contrato instalacion de plantas ornamentales- j,s,g,a,c

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLOCHEGUA HUANTA - AYACUCHO Creado el 14 de Setiembre de 2000 - LEY Nº 27346 Conste por el presente documento, Contrato de Locación de Servicios, que celebran de una parte la Municipalidad Distrital de Llochegua, con Registro Único de Contribuyentes Nº 20365019879, con domicilio Legal en la Plaza Principal de Llochegua, Provincia de Huanta, Departamento de Ayacucho, debidamente representado por el Gerente Municipal Ing. EDGAR PAQUIYAURI PRADO, con D.N.I. N° 28305567, según Resolución de Alcaldía Nº 012-2011-MDLL/A de fecha 31 de enero del 2011, se aprueba las responsabilidades legales en la contratación de Bienes y Servicio al Gerente Municipal; quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD; y de la otra parte el Sr. JIMMY RAMIREZ GALVEZ, identificado con DNI 43671467, con RUC Nº 10436714675 domiciliado en la Mza. O Lote 05 San Miguel, - la Mar - Ayacucho a quien en adelante se denominara “EL CONTRATISTA”, en los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA : MARCO LEGAL El presente contrato tiene como marco legal. Ley Nº 28411; Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Ley Congreso 29951 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. Ley Nº 27972; Ley Orgánica de Municipalidades. Ley Nº 29873; Ley que modifica el D.L N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado Ley Nº 27444; Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27806; Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública Ley Nº 28015; Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña y Microempresa. Ley Nº 27633; Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional. Resolución de Alcaldía Nº 016-2012-MDLL/A, que aprueba la recomposición del Comité Especial Permanente de contrataciones. Resolución de Municipal Nº 012-2011-MDLL/A, que aprueba las responsabilidades legales en la contratación de Bienes y Servicio al Gerente Municipal. CLAUSULA SEGUNDA : ANTECEDENTES Pág.1 de 4 CONTRATO N°364 - 2013- CONTRATO DE SERVICIOS DE : INSTALACION DE PLANTAS HORNAMENTALES PARA JARDINERIA PROCESO : DIRECTO MONTO : S/. 1,200.00 PROVEEDOR : JIMMY RAMIREZ GALVEZ R.U.C: 10436714675 VIGENCIA : 20 DIAS PROYECTO :MEJORAMIENTO DE LOS SEVICIOS EDUCATIVOS EN QUINCE INSTITUCIONES EDUCATIVAS INICIALES DEL DISTRITO DE LLOCHEGUA

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Page 1: Contrato Instalacion de Plantas Ornamentales- j,s,g,A,c

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLOCHEGUAHUANTA - AYACUCHO

Creado el 14 de Setiembre de 2000 - LEY Nº 27346

Conste por el presente documento, Contrato de Locación de Servicios, que celebran de una parte la Municipalidad Distrital de Llochegua, con Registro Único de Contribuyentes Nº 20365019879, con domicilio Legal en la Plaza Principal de Llochegua, Provincia de Huanta, Departamento de Ayacucho, debidamente representado por el Gerente Municipal Ing. EDGAR PAQUIYAURI PRADO, con D.N.I. N° 28305567, según Resolución de Alcaldía Nº 012-2011-MDLL/A de fecha 31 de enero del 2011, se aprueba las responsabilidades legales en la contratación de Bienes y Servicio al Gerente Municipal; quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD; y de la otra parte el Sr. JIMMY RAMIREZ GALVEZ, identificado con DNI Nº 43671467, con RUC Nº 10436714675 domiciliado en la Mza. O Lote 05 San Miguel, - la Mar - Ayacucho a quien en adelante se denominara “EL CONTRATISTA”, en los términos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA: MARCO LEGALEl presente contrato tiene como marco legal.

Ley Nº 28411; Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Ley Congreso 29951 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. Ley Nº 27972; Ley Orgánica de Municipalidades. Ley Nº 29873; Ley que modifica el D.L N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado Ley Nº 27444; Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley Nº 27806; Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública Ley Nº 28015; Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña y Microempresa. Ley Nº 27633; Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional. Resolución de Alcaldía Nº 016-2012-MDLL/A, que aprueba la recomposición del Comité Especial

Permanente de contrataciones. Resolución de Municipal Nº 012-2011-MDLL/A, que aprueba las responsabilidades legales en la

contratación de Bienes y Servicio al Gerente Municipal.

CLAUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES

Con fecha 21/10/2013, a través del INFORME Nº 192-2013/MDLL/SGIELO/JACE-RO, la UNIDAD DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES autoriza la contratación de los SERVICIOS PARA LA INSTALACION DE PLANTAS HORNAMENTALES PARA JARDINERIA de la Obra: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS EN QUINCE INSTITUCIONES EDUCATIVAS INICIALES DEL DISTRITO DE LLOCHEGUA”.

CLAUSULA TERCERA: DISPOSICIONES GENERALES

LA MUNICIPALIDAD, es el órgano de Gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven una adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de la circunscripción.

CLAUSULA CUARTA: DE LA NATURALEZA Y OBJETO

LA MUNICIPALIDAD, con el objetivo de responder a las necesidades y expectativas de acuerdo al Plan Operativo Institucional Programado para el año 2013, tiene previsto la ejecución del Proyecto:

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CONTRATO N°364 - 2013-MDLL/UASA

CONTRATO DE SERVICIOS

DE : INSTALACION DE PLANTAS HORNAMENTALES PARA JARDINERIAPROCESO : DIRECTOMONTO : S/. 1,200.00PROVEEDOR : JIMMY RAMIREZ GALVEZ R.U.C: 10436714675VIGENCIA : 20 DIASPROYECTO : MEJORAMIENTO DE LOS SEVICIOS EDUCATIVOS EN QUINCE INSTITUCIONES

EDUCATIVAS INICIALES DEL DISTRITO DE LLOCHEGUACOMPONENTE : I.E.I. CORAZON PATA.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLOCHEGUAHUANTA - AYACUCHO

Creado el 14 de Setiembre de 2000 - LEY Nº 27346

“MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS EN QUINCE INSTITUCIONES EDUCATIVAS INICIALES DEL DISTRITO DE LLOCHEGUA”, como Maestro contratista.

El CONTRATISTA, es una Persona Natural, profesional independiente y competente con experiencia. En razón de las causas objetivas señaladas en el presente, la Municipalidad contrata los servicios del mencionado Profesional por reunir los requisitos mínimos exigidos, como Maestro contratista de acuerdo al Expediente Técnico del Proyecto: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS EN QUINCE INSTITUCIONES EDUCATIVAS INICIALES DEL DISTRITO DE LLOCHEGUA”,

CLAUSULA QUINTA: DE LOS HONORARIOS PROFESIONALES

- El monto a percibir es la suma de S/.1,200.00 (Mil Doscientos con 00/100 NUEVOS SOLES). - La contabilización de los días serán de acuerdo a los Días Trabajados.- La retribución del CONTRATISTA será cancelado en la culminación del trabajo suscrito en este contrato,

Según el detalle:

ITEM DESCRIPCION CANTIDAD COSTO UNITARIO TOTAL01 INSTALACION DE PLANTAS

HORNAMENTALES PARA JARDINERIA1 1,200.00 1,200.00

AFECTACION:

FTE. FTO. : 13 DONACIONE SY TRANSFERENCIAS.PPTO : 2013FUNCIÓN : 22 EDUCACIONDIVISION FUNC : 047 EDUCACION BASICAGRUPO FUNC : 0103 EDUCACION INICIAL

PROYECTO :2115384 MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS EN QUINCE INSTITUCIONES EDUCATIVAS INICIALES DEL DISTRITO DE LLOCHEGUA

META :0001 MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS EN QUINCE INSTITUCIONES EDUCATIVAS INICIALES DEL DISTRITO DE LLOCHEGUA-HUANTA-AYACUCHO

OBRA : 4000035 MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE EDUCACION INICIAL

CLAUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

EL MAESTRO, se compromete a cumplir sus obligaciones con eficiencia, aplicando para tal fin toda su experiencia y capacidad. Así mismo deberá ejercer las funciones propias de su cargo con la mayor diligencia y responsabilidad.Los servicios de INSTALACION DE PLANTAS HORNAMENTALES PARA JARDINERIA, los cuales cubrirán el tiempo total de la ejecución de la obra y plazos correspondientes hasta la culminación de los estipulados en el presente Contrato, de la obra de la I.E.I. CORAZON PATA, Teniendo las siguientes funciones que a continuación se detalla:

a. El contratista deberá entregar los avances diarios para el adecuado llenado del cuaderno de obra.b. Elaborar el listado de insumos que requiera la obra, correspondiente al avance programado durante

el mes de ejecución de obra en estricta sujeción de lo establecido con el expediente técnico, en coordinación con el Residente Auxiliar.

c. El Maestro contratista, será el responsables de la correcta INSTALACION DE PLANTAS HORNAMENTALES PARA JARDINERIA, acorde a las especificaciones técnicas del expediente técnico, a la normatividad vigente referente a procesos constructivos.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLOCHEGUAHUANTA - AYACUCHO

Creado el 14 de Setiembre de 2000 - LEY Nº 27346

d. Dirigir la ejecución de los trabajos encomendados en el presente contrato, de la zona encomendada, y absolver consultas que le formulen los Operarios en la obra.

e. Garantizar la calidad de la INSTALACION DE PLANTAS HORNAMENTALES PARA JARDINERIA observando las especificaciones técnicas descritas en el expediente técnico.

f. Cautelar estrictamente el cumplimiento de las normas que garanticen la ejecución de la obra sin alterar la ecología del lugar.

g. Su actuación debe ajustarse al contrato, no teniendo autoridad para modificarlo.h. Entrega de reporte diario del avance de obra (por partidas)i. Manejo y control del personal por cuadrillas.j. Otras funciones, que sea asignada por la Residencia del Proyecto y/o Supervisión.

CLAUSULA SEPTIMA: PLAZO DE VIGENCIA

El plazo de duración del contrato tiene vigencia de 20 días calendarios contados, a partir del (21 de Octubre al 09 Noviembre del 2013).

CLAUSULA OCTAVA: SANCIONES Y PENALIDADES

Por incumplimiento de una de las cláusulas las partes acuerdan que todos los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieren a su nulidad e invalidez, serán resueltos mediante conciliación y/o arbitraje, bajo la organización y administración de los órganos del sistema nacional de conciliación y arbitraje del OSCE y de acuerdo con su Reglamento.

CLAUSULA NOVENA: DE LA RESOLUCIÓN

El presente contrato podrá resolverse por incurrir en una de las clausulas siguientes:- Por incumplimiento total o parcial del contrato.- Por no permanecer en el Proyecto y/o participación establecida.- Por incurrir en hechos dolosos que afecten el incumplimiento del presente contrato.- Causas de fuerza mayor debidamente comprobadas.

CLAUSULA DECIMA: DE LAS MODIFICACIONES CONTRACTUALES

Las partes acuerdan Expresamente que el presente contrato podrá ser modificado por acuerdo entre las partes, con la conformidad de la Municipalidad o iniciativa del Concejo Municipal a través del Adenda respectiva.

Las partes declaran que en la suscripción no ha mediado vicio alguno que lo haga nulo o anulable y en señal de conformidad suscriben este contrato por Cuadruplicado en el Distrito de Llochegua, a los 21 días del mes de Octubre del Año Dos Mil Trece.

LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATISTA

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