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CONTRATO DE LOCACIN DE SERVICIOS MDO-2015
Conste por el presente documento, elCONTRATO DE LOCACIN DE SERVICIOS, que celebran de una parteLA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBOcon RUC N 20200737211, con domicilio en la Plaza de Armas S/N del Distrito de
Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento de Cusco, debidamente representado por su Gerente Municipal Abogado
JESUS QUISPE TARIFAidentificado con DNI N 42193310, con domicilio en el local Institucional de la Municipalidad ubicado en la
Plaza de Armas del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento de Cusco, quien procede en uso de las
facultades previstas en la Resolucin de Alcalda N 003-2015-A-MDO, a quien en adelante se le denominarLA MUNICIPALIDAD
y de otra parte el Seor,ROSALIO CRUZ MANCO, identificado con DNI N 25317925 Y RUC N10253179258 con domicilio real
ubicado en el sector de Pachar S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba y Departamento de Cusco; a quien en lo
sucesivo se le denominarEL LOCADOR, en los trminos contenidos en las clusulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- DE LOS ANTECEDENTES:
LA MUNICIPALIDAD, es un rgano de Gobierno Local, promueve la adecuada presentacin de los servicios pblicos locales, fomentael bienestar de los vecinos y promueve el desarrollo integral de su circunscripcin; para el cumplimiento de sus Funciones generales
y especificas exclusivas establecidas en la Ley N 27972.
EL LOCADORes persona natural.
ARTCULO SEGUNDO.- BASE LEGAL:
LA MUNICIPALIDADes un rgano de Gobierno promotor del desarrollo local, con personera jurdica de derecho pblico y plena
capacidad para el cumplimiento de sus fines regulado por los alcances de las normas legales.
El presente Contrato se celebra al amparo de las siguientes disposiciones:
Constitucin Poltica del Estado.
Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades.
Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley N 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el ao 2015.Cdigo Civil.
Dems Normas del Sistema Jurdico que resulten aplicables.
CLAUSULA TERCERA.- DE LA FINALIDAD:
LA MUNICIPALIDADpor la naturaleza de sus funciones requiere contratar los servicios, para realizar labores que se le encomienda,
que deber desempear con demostrada capacidad e idoneidad, para presentar un servicio eficiente a favor de La Municipalidad
Distrital de Ollantaytambo.
CLAUSULA CUARTA.- OBJETO DEL CONTRATO:
El Objeto del presente contrato constituye la contratacin de los servicios no subordinados deEL LOCADOR,para que realice las
labores como conductor del camin compactador para la divisin de Residuos Slidos de la Gerencia de Recursos Naturales y Medio
Ambiente.
CLAUSULA QUINTA.- DE LA DURACIN DEL CONTRATO:
Las partes acuerdan que el presente contrato de locacin de Servicios tendr un plazo de duracin determinada de tres meses,
comprendiendo de octubre a diciembre del 2015.
CLAUSULA SEXTA.-DE LA CONTRAPRESTACIN Y FORMA DE PAGO:
LA MUNICIPALIDADconviene en pagar alLOCADORpor concepto de contraprestacin la suma deS/ 1,800.00 (Mil ochocientos
con 00/100 Nuevos Soles), que se abonar en forma mensual.
LA MUNICIPALIDADrealizar el pago, previa presentacin del Recibo por Honorarios Electrnico, el informe de las labores
realizadas, por parte deEL LOCADOR,y el informe de conformidad del servicio, emitido por la Gerencia correspondiente.
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CLAUSULA SPTIMA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
Para efectos del cabal cumplimiento del presente contrato,EL LOCADORse obliga a ejecutar lo siguiente:
Se obliga a ejecutar la prestacin a su cargo en la forma ms diligente posible.
Est obligado a informar aLA MUNICIPALIDADsobre el desarrollo de los servicios contratados, cuando menos una vez por mes.
LA MUNICIPALIDADest obligada a pagar los honorarios profesionales deEL LOCADOR, en la forma y oportunidad pactadas en la
clusula sexta de este contrato.
CLAUSULA OCTAVA.- DE LA RESOLUCIN DEL CONTRATO:
El incumplimiento de cualquiera de las clausulas y estipulaciones mencionadas en el presente documento, dar lugar
indefectiblemente a la resolucin del presente contrato mediante simple comunicacin cursada por la parte afectada.
La desaparicin de la necesidad para la cual fue ContratadoEL LOCADOR.
Causales de fuerza mayor no imputables a las partes debidamente justificadas.
El incumplimiento de las Obligaciones deEL LOCADORque comprometan al normal desarrollo de las actividades o de lo estipulado
en el presente contrato.
Incompetencia, o abandono de servicio porEL LOCADOR.
Actuacin deEL LOCADORen desmedro deLA MUNICIPALIDAD.
Las causales indicadas precedentemente, no solo pueden conllevar a la resolucin del contrato, sino que permitir a LA
MUNICIPALIDAD, iniciar acciones judiciales y extrajudiciales para resarcirse del dao ocasionado, yEL CONTRATADOno podr
contratar nuevamente conLA MUNICIPALIDAD.
CLAUSULA NOVENA.- COMPETENCIA TERRITORIAL:
Las controversias que pudiera presentarse en el transcurso de la ejecucin del presente contrato se resolvern entre las partes,
previamente y concluida esta etapa sern sometidas facultativamente a la competencia de los jueces y Tribunales de la Provincia deUrubamba.
CLAUSULA DECIMA.- DECLARACIN JURADA:
EL LOCADORdeclara bajo juramento no tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con los
Funcionarios y Autoridades de la Municipalidad Distrital de Ollantaytambo, as mismo declara bajo Juramento no tener
antecedentes penales, ni judiciales, y no haber sido separado de la Administracin Pblica mediante proceso Administrativo, o
destitucin. Adems declara bajo juramento que no tiene ningn impedimento y/o incompatibilidad para contratar con LA
MUNICIPALIDAD.
CLAUSULA DECIMO PRIMERA.-DEL DOMICILIO:
Las partes sealan como sus domicilios los que se indican en la introduccin del presente contrato, conservando su validez para
todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales, quedando entendido que solo podrn variarse previa comunicacin notarialcursada a la otra parte con una anticipacin de no menor de (07) das hbiles anteriores a la variacin efectiva del domicilio.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA.-EFICACIA ANTICIPADA DEL ACTO ADMINISTRATIVO.
Al amparo del artculo 17 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444, el presente tiene eficacia anticipada en
los trminos que establece su clusula quinta.
CLAUSULA DECIMO TERCERA.- DISPOSICIONES FINALES
Se deja claramente establecido por las partes contratantes que entreLA MUNICIPALIDAD y EL LOCADOR, no existe ni puede existir
relacin laboral alguna y que en consecuenciaLA MUNICIPALIDAD, no asume ni asumir ninguna obligacin por ese concepto.
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En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambos se someten a lo establecido por las normas del Cdigo Civil y dems
del sistema jurdico que resulten aplicables.
CLAUSULA DECIMO CUARTA.- DE LA RATIFICACIN:
En la celebracin y suscripcin del presente Contrato no ha mediado vicio de voluntad alguna que anule o invalide su contenido, por
lo que en seal de conformidad y ratificacin suscriben en la ciudad de Ollantaytambo, el 01 de octubre del ao Dos Mil Quince.
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LA MUNICIPALIDAD EL LOCADOR
CONTRATO DE LOCACIN DE SERVICIOS - MDO
Conste por el presente documento, elCONTRATO DE LOCACIN DE SERVICIOS, que celebran de una parteLA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBOcon RUC N 20200737211, con domicilio en la Plaza de
Armas S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento de Cusco, debidamente
representado por su Gerente Municipal AbogadoJESUS QUISPE TARIFAidentificado con DNI N 42193310, con
domicilio en el local Institucional de la Municipalidad ubicado en la Plaza de Armas del Distrito de Ollantaytambo,
Provincia de Urubamba, Departamento de Cusco, quien procede en uso de las facultades previstas en la
Resolucin de Alcalda N 003-2015-A-MDO, a quien en adelante se le denominarLA MUNICIPALIDADy de
otra parte el Seor,LEONARDO MAMANI MEDINA, identificado con DNI N 46028264 con domicilio real ubicado
en la Comunidad Campesina de Patacancha S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba y
Departamento de Cusco; a quien en lo sucesivo se le denominarEL LOCADOR, en los trminos contenidos en
las clusulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- DE LOS ANTECEDENTES:
LA MUNICIPALIDAD, es un rgano de Gobierno Local, promueve la adecuada presentacin de los servicios
pblicos locales, fomenta el bienestar de los vecinos y promueve el desarrollo integral de su circunscripcin; para el
cumplimiento de sus Funciones generales y especificas exclusivas establecidas en la Ley N 27972.
EL LOCADORes persona natural.
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ARTCULO SEGUNDO.- BASE LEGAL:
LA MUNICIPALIDADes un rgano de Gobierno promotor del desarrollo local, con personera jurdica de derechopblico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines regulado por los alcances de las normas legales.
El presente Contrato se celebra al amparo de las siguientes disposiciones:
Constitucin Poltica del Estado.
Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades.
Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley N 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el ao 2015.
Cdigo Civil.
Dems Normas del Sistema Jurdico que resulten aplicables.
CLAUSULA TERCERA.- DE LA FINALIDAD:
LA MUNICIPALIDADpor la naturaleza de sus funciones requiere contratar los servicios, para realizar labores quese le encomienda, que deber desempear con demostrada capacidad e idoneidad, para presentar un servicio
eficiente a favor de La Municipalidad Distrital de Ollantaytambo.
CLAUSULA CUARTA.- OBJETO DEL CONTRATO:
El Objeto del presente contrato constituye la contratacin de los servicios no subordinados deEL LOCADOR,para
que realice las labores como promotor social para la divisin de saneamiento bsico de la Gerencia de Recursos
Naturales y Medio Ambiente.
CLAUSULA QUINTA.- DE LA DURACIN DEL CONTRATO:
Las partes acuerdan que el presente contrato de locacin de Servicios tendr un plazo de duracin determinada,
comprendiendo al mes de junio del 2015.
CLAUSULA SEXTA.-DE LA CONTRAPRESTACIN Y FORMA DE PAGO:
LA MUNICIPALIDADconviene en pagar alLOCADORpor concepto de contraprestacin la suma deS/ 1,200.00
(Mil doscientos con 00/100 Nuevos Soles), que se abonar en forma mensual.
LA MUNICIPALIDADrealizar el pago, previa presentacin del Recibo por Honorarios Electrnico, el informe de las
labores realizadas, por parte deEL LOCADOR,y el informe de conformidad del servicio, emitido por la Gerencia
correspondiente.
CLAUSULA SPTIMA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
Para efectos del cabal cumplimiento del presente contrato,EL LOCADORse obliga a ejecutar lo siguiente:Se obliga a ejecutar la prestacin a su cargo en la forma ms diligente posible.
Est obligado a informar aLA MUNICIPALIDADsobre el desarrollo de los servicios contratados, cuando menos
una vez por mes.
LA MUNICIPALIDADest obligada a pagar los honorarios profesionales de EL LOCADOR, en la forma y
oportunidad pactadas en la clusula sexta de este contrato.
CLAUSULA OCTAVA.- DE LA RESOLUCIN DEL CONTRATO:
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El incumplimiento de cualquiera de las clausulas y estipulaciones mencionadas en el presente documento, dar
lugar indefectiblemente a la resolucin del presente contrato mediante simple comunicacin cursada por la parteafectada.
La desaparicin de la necesidad para la cual fue ContratadoEL LOCADOR.
Causales de fuerza mayor no imputables a las partes debidamente justificadas.
El incumplimiento de las Obligaciones deEL LOCADORque comprometan al normal desarrollo de las actividades o
de lo estipulado en el presente contrato.
Incompetencia, o abandono de servicio porEL LOCADOR.
Actuacin deEL LOCADORen desmedro deLA MUNICIPALIDAD.
Las causales indicadas precedentemente, no solo pueden conllevar a la resolucin del contrato, sino que permitir
a LAMUNICIPALIDAD, iniciar acciones judiciales y extrajudiciales para resarcirse del dao ocasionado, yEL
CONTRATADOno podr contratar nuevamente conLA MUNICIPALIDAD.
CLAUSULA NOVENA.- COMPETENCIA TERRITORIAL:
Las controversias que pudiera presentarse en el transcurso de la ejecucin del presente contrato se resolvern
entre las partes, previamente y concluida esta etapa sern sometidas facultativamente a la competencia de los
jueces y Tribunales de la Provincia de Urubamba.
CLAUSULA DECIMA.- DECLARACIN JURADA:
EL LOCADORdeclara bajo juramento no tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de
afinidad con los Funcionarios y Autoridades de la Municipalidad Distrital de Ollantaytambo, as mismo declara
bajo Juramento no tener antecedentes penales, ni judiciales, y no haber sido separado de la Administracin Pblica
mediante proceso Administrativo, o destitucin. Adems declara bajo juramento que no tiene ningn impedimento
y/o incompatibilidad para contratar con LAMUNICIPALIDAD.
CLAUSULA DECIMO PRIMERA.-DEL DOMICILIO:
Las partes sealan como sus domicilios los que se indican en la introduccin del presente contrato, conservando
su validez para todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales, quedando entendido que solo podrn variarse
previa comunicacin notarial cursada a la otra parte con una anticipacin de no menor de (07) das hbiles
anteriores a la variacin efectiva del domicilio.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA.-EFICACIA ANTICIPADA DEL ACTO ADMINISTRATIVO.
Al amparo del artculo 17 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444, el presente tieneeficacia anticipada en los trminos que establece su clusula quinta.
CLAUSULA DECIMO TERCERA.- DISPOSICIONES FINALES
Se deja claramente establecido por las partes contratantes que entreLA MUNICIPALIDAD y EL LOCADOR, no
existe ni puede existir relacin laboral alguna y que en consecuenciaLA MUNICIPALIDAD, no asume ni asumir
ninguna obligacin por ese concepto.
En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambos se someten a lo establecido por las normas del
Cdigo Civil y dems del sistema jurdico que resulten aplicables.
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CLAUSULA DECIMO CUARTA.- DE LA RATIFICACIN:
En la celebracin y suscripcin del presente Contrato no ha mediado vicio de voluntad alguna que anule o invalidesu contenido, por lo que en seal de conformidad y ratificacin suscriben en la ciudad de Ollantaytambo, el 01 de
Junio del ao Dos Mil Quince.
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LA MUNICIPALIDAD EL LOCADOR
CONTRATO DE LOCACIN DE SERVICIOS MDO-2015
Conste por el presente documento, elCONTRATO DE LOCACIN DE SERVICIOS, que celebran de una parte LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBOcon RUC N 20200737211 y domicilio legal ubicado en el local del
palacio Municipal sito en la Plaza de Armas S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento de
Cusco, debidamente representado por su Gerente Municipal AbogadoJESUS QUISPE TARIFAidentificado con DNI N
42193310, quien procede en uso de las facultades previstas en la Resolucin de Alcalda N 054-2015-A-MDO, a quien en
adelante se le denominarLA MUNICIPALIDADy de otra parte la SeoritaMARCELINA HUAMAN YUCRAcon DNI N
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43664730, RUC N 10436647307 y domicilio real ubicado en la Comunidad Campesina de Chillca del Distrito de
Ollantaytambo, Provincia de Urubamba y Departamento del Cusco; a quien en lo sucesivo se le denominarLA LOCADORA,
en los trminos contenidos en las clusulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- DE LOS ANTECEDENTES:
LA MUNICIPALIDAD, es un rgano de Gobierno Local, promueve la adecuada presentacin de los servicios pblicos locales,
fomenta el bienestar de los vecinos y promueve el desarrollo integral de su circunscripcin; para el cumplimiento de sus
Funciones generales y especificas exclusivas establecidas en la Ley N 27972.
LA LOCADORAes persona natural con demostrada capacidad para efectuar los servicios para lo que se le contrata.
ARTCULO SEGUNDO.- BASE LEGAL:
LA MUNICIPALIDADes un rgano de Gobierno promotor del desarrollo local, con personera jurdica de derecho pblico y
plena capacidad para el cumplimiento de sus fines regulado por los alcances de las normas legales.
El presente Contrato se celebra al amparo de las siguientes disposiciones:Constitucin Poltica del Estado.
Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades.
Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley N 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el ao 2015.
Cdigo Civil.
Dems Normas del Sistema Jurdico que resulten aplicables.
CLAUSULA TERCERA.- DE LA FINALIDAD:
LA MUNICIPALIDADpor la naturaleza de sus funciones requiere contratar los servicios de un personal, para realizar labores
que se le encomienda, que deber desempear con demostrada capacidad e idoneidad, para presentar un servicio eficiente a
favor de La Municipalidad Distrital de Ollantaytambo.
CLAUSULA CUARTA.- OBJETO DEL CONTRATO:
El Objeto del presente contrato constituye la contratacin de los servicios no subordinados deLA LOCADORA,para que realice
las labores como coordinador de campo para la divisin de Saneamiento Bsico de la Gerencia de Recursos Naturales y Medio
Ambiente de la Municipalidad.
CLAUSULA QUINTA.- DE LA DURACIN DEL CONTRATO:
Las partes acuerdan que el presente contrato de locacin de Servicios tendr un plazo de duracin determinada de dos meses,
comprendiendo los meses de agosto y septiembre del 2015.
CLAUSULA SEXTA.-DE LA CONTRAPRESTACIN Y FORMA DE PAGO:
LA MUNICIPALIDADconviene en pagar ala LOCADORApor concepto de contraprestacin la suma deS/ 1,200.00 (Mil
doscientos con 00/100 Nuevos Soles), que se abonar en forma mensual.LA MUNICIPALIDADrealizar el pago, previa presentacin del Recibo por Honorarios Electrnico, el informe de las labores
realizadas, por parte deLA LOCADORA,y el informe de conformidad del servicio, emitido por la Gerencia correspondiente.
CLAUSULA SPTIMA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
Para efectos del cabal cumplimiento del presente contrato,LA LOCADORAse obliga a ejecutar lo siguiente:
Se obliga a ejecutar la prestacin a su cargo en la forma ms diligente posible.
Est obligado a informar aLA MUNICIPALIDADsobre el desarrollo de los servicios contratados, cuando menos una vez por
mes.
LA MUNICIPALIDADest obligada a pagar los honorarios profesionales deLA LOCADORA, en la forma y oportunidad
pactadas en la clusula sexta de este contrato.
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CLAUSULA OCTAVA.- DE LA RESOLUCIN DEL CONTRATO:
El incumplimiento de cualquiera de las clausulas y estipulaciones mencionadas en el presente documento, dar lugar
indefectiblemente a la resolucin del presente contrato mediante simple comunicacin cursada por la parte afectada.
La desaparicin de la necesidad para la cual fue ContratadaLA LOCADORA.
Causales de fuerza mayor no imputables a las partes debidamente justificadas.
El incumplimiento de las Obligaciones deLA LOCADORAque comprometan al normal desarrollo de las actividades o de lo
estipulado en el presente contrato.
Incompetencia, o abandono de servicio porLA LOCADORA.
Actuacin deLA LOCADORAen desmedro deLA MUNICIPALIDAD.
Las causales indicadas precedentemente, no solo pueden conllevar a la resolucin del contrato, sino que permitir a LA
MUNICIPALIDAD, iniciar acciones judiciales y extrajudiciales para resarcirse del dao ocasionado, yLA CONTRATADAno
podr contratar nuevamente conLA MUNICIPALIDAD.
CLAUSULA NOVENA.- COMPETENCIA TERRITORIAL:
Las controversias que pudiera presentarse en el transcurso de la ejecucin del presente contrato se resolvern entre las partes,
previamente y concluida esta etapa sern sometidas facultativamente a la competencia de los jueces y Tribunales de la
Provincia de Urubamba.
CLAUSULA DECIMA.- DECLARACIN JURADA:
LA LOCADORAdeclara bajo juramento no tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad
con los Funcionarios y Autoridades de la Municipalidad Distrital de Ollantaytambo, as mismo declara bajo Juramento no tener
antecedentes penales, ni judiciales, y no haber sido separado de la Administracin Pblica mediante proceso Administrativo, o
destitucin. Adems declara bajo juramento que no tiene ningn impedimento y/o incompatibilidad para contratar con LA
MUNICIPALIDAD.
CLAUSULA DECIMO PRIMERA.-DEL DOMICILIO:
Las partes sealan como sus domicilios los que se indican en la introduccin del presente contrato, conservando su validez
para todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales, quedando entendido que solo podrn variarse previa comunicacin
notarial cursada a la otra parte con una anticipacin de no menor de (07) das hbiles anteriores a la variacin efectiva del
domicilio.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA.-EFICACIA ANTICIPADA DEL ACTO ADMINISTRATIVO.
Al amparo del artculo 17 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444, el presente tiene eficacia
anticipada en los trminos que establece su clusula quinta.
CLAUSULA DECIMO TERCERA.- DISPOSICIONES FINALESSe deja claramente establecido por las partes contratantes que entreLA MUNICIPALIDAD y LA LOCADORA, no existe ni
puede existir relacin laboral alguna y que en consecuenciaLA MUNICIPALIDAD, no asume ni asumir ninguna obligacin por
ese concepto.
En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambos se someten a lo establecido por las normas del Cdigo Civil y
dems del sistema jurdico que resulten aplicables.
CLAUSULA DECIMO CUARTA.- DE LA RATIFICACIN:
En la celebracin y suscripcin del presente Contrato no ha mediado vicio de voluntad alguna que anule o invalide su
contenido, por lo que en seal de conformidad y ratificacin suscriben en la ciudad de Ollantaytambo, a los 03 das del mes de
agosto del ao Dos Mil Quince.
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LA MUNICIPALIDAD LA LOCADORA
CONTRATO DE LOCACIN DE SERVICIOS - MDO
Conste por el presente documento, elCONTRATO DE LOCACIN DE SERVICIOS, que celebran de una parteLA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBOcon RUC N 20200737211, con domicilio en la Plaza de
Armas S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento de Cusco, debidamente
representado por su Gerente Municipal AbogadoJESUS QUISPE TARIFAidentificado con DNI N 42193310, con
domicilio en el local Institucional de la Municipalidad ubicado en la Plaza de Armas del Distrito de Ollantaytambo,
Provincia de Urubamba, Departamento de Cusco, quien procede en uso de las facultades previstas en la
Resolucin de Alcalda N 003-2015-A-MDO, a quien en adelante se le denominarLA MUNICIPALIDADy de
otra parte la SeoritaEUGENIA CUSI ZEGARRAcon DNI N 10353427 y domicilio real ubicado en calle horno S/N
del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba y Departamento del Cusco; a quien en lo sucesivo se le
denominarLA LOCADORA, en los trminos contenidos en las clusulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- DE LOS ANTECEDENTES:
LA MUNICIPALIDAD, es un rgano de Gobierno Local, promueve la adecuada presentacin de los servicios
pblicos locales, fomenta el bienestar de los vecinos y promueve el desarrollo integral de su circunscripcin; para el
cumplimiento de sus Funciones generales y especificas exclusivas establecidas en la Ley N 27972.
LA LOCADORAes persona natural.
ARTCULO SEGUNDO.- BASE LEGAL:
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LA MUNICIPALIDADes un rgano de Gobierno promotor del desarrollo local, con personera jurdica de derecho
pblico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines regulado por los alcances de las normas legales.El presente Contrato se celebra al amparo de las siguientes disposiciones:
Constitucin Poltica del Estado.
Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades.
Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley N 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el ao 2015.
Cdigo Civil.
Dems Normas del Sistema Jurdico que resulten aplicables.
CLAUSULA TERCERA.- DE LA FINALIDAD:
LA MUNICIPALIDADpor la naturaleza de sus funciones requiere contratar los servicios, para realizar labores que
se le encomienda, que deber desempear con demostrada capacidad e idoneidad, para presentar un servicioeficiente a favor de La Municipalidad Distrital de Ollantaytambo.
CLAUSULA CUARTA.- OBJETO DEL CONTRATO:
El Objeto del presente contrato constituye la contratacin de los servicios no subordinados deLA LOCADORA,
para que realice las labores como promotora social para la divisin de saneamiento bsico de la Gerencia de
Recursos Naturales y Medio Ambiente.
CLAUSULA QUINTA.- DE LA DURACIN DEL CONTRATO:
Las partes acuerdan que el presente contrato de locacin de Servicios tendr un plazo de duracin determinada,
comprendiendo al mes de junio del 2015.
CLAUSULA SEXTA.-DE LA CONTRAPRESTACIN Y FORMA DE PAGO:
LA MUNICIPALIDADconviene en pagar a la LOCADORApor concepto de contraprestacin la suma deS/ 1,200.00
(Mil doscientos con 00/100 Nuevos Soles), que se abonar en forma mensual.
LA MUNICIPALIDADrealizar el pago, previa presentacin del Recibo por Honorarios Electrnico, el informe de las
labores realizadas, por parte deLA LOCADORA,y el informe de conformidad del servicio, emitido por la Gerencia
correspondiente.
CLAUSULA SPTIMA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
Para efectos del cabal cumplimiento del presente contrato,LA LOCADORAse obliga a ejecutar lo siguiente:
Se obliga a ejecutar la prestacin a su cargo en la forma ms diligente posible.Est obligado a informar aLA MUNICIPALIDADsobre el desarrollo de los servicios contratados, cuando menos
una vez por mes.
LA MUNICIPALIDADest obligada a pagar los honorarios profesionales deLA LOCADORA, en la forma y
oportunidad pactadas en la clusula sexta de este contrato.
CLAUSULA OCTAVA.- DE LA RESOLUCIN DEL CONTRATO:
El incumplimiento de cualquiera de las clausulas y estipulaciones mencionadas en el presente documento, dar
lugar indefectiblemente a la resolucin del presente contrato mediante simple comunicacin cursada por la parte
afectada.
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La desaparicin de la necesidad para la cual fue ContratadaLA LOCADORA.Causales de fuerza mayor no imputables a las partes debidamente justificadas.
El incumplimiento de las Obligaciones deLA LOCADORAque comprometan al normal desarrollo de las actividades
o de lo estipulado en el presente contrato.
Incompetencia, o abandono de servicio porLA LOCADORA.
Actuacin deLA LOCADORAen desmedro deLA MUNICIPALIDAD.
Las causales indicadas precedentemente, no solo pueden conllevar a la resolucin del contrato, sino que permitir
a LAMUNICIPALIDAD, iniciar acciones judiciales y extrajudiciales para resarcirse del dao ocasionado, yLA
CONTRATADAno podr contratar nuevamente conLA MUNICIPALIDAD.
CLAUSULA NOVENA.- COMPETENCIA TERRITORIAL:
Las controversias que pudiera presentarse en el transcurso de la ejecucin del presente contrato se resolvern
entre las partes, previamente y concluida esta etapa sern sometidas facultativamente a la competencia de los
jueces y Tribunales de la Provincia de Urubamba.
CLAUSULA DECIMA.- DECLARACIN JURADA:
LA LOCADORAdeclara bajo juramento no tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de
afinidad con los Funcionarios y Autoridades de la Municipalidad Distrital de Ollantaytambo, as mismo declara
bajo Juramento no tener antecedentes penales, ni judiciales, y no haber sido separado de la Administracin Pblica
mediante proceso Administrativo, o destitucin. Adems declara bajo juramento que no tiene ningn impedimento
y/o incompatibilidad para contratar con LAMUNICIPALIDAD.
CLAUSULA DECIMO PRIMERA.-DEL DOMICILIO:
Las partes sealan como sus domicilios los que se indican en la introduccin del presente contrato, conservando
su validez para todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales, quedando entendido que solo podrn variarse
previa comunicacin notarial cursada a la otra parte con una anticipacin de no menor de (07) das hbiles
anteriores a la variacin efectiva del domicilio.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA.-EFICACIA ANTICIPADA DEL ACTO ADMINISTRATIVO.
Al amparo del artculo 17 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444, el presente tiene
eficacia anticipada en los trminos que establece su clusula quinta.
CLAUSULA DECIMO TERCERA.- DISPOSICIONES FINALESSe deja claramente establecido por las partes contratantes que entreLA MUNICIPALIDAD y LA LOCADORA, no
existe ni puede existir relacin laboral alguna y que en consecuenciaLA MUNICIPALIDAD, no asume ni asumir
ninguna obligacin por ese concepto.
En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambos se someten a lo establecido por las normas del
Cdigo Civil y dems del sistema jurdico que resulten aplicables.
CLAUSULA DECIMO CUARTA.- DE LA RATIFICACIN:
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En la celebracin y suscripcin del presente Contrato no ha mediado vicio de voluntad alguna que anule o invalide
su contenido, por lo que en seal de conformidad y ratificacin suscriben en la ciudad de Ollantaytambo, el 01 deJunio del ao Dos Mil Quince.
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LA MUNICIPALIDAD LA LOCADORA
CONTRATO DE LOCACIN DE SERVICIOS - MDO
Conste por el presente documento, elCONTRATO DE LOCACIN DE SERVICIOS, que celebran de una parteLA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBOcon RUC N 20200737211, con domicilio en la Plaza deArmas S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento de Cusco, debidamente
representado por su Gerente Municipal AbogadoJESUS QUISPE TARIFAidentificado con DNI N 42193310, con
domicilio en el local Institucional de la Municipalidad ubicado en la Plaza de Armas del Distrito de Ollantaytambo,
Provincia de Urubamba, Departamento de Cusco, quien procede en uso de las facultades previstas en la
Resolucin de Alcalda N 003-2015-A-MDO, a quien en adelante se le denominarLA MUNICIPALIDADy de
otra parte la SeoritaYESICA SALLO QUISPEcon DNI N 43984015 y domicilio real ubicado en la Comunidad
Campesina de Phiry S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba y Departamento del Cusco; a
quien en lo sucesivo se le denominarLA LOCADORA, en los trminos contenidos en las clusulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA.- DE LOS ANTECEDENTES:
LA MUNICIPALIDAD, es un rgano de Gobierno Local, promueve la adecuada presentacin de los servicios
pblicos locales, fomenta el bienestar de los vecinos y promueve el desarrollo integral de su circunscripcin; para el
cumplimiento de sus Funciones generales y especificas exclusivas establecidas en la Ley N 27972.
LA LOCADORAes persona natural.
ARTCULO SEGUNDO.- BASE LEGAL:
LA MUNICIPALIDADes un rgano de Gobierno promotor del desarrollo local, con personera jurdica de derecho
pblico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines regulado por los alcances de las normas legales.
El presente Contrato se celebra al amparo de las siguientes disposiciones:
Constitucin Poltica del Estado.
Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades.Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley N 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el ao 2015.
Cdigo Civil.
Dems Normas del Sistema Jurdico que resulten aplicables.
CLAUSULA TERCERA.- DE LA FINALIDAD:
LA MUNICIPALIDADpor la naturaleza de sus funciones requiere contratar los servicios, para realizar labores que
se le encomienda, que deber desempear con demostrada capacidad e idoneidad, para presentar un servicio
eficiente a favor de La Municipalidad Distrital de Ollantaytambo.
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7/25/2019 Contratos Ultimos
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CLAUSULA CUARTA.- OBJETO DEL CONTRATO:El Objeto del presente contrato constituye la contratacin de los servicios no subordinados deLA LOCADORA,
para que realice las labores como promotora social para la divisin de saneamiento bsico de la Gerencia de
Recursos Naturales y Medio Ambiente.
CLAUSULA QUINTA.- DE LA DURACIN DEL CONTRATO:
Las partes acuerdan que el presente contrato de locacin de Servicios tendr un plazo de duracin determinada,
comprendiendo al mes de junio del 2015.
CLAUSULA SEXTA.-DE LA CONTRAPRESTACIN Y FORMA DE PAGO:
LA MUNICIPALIDADconviene en pagar a la LOCADORApor concepto de contraprestacin la suma deS/ 1,200.00
(Mil doscientos con 00/100 Nuevos Soles), que se abonar en forma mensual.LA MUNICIPALIDADrealizar el pago, previa presentacin del Recibo por Honorarios Electrnico, el informe de las
labores realizadas, por parte deLA LOCADORA,y el informe de conformidad del servicio, emitido por la Gerencia
correspondiente.
CLAUSULA SPTIMA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
Para efectos del cabal cumplimiento del presente contrato,LA LOCADORAse obliga a ejecutar lo siguiente:
Se obliga a ejecutar la prestacin a su cargo en la forma ms diligente posible.
Est obligado a informar aLA MUNICIPALIDADsobre el desarrollo de los servicios contratados, cuando menos
una vez por mes.
LA MUNICIPALIDADest obligada a pagar los honorarios profesionales deLA LOCADORA, en la forma y
oportunidad pactadas en la clusula sexta de este contrato.
CLAUSULA OCTAVA.- DE LA RESOLUCIN DEL CONTRATO:
El incumplimiento de cualquiera de las clausulas y estipulaciones mencionadas en el presente documento, dar
lugar indefectiblemente a la resolucin del presente contrato mediante simple comunicacin cursada por la parte
afectada.
La desaparicin de la necesidad para la cual fue ContratadaLA LOCADORA.
Causales de fuerza mayor no imputables a las partes debidamente justificadas.
El incumplimiento de las Obligaciones deLA LOCADORAque comprometan al normal desarrollo de las actividades
o de lo estipulado en el presente contrato.
Incompetencia, o abandono de servicio porLA LOCADORA.Actuacin deLA LOCADORAen desmedro deLA MUNICIPALIDAD.
Las causales indicadas precedentemente, no solo pueden conllevar a la resolucin del contrato, sino que permitir
a LAMUNICIPALIDAD, iniciar acciones judiciales y extrajudiciales para resarcirse del dao ocasionado, yLA
CONTRATADAno podr contratar nuevamente conLA MUNICIPALIDAD.
CLAUSULA NOVENA.- COMPETENCIA TERRITORIAL:
Las controversias que pudiera presentarse en el transcurso de la ejecucin del presente contrato se resolvern
entre las partes, previamente y concluida esta etapa sern sometidas facultativamente a la competencia de los
jueces y Tribunales de la Provincia de Urubamba.
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7/25/2019 Contratos Ultimos
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CLAUSULA DECIMA.- DECLARACIN JURADA:LA LOCADORAdeclara bajo juramento no tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de
afinidad con los Funcionarios y Autoridades de la Municipalidad Distrital de Ollantaytambo, as mismo declara
bajo Juramento no tener antecedentes penales, ni judiciales, y no haber sido separado de la Administracin Pblica
mediante proceso Administrativo, o destitucin. Adems declara bajo juramento que no tiene ningn impedimento
y/o incompatibilidad para contratar con LAMUNICIPALIDAD.
CLAUSULA DECIMO PRIMERA.-DEL DOMICILIO:
Las partes sealan como sus domicilios los que se indican en la introduccin del presente contrato, conservando
su validez para todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales, quedando entendido que solo podrn variarse
previa comunicacin notarial cursada a la otra parte con una anticipacin de no menor de (07) das hbiles
anteriores a la variacin efectiva del domicilio.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA.-EFICACIA ANTICIPADA DEL ACTO ADMINISTRATIVO.
Al amparo del artculo 17 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444, el presente tiene
eficacia anticipada en los trminos que establece su clusula quinta.
CLAUSULA DECIMO TERCERA.- DISPOSICIONES FINALES
Se deja claramente establecido por las partes contratantes que entreLA MUNICIPALIDAD y LA LOCADORA, no
existe ni puede existir relacin laboral alguna y que en consecuenciaLA MUNICIPALIDAD, no asume ni asumir
ninguna obligacin por ese concepto.
En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambos se someten a lo establecido por las normas del
Cdigo Civil y dems del sistema jurdico que resulten aplicables.
CLAUSULA DECIMO CUARTA.- DE LA RATIFICACIN:
En la celebracin y suscripcin del presente Contrato no ha mediado vicio de voluntad alguna que anule o invalide
su contenido, por lo que en seal de conformidad y ratificacin suscriben en la ciudad de Ollantaytambo, el 01 de
Junio del ao Dos Mil Quince.
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LA MUNICIPALIDAD EL LOCADOR