios causados.

En cuanto a las sanciones administrativas por incumplimiento del contrato, las mismas se aplicarán a todos los integrantes del consorcio.

11.3 Registro Único de Contribuyentes

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En caso que un Postor con promesa de consorcio obtenga la Buena Pro, podrá obtener el número de RUC (Registro Único de Contribuyentes), el mismo que será comunicado a PROVIAS NACIONAL, antes de la suscripción del contrato o proceder conforme al Pronunciamiento Nº 026-2005/GTN de CONSUCODE.

12.0 CONTENIDO DE LA PROPUESTA

12.1 La Propuesta se presentará en dos (2) sobres, identificados como sigue:

"Sobre Nº 1: Propuesta Técnica" y "Sobre Nº 2: Propuesta Económica".

12.2 Cada uno de los referidos sobres contendrá la Propuesta en original y dos (2) copias. El original marcado como "ORIGINAL" y las copias como “COPIA”., foliadas , todas sus hojas deberán estar rubricadas y selladas por el representante legal, excepto de los formatos que deberán ser firmados

Cada uno de los sobres se presentará consignado como sigue:

Señores: PROVIAS NACIONAL Atención : Comité Especial CP Nº 0036 - 2007 - MTC/20

Supervisión de ___________________________________ Jr. Zorritos Nº 1203, Piso 3, Lima 01 – Sala de Licitaciones y Concursos de PROVIAS NACIONAL

Lima - PERÚ

POSTOR:___________________________ Sobre Nº:_________

12.3 Sobre Nº 1: Propuesta Técnica

12.3.1 Índice

El Postor presentará un índice que facilitará la búsqueda y ubicación de los documentos solicitados. La presentación del índice es opcional y la omisión de su presentación en modo alguno será causal de descalificación de las propuestas.

12.3.2 Contenido del Sobre Nº 1

El Sobre Nº 1, Propuesta Técnica, contiene los documentos que se indican a continuación: documentos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 , 12 y 13 (Doc.1 Facultativo, Doc. 6 facultativo, Doc.7 facultativo, Doc. 8 facultativo, Doc 10 facultativo y Doc 12 facultativo).Los documentos 2, 3, 4 , 5, 9 , 11 y 13 son obligatorios. Doc. 1: Documento de presentación - Facultativo

Carta de presentación de la propuesta ( Formato Nº 1)No es obligatorio la presentación del Documento N° 1 y el Formato N° 1

Doc. 2: Información del postor Identificación del postor, con carácter de Declaración Jurada (Formato N° 2)

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Doc. 3: Inscripción en el Registro Nacional de Proveedores Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional de

Proveedores. La presentación de un Certificado caduco es causal de eliminación, el defecto no es subsanable.

Doc. 4: Promesa de consorcio (de ser el caso)

Promesa de Consorcio, suscrita por los representantes legales de cada una de las empresas, de acuerdo a las indicaciones del numeral 11.1 de las presentes Bases. (Formato N° 3)

Doc. 5: Declaración Jurada de Postor

Se presentará una Declaración Jurada en cumplimiento del artículo 76º del Reglamento. (Formato N° 4)

Doc. 6: Compromiso de integridad - Facultativo Se presentará un Compromiso de Integridad del Postor - Numeral 700-06 de las Normas Técnicas de Control -. (Formato N° 5)En caso de Consorcios debe ser presentada por cada uno de sus miembros

Factores referidos al postor

Doc. 7: Experiencia en la Actividad de Consultoría de obras (10 puntos) – Formato Nº 6

Doc. 8: Experiencia en la Especialidad de Supervisión de obras similares (25 Puntos) - Formato Nº 7

.

Factores referidos al personal propuesto

Doc. 9: Nómina del Personal Especialista Mínimo asignado a la Supervisión en Obra (Formato Nº 8), según el siguiente detalle:

Ejemplo:Nº CARGO PROFESIÓN1 Jefe de Supervisión Ingeniero Civil2 Ing. Esp. En Suelos y Pavimentos Ingeniero Civil

3 Ing Esp En Estructuras y Obras de Arte Ingeniero Civil

4 Ing. Esp. En Metrados, Costos y Valorizaciones Ingeniero Civil

5 Ing Esp en Hidroligia, Hidráulica y Drenaje Vial Ingeniero Civil o Ingeniero Agrícola

6 Ing Esp en Señalización y Seguridad Vial Ingeniero Civil o Ingeniero Industrial

7 Ing Esp en Impacto Ambiental de Obras Viales

Ingeniero Civil o Ing Ambiental o Ing Agrónomo

3 Ing Esp en Geologia y/o Geotecnia Ingeniero Civil o Ingeniero Geólogo

El Jefe de supervisión y los especialistas podrán participar en más de una propuesta.

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La naturaleza propia de la supervisión de obras exige que los especialistas propuestos se encuentren disponibles al momento de iniciarse la ejecución contractual, en otras palabras, una vez otorgada y consentida la buena pro, los especialistas propuestos por el postor ganador que se encuentren comprometidos en otros trabajos, estarán en la obligación de resolver o renunciar a dichos compromisos.

Doc.10: Currículo vitae de los Profesionales propuestos para los cargos indicados en el Formato Nº 9

Doc.11: Declaración de Compromiso del Personal Profesional Propuesto (Formato Nº 10)

Doc. 12 Factores referidos al objeto de la convocatoriaConforme a lo señalado en el numeral 22.3 de las presentes bases

Doc 13 : Relación de laboratorios y equipo mínimo requerido es el que indica en el expediente técnico y términos de referencia ( Formato N° 13 )

Contenido del Sobre Nº 2: Propuesta Económica

El Sobre Nº 2, deberá contener la siguiente documentación:

Doc. 14 Carta de Presentación de la Propuesta Económica, en nuevos soles (Formato Nº 11).

Doc. 15 Detalle de Precios Unitarios (Formato Nº 12).

Los Costos Indirectos serán igualmente analizados incluyéndose todos los conceptos necesarios para la total y correcta ejecución de los trabajos considerados en la Supervisión.

El monto total de la Propuesta Económica será en Nuevos Soles (S/.) y las cifras monetarias a consignar deberán ser expresadas con dos (2) decimales.

Deberá adjuntar un diskette conteniendo el detalle de su propuesta económica en formato excel.

13.0 DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.

13.1 Acto de Recepción de Propuestas y Apertura del Sobre Nº 1

El Acto Público de Recepción de Propuestas se inicia en la fecha y hora exacta señaladas en la convocatoria, cuando el Comité Especial empieza a llamar a los Participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que presenten su propuesta técnica y económica; si alguno es omitido, podrá acreditarse con la presentación del comprobante de haberse inscrito en el registro de participantes.

Si al momento de ser llamado un Participante, no se encuentra presente, el Comité Especial considerará que ha desistido de ser Postor.

Las personas naturales concurren personalmente o a través de su representante, debidamente acreditado, ante el Comité Especial mediante Carta Poder simple. Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado acreditado por Carta Poder Simple, con las atribuciones suficientes para tomar decisiones que se puedan presentar en caso de empate, tal como lo señala el artículo 133º y 134º del Reglamento.

A continuación el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada Postor y comprobará que los documentos presentados sean los solicitados en las Bases,

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de no ser así, el Comité Especial devolverá la propuesta al Postor, teniéndola por no presentada, salvo que éste exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el Acta y el Notario mantendrá la propuesta en su poder, hasta el momento en que el Postor formule apelación o deje consentir la devolución; si se formula impugnación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Si existieran defectos de forma en los documentos presentados, tales como, omisiones o errores subsanables que no modifiquen el alcance de la Propuesta Técnica, el Comité Especial otorgará un plazo máximo de dos (2) días, desde la presentación de la misma, para que el postor los subsane, en cuyo caso la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto, salvo que el defecto pueda corregirse en el mismo acto.

No cabe subsanación alguna por errores u omisiones en la propuesta económica. No es necesario que los postores presenten un formato idéntico a aquel incluido en las bases, siendo suficiente que los documentos presentados contengan la información a que se hace referencia en los formatos respectivos.

Se consideran errores u omisiones subsanables:

a. La falta de visado o sello del representante legal autorizado, en alguna de las páginas, a excepción de la carta de presentación de la propuesta.

b. Ubicación errada de las páginas.c. La no-presentación del número solicitado de copias.d. La falta de foliación en alguna página.e. La compaginación inexacta.f. Otros no predecibles que no alteren el resultado de la evaluación y que con justificación y a

criterio del Comité Especial sean procedentes.

El Notario procederá a sellar y firmar cada hoja de todos los documentos originales de cada propuesta técnica; asimismo, conservará las propuestas económicas sin abrir, en sobre cerrado debidamente sellado y firmado por él, los representantes de los postores que deseen hacerlo y los miembros del Comité Especial, hasta la fecha en que el Comité Especial en Acto Público comunique a los postores el resultado de la evaluación de las Propuestas Técnicas.

Concluido el proceso de recepción de propuestas y apertura del Sobre Nº 1, el Notario Público dejará constancia de lo actuado en un Acta la cual podrá ser firmada por los representantes de los postores.

14.0 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS TECNICAS

Terminado el Acto de Recepción de propuestas y apertura de la Propuesta Técnica o Sobre Nº 1, el Comité Especial procederá en privado a la evaluación de los Documentos del Sobre Nº 1, ciñéndose a los Criterios de Evaluación Técnica establecidos en las presentes Bases.

En esta etapa todas las propuestas de los postores serán examinadas para determinar si están completas, son válidas y satisfacen todos los requerimientos de los Documentos del Concurso. La puntuación máxima es de cien (100) puntos.

14.1 Aclaración y confirmación de documentos

La aclaración y confirmación de documentos será en estricto cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1.7 del Artículo IV del Título Preliminar y el artículo 42º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, pero sin que la presunción de veracidad exima a los postores de presentar, en forma clara y precisa, la información requerida por la entidad.

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En atención a las disposiciones del TUO de la Ley y su Reglamento, toda declaración o afirmación falsa será causal de eliminación y pérdida de su condición de postor comunicándose este hecho al CONSUCODE, sin perjuicio de las acciones legales que se deriven de ellos.

14.2 Evaluación de las Propuestas Técnicas

El puntaje máximo que podrá obtener una Propuesta será de cien (100). Serán declaradas aptas las Propuestas Técnicas cuyo puntaje sea mayor o igual a ochenta (80). Las propuestas que no alcancen el puntaje de ochenta (80), serán descalificadas y rechazadas en esta etapa y no podrán participar en la segunda etapa apertura del Sobre Nº 2 – Propuesta Económica.

En Base al resultado de la evaluación de los Sobres Nº 1, el Comité Especial elaborará el correspondiente informe a ser aprobado por Acta, el mismo que incluirá las Hojas Individuales de Evaluación de Propuesta Técnica (una por cada postor) y el Cuadro Resumen de Evaluación Propuesta Técnica (REPT).

Los Criterios de Evaluación de la Propuesta Técnica son como se muestran en el numeral 22.

15.0 APERTURA DEL SOBRE Nº 2. - PROPUESTA ECONÓMICA

15.1 El segundo Acto Público corresponde a la Apertura del Sobre Nº 2 y se realizará en la fecha indicada en la convocatoria, salvo comunicación expresa del Comité Especial.

15.2 En este Acto Público, antes de la apertura de las Propuestas Económicas, se procederá como sigue:

El Notario presentará al Comité Especial los Sobres Nº 2 Propuesta Económica, los mismos que, lacrados, permanecieron en su custodia y que también serán mostrados a los asistentes.

Seguidamente, se dará lectura al Acta del Comité Especial señalando el resultado de la Evaluación de los Sobres Nº 1 Propuesta Técnica.

A los Postores descalificados en el Sobre Nº 1, les será devuelto su correspondiente Sobre Nº 2, sin abrir.

A continuación, se procederá a abrir los sobres que contienen la Propuesta Económica de los postores aptos en la evaluación de la Propuesta Técnica. El Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las bases, de no ser así, el Comité Especial devolverá la propuesta al postor, teniéndola por no presentada.

15.4 La evaluación de la propuesta económica se llevará a cabo de Acuerdo a los Criterios de Evaluación de la Propuesta Económica, Artículo 69° del Reglamento, teniendo presente que aquellas que excedan en más del diez por ciento (10%) del valor referencial, es decir superiores a S/. 2’393,059.22 Nuevos Soles( Dos millones trescientos noventa y tres mil cincuenta y nueve con 22/100 Nuevos Soles) y las que fueran inferiores al 90 % del Valor Referencial, es decir, S/. 1’957,957.54 Nuevos Soles ( Un millón novecientos cincuenta y siete mil novecientos cincuenta y siete con 54/100 nuevos soles), serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas. Los montos de cada Propuesta Económica de los postores hábiles en esta etapa del proceso, serán anotados en el Cuadro Resumen de Evaluación Propuesta Económica (REPE), confeccionado según señala el Reglamento.

15.5 Sobre la base de la integración de los Datos Contenidos en los Cuadros Resumen de Evaluación Propuesta Técnica y Resumen de Evaluación Propuesta Económica (REPT y REPE respectivamente), se confeccionará y presentará el Cuadro Resumen de Puntaje

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Total (RPT) tomando en consideración lo señalado en los artículos 69º y 70º del Reglamento.

16.0 DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

Una vez calificadas las propuestas mediante las evaluaciones respectivas, se procede a determinar el puntaje total de las mismas, según el método señalado en el numeral anterior. El Comité Especial, a través de un Cuadro Comparativo, anunciará el orden en que han quedado calificados los postores. Se elegirá como oferta ganadora a la que obtenga el mayor Puntaje Total, previa verificación aritmética de la oferta.

Si se encontrara alguna incorrección aritmética, se aplicará lo dispuesto en el artículo 130º del Reglamento en lo referente al presupuesto de la etapa de supervisión

16.2 En atención al Artículo 135° del reglamento, el otorgamiento de la buena pro realizado en acto público se presumirá notificada a todos los postores en la misma fecha del Acto Público, oportunidad en la cual se entregará a los postores copia del acta y el cuadro comparativo, detallando los resultados de cada factor de evaluación, sin perjuicio de que se publique en el SEACE. Dicha presunción no admite prueba en contrario.

16.3 Luego de consentido el otorgamiento de la Buena Pro, el Comité Especial notificará el resultado en forma inmediata con el acta de otorgamiento de la Buena Pro a la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL para su correspondiente publicación.

16.4 En aplicación del principio de Transparencia a que se refiere el Artículo 3º, numeral 5 del TUO de la Ley, al término del proceso los postores que requieran podrán tener acceso a las propuestas de quienes hayan participado en el proceso, tomando en cuenta lo siguiente:

Derecho a revisión de propuestas: Podrán tener acceso a las propuestas cualquier interesado luego de haberse otorgado la buena pro, previo requerimiento y pago de la tasa respectiva, la Entidad podrá proporcionar copia de los documentos solicitados.

16.4.3 Formalidad para acceder a los documentos: Deben solicitarse por escrito dirigido al Presidente del Comité Especial (o permanente de ser el caso), indicando el nombre, además del tipo y número de documento de identidad de las personas que efectuarán la revisión. La solicitud podrá efectuarse en Acto Público, dejándose constancia en Acta.

16.4.4 Atención de la solicitud: La solicitud podrá hacerlo cualquier interesado a través de los mecanismos de acceso a la información a que se refiere la Ley N° 27806 y la Resolución Ministerial N° 194-2003-MTC/01 del 17 de marzo de 2003. Las solicitudes presentadas a partir de las 16:00 horas serán concedidas el día hábil inmediato siguiente.

16.4.5 Número de personas que podrán efectuar la revisión en nombre del postor: Dos (02). El representante legal del postor, debidamente acreditado, acompañado de su asesor legal o técnico.

16.4.7 Seguridad: La revisión de las propuestas de los postores se realizará en presencia de un representante del área (Gerencia o Unidad) a la que pertenece el Presidente del Comité Especial, el que deberá vigilar que la persona que efectúa la revisión no deteriore, marque, adultere ni desglose la propuesta, en cuyo caso deberá pedir el concurso del personal de seguridad de la Entidad y de ser el caso de la Policía Nacional.

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16.4.8 Consentimiento expreso y compromiso de uso de la información: La sola participación en el proceso autoriza a la Entidad a que permita el acceso a las propuestas, en la forma, modo y oportunidad indicada en los párrafos anteriores. Asimismo, el acceso a las propuestas solo es permitido a efectos de garantizar que la elección de la propuesta ganadora se encuentra arreglada a Ley, por lo que quienes solicitan la revisión asumen plena y exclusiva responsabilidad por el uso de la información contenida en éstas.

16.5 En caso de Empate se procederá de acuerdo al artículo 133º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

16.6 Para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial hasta el límite establecido, se deberá contar con asignación suficiente de recursos aprobada por el Titular del Pliego.

17.0 SOLUCION DE CONTROVERSIAS PRECONTRACTUALES

17.1 Para los Recursos de Apelación y Revisión, se dará cumplimiento a lo establecido en el Capítulo V – De la Solución de Controversias, Sub capítulos II y III - del Reglamento (Artículos 151° - 174°), modificado por Decreto Supremo N° 028-2007-EF.

18.0 CANCELACION DEL PROCESO

En cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro, PROVIAS NACIONAL puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente.

19.0 DECLARATORIA DE PROCESO DESIERTO

El Comité Especial declarará el proceso desierto en los siguientes casos:- Cuando no se presenten propuestas- Cuando no quede válida ninguna propuesta.- Si el Postor que quedó en segundo lugar no firmara el contrato, de

corresponder.

19.2 En atención al Artículo 85° del Reglamento, la publicación sobre la declaratoria de desierto del proceso será registrada en el SEACE, dentro de los dos (2) días de producida.

SUSCRIPCION DEL CONTRATO (Artículo 36° del TUO de la Ley, Artículos 196° al 221° del Reglamento)

20.1 Dentro de los dos ( 2 ) días hábiles siguientes al consentimiento de la buena pro, PROVIAS NACIONAL citará al postor ganador, otorgándole un plazo mínimo de cinco ( 5 ) días hábiles y máximo de diez (10) días hábiles dentro del cual deberá presentarse a suscribir el contrato con toda la documentación requerida.

20.2 La documentación requerida para efectos de la suscripción del Contrato, es la siguiente:

a. Constancia vigente emitida por el CONSUCODE de no estar Inhabilitado para Contratar con el Estado.

b. Garantía de Fiel Cumplimiento, a favor de PROVIAS NACIONAL, como requisito indispensable para la suscripción del Contrato. La garantía será por un monto equivalente

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al diez por ciento (10%) del monto total del Contrato, con vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final. El tenor de la Garantía será de acuerdo con el artículo 215º del Reglamento.

c. Copia simple del Testimonio de Constitución y poder del Representante Legal. De tratarse de un Consorcio, se presentará el contrato de consorcio con las firmas legalizadas de los asociados.

d. Copia del Registro Único de Contribuyente (RUC)

e. Declaración Jurada donde se indique la Relación de los Profesionales con certificado de Habilidad Correspondientes y vigentes.

f. Contrato de Consorcio, con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.

En caso de Consorcio, se tomará en cuenta lo indicado el numeral 11.2 de las presentes Bases en concordancia con la Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE-PRE.

20.2 En caso que el postor ganador no se presente en la fecha prevista para la suscripción del contrato, perderá automáticamente la Buena Pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. PROVIAS NACIONAL en cumplimiento del artículo 203° del Reglamento, citará al Postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el Postor ganador, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el numeral precedente. Si el postor llamado como segunda opción no suscribe - el contrato, PROVIAS NACIONAL declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.

20.3 El Contrato se ajustará a la Proforma de Contrato de las Bases Integradas, tomando en considera-ción lo establecido en el artículo 36º del TUO de la Ley.

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2 .EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

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EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

21. PUNTAJES DE CALIFICACION DE LA PROPUESTA TECNICA

Factores de Evaluación Ptje.Parc.

Ptje.Min.

Ptje.Máx.

1. FACTORES REFERIDOS AL POSTOR - 30

a. Experiencia en la Actividad de Consultoría de Obras 5

b. Experiencia en la Especialidad de Servicios de Supervisión de Obras Similares 25

2. FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO - 47

- Ingeniero Jefe de Supervisión 10

- Experiencia en la especialidad

- Ingeniero en Suelos y Pavimentos 07

- Experiencia en la especialidad

- Ingeniero Especialista en Estructuras y Obras de Arte 05

- Experiencia en la especialidad

- Ingeniero Especialista en Metrados, Costos y Valorizaciones 05

- Experiencia en la especialidad

- Ingeniero Especialista en Hidrológica, Hidráulica y Drenaje Vial 05

- Experiencia en la especialidad

- Ingeniero Especialista en Señalización y Seguridad Vial 05

- Experiencia en la especialidad

- Ingeniero Especialista en Impacto Ambiental de Obras Viales 05

- Experiencia en la especialidad

- Ingeniero Especialista en Geología y/o Geotecnia 05

- Experiencia en la especialidad

3. FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA - 23

- Conocimiento del Proyecto e identificación de facilidades, dificultades y propuestas de solución

10

- Enriquecimiento de los Términos de Referencia 3

- Descripción de la Metodología y Plan para ejecutar el servicio 3

- Programación de la prestación del servicio 3

- Equipamiento, infraestructura, recursos y software 4

TOTAL 80 100

En cumplimiento al Artículo 72º del Reglamento, el puntaje mínimo para acceder a la evaluación de la propuesta económica es de 80 puntos.

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22.0 CRITERIOS DE EVALUACION DE LA PROPUESTA TÉCNICA

22.1 Factores Referidos al Postor: (30 puntos)

A fin de acreditar la experiencia del postor podrán presentar contratos acompañados, de la respectiva conformidad de la prestación del servicio. Asimismo, serán considerados válidos para acreditar la experiencia todos los contratos de supervisión de obras concluidos durante el periodo de tiempo comprendido entre la fecha de presentación de propuestas y los veinte (20) años anteriores a dicha fecha, independientemente de la fecha de inicio del servicio, considerándose a efectos de otorgar el puntaje correspondiente el íntegro del monto de dichos contratos (D.S. 148-2006-EF del 23.09.2006).

De presentar propuestas en consorcio, a efectos de acreditar su experiencia, todos los integrantes del consorcio podrán presentar contratos en los que hayan participado individualmente, en cuyo caso se tomará en cuenta el íntegro del monto de dichos contratos; sin embargo cuando algún integrante del consorcio presente un contrato en el que a su vez haya participado consorciado, sólo se tomará en cuenta el monto correspondiente al porcentaje de participación que tuvo éste en el consorcio que ejecutó el contrato presentado. (Pronunciamiento N° 024-2006/GTN)

La definición de consultor de obras, modificada mediante el D.S. Nº 028-2007-EF del 03.03.2007, es la siguiente: “La persona natural o jurídica que presta servicios profesionales altamente calificados consistente en la elaboración del expediente técnico de obras, así como en la supervisión de obras”.

Los montos de los servicios deberán ser actualizados con el IPC desde la fecha suscripcion del Contrato hasta el mes del valor referencial (Octubre 2007). El monto a actualizar será el indicado en la liquidaciíon de la obra o en el Certificado o constancia de conformidad del servicio emitido por la Entidad contratante que precise el monto final del servicio.

El porcentaje de participación dentro de un consorcio se acreditará mediante la copia del documento de constitución del Consorcio.

a. Experiencia en la Actividad de consultoría (Máx. 5 puntos) (FORMATO Nº 6)

Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el Postor durante un período determinado no mayor a veinte (20) años a la fecha de presentación de propuestas hasta por un monto máximo acumulado equivalente a cinco (5) veces el valor referencial del valor de la convocatoria. Tales experiencias se acreditarán con copia simple de los contratos y su respectiva conformidad de la prestación del servicio, con un máximo de cinco (5) servicios Se considerara experiencias en estudios definitivos y supervisiones de obras en general. La asignación de puntaje será la siguiente:

a) Por un monto acumulado igual o superior a 5 veces al valor referencial: 5 Puntos(S/. 10 877 541,90.20 Nuevos Soles)

b) Por un Monto acumulado igual o inferior al valor referencial: 0 Puntos(S/. 2 175 508,38 Nuevos Soles)

Para montos intermedios se utilizará puntaje directamente proporcional.

b. Experiencia en la Especialidad de Supervisión (Max. 25 puntos) (FORMATO Nº 7)

Se calificará el monto facturado acumulado actualizado a la fecha del valor referencial por el Postor durante los últimos veinte (20) años a la fecha de presentación de propuestas. Tales experiencias se acreditarán con copia simple de los contratos de consultorías de obras similares y su respectiva conformidad de la prestación del servicio, con un máximo de cinco (5) servicios a ser calificados como sigue:

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a) Por un monto acumulado igual o superior a 5 veces al valor referencial: 25 Puntos(S/. 10 877 541,90.20 Nuevos Soles)

b) Por un Monto acumulado igual o inferior al valor referencial: 0 Puntos(S/. 2 175 508,38 Nuevos Soles)

Para montos intermedios se utilizará puntaje directamente proporcional.

Que a efectos de acreditar su experiencia todos los integrantes del consorcio podrán presentar contratos en los que hayan participado individualmente, en cuyo caso se tomará en cuenta el íntegro del monto de dichos contratos; sin embargo cuando algún integrante del consorcio presente un contrato en el que a su vez haya participado consorciado, sólo se tomará en cuenta el monto correspondiente al porcentaje de participación que tuvo éste en el consorcio que ejecutó el contrato el que acredita su experiencia; para cuyo efecto, deberá presentar copia del Contrato de Consorcio respectivo, caso contrario, no podrá evaluarse su grado de experiencia. Se considerarán como consultorías de obras similares la supervisión de mantenimientos periódicos de carreteras asfaltadas ( asfalto en frío o asfalto en caliente ) como también la supervisión obras de construcción y/o rehabilitación y/o mejoramiento de carreteras asfaltadas.

También las Supervisiones de Rehabilitación y Mejoramiento de Carreteras asfaltadas a nivel de Bicapa, Pistas asfaltadas de aeropuertos serán consideradas como similares para el postor y profesionales.

Los montos de los Servicios en moneda nacional se deben actualizar con el IPC desde la fecha de suscripción de contrato hasta la fecha del valor referencial, es decir Junio 2007.

22.2 Factores Referidos al Personal Propuesto ( 47 puntos)

El Postor deberá proporcionar información de su personal según se indica en el FORMATO Nº 8.

Currículum del Jefe de Supervisión y del Personal Profesional de Especialistas, FORMATO N° 9, en el cual se indicará también el tiempo de participación de dicho personal como fracción del tiempo de duración del servicio, se considerarán las experiencias recientes de los profesionales en donde haya culminado su participación en el mencionado proyecto o supervisión.

Si bien no existe impedimento legal que restrinja la posibilidad de que quien se encuentre participando en un proceso de selección como parte de un equipo o efectuando labores en un contrato en ejecución pueda participar en un proceso de selección; es responsabilidad del postor adjudicado con la Buena Pro, asegurar la participación de los profesionales incluidos en su Propuesta Técnica.

También para acreditar que la experiencia de los profesionales propuestos corresponde a la obtenida en supervisiones de obras similares indicadas anteriormente, podrá presentarse cualquier otro documento que cumpla con el fin de acreditar lo requerido siempre que haya sido emitido o suscrito por la Entidad involucrada en el contrato que se pretende acreditar.

22.2.1 JEFE DE SUPERVISION ( 10 puntos)

a) Experiencia en la especialidad Se calificarán las primeras cinco (5) constancias o certificados que acrediten su experiencia en la supervisión de : Mantenimientos periódicos de carreteras asfaltadas, Construcción, Mejoramiento o Rehabilitación de carreteras asfaltadas, Pistas asfaltadas

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de aeropuertos (Asfalto en caliente, Asfalto en frío o Tratamiento Superficial Bicapa) con el cargo de Jefe de Supervisión, jefe de tramo o jefe de sector.

La asignación de puntaje será la siguiente:

a) Por un tiempo acumulado igual o superior a cinco (5) años: 10 Puntosb) Por un tiempo acumulado inferior a tres (3) años: 0 Puntos

Para tiempos intermedios se utilizará puntaje directamente proporcional.

El tiempo de experiencia requerido debe ser el resultado de la sumatoria de los periodos de tiempo de trabajo efectivo como jefe de supervisión, jefe de tramo o jefe de sector que se acrediten mediante la presentación de las constancias o certificados de trabajo solicitados.

Para el caso tanto del Jefe de Supervisión como de los especialistas el Comité aceptará documentos complementarios al certificado que acrediten que la experiencia si corresponde a una carretera asfaltada, tales como: Certificados y Constancias otorgadas por la entidad involucrada. Actas de Recepción de Obras. No se aceptaran copias de Informes de supervisión y de obras o cualquier otro documento.

También se considerará los siguientes documentos como válidos: Resolución Directoral que aprueba la Liquidación de la Supervisión o de la Obra y que hace referencia a esta característica.

ESPECIALISTAS (37 puntos)

a) Experiencia en la especialidad:

Se calificarán un máximo de cinco (5) constancias o certificados que acrediten su experiencia en servicios de su especialidad en supervisión de : mantenimientos periódicos de carreteras asfaltadas, construcción, mejoramiento o rehabilitación de carreteras asfaltadas.

La experiencia de los especialistas en suelos y pavimentos, Estructuras y obras de arte, metrados, costos y presupuestos, hidrológica – hidráulica y drenaje vial, impacto ambiental de obras viales y geología y/o geotecnia será en supervisión de obras viales asfaltadas..

El puntaje, por especialista, será como sigue:

Ing. en Suelos y Pavimentos

a) Por un tiempo acumulado igual o superior a tres (3) años: 7 Puntos b) Por un tiempo acumulado inferior a un (1) año: 0 Puntos

Para tiempos intermedios se utilizará puntaje directamente proporcional.

Será valida su experiencia como ingeniero de Suelos y Pavimentos en Supervisiones de Carreteras Asfaltadas, Jefe de área de Pavimentos en Supervisiones de Carreteras Asfaltadas, en tal sentido, se considerará la experiencia acumulada en las dos especialidades de manera individual o conjunta.

Ing. en Estructuras y Obras de Arte

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a) Por un tiempo acumulado igual o superior a tres (3) años: 5 Puntos b) Por un tiempo acumulado inferior a un (1) año: 0 Puntos

Para tiempos intermedios se utilizará puntaje directamente proporcional.

Será valida su experiencia como ingeniero de Estructuras y Obras de Arte en Supervisiones de Carreteras Asfaltadas, Jefe de Área de Estructuras en Supervisiones de Carreteras Asfaltadas, en tal sentido, se considerará la experiencia acumulada en las dos especialidades de manera individual o conjunta.Ing. Especialista en Metrados, Costos y Valorizaciones

a) Por un tiempo acumulado igual o superior a tres (3) años: 5 Puntos b) Por un tiempo acumulado inferior a un (1) año: 0 Puntos

Para tiempos intermedios se utilizará puntaje directamente proporcional.

Será válida su experiencia como jefe en Metrados y Valorizaciones en la supervisión de carreteras asfaltadas, Ingeniero de Metrados y Valorizaciones o como Ingeniero de Costos y Presupuestos en Supervisiones de Carreteras Asfaltadas, en tal sentido, se considerará la experiencia acumulada en las dos especialidades indicadas (Metrados y Valorizaciones y Costos y Presupuesto) de manera individual o conjunta.

Ing. en Hidrológica, Hidráulica y Drenaje Vial

a) Por un tiempo acumulado igual o superior a tres (3) años: 5 Puntos b) Por un tiempo acumulado inferior a un (1) año: 0 Puntos

Para tiempos intermedios se utilizará puntaje directamente proporcional.

Será valida su experiencia como ingeniero de Hidrológica, Hidráulica y Drenaje Vial en Supervisiones de Carreteras Asfaltadas, Jefe de Área de Hidrológica e Hidráulica en Supervisiones de Carreteras Asfaltadas, en tal sentido, se considerará la experiencia acumulada en las dos especialidades de manera individual o conjunta.

Ing. en Impacto Ambiental de Obras Viales

a) Por un tiempo acumulado igual o superior a tres (3) años: 5 Puntos b) Por un tiempo acumulado inferior a un (1) año: 0 Puntos

Para tiempos intermedios se utilizará puntaje directamente proporcional.

Será valida su experiencia como ingeniero Responsable y/o Jefe de Impacto Ambiental de Obras Viales en Supervisiones de Carreteras Asfaltadas, en tal sentido, se considerará la experiencia acumulada en las dos especialidades de manera individual o conjunta.

Ing. en Señalización y Seguridad Vial Geología y/o Geotecnia

a) Por un tiempo acumulado igual o superior a tres (3) años: 5 Puntos b) Por un tiempo acumulado inferior a un (1) año: 0 Puntos

Para tiempos intermedios se utilizará puntaje directamente proporcional.

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Será valida su experiencia como ingeniero de Señalización y Seguridad Vial en Supervisiones de Carreteras Asfaltadas, Jefe de Área de Seguridad Vial en Supervisiones de Carreteras Asfaltadas, en tal sentido, se considerará la experiencia acumulada en las dos especialidades de manera individual o conjunta.

Ing. en Geología y/o Geotecnia

a) Por un tiempo acumulado igual o superior a tres (3) años: 5 Puntos b) Por un tiempo acumulado inferior a un (1) año: 0 Puntos

Para tiempos intermedios se utilizará puntaje directamente proporcional.

Será valida su experiencia como ingeniero de Geología y/o Geotecnia en Supervisiones de Carreteras Asfaltadas, Jefe de Área de Geotecnia en Supervisiones de Carreteras Asfaltadas, en tal sentido, se considerará la experiencia acumulada en las dos especialidades de manera individual o conjunta.

N° Especialista Puntaje Máximo

1 Ing. en Suelos y Pavimentos 07 Puntos2 Ing en Estructuras y Obras de Arte 05 Puntos3 Ing en Metrados, Costo y Valorizaciones 05 Puntos4 Ing en Hidrologia, Hidrulica y Drenaje Vial 05 Puntos5 Ing en Señalización y Seguridad Vial 05 Puntos6 Ing en Impacto Ambiental de Obras Viales 05 Puntos7 Ing en Geologia y/o Geotecnia 05 Puntos

Total 37 Puntos

22.3 FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La extensión máxima que se establece para cada uno de los literales a, b, c y d es de quince (15) hojas, los que hacen un total de sesenta (60) hojas como máximo para los cuatro literales.

En cuanto al literal e, se deben incluir las hojas que resulten necesarias para sustentar la tenencia de los equipos y/o vehículos.

Conocimiento del proyecto e identificación de facilidades, dificultades y propuestas de solución (10 puntos)

Se otorgara puntaje al postor, en función al conocimiento que muestre respecto a los estudios e investigaciones previas, a su grado de identificación de las facilidades y dificultades en el desarrollo del servicio y a las medidas de solución que proponga. El expediente técnico de la obra a supervisar se encuentra en la siguiente dirección electrónica : :

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http://www.proviasnac.gob.pe/transparencia/adquisiciones_contrataciones/prepublicacion/licitaciones; Se calificará de la siguiente manera:

a) El Consultor que describa y analice lo señalado en el titulo del ítem, respecto a los 06 tópicos principales del proyecto vial: 1. zonas criticas; 2. sectores de sección vial inseguros (punto negro) ; 3. canteras; 4. DME (Depósito de Materiales Excedentes) y fuentes de agua; 5. Sistema de drenaje; 6. relación socio ambiental con poblaciones aledañas y características del servicio operativo actual 10 puntos

b) El Consultor que describa y analice 4 o 5 tópicos 7 puntos c) El Consultor que describa y analice 2 o 3 tópicos 4 puntosd) El Consultor que describa y analice menos de 2 tópicos 0 puntos

Enriquecimiento de los Términos de Referencia (3 puntos)

Se otorgara puntaje al postor, en función a sus significativos aportes, mejoras, sugerencias y/o críticas a los términos de referencia consignados en las Bases. Se calificara de la siguiente manera:

a) El Consultor que realice y formule 5 o mas aportes y/o mejoras y/o sugerencias y/o criticas a los Términos de Referencia 3 puntos

b) El Consultor que realice y formule mas de 2, 3 o 4 aportes y/o mejoras y/o sugerencias y/o criticas a los Términos de Referencia 2 puntos

c) El Consultor que realice y formule 1 aporte y/o mejora y/o sugerencia y/o critica a los Términos de Referencia 0.50 punto

d) El Consultor que no realice ni formule ningún aporte a los Términos de Referencia 0 puntos

Se consideraran como aportes, mejoras y/o sugerencias a los Términos de Referencia, a los planteamientos del postor que incluyan innovaciones tecnológicas de ser el caso, para el cumplimiento de sus obligaciones establecidas en los TdR ; permitiendo cubrir vacíos o prevean actividades no contempladas, que pudieran presentarse en el cumplimiento del servicio.

Descripción de la Metodología y Plan para ejecutar el servicio (3 puntos)

Se otorgara puntaje al postor, en función a la metodología de trabajo que presente, que incluya los procedimientos a emplear y los sistemas de aseguramiento de calidad y de seguridad. Se calificara de la siguiente manera:a) El Consultor que desarrolle una metodología de trabajo, que le permita cumplir con las

exigencias de los términos de referencia, de tal forma que evidencie 1) Los procedimientos de trabajo; 2) Los mecanismos de aseguramiento de calidad; 3) Los sistemas de control de los servicios prestados, y; 4) Los sistemas de seguridad industrial para los recursos empleados

3 puntos b) El Consultor que desarrolle una metodología, que evidencie el cumplimiento de 3 de los 4

mecanismos básicos de ejecución del servicio 2 puntos c) El Consultor que desarrolle una metodología, que evidencie el cumplimiento de al menos 2 de los

4 mecanismos básicos de ejecución del servicio 1 punto d) El Consultor cuya metodología no permita el cumplimiento de los términos de referencia o no

evidencie el cumplimiento de los mecanismos básicos de ejecución del servicio 0 puntos

Programación de la Prestación del Servicio (3 puntos)

Se otorgara puntaje al postor, en función a la programación secuencial que presente de todas las actividades, incluyendo los hitos de entrega, así como una programación de utilización de personal y equipos para todas las fases del servicio. Se calificara de la siguiente manera:

a) El Consultor que presente el 100% de los cuadros de programación del servicio, coherentes con el desarrollo y programación del proyecto, que permitan un control claro y oportuno de las actividades desarrolladas, tales como: 1) Relación de Actividades; 2) Utilización de recursos y personal; 3) Programación Gantt (Pert-CPM) de actividades, y; 4) Matriz de asignación de responsabilidades. 3 puntos

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PROVIAS NACIONAL

b) El Consultor que presente 3 de los cuadros desarrollados 2 puntos c) El Consultor que presente al menos 2 de los cuadros desarrollados 1 punto d) El Consultor que presente menos de 2 de los cuadros desarrollados 0 puntos

Equipamiento, infraestructura, recursos y software (3 puntos).

Se otorgara puntaje al postor en función a los equipos, software y/o vehículos puestos a disposición del servicio, distintos o adicionales a aquellos que hubieran sido exigidos en los términos de referencia ; el postor sustentara la tenencia de los equipos y/o vehículos mediante copia simple de facturas y/o cartas compromiso de alquiler. Se calificara de la siguiente manera:

e.1 Equipos para Control del Trazo (1 punto)

1. Estación Total (1)a) El equipo deberá tener: 1) Una antigüedad no mayor de 5 años y 2) Certificado de

calibración no mayor de 6 meses, contados estos a partir de la última calibración, estos certificados de calibración pueden ser copias simples y deben ser expedidos por una firma especializada o entidad competente. Asimismo 3) La precisión de la lectura angular deberá estar comprendida entre 3 y 5 segundos y 4) El alcance de la medida con 2 prismas deberá estar comprendida como mínimo entre 1500 y 2000 metros. 1 punto

b) Equipo que incumpla uno de los requisitos antes indicados 0.5 puntoc) Equipo que incumpla 2 o mas requisitos antes indicados 0 punto

e.2 Software para Control de Explanaciones, Control de Costos Programacion y Avance de la Obra (2 puntos)

1. Software para Control de Explanaciones, Control de Costos, Programación y Avance de la Obra (2)a) Se aceptara compromiso de compra de los software para el control de explanaciones,

control de Costos, Programación y Avance de Obra. Será condición para el inicio del servicio que el consultor haya adquirido el software o en caso de contar con los software para explanaciones, control de costos, programación y avance de la obra, se aceptara que este presente la licencia de uso vigente.

2 puntosb) Que no presente compromiso de compra del software para control de explanaciones

0 puntose.3 Equipos para Movilización (1.00 punto)

1. Camioneta doble tracción, doble cabina, de una antigüedad no mayor de 5 años (2 unidades )

a) Ofrece 2 camionetas 1.00puntob) Ofrece menos de 2 camionetas que no cumple de las características descritas

0.00 punto

23.0 EVALUACION DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La oferta de menor monto recibirá cien (100) puntos y las restantes se les asignará puntaje según la siguiente formula:

Pi = Om x PMPE Oi

Donde :I = PropuestaPi = Puntaje de la oferta económica iOi = Propuesta Económica iOm = Propuesta Económica de monto o precio más bajoPMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica (100 puntos).

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PROVIAS NACIONAL

24.0 DETERMINACION DEL PUNTAJE TOTAL

En base al resultado de la calificación de la Propuesta Técnica y la Propuesta Económica, se aplicará la formula siguiente:

PTPi = 0.8PTi + 0.2PEi

Donde :

PTPi = Propuesta Total del postor iPTi = Puntaje por Evaluación Técnica del postor iPEi = Puntaje por Evaluación Económica del postor i c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica (0.80)c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica (0.20)

CP Nº 0036-2007-MTC/20SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14)

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III. FORMATOS

FORMATO Nº 1

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Lima, ___ de ______ de 2007

SeñoresComité Especial del CP Nº 0036-2007-MTC/20Jr. Zorritos Nº 1203 – Piso 3, Lima 1Lima

Referencia : CP Nº 0036-2007-MTC/20

Nosotros los suscritos: _____________________________ (nombre del proponente) de acuerdo con las Bases del Concurso de la referencia, hacemos la siguiente propuesta para la Supervisión del Mantenimiento Periódico de la Carretera ________________________________________________________ y, en caso que nos sea aceptada por el PROVIAS NACIONAL, nos comprometemos a firmar el contrato correspondiente.

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PROVIAS NACIONAL

Declaramos asimismo:

Que esta propuesta y el Contrato que llegare a celebrarse sólo comprometen a los firmantes de la presente comunicación.

Que ninguna entidad o persona distinta a los firmantes tiene interés en la propuesta ni en Contrato probable que se derive.

Que conocemos la información general y demás documentos de los Términos de Referencia del presente Concurso Público y que aceptamos los requisitos en ellos contenidos.

Que conocemos el lugar de realización de la obra y hemos tomado conocimiento de las condiciones que pueden afectar su ejecución.

Que si somos favorecidos con la Buena Pro, nos comprometemos a constituir las garantías requeridas.

Atentamente,

Nombre del Postor ______________________________________________________________

Nombre del Representante Legal___________________________________________________

Dirección Postal________________________________________________________________

Dirección Electrónica____________________________________________________________

________________________________________ (Firma del Representante Legal)

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FORMATO Nº 2

DECLARACION JURADA DE IDENTIFICACION DEL POSTOR

El representante legal del Postor .................................................., que suscribe el presente documento, declara Bajo Juramento que los datos consignados en este formato, se ajustan a la verdad.:

1. NOMBRE O RAZON SOCIAL ................................................................................................................(Debe ser conforme a la Escritura de Constitución)

2. NUMERO DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO NACIONAL DE CONTRATISTAS.............................................................................................................................................................

3. REPRESENTANTE LEGAL ............................................ , inscrito en el Registro de Mandatos con el N° ....................

4. DOMICILIO LEGAL ...............................................................................................................................

5. CIUDAD ..................................................................................................................................................

6. PAIS .......................................................................................................................................................

7. CASILLA POSTAL .................................................................................................................................

8. TELEFONO ............................................................................................................................................

9. RUC .......................................................................................................................................

10. FAX ........................................................................................................................................................

11. NOMBRE ORIGINAL ................................................................................................................................................................

12. AÑO DE CONSTITUCION ........................................ ..........................................................

13. PRIMER CONTRATO DE SUPERVISION SUSCRITO:Fecha:Nombre:Entidad:Lugar

REPRESENTANTE NOMBRE Y FIRMA DEL

LEGAL DEL POSTOR

NOTA: En caso que el Postor sea un Consorcio, cada una de las firmas que integran el consorcio deberán presentar este formato.

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PROVIAS NACIONAL

FORMATO Nº 3

PROMESA DE CONSORCIO

Los que suscriben, __________________ (nombre del Representante Legal) y __________________ (nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de _________________________ (nombre o razón social del integrante) y ___________________________ (nombre o razón social del integrante), respectivamente, manifestamos por el presente documento, hemos convenido en formar un Consorcio, para participar en el Concurso Público Nº 0036-2007-MTC/20 , cuyo objeto es la Supervisión del Mantenimiento Periódico de la Carretera Pativilca – Conococha ( Ruta 14 ), por lo tanto, expresamos lo siguiente:

1. La duración de este Consorcio será igual al término de la ejecución y liquidación del contrato.2. Empresas que conforman el Consorcio y obligaciones:

Empresa Participación (1) Obligaciones ( Ref.: Directiva Nº 003-2003/CONSUCODE/PRE)

(1) El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de participación de los integrantes, debe ser igual al 100%.

3. El Consorcio se denomina CONSORCIO _____________________.4. La responsabilidad de los integrantes del Consorcio es solidaria.5. El representante del Consorcio es ____________________________ (indicar el nombre),

identificado con DNI/CE. No. ______________ ,quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades.

6. La sede del Consorcio es:Dirección postal ___________________________________________Dirección electrónica ___________________________________________Teléfono ___________________________________________

En señal de conformidad, se firma el ________ de _______de 2007.

______________________________________________(Nombre y firma del Representante Legal

de cada uno de los integrantes)

______________________________________________(Nombre y firma del Representante Legal del Consorcio)

Nota: El presente formato es referencial, pudiendo ampliarse de acuerdo a las facultades y necesidades del Consorcio, manteniendo como mínimo el contenido antes indicado.

FORMATO Nº 4

DECLARACION JURADA DEL POSTOR

CP Nº 0036-2007-MTC/20SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14)

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PROVIAS NACIONAL

(Referencia: Artículo 76º del Reglamento)

El postor que suscribe declara bajo juramento que:

a) Que no tiene impedimento para participar en el presente proceso de selección, ni para contratar con el Estado, conforme al Artículo 9º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

b) Que conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

c) Que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos del proceso.

d) Que se compromete a mantener su oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro; y

e) Que conoce las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como la Ley Nº 27444, Ley del Procedimientos Administrativos General.

Lima,

Firma Representante Legal

NOTA: En caso que el Postor sea un Consorcio, cada una de las firmas que integran el consorcio deberán de presentar este formato.

FORMATO Nº 5

COMPROMISO DE INTEGRIDAD

CP Nº 0036-2007-MTC/20SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14)

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PROVIAS NACIONAL

Yo ____________________________________, Representante Legal del Postor

____________________________________________, confirmo que en atención al Principio de

Moralidad señalado en el Reglamento del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del

Estado, no se ha ofrecido u otorgado, ni ofrecerán ni otorgarán, ya sea directa o indirectamente a través

de terceros, ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja inadecuada a Funcionario

Público alguno, o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto

de la adjudicación, y no haber celebrado o celebrar acuerdos formales o tácitos entre los postores o con

terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la Libre Competencia.

Atentamente,

Lima,

______________________________________________ (Nombre y firma del Representante Legal )

Por el Comité Especial:

______________________________ ____________________________ Daniel Triveño Daza Carlos Antonio Idiaquez Alva

Miembro Miembro

_________________________ Jaime Fernando Castro Grosso

Presidente

CP Nº 0036-2007-MTC/20SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14)

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PROVIAS NACIONAL

FORMATO Nº 6

EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD DE CONSULTORIA DE OBRAS SIMILARES

NOMBREDE LA OBRA

SUPERVISADAUBIC. NOMBRE

DEL CLIENTE

FECHA DENOMBRE DE LA

EMPRESA ASOCIADA

% DEPARTICIP.

MONTO ACTUALIZADO EN NUEVOS SOLES

Nº DE FOLIO-Sustent.

INIC. FIN

1.-2.-3.-4.-5.-

........................................................................................NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

NOTA (1) La información proporcionada en este formato debe ser respaldada con los contratos y los certificados de conformidadNOTA (2) En caso de consignar mayor número de servicios que los solicitados, el Comité Especial se limitará a evaluar los 5 primeros consignados.NOTA (3) El monto del servicio será en Nuevos Soles para contratos en moneda extranjera, se expresarán en soles al tipo de cambio vigente al término del

contrato y actualizado según el INEI.NOTA (4) Anexar hoja de cálculo que justifique en monto actualizado en soles.

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PROVIAS NACIONAL

FORMATO Nº 7

EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD SUPERVISION DE OBRAS SIMILARES

NOMBREDE LA OBRA

SUPERVISADAUBIC. NOMBRE

DEL CLIENTE

FECHA DENOMBRE DE LA

EMPRESA ASOCIADA

% DEPARTICIP.

MONTO ACTUALIZADO EN NUEVOS SOLES

Nº DE FOLIO-Sustent.

INIC. FIN

1.-2.-3.-4.-5.-

........................................................................................NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

NOTA (1) La información proporcionada en este formato debe ser respaldada con los contratos y los certificados de conformidadNOTA (2) En caso de consignar mayor número de servicios que los solicitados, el Comité Especial se limitará a evaluar los 5 primeros consignados.NOTA (3) El monto del servicio será en Nuevos Soles para contratos en moneda extranjera, se expresarán en soles al tipo de cambio vigente al término del

contrato y actualizado según el INEI.NOTA (4) Anexar hoja de cálculo que justifique en monto actualizado en soles.

CP Nº 0036-2007-MTC/20SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14)

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FORMATO Nº 8

NOMINA DEL PERSONAL

A continuación se presenta la relación del Personal Profesional propuesto para la realización de la Supervisión, que será asignado por el tiempo previsto para su ejecución y que será materia de evaluación en base de los Currículos que se acompaña más adelante.

CARGO NOMBREFRACCION DE

DURACION DEL SERVICIO

JEFE DE SUPERVISION

EQUIPO TECNICO PRINCIPAL: Ing. Esp. en Suelos y Pavimentos Ing. Esp. en Estructuras y Obras de Arte Ing. Esp. en Metrados, Costos y

Valorizaciones Ing. Esp. en Hidrológica, Hidráulica y

Drenaje Vial Ing. Esp. en Señalización y Seguridad Vial Ing. Esp. en Impacto Ambiental de Obras

Viales Ing. Esp. en Geología y/o Geotécnica

El que suscribe _________________________________________ , Representante Legal de ______________________________________________________, se compromete que para el servicio materia del concurso se asignará al personal indicado y que se cuenta con el Compromiso de Participación del personal que se contratará, en caso de obtener la Buena Pro.

__________________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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PROVIAS NACIONAL

FORMATO Nº 9

CURRICULUM VITAE (C.V.) DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO

El postor adjuntará el C.V. de cada uno del Personal Profesional mínimo requerido, el cumplimiento de los requisitos y experiencia requeridas, serán sustentados con copias simples de los correspondientes documentos.

NOMBRE:______________________ PROFESIÓN:____________________________________

CARGO POR OCUPAR: ____________________________________________________________________

1. DATOS DEL PROFESIONALUNIVERSITARIOS

Nº DE ORDEN UNIVERSIDAD TITULO OBTENIDO

FECHA DE GRADO (mes – año)

COLEGIATURA

Nº Fecha Nº Folio

2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD

Nº DE ORDEN

OBRA DE REHABILITACION E MANTENIMIENTO

RAZON SOCIAL DEL

CONTRATANTECARGO DESEMPEÑADO

PERIODO

Inicio Término Duración Nº Folio

Notas:

1. El contenido del presente formulario no podrá ser modificado o alterado y deberá ser diligenciado en su totalidad, solo se considerará los cinco (5) primeros certificados.

2. La información incluida en el presente formulario es de la responsabilidad del proponente y se le deberán de anexar los documentos sustentados, caso contrario se considerará incompleto.

3. La firma del profesional en este formulario será considerada igualmente como carta de intención.

FIRMA DEL PROFESIONAL:____________________

________________________________________ (Nombre y firma del Representante Legal )

FORMATO Nº 10

COMPROMISO DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOSPARA EL SERVICIO

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PROVIAS NACIONAL

El que suscribe (nombre del Profesional) con DNI N° ............................, mediante la presente Carta de Compromiso, se compromete a formar parte del personal profesional propuesto para la supervisión a la que postula el Postor ......................., en caso que éste obtenga la Buena Pro del CONCURSO PUBLICO CP Nº 0036-2007-MTC/20, convocado por PROVIAS NACIONAL.

Asimismo declaro que no tengo compromiso alguno que imposibilite mi participación en la fecha y por el tiempo ofrecidos.

Los servicios profesionales a prestar se detallan a continuación:

Cargo dentro del Proyecto: ...................................................................................................................................

Especialidad: ........................................................................................................................................................

Actividad: ..............................................................................................................................................................

--------------------- -----------------------------------------------------Lugar y Fecha Nombre y Firma del Profesional

------------------------------------------------------ NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

CP Nº 0036-2007-MTC/20SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14)

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PROVIAS NACIONAL

FORMATO Nº 11

CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA ECONOMICA

LIMA, __ de ________ de 2007

SeñoresComité Especial CP Nº 0036-2007-MTC/20.ATT. : PRESIDENTE DEL COMITÉ ESPECIAL

LIMA - PERÚ

REFERENCIA.:CP Nº 0036-2007-MTC/20.

De mi consideración: -

De acuerdo a las Bases y Términos de Referencia del Concurso en referencia, quien suscribe presenta a su consideración la Propuesta Económica de ------------(Razón Social o nombre) por ---(en números)------(----en letras-----), más IGV por -----(en números)------(en letras)-------, lo que hace un total de -----(números)-----(----en letras-----), con precios referidos al mes de Octubre del 2007, para la prestación de los servicios materia del Concurso de la referencia, convocado por el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional- PROVIAS NACIONAL.

La documentación presentada se encuentra debidamente ordenada y foliada y están contenidos en el Segundo Sobre Propuesta Económica según lo establecen las Bases.

Atentamente,

-------------------------------------------------NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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PROVIAS NACIONAL

FORMATO Nº 12PROPUESTA ECONOMICA

Nota: El porcentaje de 21.81% indicado en el literal E, Gastos Generales y Financieros, y de 10% en el literal F, Utilidad, son referenciales, el postor puede a su criterio establecer los porcentajes que estime convenientes de acuerdo a sus cálculos y experiencias

CP Nº 0036-2007-MTC/20SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14)

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PROVIAS NACIONAL

FORMATO Nº 12PROPUESTA ECONOMICA

DETALLE DE PRECIOS UNITARIOS

Nota: El porcentaje de 21.81% indicado en el literal E, Gastos Generales y Financieros, y de 10% en el literal F, Utilidad, son referenciales, el postor puede a su criterio establecer los porcentajes que estime convenientes de acuerdo a sus cálculos y experiencias

CP Nº 0036-2007-MTC/20SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14)

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PROVIAS NACIONAL

FORMATO Nº 12PROPUESTA ECONOMICA

DETALLE DE PRECIOS UNITARIOS

Nota: El porcentaje de 21.81% indicado en el literal E, Gastos Generales y Financieros, y de 10% en el literal F, Utilidad, son referenciales, el postor puede a su criterio establecer los porcentajes que estime convenientes de acuerdo a sus cálculos y experiencias

FORMATO Nº 12

PROPUESTA ECONOMICA

CP Nº 0036-2007-MTC/20SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14)

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PROVIAS NACIONAL

DETALLE DE PRECIOS UNITARIOS

Nota: El porcentaje de 21.81% indicado en el literal E, Gastos Generales y Financieros, y de 10% en el literal F, Utilidad, son referenciales, el postor puede a su criterio establecer los porcentajes que estime convenientes de acuerdo a sus cálculos y experiencias

FORMATO Nº 12

PROPUESTA ECONOMICA

CP Nº 0036-2007-MTC/20SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14)

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PROVIAS NACIONAL

DETALLE DE PRECIOS UNITARIOS

Nota: El porcentaje de 21.81% indicado en el literal E, Gastos Generales y Financieros, y de 10% en el literal F, Utilidad, son referenciales, el postor puede a su criterio establecer los porcentajes que estime convenientes de acuerdo a sus cálculos y experiencias

FORMATO Nº 12PROPUESTA ECONOMICA

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PROVIAS NACIONAL

DETALLE DE PRECIOS UNITARIOS

Nota: El porcentaje de 21.81% indicado en el literal E, Gastos Generales y Financieros, y de 10% en el literal F, Utilidad, son referenciales, el postor puede a su criterio establecer los porcentajes que estime convenientes de acuerdo a sus cálculos y experiencias

FORMATO Nº 13REQUERIMIENTO DE LABORATORIOS Y EQUIPO MINIMO QUE DEBE ACREDITAR EL POSTOR

NºEVALUACIONES Y

CONTROL DE CALIDAD

Laboratorio o Equipo CUMPLE

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PROVIAS NACIONAL

a

Evaluación y con-trol de calidad de la planimétrica y alti-métrica de la via

Se utilizara equipo de topografía necesario para planimetría y altimetrita de la vía

bEvaluación y control de calidad de mecánica de suelos

Laboratorio que permita realizar los ensayos estipulados en el expediente técnico

cEvaluación y control de calidad de Pavimentos

Laboratorio que permita realizar los ensayos estipulados en el expediente técnico

d

Evaluación y control de calidad de Concreto Hidrahulico

Laboratorio que permita realizar los ensayos estipulados en el expediente técnico

e

Evaluación y control de calidad de Condición Estructural

Viga Benkelman ó Deflectómetro de Impacto “ Falling Weignt Deflectometer ó Deflectómetro Lacroix

f Evaluación y control Funcional Bump Integrator ( Clase 3)

g Evaluación y control de Seguridad

Pendulo TRRL y Equipo para Ensayo de Mancha de Arena

Yo....... (nombre del Representante Legal del postor), identificado con D.N.I. Nº ........., domiciliado en ......................................................................; Representante Legal de........ (Nombre del postor), que se presenta como postor del Concurso Público Nº 0021-2007-MTC/20, para la contratación de los Servicios de Consultoría para Supervisión del Mantenimiento Periódico de la Carretera Cajabamba – San Marcos, Tramo Km. 00+000 al Km. 46+160, a cargo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, DECLARO BAJO JURAMENTO que:

Contaremos con los Laboratorios y Equipos Mínimos arriba señalados para la prestación del servicio, para lo cual en caso de obtener la buena pro presentaremos los documentos que acrediten su disponibilidad bajo compra o alquiler, como condición previa para el inicio de los servicios.

Lima,

---------------------------------------------------------

( Nombre y firma del Representante Legal )

Nota.- En la ultima columna deberán colocar si cumple o no lo indicado en la columna anterior

FORMATO Nº 14

FORMULARIO DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

PROPONENTE:

Consulta N..................Referencia(s) de las BasesSección: ............

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PROVIAS NACIONAL

Numeral:.............Página: ..............Consulta:

PROPONENTE:

Consulta N..................Referencia(s) de las BasesSección: ............Numeral:.............Página: ..............Consulta:

Nota.- Este formulario será llenado en Arial 11

CP Nº 0036-2007-MTC/20SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14)

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PROVIAS NACIONAL

IV. PROFORMA DE CONTRATO

CP Nº 0036-2007-MTC/20SUPERVISIÓN DEL MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA ( RUTA 14)

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PROVIAS NACIONAL

PROFORMA DE CONTRATO DE SUPERVISIÓN DE OBRA

Nº - 2007-MTC/20

Conste por el presente documento, el Contrato de Supervisión de Obra que celebran de una parte, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC, con RUC Nº 20503503639, con domicilio legal en Jr. Zorritos Nº 1203, Lima 1 - Perú, debidamente representado por su Director Ejecutivo, ........................................................, con DNI Nº ..........................., designado con R.M. Nº ......................... del ............, a quien en adelante se le denominará PROVIAS NACIONAL y, de la otra parte .........................................., con domicilio legal en ........................................, con RUC Nº......................., representado legalmente por ....................................., con DNI N°..............., según Testimonio, Poder o Mandato que se anexa al presente Contrato, a quien en lo sucesivo se denominará EL SUPERVISOR, y que suscriben bajo los términos y condiciones siguientes:

PRIMERA : ANTECEDENTES

1.1 PROVIAS NACIONAL ha previsto seleccionar a EL SUPERVISOR que brindará los Servicios de Supervisión de la Obra .............................................................., ubicada en el departamento de ................, la misma que en adelante se denominará LA OBRA, la que se ejecutará con financiamiento de .....................................

1.2 La selección de EL SUPERVISOR se produjo en el marco del CP N° 0036-2007-MTC/20, el mismo que fue convocado con arreglo a las disposiciones del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, respectivamente, con un valor referencial de S/............................. (..................................Nuevos Soles), incluido el I.G.V.

1.3 Como resultado del proceso de selección, el Comité Especial encargado de su conducción otorgó la Buena Pro a EL SUPERVISOR por el monto total de su Propuesta Económica ascendente a la suma de S/............................. (........................................ Nuevos Soles), incluido el I.G.V.

SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO

Por el presente Contrato EL SUPERVISOR se obliga a realizar, para PROVIAS NACIONAL el Servicio de Supervisión de la Obra indicada en el numeral 1.1 de la Cláusula Primera del presente Contrato, en concordancia con el Expediente Técnico de la Obra, las Bases Integradas, los Términos de Referencia, su Oferta Técnica y Económica, revisadas y aceptadas por PROVIAS NACIONAL, y bajo los términos y condiciones estipulados en el presente Contrato.

TERCERA : DE LA VIGENCIA, INICIACIÓN, DURACIÓN Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO.

3.1 El presente Contrato entrará en vigencia a partir de su suscripción, su ejecución contractual desde el día siguiente de la suscripción del Contrato, y concluye con el consentimiento de las liquidaciones de LA OBRA y Supervisión.

3.2 Durante la vigencia del contrato los plazos se computarán en días naturales, de conformidad a lo estipulado en el Artículo 206° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.

3.3 Las actividades de la Supervisión se iniciarán solamente cuando medie una orden explícita de inicio; la que será notificada oficialmente a EL SUPERVISOR, por PROVIAS NACIONAL, con una anticipación no menor de 10 días y estará supeditado a la entrega del adelanto en efectivo

3.4 El plazo de los servicios es de Trescientos Treinta (360) días naturales que incluye la Supervisión, Recepción y Liquidación de la Obra.

3.5 El plazo de ejecución de los servicios de supervisión podrá ampliarse por las siguientes causales, acorde a lo establecido en los artículo 231° y 232° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM:

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3.5.1 Por adicionales de LA OBRA3.5.2 Cuando se apruebe el Adicional, siempre y cuando afecte el plazo. En este caso, EL SUPERVISOR

ampliará las Garantías que hubiere otorgado.3.5.3 Por atrasos y paralizaciones en el cumplimiento de la prestación del Contrato por culpa de la

Entidad; y 3.5.4 Por caso fortuito y fuerza mayor.3.5.5 Por atrasos o paralizaciones no imputables al Supervisor

3.6 En el caso de paralizaciones de LA OBRA, deberá EL SUPERVISOR proponer alternativas inmediatas para su continuación o la resolución del Contrato de Ejecución de Obra; de no haber arreglo, procederá de inmediato a las Liquidaciones respectivas, de acuerdo con PROVIAS NACIONAL.

3.7 Asimismo, la partes expresan su conocimiento pleno de que el presente Contrato y las prestaciones derivadas de éste son financiadas con recursos de _________________, por lo que reconocen que su continuidad se sujeta a permanente disponibilidad presupuestal y financiera del Pliego en el marco de los Calendarios de Compromisos, las Asignaciones Trimestrales de Gastos y las Leyes Anuales de Presupuesto, correspondiente al año 2007, conforme a lo establecido en el Artículo 5° - Racionalidad y Disciplina de la Ley N° 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, y Artículo 27.3 de la Ley N° 28411 – Texto Actualizado de la Ley general del Sistema Nacional de Presupuesto.

CUARTA : ASPECTOS ECONÓMICOS

4.1 El precio del Servicio materia del presente Contrato asciende a la suma de S/................... (....................................), incluido el I.G.V., con precios referidos al mes de ______del 2007.

4.2 Este importe sólo se podrá incrementar o disminuir en función de los servicios realmente prestados y requeridos, así como de las causales indicadas en el numeral 3.5 de la Cláusula Tercera del presente Contrato, debidamente justificadas, previo acuerdo entre las partes y debidamente autorizados por PROVIAS NACIONAL, manteniéndose concordancia con los Artículos 231° y 232º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM del 29.11.2004.

4.3 El monto del Contrato a que se refiere el numeral 4.1. de la presente Cláusula, será cancelado después de ejecutada la debida prestación y será de acuerdo a lo indicado en los Términos de Referencia, Numeral 8.13. Los montos se reajustarán de acuerdo a la fórmula señalada en el numeral 5.1 de este Contrato.

4.4 Todos aquellos gastos que no se incluyan en el presente Contrato y que no hayan sido previamente autorizados en forma escrita por PROVIAS NACIONAL, no serán reconocidos

4.5 Adelanto y Garantías

PROVIAS NACIONAL podrá exigir a EL SUPERVISOR la entrega oportuna de aquellas Garantías que considere dispensable para la ejecución el presente Contrato, acorde a lo estipulado en los Artículos Nos. 213° al 221° del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, siendo entre otras las siguientes:

4.5.1 PROVIAS NACIONAL ha previsto entregar un adelanto Directo a EL SUPERVISOR dentro de los 15 días calendario de presentada la garantía por un monto equivalente hasta por el treinta por ciento (30%) del monto total del Contrato, en concordancia con lo establecido en las Bases del proceso de selección, y en el Artículo 228° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM..

La entrega del adelanto se realizará a requerimiento de EL SUPERVISOR. Conjuntamente con el requerimiento éste deberá presentar una Garantía con las mismas características de la Garantía de Fiel Cumplimiento, por un monto igual al del adelanto solicitado. Dicha Garantía estará representada por una Carta Fianza o Póliza de Caución; con una vigencia no menor de tres (03) meses; renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado.

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EL SUPERVISOR presentará su factura por el Adelanto Directo actualizado por una sola vez, con el último índice reconocido a la fecha de facturación

Las renovaciones de la garantía hasta la amortización final del adelanto, se harán por un monto igual al saldo del adelanto pendiente de amortización, debidamente reajustado por la aplicación del Índice de precios al por Mayor que publica el INEI, con el último índice conocido, a la fecha de renovación.

El Adelanto será amortizado mediante descuentos proporcionales en cada una de las valorizaciones mensuales, hasta su total cancelación, debiendo estar totalmente amortizado en la ultima valorización. Asimismo, en cada una de dichas valorizaciones se hará la deducción del reajuste que no corresponde por el Adelanto en Directo otorgado, según la fórmula del numeral 5.1.

4.5.2 Garantía de Fiel Cumplimiento

La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato debe ser equivalente al 10% del monto del Contrato incluido el IGV, y extendida a favor de PROVIAS NACIONAL, a través de una Carta Fianza y/o Póliza de Caución, solidaria, irrevocable, incondicional, de realización automática emitida y ejecutable en la ciudad de Lima. Su otorgante (fiador solidario) debe ser una entidad autorizada para operar en el país y para emitir este tipo de instrumentos, por la Superintendencia de Banca y Seguros. La ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento será al sólo requerimiento escrito de PROVIAS NACIONAL, y deberá mantenerse vigente hasta que quede consentida la Liquidación del Contrato. Su original permanecerá en custodia en la Unidad de Tesorería de la Gerencia de Administración.

PROVIAS NACIONAL ejecutará la garantía si no fuese renovada oportunamente por EL SUPERVISOR ó cuando se presente cualquiera de las causales tipificadas en el Artículo 221° y lo previsto en el Artículo 222° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones el Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.

QUINTA: DE LOS PAGOS Y REAJUSTES

5.1 La forma de pago será de acuerdo al Calendario de Pagos y a lo indicado en el Num. 4.3 de la Cláusula Cuarta del presente Contrato. Teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 256° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, del 29.12.2004, las valorizaciones del componente en moneda nacional que presente EL SUPERVISOR se reajustarán de acuerdo a la fórmula siguiente:

Pr = [Po x (Ir/Io)] - [(A/C) x Po x (Ir - Ia)/(Ia)] - [(A/C) x Po]

Donde :Pr = Monto de la Valorización reajustada.Po = Monto de la Valorización correspondiente al mes de servicio, a precios del mes de la fecha

correspondiente a la PropuestaIr = Índice General de Precios al Consumidor (INEI-LIMA) a la fecha de Valorización.Io = Índice General de Precios al Consumidor (INEI-LIMA) al mes de la fecha correspondiente a la

propuestaIa = Índice General de Precios al Consumidor (INEI-LIMA) a la fecha de pago del adelanto.A = Adelanto en Efectivo entregado.C = Monto del Contrato Principal

El primer monomio expresa la valorización reajustada; el segundo, la deducción del reajuste que no corresponde por el adelanto otorgado y el tercero la amortización del adelanto otorgado.El segundo y tercer monomio son aplicables sólo hasta la cancelación del adelanto.

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5.2 Las valorizaciones de EL SUPERVISOR, serán respaldadas por la presentación oportuna de los Informes mensuales correspondientes a los meses valorizados, del Informe Final, Revisión de la Liquidación de Contrato de Obra y Liquidación de Contrato de Supervisión de Obra, según corresponda el caso.

5.3 Tratándose de un Contrato de servicios de ejecución continuada, los pagos efectuados a EL SUPERVISOR, se consideran Pagos a Cuenta susceptibles de ajuste en las valorizaciones siguientes o en la Liquidación final del Contrato de Supervisión de Obra, si fuera el caso.

El último pago estará sujeto a la aprobación del Informe Final y de las Liquidaciones indicadas y constituirá por lo menos el diez por ciento (10%) del monto total de los pagos que corresponda a EL SUPERVISOR.

SEXTA: PERSONAL DE EL SUPERVISOR

6.1 Para la prestación de los servicios de Supervisión, EL SUPERVISOR utilizará el personal calificado especificado en su Propuesta Técnica, no estando permitido cambios, salvo por razones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobadas. Para este efecto, EL SUPERVISOR deberá proponer el cambio de personal a PROVIAS NACIONAL con diez (10) días calendario de anticipación, el mismo que debe cumplir por lo menos con las calificaciones profesionales establecidas en las bases, a fin de obtener la aprobación correspondiente.

Cualquier solicitud en este sentido será debidamente justificada y los cambios que resultaren no irrogarán gastos adicionales a PROVIAS NACIONAL. Se entiende que todo el personal cuyo cambio se proponga, reunirá iguales o mejores cualidades que las del personal inicialmente propuesto.

6.2 En caso que EL SUPERVISOR efectúe cambios del personal propuesto sin autorización de PROVIAS NACIONAL, éste podrá dar por resuelto el Contrato.

6.3 EL SUPERVISOR obtendrá todos los seguros necesarios para su personal, según la legislación nacional aplicable, debiendo mantener la vigencia de dichos seguros en su capacidad total, hasta que los servicios pactados hayan culminado y cuenten con la aceptación de PROVIAS NACIONAL. Las pólizas estarán a disposición de PROVIAS NACIONAL quien podrá solicitarlas en cualquier momento para su verificación. El incumplimiento de esta obligación será causal de aplicación de la Cláusula Décimo Primera, Numeral 11.4 del presente Contrato.

6.4 EL SUPERVISOR está facultado para seleccionar al personal auxiliar técnico-administrativo necesario, para el mejor cumplimiento de los servicios, reservándose PROVIAS NACIONAL el derecho a rechazar al personal que a su juicio no reuniera requisitos de idoneidad y competencia.

6.5 EL SUPERVISOR dará por terminados los servicios de cualquier trabajador de la Supervisión, cuyo trabajo o comportamiento no sean satisfactorios para PROVIAS NACIONAL. Inmediatamente EL SUPERVISOR propondrá a PROVIAS NACIONAL el cambio de personal, a fin de obtener la aprobación del mencionado cambio. Los costos adicionales que demande la obtención de los reemplazos necesarios, tales como pasajes, viáticos, gastos de traslado, etc., serán de responsabilidad de EL SUPERVISOR.

SÉPTIMA: OBLIGACIONES GENERALES DE EL SUPERVISOR

7.1 Prestar sus servicios de conformidad con los términos de este Contrato, las Bases Integradas y Términos de Referencia, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento, aprobados por Ds. Ss. Nos 083 y 084-2004-PCM, respectivamente, y los dispositivos legales vigentes sobre la materia. Entendiéndose que el servicio comprende aspectos técnicos, ambientales, económicos, administrativos, legales y todo aquello que se requiera para la eficiente y eficaz administración del Contrato de Ejecución de Obra.

7.2 Establecer residencia permanente en LA OBRA, como representante de PROVIAS NACIONAL ante EL CONTRATISTA.

7.3 Velar por la correcta ejecución de LA OBRA.

7.4 No podrá transferir parcial o totalmente los servicios materia de este Contrato.

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7.5 Atender, en plazo razonable acordado por las partes, todos los informes que solicite PROVIAS NACIONAL, y que no se encuentran incluidos específicamente en este Contrato.

7.6 Mantener actualizado el archivo y registro de toda la información técnico, administrativo y financiera relacionada con LA OBRA.

7.7 Entregar a PROVIAS NACIONAL al finalizar los trabajos materia de este Contrato, el archivo documentado que se haya elaborado.

7.8 Revisar y efectuar al término de LA OBRA las correcciones que estime pertinentes a la Liquidación del Contrato de Ejecución de Obra que presente EL CONTRATISTA. Asimismo, revisará y aprobará los Planos de Post Construcción y Memoria Descriptiva Valorizada que elaborará EL CONTRATISTA de acuerdo a lo indicado en las Bases Integradas y los Términos de Referencia.

7.9 Se compromete en forma irrevocable a no disponer ni hacer uso de la documentación que obre en su poder en ningún momento, para fines distintos a los de LA OBRA, aún después de la recepción de la mismas, sin que medie autorización expresa otorgada por PROVIAS NACIONAL.

7.10Atender a los funcionarios de PROVIAS NACIONAL y de la Contraloría General de la República que visiten LA OBRA oficialmente, para examinar la documentación e informes que sean solicitados.

7.11Incorporar al servicio, la infraestructura, recursos, equipos y los software que hubiera incluido en su propuesta técnica.

OCTAVA : OBLIGACIONES ESPECIFICAS DE EL SUPERVISOR

8.1 EL SUPERVISOR presentará a PROVIAS NACIONAL :

- Informe de Revisión del Expediente Técnico de LA OBRA.- Valorizaciones Mensuales por Avances y Reintegros de EL CONTRATISTA- Ficha Quincenal de Avance- Informes Mensuales de Obra- Informes Especiales (en este grupo se encuentran comprendidos los Informes sobre solicitudes de

Ampliación de Plazo que formule EL CONTRATISTA)- Informe Final, Revisión y Conformidad de la Liquidación del Contrato de ejecución de Obra y

Liquidación de Contrato de Supervisión de Obra. - Otros Informes solicitados por PROVIAS NACIONAL, o que EL SUPERVISOR juzgue necesarios,

dentro de los plazos que serán acordados por las partes.El contenido mismo y las especificaciones de cada uno de los informes serán según los Términos de Referencia. Toda la documentación será impresa usando ambas caras del papel y se presentará acompañada con texto hipervínculo.

8.2 Las Valorizaciones Mensuales por Avance y Reintegros de los trabajos de EL CONTRATISTA, serán presentadas a PROVIAS NACIONAL, en original y dos (02) copias anilladas, dentro de los plazos y procedimientos establecidos en las Bases, acorde a los Artículos 237° y 238° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, acompañando cada ejemplar con la respectiva justificación del metrado, cuyo diseño y características serán definidas por EL SUPERVISOR.

8.3 EL SUPERVISOR remitirá en el primer día hábil de cada quincena una ficha también quincenal, de acuerdo con el formato que le proporcionará PROVIAS NACIONAL. A dicha ficha se adjuntará dos (02) fotografías de LA OBRA y/o archivos digitales de fotografía, correspondiente al período de la quincena inmediata anterior.

8.4 Los Informes Mensuales de LA OBRA, serán presentados de conformidad a los requerimientos de PROVIAS NACIONAL; entre otros, se adjuntará un Informe Ejecutivo, se indicará detalladamente la descripción de las ocurrencias del trabajo, los métodos de construcción y recursos utilizados, valorizaciones, cronogramas de avance físico, incidencias en la labor de EL CONTRATISTA, comentarios y

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recomendaciones de EL SUPERVISOR las que estarán de acuerdo a lo normado por PROVIAS NACIONAL.

Se presentará en original y dos (02) copias anilladas debiendo entregarse en un plazo que no exceda de los primeros diez (10) días del mes siguiente al cual corresponde.

8.5 La Liquidación del Contrato de Ejecución de Obra y la Liquidación del Contrato de Supervisión de Obra, será acorde con la Directiva Nº 007-2005/CONSUCODE/PRE aprobada mediante Resolución Nº 136-3005-CONSUCODE. El SUPERVISOR orientará al Contratista a fin que la Liquidación de Obra cuente con una parte literal que describa todo el proceso administrativo de LA OBRA y otra parte de cálculos numéricos conteniendo los cuadros indicados por PROVIAS NACIONAL.

8.6 El SUPERVISOR deberá presentar el Informe Final en original y tres (3) copias, y su entrega se hará efectiva dentro de Sesenta (60) días, contados a partir de la Recepción de LA OBRA.

8.7 EL SUPERVISOR preparará cualquier otro informe que PROVIAS NACIONAL pueda requerir con relación a LA OBRA y/o a la marcha de la Supervisión, y su plazo de entrega será acordado por las partes.

8.8 Paralelamente a la ejecución de LA OBRA, EL SUPERVISOR irá efectuando la verificación de los metrados de obra, con el fin de contar con los metrados realmente ejecutados correspondientes a cada una de las partidas conformantes del Presupuesto de LA OBRA, así como deberá ir elaborando las correspondientes valorizaciones de obra con precios ofertados para ir progresivamente practicando la pre-liquidación de la Obra.

8.9 El SUPERVISOR, no está autorizado a aprobar la ejecución de obras adicionales ni modificar las condiciones contractuales de EL CONTRATISTA, salvo situaciones de emergencia que pongan en peligro la vida, salud o seguridad de las personas, bajo causal de resolución de contrato; sin embargo, debe informar la necesidad de ejecutar adicionales de ser el caso con los sustentos y expediente técnico correspondiente. Ello no generará necesariamente mayor costo de Supervisión, ni extenderá el plazo de obra.

NOVENA: OTRAS RESPONSABILIDADES DEL SUPERVISOR

9.1 El incumplimiento del numeral 8.6 , relativo a la documentación final que debe preparar EL SUPERVISOR, dará motivo a las sanciones señaladas en el numeral 11.3

9.3 Si las Valorizaciones de Obra preparadas, revisadas y consideradas conforme por EL SUPERVISOR, dieran lugar a pagos indebidos de Obra serán de exclusiva responsabilidad de EL SUPERVISOR dará motivo a las penalidades mencionadas en el numeral 11.3 de los Términos de Referencia.

9.4 En caso de producirse deficiencias en las obras ejecutadas cuya responsabilidad, sea de EL SUPERVISOR, este asume por el presente Contrato; la responsabilidad integral de esas deficiencias dentro del alcance de su propuesta; pudiendo exigir PROVIAS NACIONAL el pago de la indemnización correspondiente, solamente si se ha logrado acreditar fehacientemente su responsabilidad.

9.5 EL SUPERVISOR será responsable de la absolución satisfactoria de las observaciones, que sobre los documentos y servicios de su competencia, efectúen PROVIAS NACIONAL y los Organismos de Control.

DÉCIMA : OBLIGACIONES DE PROVIAS NACIONAL

10.1 Proporcionar o facilitar a EL SUPERVISOR toda la información necesaria y disponible con relación a la complementación del Expediente Técnico de LA OBRA y su construcción. Tomará todas las previsiones necesarias para el fiel cumplimiento de los Contratos de Obra y de Supervisión.

10.2 Colaborar con EL SUPERVISOR en las coordinaciones que realice éste ante otros sectores para la prestación del servicio.

10.3 Fiscalizar a EL SUPERVISOR y verificar la correcta prestación de los Servicios, la permanencia en LA OBRA del personal de EL SUPERVISOR asignado al servicio, así como la totalidad de los equipos de

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laboratorio, topografía y otros incluidos en su Contrato, y a la efectiva utilización de los vehículos sujetos a pago. Los Informes Mensuales de estos funcionarios respaldarán el pago de las valorizaciones a EL SUPERVISOR.

DÉCIMO PRIMERA.- DE LAS PENALIDADES Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

11.1 Si El SUPERVISOR demostrara deficiencia, negligencia o insuficiencia en el control de las actividades de la construcción, PROVIAS NACIONAL solicitará el cambio de la persona o personas responsables de ello. La penalidad está contemplada en los Términos de Referencia, que forma parte integrante de este Contrato.

11.2 El contrato sólo podrá ser resuelto por las causas contempladas por los artículos 45° de la Ley y 225° del Reglamento, y siguiendo el procedimiento establecido por los artículos 41° de la Ley y 226° del Reglamento.

11.3 En caso de retraso injustificado en la entrega de los informes y valorizaciones así como las otras prestaciones objeto del Contrato, PROVIAS NACIONAL le aplicará a EL SUPERVISOR una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) de la etapa que debió ejecutarse. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final, o en la liquidación final; o si fuese necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías a que se refieren los Artículos 222° y 223° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; en todos los casos, la penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

0.10 x MontoPenalidad diaria = ------------------------------------------

F x Plazo en días

Donde F tendrá los siguientes valores:

Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días F=0.40Para plazos mayores a sesenta (60) días F=0.25

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento.

11.6Si EL SUPERVISOR no cumpliera con las obligaciones asumidas en el presente Contrato y, siendo notificado por escrito no procediera a ajustarse a las estipulaciones del mismo en un término no mayor de diez (10) días después de recibida la comunicación en referencia o si el monto de la penalidad, en aplicación de la fórmula precedente alcanza el diez por ciento (10%) del monto del contrato, PROVIAS NACIONAL podrá dar por finalizada la prestación. En esta eventualidad, no autorizará ningún desembolso en relación al costo del control, haciendo efectiva la garantía por el Adelanto que estuviese pendiente por amortizar; ejecutándose la Garantía o Fianza de Fiel Cumplimiento de Contrato.

11.7La ejecución del presente Contrato, queda condicionada a la efectiva asignación de Recursos Financieros que se autoricen en las Leyes Anuales de Presupuesto, acorde a lo dispuesto en la Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, procediendo a la resolución del presente Contrato por parte de PROVIAS NACIONAL, por razones de índole presupuestal, en cuyo caso no corresponderá el reconocimiento de lucro cesante ni indemnización alguna a favor de EL SUPERVISOR.

11.8El proceso de resolución se sujetará a lo establecido en el inciso c) del Artículo 41° del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM del 29.11.04 y las Bases del Concurso.

11.9Son causales de nulidad del contrato las previstas por el artículo 9° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, así como cuando, una vez efectuada la fiscalización posterior, se determine la transgresión del principio de presunción de veracidad; en ese caso, la Entidad declarará la nulidad de oficio; para lo cual se cursará Carta Notarial al Contratista adjuntando copia fedateada del documento que declara la

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nulidad del contrato; dentro de los quince (15) días hábiles siguientes el Contratista que no esté de acuerdo con esta decisión, podrá someter la controversia a conciliación y/o arbitraje.

La fiscalización posterior es una prerrogativa de la Entidad.

DÉCIMO SEGUNDA: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

12.1 Las partes han convenido en considerar como caso fortuito o fuerza mayor, a la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial o tardío o defectuoso (Artículo 1315° del Código Civil), demoras por paralizaciones dispuestas por PROVIAS NACIONAL y a la imposibilidad de PROVIAS NACIONAL de seguir financiando las obras.

12.2 Si cualesquiera de las partes contratantes estuviera temporalmente incapacitada debido a circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor para cumplir total o parcialmente las obligaciones contraídas, notificará a la otra parte por escrito tal circunstancia, tan pronto como sea posible después de ocurrido el evento, proporcionando todos los detalles del mismo.

12.3 Producido y notificado el evento determinante del caso fortuito o fuerza mayor, quedarán suspendidas las obligaciones a cargo de la parte afectada, sólo por el tiempo que dure la incapacidad causada, debiéndose actuar en lo posible de modo que la causa o los efectos sean solucionados con la mayor celeridad posible.

12.4 El mayor costo y los pagos adicionales correspondientes que pudieran resultar de la paralización de los servicios, en razón del caso fortuito o de la fuerza mayor, serán determinados de común acuerdo entre las partes contratantes.

12.5Si la paralización de los servicios por caso fortuito o fuerza mayor subsistiese por un período de sesenta (60) días, PROVIAS NACIONAL o EL SUPERVISOR mediante Carta Notarial, podrá resolver el Contrato, salvo que dichas partes decidieran la suspensión y posterior continuación de los servicios, reajustando los términos del Contrato de común acuerdo.

12.6En caso de resolución del Contrato, EL SUPERVISOR entregará a PROVIAS NACIONAL, bajo responsabilidad en un plazo de quince (15) días, toda la información relacionada con sus servicios, así como la liquidación correspondiente, que incluirá las sumas pendientes de pago.

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DÉCIMO TERCERA: CLÁUSULA ARBITRAL

13.1Las partes acuerdan que cualquier controversia que se derive de la ejecución o interpretación del Contrato, incluida la que se refiera a su nulidad e invalidez, se resolverá mediante los procedimientos de conciliación y/o arbitraje, con excepción de aquellas referidas en el Artículo 23° de la Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y demás que por su naturaleza sean excluidas por ley.

13.2Si la conciliación concluyera por inasistencia de una o ambas partes, con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes se someterán a un Arbitraje de Derecho para que se resuelvan las controversias definitivamente. La solicitud de arbitraje y la respuesta de ésta, se efectuarán conforme a lo dispuesto por los Artículos 276° y 277° del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. 084-2004-PCM.

13.3El Arbitraje será resuelto por un Tribunal Arbitral compuesto por tres árbitros. Cada una de las partes designará un árbitro y ambos árbitros designarán a su vez al tercero, y este último presidirá el Tribunal Arbitral, según el procedimiento establecido en el Articulo 280° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. N° 084-2004-PCM.

13.4En caso que el monto de la cuantía de la solicitud de arbitraje sea menor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, vigentes a la fecha de la solicitud, la controversia será resuelta por Arbitro Único, designado de acuerdo con el Artículo 280º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, anteriormente citado. En caso que la controversia verse sobre materia de cuantía indeterminable, ésta deberá ser resuelta por un Tribunal Arbitral conforme al numeral 13.3 precedente.

13.5Vencido el plazo de ley, y ante la rebeldía y/o falta de acuerdo de las partes en cumplir con la designación o a falta de acuerdo entre los Árbitros para la designación del tercero, la designación será realizada por el CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO – CONSUCODE. La decisión que emita el indicado Consejo es inimpugnable.

13.6Las partes acuerdan que los honorarios de los árbitros y el cobro de gastos administrativos (incluye gastos secretariales) no excederán lo que corresponda según la Tabla de Aranceles Administrativos y Honorarios de Árbitros del SNCA - CONSUCODE, vigente a la fecha de la presentación de la solicitud arbitral.

13.7El Tribunal Arbitral o el Arbitro Único, de común acuerdo con las partes, establecerán las reglas bajo las cuales se realizará el arbitraje, respetando la presente Cláusula Arbitral. En caso de no llegar a un acuerdo, las reglas del proceso arbitral serán establecidas por el Tribunal Arbitral o Arbitro Único, respetando la presente Cláusula Arbitral.

13.8El Laudo Arbitral emitido obligará a las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable ante el Poder Judicial o cualquier instancia administrativa, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecutará como una sentencia. Queda perfectamente entendido que las partes no le confieren al Tribunal o al Arbitro Único la posibilidad de ejecutar el laudo.

13.9Las partes acuerdan que de considerar necesario interponer recurso de anulación del Laudo Arbitral ante el Poder Judicial, no constituirá requisito de admisibilidad de dicho recurso la presentación de recibo de pago, comprobante de depósito bancario o fianza solidaria por el monto laudado a favor de la parte vencedora.

DÉCIMO CUARTA: NOTIFICACIONES

14.1 Para los fines del presente contrato, constituyen formas válidas de comunicación las que se efectúen a través de los medios electrónicos, como son: fax y/o correo electrónico, para lo cual se utilizarán los números telefónicos y direcciones electrónicas indicados por EL CONSULTOR en la introducción del presente contrato y/o en la declaración jurada de datos contenida en su Propuesta Técnica.

14.2 Para este fin la Cédula de Notificación como Anexo N°.... con sus antecedentes, trasmitida por cualesquiera de los medios electrónicos señalados precedentemente deberá consignar obligatoriamente la fecha cierta en que ésta es remitida, oportunidad a partir de la cual surtirá efectos legales.

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PROVIAS NACIONAL

14.3 Una vez efectuada la transmisión por Fax o por correo electrónico, la notificación en el domicilio físico del Contratista no será obligatoria; no obstante, de producirse, no invalidará la notificación efectuada con anticipación y por los medios indicados, computándose los plazos a partir de la primera de las Notificaciones efectuadas, sea bajo cualquier modalidad.

14.4 Es de responsabilidad del Contratista mantener activos y en funcionamiento el Facsímile (Fax) y dirección electrónica consignada en la introducción del presente contrato; asimismo, de conformidad con el Artículo 40° del Código Civil, el cambio de domicilio físico y para efectos del presente contrato, de Fax y de dirección electrónica, solo será oponible a PROVIAS NACIONAL si ha sido puesto en conocimiento de la Entidad en forma indubitable.

DÉCIMO QUINTA: RÉGIMEN LEGAL

15.1 La relación jurídica contractual está subordinada a las disposiciones contenidas en el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y sus modificatorias.

15.2 Forman parte integrante del presente Contrato, las Bases Integradas del Proceso, así como la Propuesta Técnica y Económica de EL SUPERVISOR.

El orden de prelación de los documentos que conforman el Contrato es el siguiente:15.2.1. Contrato de Supervisión de Obra.15.2.2. Bases Integradas (Absolución de Consultas, Observaciones y Términos de referencia)15.2.3. Propuesta Técnica y Económica de EL SUPERVISOR.

15.3 Para efecto de todas las comunicaciones que deban cursarse las partes, PROVIAS NACIONAL y EL SUPERVISOR ratifican como sus domicilios los indicados en la introducción del presente Contrato y en la Declaración Jurada de datos presentada en su Propuesta.Las partes se comprometen expresamente a comunicar cualquier variación del domicilio señalado, el que deberá ubicarse en el área urbana de la ciudad de Lima; en caso de no hacerlo, se considerará como bien hecha toda notificación efectuada en el último domicilio indicado.

DÉCIMO SEXTA: SEGUROS

16.1 Antes del inicio de la etapa de ejecución de la obra, EL SUPERVISOR deberá obtener todos los seguros necesarios según la Legislación Nacional aplicable, los mismos que deberán acreditarse ante PROVIAS NACIONAL, de acuerdo a las Bases Integradas. Se mantendrán en su total capacidad hasta que el objeto de este Contrato haya sido concluido, debiendo EL SUPERVISOR verificar el estado de pagos de la póliza, mensualmente.

Las pólizas estarán a disposición de PROVIAS NACIONAL quien podrá solicitarlas en cualquier momento para su verificación, con las características siguientes:

16.1.1 Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo incluyendo las coberturas de salud y pensiones, de acuerdo al Decreto Supremo 003-95-SA.

16.1.2 Seguro de Vida Ley, para obreros y empleados según el Decreto Legislativo 688-91.

16.1.3 Seguro de Accidentes Personales, para obreros y empleados cubriendo muerte accidental e invalidez permanente hasta por 36 remuneraciones y gastos de curación hasta por 7 remuneraciones.

La vigencia de las pólizas de seguros indicadas, será desde la entrada en vigor del Contrato, hasta la recepción final de la misma. No se pagarán valorizaciones si las Pólizas no se encuentran vigentes.

DÉCIMO SEPTIMA: DOMICILIO LEGAL

17.1 Para los efectos de todas las comunicaciones entre PROVIAS NACIONAL y EL SUPERVISOR, ambos señalan como su domicilio el indicado en la introducción del presente Contrato, donde se le entregará los avisos y notificaciones a que hubiere lugar. Cualquier variación de domicilio para ser reputada como válida, debe comunicarse notarialmente con tres (03) días hábiles de anticipación a su vigencia.

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PROVIAS NACIONAL

17.2 En caso se omita el cumplimiento del plazo y formalidad señalados en el párrafo anterior, las partes acuerdan que las notificaciones que se efectúen al domicilio fijado en este Contrato se considerarán válidamente efectuadas para todo efecto legal.

ESCRITURA PUBLICA Y ANEXOS

17.1 El presente Contrato puede ser elevado a Escritura Pública a solicitud de cualesquiera de las partes, siendo de cuenta de quien lo solicite los gastos que ello irrogue.

17.2 Las partes declaran estar conformes con los términos del presente Contrato y sus Anexos que, detallados a continuación, forman parte de éste:

ANEXO Nº1 .........................................................................................................ANEXO Nº2 ..........................................................................................................ANEXO Nº3 ..........................................................................................................ANEXO Nº4 .........................................................................................................ANEXO Nº5 .........................................................................................................ANEXO Nº6 .........................................................................................................

ANEXO N°7 ........................................................................................................

Se suscribe en dos ejemplares el presente Contrato.

En la ciudad de Lima, el.............................................................................................

PROVIAS NACIONAL EL SUPERVISOR

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

PROVIAS NACIONAL

GERENCIA DE MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL NACIONAL

TERMINOS DE REFERENCIA

SERVICIO DE CONSULTORIA DE OBRA

SUPERVISION DEL MANTENIMIENTO PERIODICO Y TRANSITABILIDAD DE LA CARRETERA PATIVILCA –

CONOCOCHA (RUTA 14), 1era Etapa (1er Año)

Octubre 2007

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INDICE

1.0 ANTECEDENTES

2.0 OBJETO DEL SERVICIO

3.0 ALCANCE DEL SERVICIO

4.0 DESARROLLO DEL SERVICIO

4.1 Actividades previas a la ejecución de las obras

4.2 Etapas de la Supervisión de los Trabajos

4.2.1 Condiciones Generales4.2.2 Primera Etapa de Supervisión Técnica y Administrativa de los Trabajos del Contrato de

Mantenimiento Periódico4.2.3 Segunda Etapa de Recepción de los Trabajos y Liquidación del Contrato de Mantenimiento

Periódico4.2.4 Control de Calidad4.2.5 Informes4.2.6 Pagos

5.0 VALOR REFERENCIAL

6.0 PLAZO REFERENCIAL

7.0 RECURSOS E INFORMACION QUE PROPORCIONARA PROVIAS NACIONAL

8.0 RECURSOS HUMANOS Y FISICOS QUE PROPORCIONARA EL SUPERVISOR

9.0 OTRAS CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO

10.0 FACULTADES DEL SUPERVISOR

11.0 OTRAS RESPONSABILIDADES QUE ASUME EL SUPERVISOR

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PROVIAS NACIONAL

TERMINOS DE REFERENCIA

SERVICIO DE CONSULTORIA DE OBRA

SUPERVISION DEL MANTENIMIENTO PERIODICO Y TRANSITABILIDAD DE LA CARRETERA PATIVILCA – CONOCOCHA (RUTA 14), 1era Etapa (1er Año)

1.0 ANTECEDENTES

El Perú ha invertido importantes recursos en la reconstrucción, rehabilitación y mejoramiento de diferentes tramos de la Red Vial Nacional. Durante la década del 90, aproximadamente el 70% de la longitud de la Red Vial Nacional Pavimentada fue reconstruida, rehabilitada y/o mejorada con periodos de diseño de 10 años. A la fecha, gran parte de estos tramos intervenidos tiene una antigüedad superior a los 8 años, y la mayoría de ellos solo ha recibido mantenimiento de tipo rutinario, y de prevención y atención de emergencias.

El tiempo de servicio, la falta de control de cargas, las condiciones climatológicas ordinarias, eventos extraordinarios como el fenómeno “El Niño”, sismos, las lluvias extraordinarias de julio-agosto del 2006, etc., y asimismo la particularidad de algunas características geométricas de nuestras vías, ha venido incidiendo de manera regular o súbita en la condición superficial, funcional y estructural del pavimento, así como de sus condiciones de seguridad, y en general en la condición de los elementos de la Infraestructura Vial, lo cual se manifiesta con la presencia de deterioros en sectores o tramos homogéneos, así como con la aparición de problemas locales y/o puntos críticos.

De no aplicarse una política consecuente y con un criterio técnico-económico racional de Conservación Vial, el proceso de deterioro de la condición superficial, funcional, estructural y de seguridad de la Infraestructura Vial de nuestras vías podría volverse inmanejable, y así se estaría desacertadamente apoyando la costosa política de rehabilitación - destrucción – rehabilitación, motivo por el cual, y específicamente en el caso de la Carretera Pativilca – Conococha (Ruta 14), es necesario ejecutar trabajos oportunos de Mantenimiento Periódico y Transitabilidad, a fin de mantener los Niveles de Servicio del tramo en condiciones similares a las de su última Rehabilitación contribuyendo así a asegurar la preservación de éste importante activo del Patrimonio Vial Nacional.

El Proyectista ha dividido el proyecto en dos tramos y ha planteado la construcción por etapas, recomendando trabajos de mantenimiento Periódico para el Tramo I: Km. 0+000 – Km. 64+000 (9 sectores) y trabajos a nivel de Transitabilidad para el Tramo II: K. 64+000 – Km. 122+200 (6 sectores).

La solución elegida para el Mantenimiento Periódico del Tramo I: Km. 0+000 – Km. 64+000 (9 sectores) es la Alternativa N° 1 y corresponde a los Sectores 1-I, 2-I, 3a-1, 3b-I, 4a-I, 4b-I, 5-I, 6-I, 7-I, 8a-I, 8b-I. En el Tramo II: Km. 64-000 – Km. 122+200, se van a ejecutar trabajos de Transitabilidad.

Durante los años 2006-2007, el Consorcio HOB Consultores S.A. – CPS de Ingeniería S.A.C.- CONOCOCHA, ha elaborado el “Estudio Definitivo de Mantenimiento Periódico y Transitabilidad de la Carretera Pativilca – Conococha (Ruta 14)”, el mismo que fue aprobado mediante Resolución Directoral Nº 43002-2007- MTC/20 del 1° de octubre del 2007, por un Valor Referencial de S/. 58’ 140 212,92, a precios de julio del 2007, incluido el IGV, el mismo que comprende dos etapa. En la presente convocatoria se va a ejecutar la 1era Etapa que se detalla a continuación:

1era Etapa (1er Año): S/. 40 022,166.22 incluido I.G.V., plazo de ejecución de 300 días calendario.

2.0 OBJETO DEL SERVICIO

Es objeto del presente Servicio de Consultoría, la Supervisión de la Obra de Conservación Vial, “Mantenimiento Periódico y Transitabilidad de la Carretera Pativilca – Conococha (Ruta 14)”, Km. 0+000 al Km. 122+200, la misma que se ejecutara sobre la base del Expediente Técnico del

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“Estudio Definitivo de Mantenimiento Periódico y Transitabilidad de la Carretera Pativilca - Conococha, 1era Etapa (1er Año)”, cuyo valor referencial asciende a S/. 40 022 166,22 incluido I.G.V., con precios al mes de julio del 2007, con un plazo de ejecución de 300 días calendario y que ha sido elaborado por el Consorcio HOB Consultores S.A. – CPS de Ingeniería S.A.C.- CONOCOCHA y aprobado mediante Resolución Directoral N° 4023-2007-MTC/20 del 21 de julio del 2007.

3.0 ALCANCE DEL SERVICIO

El Consultor suministrará totalmente los servicios necesarios para la Supervisión de la Obra de Conservación Vial, “Mantenimiento Periódico y Transitabilidad de la Carretera Pativilca –

Conococha (Ruta 14)”, Km. 0+000 al Km. 122+200

Estos servicios comprenderán todo lo relacionado con la supervisión, inspección, control técnico, control de la conservación del entorno ambiental de la obra y control administrativo de las actividades a ejecutarse, orientadas a lograr que las obras sean ejecutadas de acuerdo con los Diseños y Especificaciones aprobadas en el Expediente Técnico, velando por la calidad de las obras.

El Supervisor debe asegurar que en cada momento el Contratista o Ejecutor de Obra disponga de los equipos y personal suficiente para el cumplimiento del Cronograma de Obra, siendo esto independiente del número de equipos ofertados o de su rendimiento.

Sin exclusión de las obligaciones que corresponden al Supervisor conforme a los dispositivos legales vigentes, y que le son inherentes como tal, el Servicio abarca las siguientes actividades que se constituyen en obligaciones:

a. Actividades Previas a la Ejecución de los Trabajos de Mantenimiento Periódico

• Revisar el Expediente Técnico de Obra (Estudios Definitivos) y formular oportunamente las recomendaciones, complementaciones y/o modificaciones que considere indispensables al Estudio, así como indicar los probables presupuestos adicionales y deductivos de la Obra.

• Efectuar un Estudio de Tránsito (Volumen y composición) y de velocidades al inicio de la Obra por ejecutar.

• Revisión, verificación y ejecución de los trazos y niveles topográficos en general.

• Revisar y verificar , los estudios de suelos, canteras, botaderos, de drenaje, de puentes; y en caso necesario, proponer alternativas o soluciones oportunamente, al inicio de los trabajos

b. Actividades durante la Ejecución de los Trabajos de Mantenimiento Periódico

• Ejecutar en forma integral el control, la fiscalización e inspección de los trabajos, verificando constante y oportunamente que se ejecuten de acuerdo a los Planos, Especificaciones Técnicas, y en general en conformidad con toda la documentación que conforma el Expediente Técnico, cumpliendo con las normas de construcción, Normas de Seguridad, y toda la reglamentación vigente.

Efectuar un control permanente de la condición funcional y estructural del pavimento en cada una de las etapas del proceso de ejecución de los trabajos, de manera que se puedan tomar las medidas correctivas en forma oportuna y antes de su culminación.

Verificar el cumplimiento de las medidas ambientales exigidas en el Estudio de Impacto Ambiental, Especificaciones Técnicas del Proyecto, Manual Ambiental, Guía de Supervisión Ambiental del MTC y otras Normas Ambientales.

Brindar asesoramiento a PROVIAS NACIONAL mediante servicios profesionales especializados, en aspectos técnicos y legales, cuando las condiciones de la ejecución de los trabajos lo requieran, para contribuir de manera eficaz a la implementación de mejoras.

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Vigilar y hacer que el Contratista cumpla con las normas de seguridad, tanto del tráfico como del personal involucrado en los trabajos, incluyendo la supervisión del adecuado mantenimiento de tránsito que debe realizar el Contratista en toda la longitud del tramo.

Ejecutar el control del avance físico, económico y financiero de los trabajos, y la medición y valorización del trabajo realmente ejecutado, en forma detallada y oportuna; lo que incluye controles del desarrollo de cada una de las actividades con el detalle suficiente, a través de un programa PERT-CPM y/o Diagrama de Barras, desde su inicio hasta su conclusión.

Mantener la estadística general de la ejecución de los trabajos, y preparar y presentar oportunamente los Informes Quincenales y Mensuales que indiquen de manera detallada los avances físicos y económicos, e incluyan los rendimientos unitarios de los equipos y partidas, los problemas presentados y las soluciones adoptadas.

En los casos extraordinarios que existan adicionales, elaborar y presentar oportunamente los informes especiales y expedientes de trabajos adicionales, deductivos, ampliaciones de plazo y otros, dentro del período previsto en la normatividad que rige los Contratos.

c. Actividades de Recepción de los Trabajos, y Liquidación del Contrato e Informe Final de la Ejecución del Mantenimiento Periódico

Efectuar el control del pavimento terminado, y en general el control de todos los trabajos ejecutados en la Infraestructura Vial, para la Recepción del Mantenimiento Periódico, elaborando el informe correspondiente.

Participar en la Recepción de los Trabajos.

Elaborar o dar conformidad al cierre de mediciones, y a la liquidación del contrato de Mantenimiento Periódico, que incluirá la Memoria Descriptiva Valorizada y los Planos Post Construcción.

Elaborar el Informe Final del Mantenimiento Periódico, revisar la liquidación de obra presentada por el Residente de Obra. En caso necesario, elaborará la liquidación de obra.

4.0 DESARROLLO DEL SERVICIO

El Servicio de Supervisión del Mantenimiento Periódico comprende dos etapas:

Primera Etapa: Supervisión Técnica y Administrativa de los Trabajos del Contrato de Mantenimiento Periódico.

Segunda Etapa: Recepción de los Trabajos y Liquidación del Contrato de Mantenimiento Periódico, que incluye la elaboración del Informe Final del Mantenimiento Periódico.El Supervisor será responsable del Servicio en sus etapa hasta la liquidación de su contrato, sin perjuicio de las responsabilidades que conforme a ley le corresponda asumir después de culminado el Servicio.

A continuación y sin que sea limitativo, se presentan los lineamientos que debe seguir el Supervisor, las acciones que deberá llevar a cabo, y las obligaciones y responsabilidades que se generan a partir de ellas, en cada una de las etapas y fases del Servicio de Supervisión del Mantenimiento Periódico.

4.1 Actividades previas a la ejecución de las obras

El Supervisor revisará los Términos de Referencia en los que se basó la elaboración del Expediente Técnico, con el fin de tomar conocimiento del criterio técnico y conceptual con que fue desarrollado.

El Supervisor deberá inspeccionar y evaluar la zona del proyecto, con el objeto de verificar la

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vigencia, suficiencia, y razonable exactitud del Expediente Técnico, verificando que las soluciones adoptadas en él son las más adecuadas.

Asimismo, verificará la disponibilidad del terreno y la existencia de permisos y documentación necesaria para el inicio de los trabajos.

El Supervisor deberá tener en cuenta que en la Vía se han ejecutado trabajos regulares y extraordinarios por parte de la Unidad Zonal VI – Ancash de PROVIAS NACIONAL, algunos de ellos con fecha posterior a la elaboración del Expediente Técnico.

La revisión del Proyecto se considera de fundamental importancia y debe entenderse como una optimización del mismo, por lo que de proponer modificaciones, éstas deberán ser para eliminar reclamos y sobre costos durante la ejecución de la obra, y mejorar la calidad del Proyecto original.

Revisión del Expediente Técnico, de los aspectos principales y/o críticos del Proyecto, estudio de suelos y canteras, estado y disponibilidad del terreno y canteras, verificación de niveles, PIs, Bench Mark, Estructuras y Obras de Arte, y otros aspectos que el Supervisor considere importante. Toda complementación al Proyecto debe ser aprobada por el Proyectista.

Oportuna verificación de la disponibilidad de las canteras y botaderos; dentro de la etapa de revisión; para cuyo efecto, en nombre de EL PROGRAMA ejercerá ante las autoridades competentes todas las acciones necesarias para reservar los volúmenes necesarios para el proyecto. Cuando aquéllas estuvieran en explotación por terceros y teniendo en cuenta que el Estado otorga concesiones para la explotación y no la propiedad de los mismos, agotará todas las gestiones para obtener una transacción, de tal manera que no se originen por este motivo ampliaciones de plazo en la ejecución de las Obras.

Ejecutar durante una semana (antes o al inicio de obra), un Estudio de Tránsito, que comprenda conteos volumétricos, clasificación por tipo de vehículos y el estudio de velocidades medias de operación por tipo de vehículo. Las estaciones de conteo y velocidades serán las utilizadas en el Estudio Definitivo.

Participar en la entrega del Terreno.

4.2 Etapas de la Supervisión de los Trabajos

La Supervisión del Mantenimiento Periódico se desarrollará en dos etapas:

1) Primera Etapa: Supervisión Técnica y Administrativa de los Trabajos del Contrato de Mantenimiento Periódico.

2) Segunda Etapa: Recepción de los Trabajos y Liquidación del Contrato de Mantenimiento Periódico.

El Supervisor será responsable del servicio que brinde en cada una de estas fases.

4.2.1 Condiciones Generales

El Supervisor desarrollará su labor en esta etapa, respetando el marco legal: el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado mediante el D.S. Nº 084-2004-PCM, y sus modificaciones vigentes; el Manual Ambiental para el Diseño y Construcción de Vías del MTC; el Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor para Calles y Carreteras, aprobado mediante R.M. Nº 210-2000-MTC/15.02; las Normas Técnicas de Control de la Contraloría General de la República vigentes, etc.

El Administrador del Contrato comunicará oficialmente la fecha de inicio de la Primera Etapa del Servicio de Supervisión, la misma que coincidirá con la fecha de inicio de la

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ejecución del Mantenimiento Periódico.

PROVIAS NACIONAL considera de fundamental importancia que el Supervisor tenga una actuación diligente en relación a los aspectos contractuales de la Ejecución del Mantenimiento Periódico y en ese sentido se ha considerado la participación de un Ingeniero de Contratos, Valorizaciones e Informes para que brinde un soporte adecuado al Jefe de Supervisión.

En caso se verifique un desempeño deficiente del Supervisor en este aspecto, que motive que PROVIAS NACIONAL se vea en la necesidad u obligación de incurrir en procesos arbitral que generen mayores gastos en la ejecución del Mantenimiento Periódico, ya sea porque éste no empleo el personal profesional idóneo, o porque no actuó con la diligencia debida, o por cualquier otra causa atribuible al Supervisor, hará que estos mayores costos sean de su cargo, descontándose de sus honorarios.

4.2.2 Primera Etapa de Supervisión Técnica y Administrativa de los Trabajos del Contrato de Mantenimiento Periódico

El alcance del Servicio en esta etapa incluirá por lo menos lo siguiente:

Participar en la entrega del terreno.

Verificar que el Contratista cumpla con asignar a la obra al personal considerado en su propuesta, y que éste cumpla con los Requerimientos Técnicos Mínimos exigidos en el Expediente Técnico y las Bases de su correspondiente Proceso de Selección.

Supervisar que los trabajos se ejecuten en conformidad con el Expediente Técnico, respetando las Normas y Reglamentos vigentes, efectuando las pruebas de control de calidad en materiales y en los procesos de ejecución en general, así como, realizando permanentemente las mediciones de deflexiones y rugosidad para verificar que la capacidad estructural y funcional, así como las condiciones de seguridad del pavimento cumplan con los Niveles de Servicio exigidos.El Supervisor será responsable de ejecutar, interpretar y emitir opinión sobre los resultados de los ensayos y pruebas de laboratorio que se realicen para asegurar la mejor calidad de los trabajos, y de velar que éstos se ejecuten con los procedimientos adecuados para obtener los resultados esperados por PROVIAS NACIONAL.

Revisar, verificar y ejecutar permanentemente los controles topográficos en general.

El Supervisor deberá controlar que el Contratista proporcione personal calificado, equipo necesario y materiales necesarios para el replanteo, estacado, monumentación, cálculo y registro de datos para el control topográfico.

Cumplir y hacer cumplir las Normas Técnicas de Control de la Contraloría General de la República vigentes.

Supervisar y controlar las instalaciones, equipos y maquinarias de construcción, equipos de laboratorio y topografía, y personal del Contratista.

Inspeccionar y verificar permanentemente la calidad y cantidad de los materiales y equipos, mediante un control físico que será reportado regularmente a PROVIAS NACIONAL en forma de inventario detallado.

Informar regularmente y de manera especial a PROVIAS NACIONAL, sobre la permanencia de equipos y maquinaria con ingreso temporal al país.

Controlar la seguridad y el mantenimiento del tránsito peatonal y vehicular durante la ejecución de los trabajos, supervisando que el Contratista señale adecuadamente y oportunamente los desvíos de tránsito y coloque los carteles informativos adecuados.

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Este control debe ser diurno y nocturno, y en toda la longitud del tramo.

Durante las jornadas de trabajo nocturno, el Supervisor deberá vigilar que los trabajos se mantengan bien iluminados.

Es responsabilidad del Supervisor, exigir al Contratista el fiel cumplimiento de las normas de seguridad e higiene industrial, vigilando que la señalización de tránsito cumpla con lo requerido por PROVIAS NACIONAL y las autoridades de tránsito.

En los casos que quede interrumpida la carretera por efectos de una emergencia (no por efectos del trabajo), deberá coordinar con las autoridades locales y policiales sobre el hecho, y hará las comunicaciones necesarias para conocimiento de los usuarios. Asimismo, dispondrá y coordinará con el Contratista la eliminación de interferencias físicas en el terreno.

Vigilar que el Contratista publique oportunamente los avisos sobre desvíos e instrucciones de tránsito vehicular en los principales medios de comunicación.

Controlar que el Contratista mantenga vigente las Pólizas de Seguros para su personal.

Asesorar a PROVIAS NACIONAL en lo referente a métodos y sistemas de ejecución de los trabajos, revisando, emitiendo pronunciamiento, recomendando y/o aprobando los planteamientos del Contratista.

Ejecutar el control físico, económico y financiero de la ejecución de los trabajos, efectuando detallada y oportunamente la medición y valorización del trabajo realmente ejecutado, lo que incluye el Control de Avances y Plazos a través de un Programa PERT-CPM y/o Diagrama de Barras, con el detalle suficiente de cada una de las actividades, desde el inicio hasta su conclusión, para lo cual deberá utilizar un "Software" adecuado, que deberá ser previamente aprobado por PROVIAS NACIONAL.

Es responsabilidad del Supervisor controlar el cumplimiento de los Programas de Avances y exigir al Contratista que adopte las medidas necesarias para lograr su cumplimiento. Asimismo, deberá mantener un control permanente sobre los adelantos otorgados al Contratista, para lo cual ejercerá un control permanente sobre la vigencia de sus Garantías, comunicando al PROVIAS NACIONAL los vencimientos con un mes de anticipación.

También es responsabilidad del Supervisor que la Amortización del Adelanto Directo otorgado al Contratista para financiar la movilización del equipo y los gastos iniciales de ejecución, se efectúe regularmente en las valorizaciones mensuales de los trabajos; controlando que el adelanto sea amortizado totalmente en las valorizaciones correspondientes, dentro del Plazo de Ejecución Vigente.

De ser el caso, el Supervisor deberá mantener un control permanente sobre los Adelantos para Materiales otorgados al Contratista, lo que se reflejará tanto en las valorizaciones como en los ajustes de los montos de las Garantías.

Valorizar mensualmente los trabajos ejecutados que corresponden al presupuesto contratado, así como los correspondientes a los presupuestos adicionales, sustentándolos con la documentación técnico – administrativa que los respalde (sustento de metrados, resumen de ensayos, etc).

Por ningún motivo el Supervisor valorizará Trabajo Adicional en la planilla del Mantenimiento Periódico Contratado.

El Supervisor será responsable de la entrega de valorizaciones en los plazos y condiciones fijadas en el Contrato de Mantenimiento Periódico.

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Evaluar periódicamente las cantidades de trabajo finales a ejecutar en cada una de las partidas conformantes del presupuesto, manteniendo informado a PROVIAS NACIONAL del resultado de sus evaluaciones.

Preparar oportunamente, de acuerdo a los plazos y cumpliendo los requisitos establecidos, los expedientes técnicos que involucren presupuestos adicionales y/o deductivos a que hubiera lugar, para su presentación y trámite de aprobación ante PROVIAS NACIONAL y/o Contraloría General de la República.Previamente a la solicitud de trámite de aprobación de los referidos expedientes técnicos, mediante el resolutivo correspondiente, o en la misma solicitud de trámite, el Supervisor sustentará la necesidad de ejecutar tales trabajos adicionales o su deducción, según corresponda.

Los expedientes técnicos incluyendo planos, especificaciones técnicas y presupuestos deben ser suscritos por el Jefe de Supervisión y el Representante del Contratista, en señal de conformidad.

En caso de que PROVIAS NACIONAL se vea en la necesidad u obligación de incurrir en mayores gastos por incumplimiento de lo señalado en el punto anterior, estos serán por cuenta del Supervisor, descontándose de sus honorarios.

El Supervisor deberá efectuar el seguimiento del trámite de aprobación de los expedientes presentados, y no tendrá derecho a retribución por servicios que tengan por origen lo señalado en el punto anterior.

Practicar progresivamente pre-liquidaciones de la ejecución de los trabajos, de tal manera de contar con metrados finales y planos de replanteo finales, casi paralelamente al avance de los trabajos.

Estos metrados serán presentados en la Recepción de los Trabajos, firmados por el Supervisor y el Contratista.

Preparar Informes de Avance Mensual, que incluyan pre-liquidaciones de los trabajos, y los informes de Control de Calidad del Supervisor y del Contratista.

Preparar Informes Especiales cuando PROVIAS NACIONAL lo requiera o cuando las circunstancias lo determinen.

Programar y coordinar reuniones periódicas con el Contratista.

Asistir y participar en las reuniones que organice PROVIAS NACIONAL.

Sostener con los funcionarios del PROVIAS NACIONAL una permanente comunicación sobre el estado de los trabajos y el cumplimiento del Contrato de Ejecución del Mantenimiento Periódico.

Tramitar con su opinión y en el más breve plazo, los reclamos y/o planteamientos del Contratista que excedan su nivel de decisión, y que a su juicio merezcan la elaboración de un expediente destinado a culminar en una resolución administrativa.

Mantener actualizado el archivo general del Proyecto objeto del Contrato. Este archivo o copia se entregará a PROVIAS NACIONAL con la Liquidación del Contrato de Ejecución del Mantenimiento Periódico.

Asesorar a PROVIAS NACIONAL en controversias con el Contratista y/o terceros.

Dar cuenta a PROVIAS NACIONAL con una opinión clara y precisa, de la fecha de la culminación de los trabajos del Mantenimiento Periódico, proponiendo oportunamente

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PROVIAS NACIONAL

una Fecha de Recepción, para que dentro de los quince (15) días hábiles antes del cumplimiento de la Fecha de Recepción, PROVIAS NACIONAL designe la Comisión de Recepción correspondiente.

Si es el caso, dentro de los cinco (5) últimos días del Plazo de Ejecución Vigente del Mantenimiento Periódico, informará sobre las observaciones que tenga pendientes de levantar el Contratista, las mismas que deberán ser levantadas dentro del plazo de ejecución vigente.

4.2.3 Segunda Etapa de Recepción de los Trabajos y Liquidación del Contrato de Mantenimiento Periódico

El alcance del Servicio en esta fase incluirá por lo menos lo siguiente: Presentar un Informe para la Recepción de los Trabajos dentro de los cinco (5) días

hábiles antes de la Fecha de Recepción fijada, en el que se incluirán los resultados más relevantes de los controles de calidad de los trabajos ejecutados, incluyendo los controles del pavimento terminado, que puedan ser requeridos por la Comisión de Recepción del Mantenimiento Periódico.

Asesorar y participar en la Recepción del Mantenimiento Periódico, controlando que ésta se ajuste a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y sus modificaciones vigentes.

Revisar y dar conformidad a la medición final de los trabajos ejecutados, la misma que debe ser preparada por el Contratista, concordante con los planos post construcción que deben entregarse posteriormente.

Formará parte de este documento, el respaldo de los controles de calidad de los trabajos ejecutados, consistente en los resúmenes y estadísticas de las pruebas, ensayos y controles efectuados a lo largo de toda la obra.

Estos documentos suscritos por el Jefe de Supervisión y el Ingeniero Residente, deberán ser remitidos al Administrador de Contrato dentro de los quince (15) días calendario de producida la Recepción Final de los Trabajos.

Revisar y dar conformidad a la Liquidación del Contrato de Ejecución del Mantenimiento Periódico, que será elaborada por el Contratista en el plazo establecido en el Artículo 269º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, dentro de los quince (15) días calendario de recibida.

Esto incluirá la revisión y conformidad a la memoria descriptiva valorizada y a los planos post construcción presentados por el Contratista, los cuales deberán estar firmados por el jefe de Supervisión y el Ingeniero Residente (Los planos post construcción serán entregados impresos en original y copia, y en archivos digitales en Autocad y Acrobat).

En caso el Contratista incumpla con la presentación de la documentación señalada en el plazo estipulado, su elaboración y presentación a PROVIAS NACIONAL será responsabilidad del Supervisor en un plazo de quince (15) días calendario, a partir de culminado el plazo del Contratista para su presentación.

En caso el Supervisor incumpla con la presentación de este documento en el plazo estipulado, le serán aplicadas las penalidades correspondientes por atrasos.

Elaborar el Informe Final.

El Supervisor será responsable de la entrega del Informe Final en un plazo de siete (7)

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días hábiles después de liquidado el Contrato de Ejecución del Mantenimiento Periódico.El contenido mínimo de este informe se señala en el numeral 4.2.5 de estos Términos de Referencia.

4.2.4 Control de Calidad

El Control de Calidad de los trabajos de Mantenimiento Periódico estará constituido por el conjunto de acciones que el Supervisor ejecutará con la finalidad de velar el estricto cumplimiento de las Especificaciones Técnicas de los trabajos, Normas y Reglamentos vigentes, tendientes a obtener un producto final con la más amplia garantía de calidad y duración preestablecidas.

El Control de Calidad se efectuará teniendo como marco general lo indicado en el presente numeral, y ciñéndose a lo indicado en las especificaciones técnicas del Expediente Técnico. En lo no especificado en ambos, el Supervisor se adecuará a las normas AASHTO, las normas ASTM, el Manual de Ensayos de Materiales para Carreteras EM-2000 y las Especificaciones Técnicas Generales para Construcción de Carreteras EG-2000.

Los controles que se presentan en el inciso “b” de este numeral, no son limitativos de las acciones que debe llevar a cabo el Supervisor, y en todo caso solo tienen carácter referencial.

a. Consideraciones Generales

El Supervisor adoptará los procedimientos necesarios para realizar un efectivo Control de Calidad de las actividades y trabajos del Contratista relacionados con la ejecución del Proyecto, y acorde con el Expediente Técnico.

Es obligación del Supervisor cuidar que las muestras se tomen y se ensayen conforme a lo establecido en las especificaciones técnicas del Expediente Técnico.

Las muestras deben tomarse de tal manera que sean las más representativas de la cantera o apilamiento, y el muestreo deberá ser ejecutado por personal técnico calificado, verificándose que el procedimiento empleado en el muestreo este de acuerdo con el tipo de ensayo a realizar.

El Supervisor será el responsable de obtener la cantidad de muestras representativas de los materiales a analizar, a fin de que la información obtenida en el laboratorio permita preparar la información estadística necesaria para la toma de decisiones adecuadas, y no resultados dudosos o perjudiciales para el desarrollo de los trabajos.

La frecuencia de los controles estará determinada por el volumen de los materiales que se empleará en la ejecución de cada una de las actividades y trabajos del Mantenimiento Periódico, y la magnitud que estos presentan.

El Supervisor tendrá en cuenta que en la ejecución del Mantenimiento Periódico los volúmenes de materiales y cantidades de trabajo pueden no estar en el orden de magnitud de los correspondientes a una Obra de Desarrollo Vial, por lo tanto se dejará al mejor criterio técnico del Supervisor el determinar las frecuencias adecuadas de los controles, en los casos que hubiere discrepancias en la aplicabilidad de las frecuencias establecidas en las Especificaciones Técnicas Generales para Construcción de Carreteras (EG-2000) y sus modificaciones.En todo caso, el Supervisor deberá tener siempre presente que la calidad de cada una de los trabajos ejecutados debe ser garantizada mediante controles a los materiales, procedimientos constructivos y productos terminados.

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Tanto el laboratorio del Supervisor como el del Contratista, contarán con el equipo y personal necesario para efectuar ensayos de suelos, concreto hidráulico, calidad del asfalto, mezclas asfálticas, pavimentos, así como de los materiales que el Contratista emplee en la producción de aquellos.

El Supervisor exigirá al Contratista la presentación sistemática de los certificados que acrediten que los materiales que ingresen al proyecto, cumplan con los requerimientos establecidos en las especificaciones técnicas. Sin embargo, deberá tomar de manera aleatoria las muestras necesarias para efectuar los ensayos correspondientes de verificación.

Deberá darse especial importancia a los ensayos de viscosidad, penetración y punto de ablandamiento de los ligantes asfálticos, debiendo realizarse cuando éstos se recepcionen en obra.

El Supervisor efectuará e interpretará los ensayos de laboratorio en forma oportuna para poder tomar las medidas correctivas en caso no se cumpla con las especificaciones técnicas.

Los laboratorios donde se ejecuten ensayos no rutinarios, deberán contar con la aprobación de PROVIAS NACIONAL. El Supervisor elevará a PROVIAS NACIONAL un informe especial sobre los resultados y conclusiones obtenidos en esos ensayos.

El Supervisor controlará los rendimientos y la operatividad del equipo y maquinaria asignada a la explotación de canteras y producción de agregados: tractores, cargadores frontales, excavadoras, zarandas, plantas chancadoras, etc. También verificará los rendimientos y la operatividad del equipo y maquinaria asignada a la ejecución de los trabajos de explanaciones, sub base y base: motoniveladoras, cisternas, rodillos vibratorios, etc.

Se realizarán pruebas de funcionamiento, calibración, calidad de zarandeo, calidad de trituración y otros, para autorizar la producción.

El Supervisor debe controlar permanentemente la calidad del pavimento, aceros estructurales y los concretos en Obras de Arte y estructuras, ejecutados por el Contratista.

En tal sentido, los resultados finales del control deben estar dentro de los parámetros exigidos en el proyecto.

Se implementará un programa de ensayos y comprobaciones, de acuerdo con la importancia de cada una de las fases de los trabajos, configurando un registro cronológico que permita ubicar posteriormente cualquier deficiencia que sea detectada.

El Supervisor tiene la obligación de llevar un registro mensual de cada uno de los ensayos realizados, con los resultados obtenidos en todas las muestras ensayadas, la fuente de las muestras, la cantidad presentada, el lugar y fecha del muestreo, la persona responsable, el tipo de ensayo, etc., indicando además si la muestra ensayada cumple con las especificaciones técnicas.

Toda esta información se traducirá en un Informe Mensual de Control de Calidad, que será parte de los informes mensuales que entregará regularmente el Supervisor, y cuyo contenido incluirá como mínimo lo siguiente:

Resumen de los ensayos de control de materiales utilizados en trabajos de explanaciones, sub base y base: granulometría, límites de consistencia, proctor modificado, clasificación de suelos, C.B.R., etc.

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Resumen de los ensayos de control de materiales utilizados en la producción de concretos de cemento Pórtland: agregados, agua, cemento Pórtland, aditivos, etc.

Resumen de los ensayos de control de materiales utilizados en la producción de riegos, sellos, lechadas y morteros asfálticos, micropavimentos en frío u otros tratamientos superficiales: agregados, asfaltos líquidos, emulsiones asfálticas, agua, aditivos, otros ligantes asfálticos, etc.

Resumen de los ensayos de control de materiales utilizados en la producción de mezclas asfálticas para carpetas de refuerzo, carpetas nivelantes, capas nivelantes, micropavimentos en caliente, parchados y otros: agregados, cementos asfálticos, emulsiones asfálticas, otros ligantes asfálticos, aditivos, modificadores de asfalto, etc.

Resumen de los ensayos de control en las canteras.

Resumen de los ensayos de control en la ejecución de trabajos de explanaciones, capas de sub base y de base: control de densidades, controles topográficos, etc.

Resumen de los ensayos de control en la ejecución de imprimaciones y riegos de liga: control de temperaturas, tasas de aplicación, etc.

Resumen de los ensayos de control en la producción y colocación de concretos de cemento Pórtland: dosificación, resistencia, etc.

Resumen de los ensayos de control en la producción y colocación de mezclas asfálticas para concretos asfálticos que utilizan cementos asfálticos y/o emulsiones asfálticas: contenidos de asfalto, granulometría, ensayos Marshall, control de espesores, control de densidades, altura de arena, etc.

Resumen de los ensayos de control en la producción y colocación de micropavimentos en frío, morteros asfálticos, sellos, lechadas asfálticas, u otros tratamientos asfálticos.

Resumen del control de deflexiones.

Resumen del control de la regularidad superficial (rugosidad).

Resumen del control de los factores de seguridad del pavimento (macrotextura, microtextura, resistencia a la fricción, etc.).

Ensayos y certificados que respaldan cada uno de los resúmenes mencionados.

Cada uno de los informes de control de calidad mensuales incluirá la presentación de CDs conteniendo toda la información del informe en versión digital (archivos pdf) y en forma codificada y ordenada, de manera que pueda ser verificada fácilmente.

Como parte del Informe Final del Mantenimiento Periódico se presentará el Informe Final de Control de Calidad que consistirá en la presentación de un volumen con los resultados estadísticos (solo cuadros resumen) de cada uno de los controles efectuados en cada uno de los trabajos del Mantenimiento Periódico, demostrando el cumplimiento de cada una de las exigencias de las especificaciones técnicas.

El Informe Final de Control de Calidad también incluirá la presentación de CDs conteniendo la información señalada en el punto anterior y adicionalmente toda la información de los ensayos y certificados que constituyen el respaldo de los

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resultados estadísticos y cuadros resumen; en archivos pdf, y organizada manteniendo la codificación utilizada en los informes mensuales.

b. Controles

Las siguientes pautas, procedimientos, ensayos y controles agrupados por rubros, sin ser limitativos, constituirán una referencia obligada para la implementación del Control de Calidad del Mantenimiento Periódico.

El Supervisor ajustará estas pautas, procedimientos, ensayos y controles a las exigencias de control de calidad geométrico y de control de calidad tecnológico que plantea el Expediente Técnico.

Sin embargo, esto no lo facultará a disminuir las exigencias mínimas que aquí se plantean, y en todo caso sus aportes deberán tener como objetivo contribuir a la implementación de mejoras.

i) Topografía

Verificación de los puntos de control topográfico efectuados por el Contratista en general.

Verificación del replanteo, estacado y monumentación de BMs y PIs efectuados por el Contratista.

Verificación de la nivelación para obtener el perfil longitudinal del eje de la carretera y sus correspondientes secciones transversales, que sirvan para efectuar controles de cantidad de trabajo.

Verificación de volúmenes de las canteras para determinar su potencia.

Verificación de los puntos de referencia de las canteras de préstamo, con la finalidad de controlar las disposiciones de explotación y de conservación del medio ambiente.

Levantamientos topográficos en canteras y áreas destinadas a botaderos para la determinación de volúmenes de materiales en cancha, o para determinar volúmenes de materiales eliminados.

ii) Actividades en Canteras

Verificación de la limpieza o eliminación de la capa superficial (material orgánico o indeseable) de las canteras, antes de iniciar su explotación.

Verificación de la calidad de los materiales en banco.

Control de procedimientos adecuados de explotación de canteras, de producción de agregados, y de procedimiento y sistemas de carguío para transporte.

Control del almacenamiento de los materiales y agregados acopiados, verificando la protección de los mismos para evitar su contaminación.

En canteras de materiales procedentes de lecho de río; verificación de que como consecuencia de los trabajos de extracción de materiales, no se altere la morfología y curso del lecho del río.

iii) Movimiento de Tierras

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Control de los alineamientos, perfiles y secciones transversales, antes y después de la ejecución de terraplenes, rellenos, remociones, excavaciones y cortes.

Control de la colocación, extendido, humectación y homogeneización del material.

Control de la compactación de las capas de relleno y terraplenes.

Control de la compactación de las áreas donde se hayan ejecutado remociones, excavaciones y cortes.

iv) Pedraplenes

Control de los alineamientos, perfiles y secciones transversales, antes y después de la ejecución de los trabajos.

Control de la colocación, acomodo y compactación de cada una de las capas de materiales pétreos seleccionados.

Relación de Ensayos

PROPIEDADES Metido de Ensayo

Norma ASTM

Norma AASHTO

Lugar de muestreo

Granulometría MTC E 107 D 422 T 27 Cantera

Abrasión Los Ángeles MTC E 207 C 131 T 96 Cantera

v) Sub Base Granular

Control de alineamientos, perfiles y secciones transversales, antes y después de la ejecución de la capa de sub base.

Si el procedimiento de ejecución lo exige, o si los requerimientos del cómputo de volúmenes lo plantean, los mismos controles deberán efectuarse en etapas intermedias de la ejecución.

Verificación de que el material a utilizar sea procedente de canteras aprobadas, y controlar que las características del material a ser utilizado en la conformación de la capa de sub base cumpla con las especificaciones técnicas.

Control de la colocación, extendido, humectación y homogeneización del material para la conformación de la capa de sub base.

En caso los trabajos de sub base estén referidos a la reconformación y/o regularización de una capa del pavimento existente, se controlará que el escarificado de esta capa se realice a una profundidad adecuada, que el material que se agregue cumpla con los requerimientos de las especificaciones técnicas y con las dosificaciones señaladas en el Expediente Técnico, y que la colocación, extendido, humectación y homogeneización del material de la nueva capa de sub base se realice de acuerdo a los procedimientos especificados.

Control de resultados de compactación de la capa de sub base y del procedimiento seguido para alcanzarla: métodos y equipo adecuado (número de pasadas del equipo de compactación).

Control de perfiles, espesores, regularidad superficial (rugosidad) y acabado de la superficie de la capa de sub base.

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Relación de Ensayos

Propiedades ocaracterísticas

Método deensayo

NormaAASHTO

NormaASTM

Lugar deMuestreo

Granulometría MTC E 204 T-88 C-136 CanteraDesgaste LosAngeles

MTC E 207 T-96 C-131 Cantera

Indice dePlasticidad

MTC E 111 T-89 D-4318 Pista

Equivalente arena MTC E 114 T-176 D-2419 Cantera/PlantaSales solubles MTC E 219 D-1888 Cantera

Densidad-Humedad

MTC E 117MTC E 124

T-191T-239

D-29C-127

Pista

CBR MTC E 132 T-193 D-1883 Cantera /Planta

Partículas chatasY alargadas

MTC E 221 D-693 Planta

Compactación MTC E 117MTC E 124

T 191T 238

D 1556D 2922

Pista

ImpurezasOrgánicas MTC E 210 Cantera/Planta

Al referirse a Cantera en el lugar de muestreo, se entiende el material debidamente procesado antes de su colocación en la vía (Se recomienda tomar las muestras en los vehículos de transporte al sitio).

vi)Base Granular

Control de alineamientos, perfiles y secciones transversales, antes y después de la ejecución de la capa de base.

Si el procedimiento de ejecución lo exige, o si los requerimientos del cómputo de volúmenes lo plantean, los mismos controles deberán efectuarse en etapas intermedias de la ejecución.

Verificación de que el material a utilizar sea procedente de canteras aprobadas, y controlar que las características del material a ser utilizado en la conformación de la capa de base cumpla con las especificaciones técnicas.

Control de la colocación, extendido, humectación y homogeneización del material para la conformación de la capa de base. De ser el caso, control de la humectación y homogeneización del material en cantera para evitar maniobras inapropiadas en pista.

En caso los trabajos de base estén referidos a la reconformación y/o regularización de una capa del pavimento existente, se controlará que el escarificado de esta capa se realice a una profundidad adecuada, que el material que se agregue cumpla con los requerimientos de las Especificaciones Técnicas y con las dosificaciones señaladas en el Expediente Técnico, y que la colocación, extendido, humectación y homogeneización del material de la nueva capa de base se realice de acuerdo a los procedimientos especificados.

Control de los resultados de compactación de la capa de base y del procedimiento seguido para alcanzarla: métodos y equipo adecuado (número de pasadas del equipo de compactación).

Control de perfiles (niveles), espesores, regularidad superficial (rugosidad) y

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acabado de la superficie de la capa de base.

Relación de Ensayos

Propiedades ocaracterísticas

Método deensayo

NormaAASHTO

NormaASTM

Lugar deMuestreo

Granulometría MTC E 204 D 422 T 89 Cantera

Límite Liquido MTC E 110 D 4318 T 89 Cantera

Índice Plástico MTC E 111 D 4318 T 89 CanteraDesgaste los Ángeles

MTC E 207 D 131 T 96 Cantera

Equivalente Arena MTC E 114 D 2419 T 176 CanteraSales Solubles MTC E 219 D 1888 Cantera

CBR MTC E 132 D 1883 T 193 Cantera

Partículas Fracturadas

MTC E 210 D 5821 Cantera

Partículas chatas yAlargadas

MTC E 221 D 693 Cantera

Pérdida en sulfato desodio/magnesio

MTC E 209 C 88 T 104 Cantera

Densidad – Humedad

MTC E 115 D 1557 T 180 Pista

Compactación MTC E 117MTC E 124

D 1556D 2922

T 191T 238

Pista

Al referirse a Cantera en el lugar de muestreo, se entiende el material debidamente procesado antes de su colocación en la vía (Se recomienda tomar las muestras en los vehículos de transporte al sitio).

vii)Imprimación

Verificación de la ejecución de tramos de prueba y ensayos para la definición del material bituminoso más apropiado para estos trabajos: emulsión asfáltica de curado rápido o algún tipo de asfalto líquido de grado MC-30, MC-70 ó MC-250.

Control de la presentación de certificados de calidad del material bituminoso, así como de la garantía del fabricante de que este cumple con las especificaciones técnicas establecidas en el Expediente Técnico, a la llegada de cada camión termo tanque a obra.

Verificación de los resultados de los certificados de calidad del material bituminoso del proveedor, mediante la ejecución de ensayos en muestras obtenidas de los tanques de almacenamiento del Contratista. La frecuencia de muestreo del betumen estará regida por la norma AASHTO T40-78(1993), y en todo caso no será menor de una muestra por cada tancada de 9000 glns.

Verificación de la operatividad del camión distribuidor de asfalto y demás equipos.

Control de la protección de la superficie de todas las estructuras y árboles adyacentes al área sujeta al tratamiento, para evitar salpicaduras y manchas.

Control de los trabajos de limpieza previa de las superficies a ser imprimadas, verificando que se encuentren perfectamente limpias después de la operación de la barredora mecánica o de la compresora.

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Control de la humedad de la superficie de la base previa a la aplicación del material bituminoso, verificando que se encuentre razonablemente seca.

Control de las temperaturas atmosféricas mínimas, y de las condiciones climatológicas adecuadas para autorizar la aplicación del material bituminoso.

Control de la tasa de aplicación del material bituminoso, verificando que se cumpla con el rango especificado. En cada sector de imprimación deberá efectuarse por lo menos tres (3) verificaciones al momento de realizar la imprimación.

Control de la uniformidad de la aplicación del material bituminoso, y que se encuentre dentro de los alineamientos y anchos de imprimación.

Control de la penetración del material bituminoso cada 25 mts., verificando el cumplimiento de lo indicado en las especificaciones técnicas.

Control del arenado para protección de las áreas imprimadas, verificando que no se ejecute hasta que el material bituminoso haya penetrado completamente en la superficie de base (no menos de 4 días).

Verificación de la “rotura” del material bituminoso dentro del plazo especificado (4 días aproximadamente), mediante ensayos de laboratorio.

Verificación de las medidas de protección mediante avisos y barricadas que impidan el tránsito sobre las superficies imprimadas durante el periodo de curado (4 días aproximadamente).

Relación de Ensayos

En caso se utilice bitumen diluido de curado medio, los ensayos de control estarán sujetos a las normas ASTM 2028, ASTM 2027, ASTM 2026 y las especificaciones técnicas EG - 2000:

Características EnsayoViscosidad Cinemática a 60°C, mm 2/s MTC E 301Punto de Inflamación MTC E 312Destilación, volumen total destilado hasta 360° C, % Vol MTC E 313Pruebas sobre el residuo de la destilaciónDuctilidad a 25°C, 5 cm/mim, cm.Viscosidad Absoluta a 60°C

MTC E 306MTC E 304MTC E 302

Contenido de agua

En el caso de Emulsiones Catiónicas se deberá verificar el cumplimiento de la norma ASTM D – 2397 y las especificaciones técnicas EG-2000:

Características Ensayo1. ENSAYOS SOBRE EMULSIONES

Viscosidad Saybolt Furol a 25 ºC Seg Saybolt Furol a 50 ºC Seg

MTC E 403

Estabilidad de Almacenamiento• Sedimentación a los 7 días % MTC E 410Destilación Contenido de Asfalto Residual % Contenido de Disolventes %

MTC E 401

Tamizado Retenido T 20 (850 mm) MTC E 405Rotura

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Dioctilsulfosuccinato sódico % Mezcla con cemento %Carga Partícula MTC E 407

Recubrimiento del agregado y resistencia de desplazamiento MTC E 409 Con agregado seco Con agregado seco y acción del agua Con agregado húmedo Con agregado húmedo y acción del agua

2. ENSAYOS SOBRE RESIDUO DE DESTILACIONPenetración (25 ºC, 100 gr, 5 seg)0.1 mm.Ductilidad (25 ºC, 5 cm/m) cmTricloroetileno %

viii) Riego de Liga

Verificación de la ejecución de tramos de prueba y ensayos para la definición del material bituminoso más apropiado para estos trabajos: cemento asfáltico o emulsión asfáltica.

Control de la presentación de certificados de calidad del material bituminoso, así como de la garantía del fabricante de que este cumple con las especificaciones técnicas establecidas en el Expediente Técnico, a la llegada de cada camión termo tanque a obra.

Verificación de los resultados de los certificados de calidad del material bituminoso del proveedor, mediante la ejecución de ensayos en muestras obtenidas de los tanques de almacenamiento del Contratista. La frecuencia de muestreo del betumen estará regida por la norma AASHTO T40-78(1993), y en todo caso no será menor de una muestra por cada tancada de 9000 glns.

Verificación de la operatividad de los equipos utilizados para la aplicación.

Control de la protección de la superficie de todas las estructuras y árboles adyacentes al área sujeta al tratamiento, para evitar salpicaduras y manchas.

Control de los trabajos de limpieza previa de las superficies a ser regadas, verificando que se encuentren perfectamente limpias después de la operación de la barredora mecánica o de la compresora.

Control de la humedad de la superficie asfáltica (carpeta antigua o fresada) previa a la aplicación del material bituminoso, verificando que se encuentre razonablemente seca.

Control de las temperaturas atmosféricas mínimas, y de las condiciones climatológicas adecuadas para autorizar la aplicación del material bituminoso.

Control de la tasa de aplicación del material bituminoso, verificando que se cumpla con el rango especificado. En cada sector de imprimación deberá efectuarse por lo menos tres (3) verificaciones al momento de realizar la aplicación.

Control de la uniformidad de la aplicación del material bituminoso, y que se encuentre dentro de los alineamientos y anchos de imprimación.

Relación de Ensayos

En el caso de Emulsiones Catiónicas se deberá verificar el cumplimiento de la

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norma ASTM D – 2397 y las especificaciones técnicas EG-2000.

En caso se utilice cemento asfáltico, los ensayos de control estarán sujetos a las especificaciones técnicas EG - 2000, para su aprobación y uso:

Especificaciones del Cemento Asfáltico Clasificado por penetraciónCaracterísticas EnsayoPenetración 25° C, 100 g, 5s, 0.1 mm MTC E 304Punto de Inflamación COC, °C MTC E 312Solubilidad en Tricloroetileno, % masa MTC E 302Susceptibilidad en Térmica MTC E 316Penetración del residuo, % MTC E 304Ductilidad del residuo, 25°c, 5 cm/mim, cm MTC E 306Ensayo de la Mancha con solvente Heptano-Xileno 20% MTC E 314

Especificaciones del Cemento Asfáltico clasificado por Viscosidad

Características EnsayoViscosidad Absoluta MTC E 308Viscosidad Cinemática, 135 °C MTC E 301Penetración MTC E 304Punto de Inflación MTC E 303Solubilidad en Tricloroetileno % masa, mínimo MTC E 302Susceptibilidad Térmica MTC E 316ViscosidadDuctilidad

MTC E 304MTC E 306

Ensayo de la Mancha MTC E 314

ix) Tratamientos Superficiales, Sellos de Arena - Asfalto, Lechadas Asfálticas y Morteros Asfálticos.

Control del cumplimiento de las disposiciones que son generales a los trabajos de tratamientos superficiales, sellos de arena – asfalto, lechadas asfálticas y morteros asfálticos, relacionados a los agregados pétreos, agua, polvo mineral, cementos asfálticos, emulsiones asfálticas, asfaltos diluidos, aditivos, etc.

Verificación de la ejecución de tramos de prueba y ensayos para la definición del material bituminoso más apropiado para estos trabajos: cemento asfáltico o emulsión asfáltica.

Control de la presentación de certificados de calidad del material bituminoso, así como de la garantía del fabricante de que este cumple con las especificaciones técnicas establecidas en el Expediente Técnico, a la llegada de cada camión termotanque a obra.

Verificación de los resultados de los certificados de calidad del material bituminoso del proveedor, mediante la ejecución de ensayos en muestras obtenidas de los tanques de almacenamiento del Contratista. La frecuencia de muestreo del betumen estará regida por la norma AASHTO T40-78(1993), y en todo caso no será menor de una muestra por cada tancada de 9000 glns.

Verificación de la operatividad de los equipos empleados en la ejecución de los trabajos.

Control de los trabajos de limpieza previa de las superficies a tratar, verificando que se encuentren perfectamente limpias después de la operación de la barredora mecánica o de la compresora.

Control de las temperaturas atmosféricas mínimas, y de las condiciones

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PROVIAS NACIONAL

climatológicas adecuadas para autorizar la ejecución de los trabajos.

Control de la tasa de aplicación del material bituminoso y de las dosificaciones de los agregados, verificando que se cumpla con el rango especificado en las especificaciones técnicas.

Control de la uniformidad de la aplicación del material bituminoso, y que se encuentre dentro de los alineamientos y anchos de imprimación.

En caso se utilice asfalto diluido de curado medio, los ensayos de control estarán sujetos a las normas ASTM 2028, ASTM 2027, ASTM 2026 y a las especificaciones técnicas EG – 2000.

En caso se utilice emulsiones catiónicas, los ensayos de control estarán sujetos a la norma ASTM D – 2397 y a las especificaciones técnicas EG - 2000.

En caso se utilice cemento asfáltico, los ensayos de control estarán sujetos a las especificaciones técnicas EG – 2000.

x) Tratamiento de Fisuras y Grietas

Control de las cantidades de trabajo a ejecutar, realizando el pintado previo de las áreas que concentran fisuras y de las áreas que concentran grietas.

Control de la preparación del sellante elastomérico compuesto de asfalto modificado con polímero SBS, aditivos y caucho molido, a utilizar en el sellado de fisuras y grietas (sellado en caliente).

Control de la preparación del mortero asfáltico a utilizar en el sellado de fisuras, compuesto de asfalto emulsionado con polímero SBR y arena fina (sellado en frío).

Control de la preparación del mortero asfáltico a utilizar en el sellado de grietas, compuesto por asfalto emulsionado con polímero SBR, gravilla de trituradora o material de traba y mejorador de adherencia (sellado en frío).

Control de la limpieza de las fisuras y grietas con aire comprimido, previo a la ejecución de los trabajos.

Control de la aplicación del sellante elastomérico compuesto de asfalto modificado con polímero SBS, aditivos y caucho molido, previo ruteado con equipo de ser requerido (ancho máximo de 2 CMS), y limpieza con aire comprimido, verificando que se produzca el sellado de las fisuras y grietas.

Control de la aplicación del sellante elastomérico, previo ruteado con equipo de ser requerido (ancho máximo de 2 CMS), y limpieza con aire comprimido, verificando que se produzca el sellado de las fisuras o grietas.

Control de la preparación y aplicación de otros tipos de sellantes que tendrán descritas sus características y procedimientos de preparación y aplicación en el Expediente Técnico.

Verificar que los materiales utilizados cumplan con lo indicado en sus especificaciones técnicas respectivas.

En caso se utilice emulsiones catiónicas, los ensayos de control estarán sujetos a la norma ASTM D – 2397 y a las especificaciones técnicas EG - 2000.

En caso se utilice cemento asfáltico, los ensayos de control estarán sujetos a las especificaciones técnicas EG – 2000.

En caso se utilice sellantes elastoméricos, los ensayos de control estarán

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sujetos a las normas que se indiquen en el Expediente Técnico.

En caso se utilice un aditivo mejorador de adherencia, los ensayos de control se regirán por las especificaciones técnicas EG - 2000.

xi) Producción y Colocación de Mezclas Asfálticas Abiertas y Densas en Caliente

Control del cumplimiento de las disposiciones que son generales a los trabajos que requieren de la preparación y colocación de mezclas asfálticas abiertas y densas en caliente: capas nivelantes, carpetas asfálticas, carpetas nivelantes, recapados, microaglomerados en caliente, micropavimentos en frío, parchados superficiales, parchados profundos; y que incluyen a los agregados pétreos, agua, polvo mineral, cementos asfálticos, cementos asfálticos modificados, emulsiones asfálticas, asfaltos diluidos, aditivos, etc.

Verificación de la ejecución de pruebas y ensayos para la definición del material bituminoso más apropiado para estos trabajos (cemento asfáltico, cemento asfáltico modificado, emulsión asfáltica, etc.).

Control de la presentación de certificados de calidad del cemento asfáltico, así como de la garantía del fabricante de que este cumple con las especificaciones técnicas establecidas en el Expediente Técnico, a la llegada de cada camión termotanque a obra.

Verificación de los resultados de los certificados de calidad del cemento asfáltico del proveedor, mediante la ejecución de ensayos en muestras obtenidas de los tanques de almacenamiento del Contratista. La frecuencia de muestreo del betumen estará regida por la norma AASHTO T40-78 (1993), y en todo caso no será menor de una muestra por cada tancada de 9000 glns.

El material bituminoso a ser empleado, deberá contar previamente con la autorización y aprobación del Supervisor, de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas. En caso de emplearse cementos asfálticos convencionales, el control de calidad del material deberá efectuarse mediante los ensayos establecidos en las EG - 2000.

En caso de emplearse cementos asfálticos modificados, aparte de los ensayos para cementos asfálticos convencionales, establecidos en las EG - 2000, el control de calidad del material deberá efectuarse mediante la ejecución de por lo menos los siguientes ensayos:

- Punto de ablandamiento (anillo y bola), Norma ASTM D 36 ó MTC E 307 – 2000 para cada tancada que llegue a obra (10,000 gln).

- Estabilidad al almacenamiento de asfaltos modificados, Norma MTC E 319 – 2000 ó NLT329/91.

- Recuperación elástica por torsión de asfaltos modificados, Norma MTC E 320 – 2000 ó NLT 328/91.

- Recuperación elástica, Norma DIN 52013.

- Punto de fragilidad Frass, Norma MTC E 311 – 2000.

Control de la procedencia de los materiales pétreos, verificando que provengan de bancos de préstamos y stocks, autorizados y aprobados en ambos casos,

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luego de un proceso de trituración mecánica.

Los agregados en stock serán sometidos a los siguientes controles:

1. Graduación de agregados gruesos y finos según las normas AASHTO T27-93.

2. Ensayos de Equivalente de Arena según AASHTO T- 176.3. Ensayos de Gravedad específica según AASHTO T85 y T84.4. Ensayos de Gravedad Específica del Filler según AASHTO T100 o T133.5. Ensayos de peso volumétrico según AASHTO T19.6. Ensayos de Abrasión según AASHTO T96.7. Ensayos de control de Durabilidad según AASHTO T 104.8. Ensayos de adherencia Agregado – Betumen según T182-84 y T195.9. Ensayos de adhesividad Riedel - Weber.10. Controles de % de caras fracturadas en el agregado grueso.11. Controles de % de partículas chatas y alargadas.12. Determinaciones de impurezas orgánicas según AASHTO T21.

Verificación de la operatividad de la planta de asfalto, el tren de asfalto, y del equipo de transporte.

Control de los procedimientos para definir el diseño de la mezcla asfáltica.

Verificación de la ejecución del tramo de prueba de la mezcla asfáltica.

Control de Producción de Mezcla Asfáltica (Control en Planta).

Antes de dar inicio a la producción, se efectuarán controles de la calibración de Planta, tanto de agregados como del cemento asfáltico, con la aprobación del Supervisor, se procederá a la elaboración de la formula de trabajo.Para cada tanda de producción se efectuarán los siguientes controles:

1. Controles de la mezcla asfáltica según Ensayo Marshall norma AASHTO T245-93. Determinación de la estabilidad Marshal, flujo, porcentaje de los vacíos de aire y llenados con CA y VMA.

2. Controles de medición de pérdida de resistencia (estabilidad retenida) con inmersión de 24 horas, según AASHTO T165-91 (ASTM 1075) usando el Equipo Marshall como variante.

3. Controles de la adherencia del par agregado - asfalto.4. Controles de recuperación de asfalto según lo indicado en AASHTO T164-

94. 5. Controles de graduación de agregados gruesos y finos recuperados según

las normas AASHTO T30-93.6. Determinaciones de Máxima Gravedad específica según norma AASHTO

T209-93.7. Controles permanentes de temperatura durante la producción: agregados,

cemento asfáltico y mezcla asfáltica.8. Controles estadísticos mensuales de los ensayos de granulometría,

estabilidad, flujos, vacíos y VMA de las mezclas asfálticas.

Control del sistema de carguío a los camiones volquete y el transporte de mezcla asfáltica.

Control de Colocación de Mezcla Asfáltica (Control en Pista)

1. Control permanente de la temperatura del medio ambiente, verificando que únicamente se coloque mezcla asfáltica cuando las condiciones climatológicas sean favorables.

2. Control permanente de temperatura de la mezcla asfáltica durante el

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colocado y extendido, verificando que se cumpla con el óptimo señalado en las especificaciones técnicas del Expediente Técnico, y lo definido en la fórmula de trabajo.

3. Verificación que se proceda con el rodillazo cuando la temperatura se encuentre en su óptimo para obtener el grado de compactación establecido en las especificaciones técnicas del Expediente Técnico.

4. Control de la toma de muestras del concreto asfáltico colocado para ejecutar los ensayos de compactación y control de espesores.

5. Se efectuarán determinaciones del grado de compactación según AASHTO T230-68 o por medio de testigos diamantinos. Simultáneamente se determinará el % de vacíos de la mezcla compactada.

6. Control del espesor de la carpeta asfáltica (según sea el caso). 7. Se controlara después de la compactación final el acabado de la superficie

terminada según se establece en las especificaciones técnicas.

Relación de Ensayos

Material Propiedades Métodode Ensayo

LugarDe Muestreo

AGREGADO

Granulometría MTC E 204 Tolva en fríoPlasticidad MTC E 110 Tolva en fríoPartículas Fracturadas MTC E 210 Tolva en fríoEquivalente de Arena MTC E 114 Tolva en fríoÍndices de Aplastamiento y Alargamiento AgregadoGrueso

Tolva en frío

Desgaste los Ángeles MTC E 207 Tolva en fríoAngularidad del Agregado Fino

MTC E 222 Tolva en frío

Perdida en Sulfato de Sodio MTC E 209 Tolva en frío

MEZCLA ASFALTICA

Contenido de Asfalto MTC E 502 Pista/PlantaGranulometría Pista/PlantaEnsayo Marshall MTC E 504 Pista/PlantaTemperatura Pista/PlantaDensidad MTCE 506

MTC E 508MTC E 510

PistaCompactada

Espesor MTC E 507 PistaCompactada

Resistencia alDeslizamiento

MTC E 1004 PistaCompactada

xii) Control en Parchado Superficial

Verificación del restablecimiento del nivel original de la rasante de la calzada.

Instrucción al Contratista de las zona a reparar, las cuales estarán de acuerdo a lo indicado en el Expediente Técnico, delimitando con pintura las áreas a tratar.

xiii) Control en Parchado Profundo

Consiste en la reparación también de la capa de Base, sub base y de ser el caso, el reemplazo del material correspondiente a zonas por debajo de la sub rasante, hasta los niveles indicados en los planos y Especificaciones Técnicas. La Supervisión deberá controlar la calidad del material granular para base, sub base, asfalto diluido para la imprimación, la mezcla asfáltica para la carpeta y la emulsión para riego de liga. El supervisor delimitará las zonas a reparar bajo este tipo de parchado, los cuales estarán de acuerdo al Expediente Técnico Revisado;

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exigiendo al Contratista el cumplimiento del requerimiento de construcción establecidos en las Especificaciones Técnicas. Los procedimientos a seguir son los siguientes:

Delimitar el lugar a parchar.

Regularización del bache sobre la calzada.

Remoción de la carpeta asfáltica dañada.

Retiro del material a ser reemplazado de las distintas capas del pavimento, hasta los niveles indicados en los planos y Especificaciones Técnicas.

Control de la compactación de las distintas capas de material granular.

Imprimación del fondo de la cajuela con material bituminoso indicado en las Especificaciones Técnicas y riego de liga en las caras verticales.

Colocación de la mezcla asfáltica en caliente cubriendo toda el área.

La Supervisión será responsable de que se cumplan todas las normas establecidas en el Expediente Técnico, referente a la eliminación de materiales excedentes.

xiv) Señalización y Seguridad Vial

Señalización Vertical Control de los materiales en general, verificando que cumplan con las

especificaciones técnicas del Expediente Técnico.

Control de la forma y dimensiones de las letras de las señales. Estas deben cumplir con lo establecido en el Manual de Dispositivos de Control de Transito Automotor para Calles y Carreteras del MTC.

Control de los procedimientos de ejecución, verificando que cumplan lo indicado en las especificaciones técnicas.

Señalización Horizontal

Control de calidad de las pinturas, microesferas y materiales en general mediante la ejecución de ensayos de laboratorio, verificando que cumplan con las exigencias de las especificaciones técnicas.

Control del adecuado almacenamiento de los materiales.

Control de los diseños, dimensiones, tipos de pintura y colores a utilizar, verificando que se ejecuten conforme a los planos y documentos del Expediente Técnico, y cumpliendo con el Manual de Dispositivos de Control de Transito Automotor para Calles y Carreteras del MTC.

Controlar el uso adecuado del tipo de pinturas de tráfico considerando la retrorreflectividad mediante la aplicación de microesferas de vidrio.

Con relación a lo anterior y en caso de superficies de textura abierta, considerar el sellado (alisado) de la superficie que será pintada a fin de que las microesferas puedan reflectar conforme a lo especificado.

Control de las superficies sobre las cuales se ejecutarán las marcas, verificando que se encuentren limpias, secas y libres de partículas sueltas y de cualquier otro material suelto que pudiera ser dañino a la aplicación.

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Control de las condiciones ambientales adecuadas para ejecutar el pintado, prohibiéndolo cuando se presente vientos o ventiscas de arena.

Control de la retrorreflectividad del pintado utilizando el dispositivo de control de la reflectometría antes de iniciar los trabajos de pintado mediante pruebas.

xv) Mantenimiento de Tránsito

Control del adecuado mantenimiento de tránsito que debe realizar el Contratista en toda la extensión del tramo, incluyendo aquellas zonas donde se requiera una constante limpieza de derrumbes y arenamientos.

Verificación de la implementación de medidas de seguridad para proteger al personal que labora en el proyecto y a los usuarios de la vía.

Control del mantenimiento de los desvíos necesarios para facilitar la ejecución de los trabajos.

Verificación de la provisión de facilidades necesarias para el acceso a viviendas, depósitos y otras edificaciones ubicadas a lo largo del proyecto.

Verificación de la implementación, instalación y mantenimiento de dispositivos de control de transito y seguridad de los usuarios y trabajadores.

Control de la implementación de medidas para evitar la emisión de polvo que incomode a los usuarios de la vía.

Control de la implementación de medidas para permitir la circulación habitual de animales domésticos y silvestres a zonas de alimentación y abrevaderos.

xvi) Pavimento Terminado para la Recepción de los Trabajos

El objetivo de los controles será certificar la calidad del pavimento terminado; determinándose los parámetros característicos del pavimento después de concluidos los trabajos.

El Supervisor será responsable de la ejecución de ensayos no destructivos en el Pavimento para evaluar su condición al inicio de su período de servicio: deflexiones recuperables, rugosidad y factores de seguridad vial.

Evaluación de la Condición Funcional del Pavimento:

Las mediciones de regularidad superficial (rugosidad), deberán realizarse de acuerdo a lo indicado en el Título “Controles de Calidad para la Recepción de Obra y Liquidación de la Misma”, que forma parte del Anexo Nº 2 del “Manual de Ensayos de Materiales para Carreteras EM 2000”. El Supervisor podrá proponer alternativamente la utilización de otros equipos y métodos de medición, que sean compatibles (o que se consideren compatibles) con los métodos de medición Clase 3 establecidos en el World Bank Technical Paper Nº 46 (1986), si sustenta técnicamente que sus procedimientos obtienen resultados de una confiabilidad superior a la del procedimiento normado, para lo cual previamente pondrá a consideración del Administrador de Contrato su propuesta.En todo caso, las mediciones se efectuarán en forma continua, a lo largo de toda la Vía y en cada carril, lo que permitirá calcular un valor del IRI (promedio y característico), como máximo por cada 500 mts. De Vía, por carril.

El tramo será aceptado si cumple las condiciones establecidas en el Expediente Técnico. Si esta condición no se cumple, se aceptarán los sectores representativos en los cuales, a partir del cálculo de nuevos parámetros

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estadísticos respecto a sus valores individuales, se cumplan las condiciones o parámetros dados.

Evaluación de la Condición Estructural del Pavimento:

Las mediciones de deflexiones deberán realizarse de acuerdo a lo indicado en el Título “Controles de Calidad para la Recepción de Obra y Liquidación de la Misma”, que forma parte del Anexo Nº 2 del “Manual de Ensayos de Materiales para Carreteras EM 2000”.

El tramo será aceptado si cumple las condiciones establecidas en el Expediente Técnico, y en ningún caso se aceptarán deflexiones características mayores o iguales a las deflexiones admisibles.El Supervisor podrá proponer alternativamente la verificación de la condición estructural del pavimento mediante el empleo de metodologías que consideran modelaciones y cálculos de parámetros elásticos a través de teorías mecanísticas, y el uso de equipos o instrumentos para la medición de curvas de deflexión o deformada del pavimento, tales como Viga Benkelman de Doble Brazo u otros; si sustenta técnicamente que sus procedimientos obtienen resultados de una confiabilidad superior a la del procedimiento normado. Para ello, previamente pondrá a consideración del Administrador de Contrato su metodología, los equipos que prevé utilizar, y los procedimientos de medición a seguir. En este último caso, el Supervisor propondrá la utilización de normas para las mediciones de las curvas de deflexión, las cuales solo serán aceptadas si se demuestra que son utilizadas por entidades u organismos de reconocido prestigio internacional.

La frecuencia de las mediciones de las curvas de deflexión no podrá ser inferior a 50 mts. alternados en cada sentido (la medición se efectuará en cada uno de los carriles y a lo largo de todo el tramo).

Evaluación de las Condiciones de Seguridad del Pavimento:

Las mediciones de los factores de seguridad vial del pavimento (coeficiente de resistencia al deslizamiento, macrotextura y microtextura), deberán realizarse de acuerdo a los procedimientos establecidos en las normas MTC E-1004-2000 y MTC E-1005-2000, incluyendo los requerimientos de equipos e instrumentos de medición.

La frecuencia de las mediciones no podrá ser inferior a 50 mts. alternados en cada sentido (en la misma ubicación de las mediciones de deflexiones).

El tramo será aceptado si cumple las condiciones establecidas en el Expediente Técnico. Si esta condición no se cumple, se aceptarán los sectores representativos en los cuales, a partir del cálculo de nuevos parámetros estadísticos respecto a sus valores individuales, se cumplan las condiciones o parámetros dados.En los casos en que no se cumplan las condiciones solicitadas, el Supervisor definirá los trabajos necesarios a efectuar para llegar a resultados óptimos, debiendo estos trabajos realizarse por cuenta del Contratista, no correspondiéndole pago, reintegro o compensación alguna por los mismos, toda vez que el Contratista está en la obligación de terminar correctamente el Mantenimiento Periódico.

c. Formatos

El Supervisor coordinará con el Administrador de Contrato la elección de los formatos que serán utilizados en el Control de Calidad.

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4.2.5 Informes

Durante el desarrollo de la primera etapa de su Servicio, el Supervisor elaborará informes para comunicar a PROVIAS NACIONAL sobre el estado de la ejecución del Mantenimiento Periódico, y sus diversos aspectos técnicos, administrativos, económicos, financieros y contractuales, presentando además los principales avances y resultados de la prestación de sus servicios.

Los informes deberán tener un índice y numeración de páginas, y serán presentados sellados y firmados por el Jefe de Supervisión, e incluirán los contenidos mínimos señalados en estos Términos de Referencia, sin cuyo requisito se calificarán como incompletos, procediéndose a su devolución y aplicación de la penalidad correspondiente por atraso.

El Supervisor entregará el levantamiento de observaciones a los informes, presentando un anexo en original y dos (2) copias, dentro de los plazos estipulados. En caso se excedan estos plazos, se aplicarán las penalidades correspondientes por atrasos.

a. Informes Quincenales

Durante la Primera Etapa de Supervisión Técnica y Administrativa de los Trabajos del Contrato de Mantenimiento Periódico, el Supervisor en forma regular elaborará informes quincenales consistentes en “Fichas Quincenales”, correspondientes al período de la ficha respectiva

El formato de estos informes será de acuerdo al modelo que le proporcionará el Administrador del Contrato, y en ellos se anexarán paneles fotográficos del avance de los trabajos, y fotocopias de los asientos en el Cuaderno de Obra de Mantenimiento Periódico.

La Ficha Quincenal deberá ser entregada el primer día hábil siguiente de cada quincena, en original y una (01) copia.

b. Informes Mensuales

Durante toda la Primera Etapa del Servicio, el Supervisor en forma regular elaborará informes mensuales en los que presentará una descripción de los aspectos técnicos, económicos, administrativos y contractuales de la ejecución del Mantenimiento Periódico, así como de la supervisión del mismo.

Como parte de estos informes, también se entregarán mes a mes, los Informes de Control de Calidad del Contratista y de la Supervisión.

Estos informes serán presentados dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes, en original y dos (02) copias, incluyendo en él una ficha técnica y un resumen ejecutivo.

PROVIAS NACIONAL a través del Administrador de Contrato, revisará el informe dentro de los diez (10) días siguientes a la recepción del mismo y comunicará al Supervisor de ser el caso, sus observaciones. El Supervisor tendrá cinco (5) días para subsanar o aclarar las observaciones de PROVIAS NACIONAL.

Al término del proceso de levantamiento de observaciones al Informe Mensual, el Supervisor presentará una nueva versión corregida en original y dos (2) copias.

A continuación se enumeran los principales aspectos sobre los cuales deberá incidir el Supervisor en los informes mensuales:

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Supervisión

Describir las actividades desarrolladas por el Supervisor.

Presentar una memoria explicativa del avance de los trabajos y sus aspectos más relevantes, incluyendo las justificaciones de los retrasos en caso que los hubiese, y las propuestas de soluciones para su corrección.

Anexar el Informe de Control de Calidad del Supervisor que incluirá la relación y el detalle de los ensayos y controles efectuados por la supervisión, indicando ubicación, fecha en que fueron realizados y resultados.

El Informe de Control de Calidad del Supervisor incluirá además el análisis y/o resultado estadístico de los ensayos efectuados en el mes, la metodología empleada en cada ensayo, sus correcciones, la comparación de los resultados obtenidos con los parámetros o requisitos exigidos en las especificaciones técnicas, comentarios conclusiones y recomendaciones, así como las medidas correctivas y responsabilidades si las hubiere.

Describir el personal y equipo empleados por el Supervisor durante el período correspondiente al informe.

Mostrar el estado económico y financiero del Contrato de Supervisión, presentando cuadros resumen de pagos a cuenta y relación de garantías vigentes.

Incluir gráficos para la correcta interpretación de la información.

En caso de producirse derrumbes o deslizamientos en sectores del tramo, el Supervisor deberá informar sobre los trabajos realizados para la recuperación de los taludes, la limpieza de los materiales deslizados sobre la plataforma, la recuperación del ancho de la plataforma, la reconstrucción de las obras de arte afectadas y la limpieza en general de las obras de drenaje.

Presentar cuadros resúmenes de la correspondencia contractual, incluyendo copias de las comunicaciones más importantes intercambiadas con el Contratista, con la Entidad o con terceros.

Dar cuenta del trámite que con su opinión se haya dado a los reclamos o planteamientos que el Contratista hubiera formulado, pero cuya decisión excediendo a sus facultades deberá resolverse a un nivel superior.

Incluir paneles fotográficos y videos en versión digital, que muestren el estado y avance de los trabajos.

Presentar el programa de sus actividades para el mes siguiente.

Informar sobre las actividades de supervisión ambiental, autorizadas y realizadas durante el mes, mediante el informe específico del Especialista en Impacto Ambiental de Obras Viales, que deberá ser suscrito por éste como requisito para su pago.

De ser el caso, informar sobre las actividades no rutinarias autorizadas y realizadas durante el mes, por el Especialista en Suelos y Pavimentos, mediante un informe específico que será suscrito por este profesional como requisito para su pago.

Ejecución

Informar acerca de los avances físicos y valorizados del Contratista, presentando una breve descripción de los trabajos realizados y sus métodos de ejecución.

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El Supervisor presentará los avances valorizados mensuales y acumulados, detallados y por rubros o partidas genéricas (partidas, gastos generales y utilidades), incluyendo cuadros y gráficos que muestren la ejecución real en comparación con lo programado.En el informe se explicarán las causas que hayan motivado los atrasos, si los hubiera, y las acciones tomadas para superarlos.

Presentar el estado económico y financiero de la obra, incluyendo cuadros resumen de pagos a cuenta, valorizaciones y reintegros, cuadros resumen de adelantos concedidos y sus amortizaciones, y la relación de garantías vigentes.

Presentar la documentación que certifique que los materiales y equipos cumplen con las especificaciones técnicas.

Incluir cuadros que muestren los rendimientos de los equipos asignados a la ejecución del Mantenimiento Periódico.

Anexar el Informe de Control de Calidad del Contratista, cuya estructura será similar al del correspondiente a la Supervisión, y que deberá ser previamente revisado por el Supervisor.

Pronosticar los “avances” para el siguiente mes, tanto físicos como valorizados, a fin de que PROVIAS NACIONAL elabore su programa de pagos.

Presentar el listado del personal y equipo empleado por el Contratista durante el período correspondiente al informe, indicando si lo hubiere, las variaciones respecto a lo programado.

Presentar los índices de seguridad en obra, calculados a partir de los récord de accidentes que se registren durante la ejecución de los trabajos.

Se incluirá una descripción de las dificultades futuras que se prevén en la ejecución del Mantenimiento Periódico, indicando las soluciones que se propone adoptar o que ya se hubieren adoptado, sugiriendo la intervención de PROVIAS NACIONAL, si lo considera indispensable.

c. Informes Especiales

Cuando PROVIAS NACIONAL lo requiera, o cuando las circunstancias lo determinen, el Supervisor preparará informes especiales que serán presentados en original y dos (02) copias, los mismos que pueden estar comprendidos dentro de las siguientes tres categorías:

Informes solicitados por PROVIAS NACIONAL, que deben presentarse dentro de un plazo de tres (3) días hábiles.

En caso se justifique un plazo mayor o menor, PROVIAS NACIONAL establecerá el nuevo plazo.

Informes de Oficio sin que lo pida PROVIAS NACIONAL, cuando se trate de asuntos que requieran decisión o resolución de PROVIAS NACIONAL promoviendo un Expediente Administrativo; o se trate de dar a conocer a PROVIAS NACIONAL importantes acciones administrativas que haya tomado el Supervisor en el ejercicio de sus atribuciones; y que serán cursadas dentro del término de la distancia.

En estos casos, en los Informes Mensuales a manera de seguimiento se hará un recuento de las acciones tomadas.

Informe para la Recepción de los Trabajos, que deberá mostrar la situación del

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Mantenimiento Periódico para su recepción, incluyendo los resultados más relevantes de los controles de calidad de los trabajos ejecutados, incluyendo los controles del pavimento terminado, y otros que pueda requerir la Comisión de Recepción.

Este informe deberá presentarse dentro de los cinco (5) días hábiles antes de la Fecha de Recepción fijada.

d. Informe Final

Culminada la Recepción de los Trabajos, practicado el cierre de las mediciones de las cantidades de obra ejecutadas, así como la Liquidación del Contrato de Ejecución del Mantenimiento Periódico, el Supervisor en un plazo de siete (7) días hábiles deberá presentar el Informe Final, que incluirá por lo menos los siguientes documentos:

Memoria descriptiva. Cantidades de obra ejecutada. Informe final de control de calidad. Resultados económicos de la ejecución del Mantenimiento Periódico (resumen de

la liquidación del Contratista).

4.2.6 Pagos

Primera Etapa de Supervisión Técnica y Administrativa del Contrato de Mantenimiento Periódico

Esta etapa se contratará bajo el Sistema de Precios Unitarios, y los pagos serán realizados sobre la base de los servicios efectivamente prestados, por la valorización mensual que corresponda al uso racional y efectivo de los recursos realmente requeridos durante el mes, previa verificación del cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos estipulados en los numerales 8.0 y 9.0 de estos Términos de Referencia; en conformidad con la Propuesta Técnica y Económica del Supervisor, la presentación oportuna de los informes correspondientes a los meses valorizados y su aprobación (incluyendo, de ser el caso, los informes específicos de los Especialistas).

Los pagos efectuados al Supervisor se considerarán pagos a cuenta, susceptibles de

ajuste en las valorizaciones siguientes o en la Liquidación Final del Contrato de Supervisión del Mantenimiento Periódico, si fuera el caso.

Segunda Etapa de Recepción de los Trabajos y Liquidación del Contrato de Mantenimiento Periódico

De manera similar, esta etapa también se contratará bajo el Sistema de Precio Unitario, y cada uno de los pagos se realizará sobre la base de los servicios efectivamente prestados, por la valorización que corresponda al uso racional y efectivo de los recursos realmente requeridos durante los plazos para: (a) la presentación de la conformidad de la medición final de los trabajos ejecutados en el Mantenimiento Periódico (dentro de los quince días calendario de producida la Recepción Final de los Trabajos), y (b) la presentación del Informe Final, adicionándoles los períodos de revisión y aprobación por parte de PROVIAS NACIONAL; previa verificación del cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos estipulados en los numerales 8.0 y 9.0 de estos Términos de Referencia; en conformidad con la Propuesta Técnica y Económica del Supervisor, la presentación oportuna de los documentos mencionados y su aprobación, y el respaldo de los documentos de pago de los Profesionales Especialistas y Personal Técnico utilizados, y demás documentación que sustente el uso de los otros recursos para la realización de dichas labores.

En todos los casos, los montos estarán sujetos a la aplicación de los reajustes que corresponda, de acuerdo a las fórmulas establecidas en el Contrato de Supervisión.

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5.0 VALOR REFERENCIAL

El Valor Referencial del Servicio de Consultoría de Obra “Supervisión del Mantenimiento Periódico y Transitabilidad de la Carretera – Conococha (Ruta 14), 1era Etapa (1er Año)”, a desarrollarse bajo estos Términos de Referencia, es S/. 2 175 508.38 (Dos Millones Ciento Setenta y Cinco Mil Quinientos Ocho y 38/100 Nuevos Soles), incluido el IGV, con precios al mes de Octubre del 2007; según el siguiente detalle:

Supervisión de los Trabajos S/. 2 175 508,38

Primera Etapa de Supervisión Técnica y Administrativa de los Trabajos del Contrato de Mantenimiento Periódico S/. 2 082 104,83

Segunda Etapa de Recepción de los Trabajos y Liquidación del Contrato de Mantenimiento Periódicoque incluye la elaboración del informe final S/. 142 478,57

6.0 PLAZO REFERENCIAL

El Servicio de Consultoría de Obra “Supervisión del Mantenimiento Periódico y Transitabilidad de la Carretera – Conococha (Ruta 14), 1era Etapa (1er Año)””, a desarrollarse bajo estos Términos de Referencia, tiene un Plazo Referencial de trescientos sesenta (360) días calendario, según el siguiente detalle:

Supervisión de los Trabajos 360 días calendario

Etapa de Supervisión Técnica de los Trabajosy Administrativa del Contrato de MantenimientoPeriódico 300 días calendario

Etapa de Recepción de los Trabajos y Liquidacióndel Contrato de Mantenimiento Periódico 60 días calendario

7.0 RECURSOS E INFORMACION QUE PROPORCIONARA PROVIAS NACIONAL

PROVIAS NACIONAL proporcionará al Supervisor:

Apoyo en las coordinaciones que éste realice con otros sectores u otros organismos, instituciones o entidades del sector, para la prestación de sus servicios.

Toda la información necesaria que obre en su poder, y que este relacionada con el Proyecto.

8.0 RECURSOS HUMANOS Y FISICOS QUE PROPORCIONARA EL SUPERVISOR

El Supervisor deberá contar con una organización que le permita cumplir con sus obligaciones y responsabilidades, y que a su vez le deje hacer un uso efectivo de las facultades que le son conferidas en estos Términos de Referencia:

El Supervisor proporcionará y dispondrá de profesionales, técnicos, personal administrativo y personal de apoyo idóneo para el Servicio, los cuales contarán con las instalaciones y medios de transporte y comunicación necesarios para cumplir eficientemente sus obligaciones.

Todo el personal asignado al Servicio tendrá dedicación exclusiva durante el período y la oportunidad que determine el programa de ejecución de los trabajos del Contratista.

Los profesionales y técnicos que conformen el equipo del Supervisor, deberán acreditar los títulos

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profesionales correspondientes y ofrecer pruebas documentadas de la experiencia necesaria para los cargos que desempeñarán en el Proyecto, así como la habilidad para el ejercicio profesional en el caso de profesionales peruanos, mediante los Certificados otorgados por el Colegio de Ingenieros del Perú.

Podrán presentarse copias simples de los Documentos requeridos.

El Postor que obtenga la Buena Pro, deberá presentar a la firma del Contrato las copias certificadas notarialmente de dichos documentos.

Cuando se trate de profesionales extranjeros, el Postor que haya obtenido la Buena Pro entregará a PROVIAS NACIONAL, el cargo de la solicitud oficial de colegiación ante el Colegio de Ingenieros del Perú, el que será reemplazado posteriormente por el Certificado otorgado por el CIP, cuando se inicien sus servicios.

Durante el Proceso de Selección el Supervisor elaborará su Propuesta Técnica y Económica proponiendo una programación de uso de recursos en base a su experiencia y en concordancia con la información disponible (Expediente Técnico), y acorde con los requerimientos estipulados en estos Términos de Referencia.

En casos específicos podrá programarse el uso parcial de recursos durante un mes.

Una vez iniciado el Servicio y definidos el plazo y el programa de ejecución de los trabajos del Contratista, el Supervisor podrá proponer los ajustes necesarios a su programación de uso de recursos, siempre y cuando estos consideren un uso racional de los mismos; para ello tramitará su solicitud de cambios ante el Administrador de Contrato, quien podrá dar su conformidad y tramitar los presupuestos adicionales y deductivos correspondientes.

El Administrador de Contrato será responsable de evaluar permanentemente la programación de uso de recursos y verificará constantemente el uso efectivo de los mismos, con el propósito de salvaguardar el costo del Servicio.

El Supervisor deberá poner a disposición del Servicio, su propio equipo de topografía, equipos de medición de regularidad superficial (rugosidad), equipos de medición de deflexiones, equipos de medición de factores de seguridad del pavimento, equipo completo de laboratorio de acuerdo a los requerimientos del Expediente Técnico, vehículos equipados con radio transmisor-receptor, equipos de comunicaciones, etc.

Queda terminantemente prohibida la utilización de equipos del Contratista, salvo indicación expresa en estos Términos de Referencia, y solo para casos específicos.

Los recursos humanos mínimos que el Supervisor pondrá a disposición del Servicio comprenden al personal profesional y al personal técnico, los mismos que deben ingresar a laborar de acuerdo al programa de necesidades, y cumplir con los siguientes Requerimientos Técnicos Mínimos, congruentes con el objeto del Servicio,

Personal Profesional y Especialistas.

1 Ingeniero Civil Colegiado, Jefe de Supervisión.

1 Ingeniero Civil Colegiado, Especialista en Suelos y Pavimentos. 1 Ingeniero Civil Colegiado, Especialista en Estructuras y Obras de Arte.

1 Ingeniero Civil Colegiado, Metrados, Costos y Valorizaciones. 1 Ingeniero Civil o Agrícola, Especialista en Hidrología, Hidráulica y Drenaje Vial.

1 Ingeniero Civil ó Industrial, Especialista en Señalización y Seguridad Vial. 1 Profesional, Especialista en Impacto Ambiental de Obras Viales.

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1 Ingeniero Civil ó Geólogo, Especialista en Geología y/o Geotecnia

De igual forma se debe precisar que el comité especial se encargara de evaluar y calificar a todos los especialistas impartiendo criterios de razonabilidad en concordancia con las normas vigentes

Personal Técnico 2 Topógrafos 2 Técnicos laboratoristas de suelos, pavimentos y concreto hidráulico 2 Técnico auxiliar de laboratorio 1 Técnico en evaluación de deterioros 1 Técnico en medición de deflexiones y medición de factores de seguridad del pavimento 1 Técnico en medición de rugosidad 4 Ayudantes de laboratorio 4 Ayudantes de topografía 2Técnicos en Computo Personal Auxiliar

El Administrador de Contrato podrá solicitar las veces que fuere necesario, y de acuerdo al desarrollo del Servicio, la presentación de documentos que respalden la competencia del personal técnico para la aceptación de su ingreso a laborar en el Servicio.

Todo el personal asignado al Proyecto, deberá ser con carácter de dedicación exclusiva por el tiempo y en la oportunidad señalada en la Propuesta Técnica.

La participación de todos los Especialistas en la primera Etapa (horas, días o semanas), deberán sustentarse con la presentación de informes especiales sobre las inspecciones que realice durante la ejecución de los trabajos. El Supervisor deberá programar la participación de cada Especialista según los requerimientos de su Plan de Trabajo y los requerimientos que determine el programa de ejecución del Contratista.

Al inicio del Servicio, PROVIAS NACIONAL podrá solicitar cambios del personal propuesto si verifica que éste no cumple realmente con los Requerimientos Técnicos, sin perjuicio de iniciar las acciones legales a que haya lugar.

Para la prestación de los servicios de Supervisión y Control, EL SUPERVISOR utilizará el personal calificado especificado en su Propuesta Técnica, no estando permitido cambios, salvo por razones de fuerza mayor debidamente comprobadas. Para este efecto, EL SUPERVISOR deberá proponer a la Entidad con diez (10) días útiles de anticipación, el cambio de personal a fin de obtener la aprobación del mencionado cambio.

El nuevo personal profesional propuesto deberá reunir similar o mejor calificación que el profesional ofertado inicialmente.

Los recursos físicos mínimos que el Supervisor pondrá a disposición del Servicio, y que deben ingresar a laborar de acuerdo al programa de utilización de recursos serán:

Oficina equipada Equipo completo de topografía (nivel, teodolito, estación total, etc.) Laboratorio completo de Suelos, Pavimentos y Concreto de Cemento Pórtland, que incluya todo

el equipo mínimo que se indica en el Expediente Técnico Equipos e instrumentos de medición de regularidad superficial del pavimento (rugosidad),

compatibles con las metodologías de medición clasificadas como Clase 3, y de acuerdo a su propuesta técnica.

Equipos e instrumentos de medición de deflexiones en el pavimento, de acuerdo a su propuesta técnica (*)

Equipos e instrumentos de medición de factores de seguridad del pavimento, de acuerdo a su propuesta

Equipos de cómputo

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Equipos de comunicaciones Línea abierta de telefonía Vehículos en un número mínimo de tres Mobiliario de Oficina Utilería y Papelería de Oficina Materiales fungibles de topografía y laboratorio

(*) La Viga Benkelman de Doble Brazo, no incluye el camión volquete durante la Fase de Supervisión Técnica de los Trabajos y Administrativa del Contrato de Mantenimiento Periódico.

9.0 OTRAS CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO

El Supervisor esta obligado a comunicar al Administrador de Contrato el inicio de labores de todos y cada uno de los Profesionales, Especialistas y Personal Técnico que participan en el Servicio.

Ningún profesional o técnico del Supervisor, podrá ingresar a laborar en el Servicio, sin el consentimiento previo de PROVIAS NACIONAL.

El Supervisor tratará de mantener con el Contratista una relación armoniosa, profesional, colegiada y ética, que contribuya a alcanzar el objetivo principal de PROVIAS NACIONAL, cual es ejecutar el Mantenimiento Periódico y Transitabilidad de la Carretera Pativilca – Conococha (Ruta 14), 1era Etapa .

El Supervisor debe utilizar el Personal Profesional especificado en su Propuesta Técnica.

PROVIAS NACIONAL Administrador de Contrato efectuará las verificaciones correspondientes, y de ser el caso podrá exigir los cambios necesarios, aplicando las penalidades correspondientes, sin perjuicio de iniciar las acciones legales a que haya lugar.

En general PROVIAS NACIONAL no aceptará ninguna solicitud de cambios de Personal Profesional efectuada por el Supervisor, si no tienen origen en causas de Fuerza Mayor o Caso Fortuito debidamente comprobadas.

En ser estas las causas, el Supervisor deberá proponer a PROVIAS NACIONAL con diez (10) días útiles de anticipación, el cambio del profesional, a fin de obtener su aprobación. El nuevo profesional propuesto deberá cumplir con los requisitos técnicos mínimos, y reunir igual o mejor calificación que el profesional indicado en la Propuesta Técnica del Supervisor, como requisito para ser aprobado por PROVIAS NACIONAL.

Durante el desarrollo del Servicio y en cualquier momento PROVIAS NACIONAL podrá solicitar cambios del personal del Supervisor, cuando lo considere conveniente y cuando sea en beneficio del Proyecto.

El requerimiento técnico mínimo del equipo para la evaluación de la condición superficial, funcional, estructural y de seguridad del pavimento, será el que a continuación se detalla:

Evaluación de la Condición Funcional:Bump Integrator (Clase 3)

Evaluación de la Condición Estructural:Viga Benkelman u otros deflectómetros

Evaluación de la Condición de Seguridad:Péndulo TRRL y Ensayo de la Mancha de Arena

Constituirá falta grave el incumplimiento de una obligación del Servicio, y a la vez será causal de rescisión de contrato, el incumplimiento de alguno de los compromisos de utilización de equipos y tecnología ofertada en su propuesta técnica, para la evaluación de la condición superficial, medición

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de deflexiones, medición de la regularidad superficial (rugosidad), y determinación de los factores de seguridad del pavimento y para el control de calidad del pavimento terminado para la recepción de los trabajos.

Toda información empleada o preparada durante el Servicio es de carácter reservada y no podrá ser entregada a terceros sin el previo consentimiento escrito de PROVIAS NACIONAL.

El Supervisor podrá ser llamado en cualquier momento por PROVIAS NACIONAL para informar o asesorar en asuntos concernientes al Proyecto.

El Supervisor deberá absolver las consultas del Contratista con conocimiento de PROVIAS NACIONAL en todas las actividades relacionadas al Proyecto.

El Supervisor, al término de los trabajos, deberá entregar a PROVIAS NACIONAL todo el acerbo documental Técnico y Administrativo de la Ejecución del Mantenimiento Periódico, conjuntamente con la Liquidación Final y Cuadernos de Obra de Mantenimiento Periódico. Esto no eximirá al Supervisor de ser requerido posteriormente para cualquier absolución de consultas en relación con la Ejecución del Mantenimiento Periódico.

El Supervisor deberá prestar todas las facilidades a los funcionarios que designe PROVIAS NACIONAL para la revisión de los avances en la elaboración del Informe de Revisión del Expediente Técnico y en la Ejecución del Mantenimiento Periódico bajo su supervisión, y proporcionará la información que sea requerida.

El Supervisor estará sujeto a fiscalización del Administrador de Contrato que designe PROVIAS NACIONAL, quien verificará la participación de los Profesionales, Especialistas y Personal Técnico; así como la utilización de los equipos de laboratorio, topografía y otros indicados en estos Términos de Referencia, la efectiva operatividad y utilización de todos los vehículos, y en general el uso racional y efectivo de todos los recursos asignados al Servicio.

Para velar por el costo del Servicio, durante el desarrollo de todas y cada una de las etapas y fases del mismo, el Administrador de Contrato podrá ordenar la exclusión de recursos considerados por el Supervisor, si verifica o prevé que no existe o existirá un uso efectivo de los mismos.

Los Informes Mensuales del Administrador de Contrato respaldarán el pago de las Valorizaciones del Supervisor, las mismas que incorporarán como anexos, las copias de la documentación que sustente el uso de los recursos mínimos exigidos en el numeral 9.0 de estos Términos de Referencia, de acuerdo a las labores que correspondan al informe en cuestión, y de conformidad con la Propuesta Técnica del Supervisor.

Los pagos efectuados al Supervisor se considerarán pagos a cuenta, susceptibles de ajuste en las valorizaciones siguientes o en la liquidación final del contrato del Servicio, si fuera el caso.

El Supervisor no tendrá autoridad para exonerar al Contratista de ninguna de sus obligaciones contractuales, ni de ordenar ningún trabajo adicional o variación del Expediente Técnico, que de alguna manera involucre ampliación de plazo o cualquier pago extra, a no ser que medie autorización escrita y previa de PROVIAS NACIONAL.

Las sanciones por incumplimiento que puedan ser aplicadas al Supervisor comprenden no solamente las establecidas en las Bases, en estos Términos de Referencia y en el Contrato, si no además las que conforme a ley le corresponden, para lo cual PROVIAS NACIONAL iniciará las acciones judiciales pertinentes de su caso.

10.0 FACULTADES DEL SUPERVISOR

El Supervisor con relación al Contratista, se considerará como representante de PROVIAS NACIONAL.

El Supervisor no podrá dictar ninguna orden que sobrepase las atribuciones que se señalan en el Contrato de Supervisión, las Bases, la Absolución de Consultas, las Observaciones a las Bases y los

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Términos de Referencia, debiendo en caso de eventualidades inevitables justificadas, bajo responsabilidad, recabar autorización expresa de PROVIAS NACIONAL.

No obstante lo anterior, si durante el proceso de ejecución de los trabajos y/o como consecuencia de ello, se produjeran contingencias que pudieran poner en peligro la vida de personas, o la propiedad pública o privada, o que amenacen causar u ocasionen interrupciones en el tránsito vehicular comercial, el Supervisor por excepción, podrá disponer las medidas que tiendan a mitigar y/o superar dichas situaciones, debiendo coordinar con el Administrador del Contrato y dar cuenta a PROVIAS NACIONAL en el más breve plazo.

11.0 OTRAS RESPONSABILIDADES DEL SUPERVISOR

A continuación listamos otras responsabilidades que asume el Supervisor, derivadasde sus obligaciones esenciales:

El Supervisor será responsable de la calidad de los servicios que preste, de la idoneidad del personal a su cargo y de velar que los trabajos se ejecuten con óptima calidad.

El Supervisor asume plena responsabilidad por el “Informe de Revisión del Expediente Técnico”, que será producto de su revisión y optimización.

El Supervisor será responsable de hacer cumplir las especificaciones técnicas, medidas ambientales y normas de construcción, para lo que dictará las medidas adecuadas en el momento oportuno, exigiendo al Contratista su cumplimiento.

El Supervisor será responsable del Control de Calidad de los trabajos, y de la realización de las pruebas y ensayos requeridos para asegurar la mejor calidad del Mantenimiento Periódico.

Tanto el Contratista como el Supervisor utilizarán sus propios laboratorios, equipos e instrumentos para la evaluación superficial del pavimento, equipos e instrumentos de medición de deflexiones, equipos e instrumentos de medición de regularidad superficial (rugosidad), y equipos e instrumentos de medición de factores de seguridad vial del pavimento, quedando terminantemente prohibido que el Supervisor utilice el laboratorio, equipos o instrumentos del Contratista, y/o que los ensayos los hagan en forma conjunta.

Solo para el caso del equipo de medición de deflexiones, se podrá compartir el uso del camión volquete que debe proveer a obra el Contratista.El Supervisor revisará y evaluará las pruebas y ensayos de materiales realizados por el Contratista.

El Supervisor será responsable de obtener todos los seguros necesarios para su personal, según la legislación nacional aplicable, debiendo mantener la vigencia de dichos seguros en su capacidad total, hasta que los servicios pactados hayan culminado y cuenten con la aceptación de PROVIAS NACIONAL. Las pólizas, así como sus correspondientes recibos de primas, estarán a disposición de PROVIAS NACIONAL.

La provisión de oficinas, mobiliario, vehículos, equipos de comunicación, equipos o servicios de copiado, equipos de cómputo, equipos de topografía, equipos de laboratorio, equipos de evaluación superficial del pavimento, equipos de medición de deflexiones, equipos de medición de rugosidad, equipos de medición de factores de seguridad vial del pavimento que requiera el Supervisor para la prestación de su Servicio, serán responsabilidad de éste.

El Supervisor será responsable que su personal observe en todo momento las normas de seguridad vigentes en el Proyecto, debiendo todo el personal estar provistos de cascos, chalecos, botas, guantes, etc.

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