contrato de seguro
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CONTRATO DE SEGURO
Derecho Mercantil III
• DEFINICION
Es el documento por virtud de la cual se crea una relación jurídica en la cual la empresa a aseguradora se obliga contra el pago de una prima a indemnizar al asegurado, en los términos convenidos.
CONTRATO DE SEGURO
Elementos Personales
Asegurador:
Es persona jurídica que asume los riesgos.
Asegurado:
Es la persona que obrando a cuenta propia o ajena, traslada los riesgos.
Beneficiario:
En virtud de quien toma un seguro puede estipularlo por cuenta de un tercero .
• CARACTERISTICAS CONTRATO DE SEGURO
Aleatorio: es aleatorio porque se refiere a la indemnización de una pérdida o de un daño producido por un acontecimiento o un hecho incierto.
Bilateral:
Por que origina derechos y obligaciones recíprocas entre asegurador y asegurado.
Consensual:
Es consensual porque se perfecciona por el mero consentimiento de las partes y produce sus efectos desde que se ha realizado la convención.
• Por escrito:
En virtud que se perfecciona a través de la aceptación por escrito del asegurador. Art.1350com.
• Oneroso:
Porque tiene por objeto los ambos contratantes grabándose uno a beneficio del otro.
De tracto sucesivo: Porque las obligaciones a cargo de los contratantes, no se agotan cundo se suscribe el contrato si no que apenas se inician, pues antes de que se llegue a presentar el siniestro las obligaciones corren a cargo de los mismos y después de presentar donde surge las de
la aseguradora.
• Adhesión:Se consideran de adhesión por que la oferta, va dirigida a persona indeterminada, tienen un carácter general y permanente y se presenta frecuentemente impresa. La oferta emana generalmente de una persona natural o jurídica que goza de un monopolio de hecho o de derecho.
• La buena fe: Que es la ausencia de la intención dolosa de ánimo de defraudar. Así, las partes deben de respetar este principio en la celebración y en la ejecución, como en
todos los contratos.
• Es típicamente mercantil:
Porque el contrato de seguro son actos de comercio siempre que sean hechos por empresas. Así las empresas que se organicen y funcionen como instituciones de seguro pueden contratar el seguro.
Tipos de Seguro
• Seguro de contra daños
Tiene por objeto restaurar el daño patrimonial sufrido por el asegurado. Es un prototipo de seguro económico obliga al asegurador a entregar una suma de dinero indemnizatoria en caso de producirse el siniestro. Art.1386 – 1409 Com.
Seguro de Transporte
• Es el que tiene por objeto asegurar contra riesgos de transporte, todos los medios de locomoción terrestre. Art.1422-1427 Com.
Seguro de Responsabilidad
• En este contrato, el asegurador se compromete a cubrir el riego de que nazca, a carga del asegurado, la obligación de indemnizar a un tercero a los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato de seguro Art.1422-1427 Com.
Seguro de Crédito
• El asegurador se obliga a indemnizar al asegurado las perdidas finales que experimente a consecuencia de al insolvencia definitiva de sus deudores. Art.1433Com.
Seguro de Deuda
• Tiene por objeto proteger a un deudor contra circunstancias imprevistas que le impiden pagar un crédito a su cargo . Art. 1434 -1438 Com.
Seguro de vehículos automotores
Este puede comprender el pago de la indemnización que corresponda a los daños o pérdidas del automotor, a los daños y perjuicios causados a la propiedad ajena o a terceras personas con motivo del uso del vehículo Art.1439-1440 Com.
Seguro de Navegación
Se aplica a la navegación aérea como al marítima sea de cabotaje o de alto bordo, es decir, se trata de naves que únicamente navegan cerca de costas o se trate de naves que lo hacen en altamar. Art.1441-1457 Com.
Seguro de Personas
• Lo asegurado en este caso es cualquier riesgo que pueda afectar la integridad personal o la salud del asegurado, por lo que se le conoce como seguro de suma o seguro de capital, prefijado unilateralmente por el asegurado al contratar la cobertura. Art.1458.Com.
• Generalidades del contrato de seguro
Póliza
• Constituye un documento probatorio de naturaleza mercantil para el caso prueba del contrato de de seguro, simple y llanamente es el documento que contiene la mención de las partes y sus derechos y obligaciones fundamentales Art.1352 Com.
Riesgo
• Es la probabilidad, proximidad de un daño. Esa además un elemento aleatorio en el contrato de seguro , que obliga al asegurado, mientras no se produzca a abonar a la prima , y al asegurador a reparar los daños.
Prima
Es la cantidad de dinero de una sola vez o periódicamente paga el asegurado al asegurador, como contraprestación del riesgo que constituye el objeto del seguro. Art. 1363 Com
Indemnización
Resarcimiento económico del daño o perjuicio causado, desde el punto de vista del culpable, y del que se ha percibido desde la victima. Art.1367 Com. , 99 de la Ley de Seguros .
CONTRATO DE SEGURO
CONTRA INCENDIO
• DEFINICION
Se celebra entre la empresa aseguradora y el asegurado y tiene por objeto proteger bienes del asegurado contra la destrucción, total o parcial, ocasionada por el contrato directo del fuego.
Incendio :
Es combustión y el abrasamiento con llama, capaz de propagarse de u objeto u objetos que no están destinados a ser quemados en el lugar y momento en que se produce
• Características
Contrato de seguro contra Incendio
No responsabilidad del asegurador.
El asegurador, salvo convenio en contrario, no responderá de las pérdidas o daño causador por la sola acción del calor o por el contacto directo o inmediato del fuego.
• Valor indemnizable. En el seguro de que se trata será valor indemnizable: productos naturales, el precio corriente en plaza, trabajo y máquinas, la suma que exigiría la adquisición de nuevos objetos
• Siniestro parcial. Si el siniestro fuere parcial, cualquiera de las partes podrá resolver el contrato para accidentes ulteriores, con previo aviso de un mes
• Cobro de indemnización.
Para el cobro de la indemnización del seguro contra incendio, deberá cumplirse el trámite judicial correspondiente.