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SERVICIOS POSTALES NACIONAfcES-$,A..NIT 990.062.917-9
CORREO CERTIFICADO NACIONAL
Centro Operativo:
Orden de servicio: IPO.MEDELLIN92930B5 RN904118778CO
Nombre/ Rizón Social: MUNICIPIO DE CALDAS - MUNICIPIO DE CALDAS
D¡recctón:CR49 129 SUR B4
Refere ncl»:
Ciudid;CALDA5 ANTIOOUIA
NIT/C,C/T.f:B909B0447
Teléfono;33BQ079 Codlija PoiU I; 05544048 3
Depto:ANT[OQUIA Códlao Operativo.3004000
Nombre/ R»ión Social: CARLOS MARIO DE JESÚS COLORADO BONILLA (PQRS 1S020848100252Í
Causal Devoluciones:
No ros Idocela nudo
DesconocidoDimcclún orrada
D¡recc¡6n;CL 127 C SUR S4 13
TekCiudad ¡CALDAS ANTIOQUIA
Cádigo Poitil:055440381
DeptD:ANTIOQU!A
CódigoOperativo 300-1000
Peto Flilco(arí):200
Puso Volumétrlco(gn):0
Paso F«ctur»do[gri):20DV»lor Declarado:$0
Valor Ffete:$5.200
Cosío de maneJorSO
V»lorTotal;S5.2DQ
Dice Contener:
Pinna nombre y/o lello do quien recibe:
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CALDASP R O G R E S A
460.07
Caldas Antioquía,
SeñorCARLOS MARIO DE JESÚS COLORDO BONILLAC.C.15256368Calle 127 C Sur N°54 - 13Teléfono: 3114296358Caldas, Antioquia
Asunto: Respuesta a derecho de petición radicado 002046 PQRDS 18020848100252.
La presente es con el objetivo de dar respuesta a su derecho de petición de febrero 08 de2018 con radicado N° 002046 PQRDS 18020848100252 del Archivo Central de este EnteTerritorial, en el cual solicita: "...prescripción por indebida notificación ...".
En relación con el tema me permito allegarle copia de la Resolución NT 0000856 del 16 defebrero de 2018, por medio de la cual se resuelve una solicitud de prescripción, en el sentidode declarar probada la prescripción de las ordenes de comparendo NT 33049, API 1297,40095, 46234.
Cordialmente,
JDSE AL!íecretariiSecretan!
JANDRO ZAPATA CORREAde Despachode Transporte y Tránsito
Proyectó: Nelly Mesa
Anexo: uno (01) folio.
Alcaldía de Caldas Antioquia, carrera 48 N° 129 Sur 59. Conmutador: 3788500 exí. 200 Fax: 3388081URL: httpyA;a[dasantioqiua.gQy.co/. Facebook: alcaldíadecaldas Twitíer: @ca!dasalcald¡a
Código postal: 055440
F-GD-07
P R O G R E S A
MUNICIPIO DE CALDASSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO
OFICINA DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO
RESOLUCIÓN N° U Q Ü O o j b
'Í6 FEB 2t)18POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE UNA SOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN
La Secretaría de Transporte y Tránsito del Municipio de Caldas, en uso de sus facultades legales, y enespecial las conferidas por la Ley 136 de 1994, el artículo 52 de la Ley 336 de 1996, los artículos 140 y159 de la Ley 769 de 2002, Ley 1383 de 2010, artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario nacional,Decreto 01 de 1984, artículo 59 de la Ley 788 de 2002, Ley 1066 de 2006 y su Decreto reglamentarioN° 4473 de 2006, Decreto municipal N° 029 de 2011, y demás normas concordantes y complementarias,
yCONSIDERANDO
PRIMERO: Que los días 05 de diciembre de 2009, 22 de enero de 2010, 01 de octubre de 2010 y 31 dejulio de 2011, se le impuso al señor CARLOS MARIO DE JESÚS COLORADO BONILLA, identificadocon la cédula de ciudadanía N° 15256368 las ordenes de comparendo N° 33049, API 1297, 40095 y46234 por contravención a la ley 769 de 2002 conforme está consignado en los comparendos.
SEGUNDO: A consecuencia de lo anterior, la Secretaría de Transporte y Tránsito del Municipio deCaldas, declaró al ciudadano en cuestión contraventor de la normatívidad de tránsito, sancionándolocon una multa por valor de UN MILLÓN TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTAY NUEVE PESOS ($1,319,289).
TERCERO: Que los días 29 de octubre de 2012 y 28 de diciembre de 2012, la Secretaría de Transportey Tránsito del Municipio de Caldas, a través de la Oficina de Cobro Coactivo, con fundamento en el títuloejecutivo debidamente ejecutoriado individualizado en el anterior aparte expidió las resoluciones demandamiento de pago N° 3808, 5773 y 7375, en contra del señor CARLOS MARIO DE JESÚSCOLORADO BONILLA.
CUARTO: El señor CARLOS MARIO DE JESÚS COLORADO BONILLA el día 08 de febrero de 2018,radicó escrito dirigido a la Secretaría de Transporte y Tránsito del Municipio de Caldas N° 002046PQRDS 18020848100252, en el cual solicita la prescripción de la multa de tránsito vigente, conforme alo establecido en el artículo 159 de la ley 769 de 2002 y las demás normas concordantes ycomplementarias.
QUINTO: Que a pesar que la Administración se encuentra revestida de facultades exorbitantes para elrecaudo de créditos a su favor por motivos de interés general, como es el caso de la actuación de cobroejecutivo por jurisdicción coactiva, en la que asume los roles de juez y parte; dichas atribuciones nopueden considerarse absolutas. Es por ello, que los preceptos legales que regulan dichos procesos decobro establecen un término perentorio para llevar a cabo los actos necesarios para el pago de susacreencias, el cual se encuentra consagrado en el inciso 2 del artículo 159 de la Ley 769 de 2002,modificado por el artículo 206 del Decreto 19 de 2012, el cual reza:
Cra. 49 N° 129 Sur 84 Caldas Antioquia/ Tel. 378 85 00/Fax 338 80 8!. www.caldasantioqLiia.gov.co/ CódigoPostal 055440
F-CC-441 Vcrsiór.*: 1
CALDASP R O G R E S A
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16 FEB 2018
Las sanciones impuestas por infracciones a las normas de tránsito prescribirán en tres (3) años contadosa partir de la ocurrencia del hecho; La prescripción deberé ser declarada de oficio y se interrumpirá con¡a notificación del mandamiento de pago. La autoridad de tránsito no podrá iniciar el cobro coactivo desanciones respecto de las cuales se encuentren configurados ¡os supuestos necesarios para declararsu prescripción.
SEXTO: Que, si bien se expidió las resoluciones de mandamiento de pago, io cual en efecto interrumpióla prescripción de la obligación, éstas no fueron suficientes, ya que al contar el nuevo término queempezó a correr desde que la expedición de los mandamientos de pago, no se realizaron los actostendientes a la recuperación efectiva de la obligación, por lo tanto, esta se encuentra prescrita según loestipulado en el Articulo 159 del Código Nacional de tránsito.
En virtud de lo expuesto, la Secretaría de Transporte y Tránsito del Municipio de Caldas, a través de laUnidad de Cobro Coactivo,
R E S U E L V E
PRIMERO: DECLARAR PROBADA LA PRESCRIPCIÓN de las obligaciones contravencionales porvalor de: UN MILLÓN TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS($1,319,289), a cargo del ejecutado, CARLOS MARIO DE JESÚS COLORADO BONILLA, identificadocon la cédula de ciudadanía N° 15256368, derivada de las ordenes de comparendo N° 33049, AP11297,40095, 46234 y los intereses causados a la fecha.
SEGUNDO: REMITIR a los funcionarios competentes para realizar el respectivo descargue de laobligación prescrita, de los sistemas de información internos y externos que sean necesarios.
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE
JC SE ALEJANDRO ZAPATA CORREASecretario de Transporte y Tránsito
%Proyecto: Omaira Fernández Arrubl».- Profesional Universitaria - Cobro CoactivoReviso; Oficina Asesora Jurídica .•*
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Cra. 49 N° 129 Sur 84 Caldas Antioquia/ Tel. 378 85 00/Fax 338 80 81. www.caldasantioquia.gov.co/ CódigoPostal 055440
F-CC-44' Versión; 1