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CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA MOLINA Y EL CONSORCIO HOLAM-CSGLA PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS VERDES. Conste por el presente documento el CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL, que celebran de una parte la UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA con RUC N° 20147897406, debidamente representada por su Rector el Dr. Jesús Abel Mejía Marcacuzco identificado con DNI 06443739, designado mediante Resolución Ñ° 001-09/UNALM-AU I, con domicilio en Av. La Molina s/n, distrito de la Molina, provincia y departamento de Lima a quien en adelante se le denominará la UNALM; y, de la otra parte el Consorcio HOLAM-CSGLA integrado por las empresas HOLDING AMBIENTAL S.A.C. representada por el señor Félix Gastón Lazarte Agurto identificado con DNI 08830114, inscrita sus facultades en la Partida Registral No. 12776295 de los Registros Públicos de Lima y la empresa CARBÓN SOLUTIONS GROUP LATÍN AMERICA S.A.C., representada por el señor Kory Trapp identificado con carné de extranjería 000579281 inscrita sus facultades en la Partida Registral No. 12209090 de los Registros Públicos de Lima, señalando como domicilio común para estos efectos en Av. San Luis 1986 oficina 209 San Borja - Lima; a quien en adelante se le denominará "HOLAM-CSGLA". CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL Las partes que intervienen declaran que suscriben el presente convenio dentro del marco de las siguientes normas: Constitución Política del Perú. Código Civil de la República del Perú. Ley 23733 Ley Universitaria, sus reglamentos y estatutos. Ley 13417 Ley de Creación de la UNALM, sus Estatutos y su Reglamentos. Ley N° 29951 Ley del Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2013. Ley 28411 Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. CLÁUSULA SEGUNDA: DE LAS INSTITUCIONES f/tpi |N¡ 2.1 La UNALM es un centro de educación superior, dedicado a la enseñanza, investigación extensión y ;^ÓHAC»W- -';~ proyección social del saber y la cultura a la comunidad nacional e internacional. Para cumplir con If^s'tte, actividades académicas de formación profesional cuenta con ocho Facultades: Agronomía, ^ FSCiencias, Ciencias Forestales, Economía y Planificación, Industrias Alimentarias, Ingeniería Agrícola, Pesquería, Zootecnia, así como sus respectivos Departamentos Académicos. ^ También cuenta con su Escuela de Post-Grado para la formación de investigadores especialistas y docentes universitarios de alto nivel académico y científico. De igual manera cuenta con Institutos Regionales de Desarrollo de Costa, Sierra y Selva, Instituto de Investigación Forestal, así como unidades de apoyo y servicio donde se realizan actividades académicas, de investigación y proyección social. La UNALM es una institución con personería jurídica propia que le permite celebrar convenios de esta naturaleza para el cumplimiento de sus fines y objetivos. 2.2

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CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONALAGRARIA DE LA MOLINA Y EL CONSORCIO HOLAM-CSGLA PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE

RESIDUOS VERDES.

Conste por el presente documento el CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL,que celebran de una parte la UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA con RUC N°20147897406, debidamente representada por su Rector el Dr. Jesús Abel Mejía Marcacuzco identificadocon DNI N° 06443739, designado mediante Resolución Ñ° 001-09/UNALM-AU I, con domicilio en Av. LaMolina s/n, distrito de la Molina, provincia y departamento de Lima a quien en adelante se le denominará laUNALM; y, de la otra parte el Consorcio HOLAM-CSGLA integrado por las empresas HOLDING AMBIENTALS.A.C. representada por el señor Félix Gastón Lazarte Agurto identificado con DNI 08830114, inscrita susfacultades en la Partida Registral No. 12776295 de los Registros Públicos de Lima y la empresa CARBÓNSOLUTIONS GROUP LATÍN AMERICA S.A.C., representada por el señor Kory Trapp identificado concarné de extranjería 000579281 inscrita sus facultades en la Partida Registral No. 12209090 de los RegistrosPúblicos de Lima, señalando como domicilio común para estos efectos en Av. San Luis 1986 oficina 209 SanBorja - Lima; a quien en adelante se le denominará "HOLAM-CSGLA".

CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL

Las partes que intervienen declaran que suscriben el presente convenio dentro del marco de las siguientesnormas:

• Constitución Política del Perú.• Código Civil de la República del Perú.• Ley N° 23733 Ley Universitaria, sus reglamentos y estatutos.• Ley N° 13417 Ley de Creación de la UNALM, sus Estatutos y su Reglamentos.• Ley N° 29951 Ley del Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2013.• Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.• Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.

CLÁUSULA SEGUNDA: DE LAS INSTITUCIONES

f/tpi |N¡

2.1 La UNALM es un centro de educación superior, dedicado a la enseñanza, investigación extensión y;^ÓHAC»W- - ' ; ~ proyección social del saber y la cultura a la comunidad nacional e internacional. Para cumplir con

If̂ s'tte, actividades académicas de formación profesional cuenta con ocho Facultades: Agronomía,^ FSCiencias, Ciencias Forestales, Economía y Planificación, Industrias Alimentarias, Ingeniería Agrícola,

Pesquería, Zootecnia, así como sus respectivos Departamentos Académicos.

T̂ambién cuenta con su Escuela de Post-Grado para la formación de investigadores especialistas ydocentes universitarios de alto nivel académico y científico. De igual manera cuenta con InstitutosRegionales de Desarrollo de Costa, Sierra y Selva, Instituto de Investigación Forestal, así comounidades de apoyo y servicio donde se realizan actividades académicas, de investigación yproyección social.

La UNALM es una institución con personería jurídica propia que le permite celebrar convenios deesta naturaleza para el cumplimiento de sus fines y objetivos.

2.2

2.3 La FCF-UNALM viene conduciendo el Vivero Forestal en el campo denominado Las Viñas, asignadaspor la UNALM desde hace 48 años, en donde desde hace dos años se está ejecutando un acuerdo conla Municipalidad de La Molina para el procesamiento y transformación en Compost de los residuosverdes procedentes de las áreas verdes del distrito, contribuyendo de manera conjunta a la promoción ymejoramiento de áreas verdes del distrito y de Lima Metropolitana que posibilitarán la disminución de lacontaminación ambiental.

2.4 HOLAM-CSGLA, es un consorcio integrado por las empresas HOLDING AMBIENTAL S.A.C. y CARBÓNSOLUTIONS GROUP LATÍN AMERICA S.A.C. quienes vienen trabajando en el desarrollo tecnológicopara el procesamiento de residuos verdes de manera integral. El Consorcio propone soluciones reales aios problemas de tratamiento de residuos orgánicos ofreciendo la atractiva alternativa de la producciónde enmiendas orgánicas. El Consorcio, respaldado por tecnologías acreditadas tiene la convicción deentrar en el mercado de la valorización de desechos verdes de parques y jardines de los Municipios a finde convertir esta materia prima en un compost de alto valor agregado en el mercado peruanodisminuyendo en gran cantidad los residuos destinados a los Rellenos Sanitarios. Ambas partes estánde acuerdo en desarrollar el Proyecto Piloto para la Gestión Integral de los Residuos Verdesprocedentes de las Áreas Verdes del Distrito de La Molina y posteriormente de otros Distritos, para latransformación y producción de Compost; para lo cual acuerdan las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA TERCERA: DEL OBJETO

El objeto del presente acuerdo es la inversión, implementación y desarrollo de la gestión integral de losdesechos verdes municipales en un área específica de la UNALM, determinada dentro de los campos delvivero forestal a cargo de la FCF-UNALM, para mejorar el rendimiento actual en la producción de compost y lacapacidad de la oferta de este servicio frente a la alta demanda de la Municipalidad de La Molina.

CLÁUSULA CUARTA: DE LA ACEPTACIÓN DEL CONVENIO Y DEL OBJETIVO

Para la implementación del proyecto HOLAM-CSGLA viene haciendo coordinaciones con la Municipalidad dela Molina, entidad que será la primera en disponer sus desechos verdes municipales conforme a la nuevatecnología propuesta, a fin de asegurar un mayor abastecimiento de estos, complementario al que vienehaciendo con la FCF-UNALM.

LA FCF-UNALM, facilitará a HOLAM-CSGLA la ¡mplementación y desarrollo del proyecto en el área que está-desarrollando como vivero forestal; por lo que en la memoria descriptiva del proyecto se incluirá como parte

v '"•:'. .J,, E<; 'gntegrante el área dispuesta."'DECANATO" /'

^CLÁUSULA QUINTA.- DE LOS RESPONSABLES DEL PROYECTO Y DEL SEGUIMIENTO~A

A-'El responsable del desarrollo del proyecto de parte de HOLAM-CSGLA será el ingeniero Gastón Lazarte en sucalidad de Gerente de HOLAM-CSGLA y de parte de la FCF-UNALM el ingeniero Fernando Bulnes en sucalidad de Responsable del Vivero Forestal. Estas responsabilidades serán transferidas a las personas queocupen los cargos respectivos en cada una de las partes.

CLÁUSULA SEXTA.- DE LAS OBLIGACIONES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS FORESTALES DE LAUNALM.

La FCF-UNALM pone a disposición del Proyecto un área ubicada en los campos del Vivero Forestal a sucargo, de una extensión de 02 hectáreas con proyecciones de ir incrementándose de acuerdo con elcrecimiento del Proyecto y las proyecciones de la FCF-UNALM.

CLÁUSULA SÉTIMA.- DE LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIO HOLAM-CSGLA

HOLAM-CSGLA, se compromete en la implementación integral del Proyecto dentro del área destinada por laFCF-UNALM, conforme al plan de implementación que se detalla en el Anexo 1 que forma parte integrante delpresente documento; además será el responsable de todas las coordinaciones con la municipalidad de LaMolina y otras municipalidades con el objetivo de asegurar y garantizar el abastecimiento permanente de lamateria prima correspondiente.

Por otro lado HOLAM-CSGLA estará obligado a:

1. Facilitar a los alumnos de la UNALM a través de la infraestructura del proyecto lainvestigación técnica y profesional del tratamiento de la materia orgánica y compostaje industrial; deesta forma HOLAM-CSGLA brindará accesibilidad a la UNALM para que se de capacitación técnica yprofesional gratuita en las tareas de tratamiento de la materia orgánica y compostaje industrial dedesechos verdes en las áreas de:

a) Capacitación técnicab) Capacitación mecánicac) Capacitación agronómicad) Capacitación de la gestión de plataformas de compostajee) Capacitación en la formulación de proyectos para la obtención de "Certificados de Reducción de

Emisión de Gases de Efecto Invernadero", conocidos también como "Bonos de Carbono"generados dentro de una plataforma de Mecanismo de Desarrollo Limpio y dentro de los alcancesde la Ley 28611 - Ley General del Medio Ambiente y las demás normas anexas y conexas queintervengan.

Además HOLAM-CSGLA Propondrá a la UNALM la formación de cursos de compostaje industrial para suslumnos de agronomía, forestales, medioambiente apoyadas en prácticas in situ.on todo ello se propiciará la investigación científica de Tesis de Grado y de Doctorado en el área de

brmulación de Abonos Orgánicos para el Agro.

2. HOLAM-CSGLA pondrá a disposición del Vivero Forestal para los fines que éste estimepertinente, durante el primer año del proyecto, la cantidad de 40 Tm mensuales de compost a granel.A partir del segundo año, sobre una base de producción de 770 Tm mensuales de Compost

- - Terminado, las 40 Tm mensuales se verá incrementada con el 6% de la producción adicional.'~f> !"•

FOSES TALSS £ i ia lo señalado, ambas partes acuerdan en establecer un periodo de gracia para empezar a cumplir

rvroun?cQftífa entrega del compost; el mismo que estará sujeto a 3 meses del abastecimiento regular de la materiaprima, que inicialmente estará comprometido a los acuerdos con la Municipalidad de la Molina.

CLÁUSULA OCTAVA.- DE LA EMISIÓN DE INFORMES.

El responsable de la implementación del proyecto es HOLAM-CSGLA quien informará regularmente a la FCF-UNALM de todas las acciones y trabajos de implementación; para lo cual es necesario que la FCF-UNALM através del Vivero Forestal entregue el plano de ubicación y acceso al área destinada para el proyecto. De lamisma manera una vez entregado el plano de ubicación, HOLAM-CSGLA informará a la FCF-UNALM lafecha de inicio de las operaciones de implementación para la puesta en marcha del proyecto.

CLÁUSULA NOVENA.- DE LA DURACIÓN DEL CONVENIOEl presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y tendrá una duración de TRES AÑOS, pudiendorenovarse de mutuo acuerdo si ambas partes consideran oportuna su prosecución.

El proyecto objeto del presente Convenio podrá interrumpirse por mutuo disenso entre las partes, bien porqueconsideren los trabajos finalizados antes del período marcado, o por cualquier otra causa atendible por laspartes; en cuyo caso se deberá informar o comunicar en un plazo no menor de 90 días las causas de laresolución del acuerdo, con el fin de coordinar todo lo relativo a la finalización de éste.

HOLAM-CSG, a través del responsable del proyecto entregará a la FCF-UNALM, un informe de los resultadosobtenidos hasta el momento de la interrupción y podrá utilizar libremente dichos resultados. Queda establecidoque las maquinarias y la relación de activos y enseres que se listan en el anexo 2 y que forma parte delpresente acuerdo son de propiedad de HOLAM-CSGLA y como tal éste las retirará y/o decidirá el destino deellas en el periodo que ambas partes determinen; queda establecido que las edificaciones y mejoras delterreno quedarán a favor de la FCF-UNALM.

CLÁUSULA DÉCIMA.- DE LA CONFIDENCIALIDAD Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS.

Ambas partes se comprometen en desarrollar planes anuales de investigación, involucrando a practicantes ytesistas de la UNALM para contribuir al desarrollo y transferencia tecnológica.

Cada una de las partes se compromete a no difundir -bajo ningún aspecto-, las informaciones técnicaspertenecientes a la otra parte a las que haya podido tener acceso en el desarrollo del trabajo objeto de esteConvenio, mientras esas informaciones no sean de dominio público.

Los datos e informes obtenidos durante la realización de los proyectos conjuntos, así como los resultadosfinales, tendrán carácter confidencial. Cuando una de las partes desee utilizar los resultados parciales/finales -en parte o en su totalidad-, para su publicación como artículo, conferencia, etc.; deberá solicitar la conformidadde la otra parte por escrito, mediante comunicación escrita dirigida al responsable de ella.

La otra parte deberá responder en un plazo máximo de 5 días, comunicando su autorización, sus reservas o sudisconformidad sobre la información contenida en el artículo/conferencia. Transcurrido dicho plazo sin obtenerrespuesta, se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión.

CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Los trabajos científicos, intelectuales o creativos que ameriten un reconocimiento de la propiedadintelectual estarán sujetos a las disposiciones legales vigentes y a los instrumentos específicos que sobre

,e\r suscriban las partes, debiendo otorgarse el reconocimiento a quienes hayan intervenido en los, salvo el derecho moral del autor, el cual pertenecerá a los autores de la(s) obra(s) que llegaran a'•conforme a las disposiciones nacionales y supranacionales vigentes sobre la materia,//

~"C%ÁtíSULA DÉCIMA SEGUNDA.- DE LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO

Las partes podrán modificar el presente Convenio en cualquier momento y por mutuo acuerdo. Lasdisposiciones de la décima y siguientes subsistirán después de la terminación o conclusión de éste.

CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- DE LA CONCLUSIÓN DEL CONVENIO

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por ei presente Convenio, por una de laspartes, facultará a la otra a dar por terminado el mismo, quedando automáticamente anulados todos losderechos correspondientes sobre el objeto del proyecto. En caso de desacuerdo, las partes se someterán alarbitraje de la Cámara de Comercio de Lima.

Estando conformes con lo dispuesto en el presente Convenio, dando fe de su validez, firman por duplicado laspartes integrantes de este acuerdo, en Lima a los quince días del mes de febrero del 2013.

PORHOLAM-CSGLAIng. Félix Gastón Lazarte Agüito

UNIVERStDAt) NACIONAL AGRÁ¿/LA MOLINA

Dr. Jesús Abel Mejia MarcacuzcoRector

PQK HOLM/I-CSGLASr. Kory Trapp

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