contrato antavilca

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ffi ,i.. ,t Conste por el presente documento, el Contrato de Construcción del Proyecto "Mejoramiento de la Oferta Hídrtca para Riego en la §ección de Riego Antavilca, distrito de Quilahuani - Candarave - Tacna" (en adelante, el "CONTRATO') que celebran de una parte, ASOGIACIÓH CUIL AYUDA DEL COBRE, identificada con R.U.C. No 20515179381, inscritia en la Partida Electrónica N" 110181119 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Moquegua, debidamente representada por el Presidente del Conseio Directivo, lng. Oscar González Rocha, identificado con C.E. No 000073949, con domicilio para estos efectos en Av. Caminos del lnca No 171, Chacarilla del Estanque, Santiago de Surco, Lima (en adelante, Ia "CONTRATANTE"); y de la otra parte, la Empresa CON§ORCIO CAPANIQUE (conformado por el §r. Eduardo Hanry Vargas Luque y la Empre*a Gonstn:cciones eapanique §.R.t) *on RUC No 205332538S6, con domicilio legal en Calle Miller Nro. 380, Distrito, Proüncia y Departamento de Tacna, debidamente representado por su ¡epresentante legal común, Sr. Eduardo Henry Vargas Luque, identtficado con DNI N" 00477872, (en adelante el trárlÉlf,lTl:rtTleTñ'\ an lao láminao ¡r ¡anái¡innao ¡i¡r rianla¡. vvlt I l§ l av ¡ñ rt 9ra rgd rgtlrr¡rrvg, gvrlv¡grg¡t9ü Jtugttaravg. CLAU§ULA PRTMERA ANTECEDENTE§ 1.1 Como consecuencia del proceso de selección llevado a cabo con la participación de la Municipalidad Distrital de Quilahuani, la CONTRATANTE tiene previsto la Construcción del Proyecto "Mejoramiento de la Oferta Hídrica para Riego en la Sección de Riego Antavilca, distrito de Quilahuani - Candarave - Tacna' (en adelante eI"PROYEGT(I'), para uso de la comunidad. Que la CONTRATANTE está encargada de la administración y coordinación durante elproceso de desanollo de contratación, controlpresupuestale inspección del FROYECTO, hasta su entrega final. 1.2 cgNTRAl'O DE OBRA CANDARAVE - TACñIA"

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MODELO DE CONTRATO

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  • ffi

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    Conste por el presente documento, el Contrato de Construccin del Proyecto"Mejoramiento de la Oferta Hdrtca para Riego en la eccin de Riego Antavilca, distrito deQuilahuani

    - Candarave

    - Tacna" (en adelante, el "CONTRATO') que celebran de una

    parte, ASOGIACIH CUIL AYUDA DEL COBRE, identificada con R.U.C. No20515179381, inscritia en la Partida Electrnica N" 110181119 del Registro dePersonas Jurdicas de la Oficina Registral de Moquegua, debidamente representadapor el Presidente del Conseio Directivo, lng. Oscar Gonzlez Rocha, identificado conC.E. No 000073949, con domicilio para estos efectos en Av. Caminos del lnca No 171,Chacarilla del Estanque, Santiago de Surco, Lima (en adelante, Ia "CONTRATANTE");y de la otra parte, la Empresa CONORCIO CAPANIQUE (conformado por el r. EduardoHanry Vargas Luque y la Empre*a Gonstn:cciones eapanique .R.t) *on RUC No205332538S6, con domicilio legal en Calle Miller Nro. 380, Distrito, Proncia yDepartamento de Tacna, debidamente representado por su epresentante legal comn, Sr.Eduardo Henry Vargas Luque, identtficado con DNI N" 00477872, (en adelante eltrrllf,lTl:rtTleT'\ an lao lminao r aniinnao ir rianla.vvlt I l l av rt 9ra rgd rgtlrrrrvg, gvrlvgrgt9 Jtugttaravg.

    CLAUULA PRTMERA ANTECEDENTE1.1 Como consecuencia del proceso de seleccin llevado a cabo con la participacin

    de la Municipalidad Distrital de Quilahuani, la CONTRATANTE tiene previsto laConstruccin del Proyecto "Mejoramiento de la Oferta Hdrica para Riego en laSeccin de Riego Antavilca, distrito de Quilahuani

    - Candarave

    - Tacna' (en

    adelante eI"PROYEGT(I'), para uso de la comunidad.

    Que la CONTRATANTE est encargada de la administracin y coordinacindurante elproceso de desanollo de contratacin, controlpresupuestale inspeccindel FROYECTO, hasta su entrega final.

    1.2

    cgNTRAl'O DE OBRA

    CANDARAVE -

    TACIA"

  • da del Cobre

    7-

    CLAUSULA EGUNDA: DEFINICIONES Y BASE LE9AL2.1 EEE!!!9NE:ADMINISTRADOR: ElAdministrador del CONTRATANTE tendr come responsabilidad laAdministracin y Coordinacin del PROYECTO n su conjunto. Es el representante delCONTRATANTE para el prcsente CONTRATO. Cuando $e haga referencia alCONTRATANTE, dicha funcin, obligacin o accin pod ser llevada a cabo por elAdministrador o por la CONTRATANTE directamente. El Administrador actuar enrepresentacin del CONTRATATE para todos los efectos del CONTRATO, salvo cuandose requiere autorizacin elpresa del CONTRATANTE, portratarse de una modificacin delCONTRATO.

    BAE; Son las Bases del Poceso de Seleccin mnvocado por la CONTRATANTE

    CONTRATANTE: lnversionista que suscribir el Conwnio de lnversin Pblica con LaMunicipalidad Distrital de Quilahuani {en adelante la'MUNICIPALIDAD"} para la ejecucindel PROYECTO.

    GONTRAITA: La empresa especializada en la elaboracin de expedientes tcnicos yen la ejecucin de Ia obra que suscribe el presente CONTRATO.

    CONVENIO: Es el Convenio suscrito entre la MUNICIPALIDAD y la empresa privada (enadelante eICONVENIO).

    ORS: Los plazos eryresados en das, se refieren a das calendarios, safuo que se sealeexpreeamente que se trata de dlas hbiles.

    M UNICIPALIDAD: Es la Municipalidad Distrital de Quilahuani.

    PROYECTO: Obra de Construecin del Proyecto "Meioramiento de la Oferta Hdrica paraRiego en la $eccin de Riego Antavilm, distrito de Quilahuani

    - Candarave

    - Tacna".

  • a del Cobre

    SUPERVI|I; es la empresa contratada por la IilU{ICIPALIDAD parula verificacin dela ejecucin del FROYECTO y de sus respectivas etapas, conforme a lo establecido en elEryediente Tcnico coneepondiente, trminos de Referencia, Bases del PROYEGTO.

    2.2 BAE LFGArr:Lo no previsto en el presente CONTRATO se regir supletoriamente con las siguientesnormas en cuanto le fuera aplicable:

    2.2.1 Ley 27972, Ley Orgnica de las Municipalidades, y normas msdificatorias.2.2.2 Decreto Legislativo 1Q17 Ley de Contrataciones del Estado.2.2.3 Decreto Supremo No 18+2008-EF Reglamento del D. L 1017.

    CLAUSULA TERCERA: O&IETO3.1 Es objeta del prese;rte COhITRATO la ejeeucin del trabajo de construccn del

    PROYECTO conforme a las condiciones tcnicas y econmicas previstas en lasBases del Proceso de Seleccin (en adelante las "BASESJ.

    3.2 La ejecucin del PROYECTO esta a cargo de|CONTRATISTA, quien acepta elencargo, sobre la base de los tninos de referencia, las BASE y la PropuestaTcnica Econmica presentada por el CONTRATISTA al CONTRATANTE y quefonna parte integrante delpresente documento (en adelante la "Propuesta').

    GLAUSULA CUARTA: PLAZO4.1 El plazo de ejecucin del PROYECTO se fija en 120 (Ciento veinte) das

    calendarios.

    El plazo de ejecucin de la obra de construccin empieza a regr desde el dasiguiente en que la MUNIGIPALIDAD haya aprobado el Expediente Tcnico, fijandolas condiciones, plazo, irnporte y alcance.

    Una vez cumplidas dicfias condiciones, el CONTRATANTE y la CONTRATTSTAsuscribirn el Acta de lnicio de Obra, luego de lo cual podm dar inicio con laejecucin de sus labores.

    4.2

    4.3

  • da del Cobre

    4.4 Los avances de obra reflejados en el programa de trabajos detallado debern seraprobados por la UPER\$N.

    5.1

    5.2

    5.3

    La ejecucin de los trabajos se llevar a cabo con estricto cumplimiento de loprevisto en este CONTRATO, las BASES, el CONVENIO y lo establecido en elErpediente Tcnico aprobado por la MUNCIPAL|DAD, documentos que formanparte del presente insbumento.

    En caso de contradiccin ente dos o ms dmumentos de los sealadosanteriormente, prevalecer elprcsente GONTRATO, salvo los plazos establecidosen el Expediente Tcnico aprobado por la MUNICIPALIDAD.

    El CONTRATISTA es conocedor de que, de forma simultnea se desanollanactividades de rutina por ser rea de dominio phlico, por ello el CONTRATISTAdeber coordinar sus acfividades para evitar interferencias y conseguir la eiecucinordenada de|PROYECTO.

    En caso se presentraran interferencias, eICONTRATISTA deber gestionar ante laentidad responsable una solucin al problema y elaborar un erpediente desoluciones tcnicas y econmicas, y de requerirse, sustentiar la ampliacin deplazo o el adicional de oba a ser solicitada anG la upERMsloN. En caso lasolucin tcnica y ercnmica prcpuesta, requiera intervencin del CONTRATITA,est deber contar previa a su ejecucin con aprobacin expresa de laII{UNICIPALIDAD y una Orden de Procederde la CONTRATANTE, de conformidadcon la clusula novena delpresente CONTRATO.

    En el Expediente Tcnico, el CONTRATISTA deber presentar un listado de laslicencias y autorizaciones necesarias para la ejeo.rcin del pROyECTo, y elplazopara la obtencin de los mismos. En caso el GONTRAISTA sin causa justificadano cumpliera con esta obligacin u otra que retrasar el avance del PROYECTOque afecte la ejecucin de la Obra, debera presentar un calendario de ejecucinacelerado para confarrestar el efeco que estia demora tenga en la ejecucin de laObra. Este calendario deber ser aprobado por la UPERVISIru. los costos en

    5.4

    5.5

  • da del Cobre

    5.6

    Asodar.inCil

    que incuna el CONTRATITA por esta aceleracin sern asumidos por elCONTRATISTA, cuando los casos le sean imputables.

    El CONTRATISTA declara haber visitado el lugar de ubicacin de Ia Obra y estarfamiliarizado con las csrdiciones locales en las que se debe llevar a cabo elPROYECTO.

    CLAU$.ULA EXTA: PRECIO DEL CONTRATO6.1 El precio referencial del CONTRATO es de I. f ,147,073.67 (UN MILLN CIENTO

    CUARENTA Y |ETE MtL SETENTA Y TRE CON S7l100 NUEVO OLESI,precio que considera el costo total del PROYECTO detallados en la Propuesta,incluidos los gastos generales, las utilidades e lGV.

    6.2 Este CONTRATO tiee carcter de precio a suma alzada.

    El CONTRATISTA acepta y declara que el precio del CONTMTO incluye todoconcepto directo, indireto y necesario para Ia completa y conecta ejecucin delPROYECTO, de acuerdo con lo detallado en las BASE.

    GLAUULA SETIMA: OBLTGACTONES DEL CGNTRATIJA7.1 El CONTRATITA declara haber revisado en detalle los trminos de referencia y

    las BASE previo a la firma del presente COTRATO,

    EL CONTRATTA deber estar en Ia capacidad de satisfacer todos losrequerimientos tcnicos y legales eigidos en las BASES, para ejecutar la obra asatisfaccin de la MUNICIPALIDAD y de|GONTRATANTE.

    El CONTRATITA deber ejecutar el PROYECTO en el rnodo, forma, garantas,calidad, seguridad y caractersticas indicadas en el Expediente Tcnico, a plenasatisfaccin de la MUIIC|PAL|DAD.

    El CONTRATTSTA deber cumplir con los plazos establecidos. En caeo de retrasosiniustificados en fa ejecucin del PROYEGTO se proceder confonne alartculo 205del D.S. 1M-208-EF modificado por elart. I del D.. 13&2012-EF Reglamento deldelD.L 1017.

    o.J

    7.2

    7.3

    7.4

  • ffi

    77

    7.5 El CONTRATISTA es responsable por la calidad ofrecida y por los cios ocultosdel PROYECTO, por un periodo no menor a cinco (05) aos a partir de la entregade la misma

    El CONTRATISTA deber proporcionar al CONTRATANTE toda informacinsolicitada, as como cualquier prueba ordinaria que sea necesaria para determinarque se est cumpliendo cabalmente con la calidad del PROYEGTO y con loestablecido en el Expediente Tcnico.

    El CQNTRATITA debe presentar una relacin del personal qr-re deber ingresara la Obra. Asirnismo presentar un organigrama del personal gue se encontrar enel PROYECTO, detallando el nombre de cada uno de estos. En caso durante laejecin del PROYEGTO se requiere eI cambio del Gerente del PROYECTO o delI ngeniero Residente, el coNTMTl srA deher comunicrselo al CONTRATANTEcon cinco das cie anticipacin y el reemplazo de dicho puesio cieber ser asumiciopor un lngeniero que tenga experienea y acreditaciones similares al que sepresent inicialmente.

    EL CONTRATISTA es responsable por ta seguridad det sitio det pROyECTO.

    7.6

    7.8

    7.9 El CONTRATISTA deber proveeral CONTRATAfTITE de un espacio de habajo enla Obra en caso sea necesario.

    C LAULA oCTAYA : AccEOALj-ZoN A.8.1 El CONTRATISTA bdndar facilidades de acceso al teneno donde se ejecutar el

    PROYECTO alpersonalautorizado del CONTBATANTE y de la MUNICIPALIDAI).

    E CONTRATISTA se obliga a facilitar el libre knsito de quienes residan en losalrededores, fuera delrea de influencia de la Obra.

    CLAUSULA NOVENA: PAGO Y VALORIZACIONE DEL PROYECTQ9.1 Las valorizaciones enen el carder de pagos a cuenta y sern elaboradas por el

    CONTRATITA y presentadas a la SUPERU$H el ltimo da de cada mes.

    8.2

  • E",iTrc**'Durante la ejecucin del PROYECTO, las valorizaciones se fonnularn en funcinal porcentaje de avance del PROYECTO, agregando separadamente los montosproporcionales de gastos generales y ulidad.

    Las valorizaciones fomruladas sern aprobadas por la SUPERVISIU en un plazomximo de 5 das, contados a partir del primer da hbil del mes siguiente al de Iavalorizacin respectiva.

    Una vez aprobada la valorizacin, el CONTRATITA emitir una facfura a nombredel CONTRATANTE. A esta factura se acompaara la valorizacin debidamenteaprcbada yfinnada por la SUPERW$N.

    Las facturas debidamente aprobadas y que cumplan con Ia legislacin gente,sern canceladas por ta CONTRATANTE en fecha no posterior al ltima da de talme.

    En ningtin caso proceder la aplicacin de frmulas polinmicas.

    CLAUULA pgIbrA: CUADERNO pE OBRA10.1 En la fecha en que el GOIITRATITA y Ia CONTRATANTE suscriban el Acta de

    lnicio de Obra a que hace referencia el punto4.3 de la clusula Cuarta del presenteCONTRATO, deber abrir el cuademo de obra, el cual ser foliado y legalizado anteNotario Pblico, (en adelante, el CUADERNO). Queda establecido que elCUADERNO por cada folio contendr un original y tres copias desglosables,conespondiendo una de estas a la SUPERVIIN, otra a la MUNICIPALIDAD yotra al CONTRATITA. El original del CUADERNO debe permanecer en sitio de laObra bajo custodia del Residente, no pudiendo impedirse elacceso almismo.

    El lngeniero Residente de Obra y la SUPERM$N son los nicos profesionalesautorizados para hacer anotaciones en el CUADERNO.

    9.2

    9.3

    9.4

    9.

  • da del Cobre

    10.2 En eICUADERN se anotarn todas las oanencias relacionadas con la ejecuciny desanollo de cada PROYECTO, as como los respectivos reclamos y solicitudesde las partes.

    10.3 Los reclamos y solicitudes O COrufnnTA anotados en el CUADERNOdebern ser respondidos porla UPERVISN.

    10.4 En caso de la solicitud anotada en el CUADERNO se refiera a consultas tcnicasque requieran mayor anlisis, la UPERVIN Aispondr de un plazo prudencialpara responder y que no podr superar los 10 das calendarios.

    10.5 Una copia del CUADERNO se adjuntar al Acta de Recepcin terminada laejecucin del PROYEGTO.

    CLAUULA pclMo PRTMERA: TRABAJOS ADTCTONALES. EE:DUCCTONE.MODIFICACIONE Y AMPLIACIONES DE PLAZO,11.1 Durante la ejecucin de la Obra, a solicitud del CONTRATITA o de la

    UPERVIIN, h HUNIGIPALIDAD pcdr apiabar la ejecucin, realizacin oprestacin de trabajos, actividades o servicios adicionales, o reducciones omodificaciones a los alcances del PROYECTO indicados en el Expedientes Tcnicohasta por el lmite establecido en el Reglamento del D.L 1017, para lo cual emitirlas respectivas rdenes de cambio, (en adelante, las "ORENES"). ElCONTRATI$TA elaboran el Expediente conespondiente a las ROffUE, lase.rales ineluirn: descripcin, forma, eosto y plazo.

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    .:,:, .):" 11.2

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    EL CONTRATTA no podr introducir modiFicacn alguna al PROYEGTO en lafase de construecjn, i la aprobacin de la f{IUNICIPALIDAD, incluidas lasmodificaeiones que supongan un ineremento en los eostos. En caso ello suesda, elCONTRAflSTA asumir el costo de dicho adicional y, en caso procedan, laspenalidades o indemnizaciones que conespondan.

    EI monto de un Adicional {ORDEN) se ealeular eomo !a suma del eosto directopresentado por el CONTRATITA ms su correspondiente porcentaje de gastos

  • genemles y utlidad, ms el impuesto geneml a las ventas. Adicionalmente, todaORDEN deber sealarfecha y plazo de ejecucin.

    11.3 E CONTRATISTA solo pod solicitar la ampliacin de plazo siempre quemodifique la ruta crtica para el FROYECTO en los siguientes casos:

    Atrasos ylo paralizaciones por causas no atribuibles aICONTRATISTA.Atraso en el anmplimiento de las aprobaciones y/o de las ohligaciones porparte de la MUNICIPALIDAD.Caso fortuito c fuerza mayor debidamente comprobado.

    Cuando se aprueba la prestacin de una OROEN, siempre y cuando afecte elplazo.

    11.4 Para que proceda una ampliacin de plazo de conformidad con lo establecido en lasub clausula precedente, desde el inicio y durante la ocurrencia de la causal, laCONTRATISTA, por intermedio de su residente, deber anotar en el CUADERNOlas circunstancias que a su criterio ameriten ampliacin de plazo. Dentro del plazomximo de (i5) das caienciario siguientes de concluido ei hecho invocacio, elCONTRATITA solicitar, cuanl!fic.ar y sutentar su solieitud de ampliacin deplazo ante la UPERV!$N, siempre que la demora afede la ruta crtica delprograma de ejecucin del obra gente y elplazo adicionalresulte necesario parasu culminacin. En caso que el hecho inrlocado pudiera superar el plazo vigente deejecucin contractual. La solicitud se efectuar antes delvencimiento delmismo.

    11.5 LA UPERVISN emitir un informe elpresando opinin sobre la solicitud y loremitir a la MUNICIPALIDAD en un plazo no mayor a siete (07) das hbiles. Encaso no se obtenga respuesta de parte de la MUNICIPALIDAD se procederconforme lo indica el Reglamento del D.L 1017.

    11.6 Toda solicitud de ampliacin de plazo debe efectuarse dentro del plazo vigente deejecucin de la obra, fuera del cual no se admitir las solicitudes de ampliacionesde plazo. Cuando las ampliaciones se sustenten en causales diferentes o dedistintas fechas, cada solicitud de ampliacin de plazo deber tramitarse y ser

    a

    a

    a

    a

    \

  • da del Cobre

    resuelta independientemente, siempre que las causales diferentes no correspondana un mismo periodo de empo sea este parcial o total.

    11.7 La ampliacin de plazo obliga al GONTRATISTA a presentar a la UPERVI$Nun calendario de avance de obra valorizado actualizado y la programacin Ganttconespondiente, considerando el cronograma general y en detalle las partidas que

    se han visto afecadas y en armona con la ampliacin de plazo concedida, en unplazo que no exceder de diez (10) das calendarios contados a partir del dasiguiente de la aprobacin de la ampliacin de ptazo. La UPERMIN Oeberelevarlos a la MUNIGIPALIDAD conforme a los plazos establecidos en elReglamento del D.L 117,y con los reajustes concordados con eICONTRAISTA.

    11.8 Las ampliaciones de plazo darn lugar al pago de mayores gastos generalesvariables iguales al nmero de das correspondientes a Ia ampliacin, multiplicadospor el gasto general variable diario, salvo en elcaso de prestaciones adicionales deobra.

    11.9 En el caso de la paralizacin total pcr causa ajena a la MUNICIPALIBAD, seproceder sedn lo establecdo por el art. 202 del Reglamento delD.L 1017

    fi.1A En el supuesto que las rcducciones de prestaciones afec{en el plazo contractual,los menores gastos generales rariables se calcrlarn siguiendo el procedimientoestablecido en el pnafo precedente.

    El gasto general diario se calcula dividiendo los gastos generales variables delpresupuesto que sustenta elvalor referencialenke el nmero de das del plazo deejecucin de obra ajustado por elfactor de relacin y por el coeflciente .lp/lo" endonde "lp" es el ndice gereralde precios alconsumidor (Cdigo 39) aprobado porel lnstituto Nacional de Estadstica e lnfanntica-lNEl conespondienle al mescalendario en que ocuffa la causal de ampliacin de plazo contracfual, e "lo" es elmismo ndice de precios conespondiente al mm del valor referencial, que sersometido a la aprcbacin de la UPERUSN.

    10

  • da del Cobre

    *.ffi,-

    11.12 La aprobacin de las ampliaciones de plazo estn sujetos a la aprobacin de laMUNICIPALIDAD, cumpliendo con el procedimiento establecido en el art. 2Q4 del

    "

    Reglamento delD.L 1017

    q!-nus u t-* oc n osFou .on: oeueac{q r,es norclq }.RtEs oel coNrRAnsrn12.1 Para las prestaciones adicionales de obra se cumplir con el procedimiento

    establecido en los arts. 207 y 208 del Reglamento de la Ley de Contrataciones delEstado, segn conesponda, incluyendo el incremento de la Garanta de FielCumplimiento de parte del CONTRATITA, de ser elcaso,

    12.2 EICONTRATITA mantendr libre de responsabilidad a la CONTRATANTE en elcaso de plesentarse cuauier denuncia, demanda o reclamacin por cualquierdao o perjuicio a las perconas ylo a las cosas con motivo de la ejecucin delFROYECTO, responsabilidad que ser asumida exclusivamente por elCONTRAflSTA, siernpre y cuando sta sea justificada y acreditada, y previodescargo del CONTRATITA. El CONTRATITA asumir todos los gastos ycosto, incluyendo honorarios de abogados y dems profesionales, en que laCHTRATANTE incuna en caso que se pretenda atribuirle y/o se !e atribuya dicharesponsabilidad.

    12.3 El CONTRATISTA asignar, para la ejecucin del PROYECTO, el personalprofesional y tecnico calificado para ello y en nmero suficiente para garantizar laconecta ecucin y entrega oportuna delmismo.

    Todo el personal calicado y no calificado, y materiales que se requieran para laejecucin del PROYECTO ser prcporcionado por el CONTRATITA directa oindirectamente a travs de sub contratistas, obligndose el CONTRATITA acumplir y a hacer que $us sub contratistas cumplan, con todas las obligacioneslaborales que el CONTRATISTA y dichos sub contratistas tengan para con dichopersonal , ccrriendo por cuenta, costo y riesgo del CONTRATISTA y dichos subcontratistas, Ia responsabilidad por el pago de los salarios, indemnizaciones,gratificaciones, bonificaciones, vacaciones, tiernpo extra, dominicales,compensacin prytiempo de servicios, segurosytodas las dems remuneraciones,aportaciones y contribuciones que corresponda pagar a dicho personal, incluyendo

    tl

  • E-da*las aportaciones y contribuciones que conesponda pagar a dicho prsonal,incluyendo las aportaeiones ESSALUD o Administradoras de Fondos de Pensiones .(AFP), segn corresponda, y dems beneficios sociales debidos y pagaderos almismo, conforme al rgimen laboral conespondiente.

    12.5 En cualquier momento durante la vigencia del CONTRATO o incluso despus desu gencia, la GONTRATANTE podra solicitar al CONTRATITA, y este estarobligado a suministrafle dentro de los cinco {5} das calendario siguientes a la fechade la notificacin conespondiente, una prueba satisfactoria de que las obligacioneslaborales del CONTRATISTA y la de cualquiera de las sub contratistas con supersonal han sido debidarnente pagadas ylo cumplidas.

    12.6 La CONTRATANTE podr solicitar al CONTRATISTA el retiro o reemplazo decualquier trabajador, o personal de sus empresas sub contratistas, debiendosustentar las razones de su pedido. El CONTRATISTA deber retirar delPROYECTO a cualquier empleado o trahajador cuyo cambio ser solicitado por laCONTRATANTE, sustituyndolo por otro delmismo o superior nively que cuentecon la aprobacin previa de la CONTRATANTE.

    12.7 El CONTRATISTA ser el nico y exclusiw responsable del pago de materiales,suministros, ueldo, jomales y las prestaciones sociales de cualquier persona queejecute trabajos en el PBYECTO, y por el pago de cualquier costo o gasto en quedicha persona incuna o asuma en relacin ccn ello, incluyendo cualquier costo ogasto de transporte, aloamiento y alimenta6n.

    Ante cualquier reclamo a la CONTRATANTE de cuauier persona que hayaejecutado, realizado ylo prestado cualquiera de los trabajos vinculados alPROYECTO por incumplimiento en el pago de cualquier remuneracin ocompensacin pactada en relacin con ello, incluyendo cualquier benefcio social,siempre y cuando sta sea justificada y aueditada, y previo descargo delCONTRATITA, la CONTRATANTE podr retener el monto conespondiente decualquier pago que corresponda hacer a el CONTRATITA, hasta que ste cumplacon presentar a la CONTRATANTE constancia de que elreclamo ha sido levantado

    12

  • y que el CONTRATITA ha hecho el pago debido, cuando ello realmenteconesponda.

    12.9 E CONTRATITA deber proporcionar el personal destinado al PROYECTO todoslos implementos, maquinaria, equipos, y heramientas de seguridad que requierande acuerdo a la naturaleza de los trabajos a realizar.

    12.10 El CONTRATISTA es responsable por mantener vigentes en todo momento loseguros que de acuerdo a la Ley, y el presente CONTRATO, debe fomar para cubrira todas las personas que ejeeute.

    12.11 El CONTRATITA se obliga asumir a su crenta y costo todas las sanciones ymultas que pudieran ser impuestas por cualquier autoridad del Gobiemo Central,Regional o Local, siempre que se mctiven en ac{uaciones y omisiones queconesponden en virtud al presente CONTRATO y a la legislacin aplicable a elCONTRATISTA y que dichas sanciones u multas se encuentren consentidas otengan catidad de mandato judicial flrne. El importe de las sanciones o sconsecuencias, an fueran materia de reclamo o impugnacin, podr ser retenidoy descontado de cualquier pago que debe efectuar la CONTRATANTE. En caso laCONTRATANTE haya hecho una retencin y el reclamo quede desestimado,reembolsar el monto retenido a Ia CONTRATITA.

    12,12 ern de cuenta y costo del GONTRATITA el consumo de energa elctrica, ascomo el agua y desage necesarios para la eiecucin del PROYEGT0.

    DE OBRA13.1 En la fecha de culminacin del PROYEGTO, eICONTRATISTA anotar el hecho

    en eICUADERNO y solicitar la recepcin de la misma. La UPERM$N, en unplazo no mayor de cinco (5) das hbiles pasteriores a la anotacin sealada, loinformar a la MUNICIPALIDAD, ratificando o no lo indicado por el CONTRATISTA.

    En caso que la SUPERVI|N verifique la culminacin del PROYECTO, laMUNIGIPALIDAD proceder a designar un comit de recepcin dentro de los siete

    13

  • 7-

    (7) das calendario siguientes a la recepcin de verificada la culminacin. Dichocomit estar integrado, cuando menos, por un representante de laMUNICIPALIDAD (lngeniero o Arquitecto) y de la UPER\fl$N

    En un plazo no mayor de veinte (20) das calendaro siguientes de realizada sudesignacin, el comit de recepcin, junto con el CONTRATISTA, proceder averif,car el fiel cumplimiento de los establec:do en los planos y especificacionestcnicas, asl como en el Expediente Tcnicc, y efectuar las pruebas que seannecesarias para comprobar elfuncionamiento de las instalaciones.

    Culminada la verificacin, y de no existir observaciones, se proceder ala recepcin

    del PROYECTO, tenindose por conduida la misma, en la fecha indicada por elCONTRATISTA. EL acta de recepcin definitiva deber ser suscrita por losmiembros del comit y el CONTRATISTA.

    13.2 De exisr observaciones menores, estas se consignarn en un Acta o Pliego deObservaciones y no se recibir la obra. A partr del da siguiente, el CONTRATISTA

    dispondr de sesenta (S0) das calendario para subsanar lae observaciones, plazoque se computar a partir del quinto da de suscrito elActa o Pliego. La obra quese ejecuterr como consecuencia de obsenaciones no darn derecho al pago deningn concepto a favor dd CONTRATISTA ni a la aplicacin de penalidad alguna.Subsanadas las observaciones, el CONTRAT|TA solicitar nuevamente larecepcin del PROYECTO en el CUADERNO, lo eual ser verificado por laUPERVISIN y comunicado a la MUNICIPAUDAD, en el plazo de lres (3i dascalendarios siguientes de la anotacin. EI comt de recepcin junto con elCONTRATISTA se constituirn en el PROYECTO dentro de los siete (7) dascalendario siguientes de recibido el informe de la UPERUIN. La comprobacinque realizar se sujekr a verificar la subsanacin de las observacionesformuladasen el acta, no pudiendo formular nuevas obselvaciones

    De haberse subsanado las observaciones a conformidad del comit de recepcin,se suscribir el acta de recepcin de obra.

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  • 7-

    A"soircidrn Clfitl

    13.3 Si vencido el cncuenta por cieito (50%) del plazo establecido para la subsanacn,la CONTRATANTE comprueba que no se ha dado inicio a los trabajosconespondientes a la subsanacin de obsenacione, salvo circunstanciasjustificadas debidamente acreditadas porel CONTRATISTA, podr dar por vencidodicho plazo, comunicar a la MUNICIPALIDAD y con su conformidad, intervendry subsanar las observaciones por cuenta de fa CONTRATISTA con cargo a lasvalorizaciones pendientes de pago o a ta liquidacin final de obra imponindose laspenalidades y/o sanciones que conespondan-

    13.4 Si en el proceso de vertficacin de la subsanacin de las observaciones, elcomitde recepcin constah la existencia de vicios o defmtos distintos a lasobservaciones ates fonnuladas, sin perjuicio de suscribir el ac.ta de recepcin deobra, se informar a la MUNICIPALIDADy eIGONTRATANTE solicita porescritoal CONTRATITA las subsanaciones del cso, siempre que constituyan ciosocultos.

    13.5 Para cualquier atraso de la Recepcin de la Obra, ajeno a la responsabilidad de laCONTRATISTA se proceder conforme af Reglamento del D.L 1017.

    LIQUIDACII. OE OBRA13.6 El CONTRATISTA presentar la liquidacin debidamente sustentada con la

    documentacin y calculos detallados, dentro de un plazo de sesenta {60} dascalandario contados desde el da siguiente de la recepcin de la obra. Dentro delplazo mrimo de &inta {30} das calendario de recibida, la CONTRATANTEdeber pronunciame, ya sea aprcbando, observando la liquidacin presentada porel CONTRATITA o, d considerarlo pertinente, elaborando otra, y notificar alCONTRAT|STA para que este se pronuncie dentro de los quince (15) dascalendario siguientes.

    13.7 Si el CONTRATISTA no presenta la liquidacin en el plazo previsto, su elaboracinser responsabilidad exclusiva de la CONTRATANTE en idntico plazo, siendo losgastos de cargo del CONTRATISTA. La CONTRATANTE notificar la liquidacinal CONTRATITA para que este se prcnuncie dentro de quince (15) dascalendarios siguientes.

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  • 7-

    ffi13.8 Cuando una de las partes obserue la liquidacin presentada por la otra parte esta .

    deber pronunciarse dentro de los quince (15) das calendario de haber recibido laobservacin; de no hacerlo, se tendr por aprobada la liquidacin con lasobservaciones formuladas.

    13.9 Una vez aprobada la liquidacin por parte de la CONTRATANTE sta la remitir ala MUNICIPALIDAB pa su aprobacin. En caso Ia MUNICIPALIDAD observarla liquidacin presentada por la COhITRATAi'ITE, esta ltima notificar lasobseryaciones a la CONTRATISTA estas observaciones para su pronunciamiento.

    13.10 La liqudacin quedar consentida una vez que euente con la aprobacin de laMUNICIPALIDAD. En caso existiera una sldo a favor del CONTRATISTA, esteser pagado una vez que se cuente con la aprobacin de la MUNICIPALIDAD dela liquidacin de obra.

    '13"11 ualquier controversia en cualquiera de los puntos precedentes se someter a lasdisposiciones de solucin de controversias contempladas en la Clusula MgsimoCuarta y supletoriamente por el D.L 1017 y su Reglamento.

    CLAUSULA pclMo CUARTA: pEF,rppO_pE GARAHAEl plazo de garanta ser de cinco (8 aos contados desde la fecha del acta de recepcinde obra, sin perjuicios de lo establecido en elCdigo Civily de aquellas garantas dadas aorganismos pblicos y privados que sean requeridos por eltipo de trabajos que se eiecutana travs de este CONTRATO.

    GLAUSULA DCJMO QUTNTA: GARANTAS Y ABELANTOS1 5. 1 La GONTMTISTA est obloada a entreqar af CO,TRATANTE dentrc de las diez

    {101 dias hblles de la,susctiwiqslel presente CONTRATO' una Garanta de FielCumplimiento en la forma de una carta de franza y/o una pliza de caucinirrevocable, incondicional, solidaria, de realizacin automtica y sin beneficio deexcusin.

    16

  • da del Cobre

    .%

    15.2 La Garanta de Fiel Cumplimiento por el 5olo del costo total de la inversin delPROYECTO deber ser emitida a favor dd CONTRATANTE por una empresa.bancaria, o empresa de seguros de reconocido prestigio, por un monto de :

    a. 1. 57,353.69 {CINCUENTA Y SIETE MIL TRECIENTOS CINCUENTA YTRES CON 691100 NUEVO SOLE) que representa el 5% del Precio delCONTRATO desde la fecha de suscripcin del presente Co*trato hastanoyenta (90) das calendario posteriores a la suscripcin del acta derecepcin de obra definitiva.

    15.3 La referida Garanta podr ser ejecutada en caso de incumplimiento nico yeralusivo de ta GONTRATISTA de sus obligaciones delpresente CONTRATO o sino se huhiera llevado a cabo su renovacin en caso de existir obligaciones cuyoeumplimiento este pendiente.

    La carta fianza deber ser renovada dentro del plazo de quince (15) das calendarioprevio al trmino de su vigencia, en tanto se encuentre pendiente el cumplimientode cbligaciones. De nc renovarse dentro de este plazo, la GONTRATANTE podrsolicitar su ejecucin.

    15.4 Para la ejecucin de obra la CONTRATITA, dentro de los 5 das hbiles defirmadoel presente Contrato podr solicitar al CONTRATANTE Adelantos Directos de hastaelAo/o del PROYECTO, debiendo adjuntar una garanta emitida por idntico montoy un plazo minimo de vigencia de cuatro (4) meses, renovable por el mismo periodohasta la amortizacin total del Adelanto que se efectuar en cada valorizacindescontando proporcionelmente.

    CLAUSULA pgMO SEXTA: PENALTDADES16.1 En caso de retraso injustificado en la ejecucin de las preslaciones objeto del

    CONTRATO, la CONTRATANTE le aplicar aICONTRASTA una penalidad porsada da de atrass, hasta por un monto mximo equivalente a diez por ciento (10olo)del monto del GONTRATO vigente. Esta penalidad ser deducida de los pagos acuenta, del pago final, o en la liquidaein final; o sfuese neeesario se cohrar del

    L7

  • ffimonto resultrante de la ejecucin de las garantas de fiel cumplimiento o por el montodiferencial de la propuesta.

    La penalidad se aplicar y se calcular de acuerdo a la siguiente frmula:

    Penalidad diaria 0.10 x Monto Totalde lnversinFX Plazo en das

    Donde:F=0.15Plazo en das* Elofrecido por la CONTRATITA {das calendario)

    Esta penalidad se cobrar en la liquidacin del CONTRATO o en su defecto concargo a Ia ejecucin de la Garanta de FielCumplimiento delConkato;sin periuiciode que se exija el resarcimiento de los daos y perjuicios que pudieran producirse,mediante la accin legal conespondiente.

    16.2 En caso se llegase a cumplir el monto mximo de la penalidad (10o/o) elCONTRATANTE podr resolver el CONTRATO par incumplimientc sujetndose alprocedimiento establecido en la clusula de resclucin del presente instrumento.

    CLAUSULA DfiMO SflMA: TRIBUTOSSalvo el lGV, o en su caso, los impuestos que lo sustifuyen, todos los tributos y gastos que

    se deriren de este CONTRATO o de la ejecucin de los trabajos contratados, sern decuenta, cargo y responsabilidad del CONTRATITA.

    El CONTRATO podr ser resuelto por las partes en los siguientes casos:

    18.1 Por mutuo acuerdo.18.2 Que la MUNICIPALIDAD resuelva el Convenio.18.3 Cualquiera de las partes podr resolver el OHTRATO en caso una parte incumpla

    con cualquiera de las obligaciones establecidas en el mismo a su cargo. A tal efecto,la parte periudicada con el incumplimiento, deber comunicarlo porescrito a la otra,por conducto notarial, otorgndole un plazo de treinta (30) das calendario para

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    d.

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    cumplir con la obligacin pendente de cumplimiento. Sitranscunidos los treinta (30)das calendario, no se ha cumplido con la obligacin pendiente de cumplimiento, laparte perjudicada podr dar por resuelto eIGONTRATO, mediante comunicacinpor conducto notarial. El CONTRATO quedar automticamente resuelto y portanto sin efecto o yalor legal alguno para ambas partes a partir del da siguiente de

    la fecta de recepcin de ta comunicacin antes mencionada. En tal caso, la parteque hubiera incumplido con sus obligaciones ser responsable por los daos yperjuicios ocasionados por el incumplimiento de este CONTRATO.

    Son caso de incumplimientos de la CONTRATITA, entre otros casos,los siguientes:

    i cualquier declaracin o garanta hecha por el COI'ITRATISTA conformeCONTRATO resulta ser materialmente inexac{a o falsa cuando fue hecha.

    i el CONTRATTTA no cuenta con la capacidad econmica o tcnica paracontinuar la eiecucin del PROYECTO, pese a haber sido requerido por laCONTRATANTE para conegir la situacin.

    Si el CONTRAISTA incune en retrasos reiterados iniustificados en la ejecucindel PROYEGTO, respecto de los plazos establecidos en el cronograma deejecucin de obra establecido en la propuesta del CONTRATITA.

    Si el GONTRATISTA paraliza iniustificadamente en todo o en parte, la ejecucindel PROYECTO y no conige su incumplimiento dentro de las setenta y dos (72) hrs.de iniciada la paralizacin sin necesldad de intimacin o requerimiento de laCONTRATANTE. En caso transcurrienan cinco (5) das calendario desde la fechade recepcin de la notificacin de la CONTRATANTE requirindole qus conija talsituacin, y no lo hiciera, constituye falta grave y causalde resolucin.

    Si el CONTRAfiSTA se acogiera o fuera incluido en cualquier de losprocedimientos concursales prestos en la Ley Generaldel Sistema Concursalo sies declarado en quiehra, sntre en liquidacin iudicialo efirajudicialy/o se acuerdasu disolucin.

    L9

  • /-

    f. i durante la gencia del presente CONTRATO, el CONTRATISTA no cumple concualquiera de sus obligrciones confonne al presente CONTRATO distintas a lassealadas anteriormente en la fona y plazos ealados para ello y dichoincumplimiento continua por un periodo de treinta (30) das calendafio despus dela entrega por la CONTRATANTE de la notificacin conespondiente deincumplimiento a el CONTRATITA.

    Todo lo anterior es de aplicacin siempre que medie causa justificada de aplicacin yexclusiva y nica responsabilidad del CONTRAIITA y se est al da en los pagos porparte delCONTRATANTE.

    CLAUULA DMO NOVE!A: EFECTO DE I.A REOLUCINLa resolucin de|GONTRATO producir los siguientes efectos: ejecucin de la Garantade Fiel Cumplimiento, de haber una grave afectacin que periudiqu a la CONTRATANTE,siempre que esta $ea responsabilidad de la CONTRATITA.

    El CONTRATISTA deber elaborar la liquidacin de Obra y deber ser aprobadapor el CONTRATANTE y presentada a la MUNICIPALIAD para la aprobacinfinal, de ser necesario se proceder de igual forma que lo indicado en los numeralesdel 13.6 al 13.10 de la Dcimo Tercera Clausula delpresente CONTRATO.e har un inventario de todos los rnateriabs en almaen acopiados por elCONTRATISTA segn eICONTRATOy, desnados a la incorporacin permanenteal PROYECTO hacindose su valomcin en base a los precios de coste y gastosasociados, ambos debidamente documentados por el GONTRATISTA. ElCONTRATISTA en un mximo de tres {3} das calendarios contados desde laresolucin deber de entregar la obra y todo* los materiales acopiados.

    En el plazo mximo de cinco (5) das calendario a computarse a partir de la fechade recepcin de la carta notarialen la que se comunique la resolucin, se hara lavaloracin de las obas realizadas y de lcs materiales acopiados por elCONTRATITA. S alguna de las partes no asiste, no suscribe los documentos ono acepta la valorizacin, sta se realizar por un tcnico independiente a laspartes, que tendr en qenta ambas posiciones, induida las observaciones

    2A

  • ffiefectuadas por el CCII{TRATISTA, y finalmente sometida al procedimiento arbitralpactados en la clusula Mgsimo Cuarta.

    Simultneamente a la valoracin de las obras, y en las mismas condicionesprevistas para ello, se prcceder a lerantar un acta de recepcin provisional de lostrabajos efectuados, deiando constancia de la mrformidad de la CONTRATANTEcon las prestaciones realizadas hasta aquel momento, o de las deficienciasobseryadas y su valoracin, que la CONTRATANTE descontar en la liquidacindefinitiva que se efechar a continuacin.

    e levantar el acta de situacin de los trabajos a la fecha de la resolucin, de losque la CONTRATANTE realizar la recepcin provisional, haciendo constar en elacta la conformidad o reparcs que la GONTRATANTE tuviera ssbre aquellostrabajos.

    Una vez, aprobada la liquidacin de obra, la CONTRATANTE, abonan a elOI{TRATISTA el importe de los materiales en almacn, valorados como seespecifican en el pnafo h) de este clausula.

    La GONTRATANTE, requeriral CONTRAESTA para que en elplazo mximo deseis (6) da calendario retire sus pertenencias. En el caso de que el CONTRATISTAno retirara sus perteneneias, la CONTRATANTE podr retirarlas y almacenarlasfuera dlsitio del PROYECT con cargo aICONTRATISTA.

    Las partes podrn requerir los daos y perjuicios que le conespondan y seanprocedentes, en las vas dispuestas por ste GONTRATO y las disposicioneslegales peruanas.

    GLAUSULA UG$MA: FUERZA MAYqR.2A.1 El GONTRATISTA es responsable por el cumplimento del plazo de ejecucin del

    PROYECTO, salvo gue ocurran hechos que caliquen como caso fortuito o fuetzamayor que impidan su cumplimiento. De suceder uno de estos acontecimientos, laCONTRATITA tendr que proceder con lo indicado en la Clusula DcimoPrimera, segn coresponda.

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  • da del Cobre

    2O.2 Las obligaciones afec{adas por un hecho de fuerza mayor as como el plazo del.presente CONTRATO quedarn automticamente suspendidos desde laocurencia del evento de fueza mayor y mientras dure dicho evento, siempre quese cumpla con el prccedimiento regulado para ello en el Reglamento del D.L 1017,

    extendindose el plazo del presente CONTRATO por un plazo igual alque dure lasuspensin.

    20.3 La fuerza mayor no liberar a las partes del cumplimiento de obligaciones que nosean suspendidas por dichos eventos.

    2A"4 La parte que se vea afec*ada por un evento de fuerza mayor, deber informar a laotra parte sobre: (l) los hechos gue constituyen dicho evento de fuerza mayor,dentro de los plazos previstos en Ia presente clausula; (ll) el periodo de restriccintotalo parcial de sus ac*ividades y el grado de impacrto previslc.

    2A.5 Adicionalmente deber mantener a la otra parte informada del desanollo de dichoseventos. Las partes debern hacer sus mejores esfuerzos para asegurar lareiniciacin del cumplimiento de sus obligaciones en el menor tiempo posibledespus de la ocunencia de los eventos.

    CLAUSULAjIG$ M PtU MERA: CErqNE_El GOHTRAflTA no podr transferir el CONTRATO, ceder su poeicin contractual o susderechos sobre el misrno, delegar ninguna de sus obligaciones ni asignar sus derechos aotra persona natural o iurdica sin consentimiento expreso y por escrito delCONTRATANTE.

    22.1 El CONTRATISTA mntratar, por su cuenta y cargo, los seguros necesarios parala ejecucin de la obra, debiencio entregar a la CONTRATANTE una copia de lasplizas de seguros deno de los diez (15) das calendario siguientes al inicio delplazo de ejecucin de la obra conjuntamente con una declaracin emitida por lacompaa de seguros certificando que las plizas estarn gentes desde el inicio

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  • ffi

    c.

    d.

    e.

    de la ejecucin de la obra y expirarn solo despus de haberlo notificado alCONTRATANTE,

    22.2 Alinicio de la ejecucin de Ia Obra eICONTRATISTA deber contratary mantenervigente, como mnimo una Pliza de seguro Construction All Risk "CAR' por unmonto equivalente alcien por ciento (100%) delmonto del PROYECTO, incluido ellmpuesto General a las Ventas, la cual necesariamente cubrir los siguientesriesgos:

    b.

    Responsabilidad Civil cruzada que abarque a terceras personas quepudieran resuftar accidentadas por la ejecucin del PROYEGTO.Responsabilidad Civil General Extraconfractual y Contracflual, incluyendogastoe judiciales, de defensa e indemnizacin.Responsabilidad Civil Patronal (estarn cubiertostodos lostrabajadores quesean empleados u obreros)Responsabilidad Cil de vehculosResponsabilidad Civil por Contratistas independientes ylo sub contratistas(esta cobertum especflica es requerida en el caso que el CONTRATISTAemplee sub contratistas o contratistas independientes en el desanollo de losservicios especificados bajo el presente CONTRATO).Responsabilidad Civil pCIr uso de escaleras, gruas, montacargas,elevadores, maquinaria, equipo ml y similares {esa cobertura esespecficamente requerida en la eventualidad que el CONTRATITA y/osub contratistas en cualquier mcmento emplee este tipo de equipos).Tenemoto, inundacin, huelga, conm*cin civil, dao malicioso, vandalismoy remocin de escombros.

    g.

    22.3 Es responsabilidad del CONTRAflTA eumplir todas las condiciones y tnninos delos seguros para mantenerlos operativos y vigentes, incluso dar elconespondienteaviso al asegurador en el caso de siniestro dentro del trnino que fije la plizarespectiva.

    22.4 Sin periuicio de las plizas que se indican anteriormente, el CONTRATITA semantiene responsable y como tal asumir el impacto econmico de cudquier dao

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  • da del CobreAsriirr"in Cftd

    no cubierto o cubierto parcialmente por las plizas contratadas. En tal caso, si lacompaa de seguros no pagara las indemnizaciones por cualquier motivo que.fuera, o si las coberturas de los seguros no fuesen suficientes para indemnizar eldao que el CONTRATITA, sus contratistas y sus dependientes hubieranprovocado, el CONTRATITA deber asumir las prdidas y compensar a laCONTRATANTE por las prdidas que no hubieran sido indemnizados. En este casola CONTRATANTE deber informar de la situacin a el CONTRATITA a travsde una notificacin notarial, en la que se indicar que se har frente a estasindemnizaciones, dndole un plazo de quince (15) das calendario desde recibidala notificacin para que lo haga a su nombre o manifieste y justifique la causa. Sitranscunido dicho plazo, el CONTRATISTA no cumpliese con esta obligacin, elCONTRATANTE tendr derecho a deducir de sus pagos, los montosconespondientes a estos conceptos.

    CLAUSULA UIMO TERCERA: NATURALEZA pE LA,REI-ASN23J Las partes acuerdan y dejan expresa constancia que el presente CONTRATO no

    crea, ni se considera que crea, ninguna Asociacin, sociedad, agencia o relacinlaboraf entre la CONTRATANTE y el CONTRATITA o sue respectivocontratistas, sub contratistas, empleados ylo trabajadores.

    23.2 La vinculacin entre los contratantes es de tipo civil y no se encuentra regida porlas leyes laborales.

    23.3 Por tanto, eICONTRATITA declara que la prcstacin de servicios que ejecutara favor de la MUNICIPALIDAD, se encuenfan fuera de los supuestos deintermediacin laboral, establecidos por la Ley N" 27626, Ley que regula laactividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas deTrabajadores.

    CLAUSULA UG$Mp CUARTA: LEY Y ARBTTRAJE24.1 La validez del presente CONTRATO, asl como los derechos y obligaciones de las

    partes bajo 1, sern regulados de acuerdo a las leyes de la Repblica del Per,incluyendo las leyes y rqulaciones aplicables en materia laboral, sanitaria,tributaria, municipal, de proteccin ambiental y delpatrimonio cultural.

  • da del Cobre

    24.2 Solo aplicarn las nornas de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado.mediante Decreto Legislativo N' 1017 y su respec{ivo Reglarnento, que semenciona en las cluulas del presente en elpresente CONTRATO o que se hagareferencia.

    24.3 En caso surja cualquier discrepancia, reclamo ylo controversia derivadas delpresente CONTRATO o se plantee la nulidad, invalidez, ineficacia o incumplimientode los mismos, las partes harn sus mejores esfueaos para resolver estossupuestos amigablemente, en primera instancia, durante los 30 (treinta) dascalendario posteriores a la recepcin por una de las partes de una noficacinnotarial de la otra parte comunicando la existencia del eclamo, controversia odiscrepancia.

    24.4 Si en el plazo establecido en el prrafo anterior, Ias partes no encuentren la solucina la o las controversias planteadas, cualquier litigio, controversia, desavenencia,diferencia o reclamacin que surja entre las partes relatvos a la interpretacin,ejecucin, resolucin, terninacin, eficacia, nulidad, anulabilidad o validez derivadoo relacionado con elpresente CONTRATO ser sometido a arbitraje de derecho,de cacter nacional, de conformidad con el Reglamento de la Comisin de Arbitrajede la Cmara de Comercio e lndustria deArequipa, (la CCIA) y supletoriamente porel Decreto Legislativo N" 1071.

    El arbitraie ser conducido por un tribunal arbitral compuesto por tres rbitros, delos cuales cada una de las partes designar a uno y los dos rbitros as designadosnombrarn altercero, quien presidir eltribunal arbitral. Si una parte no nombra alrbitro que le conesponde dentro de los veinte (20) dias calendario de recibido elrequerimiento escrito de la parte que solicita el arbitraje o si dentro de un plazoigualmente de veinte (20) das calendario contados a partir del nombramiento delsegundo rbitro, los dos rbitros no consiguen ponerse de acuerdo sobre ladesignacin deltercer rbitro, la designacin de oralquiera de dichos rbitros serefectuada, a peticin de cualquiera de las partes por la CCIA de acuerdo con suReglamento.

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  • da del Cobre

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    24.6 El aitraje se desanollar en ia ciudad de Arequipa, Per y en castellano. Laspartes renuncian a la interposicin del recurso de apelacin del laudo arbitral que

    se emita, el mismo que ser definitivo e inapelable.

    24.7 Para cualquier intervencin de los jueces y tribunales ordinarios dentro de lamecnica arbitral, las partes se someten elpresamente a la jurisdiccin de los juecesy tribunales del distrito judicial de Arequipa, renunciando al fuero de sus domicilios.

    24.8 Las disposiciones de la presente clusula sobrevivirn a la resolucin o conclusino cualquier otraforma en que se d fin alpresente documento"

    24.9 Los costos y gastos relacionados con el arbitraje sern asumidos por la parte a laque el Tribunal Arbitral no dio la razn. Si el Tribunal Arbitral da la raznparcialmente a ambas Partes, ste determinar la proporcin en que dio la razn acada parte y la aplicar a la distribucin de costos y gastos.

    24.1A La CONTRATITA coadyuvar a la CONYRATANTE en temas Tcnicos en laA.aa An aall,nna fanla a la lll ltllrlfl^t IF^FtUElEtlq Ug gblqf llVO llEf ltE q A lllUlYlVlf HU9

    GLAUULA VIGSIMO SUrNT*: UPEBUINDe conformidad rcn lo sealado en el onvenio suscrito enlre el CONTRATANTE y laMUNICIPALIDAD, elrolde la upervisin ser elsiguiente:

    ,,i,.25.1 La UPERVIION efectuar la verificacin de la ejecucin del PROYECTO y ele.,'r.!.ai,ii:r:,,11,,': sus respectivas etapas, conforms a lo establecido en el Expediente Tcnico, en losii.ii...l ir.::ii:,:':,"' trminos de referencia, en las BAE y en la propuesta presentada por la

    CONTRATANTE y aprobada por la MUNICIPALIDAD. Asimismo, se dedicar aleeguimiento del cumplimiento del cronograma de vance de la eiecucin de cadaPROYECTO por parre de la CONTRATTTA.

    25.2 La SUPERVN del PROYECTO asumir lasfacultades que la MUNICIPALIDADle atribuya en los trminos de referencia y en las bases del proceso de seleccinque dar merito a su contratacin con areglo a los dispuesto en la Ley y suReglamento, copia de las cuales debern ser entregadas al CONTRATITA,

  • ffi25.3 La MUNICIPALIBAD deber dar la conformidad de la calidad del PROYECTO,

    dentro de las diez (10) das hbiles siguientes a Ia culminacin del,mismo o a lajculminacin de cada una de las etapas del PROYECTO, de ser elcao

    CLAUULA UGpr,MO EXTA: pE LO pOqp[ENTOS NTEG&ANTFSpELCONTRATOForman parte delpresente CONTRATO los siguientes documentos:

    zOJ La propuesta presentada por el CONTRATISTA a la CONTRATANTE.

    26.2 Las bases del proceso de seleccin, incluyendo sus trninos de referencia, y dehaberlos tambin, los documentos de absolucin de consultas y aclaraciones lasBases.

    Con Ia previa ratificacin de los contratantes de todag y cada una de las dusulas de esteCOFTRAT0, y el acuerdo que el presente documento, a$ como aspectos toexpresamente convenidos en 1, se regirn por las reglas de la buena fe, la comn intencinde las partes y la legislacin aplicable; se firma en dos ejemplares de ual tenor, uno parala CONTRATANTE y la otra para el CONTRATITA el 5 de mayo del ao dos mil catorce.

    por LA CONTRATAITE por l- C0NTRATISTA

    Oscar Gonzlez Rochac.E. No 000073949

    Eduardo

    27

  • CNNTIMCO: IA AUTENTICIDAD DE LA FIRMA EN EL PRESENTE DOCI]MENTO DE: EDUARDOIINRY VARGA LUQUE, IDENTIFICDO CON DJ{J. Ff {8477872; DEJAND CONSTANCIA QUEEL NOTARJO NO AUME LA REPONSABILIDAD POR EL CONTENIDO, CONFORME ALARTCULO IO8 DECRETO TEGISLATIVO N" IMq

    - DECRETO LEGTLATTVO DEL

    NOT TACNA, 09 DE MAYO DL 2014.

    rr{t{iis,r rurtPUBTIC$ -ACIAO

    REG COI" NOf. TACNA N" OO3

    NOTA.IA PIIBLICA DE .|ACII* A

    tE* AHftc/frA d*tegs ACIAWN(}TARIO ASCGAO

    Vicar*e @nino 324 TAr-'Tdd. (0s2) 42487* - 74*7',affi