contrato de compra venta por acervo

3
CONTRATO DE DONACIÓN DE ACERVO BIBLIOGRÁFICO, QUE CELEBRAN: POR UNA PARTE, LA FACULTAD DE PLANEACIÓN URBANA Y REGIONAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO, REPRESENTADA POR SU DIRECTOR M. EN P. D. U. FRANCISCO JAVIER ROSAS FERRUSCA; Y POR LA OTRA, C. MA. TERESA RIVEROLL DE ARIAS, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO “EL DONATARIO Y “EL DONANTE, RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES: D E C L A R A C I O N E S I. “EL DONATARIO” 1. Que es un organismo académico de la Universidad Autónoma del Estado de México, que tiene como fines: formar profesionales; realizar investigaciones y extender los beneficios de la cultura en el área de planeación urbana y regional; así como planear, organizar, definir, impartir, vigilar y evaluar los estudios de licenciatura y estudios avanzados; y promover y llevar a cabo actividades de difusión cultural y extensión universitaria. 2. Que el M. en P. D. U. Francisco Javier Rosas Ferrusca, es Director de la Facultad en Planeación Urbana y Regional, con las facultades y obligaciones establecidas en la legislación universitaria y cuenta con el mandato especial que lo autoriza para suscribir el presente contrato, otorgado por el Dr. en A. P. José Martínez Vilchis, Rector de la Universidad Autónoma del Estado de México. 3. Que señala como su domicilio el ubicado en Mariano Matamoros sur casi esquina con Paseo Tollocan s/n, código postal 50130, Toluca de Lerdo, Estado de México. II. DE “EL DONANTE” 1. Que la C. Ma. Teresa Riveroll de Arias, en nombre del M. en C. Rafael F. Arias Valdés, quien falleció recientemente, bajo protesta de decir verdad, declara que es su voluntad y la de su familia donar libros relacionados con los programas de estudio que imparte la Facultad de Planeación Urbana y Regional de la Universidad Autónoma del Estado de México. 2. Que la C. Ma. Teresa Riveroll de Arias, tiene como R.F.C. RIGT500510. 3. Que señala como domicilio el ubicado en J.V.VILLADA # 434 CASA 3. COL. FRANCISCO MURGUIA. CP.50130 TOLUCA, EDO. DE MEXICO.

Upload: alex-pegaso-silva

Post on 16-Feb-2015

296 views

Category:

Documents


6 download

TRANSCRIPT

CONTRATO DE DONACIÓN DE ACERVO BIBLIOGRÁFICO, QUE CELEBRAN: POR UNA PARTE, LA FACULTAD DE PLANEACIÓN URBANA Y REGIONAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO, REPRESENTADA POR SU DIRECTOR M. EN P. D. U. FRANCISCO JAVIER ROSAS FERRUSCA; Y POR LA OTRA, C. MA. TERESA RIVEROLL DE ARIAS, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO “EL DONATARIO Y “EL DONANTE, RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE LAS

SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

I. “EL DONATARIO” 1. Que es un organismo académico de la Universidad Autónoma del Estado de

México, que tiene como fines: formar profesionales; realizar investigaciones y extender los beneficios de la cultura en el área de planeación urbana y regional; así como planear, organizar, definir, impartir, vigilar y evaluar los estudios de licenciatura y estudios avanzados; y promover y llevar a cabo actividades de difusión cultural y extensión universitaria.

2. Que el M. en P. D. U. Francisco Javier Rosas Ferrusca, es Director de la

Facultad en Planeación Urbana y Regional, con las facultades y obligaciones establecidas en la legislación universitaria y cuenta con el mandato especial que lo autoriza para suscribir el presente contrato, otorgado por el Dr. en A. P. José Martínez Vilchis, Rector de la Universidad Autónoma del Estado de México.

3. Que señala como su domicilio el ubicado en Mariano Matamoros sur casi

esquina con Paseo Tollocan s/n, código postal 50130, Toluca de Lerdo, Estado de México.

II. DE “EL DONANTE” 1. Que la C. Ma. Teresa Riveroll de Arias, en nombre del M. en C. Rafael F. Arias

Valdés, quien falleció recientemente, bajo protesta de decir verdad, declara que es su voluntad y la de su familia donar libros relacionados con los programas de estudio que imparte la Facultad de Planeación Urbana y Regional de la Universidad Autónoma del Estado de México.

2. Que la C. Ma. Teresa Riveroll de Arias, tiene como R.F.C. RIGT500510. 3. Que señala como domicilio el ubicado en J.V.VILLADA # 434 CASA 3. COL.

FRANCISCO MURGUIA. CP.50130 TOLUCA, EDO. DE MEXICO.

III. DESCRIPCIÓN DEL ACERVO BIBLIOGRÁFICO QUE SE OTORGARÁ EN DONACIÓN Se donarán 200 libros y 15 textos (autoria del Ing. Arias Valdés), y 85 revistas, todos estos documentos relacionados con las materias que se imparten en la Facultad de Planeación Urbana y Regional. En virtud de las declaraciones anteriores, las partes están anuentes en celebrar el presente contrato, el cual se rige de conformidad con lo establecido en los artículos 2186, 2194, 2198 del Código Civil vigente en el Estado de México, 1, 2, 5, 10, 11, 12, 21, 24 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Derechos de Autor, al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S PRIMERA “EL DONANTE” transmite a título gratuito y hace formal donación a “EL DONATARIO” del acervo bibliográfico referido en la declaración III de este contrato, quien recibe la propiedad de las piezas en buen estado de conservación y da conformidad de ello con la suscripción del presente contrato. SEGUNDA “EL DONANTE” se compromete en entregar y “EL DONATARIO” a recibir, el acervo bibliográfico objeto del presente contrato, en la fecha de firma de este instrumento, levantando el acta correspondiente y designando como responsables para la entrega y recepción a las siguientes personas: por “EL DONANTE” a la C. Ma. Teresa Riveroll De Arias, por “EL DONATARIO” al M. en P. D. U. Francisco Javier Rosas Ferrusca. TERCERA “EL DONATARIO” se compromete a resguardar, exhibir y facilitar la consulta del acervo bibliográfico en donación, permanentemente, no pudiendo ser transferido, enajenado o regalado bajo ningún concepto. CUARTA “EL DONATARIO” se compromete a destinar el acervo bibliográfico objeto del presente contrato, para su exhibición en la Biblioteca “Luis Unikel” y a poner toda la diligencia en la conservación del acervo otorgado en donación, manteniéndolo dentro de las debidas condiciones de seguridad y protección. “EL DONATARIO” se compromete a realizar todas aquellas actividades de difusión del acervo bibliográfico, motivo del presente contrato.

QUINTA Los gastos que este contrato de donación cause como embalaje y transportación, estarán a cargo de “EL DONANTE”. SEXTA Las cuestiones no previstas en este contrato serán resueltas de común acuerdo entre las partes en forma administrativa. SÉPTIMA Las partes acuerdan que en el presente contrato, no existe error, dolo, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiesen implicar inexistencia o nulidad del mismo. OCTAVA Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales de la ciudad de Toluca, Estado de México, o bien ante aquellos que por razón de su competencia pudiera corresponderles, renunciando a cualquier otro fuero que por razón de su domicilio pudiera corresponderles. LEÍDO EL PRESENTE CONTRATO POR LAS PARTES Y ENTERADAS DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, LO FIRMAN POR DUPLICADO AL MARGEN DE TODAS LAS HOJAS, A EXCEPCIÓN DE LA ÚLTIMA QUE SE FIRMA AL CALCE, DE CONFORMIDAD Y PARA DEBIDA CONSTANCIA, CORRESPONDIENDO UN EJEMPLAR PARA CADA UNA DE ELLAS, EN LA CIUDAD DE TOLUCA DE LERDO, ESTADO DE MÉXICO, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

POR “EL DONATARIO”

M. EN P. D. U. FRANCISCO JAVIER ROSAS FERRUSCA

DIRECTOR

POR “EL DONANTE”

C. MA. TERESA RIVEROLL DE ARIAS