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CONTROL FISCAL PREVENTIVO, PROACTIVO Y PARTICIPATIVO Gobernación de Santander Calle 37 No. 10-30 Tel. 6339188 Fax (7) 6337578 Bucaramanga Colombia. www.contraloriasantander.gov.co CONTRALORÍA GENERAL DE SANTANDER CÓDIGO: RECF-15-01 INFORME DEFINITIVO ALCALDIA DE CIMITARRA SUBCONTRALORIA DELEGADA PARA ELCONTROL FISCAL Página 1 de 159 NODO VELEZ INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL CON ENFOQUE INTEGRAL MODALIDAD REGULAR ( No. 000178 01 Octubre 2014 ) ALCALDIA MUNCIPAL DE CIMITARRA- SANTANDER REPRESENTANTE LEGAL SAMUEL SOTO CARREÑO ALCALDE 2012 - 2015 VIGENCIA 2013

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NODO VELEZ

INFORME DEFINITIVO DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL CON ENFOQUE INTEGRAL MODALIDAD REGULAR

( No. 000178 01 Octubre 2014 )

ALCALDIA MUNCIPAL DE CIMITARRA- SANTANDER

REPRESENTANTE LEGAL SAMUEL SOTO CARREÑO

ALCALDE 2012 - 2015

VIGENCIA 2013

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EQUIPO DIRECTIVO

ARGEMIRO CASTRO GRANADOS Contralor General de Santander

CARLOS FERNANDO PEREZ GELVEZ Contralor Auxiliar de Santander

SONNIA YANETH GARCIA BENITEZ Sub Contralora Delegada Para el Control Fiscal

ANA MILENA BELTRAN QUIÑONEZ Auditor Fiscal

EQUIPO AUDITOR

MIRIAM LOPEZ VILLAMIZAR Economista

EDUIN NILSON GONZALEZ RIVERA Contador

RODRIGO ARISTIDEZ OSORIO TRUJILLO Economista

ORIANA NICOLLE GUAMAN DUARTE

Abogada Coordinadora de Auditoria

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TABLA DE CONTENIDO

Pág.

INTRODUCCION 1 RESULTADOS DE AUDITORIA 5 1.1 CONTROL DE GESTION 5 1.1.1 Factores Evaluados 5 1.1.1.1 Ejecución Contractual 5 1.1.2 Resultado Evaluación Rendición de Cuenta 59 1.1.3 Legalidad 59 1.1.4 Gestión Ambiental 60 1.1.5 Resultado Seguimiento Plan de Mejoramiento 70 1.1.6 Control Fiscal Interno 71 1.1.7 Línea de las tecnologías de la información 74 1.2 CONTROL DE RESULTADOS 74 1.2.1 Cumplimiento de Planes Programas y proyectos 74 1.2.2 Seguimiento Controles de Advertencia 81 1.2.3 Atención de Quejas y Denuncias 83 1.3 Control Financiero y Presupuestal 86 1.3.1. Gestión Financiera 86 1.3.1.1.1 Concepto Control Interno Contable 127 1.3.2 Gestión Presupuestal 127 2. CUADRO DE OBSERVACIONES 152 2.1. CUADRO NUMERICO DE OBSERVACIONES 156 3. CALIFICACION DE EVALUACION A LA GESTION 156

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INTRODUCCIÓN

En desarrollo de las facultades otorgadas por los artículos 267 y 272 de la Constitución Nacional y la Ley 42 de 1.993, la Contraloría General de Santander dando cumplimiento a su Plan General de Auditorías de la vigencia 2014, procedió a practicar Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Regular durante el período comprendido del 9 de junio de 2013 al 20 de junio de 2013, a la ALCALDIA MUNICIPAL DE CIMITARRA. Para evaluar la efectividad con que se administraron los recursos asignados y los resultados de la gestión vigencia 2013, se seleccionaron con fundamento en el análisis de los diferentes riesgos asociados a los procesos, procedimientos y actividades ejecutadas por la entidad en las áreas de contratación, presupuestal, financiera, el sistema de control interno, igualmente se evaluaron las quejas existentes, el cumplimiento de los controles de advertencia, las TICS, línea ambiental, planes programas y proyectos, así como los avances del Plan de Mejoramiento. La Contraloría General de Santander espera que este informe contribuya a un mejoramiento continuo en el desarrollo normal de las actividades que ejerce la ALCALDIA, para lograr mayor eficiencia en el cumplimiento de su objeto social y una adecuada protección del patrimonio de la Entidad, lo que redundará en el mejoramiento de la calidad de vida de la población matancera y su área de influencia.

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1. RESULTADOS DE AUDITORIA La Contraloría General de Santander, en desarrollo de su Plan General de Auditoría Territorial – PGAT vigencia 2014, programó la realización de Auditoría Gubernamental con enfoque Integral en la Modalidad Regular, a la Alcaldía Municipal de Cimitarra, vigencia 2013, aplicando la metodología para el control fiscal contenida en la “Guía de Auditoría Territorial” de la Contraloría General de la República, bajo los siguientes parámetros:

OBJETIVO GENERAL DE LA AUDITORÍA

Evaluar la efectividad de la Gestión conforme a la normatividad vigente a los siguientes sistemas de control: Financiero, de legalidad, de gestión, de resultados, la revisión de la cuenta y la evaluación de control interno, con el fin de verificar y determinar la calidad y efectividad de sus procesos; así como la eficiencia y eficacia del manejo de los recursos de la Alcaldía Municipal de Cimitarra, para la vigencia 2013.

COMPONENTES Y FACTORES La Auditoría incluyó el examen de los siguientes componentes y sus factores:

COMPONENTE

FACTORES

CONTROL DE GESTION

Gestión Contractual

Rendición y revisión de la Cuenta

Legalidad

Gestión Ambiental

Plan de mejoramiento

Control Fiscal Intern0

TIC

CONTROL DE RESULTADOS

Cumplimiento de Planes, Programas y proyectos

CONTROL FINANCIERO

Estados Contables

Gestión Presupuestal

Gestión Financiera

1.1. CONTROL DE GESTION

Como resultado de la auditoria adelantada a la ALCALDIA MUNCIPAL DE CIMITARRA, el Control de Gestión durante la vigencia 2013 debe tener en cuenta los siguientes factores:

1.1.1 Factores evaluados 1.1.1.1 Ejecución Contractual 1.1.1.1.1 Gestión Contractual

El proceso de auditoría regular, se practicó a la gestión contractual de la Alcaldía Municipal de Cimitarra, mediante una evaluación con criterio integral, sobre los contratos suscritos, ejecutados y liquidados por esta entidad, correspondiente a la vigencia 2013, verificando el cumplimiento de las clausulas pactadas, las disposiciones legales, los pagos, el control oportuno, para establecer si los sujetos contractuales aseguraron los propósitos que dieron origen a la contratación.

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CONTRATACION AUDITADA La Alcaldía municipal de Cimitarra, suscribió 421 contratos (certificación de la entidad) durante la vigencia 2013, por un valor total de 17,086,661,832 lo cual demuestra un aumento en el presupuesto destinado a la contratación, en comparación con la vigencia inmediatamente anterior donde el presupuesto destinado a la contratación obedeció a un valor de $11.077.695.621. Respecto de la vigencia 2013, los contratos suscritos por la Alcaldia Municipal de Cimitarra, se realizaron bajo los siguientes tipos de Contratos:

TIPOLOGIA CANTIDAD VALOR

OBRA PUBLICA 94 6,864,506,287

PRESTACION DE SERVICIOS 171 1,528,147,961

SUMINISTRO 94 3,673,985,200

CONSULTORIA Y OTROS 62 5,020,022,384

TOTAL 17,086,661,832

VALORES VIGENCIA

SALARIO MINIMO 589,500

PRESUPUESTO MUNICIPIO 22,256,367,736

PRESUPUESTO EXPRESADO EN SMLMV 37,755

MENOR CUANTIA EN SMLMV 280

10% MENOR CUANTIA 16,506,000

VALORES ESTABLECIDOS PARA APLICAR LAS MODALIDADES DE

CONTRATACION

SELECCION CONTRATISTA VIGENCIA

CUANTIAS PARA CONTRATAR DESDE HASTA

SMLMV PESOS SMLMV PESOS

0 - 10% DE LA MENOR CUANTIA DESDE 1 PESO 28 16,506,000

SELECCION ABREVIADA MENOR CUANTIA 28 16,506,001 280 165,060,000

LICITACION PUBLICA 280 165,060,001 EN ADELANTE

EVALUACIÓN A LA CONTRATACIÓN.

Al tenor del Artículo 209 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establece que la función administrativa se debe desarrollar con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, para tal fin se deberá seguir los lineamientos ordenados por la ley 80 de 1993, Decreto 1150 de 2007 y demás decretos reglamentarios.

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CONTRATOS PRESTACION DE SERVICIOS Este ente de control considera importante mencionar la Circular 8 del 2013, emanada por la Procuraduría General de la Nación en la cual recordó a los jefes de las entidades públicas la normativa y jurisprudencia que les prohíbe celebrar contratos de prestación de servicios para atender funciones de carácter permanente y que impliquen subordinación. Así mismo, el organismo citó la Sentencia C-614 del 2009 de la Corte Constitucional, según la cual, a pesar de dicha prohibición, se ha implantado como práctica usual en las relaciones laborales con el Estado la reducción de las plantas de personal, el aumento de contratos de prestación de servicios para el desempeño de funciones permanentes de la administración y la suscripción de “nóminas paralelas”, situación irregular y abiertamente contraria a la Constitución. Por tanto es importante revisar el cuadro histórico de los contratos de prestación de servicios suscritos por la alcaldía municipal de Cimitarra respecto de las vigencias 2011, 2012 y 2013, con la finalidad de evaluar su comportamiento (aumento o disminución), respecto del trascurso progresivo de las vigencias, con lo cual se pueda comparar el grado de cumplimiento de la Circular 8 del 2013, emanada por la Procuraduría General de la Nación. CUADRO HISTORICO RESPECTO DE LA CONTRATACION DE PRESTACION DE SERVICIOS SUSCRITA PARA LAS VIGENCIAS 2011,2012 Y 2013

VIGENCIA No. CONTRATOS PRESTACION SERVICIOS VALOR

2011 131 1,403,630,400

2012 243 1.713.780.334

2013 171 1,528,147,961

Fuente: Certificación de la Alcaldía

Del anterior cuadro comparativo se puede observar que la administración municipal de Cimitarra, ha venido efectuando una disminución en cuanto al valor y el número de contratos de prestación de servicios, en comparación con la vigencia inmediatamente anterior 2012, lo cual conlleva a dar un concepto positivo y de cumplimiento respecto del hallazgo Administrativo No. 1 del plan de mejoramiento de la alcaldía municipal de Cimitarra (vigencia 2012).

ANALISIS CONTRACTUAL ALCALDIA DE CIMITARRA VIGENCIA 2013 El Municipio de Cimitarra en la vigencia 2013, suscribió un universo de 421 Contratos de las diferentes modalidades de selección (Licitación Pública, Selección Abreviada de Menor Cuantía, Selección Abreviada por Subasta Inversa, Mínima Cuantía y Contratación Directa), los cuales ascienden a la suma de $ 17,086.661.832, en este orden de ideas el grupo auditor de la Contraloría General de Santander, seleccionó una muestra de 24 contratos los cuales ascienden a la suma de $5.074,749.339, que equivale al 30% del total de la contratación en valor.

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CUADRO DE LA CONTRATACION SELECCIONADA COMO MUESTRA DE LA

ALCALDIA MUNICIPAL DE CIMITARRA PARA LA VIGENCIA 2013.

NO. MODALIDAD

CLASE OBJETO VALOR INICIAL

CONTRATISTA ( SUSCRIPCION

ANTICIPO VALOR ANTICIPO

FIDUCIA

INICIO TERMINACION

SECOP

144 SELECCIÓN ABREVIADA

SUMINISTROS

ADQUISICION DE LOTE DE MAQUINARIA PESADA TIPO RETROEXCAVADORA Y VOLQUETA DESTINADA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA MALLA VIAL DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA.

499,200,000

ADMINISTRACION PUBLICA COOPERATIVA DE DEPARTAMENTOS Y MUNICIPIOS DE COLOMBIA – CODENCO

3/21/2013

NO 0 NO ND ND SI

286 LICITACIÓN PÚBLICA

OBRA PÚBLICA

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LA VIA CHONTARALES BENEFICIANDO A LOS MUNICIPIOS DE CIMITARRA Y LANDAZURI ( PROYECTO SGR FONDO DE COMPESACION REGIONAL)

391,701,832

CONSORCIO INGENIEROS CONTRUCION CIMITARRA

8/27/2013

SI 1958509

16 SI

8/27/2013

ND SI

143 DIRECTA OTROS

CONSTRUCCION DE MURO DE PROTECCION DE LA BOCATOMA. TUBERIA DE ADUCCION E INSTALACIONES ELECTRICAS EN LA PLANTA DE TRATAMIENTO DEL ACUEDUCTO DEL CASCO URBANO DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA.

370,000,000

EMPRESAS PUBLICAS DE CIMITARRA ADMINISTRACION COOPERATIVA DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA.

3/21/2013

SI 1850000

00 SI 4/2/2013 10/18/2013 SI

147 LICITACIÓN PÚBLICA

OBRA PÚBLICA

AUNAR ESFUERZOS MEDIANTE CONVENIO DE ASOCIACION PARA LLEVAR A CABO LA EJECUCION DEL PROYECTO: ESTABLECIMIENTO. PRIMER MANTENIMIENTO Y AISLAMIENTO DE 34 HECTAREAS DE PLANTACION DE CAUCHO EN EL MUNICIPIO DE CIMITARRA. EN DESARROLLO DEL CONVENIO 476/2012 CON LA CAS.

209,964,950

CORPORACION COLOMBIANA DE INVESTIGACIONES AMBIENTALES – COLINAM

4/1/2013 NO 0 NO ND ND SI

232 LICITACIÓN PÚBLICA

OBRA PÚBLICA

AMPLIACION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIOY PLUVIAL DEL ÑCORREGIMIENTO DE PUERTO OLAYA DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA EN DESARROLLO DEL CONVENIO 5211700CON ECOPETROL

1,323,733,321

RAMIREZ OTERO JOHANY ALBERTO

7/5/2013 NO 0 NO 7/5/2013 ND SI

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256 LICITACION PUBLICA

OTROS

CONSTRUCION DE REDES DE MEDIA Y BAJA TENSION, ALUMBRADO PUBLICO Y SUBESTACIONES PARA LA ELECTRIFICACION DEL SECTOR NUEVA CIMITARRA DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA EN DESARROLLOON DEL CONVENIO 1553 DE 2012 CON LA GOBERNACION DE SANTANDER

604,814,823.30

UNION TEMPORAL CIMITARRA 2013

8/5/2013

SI 2419259

30

SI 8/2/2013

ND SI

256 DIRECTA OTROS

APOYO PARA EL SOSTENIMIENTO DEL ANCIANATO SAN JOSE EN DESARROLLO DEL PROYECTO DE ATENCION AL ADULTO MAYOR DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA.

174,780,000

ASOCIACION ANCIANATO SAN JOSE DE CIMITARRA

3/6/2013 SI 8739000

0 SI 3/6/2013 ND SI

126 SELECCIÓN ABREVIADA

SUMINISTROS

SUMINISTRO DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRETRES PARA LOS ESCOLARES DE LAS VEREDAS SAN FERNANDO. CAMPO SECO. CURVA DE LA NUBIA. GALLINETO. LA TRAVIATA. DOS HERMANOS AL COLEGIO SAN FERNANDO; VINAGRE ALTO Y BAJO. BRASIL Y COBAPLATA AL COLEGIO INTEGRADO DEL CARARE Y LA CANDELARIA DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA.

162,885,800 ARITUR LIMITADA

3/13/2013

NO 0 NO 3/18/201

3 9/27/2013 SI

126 SELECCIÓN ABREVIADA

SUMINISTROS

ADICIONAL SUMINISTRO DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRETRES PARA LOS ESCOLARES DE LAS VEREDAS SAN FERNANDO. CAMPO SECO. CURVA DE LA NUBIA. GALLINETO. LA TRAVIATA. DOS HERMANOS AL COLEGIO SAN FERNANDO; VINAGRE ALTO Y BAJO. BRASIL Y COBAPLATA AL COLEGIO INTEGRADO DEL CARARE Y LA CANDELARIA DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA

76,699,200 ARITUR LIMITADA

3/13/2013

NO 0 NO 3/18/201

3 9/27/2013 SI

38 DIRECTA OTROS

APOYO AL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO AL DESARROLLO NUTRICIONAL DE INFANTES NO ESCOLARIZADOS EN EL HOGAR INFANTIL RAYITO DE SOL EN EL NIVEL 1 Y 2 DEL SISBEN DEL AREA URBANA DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA.

138,000,000 RESTAURANTE ESCOLAR KENNEDY

1/24/2013

SI 4140000

0 SI 2/6/2013 12/5/2013 SI

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124 DIRECTA OTROS

APOYO PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE ALIMENTACION Y NUTRICION `NUTRE` DURANTE LA VIGENCIA 2013 EN EL MUNICIPIO DE CIMITARRA.

137,408,688 RESTAURANTE ESCOLAR KENNEDY

3/13/2013

SI 1260000

00 SI 4/1/2013 10/3/2013 SI

124 DIRECTA OTROS

APOYO PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE ALIMENTACION Y NUTRICION `NUTRE` DURANTE LA VIGENCIA 2013 EN EL MUNICIPIO DE CIMITARRA.

114,591,312 RESTAURANTE ESCOLAR KENNEDY

3/13/2013

SI 1260000

00 SI 4/1/2013 10/3/2013 SI

179 DIRECTA OTROS

AUNAR ESFUERZOS MEDIANTE DE ALIMENTACION DEL ADULTO MAYOR CONSISTENTENTE EN LA ENTREGA DE RACIONES PARA PREPARAR A LOS ADULTOS MAYORES DEL SISBEN I Y II DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA

124,950,000

ASOCIACION ANCIANATO SAN JOSE DE CIMITARRA

5/10/2013

NO 4998000

0 SI

5/16/2013

12/9/2013 SI

173 SELECCIÓN ABREVIADA

OBRA PÚBLICA

CONSTRUCCION DE POLIDEPORTIVO ALTOS DE LA PAZ DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA.

120,546,773 SILVA SARQUEZ LUIS LEONARDO

5/7/2013 SI 4821870

9 SI

7/29/2013

9/26/2013 SI

393 SELECCIÓN ABREVIADA

OBRA PÚBLICA

AMPLIACCION DE INFRAESTRUTURA Y MEJORAMIENTO DEL HOGAR INFANTILRAYITO DE SOL DEL CASCO URBANO DEL MUNICIPIO E CIMITARRA

117,591,833 CONSTRUCCIONES SUAREZ PZ SAS

12/3/2013

SI 5879591

7 SI

12/3/2013

ND SI

243 DIRECTA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

SERVICIOS PROFESIONALES DE ASESORIA JURIDICA Y ASISTENCIA LEGAL EXTERNA REQUERIDA POR EL MUNICIPIO PARA EL DESPACHO DEL ALCALDE . SECRETARIA DE HACIENDA Y TESOSRERIA GENERAL. PARA EL FORTACELIMIENTO DE LA GESTION MUNICIPAL.

90,000,000 IZQUIERDO GARCIA JAIRO ENRIQUE

7/17/2013

NO 0 SI ND 12/16/2013 SI

57 SELECCIÓN ABREVIADA

OBRA PÚBLICA

MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA FISICA DEL ANCIANATO SAN JOSE DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA.

85,142,223 JCP CONSTRUCCIONES S.A.S.

2/4/2013 NO 0 SI 2/4/2013 4/3/2013 SI

172 SELECCIÓN ABREVIADA

SUMINISTROS

SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LAS INSTITUCIONES QUE PRESTARAN EL APOYO EN LAS DIFERENTES ACTIVIDADES Y PROGRAMAS ENCAMINADOS A LA SEGURIDAD CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE CIMITARRA.

84,991,512

AGUDELO BETANCOURT HUMBERTO DE JESUS

5/6/2013 SI 2549745

4 SI 5/6/2013 11/7/2013 SI

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123 DIRECTA OTROS

APOYO A PROGRAMAS DE INTERES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES CULTURALES Y ARTISTICAS EN EL MUNICIPIO DE CIMITARRA.

71,000,000

ASOCIACION LA CIMITARRA HORIZONTE DE CULTURA

3/13/2013

SI 3550000

0 SI

3/13/2013

5/31/2013 SI

325 MÍNIMA CUANTÍA

SUMINISTROS

SUMINISTRO DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS CON DESTINO A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACTIVOS Y REALIZACION DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN EL MUNICIPIO DE CIMITARRA

15,200,000

GUALDRON FIGUEROA CARLOS ALBERTO

10/3/2013

NO 0 NO 10/3/201

3 10/15/2013 SI

226 MÍNIMA CUANTÍA

SUMINISTROS

SUMINISTRO DE HOSPEDAJE PARA EL PERSONAL Y GRUPOS ESPECIALES QUE PRESTAN EL APOYO EN SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA PACIFICA ANTES Y DURANTE LAS FESTIVIDADES DE LA CILTURA Y EL TURISMO DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA

16,467,000 RONCANCIO RIOS MARIA LUDIOLA

7/4/2013 NO 0 NO 7/4/2013 7/25/2013 SI

170 MÍNIMA CUANTÍA

SUMINISTROS

SUMINISTRO DE COFRES PARA LA INHUMACION DE CADAVERES Y TRANSPORTE DE CUERPOS EN DESCOMPISICION PARA ATENDER A LA POBLACION VULNERABLE DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA.

15,000,000 GALEANO RINCON MARIA DE JESUS

5/3/2013 NO 0 NO 5/3/2013 7/24/2013 SI

370 MÍNIMA CUANTÍA

SUMINISTROS

SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE Y NO FUNGIBLE PARA LA ATENCION INTEGRAL EN PRIMERA INFANCIA PARA LOS HOGARES INFANTILES DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA

11,015,473

GUALDRON FIGUEROA CARLOS ALBERTO

11/8/2013

NO 0 NO 11/8/201

3 11/20/2013 SI

234 MÍNIMA CUANTÍA

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

PRESTACION DE SERVICIOS PERSONALES COMO TECNICO PARA EL MANTENIMIENTO DEL SISTEMA ELECTRICO EN LAS INSTALACIONES EN LAS OPTIMACION DEL FINCIONAMIENTO DE LIMINARIAS Y EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO

7.000.000 GARAVITO JAIRO ALBERTO

7/5/2013

no 0 no

12/24/2013

no

251 DIRECTA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

PRESTACION DE SERVICIOS PERSONALES PARA COORDINAR Y SUPERVISAR LA ENTREGA DE MERCADOS DEL PROGRAMA PAE SECTOR RURAL. PROGRAMA DESAYUNOS INFANTILES SECTOR URBANO Y PROGRAMA COLOMBIA MAYOR

6,600,000 SANTAMARIA ARIZA LUIS HERNANDO

7/26/2013

NO 0 NO 7/26/201

3 12/13/2013 SI

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INFORME DEFINITIVO ALCALDIA DE CIMITARRA SUBCONTRALORIA DELEGADA PARA ELCONTROL FISCAL

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210 DIRECTA OTROS

MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LA VIA SOPLAVIENTOS BENEFICIANDO A LOS MUNICIPIOS DE CIMITARRA Y LANDAZURI ( PROYECTO SGR FONDO DE COMPESACXION REGIONAL).

112,464,599 UNION TEMPORAL SOPLAVIENTOS

6/18/2013

SI 5623230

0 SI

6/19/2013

9/13/2013 SI

ANALISIS DE LA MUESTRA CONTRACTUAL SELECCIONADA

1. En la anterior muestra contractual, se tomaron convenios efectuados en la vigencia 2013, con la ASOCIACION ANCIANATO SAN JOSE DE CIMITARRA, teniendo en cuenta la denuncia y la queja existente en la GGS, contra el señor SAMUEL SOTO CARREÑO, en calidad de Alcalde municipal de Cimitarra, presentada en mayo de 2014, por Luis Giovanny Hernández, en calidad de concejal, por presunta celebración indebida de contratos (vigencia 2014), debido a que firmó convenios de asociación para realizar actividades de apoyo a programas para los adultos mayores del SISBEN, sin que se hayan solicitado facultades al concejo. 2. No se suscribieron contratos bajo la modalidad de urgencias manifiestas.

3. Manual de contratación desactualizado, expedido en el año 2008. Nota: en la auditoría realizada a la vigencia 2012, se evidenció este hecho y se incluyó como acción de mejora, ahora bien es importante manifestar que a la fecha de realización de la presente auditoria aún no se encuentra aprobado el plan de mejoramiento de la alcaldía, por lo tanto no se entrará a calificar este hecho del plan de mejoramiento. OBSERVACIONES A LA RELACION DE LOS CONTRATOS SOLICITADOS EN LA MUESTRA OBJETO DE AUDITORIA Una vez extraída la muestra de los contratos objeto de revisión en la Auditoria que se llevó a cabo en la Alcaldía Municipal de Cimitarra para la vigencia 2013, obtenidos de la información repostada al SIA y certificada por la entidad, se inició el proceso auditor a la Alcaldía Municipal de Cimitarra en la línea de contratación, configurándose las siguientes irregularidades. 1- CONTRATO No 144 de 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Selección Abreviada por Subasta Inversa presencial TIPO DE CONTRATO: Leasing Financiero con BANCOLOMBIA OBJETO: adquisición de lote de maquinaria pesada tipo retroexcavadora y volqueta destinada para el mejoramiento de la malla vial del municipio de CIMITARRA CONTRATISTA: Administración Publica Cooperativa De Departamentos Y Municipios De Colombia – CODENCO SUPERVISOR: Evis Carolina Ramos Gutiérrez FUENTE: Leasing SUSCRIPCION: 19 de abril de 2013 VALOR: $499,200,000 SECOP: Desactualizado hasta suscripción del contrato.

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Teniendo en cuenta que el municipio de Cimitarra estaba conformado por 34 veredas las cuales contaban con una red de vías secundarias y terciarias que superaban los 400 kilómetros de longitud y que dichas vías requerían mantenimiento permanente debido a que las mismas se veían afectadas por falta de drenaje, ausencia de cunetas, y nivelación debida, afectando así a una población aproximada de 36.248 habitantes, por lo cual la administración contemplo en su plan de desarrollo dentro de la línea estratégica, mas cobertura mayor bienestar, programa, transporte, la meta de mantener 400 km de via rural anualmente por 4 años, para lo cual necesitaba aumentar su banco de maquinaria y realizar la compra de 1 retroexcavadora y 1 volqueta 7 mts3; ahora bien, para cumplir este objetivo la administración municipal celebraría contrato de leasing financiero con la entidad bancaria BANCOLOMBIA, toda vez que la alcaldía no contaba con los recursos necesarios para adquirir directamente esta maquinaria, ahora bien, del anterior leasing se realizó aprobación el dia 4 de octubre de 2012, por $600.000.000.

Posteriormente la administración municipal, inició proceso de selección por subasta inversa presencial, adjudicando el presente contrato a la Administracion Publica Cooperativa de Departamentos Y Municipios de Colombia – CODENCO, el dia 20 de marzo de 2013, por valor de $449.200.000. En este orden de ideas el municipio suscribió contrato de Leasing con BANCOLOMBIA, el día 22 de abril de 2012, por $449.200.000, bajo los números de leasing 151593 correspondiente a la volqueta por valor de $210.000.000, que pagara 60 cuotas de arrendamiento por $5.849.741.39 y el leasing 151593, de la retroexcavadora por valor de $289.200.000, con garantía de 1 año sin límite de horas, en cuotas a 60 meses de $4.247.737.52. El dia 30 de mayo de 2013, la administración municipal efectuó informe ejecutivo con registro fotográfico respecto de la entrega de la siguiente maquinaria. - Retroexcavadora John Deere 310 sk modelo 2012 de ACPM -Volqueta del 22 de junio de 2013 marca international línea 4300 4x2 modelos 2014 color blanco placa OSB 059. Además informa los mantenimientos efectuados por NAVITRANS sobre la maquinaria adquirida. En revisión efectuada al presente contrato se observó se han efectuado los siguientes pagos:

1. RETROEXCAVADORA

FECHA DESEMBOLSO

28-Jun-13 VALOR DESEMBOLSO 289.200.000.00

MES PAGO CAPITAL INTERESES TOTAL CUOTA SALDO DEUDA

Jul – 13 3917940 2,368,238 6,286,178 285,282,060

Ago – 13 3943374 2,250,978 6,194,352 281,338,686

Sep – 13 3968973 2,225,379 6,194,352 277,369,713

Oct-13 3991710 2,206,730 6,198,440 273,378,003

Nov – 13 4017725 2,180,715 6,198,440 269,360,278

Dic – 13 4043910 2,154,530 6,198,440 265,316,368

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Ene – 14 4068325 2,132,711 6,201,036 261,248,043

Feb-14 4094909 2,163,586 6,258,495 257,153,134

Mar – 14 4121667 2,136,828 6,258,495 253,031,467

Abr – 14 4165378 2,070,951 6,236,329 248,866,089

May – 14 4165378 2,070,951 6,236,329 244,700,711

TOTALES $ 44,499,289.00 $ 23,961,597.00 $ 68,460,886.00

2. VOLQUETA

FECHA

DESEMBOLSO

23-Jul-13 VALOR DESEMBOLSO 210.000.000.00

MES PAGO CAPITAL INTERESES TOTAL CUOTA SALDO DEUDA

Ago – 13 2,847,258 2,640,899 5,488,157 207,152,742

Sep – 13 2,865,668 1,964,702 4,830,370 204,287,074

Oct-13 2,884,197 1,946,172 4,830,369 201,402,877

Nov – 13 2,900,647 1,932,690 4,833,337 198,502,230

Dic – 13 2,919,477 1,913,860 4,833,337 195,582,753

Ene – 14 2,938,430 1,894,908 4,833,338 192,644,323

Feb-14 2,956,800 1,877,479 4,834,279 189,687,523

Mar – 14 2,976,020 1,858,259 4,834,279 186,711,503

Abr – 14 2,995,364 1,838,915 4,834,279 183,716,139

May – 14 3,029,057 1,786,461 4,815,518 180,687,082

TOTALES $ 29,312,918.00 $ 19,654,345.00 $ 48,967,263.00

2- CONTRATO No 286 de 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Licitación Publica TIPO DE CONTRATO: obra publica OBJETO: Mejoramiento y mantenimiento de la via chontarales beneficiando a los municipios de cimitarra y landazuri ( proyecto sgr fondo de compesacion regional) COSTO DEL PROYECTO SEGÚN PRESUPUESTO PRELIMINAR: 392.081.445 SUSCRIPCION: 27 de agosto de 2013 SUPERVISOR. Evis carolina ramos Gutiérrez INTERVENTORIA EXTERNA: Adriana patricia Rodríguez Medellín RESIDENTE DE OBRA: Hernán Alonso Camacho DIRECTOR DE OBRA: German Andres Guaqueta FUENTE: Sistema General de Regalías ANTICIPO: 50%, en una fiducia a nombre del proyecto, administrada por el ordenador del gasto y el consorcio, por $195.850.916, según egreso del 18 de octubre de 2013 CONTRATISTA: CONSORCIO INGENIEROS CONTRUCION CIMITARRA VALOR: 391,701,832 PLAZO: 3 meses ACTA DE INICIO: 16 de septiembre de 2013 INFORMES DE INTERVENTORIA No. 1 : 15 de octubre de 2013 INFORME DE INTERVENTORIA No 2: de fecha 15 de noviembre INFORME DE INTERVENTORIA No 3: de fecha 15 de diciembre de 2013

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ACTA DE SUSPENSIÓN No 1: 16 de diciembre de 2013, debido a las fuertes lluvias y difícil situación climática ACTA DE REINICIO No 1: 20 de enero de 2013, inconvenientes superados ACTA DE RECIBO No.1: 24 de enero de 2014, por $180.725.761.12, amortiza $90.362.880.56 del valor del anticipo, y el municipio paga $90.362.880.56 con los descuentos de estampillas y fondo. y departamentales NUEVA FECHA DE TERMINACION: 19 de febrero de 2014 INFORME DE INTERVENTORIA No 4: de fecha 28 de marzo de 2014. ADICIONAL EN TIEMPO: De fecha 12 de diciembre de 2013, por 30 dias calendarios ACTA DE SUSPENSIÓN No 2: de fecha 3 de febrero de 2014, debido a las difíciles condiciones climáticas de lluvia. ACTA DE REINICIO: 18 de marzo de 2014 ACTA DE MAYORES Y MENORES CANTIDADES: 19 de marzo de 2014, toda vez que la estructura principal las aletas de vox coulverts, ubicados en los pr 300 y pr 9 700, se encontraban construidas en un 100% y que dada la localización y especificaciones del proyecto se requerían mayores cantidades de relleno para los accesos a las estructuras ADICIONAL EN VALOR: 16.329.762 de fecha 20 de marzo de 2014 ACTA DE RECIBO PARCIAL No. 2: 19 de marzo de 2014, $189.627.807.48, amortiza $94.813.903.74, y el municipio paga 94.813.903.74, de fecha 20 de marzo de 2014 ACTA DE RECIBO FINAL: 28 de marzo de 2014 reciben saldo por $37.678.025.40, amortizan $10.674.131.70 y el municipio paga 27.003.893.70, según egreso del 6 de mayo de 2014. INFORME FINAL DE INTERVENTORIA: 28 de marzo de 2014, ACTA DE RECIBO DE LA COMUNIDAD: de fecha 28 de marzo de 2014, de la junta de acción comunal de la vereda Chontarales con el fin de recibir el objeto el contrato. ACTA DE LIQUIDACION: 5 de mayo de 2014 PAGO TOTAL: $408. 031. 594 SECOP: Publicado Teniendo en cuenta que la alcaldía municipal contempló en su plan de desarrollo dentro de la línea estratégica, mas cobertura mayor bienestar, programa, transporte, la meta de mantener 400 km de vía rural anualmente por 4 años, la administración municipal procedió a suscribir contrato de mantenimiento de vías con el CONSORCIO INGENIEROS CONTRUCION CIMITARRA, para realizar el mejoramiento y mantenimiento de la vía Chontarales, beneficiando a los municipios de Cimitarra y Landázuri, por valor de $391,701,832 siendo adjudicado el mismo el día 23 de agosto de 2013, con fecha de suscripción de la minuta del 27 de agosto de 2013, y acta de inicio del 16 de septiembre de 2013. Del anterior contrato se informa fue ejecutado en su parte pre contractual, contractual y pos contractual, atendiendo a los parámetros establecidos para la modalidad de selección por Licitación Publica, se realizaron los correspondientes descuentos de estampillas municipales, departamentales y del 5% del fondo de seguridad ciudadana, igualmente se presentaron los informes de supervisión e interventoría, los cuales avalaban las actas de avances parciales, de pagos, de recibo final y liquidación del contrato.

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Ahora bien, en revisión efectuada a la carpeta contractual, se observó reposa acta de recibo a satisfacción de la comunidad, de fecha 28 de marzo de 2014, suscrita por los integrantes de la junta de acción comunal de la vereda Chontarales. OBSERVACION N°1 Alcance Administrativo: La administración municipal de Cimitarra, no incluye en las actas de entrega de las obras, el detallado del objeto contratado, lo anterior con la finalidad de informar claramente a la comunidad beneficiada, sobre el alcance de la obra ejecutada, lo cual le permitiría manifestar conformidades o incompatibilidades respecto de la cantidad o calidad de las obras entregadas por la alcaldía.

ALCANCE DE LA OBSERVACION ADMINISTRATIVA

PRESUNTO RESPONSABLE: SAMUEL SOTO CARREÑO

CONTRADICCIONES PRESENTADAS POR EL ENTE AUDITADO “Si bien el Estatuto de Contratación no establece que la entidad deba suscribir actas de entrega a la comunidad, la Secretaría de Obras e Infraestructura tiene como buena práctica, previo a la liquidación del contrato de obra, la suscripción del ACTA DE RECIBO DE LA COMUNIDAD, formato donde se estipula el objeto del contrato y que evidencia la conformidad de los beneficiarios con las obras ejecutadas. Sin embargo, en aras de atender la observación de la Contraloría General de Santander y optimizar los procesos de la entidad, será incluido en el Plan de Mejoramiento el perfeccionamiento del documento (formato) existente, incluyendo clara y detalladamente el alcance del contrato.”

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL. Teniendo en cuenta la respuesta presentada por la Alcaldía municipal de Cimitarra, frente al Informe Preliminar, donde acepta los hechos que sustentaron la imposición de la presente observación, esta Contraloría confirma el hallazgo con alcance administrativo, para que sea incluido como acción de mejora en la entidad.

REGISTRO FOTOGRAFICO

(inspección ocular de las obras por parte del grupo auditor)

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3- CONVENIO No 143 de 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Directa-contrato interadministrativo TIPO DE CONTRATO: Obra Publica OBJETO: construcción de muro de protección de la bocatoma. tuberia de aduccion e instalaciones electricas en la planta de tratamiento del acueducto del casco urbano del municipio de Cimitarra. CONTRATISTA: Empresas Publicas De Cimitarra administración cooperativa del municipio de Cimitarra VALOR APORTES: $370, 000,000 aportes del municipio y $37.561.821 Empresas Publicas De Cimitarra VALOR TOTAL: $407.461.821 SUSCRIPCION: 2 de abril de 2013 ACTA DE INICIO: 28 de mayo de 2013

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ACTA DE MAYORES Y MENORES CANTIDADES: de fecha 9 de agosto de 2013, con el fin de mejorar la calidad de las actividades, sin que hubieran modificaciones al valor. SUPERVISOR: Feisan Garcia Hernandez. FUENTE: Trasporte de Hidrocarburos PLAZO: 6 meses ACTA DE RECIBO PARCIAL No. 1: 9 de agosto de 2013, por 192.417.921.60 (valor ejecutado), con aportes del municipio de 177.276.746.93, y de la APC 15.141.174.67. ACTA DE RECIBO PARCIAL No 2: de fecha 13 de septiembre de 2013, valor ejecutado, de 132.796.685.11, aportes del municipio de 113.763.773.11, y la APC, de 19.032.912. INFORMES DE INTERVENTORIAS: del 9 de agosto de 2013, el 13 de septiembre de 2013 y del 18 de octubre de 2013. ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL: Del 18 de octubre de 2013, por 78.957.863.45 aportes del municipio. LIQUIDACION: 18 de noviembre de 2013. SECOP: Actualizado Publicado el Convenio y el acta de liquidación. Teniendo en cuenta que la bocatoma donde se surtía el acueducto del municipio, se habia visto afectada por las últimas olas invernales, la administración municipal vio la necesidad de contratar la: construcción de un muro de protección de la bocatoma, la instalación de red de aducción al desarenador y las instalaciones eléctricas para la cometida de la tensión y la sub estación trasformadora y la acometida de baja tensión requerida para la planta de tratamiento y el correcto funcionamiento del as bombas instaladas para el suministro de agua a la zona de expansión, con lo cual se brindaría protección a la tubería que saldría de la bocatoma al desordenador ya que el fuerte caudal proveniente de la quebrada habia socavado el terreno donde se encontraba apoyada la tubería, por lo tanto la administración municipal procedió a suscribir convenio de asociación con la APC de Cimitarra para desarrollar las siguientes actividades:

EMPRESAS PUBLICAS- ADMINISTRACIÓN PUBLICA COOPERATIVA VALOR

ARREGLO CAPTACIÓN TOROBA

Excavación en tierra y conglomerado 5,575,680.00

Retiro de Sobrantes 5,525,080.00

Manejo de aguas 11,560,800.00

ADUCCIÓN

Excavación en tierra y conglomerado 9,805,721.00

Relleno en material común 4,999,280.00

SUBTOTAL 37,466,561.00

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MUNICIPIO DE CIMITARRA

PRELIMINARES

Localización y replanteo topográfico 264,000.00

ARREGLO CAPTACIÓN TOROBA

Excavación en tierra y conglomerado 12,367,872.00

Excavación Bajo Agua con maquina 8,136,480.00

Retiro de Sobrantes 14,967,944.00

Concreto 3500 psi . 26,081,193.60

Acero de refuerzo 15,573,096.00

Concreto ciclópeo para protección Bocatoma 5,121,446.40

Manejo de aguas 5,780,400.00

Relleno con material seleccionado 9,216,215.00

Gavión con malla eslabonada relleno en piedra 10,396,320.00

Refuerzo tubería salida bocatoma 1,527,521.08

Pilotes para anclaje de muro 6,252,485.50

Empradizacion para estabilizar de talud 1,398,840.00

Conformación de talud 761,760.00

ADUCCIÓN

Excavación en tierra y conglomerado 68,152,423.00

Relleno en material común 34,573,968.00

Concreto 2500 psi para atraques 1,206,730.00

Suministro e Instalación tubería PVC Ф12" RDE 41 UM 11,372,060.00

Suministro e Instalación tubería PVC Ф10" RDE 41 UM 87,631,040.00

Válvula Sectorial de 10" 3,643,310.00

Válvula Sectorial de 12" 4,277,016.00

Suministro e instalación doble acción ventosa 3" con caja 13,016,391.00

Suministro e Instalación Codo 10 x 11*1/4 H.D 1,826,246.00

Suministro e Instalación Codo 10 x 22.5 H.D 1,826,246.00

Suministro e Instalación Codo 10 x 45 H.D 1,841,280.00

Suministro e Instalación Reducción 12" - 10" H.D 1,681,855.00

Suministro e Instalación de Galápago 12 - 3" H.D para ventosas 524,755.00

Suministro e Instalación de Galápago 10 - 3" H.D para ventosas 949,286.00

Suministro e Instalación Unión Universal R1 12" 1,179,648.00

Suministro e Instalación Unión Universal R1 10" 2,954,304.00

Suministro e Instalación Pasamuro Brida - E.L 12" H.D 1,942,493.00

Suministro e Instalación Pasamuro Brida - E.L 10" H.D 1,305,325.00

Concreto 3000 psi . 1,442,546.00

Cajas Válvulas 10" mampostería 956,888.00

Anclaje para Pasos elevados Tubería 4,540,395.00

Suministro e instalación purga 3" con caja 4,294,445.00

Suministro e Instalación Tee 10 x 3" H.D E.L 1,015,776.00

SUBTOTAL 370,000,000.00

TOTAL PROYECTO 407,466,561.00

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Del anterior contrato se informa que en revisión efectuada a la carpeta contractual reposan los informes de supervisión del 9 de agosto de 2013, del 13 de septiembre de 2013 y del 18 de octubre de 2013, además se realizó inspección ocular al sitio de la obra por parte del grupo auditor, constatándose de esta manera la ejecución de la misma conforme a las especificaciones detalladas en el convenio suscrito con la APC.

REGISTRO FOTOGRAFICO

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OBSERVACION N°2 Alcance Administrativo: La administración municipal de Cimitarra, no realiza acta de entrega de las obras efectuadas en el presente convenio a la comunidad, lo anterior con la finalidad de informar claramente a la misma, sobre el alcance de la obra ejecutada, permitiendo de esta manera que la misma manifeste conformidades o incompatibilidades respecto de la cantidad o calidad de las obras entregadas por la alcaldía.

ALCANCE DE LA OBSERVACION ADMINISTRATIVA

PRESUNTO RESPONSABLE: SAMUEL SOTO CARREÑO

CONTRADICCIONES PRESENTADAS POR EL ENTE AUDITADO “Si bien el Estatuto de Contratación no establece que la entidad deba suscribir actas de entrega a la comunidad, la Secretaría de Obras e Infraestructura tiene como buena práctica, previo a la liquidación del contrato de obra, la suscripción del ACTA DE RECIBO DE LA COMUNIDAD, formato donde se estipula el objeto del contrato y que evidencia la conformidad de los beneficiarios con las obras ejecutadas. Sin embargo, en aras de atender la observación de la Contraloría General de Santander y optimizar los procesos de la entidad, será incluido en el Plan de Mejoramiento el perfeccionamiento del documento (formato) existente, incluyendo clara y detalladamente el alcance del contrato.”

CONCLUSIONES DEL ORGANO DE CONTROL Teniendo en cuenta la respuesta presentada por la Alcaldía municipal de Cimitarra, frente al Informe Preliminar, donde acepta los hechos que sustentaron la imposición de la presente observación No. 2, esta Contraloría confirma el hallazgo con alcance administrativo, para que sea incluido como acción de mejora en la entidad. 4- CONVENIO DE ASOCIACION No 147 de 2013

MODALIDAD DE CONTRATACION: Licitación Pública, y se firmó finalmente un convenio atendiendo a los aportes que realizaría COLIMAN. SUPERVISOR. Carolina Ramos Gutiérrez FUENTE: Convenio CAS 005476 de 2012, plan de ordenamiento y manejo ambiental trasferencia Ley 99 del 93 OBJETO: aunar esfuerzos mediante convenio de asociación para llevar a cabo la ejecución del proyecto: establecimiento. primer mantenimiento y aislamiento de 34 hectáreas de plantación de caucho en el municipio de cimitarra, en desarrollo del convenio 476/2012 con la CAS. CONTRATISTA: Corporación Colombiana De Investigaciones Ambientales – COLIMAN SUPERVISOR: Ingeniera Carolina Ramos-secretaria de obras publicas DIRECTOR DE OBRA: Hermes Cruz Celis VALOR CONVENIO CAS: 228.477.057, discriminados de la siguiente manera: la CAS aporta, $209,964,950 y el municipio 18.512.107 VALOR DEL CONVENIO CON COLIMAM: $231.200.852.68, con aportes del municipio de $217.457.596.68 y de COLINAM $13.743.256, (los aportes de COLINAM, son representados en la realización de 4 talleres mensualidades por 4 meses, y el establecimiento y mantenimiento durante el primer año de plantación de 2 hectáreas de caucho.)

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SUSCRIPCION: 1 de abril de 2013 PLAZO 5 meses ACTA DE INICIO: 28 de agosto de 2013 ADIONAL EN TIEMPO: De fecha 14 de enero de 2014, en 2 meses, toda vez que en diciembre y enero de 2014, se presentó escases de material vegetal plántulas. INFORME DE SUPERVISION No.1: de fecha 24 de enero de 2014, donde informa la plantación y aislamiento de 18 hectáreas de caucho en la finca la Marsella, de propiedad de Daniel Horacio Franco Tirado. ACTA DE RECIBO PARCIAL No.1: de fecha 24 de enero de 2014, por valor de 116.670.492.36 INFORME E SUPERVISION: Marzo de 2014, informa se intervino el predio La Victoria, perteneciente al señor Jaider Quintero, por una cantidad de 16 hectáreas. ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL: De fecha 20 de marzo de 2014, por valor de 100.787.104.32, sin que se haya realizado el pago hasta tanto la CAS no de concepto favorable, y no se haya presentado último informe de ejecución del contratista. ESTADO DEL CONTRATO: Sin liquidar. PAGO TOTAL REALIZADO A LA FECHA: $0 Teniendo en cuenta la actual situación de deterioro de los ecosistemas boscosos, que traía como consecuencia la perdida de oferta de bienes y servicios ambientales para la población asentada, lo que se tradujo en el deterioro de las condiciones de vida, de esta manera se hizo importante ejecutar un programa de reforestación que contribuyera a los procesos de recuperación, conservación y protección de la microcuencas con participación comunitaria que determinaran alternativas sostenibles para aportar a su rehabilitación, por lo cual la administración municipal vio la necesidad de suscribir el convenio 476 de 2012, entre el municipio de Cimitarra y la CAS, cuyo objeto era aunar esfuerzos para realizar el establecimiento, primer mantenimiento y aislamiento de 34 hectáreas de plantación de caucho (hevea brasilensis), en el municipio de Cimitarra, de fecha 16 de mayo de 2012. En este orden de ideas el municipio inició proceso se selección por licitación pública, siendo adjudicado el mismo el día 15 de marzo de 2013, con la CORPORACION COLOMBIANA DE INVESTIGACIONES AMBIENTALES-COLIMA, cuyo objeto era: “Aunar esfuerzos mediante convenio de asociación para llevar a cabo la ejecución del proyecto: establecimiento, primer mantenimiento y aislamiento de 34 hectáreas de plantación de caucho en el municipio de Cimitarra, en desarrollo del convenio 476/2012 con la CAS”; por valor de $231.200.852.68, realizándose los siguientes aportes: $217.457.596.68 por el municipio y $ 13.743.256 por COLIMAN. Del anterior contrato se informa fue acordada la plantación de 34 hectáreas de caucho en las fincas la Marsella (18 hectáreas) y la Victoria (16 hectáreas), ahora bien en revisión a la carpeta contractual se observó reposan los respectivos informes de supervisión de fechas 24 de enero de 2014, donde informaba la plantación y aislamiento de 18 hectáreas de caucho en la finca la Marsella, propiedad del señor Daniel Horacio Franco Tirado y de marzo de 2014, donde se informaba la intervención del predio La Victoria, perteneciente al señor Jaider Quintero, en una cantidad de 16 hectáreas, así mismo se observó reposan los informes de actividades del contratista. Finalmente el grupo auditor determinó que a la fecha en que se realizó la presente auditoria, el convenio no ha sido liquidado, ni se han girado los dineros

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correspondientes al pago del mismo, hasta tanto la CAS expida concepto favorable sobre la ejecución se la siembra. También se informa que el grupo auditor realizó visita a la finca la Marsella, propiedad del señor Daniel Horacio Franco Tirado, quien informó se han venido efectuando las siembras de caucho en 18 hectáreas de su finca, además manifestó haber recibido por parte de COLIMAN, las capacitación acerca del mantenimiento del caucho, las resiembras así como los mantenimientos de estos árboles. OBSERVACION N°3 Alcance Administrativo: La administración municipal de Cimitarra, deberá antes de efectuar liquidación y pago total del valor del presente convenio, verificar la siembra de las dos hectáreas de caucho como aporte de COLINAM, de igual manera deberá en forma posterior a la liquidación, efectuar seguimiento a la presentación de los 4 talleres mensuales por 4 meses, y el y mantenimiento durante el primer año de plantación de 2 hectáreas, actividades estas que se deberían realizar como aporte de COLIMAN.

ALCANCE DE LA OBSERVACION ADMINISTRATIVA

PRESUNTO RESPONSABLE: SAMUEL SOTO CARREÑO

CONTRADICCIONES PRESENTADAS POR EL ENTE AUDITADO Antes de la liquidación y pago del CONVENIO DE ASOCIACION 147 DE 2013 se dará cumplimiento a cada uno de los requerimientos de la Contraloría General de Santander, correspondientes a la verificación de los aportes de COLINAM.

CONCLUSIONES DEL ORGANO DE CONTROL

Analizando la respuesta presentada por la Alcaldía municipal de Cimitarra, frente a la observación No. 3 del Informe Preliminar, esta Contraloría confirma el hallazgo con alcance Administrativo, para que sea incluido en el respectivo plan de mejoramiento de la entidad.

REGISTRO FOTOGRAFICO

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5- CONTRATO No 232 de 2013

MODALIDAD DE CONTRATACION: Licitación Publica TIPO DE CONTRATO: Obra publica OBJETO: Ampliación del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial del corregimiento de Puerto Olaya del municipio de cimitarra en desarrollo del convenio 5211700 con ECOPETROL CONTRATISTA: Johany Alberto Ramírez Otero PLAZO: 10 meses CDP:459.156.096 Convenio con ECOPETROL, 883.031.812, SGP Municipios rivereños de la vigencia anterior. SUSCRIPCION:5 de julio de 2013

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CONTRATISTA: Ramírez Otero Johany Alberto INTERVENTORIA: GEIOVIAS EU (Externa) VALOR: $1,323,733,321 ANTCIPO: 50% Fiducia a nombre del proyecto, administración a cargo del ordenador del gato y del contratista, por valor de 661.866.662 (si consignación fiducia) ACA DE INICIO. 3 de febrero de 2014 ACTA DE RECIBO PARCIAL No. 1: De fecha 3 de abril de 2014, por 217.936.405.59, amortiza 108.968.202 y paga 108.968.202.79 (con pagos de estampillas municipales y departamentales, asi como del fsc) INFORME DE INTERVENTORIA: De febrero de 2014, marzo de 2014 y abril de 2014 ESTADO DEL CONTRATO: Con avance de obra del 28.6% según último informe de interventoría de abril de 2014. SECOP: Desactualizado hasta acto de adjudicación El presente contrato se efectuó en desarrollo del proyecto denominado: Anuar esfuerzos para la ampliación del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial del corregimiento de Puerto Olaya del municipio de Cimitarra. Teniendo en cuenta que el Centro Poblado de Puerto Olaya, contaba con 1167 habitantes, y toda vez que la comunidad solicitó la ampliación del sistema de alcantarillado ya que varias viviendas del sector 28 de mayo hacían la disposición de las aguas hervidas a un bajo que iba directamente al rio magdalena, contaminando esta importante fuente hídrica, generando problemas de saneamiento y teniendo en cuenta que adicionalmente se habían presentado inundaciones en el sector, ocasionadas por la falta de alcantarillado pluvial; la administración municipal, suscribió el convenio de colaboración No. 5211700 de 2012, entre el municipio de Cimitarra y Ecopetrol, con el objeto de realizar ampliación del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial del corregimiento de Puerto Olaya, con aporte de ECOPETROL de $491.185.022 y del municipio por $944.956.039.

Posteriormente se firmó acta de inicio del 3 de febrero de 2014, previa adjudicación de la interventoría externa, dando aplicación a la modalidad se selección por concurso de méritos. Ahora bien, se informa que actualmente del presente contrato se ha suscrito acta de recibo parcial No. 1 de fecha 3 de abril de 2014, por $217.936.405.59, amortizando $108.968.202 del anticipo, con pago efectivo de $108.968.202.79. En revisión a la carpeta contractual se pudo observar la presentación de informes de interventoría correspondientes a los meses de febrero de 2014, marzo de 2014 y abril de 2014, con grado de avance respecto del último informe del 28.6%. OBSERVACION N°4 Alcance Administrativo: La administración municipal de Cimitarra, debe realizar en forma concomitante con la selección del contratista para la ejecución de las obras a contratar, la selección de la interventoría que realizará el seguimiento y control a su objeto, lo anterior con la finalidad de evitar así posibles demoras en la iniciación respecto de la ejecución del contrato, lo anterior teniendo en cuenta el grado de necesidad inmediata que este proyecto trae consigo para la comunidad de Cimitarra.

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Aunado a lo anterior es necesario que la administración municipal solicite al contratista periódicamente una relación del personal que labora en la obra, con lo cual la alcaldía pueda ejercer supervisión sobre los pagos a seguridad social en forma cumplida y correcta, así como sobre las calidades del personal

ALCANCE DE LA OBSERVACION ADMINISTRATIVA

PRESUNTO RESPONSABLE: SAMUEL SOTO CARREÑO

CONTRADICCIONES PRESENTADAS POR EL ENTE AUDITADO

Por cuanto la actividad mencionada es una labor del Interventor o supervisor, a futuro en la designación o contratación del interventor o supervisor, dentro de las obligaciones se estipulará que para el inicio y pago, el contratista deberá presentar relación del personal a intervenir en las obras, a efectos de que la entidad realice el correspondiente control y seguimiento.

CONCLUSIONES DEL ORGANO DE CONTROL

Analizando la respuesta presentada por la Alcaldía municipal de Cimitarra, frente a la observación No. 4 del Informe Preliminar, esta Contraloría confirma el hallazgo con alcance Administrativo, para que sea incluido en el respectivo plan de mejoramiento de la entidad. 6- CONTRATO No 256 DE 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Licitación Publica TIPO DE CONTRATO: Obra Publica OBJETO: Construcción de redes de media y baja tensión, alumbrado público y subestaciones para la electrificación del sector nueva cimitarra del municipio de cimitarra en desarrollo del convenio 1553 de 2012 con la gobernación de Santander PRESUPUESTO OFICIAL: $619.826.121 CDP: Cofinanciación Departamental PLAZO: 8 meses SUPERVISOR: Ingeniera Carolina Ramos Gutierrez Secretaria De Obras del municipio SUSCRIPCION: 5 de agosto de 2013 CONTRATISTA: Unión Temporal Cimitarra 2013 INTERVENTORIA: Contratada por la Gobernación de Santander: Consorcio Electrificación Rural 2013 DIRECTOR DE OBRA: ingeniero Alfredo santos morales. Ingeniero electricista RESIDENTE DE OBRA: Martin Vera Lizarazo ingeniero electricista VALOR: $604.814.823.81 ACTA DE INICIO: 24 de septiembre de 2013 ANTCIPO: $241.925.929, se constituyó fiducia. ACTA DE MAYORES Y MENORES CANTIDADES: De fecha 22 de noviembre de 2013, teniendo en cuenta que las cantidades del contrato variaron con respecto a las proyectadas inicialmente en razón a que no fueron contempladas ciertas actividades que se requerían para su ejecución y se tuvieron en cuenta algunas que no aplican al mismo. ACTA DE SUSPENSIÓN No. 1: del 25 de marzo de 2014, mediante oficio del 21 de marzo de 2013, debido a la temporada invernal que imposibilita la ejecución del contrato suscrita por la interventoría, el contratista y el supervisor ACTA DE REINICIO: 24 de mayo de 2014, superados los inconvenientes.

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El municipio de Cimitarra, presentó un proyecto a la Gobernación de Santander denominado “construcción de redes de media y baja tensión, alumbrado público y subestaciones para la electrificación del sector Nueva Cimitarra”, basados en el hecho de haberse realizado la proyección de un programa de vivienda de interés social que beneficiaba a 774 familias; lo anterior se hizo viable ya que el municipio contaba con un predio para efectuar tal programa (zona de expansión), además este predio contaba con servicios de alcantarillado, lo anterior determinó la necesidad de acondicionar el servicio público de electrificación al predio, lo cual permitiría postular el proyecto de vivienda ante el Gobierno Nacional. Por lo anterior la administración municipal suscribió convenio No 1553 de 2012 con la Gobernación de Santander por $619.826.121, de fecha 19 de octubre de 2012, con el objeto de realizar la Construcción de redes de media y baja tensión, alumbrado público y subestaciones para la electrificación del sector nueva cimitarra del municipio de Cimitarra. En este orden de ideas la administración municipal, procedió a iniciar proceso de selección de contratista dando aplicación a la modalidad de selección por Licitación Pública, adjudicando el contrato a la Unión Temporal Cimitarra 2013, el día 31 de julio del mismo año, con acta de inicio del 24 de septiembre de 2013, efectuándose un anticipo de $241.925.929, del cual se constituyó fiducia, con acta de mayores y menores cantidades de fecha 22 de noviembre de 2013, teniendo en cuenta que las cantidades del contrato habían variado con respecto a las proyectadas inicialmente, en razón a que no fueron contempladas ciertas actividades que se requerían para su ejecución y se tuvieron en cuenta algunas que no aplicaban al mismo, lo anterior no variaba el valor inicialmente contratado. Posteriormente se firmó acta de suspensión No. 1 del 25 de marzo de 2014, debido a la temporada invernal que imposibilita la ejecución del contrato la cual fue avalada por la interventoría, el contratista y el supervisor, con acta de reinicio del 24 de mayo de 2014. Del anterior contrato se informa se encuentra en ejecución, a espera de un primer acta de recibo parcial. 7- CONVENIO No 116 de 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Directa TIPO DE CONTRATO: Convenio SUPERVISOR: Roberto Amado Serrano- Secretario De Gobierno FUENTE: Fondos Especiales PLAZO: 10 meses OBJETO: apoyo para el sostenimiento del ancianato San José en desarrollo del proyecto de atención al adulto mayor del municipio de Cimitarra. CONTRATISTA: Asociación Ancianato San José De Cimitarra VALOR: $174,780,000, aportes del municipio $174.780.000 y el ancianato $4.000.000 SUSCRIPCION: 6 de marzo de 2013 ACTA DE INCIO: 6 de marzo de 2013 ANTICIPO: $87.390.000 PRIMER PAGO: del 10 de mayo de 2013 por $17.478.000 SEGUNDO PAGO: 11 de julio de 2013 por $17.478.000

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RESOLUCION No. 17282 de 2013, por la cual la Gobernación de Santander modifica la resolución 11 458 del 18 de junio de 2013, respecto a la distribución y giro de los recursos provenientes del recaudo de la estampilla para el bienestar del adulto mayor, y gira recursos al municipio de Cimitarra, por $31.067.155, correspondientes a las vigencias 2012 y 2013. ADICIONAL EN VALOR: del 28 de octubre de 2013, por 31.067.155. TERCER PAGO: 13 de septiembre de 2013 por 17.478.000 CUARTO PAGO: 33.011.577 de fecha 14 de noviembre de 2013 ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL; 7 de enero de 2014 ÚLTIMO PAGO: 9 de enero de 2014 por $33.011.577 SECOP: No publicado Teniendo en cuenta que en el presupuesto municipal de ingresos y gastos del municipio existía una partida presupuestal de $174,800.000, con cargo al rubro: atención adulto mayor, y toda vez que en el municipio se encontraba funcionando el ancianato San José de Cimitarra, entidad sin ánimo de lucro que brindaba un espacio a la tercera edad donde se le ofrecía la atención básica en alimentación, salud, incluyendo la promoción, prevención, consulta de medicina general, odontología y la rehabilitación básica, la administración municipal procedió a suscribir contrato con el ancianato San José de Cimitarra de acuerdo a la ley 489 de 1998 art 96, para realizar las siguientes actividades:

1. Cumplir con las actividades señaladas por la administración. 2. Suministrar beneficios de salud que no estén en el pos 3. Contar con el apoyo profesional de la salud para atención permanente 4. Brindar alimentación balanceada para su nutrición 5. Ofrecer seguro fúnebre 6. Tramitar adecuadamente todos los servicios públicos domiciliarios 7. Transporte de la directora 8. Programar eventos recreativos y de esparcimiento 9. Asesorías contables 10. Imprevistos

Del anterior convenio se harían los siguientes aportes: El municipio aportaría la alimentación, dotación de útiles de aseo, servicios públicos, gastos operativos, administrativos, y servicios varios por valor de $174.780.000; y el ancianato aportaría bienes y servicios por $4.000.000 Ahora bien en revisión a la carpeta contractual se observó reposan informes de actividades de fechas: mayo de 2013, julio de 2013, septiembre de 2013, noviembre de 2013, e informe del (adicional) en noviembre de 2013,

Del anterior contrato se informa se efectuó visita al ancianato y se conversó con algunos adultos mayores, quienes manifestaron su conformidad con los servicios prestados por la entidad, además se observaron algunas de las actividades realizadas diariamente. HALLAZGO No 5 ADMINISTRATIVO – DISCIPLINARIO-FISCAL Hallazgo Administrativo: La Administración Municipal de Cimitarra, respecto del presente convenio, no realiza adecuada supervisión, toda vez que aprueba un pago de un valor adicional por $31.067.155, de fecha 28 de octubre de 2013, sin que reposen soportes (contratos, facturas) que justifiquen la inversión de

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mencionados recursos, lo cual debe efectuarse toda vez que es obligación de la alcaldía ejercer control y seguimiento sobre la destinación que se hace de los dineros que gira en cumplimiento de los objetos convenidos. En consecuencia el grupo auditor determina lo anterior como una observación de tipo administrativo, que debe ser incluido como acción correctiva en el Plan de Mejoramiento. Hallazgo Disciplinario: La Administración Municipal de Cimitarra, en la ejecución del presente contrato falta a los principios de responsabilidad y economía, como elementos básicos en las actuaciones contractuales de las entidades estatales, según lo establece la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, toda vez que no realiza adecuada supervisión sobre el convenio No. 116 de 2013, teniendo en cuenta que aprueba el pago de un valor adicional por $31.067.155, de fecha 28 de octubre de 2013, sin que reposen soportes (contratos, facturas) que justifiquen la inversión de mencionados recursos, generando con lo anterior un posible detrimento patrimonial en razón al desconocimiento en la inversión realizada de dichos recursos; contraviniendo con ello lo dispuesto en la Ley 80 de 1.993 artículo 26 que señala: “Artículo 26º.- Del Principio de Responsabilidad. En virtud de este principio: 1o. Los servidores públicos están obligados a buscar el cumplimiento de los fines de la contratación, a vigilar la correcta ejecución del objeto contratado y a proteger los derechos de la entidad, del contratista y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del contrato”; en consecuencia lo anterior se considera como un posible hallazgo de tipo administrativo ,fiscal y disciplinario, según lo contempla la Ley 610 de 2.000, artículo 6º, y Ley 734 de 2.002, artículo 34 numeral 1, correspondientemente. Hallazgo Fiscal: La Administración Municipal de Cimitarra, en la ejecución del presente contrato falta a los principios de responsabilidad y economía, como elementos básicos en las actuaciones contractuales de las entidades estatales, según lo establece la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, en el sentido que no realiza adecuada supervisión, toda vez que aprueba un pago de un valor adicional por $31.067.155, de fecha 28 de octubre de 2013, sin que reposen soportes (contratos, facturas) que justifiquen la inversión de mencionados recursos, lo cual debe efectuarse toda vez que es obligación de la alcaldía ejercer control y seguimiento sobre la destinación que se hace de los dineros que gira en cumplimiento de los objetos convenidos; lo anterior ocasiona un posible daño fiscal según lo contempla la Ley 610 de 2.000, artículo 6º; la cuantía del posible daño fiscal se determina por el valor total del anticipo que equivale a la suma de $31.067.155 (valor del adicional)

ALCANCE DE LA OBSERVACION ADMINISTRATIVA

PRESUNTO RESPONSABLE: SAMUEL SOTO CARREÑO

ALCANCE DE LA OBSERVACION DISCIPLINARIA Normas violadas: Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 Articulo 53 y 34 de la Ley 734 de 2002

Samuel Soto Carreño Alcalde Roberto Amado Serrano-

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PRESUNTOS RESPONSABLES:

Secretario De Gobierno- (Supervisor) Asociación Ancianato San José De Cimitarra- (Contratista)

ALCANCE DE LA OBSERVACION FISCAL Normas violadas Ley 610 de 2.000, artículo 6º.

PRESUNTOS RESPONSABLES: PRESUNTOS RESPONSABLES:

Samuel Soto Carreño Alcalde Roberto Amado Serrano- Secretario De Gobierno- (Supervisor) Asociación Ancianato San José De Cimitarra- (Contratista)

CUANTÍA HALLAZGO FISCAL $31.067.155

CONTRADICCIONES PRESENTADAS POR EL ENTE AUDITADO “Sobre el particular, respetuosamente me permito apartarme de lo concluido por parte de la Contraloría, en tal sentido procedo a indicar que, para desvirtuar el cargo que se endosa a la entidad es menester, revisar, si el actuar de la administración se desenvolvió dentro de la perspectiva legal, que se tiene para el manejo de este tipo de estos recursos: En tal sentido, las norma que orientan el actuar de la administración son, la Ley 687 de 2001 y la Ley 1276 de 2009. En cuanto a la ley 687 de 2001, me permito indicar lo consignado en su artículo 5.

Artículo 5o. Modificado por el art. 8, Ley 1276 de 2009. La administración y ejecución de los programas al anciano que se realicen con el producto de la estampilla, será responsabilidad de los distritos, municipios y departamentos los cuales se podrán llevar a cabo por la administración directamente o a través de entidades promotoras (organizaciones no gubernamentales o entidades especializadas, instituciones o centros debidamente reconocidos sin ánimo de lucro)

En cuanto a la ley 1276 de 2009, me permito traer a colación el enunciado del artículo 8.

Artículo 8°. Modificase el artículo 5° de la Ley 687 de 2001, el cual quedará así: Responsabilidad. El Alcalde municipal o distrital será el responsable del desarrollo de los programas que se deriven de la aplicación de los recursos de la estampilla y delegará en la dependencia afín con el manejo de los mismos, la ejecución de los proyectos que componen los Centros Vida y creará todos los sistemas de información que permitan un seguimiento completo a la gestión por estos realizada.

El Parágrafo: Los distritos y municipios podrán suscribir convenios con entidades reconocidas para el manejo de los Centros Vida; no obstante, estos deberán prever dentro de su estructura administrativa la unidad encargada de su seguimiento y control como estrategia de una política pública orientada a mejorar las condiciones de vida de las personas de tercera edad.

Igualmente, y para complementar el cuerpo normativo hasta ahora expuesto, resulta relevante traer a colación apartes del instructivo emitido por la oficina de promoción social del Min Salud, sobre aspectos a tener en cuenta para la aplicación de la ley 1276 de 2009, para el Manejo y la Destinación de los Recursos, contenidas en el Primer Acápite -Recaudo y Distribución (página 3) Así: (…)

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(…)

Visto lo anterior se tiene que el manejo de los recursos se pueden hacer directamente, con entidades promotoras (organizaciones no gubernamentales o entidades especializadas, instituciones o centros debidamente reconocidos sin ánimo de lucro), a través de convenios (Nótese que no hay remisión alguna, al Estatuto de Contratación Ley 80 de 1993 Modificada por la Ley 1150 de 2007). Ahora bien, para mayor comprensión es menester establecer en forma concreta las Definiciones y particularidades del Convenio, que trae nuestro Código Civil y la Ley 489 de 1989: "Artículo 1.495. Contrato o convención: es un acto por el cual una parte se obliga con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser de una o de muchas personas".

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La norma del Código Civil hace referencia indistintamente a contrato o convención, como el acuerdo de voluntades que se debe celebrar entre dos o más partes, mediante el cual una se obliga para con la otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. “El artículo 96 de la Ley 489 de 1998 establece: que las entidades estatales, cualquiera sea su naturaleza y orden administrativo podrán, con la observancia de los principios señalados en el artículo 209 de la Constitución, asociarse con personas jurídicas particulares, mediante la celebración de convenios de asociación o la creación de Personas jurídicas particulares, para el desarrollo conjunto de actividades en relación con los cometidos y funciones que les asigna a aquella la ley. Los convenios de asociación a que se refiere el presente artículo se celebrarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 355 de la Constitución Política, en ellos se determinará con precisión su objeto, término, obligaciones de las partes, aportes, coordinación y todos aquellos aspectos que se consideren pertinentes. Así las cosas y habida cuenta que la ley estableció el manejo y ejecución de los recursos provenientes del recaudo de dicha estampilla, debían hacerse a través de Convenios, como lo hizo la entidad territorial con la suscripción del convenio de apoyo a programa de interés público, para el sostenimiento del (CBA) Ancianato San José, en desarrollo del Proyecto de Atención del Adulto Mayor del Municipio de Cimitarra, de Fecha 6 de Marzo de 2013, allí se estableció que la entidad sin ánimo de lucro aportaría la suma de $4.000.000.00 y la Entidad territorial aportaría $174.780.000.000.00 y la fuente de financiación de los recursos provenían de la estampilla, municipal acorde con la asignación establecida para la presente vigencia, previa presentación del Proyecto o Propuesta de inversión de los recursos por parte del Centro de Bienestar del Adulto Mayor, el cual estableció que: Para determinar el costeo del valor cupo/persona, se Atendería un número de 34 Adultos mayores, con un costo mensual por beneficiario de $514.058.82, para un valor total mensual de 17.478.000 (Se Anexa Documento 6 Folios). Igualmente los recursos se pagarían (ver clausula Quinta convenio) en 5 Cuotas Bimensuales de $34.956.000.00, lo que arroja el valor total del convenio $178.780.000.00. Resulta fácil, concluir que la entidad, realizo el convenio con apego a la normatividad que rige para el manejo de los recursos Estampilla Adulto Mayor (Ley 687 de 2001 y la Ley 1276 de 2009 y lineamientos de la oficina de promoción social del Min Salud), Además dentro del convenio suscripto en su clausulado, no aparecen como una obligación la presentación de informes financieros-Contratos- Facturas y mucho menos que el interventor o supervisor haga un seguimiento Financiero, lo cual se deduce de la Cláusula Cuarta (Efectuar el control técnico Administrativo de le ejecución del objeto del convenio y bajo la supervisión del interventor designado para tal efecto), Ello es así porque la obligación contraída por el CBA es de resultado. (# Población Beneficiaria atendida= Valor a Pagar), es decir solo subsiste la obligación entre las partes a dar o hacer o no hacer lo allí convenido. En nuestro entender si el CBA, presto el servicio a X número de Adultos mayores, ese es el valor que la entidad territorial girara al CBA, pues el desembolso se taso aporte respecto de la atención prestada a cada beneficiario, y mal haría la entidad en decirle a quien presto el servicio, que le soporte financieramente los costos. Dado que si ya cumplió y lo hizo a entera satisfacción, solo subsiste la obligación de pagar por quien esté a cargo. Ahora bien para que se estructure, la acción disciplinaria, es menester que el actuar del agente, se desenvuelva en el campo correspondiente a sus funciones y al quebranto de las mismas por acción u omisión y no es dable, para el Ente de Control vía interpretación suponer que existió un riesgo, por cuanto en el expediente contractual no reposaban soportes o facturación por valor de TREINTA Y UN MILLONES SESENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO PESOS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS

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($31`067.155,96), dado que tal información resulta irrelevante, por cuanto al final lo que cuenta es el número de población atendida y el grado de satisfacción en el servicio. Evento este conseguido a plenitud. No obstante, lo anterior y a efectos de dar mayor claridad y con el objetivo de subsanar cualquier manto de duda en la ejecución de los recursos provenientes de la estampilla del Adulto Mayor Departamental (Santander), me permito anexar el informe ejecutivo presentado por el CBA Asociación Ancianato San José de Cimitarra, al igual que el informe financiero, facturas y demás soportes. De igual manera en el ejercicio de evidenciar un compromiso del ente territorial, Alcaldía Municipal de Cimitarra a los principios de transparencia, coordinación y colaboración, interinstitucional, respetuosamente pedimos a la CONTRALORÍA GENERAL DE SANTANDER si tiene a bien coordinar un equipo auditor que realice una visita técnica a las instalaciones del CBA Asociación Ancianato San José de Cimitarra.

CONCLUSIONES DEL ORGANO DE CONTROL Analizada la respuesta presentada por la Alcaldía municipal de Cimitarra, frente a la observación No 5 del Informe Preliminar, y verificados los soportes allegados en las contradicciones (facturas de venta, contratos de obra y de prestación de servicios- 27 folios), los cuales fueron contrastados con el informe del convenio de apoyo No. 116 de 2013 (12 folios), esta Contraloría desvirtúa la observación Disciplinaria-Fiscal y confirma la observación Administrativa, toda vez que si bien es cierto en las contradicciones se allegaron los soportes que demostraron la inversión de los dineros entregados al Ancianato San José de Cimitarra, como adicional al convenio, también es cierto que en la revisión efectuada a su carpeta en trabajo de campo, estos documentos no reposaban, por lo cual la administración municipal deberá incluir este hecho como acción de mejora en el respectivo plan de mejoramiento a suscribir por la entidad. 8- CONTRATO No 126 de 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Selección Abreviada De Menor Cuantia OBJETO: Suministro de servicio de transporte terrestre para los escolares de las veredas: San Fernando, Campo Seco, Curva De La Nubia, Gallineto, La Traviata, Dos Hermanos al colegio San Fernando, Vinagre Alto Y Bajo, Brasil y Cobaplata al Colegio Integrado Del Carare y La Candelaria del municipio de Cimitarra PRESUPUESTO OFICIAL: $162,985,800 PLAZO: 17 semanas calendario escolar SUSCRIPCION:13 de marzo de 2013 CONTRATISTA: ARITUR LIMITADA SUPERVISOR: Lina Marcela Morales VALOR: $162,885,800 FUENTE: Inversión sector educación-transporte de hidrocarburos ACTA DE INICIO: 18 de marzo de 2013 ACTA PARCIAL No.1: Del 29 de abril de 2013, por $57.489.106 CERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO AGROPECUARIO TIERRA ADENTRO: de fecha 29 de abril de 2013, se prestó el servicio de transporte del 18 de marzo al 26, Carlos E Carvajal, junto con la planilla de los estudiantes. CERTIFICACION DEL RECTOR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA SAN FERNANDO: Ruta la Y de La Torre, Campo Seco, Curva De La Nubia, Gallineta Y La Traviata; y ruta de Dos Hermanos Campo Seco, de fecha 26 de abril de 2013, se prestó el servicio de transporte del 18 de marzo al 26, junto con la planilla de los estudiantes.

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CERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO NUESTRA SEÑORA LA CANDELARIA: De fecha 26 de abril de 2013, se prestó el servicio de transporte del 18 de marzo al 26, junto con la planilla de los estudiantes. CERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO INTEGRADO DEL CARARE: De fecha 26 de abril de 2013, se prestó el servicio de transporte del 18 de marzo al 26, junto con la planilla de los estudiantes. ACTA PARCIAL No. 2: de fecha 31 de mayo de 2013, $38.326.070. CERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO AGROPECUARIO TIERRA ADENTRO: de fecha 31 de mayo de 2013, se prestó el servicio de transporte del 29 de abril al 31 de mayo de 2013, Carlos E Carvajal, junto con la planilla de los estudiantes. CERTIFICACION DEL RECTOR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA SAN FERNANDO: Ruta la y de la torre, campo seco, curva de la Nubia, gallineta y la traviata; y ruta de los hermanos campo seco, de fecha 31 de mayo de 2013, se prestó el servicio de transporte del 29 de abril al 31 de mayo de 2013, junto con la planilla de los estudiantes. CERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO NUESTRA SEÑORA LA CANDELARIA: de fecha 31 de mayo de 2013, se prestó el servicio de transporte del 29 de abril al 31 de mayo de 2013, junto con la planilla de los estudiantes. CERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO INTEGRADO DEL CARARE: de fecha 31 de mayo de 2013, se prestó el servicio de transporte del 29 de abril al 31 de mayo de 2013, junto con la planilla de los estudiantes. ACTA PARCIAL No. 3 . De fecha 31 de julio de 2013 por 47.937.000 CERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO AGROPECUARIO TIERRA ADENTRO: de fecha 31 de julio de 2013, se prestó el servicio de transporte del 4 de junio al 07 de junio de 2013, y del 2 de junio al 31 de julio de 2013, junto con la planilla de los estudiantes. CERTIFICACION DEL RECTOR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA SAN FERNANDO: Ruta la Y de la torre, campo seco, curva de la Nubia, gallineta y la traviata; y ruta de los hermanos campo seco, de fecha 31 de julio de 2013, se prestó el servicio de transporte del 4 de junio al 07 de junio de 2013, y del 2 de junio al 31 de julio de 2013, junto con la planilla de los estudiantes. CERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO NUESTRA SEÑORA LA CANDELARIA: de fecha 31 de julio de 2013, se prestó el servicio de transporte del 4 de junio al 07 de junio de 2013, y del 2 de junio al 31 de julio de 2013, junto con la planilla de los estudiantes. CERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO INTEGRADO DEL CARARE: de fecha 31 de julio de 2013, se prestó el servicio de transporte del 4 de junio al 07 de junio de 2013, y del 2 de junio al 31 de julio de 2013, junto con la planilla de los estudiantes. ADICONAL: De fecha 26 de junio de 2013, por 76,699,200 y en tiempo 38 dias calendario escolar. ACTA PARCIAL No. 4: de fecha 30 de agosto de 2013, 38.349.600. CERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO AGROPECUARIO TIERRA ADENTRO: de fecha 30 de agosto de 2013, se prestó el servicio de transporte del 1 de agosto al 30 de agosto de de 2013, Carlos E Carvajal, junto con la planilla de los estudiantes. CERTIFICACION DEL RECTOR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA SAN FERNANDO: Ruta la y de la torre, Campo Seco, curva de la Nubia, Gallineta y la Traviata; y ruta de Dos hermanos campo seco, de fecha 30 de agosto de 2013, se prestó el servicio de transporte del 1 de agosto al 30 de agosto de 2013, junto con la planilla de los estudiantes.

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CERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO NUESTRA SEÑORA LA CANDELARIA: de fecha 30 de agosto de 2013, se prestó el servicio de transporte del 1 de agosto al 30 de agosto de 2013, junto con la planilla de los estudiantes. CÑERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO INTEGRADO DEL CARARE: de fecha 30 de agosto de 2013, se prestó el servicio de transporte del 1 de agosto al 30 de agosto de 2013, junto con la planilla de los estudiantes. ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL: del 27 de septiembre, por $57.483.224 CERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO AGROPECUARIO TIERRA ADENTRO: de fecha 7 de octubre de 2013, se prestó el servicio de transporte del 1 de septiembre al 30 de septiembre de 2013, Carlos E Carvajal, junto con la planilla de los estudiantes. CERTIFICACION DEL RECTOR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA SAN FERNANDO: Ruta la y de la torre, campo seco, curva de la Nubia, gallineta y la traviata; y ruta de los hermanos campo seco, de fecha 7 de octubre de 2013, se prestó el servicio de transporte del 1 de septiembre al 30 de septiembre de 2013, junto con la planilla de los estudiantes., junto con la planilla de los estudiantes. CERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO NUESTRA SEÑORA LA CANDELARIA: de fecha 7 de octubre de 2013, se prestó el servicio de transporte del 1 de septiembre al 30 de septiembre de 2013, junto con la planilla de los estudiantes, junto con la planilla de los estudiantes. CERTIFICACION DEL RECTOR DEL COLEGIO INTEGRADO DEL CARARE: de fecha 7 de octubre de 2013, se prestó el servicio de transporte del 1 de septiembre al 30 de septiembre de 2013, junto con la planilla de los estudiantes. ACTA DE LIQUIDACION: De fecha 27 de septiembre de 2013 VALOR TOTAL: 239.585.000 SECOP: Actualizado

La administración municipal procede a suscribir el presente contrato con ARITUR LIMITADA, dando aplicación a la modalidad de selección por menor cuantía, con el objeto de realizar suministro de servicio de transporte terrestre para los escolares de las veredas: San Fernando, Campo Seco, Curva De La Nubia, Gallineto, La Traviata, Dos Hermanos al colegio San Fernando, Vinagre Alto Y Bajo, Brasil y Coba plata al Colegio Integrado Del Carare y La Candelaria del municipio de Cimitarra, para lo cual se realizarían las siguientes rutas: 1. San Fernando a Campo Seco, Campo Seco a Albania y a la Piquiña, que van al colegio Tierra Adentro ida y regreso. 74 km 2. De la Torre a Campo Seco y Curva De La Nubia, que van al colegio San Fernando 70 km 3. Gallineto La Travatia a San Fernando van al colegio San Fernando 4. Vinagre alto, vinagre bajo y Brasil cobaplata, van al colegio integrado del

carare y la candelaria 5. Dos Hermanos, y Campo Seco al Colegio San Fernando Del anterior contrato se informa reposan en la carpeta contractual las certificaciones expedidas por los rectores de los colegios a los cuales fueron transportados los estudiantes, así mismo reposa planilla en la que se relacionan los beneficiados con este servicio, lo anterior durante el tiempo de ejecución del contrato.

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9- CONVENIO 124 DE 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Directa OBJETO: Apoyo para la ejecución del programa de alimentación y nutrición `nutre` durante la vigencia 2013 en el municipio de cimitarra. FUENTE: SGP alimentación escolar CONTRATISTA: Restaurante Escolar KENNEDY (avalado por el ICBF) SUSCRIPCION: 13 de marzo de 2013 ACTA DE INICIO: 1 de abril de 2013 PLAZO: 105 días calendario escolar, contados a partir del 1 de abril de 2013 SUPERVISOR: Secretaria De Educación VALOR: $252.000.000 APORTE DEL RESTAURANTE: Logística durante los 105 días de duración del contrato. ANTICIPO: $126.000.000 ADIONAL EN VALOR: de fecha por $45.000.000, debido a la necesidad de incluir la entrega de postres por valor de $370 pesos c/u PAGO No. 1: de fecha 5 de mayo de 2013, por $22.500.000 PGO No. 2: por $61.194.989 de fecha 27 de junio de 2013 PAGO No 3: del 22 de agosto de 2013, por $27.900.000 Pago No. 3: del 10 de diciembre de 2013, por $59.395.000 LIQUIDACION: de fecha 3 de octubre de 2013 SECOP: Actualizado El anterior contrato se suscribió el día 13 de marzo de 2013, con el Restaurante Escolar KENNEDY, por valor de $252.000.000, con el objeto de brindar apoyo para la ejecución del programa de alimentación y nutrición `nutre` durante la vigencia 2013, para lo cual el restaurante brindaría atención a 1600 niños, por un plazo de 105 días (calendario escolar), equivalentes a 168.000 raciones alimentarias, por valor unitario de $1500, para los colegios integrado del Carare, San José de Puerto Araujo y la candelaria. En revisión a la carpeta contractual se informa reposan las certificaciones de cumplimiento por el supervisor del convenio respecto de los días: 1 de abril al 14 de mayo de 2013, y del 15 de mayo al 30 de septiembre de 2013. Además se observó reposan las correspondientes certificaciones de cumplimiento expedidas por los licenciados: Gerardo Beltrán Méndez, en calidad de rector del Colegio San José, del licenciado Pedro Forero Romero, en calidad de rector del Colegio Integrado Carare, y del licenciado Marco Fidel Mosso González, en calidad de rector del colegio Nuestra Señora de la Candelaria, donde informan que el restaurante KENEDDY, efectuó entrega de refrigerios de las siguientes fechas (incluyendo postres): del 1 al 30 de abril, del 2 de mayo al 7 de junio, del 2 de julio al 31 de julio, del 1 de agosto al 30 de agosto y del 2 de septiembre al 30 de septiembre de 2013. 10- CONVENIO DE APOYO No 179 de 2013

MODALIDAD DE CONTRATACION: Directa OBJETO: aunar esfuerzos mediante de alimentación del adulto mayor consisten tente en la entrega de raciones para preparar a los adultos mayores del SISBEN I y II del municipio de cimitarra SUSCRIPCION: 10 de mayo de 2013 CONTRATISTA: Asociación Ancianato San José De Cimitarra SUPERVISOR: Eugenio Antonio Andrade secretario de desarrollo comunitario

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FUENTE: fondos especiales atención al adulto mayor VALOR: $124,950,000 aporte del municipio y 5.800.000 del ancianato. PLAZO: 7 meses contador a partir del acta de inicio y de la aprobación de la garantía única. ACTA DE INICIO: Del 16 de mayo de 2013 PAGO DE ANTICIPO:$49.980.000 ACTA PARCIAL No. 1: Del 16 de julio de 2013, por 41.650.000 amortizó 16.660.000 y se pagó $24.990.000 SUPERVISOR: Lina Marcela Morales Quintero secretaria de Desarrollo encargada ACTA PARCIAL No. 2: del 13 de septiembre de 2013, recibe acta por 41.650.000 amortiza el 40% de 16.660.000 y pagan 24.990.000 ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL: del 22 de noviembre de 2013, por 41.650.000 amortiza el 40% de 16.660.000 y pagan 24.990.000 LIQUIDACION: 11 de diciembre de 2013 SECOP: Actualizado Teniendo en cuenta que el municipio de Cimitarra realizó visita a los adultos mayores en los domicilios del área rural para elaborar un censo de esa población y así establecer sus insuficiencias, por esta en razón se evidenciaron múltiples necesidades de los adultos mayores del nivel I y II los, de contar con subsidios para mejorar su calidad de vida, en consecuencia de lo anterior se efectuó selección de 100 adultos mayores, pertenecientes a los centros poblados, corregimientos y veredas de San Fernando, Guayacanes, La Terraza, Puerto Araujo, Palmas Del Guayabito y Dos Hermanos, a los cuales el municipio en pro de su bienestar entregaría raciones para preparar, igualmente realzaría charlas para que tuvieran conocimiento acerca de una alimentación balanceada y hábitos saludables. En este orden de ideas y teniendo en cuenta que en el municipio existe un ancianato “San José de Cimitarra”, procedió a suscribir convenio con esta asociación para realizar las siguientes actividades:

1. Entrega de 3 raciones para preparar diarias para 100 adultos, durante 7 meses por 94.500.000

2. Efectuar 8 charlas para q tengan conocimiento de una alimentación balanceada y hábitos saludables por 4.800.000

3. Realizar 21 viajes de transporte terrestre para transportar las raciones por 29.400.000

4. Gastos administrativos por 7 meses por 1.050.000 5. Bienes y servicios por 7 meses por 1.000.000

Del anterior convenio el municipio aportaría la suma de $24.950.000 y la asociación$ 5.800.000. Ahora bien en revisión a la carpeta contractual se observó la presentación de los correspondientes informes de actividades de los meses de mayo a noviembre de 2013, planillas de entrega de las raciones alimentarias, igualmente en el informe final se relacionan las charlas realizadas sobre alimentación saludable y hábitos alimentarios, además reposa contrato de prestación de servicios suscrito entre el ancianato y la señora Marcela Gaviria Pulgarin, cuyo objeto era el de dictar las charlas sobre nutrición.

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OBSERVACION N°6 Alcance Administrativo: La administración municipal de Cimitarra, debe incluir en las planillas y en los informes de supervisión, el contenido detallado de las raciones alimentarias para preparar, con lo cual se pueda llevar un control de la adecuada nutrición que estarían recibiendo los adultos mayores, en cumplimiento del presente objeto convenido. Aunado a lo anterior es necesario que la administración municipal solicite al contratista periódicamente una relación del personal que labora en la obra, con lo cual la alcaldía pueda ejercer supervisión sobre los pagos a seguridad social en forma cumplida y correcta, así como sobre las calidades del personal

ALCANCE DE LA OBSERVACION ADMINISTRATIVA

PRESUNTO RESPONSABLE: SAMUEL SOTO CARREÑO

CONTRADICCIONES PRESENTADAS POR EL ENTE AUDITADO Respecto de este punto, hay que indicar que en efecto el municipio de Cimitarra, lleva un control del contenido calórico de las raciones que se suministran tanto para preparar como las preparadas, esto se debe a que desde la conformación del proyecto y del convenio, se estructura la minuta dietaría del target poblacional, de tal forma que, para establecer el valor final del convenio este surge del valor diario de la minuta, lo que deriva en que en efecto se cumplió con el objetivo real del programa. Por otro lado, el Municipio de Cimitarra, suscribió el convenio con una entidad idónea en cuanto al manejo de población adulto mayor, de tal forma que, las raciones alimentarias se entregaron en la forma establecida en el convenio. En este orden de ideas, obsérvese como el ente de control reconoce que una vez revisada la carpeta contentiva de los documentos del convenio, se hayo en el mismo todo lo referente al cumplimiento del objeto del mismo, por consiguiente, se evidencia el efectivo cumplimiento de la obligaciones del municipio como por parte del particular encargado de ejecutar el convenio e igualmente el impacto que el programa logro, por consiguiente la actividad municipal estuvo enmarcada en la legalidad. Ahora bien, insiste y sugiere el ente de control que, debe incluir en las planillas y en los informes de supervisión, el contenido detallado de las raciones alimentarias para preparar, con lo cual se pueda llevar un control de la adecuada nutrición que estarían recibiendo los adultos mayores, a lo cual la administración encuentra afortunada la sugerencia y procederá a implementarla en futuros convenios de esta misma naturaleza. Así las cosas, se le solicita al ente de control que, el presente hallazgo de índole administrativo sea revaluado y retirado del informe final, con el argumento que lo indicado por parte de la contraloría se asume y se pondrá en práctica en forma inmediata.

CONCLUSIONES DEL ORGANO DE CONTROL Una vez analizadas la respuesta presentada por la Alcaldía Municipal de Cimitarra, frente a la observación No. 6 del Informe Preliminar, esta Contraloría Confirma el Hallazgo con alcance Administrativo, toda vez que la entidad auditada reconoce el hecho generador de la misma y manifiesta se realizaran las correcciones en las planillas y en los informes de supervisión, respecto de futuros convenios.

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11- CONVENIO DE APOYO 38 DE 2013

MODALIDAD DE CONTRATACION: Directa OBJETO: Apoyo al programa de fortalecimiento al desarrollo nutricional de infantes no escolarizados en el hogar infantil rayito de sol en el nivel 1 y 2 del SISBEN del área urbana del municipio de cimitarra. SUSCRIPCION: el 24 de enero de 2013 PLAZO : 10 MESES CONTRATISTA: Restaurante Escolar Kennedy SUPERVISOR: Osmar Mateus Zárate secretario general FUENTE: Transporte de hidrocarburos, nutrición y seguridad alimentaria VALOR: $148.000.000, con aportes de municipio de $138.000.000 y Restaurante Escolar Kennedy $10.000.000 en logística del mes. ACTA DE INICIO: 6 de febrero de 2013 PAGO DE ANTICIPO: Por 41.400.000 ACTA DE RECIBO PARCIAL No. 1: Del 2 de mayo de 2013, por 41.400.000, amortización del anticipo del 30% por valor de 12.420.000 y se pagan 28.980.000 ACTA PARCIAL No. 2: Del 20 de junio de 2013 por 13.800.000 con amortización del 30% de 4.140.000, pagan 9.660.000 ACTA PARCIAL No. 3: Del 5 de agosto de 2013, pagan 27.600.000, amortizan 8.280.000, y pagan 19.320.000 ACTA PARCIALO No. 4: del 11 de septiembre de 2013, por 13.800.000 amortización de 4.140.000 y pagan 9.660.000 ACTA PARCIAL No. 5: De fecha 9 de octubre de 2013, por 13.800.000, amortización de 4.140.000 y pagan 9.660.000 ACTA PARCIAL No 6: suscrita 15 de noviembre de 2013, se efectuaron pagos por 13.800.000 amortización de 4.140.000 y pagan 9.660.000. ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL: 5 de diciembre de 2013, se efectuaron pagos por 13.800.000 amortización de 4.140.000 y pagan 9.660.000. VALOR TOTAL PAGADO: 138.000.000 ACTA DE LIQUIDACION: De fecha 5 de diciembre de 2013

Teniendo en cuenta que el municipio de Cimitarra, requería mejorar la salud de la niñez desde la óptica de poder subsidiar parte de la nutrición a niños y niñas del SISBEN 1 y 2, a través de la prestación del servicio de restaurante escolar, y teniendo en cuenta que en el presupuesto anual de inversiones para el periodo 2013, se contemplaba el programa municipal de nutrición y seguridad alimentaria, la administración municipal procedió a suscribir contrato con el restaurante escolar Kennedy para realizar: 1. Entrega de 15.555 raciones alimenticias (almuerzos), por valor de $4600 c/u. 2. Dos refrigerios y agua a 86 del programa ICBF, por valores de $1135 c/u. 3. Entrega de un refrigerio y agua durante 183 días a 143 beneficiarios del programa municipal de madres comunitarias, por valores de $1135 c/u. Ahora bien, en revisión al presente contrato se pudo observar la presentación de planillas que relacionaban la inscripción de los niños al ICBF, donde las madres comunitarias certificaron que recibieron los refrigerios y el agua por parte del Restaurante Kennedy. También reposan las planillas en forma mensual, de los niños beneficiarios del programa institucional desarrollado por el municipio, suscrito por la directora de la institución.

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Finalmente se observó la entrega en forma periódica por parte de la directora de la Institución Rayito de Sol, de una relación acerca del estado nutricional de los niños beneficiarios del programa de atención integral a primera infancia, donde se constató el impacto positivo del presente convenio sobre los menores que se encontraban en estado de desnutrición. 12- CONTRATO No 173 de 2013

MODALIDAD DE CONTRATACION: Selección abreviada de menor cuantía TIPO DE CONTRATO: Obra Publica OBJETO: construcción de polideportivo altos de la paz del municipio de Cimitarra PRESUPUESTO OFICIA: .$123.637.392 SUSCRIPCION: mayo 7 de 2013 CONTRATISTA: Silva Sarquez Luis Leonardo SUPERVISOR: Feisan García Hernández FUENTE: Convenio 2008 de 2012, recursos de cofinanciación departamental. VALOR: $120,546,773 PLAZO: 2 meses ANTICIPO: Julio 26 de 2013, 40%, $48.218,709 ACTA DE INICIO: julio 29 de 2013 ACTA DE MAYORES Y MENORES CANTIDADES: 31 de julio de 2013. ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL: Del 26 de septiembre de 2013, por valor de 120.446.773, con amortización del anticipo de 48.218.709.20, con pago del municipio de 72.328.063.80., si pagos de estampillas y sc. INFORME DE SUPERVISION: del 29 de julio al 26 de septiembre de 2013. ACTA DE RECIBOD E LA COMUNIDAD: 26 de septiembre de 2013, del barrio altos de la Paz. LIQUIDACION: 24 de enero de 2014. SECOP: Actualizado El anterior contrato se suscribió dando aplicación a la modalidad de selección abreviada de menor cuantía, siendo adjudicado el mismo al señor LUIS LEONARDO SILVA, por valor de $120, 546,773, cuyo objeto era la construcción de un polideportivo en altos de la paz, para ser ejecutado en un plazo de 2 meses, con acta de inicio del 29 de julio de 2013. Posteriormente se firma acta de mayores y menores cantidades de fecha 31 de 2013, sin que la misma configurara un adicional al valor establecido inicialmente, fundamentada en el hecho de que en revisión a la información técnica del proyecto, se verificó que la placa multifuncional planteada en los planos no registraba un elemento estructural de confinamiento que evitara posteriores socavaciones para lo cual era indispensable la construcción de un bordillo de confinamiento en concreto de 0.15 metros de ancho y una altura de 0.30 metros y para evitar fallas por asentamiento se hizo necesario realizar un relleno compactado a máquina en toda la zona de la plaza, además se observó que la cantidad de la viga de cimentación de la gradería estipulada en la relación presupuestal no cubría la cantidad requerida para que la estructura trabajara monolíticamente. Ahora bien, en revisión a la carpeta contractual se observó reposan los respectivos informes se supervisión, las actas de avances y entrega final de la obra, así como el acta de liquidación de fecha 24 de enero de 2014.

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También se efectuó visita de obra al polideportivo, y se conversó con algunos habitantes del Barrio Altos de la paz, quienes manifestaron el impacto favorable y el alto grado de satisfacción que tal estructura deportiva trajo consigo a los niños, jóvenes, adultos mayores y la comunidad en general del municipio.

REGISTRO FOTOGRAFICO

13- CONTRATO No 393 de 2013

MODALIDAD DE CONTRATACION: Selección abreviada de menor cuantía TIPO DE CONTRATO: Obra Publica OBJETO: Ampliación de infraestructura y mejoramiento del hogar infantil rayito de sol del casco urbano del municipio de Cimitarra PRESUPUESTO OFICIAL: $117.975.126 SUSCRIPCION: 3 de diciembre de 2013 CONTRATISTA: CONSTRUCCIONES SUAREZ PZ SAS SUPERVISOR: Feisan García Hernández VALOR: $117,591,833 PLAZO: 30 días calendario ACTA DE INICIO: 20 de enero de 2014 ANTICIPO: 50% por 58.175.916 de fecha 18 de diciembre de 2013 ACTA DE ENTREGA Y RECIBO PARCIAL: 10 de febrero de 2014, por valor de 113.345.227, amortiza el anticipo de 56.672.613.50, y paga 56.672.613.50 ACTA DE SUSPENSIÓN N1: 17 de febrero de 2014, debido a la clausura realizada por el señor Hermes chacón amado en calidad de técnico de saneamiento ambiental de la secretaria de salud de Santander, hasta tanto el municipio determine el recurso necesario para cubrir la exigencia higiénica del inspector. ACTA DE REINICIO: 17 de marzo de 2014, se superaron los inconvenientes financieros para cubrir las exigencias y necesidades higiénicas. ACTA DE MAYORES Y MENORES CANTIDADES: Del 17 de marzo de 2014, considerando la visita del inspector de higiene, para el debido funcionamiento de la cocina, es indispensable que los mesones en los cuales se lleva a cabo el

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proceso de preparación, estén construidos en acero inoxidable, igual es prioritario hacer adecuado mantenimiento del quiosco donde se ubican los párvulos. ADICONAL EN VALOR Y PRORROGA EN TIEMPO. Del 17 de marzo de 2014, por 17.648.932 y un plazo de 30 días calendario ACTA DE SUSPENSIÓN No.2: De fecha 11 de abril de 2014, debido a la solicitud de la rectora, la secretaria necesita el tiempo para realizar la correspondiente asignación presupuestal. ESTADO: Suspendido El anterior contrato se suscribió con la sociedad CONSTRUCCIONES SUAREZ PZ SAS, dando aplicación a la modalidad de selección abreviada de menor cuantía, por un valor de $117,591,833, con el objeto de efectuar una ampliación de la infraestructura y un mejoramiento del Hogar Infantil Rayito de Sol del casco urbano del municipio de Cimitarra, para ser ejecutado en un plazo de 30 días calendarios, con acta de inicio del 20 de enero de 2014, y una suspensión del 17 de febrero de 2014, toda vez que el colegio fue clausurado por el señor Hermes Chacón Amado, en calidad de técnico de saneamiento ambiental de la Secretaria De Salud de Santander, hasta tanto el municipio determinara el recurso necesario para cubrir la exigencia higiénica del inspector (mesones en acero), por ello el 17 de marzo de 2014, se efectuó acta de mayores y menores cantidades, en la cual considerando la visita del inspector de higiene, se concluyó que para el debido funcionamiento de la cocina, se hacía indispensable que los mesones en los cuales se llevaba a cabo el proceso de preparación, estuvieran construidos en acero inoxidable, e igual se determinó la necesidad de realizar mantenimiento del kiosco donde se ubican los párvulos, para lo cual se efectuó un adicional en valor y prorroga en tiempo por $17.648.932 y un plazo de 30 días calendario de fecha 17 de marzo de 2014. Ahora bien, se informa que actualmente el presente contrato se encuentra suspendido desde el día 11 de abril de 2014, debido a la solicitud de la señora Leydy Yajaira, en calidad de coordinadora del CDI-Rayito Del Sol , donde solicita el mantenimiento del salón el kiosco donde se atienden niños de jardín y este se encuentra en pésimas condiciones; por lo tanto la administración se encuentra analizando la posible asignación presupuestal.

REGISTRO FOTOGRAFICO

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Del anterior contrato el grupo auditor efectuó visita de obras, donde se observó la entrada en funcionamiento de la cocina, conforme a las exigencias de la Secretaria de Salud Departamental, la construcción del salón para actividades lúdicas, la construcción de las baterías sanitarias, y se encuentran pendientes por terminar los juegos infantiles, y el mejoramiento del kiosco donde se ubican los párvulos.

14- CONTRATO No 243 de 203

MODALIDAD DE CONTRATACION: directa TIPO DE CONTRATO: Prestación de servicios OBJETO: Servicios profesionales de asesoría jurídica y asistencia legal externa requerida por el municipio para el Despacho del alcalde, Secretaria De Obras Públicas, Secretaria General, Secretaria De Hacienda y Tesorería General, para el fortalecimiento de la gestión municipal. SUSCRIPCION: 17 de julio de 2013

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CONTRATISTA: Jairo Enrique Izquierdo García SUPERVISOR: Orlan Mateus Zarate jefe de personal y secretario general FUENTE: propios libre destinación, fortalecimiento institucional asesoría y asistencia técnica PLAZO: 5 meses VALOR: $90.000.000 ANTICIPO: $27.000.000 PAGO No. 1: de $27.000.000 de fecha 15 de agosto de 2013 PAGO No. 2: $27.000.000 de fecha 21 de octubre de 2013 ULTIMO PAGO: $9.000.000 ACTA DE INICIO: 17 de julio de 2013 LIQUIDACION: 24 de diciembre de 2013 El anterior contrato de prestación de servicios para efectuar asesoría jurídica y asistencia legal externa, requerida en el municipio de Cimitarra, para el Despacho del alcalde, la Secretaria De Obras Públicas, la Secretaria General, la Secretaria De Hacienda y Tesorería General, se suscribió el día 17 de julio de 2013, previa expedición de la certificación de inexistencia de personal de planta que ejecute tales actividades y el acto administrativo de justificación de la contratación directa según lo establece el artículo 3.4.1.1del Decreto 734 de 2102.

Ahora bien, en revisión a la carpeta contractual se observó reposan las certificaciones de cumplimiento del contrato por parte del supervisor, así como los informes de actividades presentados por el contratista, donde se detallan e individualizan las asesorías y asistencias efectuadas en cada despacho de la alcaldía durante el plazo de ejecución del contrato.

15- CONTRATO No 57 de 2013

MODALIDAD DE CONTRATACION: Menor Cuantía PRESUPESTO OFICIAL: $85.382.119.97 TIPO DE CONTRATO: Obra Publica OBJETO: mejoramiento de infraestructura física del ancianato San José del municipio de Cimitarra. SUSCRIPCION: 4 de febrero de 2013 CONTRATISTA: JCP Construcciones SAS SUPERVISOR: Fesian García Hernández FUENTE: Atención al adulto mayor de fondos especiales VALOR: $85.142.223 PLAZO: 45 días calendario ACTA DE INICIO: 18 de febrero de 2013 PAGO DE ANTICIPO: 50% por 42.571.111. del 14 de febrero de 2013 ACTA DE ENTREGA Y RECIBO PARCIAL No. 1: 13 de marzo de 2013, por $20.022.844.48, amortización del anticipo de $10.011.422.24 y valor pagado en el acta de $10.011.422.24 ACTA DE ENTREGA Y RECIBO PARCIAL No. 2: del 26 de marzo de 2013, por 53.507.733.03, con amortización del anticipo del 50% de $26.753.866.52 y pagaron $26.753.866.52. ACTA DE MAYORES Y MENORES CANTIDADES: de fecha 1 de abril de 2013, teniendo en cuenta que le red sanitaria se encontraba obstruida generando un colapso sanitario lo cual hacia imprescindible la reposición de dicho tramo de 5.805.822. 74, con valor a pagar de $5.805.822. 74 ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL: De fecha 3 de abril de 2013, por $11.611.645.49, con amortización de $5.805.822.75

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ACTA DE ENTREGA Y RECIBO DEL CONTRATO: Por la señora NASLY CORONADO MACEAS, en calidad de representante legal del ancianato San José. LIQUIDACION: 28 de abril de 2013

Teniendo en cuenta que en el ancianato San José de Cimitarra se habían presentado robos en las instalaciones y que los adultos mayores salían en forma constante del hogar sin autorización, debido a la falta de 107 ml de cerramiento, la administración municipal vio la necesidad de suscribir contrato de obra pública el día 4 de febrero de 2013, con la sociedad JCP Construcciones SAS, aplicando la modalidad de selección abreviada de menor cuantía, con el objeto de realizar las siguientes actividades: 107 ml de cerramiento, suministro de 15 ventiladores de techo, instalación de 27 entrepaños en madera, pintura de 177 m2 en las habitaciones; firmando acta de inicio del 18 de febrero de 2013, para ser ejecutado en un plazo de 45 días calendario. Posteriormente se realizó un acta de mayores y menores cantidades de fecha 1 de abril de 2013, teniendo en cuenta que le red sanitaria se había obstruido lo cual generó un colapso sanitario lo que hizo imprescindible la reposición de dicho tramo. Finalmente se informa se efectuó acta de entrega y recibo final del contrato de fecha 3 de abril de 2013, recibiéndose la obra a satisfacción por la señora NASLY CORONADO MACEAS, en calidad de representante legal del ancianato San José, con liquidación del 28 de abril de 2013

REGISTRO FOTOGRAFICO Vista de obra.

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16- CONTRATO No 172 de 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Selección Abreviada de Menor Cuantía TIPO DE CONTRATO: Suministro OBJETO: suministro de combustible para las instituciones que prestaran el apoyo en las diferentes actividades y programas encaminados a la seguridad ciudadana en el municipio de cimitarra. SUSCRIPCION: 6 de mayo de 2013 CONTRATISTA: Estación de servicios los Almendros. RL. Humberto de Jesús Agudelo SUPERVISOR: Roberto Amado Serrano en calidad de secretario de gobierno FUENTE: fondos especiales fondo de seguridad ciudadana VALOR: $84.991.512. PLAZO: 5 meses ACTA DE INICIO: 8 de mayo de 2013 ACTA DE ENTREGA Y RECIBO PARCIAL No. 1: 16 de mayo de 2013, pagaron 28.043.672 CERTIFICACIONES DEL SUPERVISOR: 16 de mayo de 2013, 4 de julio de 2013, 16 de agosto de 2013, 7 de noviembre de 2013 ACTA DE ENTREGA Y RECIBO PARCIAL No. 2: del 4 de julio de 2013, por 20.752.896

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ACTA DE ENTREGA Y RECIBO PARCIAL No. 3: del 16 de agosto de 2013, por 25.251.490 ACTA DE ENTRGA FINAL: Del 7 de noviembre de 2013, por 10.943.450 LIQUIDACION: del 7 de noviembre de 2013. La administración municipal previa solicitud de suministro de combustible para los vehículos y motocicletas de la policía y del batallón que prestaba apoyo a esta jurisdicción, realizó el 17 de enero de 2013, reunión del comité de orden público, donde se aprobó efectuar contratación para suplir dichas necesidades. De acuerdo a lo anterior el día 6 de mayo de 2013, se suscribió contrato de suministro con la Estación de servicios los Almendros, por valor de $84.991.512, para ser ejecutado en un plazo de 5 meses, con acta de inicio del 8 de mayo de 2013, efectuándose 3 actas de entrega por: $28.043.672, $20.752.896, $25.251.490 y $10.943.450, previas certificaciones de cumplimiento por parte del supervisor del contrato; con acta de liquidación del 7 de noviembre de 2013. Del anterior contrato se informa en revisión a su carpeta se observó reposaban las actas de entrega y recibo del combustible de los meses de mayo a octubre de 2013, por parte de los comandantes de la fuerza pública beneficiada con el suministro, así como las facturas expedidas por el contratista. 17- CONVENIO DE APOYO No 123 de 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Directa OBJETO: Apoyo a programas de interés para el desarrollo de actividades culturales y artísticas en el municipio de Cimitarra. SUSCRIPCION: 13 de marzo de 2013 CONTRATISTA: Asociación La Cimitarra Horizonte De Cultura SUPERVISOR: Lina Marcela Morales Secretaria De Educación FUENTE: Fondos Especiales VALOR: $75.000.000, con aportes del municipio de $71.000.000 y de la asociación $4.000.000 PLAZO: 120 días ACTA DE INICIO: 18 de marzo de 2013 ANTICIPO: 35.500.000 de fecha 1 de abril de 2013 CERTIFICACION DEL SUPERVISOR: de fecha 31 de mayo de 2013 ACTA PARCIAL No. 1: de fecha 13 de junio de 2013, por 42.600.000 amortizando 17.750.000 efectuando pago por 24.850.000 ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL: de fecha 17 de julio de 2013, por 28.400.000 amortiza 17.750.000 para un pago de 10.650.000 LIQUIDACION: de fecha 12 de julio de 2013. SECOP: publicado Teniendo en cuenta que el municipio de Cimitarra contaba con grupos de formación en el sector cultural integrado por escolares de las diferentes instituciones educativas del sector urbano y rural los cuales venían fortaleciendo la identidad cultural del municipio, se hizo necesario dar a conocer a la comunidad el proceso en el cual se encontraban estos grupos artísticos, por medio de la realización de actividades culturales donde participaran los diferentes grupos de música, danza folclórica, moderna, teatro y promoción del plan nacional de biblioteca, para lo cual se irían a desarrollar las siguientes actividades:

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AREA DE MÚSICA

ITEM PROGRAMA FECHA LUGARES POBLACIÓN

PARTICIPANTE

CAN TI

DAD ACTIVIDADES

VALOR PARCIAL

1

-

Promoción, Difusión, Fortalecimiento y

Consolidación De La Escuelas De Música. . - Mantenimiento de instrumentos.

Febrero a Junio de 2013

Escuela De Música. Eventos Locales Y Municipales

200 Estudiantes De La Escuela De Música y

Alumnos De Las Instituciones

Educativas.

20

1

Se dictaran talleres en Formación Musical; Lectura de Partitura y

practica con Instrumento musical. -

Reparación de instrumentos.

$ 2.500.000

$ 4.500.000

VALOR TOTAL MUSICA $7.000.000

ANIVERSARIO MUNICIPIO

ITEM PROGRAMA FECHA LUGARES POBLACIÓN

PARTICIPANTE

CAN TI

DAD ACTIVIDADES

VALOR PARCIAL

1

Fortalecer la construcción de la identidad cultural del Municipio, mediante la celebración del Cuadragésimo sexto Aniversario de Vida Municipal

Abril 25 y 26 de 2013

Parque

Principal

y

Diferentes

Calles

Del

Municipio.

4.500

Estudiantes

del área urbana

y

rural;

Organizaciones

sociales,

Entidades

Públicas y

Privadas.

25

50

Presentación

de Grupos

Musicales

que se unen

a las

efemérides

Del Municipio.

Desfilé

comparsas

Muestras De

Las Diferentes

Colonias.

$15.000.000

$15.000.000

VALOR TOTAL ANIVERSARIO MUNICIPIO $30.000.000

AREA DE TEATRO

ITEM PROGRAMA FECHA LUGARES POBLACIÓN

PARTICIPANTE

CAN TI

DAD ACTIVIDADES

VALOR PARCIAL

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1 Formación en

las Artes Escénicas.

Abril a Septiembre e 30 de 2012

Casa De La Cultura y

Escenarios Centros Educativos

40 Estudiantes De las instituciones educativas particulares

10

1

Talleres de Formación en artes Escénicas. Puestas en escena de las obras para retroalimentar la practica teatral.

$2.500.000

$2.500.000

VALOR TOTAL TEATRO $5.000.000

ITEM PROGRAMA FECHAS LUGARES POBLACIÓN

PARTICIPANTE

CAN TI

DAD ACTIVIDAD

VALOR PARCIAL

1

Construcción de saberes padres de familia y docentes del área urbana y rural

Mayo de 2013

Aula múltiple Casa de la Cultura

400 padres de familia y docentes del área urbana y

rural

1

Taller de sensibilización hacia la educación padres y docentes

4.000.000

2

Presentación de las actitudes artísticas de los padres de familia y Docentes.

Mayo de 2013

Casa de la Cultura

80 padres de familia y docentes del área urbana y

rural

10 Grupos que se presentan

4.000.000

VALOR TOTAL INTEGRACION CULTURAL

8.000.000

TOTAL GENERAL 62.000.000

ITEM PROGRAMA FECHAS LUGARES POBLACION

PARTICIPANTE

CAN TI

DAD

ACTIVIDA- DES

VALOR PARCIAL

ÁREA BIBLIOTECA

ITEM PROGRAMA FECHAS LUGARES POBLACIÓN

PARTICIPANTE

CAN TI

DAD ACTIVIDAD

VALOR PARCIAL

1 Promoción de Lectura

Febrero a Junio De 2013

Instituciones Educativas Del Área Urbana Y Rural,

300 Estudiantes del área urbana y rural 50 Particulares

30

Talleres de animación a la lectura y la lúdica.

$3.000.000

VALOR TOTAL BIBLIOTECA $3.000.000

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1 Ejecución del proyecto.

Febrero a Junio 30

de 2013

Casa De La Cultura, Escenarios Y Centros Educativos

Miembros de la asociación.

6

Manejo de recursos Ejecución de las actividades Manejo contable Entrega de informes

4.000.000

VALOR TOTAL Asociación $4.000.000

En revisión efectuada a la carpeta contractual se observó reposan: Planillas de los 20 talleres de música, factura por $6.000.000 respecto del arreglo de instrumentos musicales, planilla de los 15 grupos de las veredas: Las Flores, Villanueva sede a y b, y corrimiento de Puerto Araujo, planillas de formación del grupo base de promoción y difusión de danzas folclóricas (grupos infantil, prejuvenil, juvenil y adultos) en las cuales se relacionan las salidas de promoción y difusión de los 4 grupos a los siguientes lugares: barrio Buenos Aires, la Arrecocera, Fundación Funiescar, barrio El Centro, 28 De Abril, Brisas De Guayabito, La Invasión, El Estadio, Las Ciudadela, Vila Del Rio. Reposan además planillas de la presentación de grupos musicales, del desfile de comparsas y carrosas, planillas de los talleres de formación de artes escénicas, planillas de talleres de sensibilización dictados a padres y docentes así como las planillas de promoción de lectura, y planillas de las entregas de incentivos a los grupos que se presentaron e hicieron parte de la programación cultural.

Ahora bien, se observó reposa informe de actividades de la Asociación “La Cimitarra Horizonte De Cultura”, así como certificación de cumplimiento del objeto convenido, suscrita por parte de la supervisora del convenio, junto con el respectivo informe de ejecución del mismo acompañado del registro fotográfico de cada presentación y puesta en escena de los grupos.

18- CONTRATO No 325 de 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Mínima Cuantía TIPO DE CONTRATO: Suministro OBJETO: Suministro de implementos deportivos con destino a los establecimientos educativos y realización de actividades deportivas en el municipio de Cimitarra SUSCRIPCION: 3 de octubre de 2013 CONTRATISTA: CORMAGDALENA SUPERVISOR: Lina Marcela Morales Quintero FUENTE: convenio Ecopetrol 5211654

Valor total Área Música $7.000.000,00

Valor total Área Danzas $18.000.000,00

Valor total Aniversario $30.000.000,00

Valor total Área teatro $5.000.000,00

Valor total Biblioteca $3 .000.000,00

Construcción de saberes y actitudes artísticas $8.000.000,00

APORTE MUNICIPIO $71.000.000,00

APORTE ASOCIACION $4.000.000,00

VALOR TOTAL DEL CONVENIO $75.000.000,00

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VALOR: $15.200.000 PLAZO: 30 días ACTA DE INICIO: 3 de octubre de 2013 ACTA DE ENTRADA AL ALMACEN: 15 de octubre del 2013 ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL: 15 de octubre de 2013 LIQUIDACION:29 de octubre de 2013 Teniendo en cuenta que en el municipio de Cimitarra se presentó el proyecto denominado “Dotación de material, didáctico, inmobiliario, escolar e implementos deportivos para el mejoramiento de la calidad, del servicio educativo en el municipio de Cimitarra”, y viendo la necesidad que las instituciones educativas tenían de poder contar con implementos para el desarrollo de actividades deportivas, la administración municipal procedió a suscribir el presente contrato con CORMAGDALENA, con el objeto de adquirir los siguientes elementos: 108 balones de microfútbol 108 de baloncesto 108 balones de voleibol 108 balones de futbol Ahora bien, del anterior contrato se informa se efectuó visita al almacén corroborando la existencia de los balones deportivos adquiridos. OBSERVACION N°7

Alcance Administrativo: La administración municipal deberá realizar la entrega en el menor tiempo posible a las instituciones educativas, de la totalidad de los elementos adquiridos con la suscripción del presente contrato, cumpliendo así a cabalidad con el objeto contratado. Por lo tanto tal hecho se dejará como acción de mejora que deberá incluirse en el plan de mejoramiento de la entidad auditada, con cumplimiento inmediato.

ALCANCE DE LA OBSERVACION ADMINISTRATIVA

PRESUNTO RESPONSABLE: SAMUEL SOTO CARREÑO

CONTRADICCIONES PRESENTADAS POR EL ENTE DE CONTROL “En este punto, se precisa que una vez se realizó la auditoría por parte de la Contraloría General de Santander, en el almacén de la Secretaría de Educación Municipal, se corroboró la existencia de balones adquiridos mediante Contrato No. 325 de 2013. Lo anterior se dió en razón a que la Administración contaba con recursos provenientes de un Convenio con Ecopetrol 5211654 para desarrollar el Proyecto denominado: “DOTACIÓN DE MATERIAL DIDÁCTICO, MOBILIARIO, ESCOLAR E IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD, DEL SERVICIO EDUCATIVO EN EL MUNICIPIO DE CIMITARRA”. De dichos recursos se adelantaron los siguientes procesos contractuales:

a. Proceso de Mínima cuantía, por un valor de $15.200.000, el cual culminó satisfactoriamente, suscribiéndose el Contrato No. 325 de 2013 cuyo objeto es: “Suministro de Implementos deportivos con destino a los establecimientos educativos y realización de actividades deportivas en el municipio de Cimitarra”.

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b. Subasta Inversa publicada en el SECOP mediante Número 043-13 SE, la cual terminó anormalmente después de convocada el 25 de Noviembre de 2013. Por lo anterior se publicó nuevamente el Proceso el día 29 de Abril de 2014, con los nuevos parámetros establecidos en el Decreto 1510 de 2013 y Colombia Compra Eficiente, dentro del cual se firmó Contrato No. 135 cuyo objeto es: Dotación de Mobiliario y Aparatos Eléctricos para las diferentes Sedes Educativas del Municipio de Cimitarra.

Los 2 procesos adelantados tienen como fuentes de financiación Convenio Ecopetrol 5211654, razón por lo cual se tuvo que esperar la adjudicación de la Subasta Inversa declarada desierta en principio, para hacer entrega de los implementos deportivos, mobiliario y aparatos eléctricos a las Instituciones Educativas en las mismas fechas. Lo anterior en razón a que el municipio cuenta con 100 sedes educativas, las cuales en su mayoría son distantes del casco urbano y la vía de acceso es destapada. A la fecha se están haciendo las respectivas entregas a las Instituciones Educativas de la totalidad de los balones y mobiliario provenientes, de lo cual se anexan copias de las entregas que se han realizado, y el cronograma respectivo para dar cabal cumplimiento al objeto contractual. Visto lo indicado se puede concluir que el municipio de Cimitarra viene ejecutando las entregas y así mismo tiene un cronograma previsto para la culminación de las mismas en las 100 sedes, en tal sentido respetuosamente se le solicita al ente de control que el presente hallazgo NO se vincule al informe final, puesto que las actividades se vienen desarrollando según el cronograma anexo, lo cual indica el cumplimiento del Municipio de Cimitarra, respecto de la observación del ente de Control.” CONCLUSIONES DEL ORGANO DE CONTROL

Analizada la respuesta presentada por la Alcaldía municipal de Cimitarra y contrastada con los soportes de las entregas de los balones a las diferentes sedes educativas, actividades estas que se han venido efectuando con posterioridad a la auditoría realizada, esta contraloría confirma el hallazgo con alcance administrativo, con la finalidad de que se continúe con la totalidad de las entregas a realizar respecto de los elementos deportivos adquiridos en cumplimiento del objeto contratado. 19- CONTRATO No 226 de 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Mínima Cuantía TIPO DE CONTRATO: Suministro OBJETO: Suministro de hospedaje para el personal y grupos especiales que prestan el apoyo en seguridad ciudadana y convivencia pacífica antes y durante las festividades de la cultura y el turismo del municipio de Cimitarra SUSCRIPCION: julio 4 de 2013 CONTRATISTA: Hotel Carare Plaza SUPERVISOR: Roberto Amado Serrano Secretario de Gobierno FUENTE: Fondos Especiales FCS VALOR: $16.467.000 PLAZO: 30 días. ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL: Del 25 de julio de 2013 CONSTACIA DE SUPERVICION: 24 de julio de 2013 LIQUIDACION: 24 de julio de 2013 SECOP: publicado Teniendo en cuenta que mediante acta No. 005 del 15 de mayo de 2013, del comité de orden público, se aprobó efectuar apoyo a las instituciones que ejercían

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labores de seguridad en la localidad de Cimitarra, y toda vez que mediante oficio del 29 de mayo de 2013, se le solicitó al comandante del departamento de policía el aumento del pie de fuerza del personal de su institución para poder garantizar la XLVI feria de exposición equina grado B y el XVIII festival de la cultura y el turismo, de manera pacífica armónica y segura; la administración municipal procedió a iniciar proceso de selección de contratista bajo la modalidad de mínima cuantía, de lo cual previamente realizó estudios de mercado de los hoteles que prestarían en servicio de hospedaje para los efectivos de la policía que apoyarían el festival mencionado, siendo adjudicado el contrato al Hotel Carare Plaza, con el objeto de realizar suministro de hospedaje para el personal y grupos especiales que prestarían el apoyo en seguridad ciudadana y convivencia pacífica antes y durante las festividades de la cultura y el turismo del municipio de Cimitarra, por un valor de $16.467.000, para ser ejecutado en un plazo de 30 días. Del anterior contrato se observó reposan las planillas de los 510 días de hotel recibidas por los funcionarios de la policía, así como la certificación de la prestación del servicio de hospedaje a los funcionarios de la policía suscrita por el teniente José Fernando león Agudelo de fecha 24 de julio de 2013. 20- CONTRATO No 170 de 2013

MODALIDAD DE CONTRATACION: Mínima Cuantía TIPO DE CONTRATO: Suministro OBJETO: Suministro de cofres para la inhumación de cadáveres y transporte de cuerpos en descomposición para atender a la población vulnerable del municipio de Cimitarra. PRESUPUESTO OFICIAL: $15.000.000, cofre adulto ensamblado a 349.000, cofre para niño a $237.000, transporte de cuerpos $907.000 desde las veredas a la cabecera municipal SUSCRIPCIÓN: 3 de mayo de 2013 CONTRATISTA: Funeraria La Inmaculada, RL María de Jesús Galeano Rincón SUPERVISOR: Roberto amado serrano FUENTE: recursos propios VALOR: $15.000.000 PLAZO: 4 meses ACTA DE RECIBO PARCIAL No 1: por $4.660.000 de fecha 22 de mayo de 2013 CERTIFICACION DE CUMPLIMIENTO DEL SUPERVISOR: 22 de mayo de 2013, 26 de junio y 24 de julio de 2013. ACTA DE RECIBO Y PAGO PARCIAL No. 2: de fecha 26 de junio de 2013, por 6.670.000 ACTA DE RECIBO Y PAGO PARCIAL No. 3: de fecha 24 de julio de 2013, por 3.670.000 LIQUIDACION: de fecha 24 de julio de 2013 El anterior contrato se suscribió el día 3 de mayo de 2013, con la Funeraria La Inmaculada, para atender a las personas de escasos recursos que hacían parte de la población vulnerable del Municipio de Cimitarra, entre los cuales se encontraban los: niños, adultos mayores e indigentes, con el objeto de realizar suministro de cofres para la inhumación de cadáveres y transporte de cuerpos en descomposición.

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Se informa que en revisión a la carpeta contractual se observó reposan los certificados de defunción de los adultos y de los niños al igual que las rutas de los traslados efectuados de los cadáveres.

21- CONTRATO No 370 de 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Mínima Cuantía TIPO DE CONTRATO: Suministro OBJETO: Suministro de material fungible y no fungible para la atención integral en primera infancia para los hogares infantiles del municipio de Cimitarra SUSCRIPCION: 8 de noviembre de 2013 CONTRATISTA: Gualdron Figueroa Carlos Alberto SUPERVISOR Lina Marcela Morales Quintero VALOR: $12.328.859 PLAZO: 30 días ACTA DE INICIO: 8 de noviembre de 2013 ADICIONAL EN VALOR: de fecha 18 de noviembre de 2013, por $4.171.000, para el suministro de 20 organizadores plásticos de 3 cajones. ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL: 20 de noviembre de 2013, con registro fotográfico. TOTAL PAGADO: 16.499.859, con descuentos a estampillas. LIQUIDACION: 22 de noviembre de 2013 Teniendo en cuenta que el municipio de Cimitarra, buscaba que los niños y niñas desarrollaran habilidades y aptitudes, adquirieran conocimientos, construyeran pensamientos e ideas propias y asumieran diferentes actitudes frente al mundo, y de acuerdo con la Ley 1295 de 2009 o de atención integral de la primera infancia de los sectores clasificados del nivel 1, 2 y 3 del SISBEN , la administración municipal vio la necesidad de la cual adolecían los hogares infantiles del Cimitarra, respecto de la falta de material pedagógico fungible y no fungible, para el desarrollo adecuado de sus actividades, por lo tanto procedió a suscribir contrato de suministro con el señor Carlos Alberto Gualdron Figueroa, por un valor de $12.328.859, con el objeto de adquirir los siguientes elementos:

CANT. ELEMENTO COTIZADO

20 Selección CDs música infantil

20 Carillón de madera o marimba de 10 teclas

20 Cajas chinas

20 Triángulo 15 cm

20 Pandero celta Bodhrans 13

20 Panderetas

17 Par de chinchines

17 Sonajeros o cascabeles de pulso

17 juego de granja

20 Juegos de arrastre madera

20 domino madera

17 Lotería de madera

17 Set de juguetes de cocina

17 Set de juguetes de aseo

17

Lib

ros

infa

nti

l

es

Buenas noches sol. Hola Luna

Cuentos de Hadas

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El osito polar y el arco iris

El patito afortunado

170 pliegos de papel seda

51 cajas de plastilina grande

34 pliegos de fomy de colores

17 paq x 10 u cartulina calipso flúor. colores surtidos

17 block papel iris carta

153 vinilo payasitos 500 cm colores 51 rojo, 51 amarillo , 51 azul

34 tijeras de punta roma

En revisión a la carpeta contractual se informa reposa acta de entrada al almacén de los elementos objeto del presente contrato, de fecha 21 de noviembre de 2013, suscrita por el señor Julio Cesar Reyes Ruiz, en calidad se almacenista. Además reposan actas de salida del almacén y entrega a las siguientes madres comunitarias de los hogares infantiles: Marta Lucia Quintero, Edilsa Martínez, Janeth Milena Suarez, Yury Andrea López, Luz Dary Mora, Sandra Rodríguez, Yudy Helena Penagos, Doralba Saldarriaga Hernández, Kaira Valentina Torres, Marleny Valbuena, Maricel García y Rosa Maria Mora, las cuales pertenecen a los hogares: Rayito De Sol, Puerto Araujo, Promavera, Puerto Olaya, Palmas Del Guayabito, San Juan De La Carretera, Los Ranchos, San Pedro, Los Pinos, La Villa, La Traviata, San Fernando. 22- CONTRATO No 234 de 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Directa TIPO DE CONTRATO: prestación de servicios OBJETO: Prestación de servicios personales como técnico para el mantenimiento del sistema eléctrico en las instalaciones en las optimación del funcionamiento de luminarias y equipos de aire acondicionado SUSCRIPCION: 5 de julio de 2013 CONTRATISTA: Jairo Alberto Garavito SUPERVISOR: Osmar Mateus Zarate Secretario General y Jefe De Personal FUENTE: Recurso Propios VALOR: $7.000.000 PLAZO: 5 meses ,5 pagos de $1.400.000 INFORMES DE ACTIVIADES: Del 5 de julio al 5 de agosto, del 5 de agosto al 4 de septiembre de 2013, del 5 de septiembre al 4 de octubre de 2013,del 5 de octubre al 4 de noviembre de 2013, del 5 de noviembre al 4 de diciembre, del 5 de diciembre al 24 de diciembre de 2013 CERTIFICACIONES DE CUMPLIMIENTO: del 2 de agosto de 2013, del 4 de septiembre de 2013, del 4 de octubre, del 4 de noviembre, 4 de diciembre, del 24 de diciembre de 2013 ADICIONAL EN VALOR Y TIEMPO: de fecha 27 de noviembre de 2013, por $1.300.000 y 20 días. LIQUIDACION: 24 de diciembre de 2013 VALOR TOTAL DEL CONTRATO: $8.300.000 SECOP: publicado Teniendo en cuenta que la estructura y equipamiento municipal de Cimitarra contaba con un sistema eléctrico que le permitía optimizar y dar buen funcionamiento a los equipos de cómputo, sistemas de luminarias, equipos de aire

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acondicionado y puntos eléctricos, los cuales requerían de un mantenimiento de tipo preventivo para evitar futuros daños, por lo cual la administración municipal procedió a suscribir contrato de prestación de servicios con el señor Jairo Alberto Garavito, para efectuar mantenimiento del sistema eléctrico en las instalaciones de la alcaldía. Del anterior contrato reposan los informes de actividades mensuales del contratista, y de cumplimiento por parte del supervisor del contrato. 23- CONTRATO No 251 de 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Directa TIPO DE CONTRATO: Prestación De Servicios OBJETO: Prestación de servicios personales para coordinar y supervisar la entrega de mercados del programa PAE sector rural, programa desayunos infantiles sector urbano y programa Colombia mayor SUSCRIPCION: 26 de julio de 2013 CONTRATISTA: Luis Hernando Santamaría Ariza SUPERVISOR: Eugenio Andrade FUENTE: recursos propios VALOR: $6.600.000, 4 cuotas mensuales vencidas por $1.650.000 PLAZO: 4 meses ACTA DE INICIO: sin acta de inicio ADICIONAL: de fecha 20 de noviembre de 2013 en $1.200.000 y en 20 dias mas LIQUIDACION: del 13 de diciembre de 2013, por 7.800.000 Teniendo en cuenta que el ICBF y la corporación WAKUSARY previa convocatoria pública celebraron el contrato No. 68262012573 para prestar el servicio de alimentación en el municipio de Cimitarra y que dicho contrato establecía en la cláusula 5. un mecanismo que buscaba la aplicación de los principios de coordinación y supervisión con miras a facilitar a la comunidad la eficacia en la prestación del servicio conjunta del programa con el ICBF, a través de operadores que el instituto había seleccionado, haciéndose por ello necesario que el municipio en su deber de efectuar seguimiento a la ejecución en debida forma del mencionado contrato, requerir a una persona para: -Coordinar y supervisar la empacada y entrega de mercados del programa del sector rural, cada 15 días en las escuelas de las veredas: La Traviata, La Y de la Torre, Curva De La Nubia, San Fernando Campo Seco, Dos Hermanos, Campo Padilla, Los Renchos, Cruce De Nutrias y Puerto Zambito -Realizar seguimiento de la entrega, diligenciamiento de planillas, formato de quejas y reclamos del programa de desayunos infantiles con amor, en cada vereda. -Realizar seguimiento y entrega respecto del programa de desayunos infantiles sector urbano, toda vez que en las instalaciones de la alcaldía en la segunda semana de cada mes, se recibían 5 kilos de bienestarina para 5 beneficiarios tipo 1, para niños entre 6 meses y 11 meses, 2400 unidades entre leches y avenas, 2400 paquetes de galletas y 2400 kilos de bienestarina, para 120 beneficiarios tipo 2.

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- Efectuar acompañamiento desde la oficina de desarrollo comunitario en la entrega de ficho para 962 adultos cada dos meses por 15 días, del programa Colombia mayor. -Efectuar visita a los adultos mayores a los domicilios del área rural por parte de la Secretaria De Desarrollo Comunitario, para elaborar un censo y establecer las necesidades de esta población, además acompañar en la empacada y entrega de mercados para 66 adultos mayores, del programa ración para preparar. En revisión a la carpeta contractual, se observa reposan los informes de actividades del contratista del 26 de julio al 25 de agosto, del 26 de agosto al 25 de septiembre, del 25 de septiembre al 25 de octubre, del 26 de octubre al 26 de noviembre y del 26 de noviembre al 13 de diciembre de 2013, además reposan las certificaciones de cumplimiento del supervisor del 25 de agosto de 2013, del 25 de septiembre de 2013, del 25 de octubre de 2013 y del13 de diciembre de 2013. 24- CONTRATO No 210 de 2013 MODALIDAD DE CONTRATACION: Selecciona Abreviada de Menor Cuantía TIPO DE CONTRATO: Obra Publica OBJETO: Mejoramiento y mantenimiento de la Vía Sopla vientos beneficiando a los municipios de Cimitarra y Landázuri (proyecto SGR fondo de compensación regional). PRESUPUESTO OFICIAL: $112.962.330 SUSCRIPCION: 19 de junio de 2013 CONTRATISTA: UNION TEMPORAL SOPLAVIENTOS SUPERVISOR: Carolina Ramos Gutiérrez INTERVENTORIA: Adriana Rodríguez Medellín FUENTE: SGR VALOR: $112.464.599 PLAZO: 2 meses ACTA DE INICIO: 15 de julio de 2013 ANTICIPO: 56.232.300 24 de julio ACTA DE INCIO: 15 de julio de 2013 INFORMES DE INTERVENTORIA De julio de 2013, agosto de 2013, y septiembre de 2013 ACTA PARCIAL No. 1: de fecha 30 de agosto de 2013, por 81.269.021, amortiza 40.634.510, paga 40.634.510 ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL: 13 de septiembre de 2013, por 31.195.578, amortiza 15.597.789 y paga 15.597.789 ACTA DE ENTREGA Y RECIBOD E LA COMUNIDAD: 3 de septiembre, firma el señor Aldemiro Franco V. en calidad de presidente de la junta de acción comunal del sector sopla vientos y la comunidad en general. LIQUIDACION: 25 de septiembre de 2013 Teniendo en cuenta que era prioritario realizar el mantenimiento y mejoramiento de la mayor parte de la red vial terciaria de carácter regional del municipio de Cimitarra y en procura de asegurar el acceso de los servicios sociales, reducir los precios de mercancías y mejorar el comercio de las comunidades cimitarreñas, la administración municipal procede a suscribir contrato de obra pública el 19 de junio de 2013, con la UNION TEMPORAL SOPLAVIENTOS, por un valor de $112.464.599, para ser ejecutado en un plazo de 2 meses , con acta de inicio del 15 de julio de 2013.

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Del anterior contrato reposan informes de interventoría de julio de 2013, agosto de 2013, y septiembre de 2013, además se observó se efectuó acta de recibo de la comunidad del 3 de septiembre de 2013, suscrita por el señor Aldemiro Franco V. en calidad de presidente de la junta de acción comunal del sector sopla vientos y la comunidad en general. 1.1.2 Resultado Evaluación Rendición y Revisión de Cuenta

La Rendición de la Cuenta es el deber legal que tiene todo funcionario de informar y responder por la administración, manejo y rendimiento de fondos, bienes y/o recursos públicos asignados y sobre los resultados en el cumplimiento de las funciones que le han sido conferidas, sobre su gestión financiera, operativa, ambiental y de resultados, la cual para su presentación deberá estar firmada por el representante legal. La Contraloría General de Santander, a partir de la presentación de la cuenta correspondiente a cada vigencia fiscal, revisó la información rendida por los responsables fiscales sobre su gestión con el propósito de emitir un pronunciamiento. El equipo auditor comprobó a través de la información reportada al SIA, el cumplimiento de la presentación de la Cuenta en los aspectos evaluados, verificando la oportunidad, en la información.

1.1.3 Legalidad

El equipo auditor evaluó el comportamiento de la legalidad en los factores: administrativo, contractual, financiero y ambiental, cómo se debe desarrollar los procedimientos normativos en la Alcaldía municipal de Cimitarra, los cuales reconozcan concebir una cultura de participación ciudadana, convivencia pacífica, transparencia administrativa, responsabilidad social, conservación, preservación y seguimiento a los procesos sociales, ambientales y culturales. -Contratación

En lo correspondiente a la normatividad respecto de la línea contractual, se informa que la Alcaldía de Cimitarra, demostró un alto grado de cumplimiento a los preceptos y señalamientos establecidos en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2011, Decreto 734 de 2012, Decreto 2516 de 2011 y demás normas complementarias, lo anterior teniendo en cuenta entre otros los siguientes aspectos: Aspectos Positivos -Cumplimiento de los principios fundamentales de la contratación cuales son la transparencia, la economía y la responsabilidad. -Ejecución correcta de los objetos contractuales de acuerdo a lo contenido en la minuta de los contratos. - Cumplimiento de las normas existentes en materia de garantías únicas o pólizas. -Correcta aplicación de las modalidades de contratación establecidas en la entidad. Aspectos Negativos: - Falta de verificación del supervisor del contrato respecto del cumplimiento de las obligaciones del contratista relacionadas con la presentación de los soportes que avalen la ejecución del contrato conforme a los estudios previos.

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-Línea Ambiental En cuanto a la legalidad de la parte ambiental se observa que la administración municipal está cumpliendo en forma eficiente. -Línea Financiera Con respecto al área contable y financiera se puede determinar que la entidad

aplica el marco conceptual de la contabilidad Pública, presentándose algunas

deficiencias dentro del cumplimiento del régimen de contabilidad Publica en

Colombia.

Los estados contables y financieros tienen un dictamen de opinión con salvedades, ya que los registros contables presentaron durante la vigencia 2013 once (11) hallazgos administrativo de tipo contable. -Línea Presupuestal La gestión en la conformación, aprobación y ejecución de los ingresos y egresos presupuestales de la alcaldía municipal de Cimitarra en la vigencia 2013, cumplió con el Decreto 111 de 1996. 1.1.4 Gestión Ambiental

En la Alcaldía Municipal de Cimitarra las funciones relacionadas con los temas de Medio Ambiente, están a cargo de la Arquitecta de Planeación. Se realizó la evaluación de la gestión ambiental en el municipio de cimitarra para lo cual nos apoyamos en la matriz establecida por la GAT, ya que en el periodo anterior se aplicó esta matriz y con el fin de poder hacer un comparativo y verificar el avance de cumplimiento, por lo tanto para esta vigencia arrojo un resultado de 65.2% que comparado con la vigencia anterior la gestión ambiental mejoro un 1%, igualmente sigue presentándose una opinión con DEFICIENCIAS. RECURSO HÍDRICO - REFORESTACIONES. OBSERVACION No 8 Para dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 111, Ley 99 de 1993; artículo 106, Ley 1151 de 2007; y artículo 210 de la Ley 1450 de 2011, los municipios dedicarán un porcentaje no inferior al 1% de sus ingresos corrientes para la adquisición y mantenimiento de dichas zonas o para financiar esquemas de pago por servicios ambientales. Con el fin de constatar lo normado, se toman los ingresos corrientes certificados por el Secretario de Hacienda del municipio, se efectúa el cálculo del 1% ordenado por la norma para cada año, y se cruza con los valores destinados con esta finalidad por la Administración Municipal, según los formatos F07 Ejecución Presupuestal de Gastos (para cada vigencia), con los siguientes resultados:

AÑO INGRESOS

CORRIENTES CALCULO

1% VALOR

DESTINADO

2010 5.368.572.000 53.685.720 0

2011 5.176.758.000 51.767.580 130.946.000

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2012 5.516.401.000 55.164.010 30.000.000

2013 6.394.832.000 63.948.320 54.278.390

Total 224.565.563.000 224.566.630 215.224.390

Fuente: Ingresos corrientes certificados por la CGR y Ejecuciones Presupuestales de Gastos)

Como resultado de este análisis, se infiere que la Administración Municipal durante el período 2010-2013, dejó de destinar $9.342.240, para la adquisición y mantenimiento de dichas zonas o para financiar esquemas de pago por servicios ambientales, por lo tanto está incurriendo en una observación de tipo administrativa.

ALCANCE DE LA OBSERVACION ADMINISTRATIVA

PRESUNTO RESPONSABLE: SAMUEL SOTO CARREÑO

DESCRIPCION DE LA OBSERVACION

Durante la vigencia 2013 la administración dejo de destinar $9.342.240 en mantenimiento de cuencas hídricas.

CAUSA No le está dando cumplimiento a lo establecido en la norma.

EFECTO Deterioro de las cuencas hídricas

CONTRADICCIÓN PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO: “Sobre este particular es preciso indicar que, lo previsto en el artículo 111 de la ley 99 de

1993, es la obligación de destinar como mínimo el 1% de los ingresos de libre destinación, para la adquisición y/o mantenimiento de áreas estratégicas para la conservación de cuencas que surten los acueductos municipales, mas NO, que estos recursos deben ser invertidos durante la vigencia de su causación.

Artículo 111. Adquisición de áreas de interés para acueductos municipales y regionales. Declárense de interés público las áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos que surten de agua los acueductos municipales, distritales y regionales. Los departamentos y municipios dedicarán un porcentaje no inferior al 1% de sus ingresos corrientes para la adquisición y mantenimiento de dichas zonas o para financiar esquemas de pago por servicios ambientales. Los recursos de que trata el presente artículo, se destinarán prioritariamente a la adquisición y mantenimiento de las zonas.

En tal sentido, es importante resaltar que el Municipio de Cimitarra, dispuso en el Plan de Desarrollo Cimitarra Social y Participativa 2012-2015 en la línea estratégica: Responsabilidad Ambiental, el Programa : Adquisición de Áreas Estratégicas, dentro del cual se proyectó comprar y mantener predios, para el año año 2015, lo anterior obedece a que por costos de adquisición de los inmuebles, resulta más efectivo acumular los porcentajes anualizados y ejecutarlos el último año de gobierno, cuando los mismo son considerativos, y NO año a año, lo cual por su mínima recaudación no se podría adquirir predios significativos (igualmente la ley no impone que su erogación sea anual). Sin embargo La Administración Municipal, en este tópico ya inicio la compra Cinco Hectáreas Dos Mil Setecientos Metros Cuadrados (5 HAS. 2700 M2) del predio No 00-01-0002-0033-000 identificado con Matricula inmobiliaria 324-4644 denominado EL ROCIO del municipio de Cimitarra, el cual tiene por objetivo ampliar la franja de zona de reserva del afluente de acueducto del Municipio de Cimitarra.

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En tal sentido y como resultado de la recomendación realizada por la contraloría se seguirán realizando inversiones en el presente año y en el transcurso 2015 fortaleciendo tanto en compra, mantenimiento y reforestación; en lo referente a la inversión de estos se hará un ajuste a lo finalmente recaudado con el fin de darle cumplimiento al Art 111 de la Ley 99 de 1993. Aun así, y puesto que efectivamente NO se puede hablar “que no se ha ejecutado” ó, “que se ha dejado de ejecutar” recursos, toda vez que, como se indicó la obligación está prevista para ser cumplida en el año 2015, según el plan de desarrollo, por consiguiente respetuosamente me permito indicar que, el presente hallazgo administrativo debe ser desestimado y eliminado del informe final.”

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL El grupo auditor verifico la respuesta enviada por el ente auditado donde manifiesta que “…En tal sentido, es importante resaltar que el Municipio de Cimitarra,

dispuso en el Plan de Desarrollo Cimitarra Social y Participativa 2012-2015 en la línea estratégica: Responsabilidad Ambiental, el Programa : Adquisición de Áreas Estratégicas, dentro del cual se proyectó comprar y mantener predios, para el año 2015, lo anterior obedece a que por costos de adquisición de los inmuebles, resulta más efectivo acumular los porcentajes anualizados y ejecutarlos el último año de gobierno,.. Sin embargo La Administración Municipal, en este tópico ya inicio la compra Cinco Hectáreas Dos Mil Setecientos Metros Cuadrados (5 HAS. 2700 M2) del predio No 00-01-0002-0033-000 identificado con Matricula inmobiliaria 324-4644 denominado EL ROCIO del municipio de Cimitarra, el cual tiene por objetivo ampliar la franja de zona de reserva del afluente de

acueducto del Municipio de Cimitarra…” , por lo tanto el hallazgo de tipo administrativo se desvirtúa. La administración municipal en la vigencia de 2013 en el programa de manejo integral del recurso hídrico realiza acciones especialmente en: Apoyo a la gestión para la elaboración del avaluó del predio el Rocío, ubicado en la vereda la Toroba para la adquisición de áreas estratégicas del municipio de Cimitarra se invirtieron $2.452.240 para el avaluó de un predio, igualmente se envió oficio de fecha 28 de enero de 2014 al sub director de gestión ambiental de la CAS para que se programe la visita con el fin de definir áreas prioritarias en cumplimiento de la ley 99 de 1993. Con Recursos del Sistema General de Participaciones recursos ribereños, Isagen en medio ambiente ejecuto los siguientes programas relacionados con el medio ambiente por valor de $3.302.083.280

Nombre Rubro Compromisos

Inversión en descontaminaciones del medio ambiente 1,231,533,331

Plan de Ordenamiento y Manejo Ambiental 881,524,225

Fondo de Saneamiento Ambiental 10,132,451

Adquisición y Mantenimiento de Áreas Estratégicas 2,452,240

Otrosi Conv. CAS 005-475/12 - obras de protección y conservación de causes y recuperación de tierras 60,000,000

Conv. CAS 005-476/12 - Establecimiento Mantenimiento y Aislamiento de 34 Hect. de Caucho. 209,964,950

Reserva Pptal - Conv. CAS 005-475 – protección . y conservación causes y recuperación de tierras 211,606,246

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Reserva Pptal - plan de ordenamiento y manejo ambiental 23,045,641

Pasivos Exigibles - Conv. CAS 005-879 - reforestación. zonas de recarga hídrica 525,807,050

Reserva Pptal - Conv. CAS 005-393 – establecimiento, mantenimiento y aislamiento 32 hect. de caucho. 146,017,146

PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE – ACUEDUCTO. El acueducto del Municipio de Cimitarra es operado por Empresas Públicas de Cimitarra Administración Pública Cooperativa A.P.C, la conducción a la planta se realiza por gravedad, en una tubería de 10 pulgadas. La planta se localiza en la vía a la india en el barrio Buenos aires, en esta se llevan a cabo los procesos de floculación, sedimentación, filtración y cloración, posee un cuarto de bombas y una planta de emergencia. La planta de tratamiento cuenta con una planta de emergencia automática que permite continuar con los procesos de potabilización cuando el servicio de energía es suspendido, esta planta tiene una autonomía de 24 Horas, y funciona con ACPM. En los estudios fisicoquímicos que se realizaron al agua en la vigencia del 2013 para ver si era apta para el consumo humano, arrojo un resultado sin riesgo durante todo el año, según certificación expedida por el secretario de salud departamental de Santander. El sistema de acueducto cuenta con 2 tanques de almacenamiento con capacidad de 696 y 400 m3, las redes de distribución tiene diámetros desde 2” a 12”; la cobertura del servicio es del 95% en la zona urbana. Se requiere una ampliación y optimización de la PTAP teniendo en cuenta que se mejoró la línea refuerzo se están captando mayores caudales, además ingresaron nuevos usuarios a la empresa correspondientes a los barrios altos de la paz, el marfil, san Cristóbal, buenos aires, pinos V etapa. PROGRAMA DE AHORRO Y USO EFICIENTE DEL AGUA “ AYUEDA” Para la vigencia de 2013 la administración municipal firmo el convenio número 005-00910-2013 denominado “aunar esfuerzos entre la corporación autónoma regional de Santander –CAS y el municipio de cimitarra para elaborar complementos del programa de ahorro y uso eficiente del agua del municipio de cimitarra, para darle cumplimiento a la ley 373/97. PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES PTARS ALCANTARILLADO Y VERTIMIENTOS Durante el trabajo de campo se verificó que la administración municipal realizo los ajustes al Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos el cual fue radicado en el mes de Octubre de 2013 en la Corporación Autónoma de Santander y la cual dio el Concepto Técnico Favorable No 0141- 14 del 07 de Marzo de 2014 y Resolución No 00000351 del 02 de Mayo de 2014 por el Cual se aprueba el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos del Municipio de Cimitarra.

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DISPOSICION RESIDUOS SOLIDOS: En relación con los residuos sólidos la Administración municipal cuenta con un relleno sanitario el cual tiene licencia ambiental según resolución DGL No.00000339 del 27 de febrero de 2012 de la Corporación Autónoma Regional de Santander CAS. El lote seleccionado para la construcción del relleno sanitario se localiza en el predio la Florida, corregimiento Santa Rosa en la vereda Jamaica y es propiedad del municipio, cuenta con una extensión de 75 hectáreas, de las cuales se utiliza 3.71 hectárea para el relleno y 1.5 hectáreas para la parte administrativa, bodegas y piscina, cerca al sitio no hay presencia de quebradas ni cañadas o fuentes hídricas que puedan ser contaminadas. El sitio dispone de un espacio para disposición de residuos inertes ( relleno sanitario) utilizando el método de zanjas o trincheras, sistema de recolección de lixiviados y gases, zanjas perimetrales y zonas verdes , vías de acceso, planta de compost y estructuras de cierre una vez se termina la operación. El relleno tiene implementada una celda impermeabilizada con una membrana. La celda del relleno sanitario la Florida, cuenta con un canal perimetral de aguas lluvias de aproximadamente 220 ml, que impide que en eventos de lluvia, la escorrentía del área aledaña sature el material que se encuentra en la celda, hace poco se realizó mantenimiento pues se encontraba obstruida parcialmente.

Los gases que se producen en el relleno sanitario, se manejan por medio de chimeneas de tubería plástica perforada con un recubrimiento en piedra de rio y con malla galvanizada que permiten el libre movimiento de las masas gaseosas hacia la superficie. Para el manejo de lixiviados se dispone en un pozo séptico, que es una cámara que retiene las aguas negras por un período mínimo de 24 horas, separan los líquidos de los sólidos y los descomponen por la acción de bacterias anaerobias, almacenan el lodo resultante y permiten la descarga del líquido clarificado para su posterior tratamiento y disposición final. El tanque séptico es impermeable y hermético para evitar la contaminación del ambiente, impide el acceso de insectos, roedores u otros animales, y está provisto de tapas removibles que permiten el acceso de una persona para las labores de revisión y limpieza. Tal como se recomienda el tanque no deben sobresalir del

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piso y preferiblemente deben quedar enterrado máximo 60 cm. El tamaño es de 7,80x 2,80 metros.

En el relleno sanitario no se disponen residuos hospitalarios, estos son retirados por una empresa especializada en el tema, el municipio está recibiendo 12 toneladas mensuales del municipio de Landázuri y más o menos se disponen cerca de 400 toneladas mensuales. Durante el trabajo de campo se observó que fue hurtada la membrana que cubre parte de la celda la cual debe ser recuperada ya que se puede estar afectando el funcionamiento de la celda. En lo relacionado con el manejo del reciclaje de plástico, vidrio, cartón botellas el sitio donde se almacena no es adecuado ni tampoco cuenta con las herramientas necesarias para compactar estos residuos. Durante la vigencia de 2013 la administración municipal realizo el contrato para aunar esfuerzos para la realización de un programa de educación ambiental dirigido a los usuarios del servicio de aseo en el municipio de cimitarra por un valor de $125.083.291,20 con el fin de darle cumplimiento a Plan de Desarrollo donde se establece el Programa de Educación Ambiental que permite Crear una cultura ambiental para garantizar la sostenibilidad ambiental y proporcionar las condiciones para una mejor calidad de vida de la población de Cimitarra.

Planta de compostaje: El municipio cuenta con una planta de compostaje muy bien estructurada donde se obtiene el compost orgánico al cual se le realiza el respectivo procedimiento con el fin de obtener el abono orgánico tal como se nuestra a continuación:

Material orgánico

Se recibe el material orgnico que pasa por una banda transportadora y es triturado.

Tapas removibles

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Lugar de almacenamiento del compostaje

Caja para recolección de lixiviados

Lixiviados llegan por tuberías embebidas

en el piso

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Este liquido es revertido nuevamente al material que esta en proceso de compostaje

Abono debidamente tratado y listo para ser comercializado.

Como nos se pudo verificar lo relacionado con la planta de compostaje en el municipio de cimitarra esta muy bien organizada, por lo tanto la administración debe empezar a fortalecer el otro proceso como es el del reciclaje no de forma artesanal como hasta ahora sino con tecnología que permita hacer económicamente rentable el proceso. PLAN DE SANEAMIENTO Y MANEJO DE VERTIMIENTOS PSMV

La administración municipal expidió la resolución número 351 de mayo 2 de 2014, por la cual se aprueba el plan de saneamiento y manejo de vertimientos PSMV por parte de la CAS, este plan tiene una duración de 10 años y algunos de los compromisos a corto placo son (2014 – 2015):

Definir recursos para el plan maestro de acueducto y alcantarillado. Realizar los diseños del plan maestro de acueducto y alcantarillado Diagnóstico de vertimientos a tratar en la PTAR Formulación de alternativas técnico económicas para el tratamiento de vertimientos Mantenimiento y operación de la PTAR de puerto Olaya Mantenimiento y operación de la planta de beneficio animal PBA. Mano de obra para el mantenimiento de los pozos sépticos rurales. Diagnóstico de predios que carecen de alcantarillado. Gestionar recursos para la recuperación ambiental de la quebrada agua fría.

Lixiviados usados en el proceso de compostaje

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Disminuir en un 5% la carga contaminante aportada por el municipio a la quebrada agua fría y rio guayabito

PLANTA DE BENEFICIO ANIMAL Cimitarra cuenta con una planta de sacrificio de ganado localizada a 2 km del casco urbano, su construcción que, cuenta una planta de tratamiento para aguas residuales y agua potable. Está clasificada como una planta de auto consumo, según el decreto 2270 del 2012 del municipio. Se sacrifican ocho reses diarias en promedio, las cuales se distribuyen en el mismo municipio, Las Empresas Públicas de Cimitarra Administración Pública Cooperativa A.P.C., es la encarga del faenamiento con 14 personas y veterinario, la parte de mantenimiento de la infraestructura la asume el municipio.

El INVIMA en visita realizada a la planta de sacrificio animal dejo un requerimiento donde se plantearon unas observaciones que a la fecha del trabajo de campo (2014) se verificaron y ya se habían cumplido a través de un contrato que celebro la APC con un particular y estaban a la espera de una nueva visita por parte de esta entidad. A continuación se presenta el registro fotográfico de cómo está la entidad a la fecha del trabajo de campo. Planta de tratamiento de aguas residuales de la PBA Planta de Sacrifico

COMPARENDO AMBIENTAL: el Comparendo Ambiental es un instrumento de cultura ciudadana, donde se establece el adecuado manejo de residuos sólidos y escombros, previendo la

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afectación del medio ambiente y la salud pública, mediante sanciones pedagógicas y económicas a todas aquellas personas naturales o jurídicas que infrinjan la normatividad existente en materia de residuos sólidos; así como propiciar el fomento de estímulos a las buenas prácticas ambientalistas, para dar cumplimiento con lo establecido en la Ley 1259 de 2008 y al Decreto 3695 de 2009 la administración municipal mediante decreto 043 del 23 de mayo de 2014 reglamento el procedimiento para la imposición del comparendo ambiental para lo cual estableció el siguiente procedimiento:

COMPARENDO AMBIENTAL

MES PROCEDIMIENTO

MAYO

Durante este mes se procederá a establecer el procedimiento para la aplicación del comparendo ambiental en el municipio con el fin de dar cumplimiento a la normatividad vigente.

JUNIO Y JULIO

En estos meses se realizará la respectiva difusión e inducción a los funcionarios responsables, así como a la comunidad en general , con el fin de sensibilizar la importancia de cuidar el medio ambiente y las sanciones que se impondrán por no cumplir con lo establecido en la norma.

AGOSTO

En este mes entrará en aplicación el comparendo para ello se designaran como oficinas responsables la inspección de policía, secretaría de tránsito y la policía ambiental.

1.1.5 Seguimiento al Plan de Mejoramiento suscrito en la Vigencia 2011

Del plan de mejoramiento que se suscribió en la vigencia de 2012 se puede decir que está cumplido en un 95% dado que a fecha del trabajo de campo realizado por el grupo auditor de los 6 observaciones que se suscribieron en la vigencia de 2012 solo dos se han cumplido parcialmente, las demás ya se cumplieron en un 100%; debido a esto se debe consolidar un solo plan de mejoramiento donde se integren las 2 observaciones que están cumplidas parcialmente y correspondientes a la auditoría realizada en el 2013.

N° HALLAZGO DESCRIPCION DE HALLAZGO CALIFICACION DE CUMPLIMIENTO

CALIFICACION EFECTIVIDAD

1

Sobrestimación de Ingresos: se presenta sobrestimación de ingresos por $81.862.297.80 al existir diferencia entre la ejecución de ingresos y la información contable, por ausencia de mecanismos de control eficientes y eficaces que permitan el adecuado registro de las operaciones y garantice la calidad de la información , lo que denota falta de conciliación periódica de cifras entre las áreas involucradas en el proceso ( gestión de ingresos, contabilidad y presupuesto).

2 2

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2

Reservas Presupuestales: según decreto o18 de enero 31 de 2012 , se adicionaron unos recursos al presupuesto municipal vigencia fiscal 2012 producto de la cancelación de reservas fenecidas por valor de 376.964.235.68 existe diferencia de valor de 21.848.068..77 entre el valor reflejado en la ejecución presupuestal de gastos vigencia 2011 ( 398.812.304.45 ) y el valor del decreto o18 (376.964.235.68 como se muestra en el cuadro en el texto de informe, se hace necesario que la alcaldía municipal justifique y soporte con los documentos correspondientes.

1 1

3

Se observó que el ente auditado no está rindiendo la información en el SIA, teniendo en cuenta que el formato F20 esta incluyendo además de la contratación, pagos parafiscales, nomina gastos administrativos y de funcionamiento entre otros, así mismo en el numero que identifica particularmente a cada contrato no coincide con el reportado, lo que distorsiona y dificulta el análisis de la parte contractual de la entidad.

2 2

4

La entidad no cumplió con la Ley 594 del 2000 que estipula como obligación de los funcionarios velar por la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información de los documentos de archivos y serán responsables de su organización y conservación, así como la presentación de los servicios archivísticos.

1 1

5 La administración debe sanear la invasión que se presenta en la granja dada al Colegio Integrado del Carare.

2 2

6

La inoperancia de la oficina de control interno, está permitiendo que la Administración presente hallazgos de tipo administrativo sancionatorio fiscal y disciplinarios, demostrando esto que no se aplica un verdadero control interno de la entidad, cumpliendo con la ley 87 de noviembre 29 de 1993.

2 2

La metodología para el diseño de los indicadores se realiza tomando los siguientes criterios: La metodología utilizada para establecer estos criterios tuvo como base el hecho de considerar el cumplimiento de las acciones de mejoramiento cuyo plazo de ejecución no se encuentre cumplido a la fecha de la evaluación, con un valor máximo de dos (2) puntos si cumplió la acción de mejoramiento, de uno (1) si cumplió parcialmente y de cero (0) puntos si no la cumplió. El plan de mejoramiento correspondiente a la vigencia fiscal de 2012 a la fecha del trabajo de campo no había sido aprobado. 1.1.6 Control Fiscal Interno

En el municipio de Cimitarra fue nombrado el doctor Ermides Barrera Giraldo en la oficina de control interno, durante el trabajo de campo el grupo auditor verifico las actividades desarrollas por la oficina de control interno y se estableció que durante la vigencia de 2013 esta dependencia elaboró plan de auditorías que se iba a desarrollar en el trascurso del año a las diferentes dependencias de la entidad, las cuales ejecuto durante el mes noviembre y diciembre , como producto de estas evaluaciones se estableció un plan de mejoramiento en el cual no fijaron

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las fechas en las que se irían a cumplir con estas observaciones, igualmente como responsables registran al jefe de cada oficina y al jefe de control interno. Algunas de las observaciones que se realizaron como resultado de estas auditorías internas fueron: La matriz de riesgo se encuentra desactualizada, se eléboro en el año 2008, además hay desconocimiento sobre esta matriz por parte de la entidad en general. La comunicación entre las dependencias es irregular, y la información no llega a los jefes y los canales de comunicación que están establecidos no se manejan en su totalidad. Los diferentes manuales que existen en la entidad están desactualizados ( manual operativo, de procedimientos). No hay mecanismos de control documental No se manejan los conductos regulares para la presentación de informes. Como se pudo evidenciar la oficina de control interno de la administración municipal de cimitarra mejoro en relación a la vigencia anterior ya que como se manifestó inicialmente durante la vigencia de 2013 establecieron el plan general de auditorías y le dieron cumplimiento, la recomendación que hace el grupo auditor es que estas auditorías no sean tan generales sino más específicas para así obtener mejores resultados y debe en cuenta el mapa de riesgos de la entidad. Recursos Humanos:

La planta autorizada en la alcaldía municipal es de 37 funcionarios, actualmente la planta está copada y se encuentra distribuida así:

PLAN DE PERSONAL NUMERO

FUNCIONARIO DE PERIODO (Alcalde)

01

CARRERA ADMINISTRATIVA 11

LIBRE NOMBRAMIENTO 20

PROVISONALIDAD 06

TOTAL 37

Durante la vigencia de 2013 se nombra personal supernumerario para reemplazar a los funcionarios que salen a vacaciones. El grupo auditor verifico algunas hojas de vida de estos funcionarios y se encontró que:

Las hojas de vida no se encuentran debidamente foliadas No reposan dentro de las carpetas de las hojas de vida la declaración de bienes y rentas. OBSERVACION No 9 En las hojas de vida de los funcionarios de carrera administrativa no cuentan con la debida calificación, por lo tanto se hace una observación de tipo administrativa.

TIPO DE OBSERVACION ADMINISTRATIVA

PRESUNTO RESPONSABLE SAMUEL SOTO CARREÑO

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO:

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CONTROL FISCAL PREVENTIVO, PROACTIVO Y PARTICIPATIVO Gobernación de Santander – Calle 37 No. 10-30 Tel. 6339188 Fax (7) 6337578 Bucaramanga Colombia.

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“Contradicción y Pronunciamiento del Municipio de Cimitarra frente a esta observación de Auditoria. Es necesario precisar al equipo Auditor, que si bien es cierto solicitaron varias historias laborales, entre ellas los Secretarios de Despacho, Comisaria de Familia, Jefe de Control Interno y otras; si bien es cierto algunos de dichos cargos son de carrera administrativa, también es muy cierto que dichos cargos quien lo está desempeñando se encuentra en provisionalidad, razón por la cual no pueden existir formatos de calificación, por cuanto la evaluación y calificación del desempeño laboral exclusivamente se aplica para los funcionarios que ostentan los derechos de carrera administrativa. Consecuente con lo anterior, es necesario precisar que una situación legal es el cargo y otra muy diferente quien desempeña el cargo, por tanto, si se encuentra en provisionalidad no es exigible evaluación de desempeño por disposición legal.”

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL Se verificó la respuesta enviada por el ente auditado y no se acepta, ya que si bien es cierto algunos de estos funcionarios están en provisionalidad, hay otros que están en carrera administrativa y por lo tanto hay que entrar a calificarlos, por lo anterior el hallazgo de tipo administrativo se convalida para que sea incluido en el plan de mejoramiento al cual se le realizará el respectivo seguimiento. OBSERVACIÓN No 10

Revisando el manual de funciones y requisitos se observa que para algunos cargos los requisitos son muy amplios, Ejemplo solicitan tecnólogos sin especificar la especialidad de dicha tecnología, además se evidencia que el grado de experiencia solicitado es mínimo para cargos importantes como son los de secretarios de despacho, por lo tanto se realiza una observación de tipo administrativa, para que se incluida en el plan de mejoramiento.

TIPO DE OBSERVACION ADMINISTRATIVA

PRESUNTO RESPONSABLE SAMUEL SOTO CARREÑO

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO: “Contradicción y Pronunciamiento del Municipio de Cimitarra frente a esta observación de Auditoria. Es pertinente precisar al equipo Auditor que el Manual de funciones y competencias laborales se ajusta a los dispuesto en el Decreto 785 del 17 de Marzo de 2005, proferido por el Presidente de la República y el Departamento Administrativo de la Función Pública, entidad que tiene la competencia para regular lo relacionado con el Manual de Funciones. El artículo 13, del citado Decreto, preceptúa: “ De acuerdo con la categorización establecida para los Departamentos, Distritos y Municipios de conformidad con el reglamento que expida el Gobierno Nacional, las autoridades territoriales deberán fijar en los respectivos manuales específicos las competencias laborales y los requisitos, así:

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13.1 Las competencias se determinarán con sujeción a los siguientes criterios,……… 13.2. Los requisitos de estudios y de experiencias se fijarán con sujeción a los siguientes mínimos y máximos: ……… Así mismo, el artículo 25 del Decreto en mención, consagra: “ Las autoridades territoriales competentes, al establecer el manual específico de funciones y de requisitos, no podrán disminuir los requisitos mínimos de estudio y de experiencia, ni exceder los máximos señalados para cada nivel jerárquico…..” En este orden de ideas el Manual de Funciones y competencias laborales del Municipio de Cimitarra, se ajusta en lo dispuesto en la norma y responde a los criterios de Estudios, Responsabilidad, Habilidades y Aptitudes laborales como Responsabilidad frente al proceso de toma de Decisiones. El mismo Decreto 785, tiene establecido precisamente que para las Entidades Territoriales de Cuarta, Quinta y Sexta Categoría, los funcionarios del Nivel Directivo, no sean profesionales, por cuanto se hace difícil lograr la vinculación de profesionales para Municipios de sexta categoría por muchos factores, económicos, sociales, ubicación geográfica y demás; así, que bajo la óptica de facilitar la vinculación de personal con las Entidades Territoriales se establecieron los requisitos de estudio y experiencia, los cuales se están cumpliendo con el Manual de Funciones del Municipio de Cimitarra y no sería conveniente jurídicamente modificarlo.”

CONCLUSIÓN DEL ORGANO DE CONTROL Se verificó la respuesta enviada por el ente auditado y se acepta la respuesta ya que como lo manifiesta en la respuesta “…“ Las autoridades territoriales competentes,

al establecer el manual específico de funciones y de requisitos, no podrán disminuir los requisitos mínimos de estudio y de experiencia, ni exceder los máximos señalados

para cada nivel jerárquico…..”, por lo tanto el hallazgo de tipo administrativo se desvirtúa.

1.1.7 Línea de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. TIC

EN EL MUNICIPIO DE CIMITARRA SE CREÓ EL COMITÉ DE GOBIERNO EN LÍNEA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN 632 de 23 de octubre de 2008. El equipo auditor evidenció que la entidad cuenta con los modelos básicos de comunicación sistematizada como son la página Web de la entidad, correo electrónico de contacto para enlace de la comunidad, pero adolece de estructuras tecnológicas superiores que garanticen la aplicación de modelos tecnológicos de nueva generación, sin embargo se verifico la página web de la entidad cuenta con la suficiente información que puede ser consultada por la ciudadanía y está debidamente actualizada y cumple con todos los requisitos exigidos por la ley. 1.2 CONTROL DE RESULTADOS

1.2.1 Planes , Programa Y Proyectos El Plan de Desarrollo 2012-2015, fue concebido como el instrumento base para la elaboración de otras herramientas tales como el Plan indicativo, Plan de Acción y Plan Operativo anual de inversiones que permiten la evaluación, control y

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seguimiento de los avances de los programas y metas planteadas para cada uno de los sectores. El plan de desarrollo tiene un avance a 2013 del 49.67% y se encuentra dividido en 12 líneas y/o estrategias. Las principales líneas son: - PROTEGIENDO EL PRESENTE Y EL FUTURO DE NUESTROS NIÑOS ADOLESCENTES. Sector: INFANCIA Y ADOLESCENCIA En este sector los principales programas fueron:

- CONVIVENCIA INCLUYENTE

Sector: TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL En este sector los principales programas fueron:

PROGRAMA META PRODUCTO LINEA BASE

ESPERADO

CUATRIENI

O

META

PROGRAMA

DA 2013

META

CUMPLIDA

2013

PRESUPUES

TO

PROYECTAD

O 2013

TOTAL

PRESUPUESTO

EJECUTADO

2013

PRESUPUESTO

PROYECTADO

CUATRENIO

% AVANCE

EN LA META

VIGENCIA

2013

FAMILIA

PARA

TODOS

Ejecutar 2 programas anules

que brinden atención integral en

cuanto al área psicosocial a los

miembros del núcleo familiar,

niños , niñas y adolescentes

padres de familia vinculando

2000 hogares durante los

cuatro años de gobierno.

600 2000 350 350 5.150.000 5.304.500 29.981.846 20.759.000 100%

NINUNO EN

ACTIVIDAD

PERJUDICI

AL

Atender integralmente 5.000

niños, niñas y adolecentes de

conformidad con la ley 1098 de

2006.

300 5000 1175 1175 289.271.380 28.957.266 0 897.024.167 100%

TODOS

IDENTIFICA

DOS

Apoyar anualmente un

programa para promover la

identificación beneficiando 600

niños y niñas en el municipio

400 600 50 50 8.240.000 8.741.816 0 33.469.016 100%

PROTECCI

ÓN

INTEGRAL

A LA

INFANCIA Y

LA

ADOLESCE

NCIA.

Apoyar y mantener 1 programa

durante los 4 años sobre la

protección de la infancia y la

adolescencia en el municipio,

incluyendo la infancia y

adolescencia con discapacidad.

0 1 1 1 15.000.000 0 100%

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-TODOS IGUALES Sector: TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL En este sector los principales programas fueron:

PROGRAMA META PRODUCTO LINEA BASE

ESPERADO

CUATRIENI

O

META

PROGRAMA

DA 2013

META

CUMPLIDA

2013

PRESUPUES

TO

PROYECTAD

O 2013

TOTAL

PRESUPUESTO

EJECUTADO

2013

PRESUPUESTO

PROYECTADO

CUATRENIO

% AVANCE

EN LA META

VIGENCIA

2013

ACTIVIDAD

Implementar y ejecutar en un 100%

el plan de acción territorial con

enfoque diferencial como estrategia

de atención y reparación integral a

las víctimas, vinculando 150 familias

durante los cuatro años.

87 150 150 150 5.150.000 5.304.500 38.754.900 20.759.000 100%

Realizar reuniones

periodicas en las cuales

se aprueben acciones o

actividades para ejecutar

como atencion y

reparación integral a las

victimas.

Fortalecer, apoyar y garantizar el

funcionamiento y operatividad del

Comité Municipal de Justicia

Transicional.

30 40 40 40 20.000.000 0 100%

Implementar Reuniones

periodicas en el comité

municipal de justicia

transicional en las cuales

se aprueben acciones o

actividades para la

atencion y reparación

integral a las victimas.

ATENCION

INTEGRAL A

LAS VICTIMAS

Apoyar con recurso humano y

técnico el programa nacional

familias en acción durante el

periodo de gobierno vinculando a

3542 familias.

3542 3542 3542 3152 20.600.000 21.854.540 55.963.000 83.672.540 89%

Brindar poyo tecnico y

talento humano para el

sostenimiento y buen

desarrollo del programa

en el municipio.

Apoyar programas de atención a

la población vulnerable del

municipio vinculando a 100

familias en el cuatrienio.

0 100 25 25 30.900.000 32.781.810 78.634.552 125.508.810 100%

Bindrar apoyo tecnico y

talento humano para el

sostenimiento y buen

desarrollo del programa

en el municipio.

FAMILIAS

EN ACCION

PROGRAMA META PRODUCTO LINEA BASE

ESPERADO

CUATRIENI

O

META

PROGRAMA

DA 2013

META

CUMPLIDA

2013

PRESUPUES

TO

PROYECTAD

O 2013

TOTAL

PRESUPUESTO

EJECUTADO

2013

PRESUPUESTO

PROYECTADO

CUATRENIO

% AVANCE

EN LA META

VIGENCIA

2013

ACTIVIDAD

Mantener la infraestructura física

y administrativa del hogar

geriátrico beneficiando a 49

adultos mayores.39 49 42 34 154.500.000 163.909.050 274.930.982 627.544.050 81%

Gestionar los recursos

para el adecuamiento

del centro del adulto

mayor y sostenimiento

de los nuevos

integrantes.

Realizar 1 programa anual que

incluya actividades de recreación

lúdica vinculando a 450 adultos

mayores del casco urbano y

corregimientos durante los cuatro

años de gobierno.

0 450 450 450 103.000.000 109.272.700 241.715.000 418.362.700 100%

Celebrar el Dia del

adulto mayor, relizando

actividades ludico -

recreativas y culturales.

ATENCION

AL ADULTO

MAYOR

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-RESPONSABILIDAD AMBIENTAL Sector. MEDIO AMBIENTE En este sector los principales programas fueron:

Por este sector se ejecutaron los siguientes contratos: -. Contrato de construcción de obras de protección y conservación de cauces y la recuperación de tierras en el municipio en desarrollo del convenio 475 con la cas por $60.000.000, con el CONSORCIO CAUCES 2012. -. Anuar esfuerzos mediante convenio de asociación para llevar a cabo la ejecución del proyecto: establecimiento, primer mantenimiento y aislamiento de 34 hectáreas de plantación de caucho en el municipio de cimitarra, en desarrollo del convenio 476/2012, por $209.964.950, con CORP.COL.DE INVESTIGACIONES AMBIENTALES Y ESTUDIOS SOCIALES

ATENCION A

LA

POBLACION

VULNERABLE

Apoyar la participación de 40

discapacitados en eventos

artísticos culturales y/o

deportivos en el municipio

durante periodo de gobierno.

0 40 40 40 37.800.000 0 100%

Promover y apoyar la

parrticipacion de

personas con

discapacidad en el

evento cultural mas

importante de Cimitarra

(Feria de la Cultura y el

Turismo) y las demas

actividades culturales

organizadas por la

administracion

municipal.

APOYO A

PROGRAMAS

Y PROYECTOS

COMUNITARI

OS

Fortalecer a través de

capacitaciones anuales la

asociación afrodescendiente

presente en el municipio

vinculando 40 miembros durante

los cuatro años 0 40 10 10 10.300.000 21.218.000 52.127.000 100%

Gestionar la capacitación

de 40 representan- tes

de la comunidad afro

descendiente, buscando

brindarles una

formación adecuada

para que conozcan los

derechos y deberes que

le correspondes a esta

comunidad.

PROGRAM

AMETA PRODUCTO

LINEA

BASE

ESPERAD

O

CUATRIE

NIO

META

PROGRA

MADA

2013

META

CUMPLID

A 2013

PRESUPU

ESTO

PROYECT

ADO 2013

TOTAL

PRESUPUES

TO

EJECUTADO

2013

PRESUPUESTO

PROYECTADO

CUATRENIO

%

AVANCE

EN LA

META

VIGENCIA

2013

ACTIVIDAD

Realizar la revisión y ajuste del Plan

Básico de Ordenamiento territorial0 1 0 0 12.000.000

Revisar y ajustar el PBOT

en concordancia con los

nuevos parametros

establecidos por la ley

Incorporar, implementar y desarrollar

la gestión del riesgo en la

planificación del territorio. Año 1:

estudio de amenazas y riesgos y

plan municipal de gestión del riesgo.

Año 2: Incorporación en el PBOT

Año 3 y 4: Ejecución de actividades

0% 100% 25% 25% 36.050.000 38.245.445 269.964.950 146.426.945 100%

Desarrollar la gestion del

riesgo mediante el Plan

Municipal de Gestion del

Riesgo

ORDENAMIE

NTO DEL

TERRITORIO

PROGRAM

AMETA PRODUCTO

LINEA

BASE

ESPERAD

O

CUATRIE

NIO

META

PROGRA

MADA

2013

META

CUMPLID

A 2013

PRESUPU

ESTO

PROYECT

ADO 2013

TOTAL

PRESUPUES

TO

EJECUTADO

2013

PRESUPUESTO

PROYECTADO

CUATRENIO

%

AVANCE

EN LA

META

VIGENCIA

2013

ACTIVIDAD

Adecuar y mantener el matadero

municipal, atendiendo los

requerimientos del INVIMA y la CAS

0% 100% 25% 25% 9.270.000 9.834.543 81.216.000 37.652.643 100%Realizar el mantenimiento

al Matadero Municipal

Ajustar el Plan de Vertimientos de

acuerdo a los lineamientos

establecidos por la CAS.

0% 100% 50% 50% 44.200.000 28.500.000 100%

Revisar y ajustar el plan

de vertimientos de

acuerdo con los

lineamientos establecidos

por la CAS

EDUCACION

AMBIENTAL

Ejecutar 1 programa anual de

educación ambiental dirigido a la

comunidad, durante los cuatro años

0 4 1 1 20.000.000 21.218.000 128.083.291 121.318.000 100%

Realizar charlas y

capacitacion de

educacion ambiental en la

comunidad para un

correcto uso de los

recursos naturales

CONTROL

AMBIENTAL

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Por este sector se ejecutaron los siguientes contratos: .- Ampliación del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial del corregimiento de Puerto Olaya del municipio de cimitarra, en desarrollo del convenio 5211700 con Ecopetrol por $864.577.226 con JOHANY ALBERTO RAMIREZ OTERO. -. Ampliación y mantenimiento del alcantarillado sector barrio Jaramillo centro poblado san pedro de la paz para la mitigación de la contaminación ambiental, con $155.284.875 con CONSTRUCCIONES MATEUS GUIZA Y CIA LTDA -MAS COBERTURA MAYOR BIENESTAR Sector: TRANSPORTE En este sector los principales programas fueron:

Sector: AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO En este sector los principales programas fueron:

Por este programa se ejecutaron los siguientes contratos: -. Construcción de muro de protección de la bocatoma, tubería de aducción e instalaciones eléctricas en la planta de tratamiento del acueducto del casco

ADQUISICIO

N AREAS

ESTRATEGIC

AS

Adquirir y mantener 25 hectáreas de

áreas estratégicas para la

conservación de fuentes hídricas

que surten acueductos en el

municipio

23 25 0 0 51.170.400 54.286.677 2.452.240 207.842.589

Realizar la adquisicion de

areas estrategicas que

permitan la conservacion

del medio ambiente

INVERSIÓN

EN

DESCONTAM

INACIÓN DEL

MEDIO

AMBIENTE

Desarrollar 1 programa anual

encaminado a la descontaminación

y/o mitigación de la contaminación

sobre el Rio Magdalena.

4 4 1 1 1.231.533.331 559.406.152 100%

Realizar programas

encaminados a la

descontaminacion y

mitigacion que se

presenta en el rio

magdalena

PROGRAM

AMETA PRODUCTO

LINEA

BASE

ESPERAD

O

CUATRIEN

IO

META

PROGRA

MADA

2013

META

CUMPLID

A 2013

PRESUPUE

STO

PROYECTA

DO 2013

TOTAL

PRESUPUES

TO

EJECUTADO

2013

PRESUPUESTO

PROYECTADO

CUATRENIO

% AVANCE

EN LA

META

VIGENCIA

2013

Mantener 400 Km de vía rural

anualmente durante los 4 años,

buscando una permanente

comunicación entre la población

para la comercialización de

productos y otros servicios.400

400 400 400 447.585.910 506.670.893 870.923.358 1.878.972.146 100%

Mantener en buen estado el

100% de la maquinaria del

municipio para que puedan

realizar los trabajos en las vías

urbanas y rurales durante los

cuatro años de gobierno.

100%

100% 100% 100% 73.336.000 99.656.702 408.980.822 330.337.782 100%

PLANES DE

TRANSITO,

EDUCACIÓ

N,

DOTACION,

COMBUSTI

BLE Y

SEGURIDA

D VIAL

Implementar un programa anual

relacionado con transito,

educación y seguridad vial

durante el periodo de gobierno

vinculando a 15000 habitantes.

12000

15000 15000 15000 103.000.000 109.272.700 43.893.280 418.362.700

MANTENIM

IENTO Y

MEJORAMI

ENTO DE

INFRAEST

RUCUTRA

VIAL

PROGRAMA META PRODUCTOLINEA

BASE

ESPERAD

O

CUATRIEN

IO

META

PROGRA

MADA

2013

META

CUMPLID

A 2013

PRESUPUEST

O

PROYECTADO

2013

TOTAL

PRESUPUEST

O EJECUTADO

2013

PRESUPUESTO

PROYECTADO

CUATRENIO

% AVANCE

EN LA

META

VIGENCIA

2013

Construir 5 acueductos durante

los cuatro años en la zona rural

y/ó los corregimientos; para

cumplir con las metas de

ampliación de coberturas

nacionales.22

5 2 2 123.600.000 131.127.240 489.145.444 502.035.240 100%

Construir y/ó terminar 3

alcantarillados rurales durante el

periodo de gobierno 26

29 1 1 120.839.600 128.198.732 867.886.033 490.823.120 100%

CONSTRUCCIO

N DE

INFRAESTRUC

TURA PROPIA

DEL SECTOR

SANEAMIENTO

BASICO Y

AGUA

POTABLE

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urbano, por valor de $370.000.000, con la EMPRESA PUBLICA DE CIMITARRA A.P.C. - Ampliación del sistema de alcantarillado sanitario y pluvial del corregimiento de puerto Olaya del municipio de cimitarra, en desarrollo del convenio 5211700 con Ecopetrol, por valor $459.156.095, con JOHANY ALBERTO RAMIREZ OTERO. -Convenio interadministrativo para anuar esfuerzos para la construcción de alcantarillado pluvial en la urbanización Ramón Santamaría del municipio de cimitarra, en virtud del convenio 2037 de 2012 con la Gobernación de Santander, por valor de $357.444.471,66, con CONSORCIO PLUVIAL SANTAMARIA.

Por este programa se ejecutaron los siguientes contratos: -. Causación de gasto por giro directo al plan departamental de aguas durante la vigencia 2012, por valor de $530.460.456 a CONSORCIO FIA - FINANCIAMIENTO DE INVERSIONES EN AGUA. -. Causación de gasto por giro directo al plan departamental de aguas de enero a septiembre 2013, por valor de $274.517.705

PROGRAMA META PRODUCTOLINEA

BASE

ESPERAD

O

CUATRIEN

IO

META

PROGRA

MADA

2013

META

CUMPLID

A 2013

PRESUPUEST

O

PROYECTADO

2013

TOTAL

PRESUPUEST

O EJECUTADO

2013

PRESUPUESTO

PROYECTADO

CUATRENIO

% AVANCE

EN LA

META

VIGENCIA

2013

MEJORAMIENT

O Y

MANTENIMIEN

TO DE

INFRAESTRUC

TURA DE

ALCANTARILLA

DOS URBANOS

Y RURALES

Mejorar y mantener 10

alcantarillados en la zona

urbana, rural y corregimientos

anuales durante los 4 años del

periodo de gobierno y así

mejorar el servicio a la

población.

16

10 2 2 41.500.000,00 86.463.350,00 176.833.584,00 261.908.350 100%

MANEJO

EMPRESARIAL

DE LOS

SERVICIOS

PÚBLICOS -

PDA

Participación del Municipio en el

PDA para la financiación de

proyectos de inversión en Agua

y Saneamiento.

35%

35% 35% 15% 532.510.000,00 564.939.859,00 955.693.869,00 2.162.935.159 48%

FONDO DE

SOLIDARIDAD

Y

REDISTRIBUCI

ON DE

INGRESOS

Cofinanciar el 100% los

servicios públicos domiciliarios

de los estratos más bajos, de

acuerdo al régimen tarifario

adoptado por el consejo

Municipal durante los 4 años.100%

100% 100% 100% 532.510.000,00 564.939.859,00 451.360.654,19 2.162.935.159 100%

SANEAMIENTO

BASICO PARA

VIVIENDAS

Ejecutar un programa anual de

saneamiento básico para

viviendas urbanas y rurales,

beneficiando a 80 familias

durante los cuatro años de

gobierno. 25

80 16 16 309.000.000,00 327.818.100,00 134.654.639,00 1.255.088.100 100%

CONSTRUCCIO

N,

MANTENIMIEN

TO Y

MEJORAMIENT

O DE

INFRAESTRUC

UTRA SECTOR

ELECTRIFICACI

ON

Apoyar y/ó Cofinanciar 12

proyectos de electrificación

anualmente, que contribuyan a

mejorar la calidad de vida de la

población con necesidades

básicas insatisfechas.

12

12 3 2 32.781.810 657.800.078 64.608.810 67%

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Por este programa se ejecutaron los siguientes contratos: -. Saneamiento básico en los sectores porvenir, km 6, la terraza, santa Ana, Oponcito, aguas claras, km 20, el Paraíso y brillantina baja, por valor de $106.408.866, con CONSTRUCCIONES MATEUS GUIZA Y CIA LTDA.

-FORJANDO EL MAÑANA. Sector: EDUCACION En este sector los principales programas fueron:

PROGRAMA META PRODUCTOLINEA

BASE

ESPERAD

O

CUATRIEN

IO

META

PROGRA

MADA

2013

META

CUMPLID

A 2013

PRESUPUEST

O

PROYECTADO

2013

TOTAL

PRESUPUEST

O EJECUTADO

2013

PRESUPUESTO

PROYECTADO

CUATRENIO

% AVANCE

EN LA

META

VIGENCIA

2013

Realizar el 100% de las

reparaciones y mantenimientos

a las redes de alumbrado

público en el municipio durante

los 4 años de gobierno,

garantizando un mejor servicio a

la comunidad. 60%

100% 100% 100% 103.000.000 109.272.700 125.527.776 418.362.700 100%

Efectuar anualmente el 100%

del pago del servicio de

alumbrado público a la empresa

prestadora durante los 4 años

de administración.

100%

100% 100% 100% 515.000.000 546.363.500 642.475.841 2.091.813.500 100%

GAS

DOMICILIARIO

Ampliar la cobertura de gas

domiciliario a 300 usuarios.2560

2860 121 121 49.520.821 0 100%

MEJORAMIENT

O DE VIVIENDA

Mejoramiento de vivienda para

60 viviendas anuales

0

240 10.300.000 21.218.000 52.127.000

ALUMBRADO

PÚBLICO

PROGRAMA META PRODUCTOLINEA

BASE

ESPERAD

O

CUATRIEN

IO

META

PROGRA

MADA

2013

META

CUMPLID

A 2013

PRESUPUEST

O

PROYECTADO

2013

TOTAL

PRESUPUEST

O EJECUTADO

2013

PRESUPUESTO

PROYECTADO

CUATRENIO

% AVANCE

EN LA

META

VIGENCIA

2013

MANTENIMIEN

TO Y

MEJORAMIENT

O DE LA

INFRAESTRUC

TURA DEL

SECTOR

EDUCACION

Mejorar y mantener 108 sedes

educativas durante los cuatro

años de gobierno

108 108 27 27 914.451.000 0 100%

COBERTURA

EDUCATIVA EN

EL SECTOR

EDUCACIÓN

Ampliar la cobertura a 10.000

niños, niñas, adolescentes y

jóvenes dentro del sistema

educativo durante los cuatro

años de gobierno.

7447 10.000 8298 8298 537.956.000 0 100%

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-DEPORTE, RECREACIÓN Y SALUD PARA UNA CIMITARRA PARTICIPATIVA Sector. DEPORTE Y RECREACION En este sector los principales programas fueron:

-SALUD DERECHO DE TODOS Sector. SALUD

1.1.2 Seguimiento a Controles de Advertencia

APOYO Y

FORTALECIMIE

NTO A LA

EDUCACION

Subsidiar la realización de un

programa anual durante los 4

años, para el mejoramiento de

los resultados de las pruebas

ICFES y SABER a niños, niñas

y adolescentes del municipio de

Cimitarra.

3 4 2 2 4.120.000 4.370.908 72.240.000 16.734.508 100%

ALIMENTACIÓN

ESCOLAR

Ampliar la cobertura a 7800

niños, niñas y adolescentes en

los Programas Nutrialimentarios

escolares (De Alimentación

Nutricional, ICBF, OPSR,

Almuerzo escolar).

7678 7800 7739 7739 490.543.680 520.417.790 297.000.000 1.992.477.460 100%

SERVICIOS

PUBLICOS DE

LOS CENTROS

EDUCATIVOS

Apoyar a las sedes educativas

en el 100% del pago de los

servicios públicos durante los

cuatro años de gobierno.

100% 100% 100% 100% 123.600.000 131.127.240 223.824.000 502.035.240 100%

TRANSPORTE

ESCOLAR

SECTOR

EDUCACION

Ampliar y mantener 22 rutas del

transporte escolar Rural en el

municipio durante los 4 años de

gobierno.

19 22 20 20 768.538.620 815.342.622 569.133.008 3.121.630.021 100%

PROGRAMA META PRODUCTOLINEA

BASE

ESPERAD

O

CUATRIEN

IO

META

PROGRA

MADA

2013

META

CUMPLID

A 2013

PRESUPUEST

O

PROYECTADO

2013

TOTAL

PRESUPUEST

O EJECUTADO

2013

PRESUPUESTO

PROYECTADO

CUATRENIO

% AVANCE

EN LA

META

VIGENCIA

2013

MANTENIMIEN

TO Y

MEJORAMIENT

O DE

INFRAESTRUC

TURA DEL

SECTOR

DEPORTE Y

RECREACION

Mejorar y mantener 15

escenarios deportivos durante el

periodo de gobierno.

4 15 15 15 99.706.663 105.778.799 115.011.370 404.985.910 100%

FOMENTO Y

APOYO A LA

RECREACION Y

EL DEPORTE

Apoyar el Mantenimiento de 2

programas deportivos Y

Recreativos anuales, durante

los cuatro años de gobierno en

la zona urbana y/ó rural donde

participen 3000 habitantes,

incluyendo población víctima,

vulnerable, en condición de

pobreza extrema, en proceso de

reintegración.

2605 3000 3000 3000 97.850.000 103.809.065 204.435.000 397.444.565 100%

PROGRAMA META PRODUCTOLINEA

BASE

ESPERAD

O

CUATRIEN

IO

META

PROGRA

MADA

2013

META

CUMPLID

A 2013

PRESUPUEST

O

PROYECTADO

2013

TOTAL

PRESUPUEST

O EJECUTADO

2013

PRESUPUESTO

PROYECTADO

CUATRENIO

Mantener en el régimen

subsidiado a 23.741 habitantes

de los niveles 1 y 2 del SISBEN

durante los 4 años de gobierno,

población víctima, vulnerable, en

condición de pobreza extrema,

población con discapacidad,

etnias y población en proceso

de reintegración entre los 13

años en adelante.

15.281 15.281 15281 15281 6.830.024.471 4.555.476.000 20.496.041.396

Mantener en el régimen

subsidiado a 3.750 niños y niñas

menores de 5 años durante los

4 años de gobierno. (infancia y

Adolescencia)

3.750 3.750 3750 3750 2.233.410.000 0

Mantener en el régimen

subsidiado a 4710 niños y niñas

entre los 6 y los 12 años.

Durante los 4 años de gobierno.

(infancia y Adolescencia)

4.710 4.710 4710 4710 4.850.239.000 0

RÉGIMEN

SUBSIDIADO

DEL SECTOR

SALUD

PLAN LOCAL

DE SALUD

PÚBLICA

Mantener en el municipio 7

programas del Plan de

Intervenciones Colectivas en

salud durante los cuatro años

de gobierno vinculando 15.000

personas incluyendo a

14000 15.000 14500 14500 403.336.317 427.899.499 334.679.000 1.638.260.880

PLAN LOCAL

DE SALUD

PÚBLICA

Atender y/o Remitir a 250 niños,

niñas y adolescentes anuales

con dificultades nutricionales en

programas de recuperación

nutricional y realizar el

seguimiento correspondiente.

300 1000 650 650 195.817.504 306.888.007,00 1.174.954.908

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-Control de Advertencia No. 15 de fecha 17 de septiembre de 2013

PROCESO DE LEGALIZACION DE PREDIOS BALDIOS

Durante la vigencia 2013 la Alcaldía de Cimitarra realizó la gestión a fin de legalizar los siguientes predios baldíos:

PREDIOS URBANOS BALDIOS LEGALIZADOS

Plaza de mercado

Distrito estación de policía

Oficinas donde funciona ADPOSTAL

Colegio la Candelaria sede b

Instalaciones del SENA

Puesto de salud Municipal

Plaza de toros

PREDIOS URBANOS BALDIOS QUE ESTAN EN PROCESO DE LEGALIZACION

Instalaciones del ICA

Instalaciones de la Antena Parabólica

Instalaciones del cuerpo de Bomberos de Cimitarra

Polideportivo del barrio Brisas del Guayabito

PREDIOS RURALES A LOS CUALES SE LES HA HECHO SOLICITUD ANTE EL INCODER

Escuela rural bellavista

Escuela Rural San Fernando Kilometro 12

Cementerio de Puerto Araujo

Corregimiento de matarredondo

POLIZA DE ASEGURAMEINTO DE LOS BIENES De acuerdo al Control de Advertencia No. 15 de fecha 17 de septiembre de 2013; en donde se advierte a las entidades territoriales que deben tener debidamente asegurados los bienes del estado a fin de que estos bienes se encuentren debidamente amparados; en el proceso auditor se evidencio que los siguientes bienes se encontraban amparados, y otros porque presentaban malas condiciones no fueron asegurados los cuales se relacionan en los siguientes cuadros.

Entidad Aseguradora

Póliza No Vigencia

Inicial De La Póliza

Vigencia Final De La

Póliza

Interés o Riesgo

Asegurado Cargo Asegurado

Tipo De Amparo

Valor Asegurado

ASEGURADORA SOLIDARIA DE

COLOMBIA

400-64-994000000345

4/7/2013 4/7/2014 POLIZA DE MANEJO

ALMACENISTA GENERAL

JULIO CESAR REYES RUIZ

DELITOS CONTRA LA

ADMISITRACION PUBLICA

20,000,000

ASEGURADORA SOLIDARIA DE

COLOMBIA

400-64-994000000532

9/30/2013 9/30/2014 POLIZA DE MANEJO

TESORERO MUNICIPAL

MILADIS RODRIGUEZ QUIROGA

DELITOS CONTRA LA

ADMISITRACION PUBLICA

40,000,000

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ASEGURADORA SOLIDARIA DE

COLOMBIA

400-64-994000000840

1/20/2013 1/20/2014 POLIZA DE MANEJO

ALCALDE MUNICIPAL

SAMUEL SOTO

CARREÑO

DELITOS CONTRA LA

ADMISITRACION PUBLICA

5,000,000

ASEGURADORA SOLIDARIA DE

COLOMBIA

400-64-994000000242

7/24/2013 7/24/2014 POLIZA DE MANEJO

SECRETARIO GENERAL

OSMAR MATEUS ZARATE

DELITOS CONTRA LA

ADMISITRACION PUBLICA

5,000,000

PÓLIZA DE ASEGURAMIENTO DE VEHÍCULOS

VEHICULO PLACA POLIZA No. ASEGURADORA

VIGENTE HASTA

CAMIONETA TOYOTA OFS 188 AT 1306 5779253-4 COLPATRIA 8/8/2014

CAMIONETA LUV 2300 OFS 016 AT 1329 26731603-3 SEGUROS DEL ESTADO 2/4/2014

BUSETA NISSAN OFS 169 AT 1317 12522003-4 MUNDIAL SEGUROS 21/05/2014

VOLQUETA INTERNACIONAL OSB 059 AT 1318 13762635 SURAMERICA 18/06/2014

VOLQUETA INTERNACIONAL OSA 958 AT 1329 26731589-3 SEGUROS DEL ESTADO 22/03/2014

VOLQUETA INTERNACIONAL OSA 959 AT 1329 26731592-6 SEGUROS DEL ESTADO 22/03/2014

POLIZA DE TODO RIESGO PARA MAQUINARIA Y EQUIPO

VEHICULO TIPO POLIZA No. ASEGURADORA VIGENTE HASTA

MAQUINA RETROEXCAVADORA 400-85-99400005 SOLIDARIA DE COLOMBIA 14/06/2014

POLIZA GLOBAL PARA ENTIDAD OFICIAL

OBJETO ASEGURADO POLIZA No. ASEGURADOR

A VIGENCIA

HASTA

TODO RIESGO DAÑO MATERIAL: EDIFICO, MUEBLES Y ENSERES,EQUIPOS ELECTRICOS,EQUIPOS PORTATILES, MAQUINARIA Y EQUIPO 021461785-0

ALLIANZ SEGUROS S.A

20/11/2014

RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: VEHICULOS PROPIOS Y BIENES BAJO CUIDADO 021461785-0

ALLIANZ SEGUROS S.A

20/11/2014

Frente a los vehículos que no se encuentran asegurados y que no se encuentran

en buenas condiciones; el agente asegurador, manifiesta que mediante inspección

a los vehículos que se encuentra en estas condiciones no son asegurables; debido

a que presentan semiduras, desgaste anormal en las llantas, no cuenta con un

buen sistema de alineación, vehículo presenta malas reparaciones efectuadas y

daños mecánicos; situación en la cual la entidad audita frente a esta clase de

bienes que no son asegurados por las aseguradores; entrará a buscar

mecanismos a fin de darlos de baja y evitar al máximo ser utilizados, ya que en

caso de un siniestro, la responsabilidad recaerá en cabeza del representante legal.

CONTROL DE ADVERTENCIA N° 004 DE MARZO DE 2013 EN RELACIÓN AL PLAN MUNICIPAL DE GESTION DE RIESGO DE DESATRES, PMGRD. La administración municipal le está dando cumplimiento a lo solicitado en este control de advertencia. CONTROL DE ADVERTENCIA DE NOMBRAMIENTO DEL JEFE DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO.

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Igualmente la administración municipal nombro EN EL MES DE AGOSTO DE 2012 mediante Resolución 588 al doctor WERNER ERMIDES BARRERA GIRALDO como jefe de la oficina de Control Interno.

CONTROL DE ADVERTENCIA 07 DE 2013- ESTAMPILLA PRO CULTURA Y

PRO ANCIANO.

En cuanto al control de advertencia relacionado con la ejecución de los recursos de la estampilla pro cultura y pro anciano, en cuanto, sí se están celebrando convenios y girando los recursos a fin de año. Dentro del trabajo de campo se observó que los recursos se están ejecutando dentro de la vigencia fiscal y que a partir del mes de marzo, solo se le giraban recursos a la ASOCIACION ANCIANATO SAN JOSE DE CIMITARA, debido a que hasta el año 2014, se realizó el convenio con la asociación Centro Vida y Bienestar del Adulto Mayor Remembranzas de Cimitarra, para ejecutar los recursos correspondientes al Centro Vida, con el cual se empezaron a celebrar contratos a partir del mes de enero de este año. Los recursos de pro cultura se ejecutaron en un 88,24%

1.1.3 Atención a quejas y denuncias Se presentó la queja No QDP 14-0067, ante la oficina de políticas institucionales de fecha 5 de junio de 2014, de referencia: “Queja por posible delito de responsabilidad fiscal de celebración indebida de contratos contra el señor Samuel Soto Carreño.” Lo anterior basados en que el día 22 de enero de 2014, se firmaron dos convenios con los siguientes objetos: 1-Apoyar un programa de alimentación del adulto mayor consistente en la entrega de raciones preparadas y para preparar a los adultos mayores del SISBEN I y II, por valor de $116.000.000, suscrito con la Asociación Centro Vida y Bienestar del Adulto Mayor Remembranzas de Cimitarra, con aporte del municipio de $110.000.000 y aportes de la asociación del $6.000.000 2-Apoyo a programas de interacción social , espiritual, deporte, cultura, recreación, salud y actividades productivas para los adultos mayores del SISBEN I y II del área urbana y rural del municipio de Cimitarra., por valor de 105.000.000, suscrito con la Asociación Centro Vida y Bienestar del Adulto Mayor Remembranzas de Cimitarra, con aporte del municipio de $100.000.000 y aportes de la asociación del $5.000.000. La anterior queja informa que el señor Samuel Soto Carreño en calidad de representante Legal del Municipio de Cimitarra, habría delegado la función de suscribir los anteriores convenios en la señora Lina Marcela Morales en calidad de secretaria de educación. Además informó: “Que el día 4 de abril de 2014, el alcalde municipal cita a sesiones

extraordinarias para estudiar proyecto de acuerdo No 069; creación de un centro de vida para el bienestar del adulto mayor en el municipio de Cimitarra.

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El día 13 de abril del año 2014, en sesión extraordinaria del concejo de Cimitarra se aprueba el acuerdo No. 069 de 2014 donde en su artículo 5 inciso 3 se le otorgan facultades al municipio según como reza el articulo aunque debió ser al alcalde para firmar contratos y convenios.”

De lo anteriormente expuesto el quejoso argumenta que el señor Samuel Soto Carreño, incurrió en un posible contrato sin el cumplimiento de los requisitos legales, teniendo en cuenta que dicho convenio no se podía realizar con una persona jurídica que no tenía idoneidad, no tenía experiencia comprobada. También relaciona que dicho convenio se saltó los requisitos legales exigidos, pues el convenio se asociación se firmó el 22 de enero de 2012 sin tener facultades legales para ello ya que dichas facultades fueron solicitadas y concedidas al alcalde para firmar esta clase de convenios en abril de 2014 con la aprobación del acuerdo No 069 de 2014 Por lo anterior el quejoso solicita se investigue no solo al señor Samuel Soto Carreño sino también a la secretaria de educación Lina Marcela Morales que incurrieron presuntamente en responsabilidad fiscal y por firmar contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales. CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL: Respecto a las anteriores afirmaciones y teniendo en cuenta los hechos relacionados en la presente queja, el grupo auditor de la Contraloría General de Santander, procedió a requerir a la administración municipal de Cimitarra, para que allegara los siguientes documentos, con la finalidad de esclarecer los hechos que dieron lugar a la configuración de la misma: 1.Acuerdos municipales suscritos en Cimitarra de las vigencias 2012, 2013 y 2014, donde se le hayan aprobado al alcalde, facultades para celebrar convenios . 2.Copia de la etapa pre contractual a la celebración de los convenios anteriormente descritos, así como de los documentos presentados por la Asociación Centro Vida y Bienestar del Adulto Mayor Remembranzas de Cimitarra. Ahora bien, en respuesta a la solicitud efectuada por el órgano de control, se informa fue allegada la siguiente documentación:

1. Acuerdo No. 047 de mayo 22 de 2012, POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO PARTICIPATIVO DEL MUNICIPIO DE CIMITARARPARA EL PERIODO 2012-2015 Y SE OTORGAN FACULTADES. Donde se acuerda: “Artículo tercero: Facultar al alcalde municipal para celebrar contratos y convenios con entidades públicas, empresas privadas y organizaciones internacionales durante su periodo constitucional con el fin de lograr objetivos y propósitos del plan de desarrollo 2012-2015.”

2. Acuerdo No. 60 del 18 de noviembre de 2013, que en su artículo 21 reza:

“Artículo 21: Autorícese al alcalde municipal a partir del 01 de enero de 2014 para efectuar las siguientes operaciones:

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a) Celebrar convenios interadministrativos, y contratos con personas naturales y jurídicas públicas o privadas del orden municipal, departamental, nacional o internacional y de conformidad según sea el caso con la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 734 de 2012 y demás normas que regulan todo el proceso de contratación pública.”

3. Certificado de existencia y representación legal de entidades sin ánimo de

lucro de la Asociación Centro Vida y Bienestar del Adulto Mayor Remembranzas de Cimitarra.

4.Constancia de habilitación en el registro especial de prestadores del servicio de salud, suscrita por la Secretaria de Salud de Santander.

En este orden de ideas, y de acuerdo al análisis efectuado de la anterior documentación, el grupo auditor observó la inexistencia de causales de responsabilidad fiscal y de celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales, toda vez que el señor Samuel Soto Carreño fue facultado por el concejo municipal mediante el acuerdo No. 047 de mayo 22 de 2012, y el acuerdo No. 060 de noviembre 18 de 2013, para celebrar contratos y convenios con entidades públicas, empresas privadas y organizaciones internacionales durante su periodo constitucional con el fin de lograr objetivos y propósitos del plan de desarrollo 2012-2015, así mismo para celebrar convenios interadministrativos y contratos con personas naturales y jurídicas públicas o privadas del orden municipal, departamental, nacional o internacional y de conformidad según sea el caso con la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 734 de 2012 y demás normas que regulan todo el proceso de contratación pública. Además se observó que la Asociación Centro Vida y Bienestar del Adulto Mayor Remembranzas de Cimitarra, fue creada con el objeto de propender por el bienestar integral del anciano de los niveles I y II del SISBEN, procurando su protección y buscando los medios de brindarle salud, recreación, vivienda, alimentación, interacción social, cultura, actividades productivas, (…), objetos estos que se encuentran establecidos en los convenios mencionados en la presente queja, aunado a lo anterior se observó que la presente asociación cuenta con el aval en el registro especial de prestadores del servicio de salud, suscrita por la Secretaria de Salud de Santander. Finalmente se le informa al quejoso que el acuerdo No. 069, suscrito en abril de 2014, en el cual se le otorgaban facultades al alcalde municipal para crear un centro vida en el municipio de Cimitarra, no tiene ninguna injerencia con la suscripción previa de los convenios aludidos, toda vez que los mismos tienen objetos diferentes a la creación de un centro vida de orden municipal, lo anterior atendiendo a la necesidad de trasferir los recursos provenientes de las estampillas del adulto mayor, los cuales deben ejecutarse inmediatamente sean recibidos, sin perjucio de la respectiva autorización dada al alcalde para ello, hecho este que se encuentra despejado en el párrafo anterior. 1.3 CONTROL FINANCIERO Y PRESUPUESTAL 1.3.1 Gestión Financiera El control financiero es el examen que se realiza, con base en las normas de auditoría de aceptación general, para establecer si los estados financieros de una

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entidad reflejan razonablemente el resultado de sus operaciones y los cambios en su situación financiera.

La evaluación del proceso se llevó a cabo de acuerdo con Normas de Auditoria Gubernamental Colombianas (NATC) compatibles con las Normas Internacionales de Auditoria (NIAS) y con políticas y procedimientos de Auditoria Gubernamental con enfoque Integral prescritos por esta Contraloría, consecuentes con las de general aceptación, por ende, requirió de planeación, verificación y examen, de tal forma que proporcione una base razonable para fundamentar nuestro concepto. La auditoría se orientó en el análisis y evaluación de la gestión desarrollada por la entidad, en los procesos Contables en el cumplimiento de las normas legales y metas establecidas dentro de los términos de eficiencia, oportunidad y calidad. La revisión del área contable se realizó de acuerdo a las normas y principios, tomando pruebas aleatorias en cada uno de los procesos, teniendo en cuenta la limitación del tiempo para verificar la totalidad de cada una de las operaciones realizadas por la entidad. El presente Informe contiene los resultados de la evaluación efectuado en los diferentes procesos auditados BALANCE GENERAL

BALANCE COMPARATIVO

MUNICIPIO DE CIMITARRA

(CIFRA EN MILES)

BALANCE 2011 2012 2013

ACTIVO 40,569,405 49,932,567 58,623,932

PASIVO 22,983,538 20,667,865 9,731,808

PATRIMONIO 17,585,867 28,724,712 48,892,123

Según balance comparativo los activos del municipio de Cimitarra han venido creciendo en la vigencia 2012 en un 18.75%, en la vigencia 2013 el incremento fue del 14.82%, frente a la anterior vigencia; mientras que los pasivos se han disminuido en un 11.20% en la vigencia 2012 y un 52.91%en la vigencia 2013; para constituir un patrimonio institucional por $48.892.123.920, el cual se incrementa frente a la anterior vigencia en un 58.75%.

EFECTIVO

Según balance detallado a 31 de diciembre de 2013, el municipio de Cimitarra cerró con saldo en libros en la cuenta de efectivo por $16.218.939.001, y saldos en bancos por valor de $16.250.515.000, correspondiente a depósitos en entidades financieras, valores debidamente conciliados de acuerdo al F_03 del aplicativo SIA.

OBSERVACION No.11

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CUENTAS BANCARIAS INACTIVAS

RUBRO CONTABLE

NUMERO Y NOMBRE DE LA CUENTA SALDO EN LIBROS

1110051044 03798-0 Saneamiento Ambiental $ 845,432.97

1110051049 08176-4 Fondo Seguridad $ 10,904.00

1110051065 03828-5 Fondo Caminos $ 47,157.32

1110051071 00579-7 Conv. 496-04 Viv. De Int. Social Altos de la Paz

$ 1,463,709.68

1110051084 00668-8 Conv. 259/05 - Vivienda Interés Social Los Pinos

$ 5,000,000.00

1110051103 00718-1 Multas de Transito $ 15,020,128.45

1110052002 000073-6 Ministerio de Minas y Energía $ 232,607.13

1110052003 000095-9 Fondo Educativo $ 3,478.00

111006126 11664-4 SGP Salud Pública $ 797,669.00

111006133 12012-5 Const. Redes MBT para Electrificación Vda los Morros (FNR)

$ 503.50

111006201 06026-700246-3 Fondo Comunes $ 0.00

111006206 4-6026-300491-5 Res. 008808/012 Realización Eventos Artísticos Fortalecimiento y Promoción de las Expresiones Culturales. (Canc

$ 0.00

111006302 197006208 - 111050020029 Fondos Especiales $ 547,947.00

111006312 111-03-0020041 Conv.1697 Gober. Transporte Escolar Vig. 2012. (Cancelada)

$ 0.00

Frente a las cuentas bancarias que se encuentran inactivas, las cuales fueron presentadas dentro informe de auditoría realizada a la vigencia fiscal 2013, el cual se encuentran en plan de mejoramiento a fin de ser debidamente liquidadas y depuradas cuyo plan de mejoramiento fue presentado a la Contraloría General de Santander el 12 de mayo de 2014, donde contempla la siguiente acciones de mejora: Teniendo en cuenta que esta deficiencia de tipo administrativo observadas en el proceso auditor realizada a la vigencia 2012 y que se siguen presentándose en la vigencia 2013, donde la entidad auditada se encuentra en proceso de mejora a fin de subsanar dicha situación; esta contraloría estable que este hallazgo debe ser unificado; cumpliendo los términos de cumplimiento presentados en el plan de mejoramiento el cual fue radico y aprobado el 12 de mayo del presente año; deberá contemplan las siguientes acciones fin de ajustar y depurar estas cuentas a través del comité para la sostenibilidad contables establecido en el Régimen de Contabilidad contado, establecidos en el numeral 3.1 de la Resolución357 de 2008, emitida por la Contaduría General de la Nación (CGN) dispone:

“3.1 Depuración contable permanente y sostenibilidad. Las entidades contables públicas cuya información contable no refleje su realidad financiera, económica, social y ambiental, deben adelantar todas las veces que sea necesario las gestiones administrativas para depurar las cifras y demás datos contenidas en los estados, informes y reportes contables, de tal forma que estos cumplan con las características cualitativas de confiabilidad, relevancia y comprensibilidad de que trata el marco conceptual del Plan General de Contabilidad Pública”.

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La Contaduría General de la nación, mediante el concepto No. 20117-156111 DEL 31-08-11, incorpora precisiones conceptuales para diferenciar los convenios interadministrativos de los contratos administrativos así: “(…) – El convenio Interadministrativo: “Se entiende como el vínculo jurídico establecido mediante un acuerdo de voluntades, celebradas entre dos o más personas jurídicas públicas, con objeto de coordinar, cooperar o colaborar en la realización de funciones administrativas de interés común a los sujetos contratantes. Desde el punto de vista formal, el contrato interadministrativo, responde a la realización de una actividad bilateral o multilateral de la administración, sin que se pueda decir que se configura un contrato, en cuanto a las voluntades concurrentes no tienen interés contrapuestos sino que, por el contrario, tienen como objetivo la realización común de interés compartidos”.

- El contrato administrativo:

“la doctrina del derecho administrativo ha calificado reiteradamente el contrato administrativo como un acuerdo de voluntades caracterizada por la contraposición de interés entre las partes que concurres a su formación. (…)”

Por lo anterior, se considera pertinente que el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable de la entidad inicie un análisis de cada uno de los contratos y convenios objeto de liquidación a fin de que se pueda llevar a cabo los ajustes contables y logre depurar cada una de las cuentas bancarias que se encuentran inactivas; proceso al cual esta Contraloría realizara el respectivo seguimiento.

TIPO DE HALLAZGO ADMINISTRATIVO

PRESUNTOS RESPONSABLE(S) SAMUEL SOTO CARREÑO (Alcalde)

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO:

CUENTAS BANCARIAS INACTIVAS Frente a las cuentas bancarias que se encuentran inactivas, las cuales fueron presentadas dentro de informe auditoría realizada a la vigencia fiscal 2013, el cual se encuentran en plan de mejoramiento a fin de ser debidamente liquidadas y depuradas cuyo plan de mejoramiento fue presentado a la Contraloría General de Santander el 12 de mayo de 2014. Se considera pertinente que el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable de la entidad inicie un análisis de cada uno de los contratos y convenios objeto de liquidación a fin de que se pueda llevar a cabo los ajustes contables y logre depurar cada una de las cuentas bancarias que se encuentran inactivas; proceso al cual esta Contraloría realizara el respectivo seguimiento. Contradicción y Pronunciamiento del Municipio de Cimitarra frente a esta observación de Auditoria. Respecto de esta observación, se hace necesario indicar que esta ha sido unificada con la observación No. 17 del informe definitivo sobre la auditoría integral realizada a la cuenta de la vigencia 2012; precisando que las acciones realizadas sobre estas cuentas bancarias son las siguientes:

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Cuenta No. 287-08176-4 Fondo de seguridad: cuenta cancelada y recursos $10.904.00 trasladados a la cuenta de ahorros 287-12157-8 de la misma denominación y destinación.

Cuenta No. 287-00718-1 Multas de tránsito: Cuenta cancelada y recursos $15.020.128.00 trasladados a la cuenta de ahorros 287-09711-7 de la misma denominación y destinación.

Cuenta No. 287-03798-0 Saneamiento ambiental: Cuenta cancelada y recursos $845.432.97 trasladados a la cuenta de ahorros 287-12158-6 de la misma denominación y destinación.

Cuenta No. 287-03828-5 Fondo caminos: Cuenta cancelada y recursos $47.157.32 trasladados a la cuenta de ahorros 287-08223-4 de la misma destinación.

Cuenta No. 287-08226-7 Fondo caminos: Cuenta cancelada y recursos $2.407.799.83 trasladados a la cuenta de ahorros 287-03727-9 de la misma destinación.

Cuenta No. 287-12726-0 Convenio 2028-10 Reforestación Zonas acueducto casco urbano y santa rosa: Cuenta cancelada por liquidación de convenio, recursos $339.979.00 trasladados a la Gobernación de Santander, como reintegro de rendimientos financieros.

Cuenta No. 287-13687-3 Convenio 005-00879/2010 CAS Protección de suelos y zonas de recarga hídrica: Cuenta cancelada por liquidación de convenio, recursos $15.984.571.19 trasladados a la CAS, como reintegro de rendimientos financieros.

Cuenta No. 197-006208 Fondos especiales – Recursos propios: Cuenta cancelada y recurso $547.947.00 trasladados a la cuenta de ahorros 111-03-0020150 de la misma destinación.

Cuenta No. 0-6602-60-00095-9 Fondo educativo: Cuenta cancelada y recursos de $3.478.00 trasladados a recursos propios, adicionado al sector educación con fuente de financiación de recursos propios; decisión tomada en comité de sostenibilidad contable mediante acuerdo No. 013 de 2 mayo de 2014; según los lineamientos impartidos en respuesta a consulta elevada a la Dirección General de Apoyo Fiscal.

(Se anexa copia de soporte de traslados, actas de comité de sostenibilidad contable y cancelaciones – folios 036). CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL

Frente al pronunciamiento realizado al presente punto, la entidad auditada manifiesta, que se hace necesario indicar que esta ha sido unificada con la observación No. 17 del informe definitivo de auditoría integral realizada a la cuenta de la vigencia 2012; estableciendo una serie de acciones a cada una de las cuentas bancarias referenciadas; situación en el cual este ente de Control concluye confirma esta observación con el propósito de que se pueda subsanar a través del plan de mejoramiento.

OBSERVACION No. 12

CUENTAS EMBARGADAS

NUMERO DE CUENTA

ENTIDAD BANCARIA

FECHA DE EMBARGO

ENTIDAD DEMANDANTE

VALOR EMBARGADO

CTA CTE 287- BBVA 24/03/2011 ACCION SOCIAL – $8.820.000

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08223-4 RED DE SOLIDARIDAD SOCIAL ahora

DPS

CTA AHO 06026-700246-3

BANCO AGRARIO DE COLOMBIA

16/09/2011 FINDETER $4.782.534

TOTAL EMBARGO $13.602.534

El Municipio de Cimitarra cuenta con la cuenta de ahorros No. 287-08223-4 del banco BBVA, cuyo demandante corresponde a acción red solidaria por $8.820.000 y la cuenta de ahorros No. 06026-700246-3 del banco agrario cuyo demandante es FINDETER por $4.782.534; situación en la cual el Municipio de Cimitarra deberá buscar los mecanismos necesarios a fin de conciliar y desembargar dichas cuentas acción que deber ser subsana por la entidad auditada dentro de los procesos y sentencias que se llevas en contra del municipio.

TIPO DE HALLAZGO ADMINISTRATIVO

PRESUNTOS RESPONSABLE(S) SAMUEL SOTO CARREÑO (Alcalde)

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO: “El municipio de Cimitarra tiene cuentas embargadas, situación en la cual deberá buscar los mecanismos necesarios a fin de conciliar y desembargar dichas cuentas, acción que debe ser subsanada por la entidad auditada dentro de los procesos y sentencias que se llevan en contra del municipio. Contradicción y Pronunciamiento del Municipio de Cimitarra frente a esta observación de Auditoria. En cuanto a la presente observación, es procedente mencionar que el Municipio de Cimitarra tomará las medidas judiciales pertinentes en cada uno de los expedientes con el fin de proceder al levantamiento de las medidas cautelares en contra del Ente Territorial. Cabe anotar que el Municipio ya se encuentra trabajando en este aspecto tanto en la parte jurisdiccional; esto es; ante los jueces de la república, como en la parte administrativa; es decir; ante las entidades demantes, con el objetivo de poner fin tanto a los embargos (medidas cautelares) como a los procesos judiciales que originaron las medidas. Así las cosas se solicitan, que el hallazgo sea levantado y se vincule al plan de mejoramiento a fin de evidenciar los resultados sobre la materia.”

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL

De acuerdo al pronunciamiento realizado, por la entidad auditada; donde manifiesta que tomará las medidas judiciales pertinentes para cada uno de los expedientes, con el fin de proceder a levantar cada una de las acciones cautelares; el cual requieren, de unos procedimientos administrativos y jurídicos, a fin de ser subsanados; este ente de Control concluye confirmar la presente observación a fin de ser tenida en cuenta dentro del plan de mejoramiento.

INVERSIONES: El Municipio de Cimitarra en la cuenta 12, reporta inversiones de ADM títulos participativos por valor de $22.384.628, e inversiones patrimoniales en entidades no controladas por $1.108.538.

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Las inversiones del municipio de Cimitarra corresponden a inversiones de administración de liquides en títulos de deuda de inversiones administrativa de liquidez en títulos de deuda en acciones ordinarios, representados en la empresa productora de caucho “PROCACHOS” por valor de $10.950.000, constituida en 219 acciones por un valor nominal de $50.000 cada acción; mas una inversiones en la empresa Lácteos de Cimitarra S.A. por valor de $500.000 presentando un valor intrínseco a 31 de diciembre por $809.671, más una inversiones en la sociedad de economía mixta Alianza II S.A. por valor de $10.914.628, establecida por la sociedad en el artículo 14 numeral 1 de la escritura Publica No. 1479 de junio 6 de 2007 de la notaria sexta del circuito de Bucaramanga.

Por otro lado presentan inversiones patrimoniales en entidades no controladas en entidades del sector solidario de la financiera coomultrasan en la cuenta No. 01084035548, por valor de $1.108.536.

INSPECION DE TRANSITO DE CIMITARRA

La inspección Municipal de policía conforme a la Ley 769 de 2002, articulo 3, cumple las funciones de tránsito a falta de este organismo.

A la fecha de la presente auditoria, esta entidad no cuenta con las herramientas tecnológicas que permita definir exactamente el estado de las órdenes en general y detallada; el cual tiene que estar constante apoyo con el Sistema Integrado de información sobre las multas y sanciones por infracciones de tránsito (SIMIT), el cual nos permite ver por documento de identidad de los infractores uno a uno, el estado de cada uno de ellos; ya que la información que se obtiene es la que registra la policía de carreteras.

Por tal situación el municipio de cimitarra está adelantando todos los trámites y gestiones a fin de conformar un organismo de transito; toda vez que se dan las condiciones fácticas para que exista este organismo.

En las últimas tres vigencias en el municipio de cimitarra se han ordenado los siguiente comparendos.

Como se observa en el anterior grafico se observan un incremento considerables en la elaboración de comparendos presentando un incremento en la vigencia 2013 de un 17.32%.

2011 2012 2013

827

2868 3870

ORDENES DE COMPARENDOS POR VIGENCIAS

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Frente al pago de los comparendos se observa que existen dos formas de pagos de las multas que se imponen por transgresión a las normas de tránsito una es a través del recaudo local y otro a través del recaudo externo el cual es realizado a través de la Federación en los distintos puntos del SIMIT, que funcionan a nivel nacional.

Frente al recaudo por pago de comparendos; como se observa en el anterior grafico el recaudo por comparendos se ha venido incrementando en la vigencia 2013 en un 25.89%, fruto de la posibilidades y las gestiones que se firman para la suscripción de acuerdos de pago.

Las gestiones realizadas por la inspección de policía y la tesorería municipal han presentado buenos resultados, ya que los ingresos por concepto de multas, acuerdos de pago y cobro persuasivo a tenido buenos resultados.

PRESCRIPCION DE COMPARENDOS

Mediante certificación allegada al grupo auditor por la secretaría de hacienda, establece que de conformidad con la información suministrada por la Inspección de Policía y con relación a los comparendos (multas por infracción de tránsito), correspondientes a las vigencias 2012 y 2013 y lo transcurrido de la vigencia 2014, no se han emitido actos administrativos, decretando la prescripción de las obligaciones por este concepto.

RENTAS POR COBAR

2013 2012

Vigencia Actual 4.024.155.294 11.065.709

Vigencia Anterior 0 110.797.802

Total 4.024.155.294 121.883.511

Las rentas por cobrar del Municipio de Cimitarra a 31 de diciembre de 2013, cerraron según libros de contabilidad en $4.024.155.294 frente a lo reflejado en la vigencia 2012; debido a la incorporación de las rentas de vigencias anteriores

OBSERVACION No. 13

GESTION RECAUDO DE RENTAS POR COBRAR

2011 2012 2013

827

2868 3870

PAGOS DE COMPARENDOS

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De acuerdo a las acciones realizada por la tesorería y secretaria de hacienda del Municipio de Cimitarra Santander, durante la vigencia fiscal 2013, no se emitieron acciones persuasivas a fin de recuperar la cartera correspondiente a las rentas por cobrar; realizando 24 acuerdos de pago; evidenciándose por este ente de Control falta de gestión por cada una de estas secretarias; ya que la cartera pendiente de cobro a 31 de diciembre de 2013 asciende a $4.024.674.941, distribuida en los siguientes vencimiento por año:

PREDIAL UNIFICADO

VIGENCIA VALOR DE LA CARTERA DEJADA DE COBRAR

VIGENCIA ANTERIOR AL 2010 1.677.103.397

2010 408.539.538

2011 465.186.638

2012 620.226.098

2013 853.619.270

TOTAL RENTAS POR COBRAR 4.024.674.941

En donde este ente de control entro a contemplar posibles prescripciones sobre el impuesto predial unificado; certificándose por la secretaria de hacienda que durante la vigencia 2013, no se decretó el fenómeno de la prescripción de la acción de cobro de las obligaciones tributarias derivadas del impuesto predial unificado, el cual la entidad auditada establece que no se ha configurado ninguno de los numerales previstos en el artículo 817 del Estatuto Tributario, e igualmente no se a solicitado por parte de los contribuyentes a sujetos pasivo del impuesto.

Frente a los procedimientos y gestiones que deben estar contemplados a través de un manual de recaudo para la recuperación de la cartera morosa la entidad mediante certificación allegada al grupo auditor manifiesta; “Que el Municipio de

conformidad con los preceptuado en el artículo 59 de la Ley 788 de 2002, el cual reza. Articulo 59 Procedimiento Tributario Territorial. Los Departamentos y municipios aplicaran los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional, para la administración, determinación, discusión, cobro, devoluciones, régimen sancionatorio incluido su imposición, a los impuestos por ellos administrados. Así mismo aplicaran el procedimiento administrativo de cobro a las multas, derechos y demás recursos territoriales. El monto de las sanciones y el término de la aplicación de los procedimientos anteriores, podrán disminuirse y simplificarse acorde con la naturaleza de sus tributos y teniendo en cuenta la proporcionalidad de estas respecto del monto de los impuestos.

El Municipio de Cimitarra al ser una entidad territorial, aplica el libro V del Estatuto Tributario Nacional para la administración, determinación, discusión, cobro, devoluciones, régimen sancionatorio incluido la imposición de sus rentas Municipales, razón por la cual no es procedente la implementación del reglamento interno de cartera, puesto que las rentas municipales son de carácter tributario.

Si bien cierto las entidades territoriales deben estar ajustadas a los procedimientos contemplados en el estatuto tributario; estos se deben sujetar e implementar procedimiento de acción de cobro a través de manual de recaudo de cartera, ya que en el “artículo 5° de la ley 1066 de 2006 establece que las entidades públicas que de

manera permanente tengan a su cargo el ejercicio de las actividades y funciones administrativas o la prestación de servicios del estado colombiano y que en virtud de estas tengan que recaudar rentas o caudales públicos del nivel nacional, territorial, tienen jurisdicción coactiva para hacer efectivas las obligaciones exigibles a su favor, y para esos efectos, deberán seguir el procedimiento descrito en el Estatuto Tributario Nacional. Que, con las facultades conferidas el proceso es rápido porque no se somete a la congestión

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de la jurisdicción ordinaria de cobro. Es tal la facultad otorgada que en muy pocos casos pierde competencia ante la justicia ordinaria, pues el crédito fiscal tiene prelación ante los demás créditos allegados al proceso, con excepción única de las obligaciones laborales”

Por otro lado la Ley 1066 de 2006 en su numeral 1 del artículo 2º. Ordena: “Establecer mediante normatividad de carácter general, por parte de la máxima. Autoridad o representante legal de la entidad pública, el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera, con sujeción a lo dispuesto en la misma ley, el cual deberá incluir las condiciones relativas a la celebración de acuerdos de pago.

Que este Reglamento deberá contener como mínimo, la competencia para adelantar el trámite de recaudo de cartera en las etapas persuasiva y coactiva, de acuerdo con la estructura funcional del Municipio, establecimiento de las etapas del recaudo en las etapas anteriores y la determinación de los criterios para la clasificación de la cartera sujeta al procedimiento de cobro coactivo, en términos de cuantía, antigüedad, naturaleza de la obligación y condiciones particulares del deudor entre otras.

Que es necesario reglamentar las competencias de la Tesorería a fin de fijar responsabilidades para alcanzar las metas de recaudo previstas en el Plan Financiero contenido en el Marco Fiscal de Mediano Plazo ordenado por la Ley 819 de 2003,

Por los anteriores planteamiento expuestos; este ente de Control establece que el municipio de Cimitarra, deberá adoptar un manual de recaudo de cartera donde se contemplen cada una de la acciones de cobro ya sean persuasivas coactivas, embargos y hasta remate de los mismos; los cuales deberán ser contemplados dentro del plan de mejoramiento que se debe suscribir con este ente de Control.

TIPO DE HALLAZGO ADMINISTRATIVO

PRESUNTOS RESPONSABLE(S) SAMUEL SOTO CARREÑO (Alcalde)

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO

“De acuerdo a las acciones realizadas por la tesorería y secretaria de hacienda del Municipio de Cimitarra, durante la vigencia fiscal 2013, no se emitieron acciones persuasivas a fin de recuperar la cartera correspondiente a las rentas por cobrar; realizando 24 acuerdos de pago; evidenciándose por este ente de control falta de gestión por cada una de estas secretarias; ya que la cartera pendiente de cobro a 31 de diciembre de 2013 asciende a $4.024.674.941. Estableciéndose que el municipio de Cimitarra, deberá adoptar un manual de recaudo de cartera donde se contemplen cada una de las acciones de cobro ya sean persuasivas, coactivas, embargos y hasta remate de los mismos; los cuales deberán ser contemplados dentro del plan de mejoramiento que se debe suscribir con este ente de control. Contradicción y Pronunciamiento del Municipio de Cimitarra frente a esta observación de Auditoria. Respecto de la presente observación; es preciso indicar que El Municipio de Cimitarra de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59 de la Ley 788 de 2002, el cual reza:

Articulo 59 Procedimiento tributario territorial. Los departamentos y municipios aplicarán los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional, para la administración, determinación, discusión, cobro, devoluciones, régimen sancionatorio incluido su imposición, a los impuestos por ellos administrados. Así mismo aplicarán el procedimiento administrativo de cobro a las multas, derechos y demás recursos territoriales. El monto de las sanciones y el término de la aplicación de los

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procedimientos anteriores, podrán disminuirse y simplificarse acorde con la naturaleza de sus tributos, y teniendo en cuenta la proporcionalidad de estas respecto del monto de los impuestos.

El Municipio de Cimitarra al ser una Entidad Territorial, aplica el libro V del Estatuto Tributario Nacional para la administración, determinación, discusión, cobro, devoluciones, régimen sancionatorio incluido la imposición de sus rentas municipales; sin perjuicio de lo anterior, se adoptará el Manual de Recaudo de Cartera con el fin de identificar las competencias para adelantar el trámite de recaudo de cartera en las etapas persuasiva y coactiva, de acuerdo con la estructura funcional del Municipio, estableciendo las etapas del recaudo y la determinación de los criterios para la clasificación de la cartera sujeta al procedimiento de cobro coactivo, en términos de cuantía, antigüedad, naturaleza de la obligación, etc. En tal sentido, hay que recordar que, el municipio de Cimitarra es un municipio agrícola y que, es el segundo municipio más grande del país, situaciones estas que si bien es cierto no son parte de la estructura tributaria, si ejercen influencia en este sector, puesto que la cultura del no pago, ha sido la constante en el sector rural, sobre todo en aquellos sectores golpeados por la violencia, y aunado al hecho a la amplia extensión del municipio de cimitarra lo cual impide un efectivo recaudo. Sin embargo el municipio, prevé tanto para la vigencia 2014 como para la vigencia 2015, implementar un agresivo programa de cobro y recaudo de cartera, de tal manera que, las finanzas territoriales se pongan a punto. Por consiguiente, se solicita respetuosamente que este punto sea relevado del informe final y en consecuencia sea incluido dentro del plan de mejoramiento con el objetivo de evidenciar resultados sobre este punto en particular.”

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL

Si bien es cierto, la entidad auditada contempla las acciones de cobro persuasivo y coactivo, enfocadas en el artículo 59 de la Ley 788 del 2002; a la fecha de la presente auditoria, no se iniciaba, ninguna acción de cobro jurídico, ya que se cuenta con una cartera por valor de $4.024.674.941; situación en el cual el grupo auditor se enfocó a fin de que se dé inicio a las acciones pertinente, contempladas en la Ley 1066 de 2006; sin embargo, el municipio manifiesta que para la vigencia 2014, y la vigencia 2015, la implementación de unos procedimientos agresivos sobre el cobro y recaudo de la cartera, de tal manera que mejoren las finanzas territoriales; situación por el cual este ente de Control concluye convalidar la observación de tipo administrativo para ser subsanada dentro del plan de mejoramiento. Por consiguiente, se solicita respetuosamente que este punto sea relevado del

informe final y en consecuencia sea incluido dentro del plan de mejoramiento con

el objetivo de evidenciar resultados sobre este punto en particular

PRESCRIPCION DE PREDIAL UNIFICADO

Mediante certificación expedida por la secretaría de hacienda del municipio de Cimitarra, establece que durante la vigencia fiscal 2013, no se decreto el fenómeno de la prescripción de la acción de cobre de las obligaciones tributarias, derivadas del impuesto predial unificado; lo anterior obedece a que no se ha configurado ninguno de los numerales previstos en el Art 817 del Estatuto Tributario; de igual manera se ha solicitado por parte de los contribuyentes o sujetos pasivo del Impuesto.

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ACTUALIZACIÓN CATASTRAL

OBSERVACION No. 14 ACTUALIZACION CATASTRAL La administración Municipal de la Cimitarra, realizó la última actualización catastral a través del Instituto Geográfico Agustín Codazzi en la vigencia 2005; por consiguiente; la Ley 223/1995 en su artículo 79 obliga a los municipios de Colombia a realizar la actualización catastral en un periodo máximo de 5 años, a fin de renovar los datos de la formación catastral, revisando los elementos físicos, jurídicos del catastro contemplado en la ley 14 de 1983 decreto reglamentario 3496/1983, ley 223/1995 resolución 2555/1988 del IGAG, la cual busca que los municipios mantengan actualizada la base de datos catastral como fundamento de una adecuada planeación social; situación en la cual este ente de Control solicito a este de control sobre los procedimientos realizados por la entidad a fin de realizar el proceso de actualización catastral contemplando lo siguiente: Frente al proceso de actualización catastral, la entidad territorial, realizo durante la vigencia 2012, las gestiones pertinentes a fin de lograr suscribir el respectivo convenio con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, entidad que la función Constitucional de mantener actualizados los catastros municipales. Situación por la cual se vio afectada como se pudo constatar en los oficios allegados al grupo auditor, la capacidad operativa del IGAC, lo cual se encontraba adelantando procesos en varios municipios del Departamento de Santander, lo que imposibilitaba el desarrollo del mismo en el municipio de Cimitarra, considerándose que es una de las entidades más extensas de Santander. El municipio realizo procedimientos a fin de hacer parte los convenios con la Gobernación de Santander y el IGAC para reducir los costos de dichos procesos el no logro ser parte de los municipio beneficiados; debido al alto costo que representa realizar este proceso. Otros situación que pudo establecer el retrasó de esta procedo, ha sido la gran cantidad de demandas y fallos favorables durante la vigencia 2013, el cual a afectado las finanzas del municipio. Por tal situación este ente de control recomienda que la administración Municipal, debe buscar los mecanismos administrativos y financieros a fin de realizar la actualización catastral, el hará que los ingresos tributarios de la entidad se mejoren. TIPO DE HALLAZGO ADMINISTRATIVO

PRESUNTOS RESPONSABLE(S) SAMUEL SOTO CARREÑO (Alcalde)

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO

“La administración municipal de Cimitarra, realizó la última actualización catastral a través del Instituto Geográfico Agustín Codazzi en la vigencia 2005; por consiguiente; la Ley 223 de 1995 en su artículo 79 obliga a los municipios de Colombia a realizar la actualización catastral en un periodo máximo de 5 años, a fin de renovar los datos de la formación catastral, revisando los elementos físicos,

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jurídicos del catastro la cual busca que los municipios mantengan actualizada la base de datos catastral como fundamento de una adecuada planeación social. Por tal situación se recomienda que la administración municipal, debe buscar los mecanismos administrativos y financieros a fin de realizar la actualización catastral, en ara que los ingresos tributarios de la entidad se mejoren.” Contradicción y Pronunciamiento del Municipio de Cimitarra frente a esta observación de Auditoria. De acuerdo con la observación planteada frente al proceso de actualización catastral, resulta importante precisar que la entidad territorial Municipio de Cimitarra, ha venido realizando las gestiones pertinentes a fin de lograr suscribir el respectivo convenio con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, entidad estatal que tiene la función constitucional de mantener actualizados los catastros municipales, con el propósito de materializar este ejercicio de actualización de manera conjunta en nuestro municipio, tal y como se demostró al ente auditor con las comunicaciones remitidas. Sin embargo, dicho propósito se ha visto afectado por razones de capacidad operativa del IGAC, según lo manifestado por el director de la Territorial Santander, considerando que Cimitarra es el municipio más extenso del departamento y por ende el costo de realización es alto, al igual que el volumen de predios a revisar. Aun así, se espera lograr este objetivo en la próxima vigencia fiscal, conforme a la disponibilidad operativa y financiera tanto del IGAC como del Municipio, para lo cual, desde ya nos encontramos adelantando gestiones administrativas. No obstante conocemos las dificultades que posiblemente se presenten, en razón a que en dicha vigencia entra en operación el NPN (Número Predial Nacional) proceso que es prioritario para el Instituto (IGAC) y de obligatoria aplicación. En tal orden, se continuara los esfuerzos administrativos y logísticos con el propósito de llevar a cabo la actualización catastral para la vigencia 2015.

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL

Frente a la presente observación la entidad territorial precisa que han venido realizando los procedimientos necesarios, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 223 de 1995; correspondiente a la actualización catastral; el cual logra cumplir con el objetivo en la siguiente vigencia ya que en operación el NPN (Numero Predial Nacional) proceso que es necesario y obligatorio; situación por el cual el grupo auditor contempla conformar la observación de tipo administrativo a fin de que en la próxima vigencia, como lo manifiesta en el derecho a la réplica sea subsanado este procedimiento Legal.

DEUDORES

Dentro de la cuenta otros deudores se observa un incremento en la vigencia 2013, de $2.244.388.408; ya que a 31 de diciembre 2012, soportaban saldos por $122.108.083.

Los deudores a 31 de diciembre de 2013 se encuentran representados en ingresos no tributarios por valor de $126.000.000, correspondiente a deudores por estampillas por valor de $115.567.200, distribuidos en estampillas Pro-Fomento Deportivo por $5.896.800, estampillas Pro – Anciano por $57.718.080, estampillas Pro – Cultura por $28.838.880; correspondiente a obligación con la E.S.E. del municipio de Cimitarra al cual se firma acuerdo de pago No. 024 del 08 de marzo de 2013, por valor de $123.231.785; mas estampillas del fondo de pensiones territorial 20% por $23.113.440, más deudores por concepto de contribuciones al fondo de seguridad ciudadana y convivencia ciudadana por $10.432.800.

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Los deudores por concepto de transferencias por cobrar por $701.077.817, corresponde a recursos del S.G.P. para participación en salud por $391.748.009, para propósito general por $173.040.412, para programas de alimentación escolar $12.296.921, municipios y distritos con ribera sobre el rio grande de la magdalena $46.756.071 y participación para agua potable y saneamiento básico $117.136.404.

Los deudores correspondientes a recursos entregados en administración en la vigencia 2013 ascendieron a $1.530.264.160, correspondiente a plan departamental de aguas con el consorcio FIA, por $1.530.164.160 y fondos en el banco BBVA por $100.000.

Los otros deudores cerraron con saldo en libros a 31 de diciembre de 2013 en $2.366.494.491, el cual corresponde a embargos judiciales por valor de $13.602.534.

Los otros deudores correspondiente a recursos de cofinanciación con el Departamento de Santander se observa el convenio 482 de 2011 para la construcción puente sobre el Rio Horta - Sector ventilador vía Cimitarra - la India cuyo saldo en libros asciende a $1.118.035.862, y ejecutado mediante contrato No. 362 de 2011 con el contratista Consorcio Puente de Cimitarra, cuyo valor inicial es de $2.236.134.568 y más un valor adicional de $1.118.058.015, el cual cuenta con acta del suspensión del contrato de fecha 19 de mayo de 2014 firmada por el representante legal del Consorcio Cimitarra CARLOS ALBERTO RIOS y aceptadas por el interventor del contrato Ing. Juan Amado Lizarazo en donde expone que causales que dan origen a la suspensión del contrato estarán superadas antes del 21 de junio de 2014.

Los saldos correspondientes a los aportes Gobernación – Régimen Subsidiado mediante Resolución No. 000238-2012, corresponden al último giro de la Gobernación de Santander sobre aportes al régimen subsidiado para la vigencia 2013 por valor de $372.235.116 cuyo ingreso se realizó el 6 de febrero de 2014, mediante nota de contabilidad 102.

Los otros deudores correspondientes al convenio interadministrativo No. 1553 del 2012 para la construcción de redes de baja tensión, alumbrado público y subestación para la electrificación para el sector nuevo Cimitarra, cuyo saldo en la en el rubro contable No. 1470880103 por valor de $355.454.846, se presenta acta de suspensión del convenio 10 de diciembre 2013; se establece prorroga a la suspensión el día 05 de marzo; y se pide reinicio con fecha de solicitud de fecha 19 mayo aprobada por el supervisor del Departamento Ing, Fernando Gómez, cuyo contratista para ejecutar la obra Unión Temporal Cimitarra 2013, cuya interventoría está a cargo de Consorcio Electrificación rural Santander 2013, cuyo representante legal esta en cabeza de Milena García Quintero.

Frente a los deudores reflejada en la cuenta 1470880201 y 1470880202 correspondiente al otro si del convenio No. 005-475-2012 para aunar esfuerzos para la ejecución de obras para la protección y conservación de cauces y recuperación de tierra en el municipio de cimitarra Departamento de Santander en jurisdicción en la Corporación Autónoma Regional CAS a la fecha de la presente auditoria se encuentra liquidado mediante acta del convenio de fecha 06 de noviembre del 2013, cuyo ingreso entro al municipio el día 10 de febrero del 2014 mediante comprobante de egreso automático 740 por $60.000.000 y 741 por $84.630.626, contrato liquidado el 22 de abril del 2014, cuyo contratista es el Consorcio Cause 2012.

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Rubro 1470880104 deudores por valor de $213.335.808 correspondiente al convenio 2037 del 2012 con el Departamento de Santander cuyo objeto es aunar esfuerzo entre el Departamento de Santander y el Municipio de Cimitarra, para las construcción de alcantarillado pluvial urbanización Ramón Santamaría, cuyo contratista es el Consorcio Fluvial Santamaría el cual se encuentra suspendido el contrato y cuyo convenio desde el 6 de mayo de 2014.

OBSERVACION No. 15

EN EL CONTRATO DE CONSTRUCION REDES DE MEDIA, BAJA TENSION Y SUBESTACIONES PARA LA ELECTRIFICCION DE LA VEREDA LOS MORROS DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA SANTANDER; YA SE ENCUENTRA LIQUIDADO PERO REPORTAN SALDOS POR COBRAR AL FONDO NACIONAL DE REGALIAS.

En el rubro contable No. 1470880301 para la construcción de las redes y montaje de transformación y acometidas de electrificación de la vereda morros reporta saldos en los deudores por $147.917.897 del fondo Nacional de Regalías, Contrato 192 del 02 de junio 2010, firmado con la empresa PAVIGAS LTDA por valor de $1.344.818.913, a la fecha se encuentra liquidado el contrato mediante acta No. 15 de fecha 22 de marzo de 2012, firmado por la Ing Carolina Ramos en calidad de supervisor y Luis Eduardo Ordoñez Cardoso en calidad de representante legal de PAVIGAS, comprometiéndose el municipio de Cimitarra a sustituir los trámites necesarios para efectuar el pago neto del saldo por cancelar por la suma de $43.529.443 a PAVIGAS; por tal situación este ente de control considera que la entidad auditada debe adelantar las acciones necesarias a fin de ajustar los saldos que se encuentras representados en la cuenta de deudores; teniendo en cuenta que a la fecha de la presente auditoria este contrato ya se encontraba liquidado por las partes.

TIPO DE HALLAZGO ADMINISTRATIVO

PRESUNTOS RESPONSABLE(S) SAMUEL SOTO CARREÑO (Alcalde)

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO

“El contrato de construcción de redes de media, baja tensión y subestaciones para la

electrificación de la vereda Los Morros del municipio de Cimitarra; ya se encuentra

liquidado pero reportan saldos por cobrar al fondo nacional de regalías en la cuenta de

deudores situación por la cual se deben realizar las acciones pertinentes a fin de ajustar

esta cuenta.

Contradicción y Pronunciamiento del Municipio de Cimitarra frente a esta observación de Auditoria. Para dar respuesta a esta observación, en cuanto al valor registrado en la información contable como reconocimiento o cuenta por cobrar sobre valor adeudado por parte del FNR, es necesario presentar el siguiente análisis sobre el valor asignado para el proyecto y los desembolsos realizados por el FONDO NACIONAL DE REGALIAS:

ANALISIS RECURSOS ENTREGADOS POR EL FNR Y COMPROMISOS CON CARGO A ESTOS RECURSOS

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Valor asignado y a girar por FNR según carta de asignación de recursos 739.589.483,00

giros realizados por el FNR al Municipio 2009 221.876.845,00

2011 369.794.741,00

(A) Diferencia pendiente de girar por FNR al Municipio de Cimitarra 147.917.897,00

(B) saldo cuenta bancaria aperturada para manejo de estos recursos 287-0120125 a 31 diciembre 2013 503,50

A+B= RECURSOS PARA CUBRIR C 147.918.400,50

C

Valores registrados en ejecución de cuentas por pagar vigencia 2013 con cargo a estos recursos. 100.693.805,50

Valor registrado como pasivo exigible en ejecución de gastos vigencia 2013 con cargo a estos recursos. 47.224.595,00

TOTAL C 147.918.400,50

A+B=C

Respecto del análisis realizado anteriormente, es procedente concluir que no se debe realizar ajuste alguno en el rubro contable 1470880301 – Construcción de redes de media y montaje de transformadores y acometidas para la electrificación de la vereda los morros, el cual reporta saldo a 31 de diciembre 2013 por valor de $147.917.897.00; que es el mismo valor registrado en el análisis anterior como diferencia entre el valor asignado al proyecto por el FNR y los recursos desembolsados por la misma entidad al Municipio. Así las cosas, respetuosamente se solicita que, el presente hallazgo u observación sea levantado y retirado del informe final.”

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL

Teniendo en cuenta el planteamiento expuesto en la presente observación; correspondiente al contrato de construcción de redes de media, baja tensión y subestaciones para la electrificación de la vereda Los Morros del municipio de Cimitarra a la fecha de la presente auditoria ya estaba liquidado con un reporte en saldo en libros en la cuenta de deudores por valor de $147.917.897; correspondiente a saldos dejados por girar del Fondo Nacional de Regalías, al cual el ente auditado deberá iniciar los procedimientos necesarios de cobro de dichos recursos y pueda cubrir la obligación reflejada en la cuenta del pasivo; situación por el cual esta Contraloría confirma la observación de tipo administrativo a fin de ser incluida dentro del plan de mejoramiento.

PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO

La propiedad planta y equipo del municipio de Cimitarra se encuentra conformada por terrenos, con saldo en libros de contabilidad por $$3.869.900.920, correspondiente a terrenos urbanos por $336.076.448 y terrenos con destinación ambiental por $181.946.000, edificaciones por $3.869.900.920, correspondiente a edificaciones y casas por $344.044.600 del palacio municipal por $200.000.000 y casa fiscales por $144.044.600, matadero municipal por $106.287.372, cafetería y casinos restaurante del adulto mayor por $10.915.840, colegios y escuelas por $2.302.872.722, instalaciones deportivas y recreativas por $1.105.780.386, plantas ductos y túneles por $672.003.983, correspondiente a plantas de tratamiento por $315.348.575, acueducto y canalización por $289.038.388, estaciones de bombeo por $67.617.019, redes, líneas y cables por $4.541.559.28, correspondiente a redes de distribución por $2.197.093.795 y redes de alimentación de gas por $2.344.465.486.

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BIENES INMUEBLES

PALACIO MUNICIPAL

Los predios donde funciona la Alcaldía Municipal se encuentra legalizada mediante escritura pública No. 403 de la Notaría Pública primero principal del circuito de Vélez de fecha 30 de junio de 1971, inscrito con numero catastral 332 y matricula inmobiliaria 324-5505 con área aproximada de 1.150 m2, el cual se encuentra construido el Palacio Municipal y cuatro casas fiscales donde funciona la Registraduría Nacional del Estado Civil, Juzgados penales y promiscuo, Fiscalía General de la Nación y las Empresas Publicas de Cimitarra.

PROCESO DE LEGALIZACION DE PREDIOS BALDIOS

Durante la vigencia 2013 la Alcaldía de Cimitarra realizo la gestión a fin de legalizar los siguientes predios baldíos:

PREDIOS URBANOS BALDIOS LEGALIZADOS

Plaza de mercado

Distrito estación de policía

Oficinas donde funciona ADPOSTAL

Colegio la Candelaria sede b

Instalaciones del SENA

Puesto de salud Municipal

Plaza de toros PREDIOS URBANOS BALDIOS QUE ESTAN EN PROCESO DE LEGALIZACION

Instalaciones del ICA

Instalaciones de la Antena Parabólica

Instalaciones del cuerpo de Bomberos de Cimitarra

Polideportivo del barrio Brisas del Guayabito PREDIOS RURALES A LOS CUALES SE LES HA HECHO SOLICITUD ANTE EL INCODER

Escuela rural bellavista

Escuela Rural San Fernando Kilometro 12

Cementerio de Puerto Araujo

Corregimiento de matarredondo

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Según balance detallado en el rubro contable 1655 maquinaria y equipo, rubro 165501 equipos de construcción se reflejan en las cuentas contables 16550101 Motoniveladora modelo 1996 marca JHON DEER 670D por valor de $177.492.760, cuenta 165500102 motoniveladora modelo 1993 marca CATERPILLAR 120 G por $124.378.800, cuenta 165500103 Buldózer modelo 1986 marca CATERPILLAR D4H por $84.663.740, cuenta 165501004 Cargador modelo 1986 marca KOMASUT WA200 por $20.030.108, cuenta 16550105 Buldozer modelo 1986 marca KOMATSU D6 sin saldo en libros, cuenta 16550106 motoniveladora CASE 845 modelo 2010 por $630.000.000, cuenta 16552101 Retro excavadora modelo 2003 marca CATERPILLAR 420D por $240.942.025, cuenta 16552102 Retroexcavadora modelo 1993 marca CATERPILAR 416B y retroexcavadora Jhohn Deere modelo 310sj $224.864.453; los cuales deben ser reclasificados a la cuenta 1675 equipos de transporte, tracción y elevación rubro contable 167505 y 167506.

EQUIPOS DE TRANSPORTE TRACCION Y ELEVACION

Los equipos terrestres se encuentran representados en el rubro contable No. 16850802 con saldo en libros por valor de $409.556.318, correspondiente a camioneta Chevrolet LUV 2300 de placas OFS-016 con valor en libros por $9.000.000, volqueta Chevrolet C-70 de placas OFS-019 sin saldo en libros, Volqueta Chevrolet C-70 de placas OFS-020 sin saldo en libros, camioneta campero TROOPER de placas OSA-688 sin saldo en libros, campero cabinado TOYOTA de placas OGW-063 sin saldo en libros de contabilidad, Buseta U41 NISSAN de placas OFS-169 con saldo en libros por $144.000.000, camioneta marca TOYOTA Hilux de placas OFS-188 con saldo en libros por $59.856.000, volqueta Mercedes Benz de placas OJE-980 con saldo en libros por valor de $16.292.000, volqueta Mercedes Benz de placas OJE-986 sin saldo en libros, carro compactador de basuras de placas OGW-062 con saldo en libros por $96.408.318, volqué marca Internacional serie 4300 de placas OSA-958 con valor en libros por $42.000.000 y volqueta marca Internacional serie 4300 de placas OSA-959 con saldo en libros por $42.000.000.

OBSERVACION No. 16

VEHICULOS DE TRASPORTE TERRESTRE TRACCION Y ELEVACION INACTIVOS Y EN DESUSO.

Camioneta marca Chevrolet LUV 2300 modelo 1993 de placas OFS-016 color amarillo gris con SOAT vencido No. 26731603 -3 de seguros del estado.

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Volqueta marca Chevrolet C-70 de placas OFS-019 modelo 1993, solamente se encuentra el solo chasis y cabina del vehículo.

Camioneta campero de placas OSA-688 modelo 1996 marca TROOPER, vehículo que se encuentra varado en una bodega del Municipio.

Volqueta de placas OJE-986 modelo 1987 Mercedes Benz de propiedad del municipio de Cimitarra, fue adquirido a través del Fondo Nacional de Caminos Vecinales de fecha 15 de julio de 1988, el cual se encuentra en total abandono.

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Carro compactador marca KODIA modelo 1995 color blanco con capacidad de 8 toneladas; encontrándose en malas condiciones, el cual requiere reparación del motor, transmisión y la parte eléctrica.

Cargador modelo 1986 marca KOMATSU WA200, se encuentra en malas condiciones el cual requiere reparación del motor, parte eléctrica, los controles, llantas y el Haussen.

Buldozer modelo 1986 marca KOMATSU D6 este bien se encuentra desarmado y en muy mal estado, el cual cuenta con estas partes dañadas, el motor, el servo, el sistema hidráulico, tren de fuerza y la parte eléctrica.

Frente a los vehículos de transporte terrestre tracción y elevación, los cuales el grupo auditor, realizó inspección ocular a cada uno de ellos donde se pudo establecer que esta maquinaria en su totalidad presentan fallas mecánicas considerables, las cuales no son rentables para la entidad; mientras que otros

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vehículos solamente se encontró el chasis; este ente de control manifiesta que la entidad auditada deberá dar aplicación a los procedimientos o manuales de manejo de bienes que en cumplimiento tanto de los principios constitucionales como los deberes legales, deberían estar implementados por la administración Municipal de Cimitarra, con el fin de evitar el abandono de los bienes, equipos y maquinaria que en general están en su custodia y salvaguarda, así como los impactos sociales técnicos y ambientales que ante la ausencia de su uso indebido y racional, producen efectos de insalubridad y malestar en la comunidad, por tal situación la administración Municipal deberá implementar acciones a fin ya sea en poner en funcionamiento estos bienes, o de lo contrario iniciar los a fin de darlos de baja dando cumpliendo a los procedimientos administrativos, contables y legales para ello; acciones que deben ser plasmadas a través de un plan de mejoramiento.

TIPO DE HALLAZGO ADMINISTRATIVO

PRESUNTOS RESPONSABLE(S) SAMUEL SOTO CARREÑO (Alcalde)

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO

VEHICULOS DE TRANSPORTE TERRESTRE TRACCION Y ELEVACION INACTIVOS Y EN DESUSO. “Frente a los vehículos de transporte terrestre, tracción y elevación, los cuales el grupo auditor, realizó inspección ocular a cada uno de ellos donde se pudo establecer que esta maquinaria en su totalidad presentan fallas mecánicas considerables, las cuales no son rentables para la entidad; mientras que otros vehículos solamente se encontró el chasis, la entidad auditada deberá iniciar las acciones pertinentes a fin de ser dados de baja. Contradicción y Pronunciamiento del Municipio de Cimitarra frente a esta observación de Auditoria. Respecto de la presente observación de auditoría me permito indicar que el procedimiento para establecer la totalidad de vehículos para dar de baja se está realizando actualmente obedeciendo a la observación de auditoría No. 19 cuenta vigencia 2012; (avalúo técnico a propiedad, planta y equipo) la cual se encuentra en plan de mejoramiento”. CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL

Como lo manifiesta la entidad auditada frente a los procedimientos para dar de baja cada uno de los bienes que presentan malas condiciones; ya se están realizadas las acciones pertinentes obedeciendo la observación plasmada en el informe de auditoría vigencia 2012, la cual se encuentra en plan de mejoramiento; situación por el cual y como fue plasmado dentro del informe de auditoría vigencia 2013; la acciones administrativas se les realizara el respectivo seguimiento como fueron plasmadas en el plan de mejoramiento.

OBSERVACION N° 17

VEHICULO NO APTO PARA EL TRANSPORTE DE ESTUDIANTES

Buseta marca NISSAN línea T5U41 de placas OFS-169 modelo 2003 con capacidad para 24 pasajeros; para que pueda prestar los servicios de transporte de estudiantes del Municipio de Cimitarra, el Ministerio de Transporte expidió el decreto 805 de 2008, en donde contempla que para poder prestar el servicio de trasporte escolar, se debe contar con una Póliza de responsabilidad Civil Extracontractual el cubra la responsabilidad por muerte, incapacidad permanente,

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Incapacidad temporal, gastos de médicos, quirúrgicos; en donde el monto asegurable por cada riesgo no podrá ser inferior a 60 S.M.M.L.V. por persona; por otra parte la póliza de responsabilidad civil extracontractual, deberá cubrir daño a bienes de terceros.

El mismo decreto señala taxativamente que el servicio escolar en vehículos particulares podrá prestarse en automóviles, microbuses, camperos, camionetas, busetas, cuya antigüedad no podrá superar los diez (10) años de edad y deberá someterse a la revisión tecno mecánica y de gases anualmente; por consiguiente esta Contraloría Advierte a la administración Municipal de Cimitarra, que no puede seguir prestando los servicios de trasportes de estudiante teniendo en cuenta lo planteado en el presente decreto; acciones que deberán ser planteadas por la entidad auditada a fin de establecer los procedimientos a tomar por dicha situación.

TIPO DE HALLAZGO ADMINISTRATIVO

PRESUNTOS RESPONSABLE(S) SAMUEL SOTO CARREÑO (Alcalde)

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO

“Buseta marca NISSAN línea T5U41 de placas OFS-169 modelo 2003 con capacidad para 24 pasajeros; para que pueda prestar los servicios de transporte de estudiantes del municipio de Cimitarra, el Ministerio de Transporte expidió el decreto 805 de 2008, en donde contempla que para poder prestar el servicio de transporte escolar, se debe contar con una póliza de responsabilidad Civil Extracontractual; además el mismo decreto expone que estos vehículos cuya antigüedad no podrá superar los diez (10) años de edad, lo que se puede establecer que este bien ya cumplió con el tiempo de servicio para el transporte escolar. Contradicción y Pronunciamiento del Municipio de Cimitarra frente a esta observación de Auditoria. La Buseta de marca Nissan de placa OFS 016 utilizado para el transporte de estudiantes. Atendiendo el ordenamiento impartido en el Decreto 805 de 2008; expedido por el Ministerio de Transporte; el Municipio de Cimitarra en cumplimiento de sus obligaciones ha adquirido Póliza de seguros No. 400-40-994000012328 de responsabilidad civil extracontractual, daños bienes a terceros, muerte o lesión por una o más personas, pérdida parcial o total por hurto, protección patrimonial, terremoto, asistencia jurídica integral, reembolso por gastos exequibles, terrorismo y otros eventos, asistencia solidaria y auxilio diario por paralización. La cual se anexa. Respecto de la antigüedad del vehículo; es preciso indicar que el decreto 805 de 2008 emitido por el Ministerio de Transporte; señala taxativamente que su aplicación para el aspecto en mención es exclusivamente para personas naturales que destinen sus vehículos de servicio particular al transporte escolar, tal y como es mencionado en el artículo primero. De igual manera el artículo 7 ibídem, señala “El servicio escolar en vehículos particulares podrá prestarse en automóvil, microbús, campero, camioneta, buseta y bus, cuya antigüedad no podrá superar los diez (10) años de edad.” Reiterando que la antigüedad de los 10 años aplica para vehículos particulares; caso que no aplica con la Buseta marca NISSAN de placa OFS 169; por ser un vehículo oficial; no obstante este vehículo de propiedad del Municipio de Cimitarra cuenta con condiciones óptimas para desarrollar su objeto; cumpliendo con la normatividad correspondiente como es la revisión técnico-mecánica y de gases anualmente; dándose cumplimiento al convenio

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suscrito con el Departamento de Santander para la adquisición del vehículo para prestar el servicio de transporte escolar.”

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL

Teniendo en cuenta las consideraciones expuesta por la entidad auditada, mediante al derecho a la réplica; sustentando la viabilidad de operación de Bus escolar del Municipio de Cimitarra; el grupo auditor concluye dejar sin efecto dicha observación administrativa.

VEHICULOS TERRESTRES EN BUENAS CONDICIONES

Camioneta Hillux 4x4 de placas OFS-188 modelo 2007 marca TOYOTA, color verde glaciar con soat vigente No.5779253-4 de seguros del estado; este bien se encuentra activo y en buenas condiciones.

Volqueta de placas OJE-980 modelo 1987 carca Mercedes Benz, de propiedad del municipio de Cimitarra, fue adquirido a través del Fondo Nacional de Caminos Vecinales de fecha 15 de julio de 1988, este bien se encuentra activa y al servicio del Municipio de Cimitarra.

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Volqueta Internacional línea 4300 de placas OSA-958 modelo 2011, color blanco motor diésel, con SOAT vigente No. 28706556 de seguros del estado, adquirida a través de la Administración Publica Cooperativa de Departamentos y Municipios de Colombia “CODENCO” mediante factura No. 0524 por valor de $181.034.483; se encuentra en buenas condiciones; encontrando en reparación y el diferencial.

Volqueta Internacional línea 4300 OSA- 959 modelo 2011, color blanco motor diésel, con SOAT vigente No. 28706555 de seguros del estado, este bien cuenta con la limitación de la propiedad a favor de Leasing Bancolombia S.A. compañía, el cual cuenta con póliza de seguros de autos No. 6081016-6, se encuentra activa y en buen estado encontrándose en mantenimiento del sistema de aire.

Volqueta marca Internacional línea 4300 SBA modelo 2014 color blanco de placas OSB-059 tipo diésel con SOAT No. 62300488, con limitación de la propiedad a favor de Leasing Bancolombia S.A., este bien se encuentra en muy buenas condiciones.

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Retroexcavadora 410K se encuentra en buenas condiciones al servicio del Municipio para arreglo y mantenimiento de las carreteras terciarias.

Retroexcavadora modelo 1993 marca CATERPILLA 416B, serie 8SG01445 doble transmisión, adquirida a General de Equipos de Colombia S.A. “GECOLSA” con numero de factura No. 027142 por valor de $65.212.000.

Retroexcavadora JHON DEER modelo 310SK, serie No. 1T0310SKEDC244057 modelo 2012, adquirida a través de la Administración Publica Cooperativa de Departamentos y Municipios de Colombia con factura No. 1127 por valor de $249.310.345, el cual se encuentra activa y en buenas condiciones, para el mejoramiento de la vías terciarios del Municipio.

Motoniveladora Modelo 1993 marca CATERPILLAR 120G de 125 HP serie 4HD02040, adquirido a General de Equipos de Colombia S.A. “GECOLSA”

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mediante factura NO. 027141 por valor $124.378.800; este bien se encuentra en reparación del motor.

Buldócer modelo 1993 marca CATERPILLAR D4H, con oruga serie 8PB05706 de servotrans, adquirido a General de Equipos de Colombia S.A. “GECOLSA” mediante factura No. 027143 por valor de $84.663.740; este bien se encuentra en buenas condiciones y activa para el servicio.

Motoniveladora marca CASE 845 serie No. NAAF07352, modelo 2010, adquirida por el Municipio de Cimitarra a la Administración Publica Cooperativa de Departamentos y Municipios de Colombia “CODENCO” mediante factura de venta No. 0523 por valor de $543.103.448; este bien se encuentra activo y en buenas condiciones.

OBSERVACION No. 18 EQUIPOS DE TRACCION QUE REQUIEREN SER REPARADOS POR LA ENTIDAD

Retroexcavadora modelo 2003 marca CATERPILLA 420D, serie FDP 10154, equipo comprado de segunda a la Cooperativa Nacional de Municipios Limitada “COOPNAL LTDA; este bien se encuentra varado el cual requiere de reparación

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de cilindros de levante, giros, control y balde delanteros; encontrándose en mal estado.

Motoniveladora modelo 1996 marca JHON DEER 670B serie DW670BX554081, adquirida a la Distribuidora NISSAN S.A. división agrícola industrial mediante factura de compra No. 1-1382 por valor de $177.492.760; este bien se encuentra en mal estado el cual requiere de reparación de los controles hidráulicos, las válvulas de alivio y orbitrol. Frente a los anteriores vehículos de tracción y elevación, la administración municipal, debe buscar los mecanismos a fin de que sean reparados y ponerlos al funcionamiento de la entidad y así evitar el arrume de los mismos.

TIPO DE HALLAZGO ADMINISTRATIVO

PRESUNTOS RESPONSABLE(S) SAMUEL SOTO CARREÑO (Alcalde)

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO:

“Se observan vehículos de tracción y elevación que presentan buenas condiciones pero se encuentran varados, situación por la cual la administración municipal, debe buscar los mecanismos a fin de que sean reparados y ponerlos al funcionamiento de la entidad y así evitar el arrume de los mismos. Contradicción y Pronunciamiento del Municipio de Cimitarra frente a esta observación de Auditoria. Respecto de la presente observación; en donde se indica que el equipo de tracción; Retroexcavadora modelo 2003 marca Caterpillar 420D, serie FDP 10154 y Motoniveladora modelo 1996 marca John Deere 670B serie DW670BX554081, debe ser objeto de toma de medidas de reparación con el objetivo de estar en funcionamiento para la entidad y evitar el arrume de los mismos; me permito indicar que la Secretaria de Obras Públicas se encuentra tomando las acciones administrativas correspondientes con el fin de iniciar la reparación de estas máquinas.”

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL

Según réplica del ente auditado manifiesta que a través de la Secretaria de Obras Públicas se están realizando las acciones administrativas correspondientes con el fin de iniciar la reparación de estas máquinas proceso el cual es ente de Control

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realizara el respectivo seguimiento a través del plan de mejoramiento; por lo tanto esta observación de confirma.

OBSERVACION No. 19

VEHICULOS NO REGISTRADOS Y REVELADOS EN LOS ACTIVOS DE LA ENTIDAD

El Municipio de Cimitarra adquirió dos motocicletas marca YAMAHA FZ16 modelo 2012, identificadas con las placas PZQ92C con número de motor 45D3006261y placas PZQ91C con número de motor 45D3006499; cuyas tarjetas de propiedad se encuentran a nombre del municipio de Cimitarra, el cual no se encuentran revelados e identificados en los activos de la entidad; observando una falta de confiabilidad y relevancia en los estados contables como se encuentra establecido en el Régimen de Contabilidad Publica en Colombia.

TIPO DE HALLAZGO ADMINISTRATIVO

PRESUNTOS RESPONSABLE(S) SAMUEL SOTO CARREÑO (Alcalde)

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO:

“El Municipio de Cimitarra adquirió dos motocicletas marca YAMAHA FZ16 modelo 2012, identificadas con las placas PZQ92C con numero de motor 45D3006261 y placas PZQ91C con numero de motor 45D3006499; cuyas tarjetas de propiedad se encuentran a nombre del municipio de Cimitarra, el cual no se encuentran revelados e identificados en los activos de la entidad; observando una falta de confiabilidad y relevancia en los estados contables como se encuentra establecido en el Régimen de Contabilidad Publica en Colombia. Contradicción y Pronunciamiento del Municipio de Cimitarra frente a esta observación de Auditoria. El Municipio de Cimitarra procede a realizar la incorporación de las dos (02) motocicletas marca YAMAHA FZ16 de placas PZQ91C y PZQ92C de propiedad de este Ente Territorial como se evidencia en las tarjetas de propiedad No. 10002914609 y 10002914627. Se anexa soportes de incorporación: Nota de contabilidad No. 363 de 2014, copia tarjetas de propiedad y factura de venta (total folios 03)” CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL

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Según controversia a este punto, la entidad auditada manifiesta que se están realizando las incorporaciones necesarias a fin de reconocer los vehículos que no habían sido identificados en los estados financieros, el cual anexa notas de contabilidad; situación por el cual este ente de Control deja sin efecto la observación reflejada en el presente informe.

VENTA DE VEHICULOS DE TRANSPORTE TERRESTRE

Durante la vigencia 2009, el municipio de Cimitarra realizo la venta de los siguientes bienes a través de los siguientes contratos.

Contrato de compraventa celebrado entre el Municipio de Cimitarra y Alberto Fonseca Pinzón cuyo objeto es la venta de la volqueta Chevrolet C-70, color blanco de placas OFS – 020 modelo 1993, por valor de $11.000.000; el cual se encontraba malas condiciones y valorada previamente a través de un perito para su venta.

Este bien fue vendido por contratación directa de acuerdo a lo establecido en la ley 1150 de 2007, tomando la mejor propuesta de los respectivos proponentes.

Los recursos por venta de este bien fueron recibidos a través de consignación del 20% por $2.200.000 realizado el día 14 de diciembre de 2009 a la cuanta del banco BBVA No. 0013-0287-61-0200037279.

Consignación en efectivo el día 30 de diciembre de 2009, por valor de $8.800.000, depositado en la cuenta del BBVA No. 0013-287-61-0200037279,

El otro bien fue vendido también por contratación directa teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 1150 de 2007, el cual fue valorado por el perito debido a su mal estado en la suma de $5.000.000 y posteriormente vendido al mejor oferente a través de contrato de compraventa celebrado entre el Municipio de Cimitarra y Angel Ivan abril Sánchez; el siguiente bien identificado como, TOYOTA LAND CRUISE color verde de placas OGW-063 modelo 1996 cuyo precio de venta fue por valor de $5.000.000, suscrito el 15 de diciembre de 2009.

POLIZA DE ASEGURAMEINTO DE LOS BIENES De acuerdo al Control de Advertencia No. 15 de fecha 17 de septiembre de 2013; en donde se advierte a las entidades territoriales que deben tener debidamente asegurados los bienes del estado a fin de que estos bienes se encuentren debidamente amparados; en el proceso auditor se evidencio que los siguientes bienes se encontraban amparados, y otros porque presentaban malas condiciones no fueron asegurados los cuales se relacionan en los siguientes cuadros.

Entidad Aseguradora

Póliza No Vigencia

Inicial De La Póliza

Vigencia Final De La

Póliza

Interés o Riesgo

Asegurado Cargo Asegurado

Tipo De Amparo

Valor Asegurado

ASEGURADORA SOLIDARIA DE

COLOMBIA

400-64-994000000345

4/7/2013 4/7/2014 POLIZA DE MANEJO

ALMACENISTA GENERAL

JULIO CESAR REYES RUIZ

DELITOS CONTRA LA

ADMISITRACION PUBLICA

20,000,000

ASEGURADORA SOLIDARIA DE

COLOMBIA

400-64-994000000532

9/30/2013 9/30/2014 POLIZA DE MANEJO

TESORERO MUNICIPAL

MILADIS RODRIGUEZ QUIROGA

DELITOS CONTRA LA

ADMISITRACION PUBLICA

40,000,000

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ASEGURADORA SOLIDARIA DE

COLOMBIA

400-64-994000000840

1/20/2013 1/20/2014 POLIZA DE MANEJO

ALCALDE MUNICIPAL

SAMUEL SOTO

CARREÑO

DELITOS CONTRA LA

ADMISITRACION PUBLICA

5,000,000

ASEGURADORA SOLIDARIA DE

COLOMBIA

400-64-994000000242

7/24/2013 7/24/2014 POLIZA DE MANEJO

SECRETARIO GENERAL

OSMAR MATEUS ZARATE

DELITOS CONTRA LA

ADMISITRACION PUBLICA

5,000,000

PÓLIZA DE ASEGURAMIENTO DE VEHÍCULOS EN SERVICIO

VEHICULO PLACA POLIZA No. ASEGURADORA VIGENTE HASTA

CAMIONETA TOYOTA OFS 188 AT 1306 5779253-4 COLPATRIA 8/8/2014

CAMIONETA LUV 2300 OFS 016 AT 1329 26731603-3 SEGUROS DEL ESTADO 2/4/2014

BUSETA NISSAN OFS 169 AT 1317 12522003-4 MUNDIAL SEGUROS 21/05/2014

VOLQUETA INTERNACIONAL OSB 059 AT 1318 13762635 SURAMERICA 18/06/2014

VOLQUETA INTERNACIONAL OSA 958 AT 1329 26731589-3 SEGUROS DEL ESTADO 22/03/2014

VOLQUETA INTERNACIONAL OSA 959 AT 1329 26731592-6 SEGUROS DEL ESTADO 22/03/2014

POLIZA DE TODO RIESGO PARA MAQUINARIA Y EQUIPO EN SERVICIO

VEHICULO TIPO POLIZA No. ASEGURADORA VIGENTE HASTA

MAQUINA RETROEXCAVADORA 400-85-99400005 SOLIDARIA DE COLOMBIA 14/06/2014

POLIZA GLOBAL PARA ENTIDAD OFICIAL

OBJETO ASEGURADO POLIZA No. ASEGURADOR

A VIGENCIA

HASTA

TODO RIESGO DAÑO MATERIAL: EDIFICO, MUEBLES Y ENSERES,EQUIPOS ELECTRICOS,EQUIPOS PORTATILES, MAQUINARIA Y EQUIPO 021461785-0

ALLIANZ SEGUROS S.A

20/11/2014

RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: VEHICULOS PROPIOS Y BIENES BAJO CUIDADO 021461785-0

ALLIANZ SEGUROS S.A

20/11/2014

Frente a los vehículos que no se encuentran asegurados y que no se encuentran en buenas condiciones como son la camioneta marca Chevrolet LUV 2300 modelo 2003 de placas OFS-016, Volqueta marca Chevrolet de placas OFS -019, Campero TROOPER de placas OSA-688 modelo 1996, Carro compactador marca KODIA modelo 1995, Cargador mara komatsu WA200; el agente asegurador, manifiesta que mediante inspección a los vehículos que se encuentra en estas condiciones no son asegurables; debido a que presentan semiduras, desgaste anormal en las llantas, no cuenta con un buen sistema de alineación, vehículo presenta malas reparaciones efectuadas y daños mecánicos; situación en la cual la entidad audita frente a esta clase de bienes que no son asegurados por las aseguradores; entrará a buscar mecanismos a fin de darlos de baja y evitar al máximo ser utilizados, ya que en caso de un siniestro, la responsabilidad recaerá en cabeza del representante legal. OTROS ACTIVOS

En los otros activos con corte a 31 de diciembre de 2013 se reportan saldos por $15.702.118.981, correspondiente al reporte del Ministerio de Haciendo de los cálculos actuariales del FONPET y pasivos pensionales como se encuentra establecido en la Ley 549 de 1999 en su “Art. 9 Cálculos actuariales. Para el

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cumplimiento de la presente ley, deberá elaborarse un cálculo actuarial respecto de cada entidad territorial y sus entidades descentralizadas de acuerdo con la metodología y dentro del programa que diseñe la Nación, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con cargo a sus recursos. Este programa deberá comprender el levantamiento de historias laborales y el cálculo del pasivo y podrá contar con la participación de los departamentos en la coordinación de sus Municipios.

PASIVOS

Los pasivos del municipio de Cimitarra, cerraron con saldo a 31 de diciembre de 2013 en $9.731.808.625, correspondiente a opresiones de crédito público interna de largo plazo con la banca comercial por valor de $3.071.390.655, el cual se encuentra constituido por los siguientes créditos realizados a la banca comercial:

DEUDA PÚBLICA

Crédito realizado al banco BBVA por valor de $973.806.730, deuda de construcción para la pavimentación del casco urbano del municipio por $244.791.666, deuda para la construcción de la aula dela biblioteca y cubierta deportiva COLCAN por $589.285.714, crédito para el mantenimiento de las vías de los sectores Guayabito, Carare, Magdalena y San Juan por $139.729.349.

Crédito realizado con el Banco Colombia S.A. por valor de $1.738.933.698; para la pavimentación de las vías urbanas del municipio por $66.393.093, para la pavimentación de vías, adquisición y reparación de la maquinaria por $126.658.373, crédito para la construcción de la planta de compostaje por $17.705.259, deuda para la construcción de redes eléctricas rurales por $56.245.577, deuda para la terminación de proyectos de vivienda por $27.414.582, deuda subsidios redes domiciliarias por $894.692.565, deuda para la construcción, mejoramiento y mantenimiento de redes de acueducto y alcantarillado urbano y rural por $474.295.565 y deuda para la construcción de redes eléctricas San Fernando y Parcel el Dorado por $75.528.333.

Préstamo a entidades de fomento y desarrollo regional IDESAN, por valor de $358.650.227, para la adquisición e maquinarias para reparación de la maya vial.

OBLIGACIONES FINANCIERAS (LEASING FINANCIERO)

Las obligaciones financieras cerraron con saldo en libros por $460.899.121, correspondientes a Leasing Financiero con BANCOLOMBIA No. 151610 para la adquisición de la Retroexcavadora marca JHON DEERE, Línea 310 SK modelo 2012, por valor de $265.316.368, y Leasing Financiero BANCOLOMBIA No. 151593, para la adquisición de una volqueta marca INTERNACIONAL 4300 por $195.582.753.

CUENTAS POR PAGAR

Las cuentas por pagar a 31 de diciembre de 2013 ascendió a 780.507.023, correspondiente a la adquisición de bienes y servicios por $471.933.152, acreedores por $1.104.711, subsidios asignados por $402.000, impuesto y contribuciones por $5.800, avances y anticipos recibidos por $275.135.535, recursos recibidos en administración $31.878.290 y créditos judiciales por $60.047.735.

PASIVOS ESTIMADOS

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Los pasivos estimados a 31 de diciembre de 2013, lo constituye las provisiones para contingentes por $109.693.805, correspondiente a demandas que se encuentra en la entidad.

DEMANDAS Y PROCESOS JUDICIALES EN CONTRA DEL MUNICIPIO DE CIMITARRA

Consecutivo No

Proceso

Autoridad Judicial Que

Tramita

Tipo de Proceso

Tipo de Acción Judicial

Cuantía Inicial de La Demanda

Resumen del Hecho

Generador

Fecha de Admisión de La Demanda

Demandante Estado Actual

1 2010-099 JDO ADTVO DESCONGESTION

SANGIL NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND DAMARIS LILIA MARTINEZ

ETAPA PROBATOR

IA

2 2010-0080 JDO ADTVO DESCONGESTION

SANGIL NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND ELVIA NORA TAMAYO

ETAPA PROBATOR

IA

3 2010-0081 JDO ADTVO DESCONGESTION

SANGIL NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND GLADYS CUBIDES GAMBOA

ETAPA PROBATOR

IA

4 2008-0440 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

120,000,000

DENIEGA PRETENSIONES

DE LA DEMANDA EN APELACION

ND JULIO CESAR PINEDA OSORIO

ALEGATOS PARTES

5 2008-0439 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

120,000,000

DENIEGA PRETENSIONES

DE LA DEMANDA EN APELACION

ND HERIBERTO PARDO

TRASL ALEGATOS CONCLUSI

ON

6 2010-0007 JDO UNICO ADTVO SANGIL NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND MAXIMINA MORALES

HERNANDEZ

ETAPA PROBATOR

IA

7 2010-0008 JDO ADTVO DESCONGESTION

SANGIL NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND JESUS F. RESTREPO

GUTRIERREZ

APELACION

8 2010-0006 JDO ADTVO DESCONGESTION

SANGIL NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND DORALBA DE JESUS ZULETA

APELACION

9 2010-0005 JDO ADTVO DESCONGESTION

SANGIL NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND LUIS ADONAIS ORDOÑEZ

APELACION

10 2008-0433 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

120,000,000

DENIEGA PRETENSIONES

DE LA DEMANDA EN APELACION

ND ENRIQUE SAUL CASTAÑO

TRASL ALEGATOS CONCLUSI

ON

11 2008-0434 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

120,000,000

DENIEGA PRETENSIONES

DE LA DEMANDA EN APELACION

ND DIOFANOR PARDO

HERNANDEZ

TRASL ALEGATOS CONCLUSI

ON

12 2008-0437 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

120,000,000

DENIEGA PRETENSIONES

DE LA DEMANDA EN APELACION

ND LUIS A. MURILLO GONZALEZ

TRASL ALEGATOS CONCLUSI

ON

13 2008-0432 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

120,000,000

DENIEGA PRETENSIONES

DE LA DEMANDA EN APELACION

ND NELSON DUARTE GALLLO

TRASL ALEGATOS CONCLUSI

ON

14 2008-0441 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

120,000,000

DENIEGA PRETENSIONES

DE LA DEMANDA EN APELACION

ND LAURIANO RANGEL

TRASL ALEGATOS CONCLUSI

ON

15 2008-0436 JDO UNICO ADTVO SANGIL NUL Y REST DCHO

120,000,000

DENIEGA PRETENSIONES

DE LA DEMANDA EN APELACION

ND WILFREDO FONNEGRA HERNANDEZ

SENTENCIA PRIMERA

INST

16 2008-0435 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

120,000,000

DENIEGA PRETENSIONES

DE LA DEMANDA EN APELACION

ND VICTOR RAUL ARENAS TRUJILLO

AVOCA CONOCIMI

ENTO R. APEL

17 2008-0438 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

120,000,000

DENIEGA PRETENSIONES

DE LA DEMANDA EN APELACION

ND JOSE WILSON BENAVIDES MIRA

TRASL ALEGATOS CONCLUSI

ON

18 2000-3696 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA REPARACION DIRECTA

560,000,000

ND ND HUGO MENESES LOZANO

APELACION

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19 2003-2506 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA EJECUTIVO 360,000,000

ND ND SOCIEDAD CASTILLO AGUILAR

RECURSO CONSULTA

20 2009-0092 JDO ADTVO DESCONGESTION

SANGIL NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND GERARDO A. MENA

SANTAMARIA

ETAPA PROBATOR

IA

21 2009-0093 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND MARINA A. MURIEL

CASTAÑO

AUTO PARA

MEJOR PROVEER

22 2009-0094 JDO ADTVO DESCONGESTION

SANGIL NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND IBETH M. JARAMILLO

MURIEL

ETAPA PROBATOR

IA

23 2009-0504 JDO ADTVO DESCONGESTION

SANGIL NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND LUZ M. TRASLAVIÑA

CARREÑO

ETAPA PROBATOR

IA

24 2010-0048 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND TEOFILDE CELIS BARBOSA

TRASL ALEGATOS CONCLUSI

ON

25 2010-0046 JDO UNICO ADTVO SANGIL NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND ANDRES C. TAPIAS GARCIA

ETAPA PROBATOR

IA

26 2004-3296 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

500,000,000

ND ND SOCIEDAD URICOECHEA CALDERON

SENTENCIA PRIMERA

INST

27 2009-0093 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND CARMEN HELENA ESPAÑA

URIBE

SENTENCIA SEGUNDA

INST

28 2009-0506 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND WILFREDO VELAIDES ARIZA

SENTENCIA SEGUNDA

INST

29 2009-0143 JDO UNICO ADTVO SANGIL ACCION POPULAR

5,700,000

ND ND JULIO ALBERTO MOLANO BOLIVAR

ETAPA PROBATOR

IA

30 2009-0088 JDO UNICO ADTVO SANGIL NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND JORGE A. SANCHEZ GARCIA

ETAPA PROBATOR

IA

31 2008-0615 JDO UNICO ADTVO SANGIL ACCION POPULAR

5,700,000

ND ND ALEXANDER PEREZ PINZON

ETAPA PROBATOR

IA

32 2008-0495 JDO UNICO ADTVO SANGIL ACCION POPULAR

5,700,000

ND ND HERMAN GUSTAVO PRADA

ETAPA PROBATOR

IA

33 2008-0678 JDO UNICO ADTVO SANGIL NUL Y REST DCHO

78,000,000

ND ND HECTOR E. MORENO

JARAMILLO

ETAPA PROBATOR

IA

34 2008-0680 JDO UNICO ADTVO SANGIL NUL Y REST DCHO

98,000,000 ND ND JAIME CUEROS FLOREZ

ETAPA PROBATOR

IA

35 2002-0080 JDO UNICO ADTVO SANGIL ACCION POPULAR

5,700,000

ND ND ESMERALDA PORRAS LEON

SENTENCIA PRIMERA

INST

36 2002-2511 JDO UNICO ADTVO SANGIL NUL Y REST DCHO

25,000,000

ND ND GLADYS PATRICIA

CASTRILLON

SENTENCIA PRIMERA

INST

37 2009-0603 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

155,000,000

ND ND RAUL ARCHILA PEREZ

REQUIERE APODERAD

OS

38 2008-0178 JDO PRO CTO CIMITARRA

CIMITARRA ORDINARIO LABORAL

256,000,000

ND ND JORGE EVELIO MAYA OROZCO

RECHAZO DDA POR

COMP

39 2008-0681 JDO UNICO ADTVO SANGIL NUL Y REST DCHO

98,000,000 ND ND GERMAN GRAJALES

RAMOS

CADUCIDAD ACCION

40 2004-1002 JDO ADTVO DESCONGESTION

SANGIL NUL Y REST DCHO

58,000,000

ND ND JESUS A. JARAMILLO

ZAPATA

SENTENCIA PRIMERA

INST

41 2009-0465 JDO UNICO ADTVO SANGIL ACCION POPULAR

5,700,000

ND ND JAVIER ELIAS ARIAS

ETAPA PROBATOR

IA

42 2006-0163 JDO ADTVO DESCONGESTION

SANGIL ACCION POPULAR

5,700,000

ND ND CANDIDA ROSA CASTRO AMAYA

SENTENCIA PRIMERA

INST

43 2008-0153 JDO ADTVO DESCONGESTION

SANGIL REPARACION DIRECTA

65,000,000

ND ND GLORIA INES CASTRO DUARTE

SENTENCIA PRIMERA

INST

44 2004-1012 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

45,000,000

ND ND OLIVA AGUILAR HERNANDEZ

TRASL ALEGATOS CONCLUSI

ON

45 2004-1005 JDO UNICO ADTVO SANGIL NUL Y REST DCHO

145,000,000

ND ND ORLINDA BARRERA Y

OTROS

ETAPA PROBATOR

IA

46 2003-0965 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA NUL Y REST DCHO

-

DENIEGA PRETENSIONES

DE LA DEMANDA EN APELACION

ND IGNACIO DE JESUS CORREA

ALEGATOS PARTES

47 2009-0326 TRIB ADTVO STDER BUCARAMANGA ACCION POPULAR

-

ND ND DINA JIMENA ALBERNIA DIAZ

ALEGATOS PARTES

48 2007-252 ND ND NUL Y REST DCHO

-

DENIEGA PRETENSIONES

DE LA DEMANDA EN APELACION

ND GESCOOP EN LIQUIDACION

SENTENCIA PRIMERA

INST

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TOTAL PRETENCIONES DE LAS DEMANDAS 4,925,200,000

El Municipio de Cimitarra, cuenta con 48 procesos judiciales, cuyas pretensiones ascienden a $4.925.200.000, el cual podría generar déficit financiero en el futuro en caso de que estas demandas salgan en contra; por tal situación este ente de control deberá velar para que los funcionarios establezcan los procedimientos jurídicos necesarios para salvaguardar los derechos constitucionales a fin de evitar sucesos que causen un detrimento del ente territorial; el cual puede llevar a una crítica situación financiera de déficit fiscal y ser llevada a Ley 550 de 1999. Los procesos judiciales se encuentran en el siguiente estado:

Juzgado Segundo Administrativo de descongestión de San Gil

De los 14 procesos se encuentran en el estado jurídico:

Dos (2) para estudio de proyecto de sentencia Uno (1) para sustentación recurso de apelación Dos (2) proyecto de sentencia para notificación personal alcalde Ocho (8) para proyecto de sentencia en primera instancia Uno (1) en estado para subsanar demanda. Juzgado Primero administrativo de descongestión de San Gil

En este juzgado se encuentra 27 procesos en contra de la administración

encontrándose en el siguiente estado:

Cuatro (4) procesos archivados, donde se denegaron pretensiones del demandante. Ocho (8) en sentencias ejecutoriadas para merito ejecutivo. Uno (3) para apelación de sentencia de primera instancia. Uno (1) merito ejecutivo donde se hace sesión de derecho litigioso Tres (3) procesos donde se admitió la demanda. Dos (2) estudio de proyecto de sentencia Dos (2) para liquidación de costas Dos (2) para aceptación de apelación del Tribunal. Dos (2) Para alegatos de conclusión para fallo en primera instancia Juzgado adjunto al primero administrativo en oralidad San Gil

Tres (3) se encuentran en sentencia en primera instancia Juzgado primero administrativo en Oralidad de San Gil Se encuentra 27 procesos en este despacho. Uno (1) se rechaza acción popular Quince (15) se encuentra en estado admisión medida de Control Uno (1) inadmite demanda y ordena subsanar Uno (1) Admite demanda Cuatro (4) que inadmiten medio de control y ordenan subsanar Uno (1) fija fecha para audiencia inicial articulo 180 Código de Procedimiento Civil Tres (3) rechazan medida de Control Uno (1) rechaza demanda por falta de competencia en medio de Control

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Sala de descongestión asuntos laborales

Se encuentra 16 procesos

Once (11) que confirman fallo en primera instancia Uno (1) Avocan conocimiento en segunda instancia Uno (1) Se decretan pruebas Dos (2) corren traslados para alegatos de conclusión. Sala de descongestión subcepcion sala residual Se encuentran tres procesos los cuales avocan conocimiento para admisión de demanda. Tribunal administrativo de Santander Se encuentra 14 procesos Seis (6) en estudio de proyecto de sentencia Una (1) se admite proyecto de apelación Uno (1) se remite por competencia la Concejo de Estado Uno (1) traslado para alegatos de conclusión Uno (1) rechazo de demanda Uno (1) revoca rechazo de demanda Uno (1) requerimiento apoderado de las partes Uno (1) para fijación lista para traslados Dos (2) de alegatos de conclusión PATRIMONIO: El patrimonio de la entidad cerro con saldo en libros por

$48.892.123.920, correspondiente a un capital fiscal por $29.375.850.944, más un

resultados del ejercicio por $19.851.717.114, más un patrimonio incorporado por

$14.580.000, y menos unas provisiones para depreciaciones por $150.004.139.

INGRESOS: Los ingresos fiscales a 31 de diciembre de 2013 ascendió a $20.029.636.368, el cual presento un incremento frente a la vigencia anterior de un 22.58%, representados en ingresos tributarios por $12.207.905.880, ingresos no tributarios por $7.935.152.574; dentro de la vigencia se realizaron devoluciones y descuentos tributarios por $113.422.086. INGRESOS POR CONCEPTO DE PREDIAL UNIFICADO Durante la vigencia 2013

2010 2011 2012 2013 RECAUDO VIENCIA ACTUAL

1.235.439.578 1.135.439.578 1.187.504.163 1.152.883.485

RECAUDO VIGENCIA ANTERIOR

510.840.106 294.460.183 312.515.398 247.898.787

TOTAL 1.746.279.684 1.429.899.761 1.500.019.561 1.400.782.272

Por concepto de ingresos por predial unificado en la vigencia 2013 ingresaron la suma de $1.400.0782.272, correspondiente a recados de vigencia actual la suma de 1.152.883.485 y de vigencias anteriores la suma de $247.898.787; observándose un recaudo bajo en la cartera de vigencias anteriores la cual el

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municipio de Cimitarra, deberá realizar las gestiones pertinente a fin de mejorar dicha recaudo. IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Por concepto de ingresos por industria y comercio, la entidad recado la suma de $2.287.196.259, correspondiente a industria y comercio de vigencia actual por $2.081.181.912 y vigencia anterior por $247.354.505. Durante la vigencia fiscal 2013 el municipio de Cimitarra – Santander no realizo de manera directa la actualización del censo de Contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio, el cual es fundamental a fin de incrementar los ingresos fiscales del municipio; debido al desarrollo económico que se ha presentado en esta territorialidad. OBSERVACION No. 20 ACTUALIZACION DE LA BASE DE DATOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO Frente a la actualización del censo, durante la vigencia 2013, la entidad auditada no realizo de manera directa la actualización del censo sobre los contribuyentes de Industria y Comercio; en razón a que la cámara de comercio de Barrancabermeja con el apoyo del Ministerio de Comercio se encuentra adelantando el ejercicio de formalización de los comerciantes del municipio. Para el desarrollo del nuevo censo el municipio tiene implementado unas mesas de trabajo a fin de desarrollar las actividades que se van a ejecutar en la presente vigencia. De acuerdo a los anteriores planteamientos expuesto por el municipio de Cimitarra frente a la actualización del censo de industria y comercio; este ente de Control establece que es de vital importancia para la entidad desarrollar en la menor brevedad este proceso, ya que a través de ello los ingresos tributarios se van a incrementar, por tanto este procesos se debe llegar a cabo en el menor tiempo posible; situación en la cual, este ente de control realizará el respectivo seguimiento a través del plan de mejoramiento que esta entidad deberá suscribir con este ente de Control.

TIPO DE HALLAZGO ADMINISTRATIVO

PRESUNTOS RESPONSABLE(S) SAMUEL SOTO CARREÑO (Alcalde)

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO

“El Municipio de Cimitarra debe realizar la actualización del censo de industria y comercio a fin de que se pueda mejorar sus ingresos tributarios.

Contradicción y Pronunciamiento del Municipio de Cimitarra frente a esta observación de Auditoria. La secretaria de Hacienda y del Tesoro en aras de las políticas organizacionales implementadas por la administración municipal se encuentra actualmente realizando la

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actualización del censo de industria y comercio; proceso dentro del cual se ha realizado las siguientes actividades:

1. Como primera medida se procede a celebrar mesa de trabajo con el fin de

establecer las acciones a realizar; acta No. 1 con fecha 04 de abril de 2014.

2. De acuerdo a las acciones establecidas en el acta No. 1 de fecha 04 de abril de

2014; se procede a analizar el contenido de las carpetas del registro de industria y

comercio con el fin de identificar faltantes documentales y proceder a requerirlos;

resultado de esta labor: 845 carpetas analizadas y base de datos de

contribuyentes registrados, logrando establecer cada faltante documental; a

quienes se les remitió comunicación para que se acerquen a este despacho y

realicen la formalización de su establecimiento de comercio; (se anexa modelo de

comunicación) la presente actividad queda registrada en acta No. 2 de fecha 06 de

mayo del 2014; la cual también es remitida.

3. Seguidamente y orden de las acciones establecidas en el acta No. 1 de fecha 04

de abril de 2014; se procede a remitir comunicación a la Cámara de Comercio para

realizar cruce de información y tener un índice tributario por actividades.

4. Y como última acción realizada hasta el momento se levanta acta No. 3 en donde

se evidencia la entrega de las comunicaciones mencionadas en el punto No. 2 y se

relacionan los establecimientos de comercio que no están operando en este

momento, a los cuales se les da de baja mediante acto administrativo.

(Se anexa copia acta No. 1, 2 y 3; modelo de comunicación y relación de establecimientos a dar de baja)”

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL: Frente a la actualización de industria y comercio del Municipio de Cimitarra, la entidad auditada manifiesta que a la fecha se encuentra realizando dicha actualización, en los cuales contempla cuatro procedimientos administrativos; situación por el cual esta contraloría y con el propósito de que la entidades territoriales, se fortalezcan institucionalmente, confirma la observación de tipo administrativo a fin de poder hacer el respectivo seguimiento a través del plan de mejoramiento. OBSERVACION No. 21 INGRESOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO SOBRE TELEFONIA CELULAR Y TELEVISION POR SUSCRIPCION Verificando los ingresos tributarios del Municipio de Cimitarra Santander, a la fecha, no se observa recaudo por concepto de ingresos de industria y comercio sobre la telefonía celular y la televisión por suscripción teniendo en cuenta que según lo establecido en la Ley 14 de 1983 y el Código del Régimen Municipal establecido en el decreto 1333 de 1986; señala que el “impuesto de industria y comercio

recae sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicios que se ejerzan o realicen en las respectivas jurisdicciones municipales, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas o por sociedades de hechoi, ya sea que se cumplan en forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos. Así lo dispone el artículo 195 del decreto ley 1333 de 1986”.

ARTICULO 195.- El impuesto de industria y comercio recaerá, en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicios que se ejerzan o realicen en las respectivas jurisdicciones municipales, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas o por sociedades de

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hecho, ya sea que se cumplan en forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos.

Por tanto, la realización de actividades industriales, comerciales o de servicios está gravada con el impuesto de industria y comercio, en los términos de la ley 14 de 1983, el decreto ley 1333 de 1986 y las demás normas generales que regulan dicho impuesto, así como las respectivas normas municipales.

Quienes realicen alguna actividad gravada serán sujetos pasivos del impuesto de acuerdo a la normativa general y local aplicable por tal situación el Municipio de Cimitarra deberá actualizar el Código de Rentas del Municipio y establecer cobro del impuesto a las empresas de telefonía móvil y a la televisión por suscripción el cual constituye hecho generador del Impuesto de Industria y Comercio.

TIPO DE HALLAZGO ADMINISTRATIVO

PRESUNTOS RESPONSABLE(S) SAMUEL SOTO CARREÑO (Alcalde)

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO:

“Verificando los ingresos tributarios del Municipio de Cimitarra, a la fecha, no se observa recaudo por concepto de ingresos de industria y comercio sobre la telefonía celular y la televisión por suscripción teniendo en cuenta que según lo establecido en la Ley 14 de 1983 y el Código del Régimen Municipal establecido en el decreto 1333 de 1986; situación en la cual el Municipio de Cimitarra deberá actualizar el Código de rentas. Contradicción y Pronunciamiento del Municipio de Cimitarra frente a esta observación de Auditoria. Frente a la observación administrativa plasmada en este punto, no hay un pronunciamiento por parte de la entidad auditada; observación que se presume aceptada por el Municipio; lo cual es convalidado por el grupo auditor a fin de ser incluido como acción de mejora a través del plan de mejoramiento”.

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL Los otros ingresos fiscales se ven representados en avisos y tableros por $205.228.300, sobretasa a la gasolina motor por $1.081.001.000, impuesto sobre el servicio de alumbrado público por $695.658.318, impuesto por transporte de hidrocarburos por $2.309.678.737, y sobre tasa bomberil por $195.284.800. Los ingresos no tributarios cerraron con saldo en libros por $7.935.152.574, correspondiente a tasas por $27.757.800, multas por $630.350.916, intereses por $213.597.036, estampillas por $897.827.869, contribuciones por $293.554.757, otros ingresos no tributarios por $5.782.764.877 y devoluciones y descuentos por $113.422.086. Las transferencia en el 2013 ascendieron a $22.344.649.774, correspondiente a ingresos del Sistema General de Participación por $12.407.833.031, con participación para salud por $5.406.304.132, participación para educación por $1.508.694.437, participación para propósito general con $2.304.045.785, para inversión forzosa $1.313.792.234, para participación para pensiones FONPET $84.635.702, para programas de alimentación escolar por $172.598.425, para municipios limítrofes del ro gran magdalena por $646.524.038, para agua potable

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y saneamiento básico $1.624.293.479 y para atención integral a la primera infancia $660.737.033. Del Sistema General de Regalías el municipio recibió ingresos por $2.967.237.902, para el sistema general de seguridad social en salud $4.185.463.855 y para otras transferencias $2.784.114.985. Los ingresos por operaciones interinstitucionales de fondos entidades departamentales ascendieron en $71.442.908. Mas otros ingresos por $9.367.983.421, correspondiente a ingresos financieros por $179.317.270, otros ingresos ordinarios por $65.643.187 por arrendamientos de bienes inmuebles y otros gastos extraordinarios sobre recuperaciones del cálculo actuarial de pensiones por $9.978.624.711; mas ajusten de ejercicios anteriores por $55.601.748. GASTOS Los gastos del municipio de Cimitarra en la vigencia 2013, ascendieron a 51.813.712.472; para pago de gastos de administración por $2.441.792.093 los cuales presentaron una disminución de un 19.20% frente a la anterior vigencia, correspondiente a pago de sueldos y salarios por $1.230.604.180, pago de contribuciones imputadas por $256.927.159, contribuciones efectivas por $207.833.493 Los gastos de operación ascendieron a $10.502.931.334, presentando un incremento frente a la anterior vigencia de un 38.41%. Se presentan gastos por concepto de provisiones, agotamiento y depreciaciones por $19.193.534, correspondiente a la depreciación de la maquinaria y equipo de la entidad. Dentro de los gastos se observa gastos por otras transferencias para gastos de funcionamiento por $15.000.000. Frente a la ejecución del gasto social de la entidad podemos observar que para la vigencia fiscal 2013 la entidad invirtió la suma de $15.708.753.333 con un incremento frente a la anterior vigencia del 16.52% como se relaciona en el siguiente cuadro: RUBRO SECTOR 2013 2012

5501 EDUCACION 1.041.366.330 1.079.442.068

5502 SALUD 12.174.338.212 9.989.177.593

5503 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO 15.5550.514 164.798.474

5504 VIVIENDA 0 0

5505 RECREACION Y DEPORTE 360.678.503 212.089.500

5506 CULTURA 603.900.000 416.519.705

5507 DESARROLLOCOMUNITARIO Y BIENESTAR

732.976.440 410.021.242

5508 MEDIO AMBIENTE 313.123.383 473.463.561

5550 SUBSIDIOS ASIGNADOS 326.819.949 367.762.547

TOTAL INVERSION EN GASTO SOCIAL 15.708.753.333 13.113.274.690

Durante la vigencia 2013, se general otros por $3.472.162.371; correspondiente a pago de intereses por $330.258.069, de comisiones por $2.525.862, por otros gastos ordinarios por $435.067.061 y gastos extraordinarios por $2.704.309.412.

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PAGO DE DEMANDAS EN LA VIGENCIA 2013

Fecha Beneficiario Comprobante Concepto Valor

28-Aug-13 MERCHAN

BASTO ORLANDO

2768

SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DEL SEÑOR JESUS FLAMINIO RESTREPO GUTIERREZ CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2010-0008

16,958,164

5-Sep-13 MERCHAN

BASTO ORLANDO

000000002905

SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DE LA SEÑORA MAXIMINA MORALES HERNANDEZ CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.6800133310032

4,881,221

5-Sep-13 MERCHAN

BASTO ORLANDO

000000002906

SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DE LA SEÑORA DORALBA DE JESUS ZULETA RIVERA CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2010-0006

10,939,415

26-Sep-13 MERCHAN

BASTO ORLANDO

000000003168 SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DEL SEÑOR GERARDO ALFREDO MENA SANTAMARIA CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2009-00092-

29,593,586

10-Oct-13 MERCHAN

BASTO ORLANDO

000000003378 SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DEL SEÑOR IBETH MARBELIS JARAMILLO MURIEL CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2009-00094-

18,173,428

10-Oct-13 MERCHAN

BASTO ORLANDO

000000003379

SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DEL SEÑOR LUIS ADONAIS ORDOÑEZ CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2010-0005-01, SEGUN RE

10,985,239

17-Oct-13 VERA

VILLAMIZAR JORGE ALBERTO

000000003493

SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DE LA SEÑORA DAMARIS LILIA MARTINEZ CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2010-0099-00, SEG

35,170,760

17-Oct-13 VERA

VILLAMIZAR JORGE ALBERTO

000000003494

SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DE LA SEÑORA GLADYS CUBIDES GAMBOA CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2010-0081-00, SEGU

47,573,973

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17-Oct-13 VERA

VILLAMIZAR JORGE ALBERTO

000000003495

SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DE LA SEÑORA ELVIA NORA TAMAYO CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2010-0080-00, SEGUN RE

33,942,240

21-Nov-13 VERA

VILLAMIZAR JORGE ALBERTO

000000003837 SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DE LA SEÑORA YORLENY CASTRO CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2010-00248-00, SEGUN RESO

16,698,208

6-Dec-13 MERCHAN

BASTO ORLANDO

000000004122

SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DEL SEÑOR WILFREDO VELAIDES ARIZA CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2009-00506-01, SEGU

8,290,728

6-Dec-13 MERCHAN

BASTO ORLANDO

000000004123

SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DEL SEÑOR WILFREDO VELAIDES ARIZA CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2009-00506-01, SEGU

21,189,216

6-Dec-13 MERCHAN

BASTO ORLANDO

000000004124 SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DE LA SEÑORA LUZ MARINA TRASLAVIÑA CARREÑO CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2009-00504

24,935,230

6-Dec-13 VERA

VILLAMIZAR JORGE ALBERTO

4125

SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DEL SEÑOR HERMES RINCON AGUILAR CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2010-0156-00, SEGUN R

31,658,798

6-Dec-13 VERA

VILLAMIZAR JORGE ALBERTO

000000004126

SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DE LA SEÑORA ARELIS TORRES BARBOSA CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2010-0158-00, SEGU

22,921,880

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6-Dec-13 MERCHAN

BASTO ORLANDO

000000004127 SENTENCIA JUDICIAL A FAVOR DEL SEÑOR ANDRES CRISTOBAL TAPIAS GARCIA CORRESPONDIENTES A LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES, DIFERENCIAS DE LAS SUMAS RECONOCIDAS Y PAGAS POR CONCEPTO DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS SEGUN EXPEDIENTE No.2010-00046-0

9,299,167

20-Jun-13 TRIBUNAL

ADMINISTRATIVO DE SANTANDER

000000001974

SE ASUME CON RECURSOS PROPIOS EMBARGO JUDICIAL REALIZADO A LA CUENTA DEL FONDO LOCAL DE SALUD EL 7 DE MARZO DE 2007, NUMERO DE RADICADO 2000-0404-00 ACCIONANTE LUIS FERNANDO RODRIGUEZ ALVAREZ

39,946,982

DURANTE LA VIGENCIA FISCAL 2013 EL MUNICIPIO DE CIMITARRA CANCELO POR SENTENCIAS Y CONCILIACIONES LA SUMA

383,158,235

Durante la vigencia fiscal 2013, el Municipio de Cimitarra realizo por pago de demandas y sentencias por valor de $383.158.235, correspondiente al pago de docentes del nivel municipal que fueron suprimidos por la entidad. ACCIONES DE REPETICION Frente a las sentencias sufragadas por el municipio de Cimitarra durante la vigencia 2013, se debe indicar que estas obedecen en su totalidad a los litigios incoados por el cuerpo docente de finales de la década de los 90s y principios del 2000.

Sobre el particular cabe señalar que para la fecha de los hechos, el Municipio de Cimitarra, no se encontraba certificado para efectos de descentralización en educación, razón por la cual, la única vía jurídica que tenía la entidad territorial para vincular su cuerpo docente era a través del contrato de prestación de servicios, lo cual se dio y materializo de conformidad con los lineamientos establecidos por el Ministerio de educación Nacional de la época. De tal forma que, el vehículo jurídico utilizado por la municipalidad de Cimitarra, tenía como objetivo primordial el hecho poder tener cobertura universal respecto de la educación primaria, dentro del territorio de jurisdicción, y cumplimiento del reglamento ministerial.

Por otro lado también hay que indicar que no existe elementos de juicio tendientes a demostrar dentro del proceso una conducta dolosa o gravemente culposa de un funcionario o ex funcionario o de un particular en ejercicio de funciones públicas, con ocasión a los hechos afirmados en la demandas, de los cuales considera la entidad pública que se encuentra amparada en las presunciones legales establecidas en los artículos 5 y 6 de la Ley 678 de 2001, las cuales invoca como aplicables al caso concreto. Hay que recordar que el inciso 2o. del artículo 90 de la Constitución Política de 1991 y la Ley 678 de 2001, siguiendo la legislación precedente, señalan claramente que la responsabilidad personal y patrimonial del agente público sólo se compromete en los casos en que su conducta, que dio lugar al daño antijurídico a un tercero por el cual tuvo que pagar una indemnización el Estado, sea cometida a título de dolo o culpa grave, lo que excluye otras modalidades de culpa, como la leve y levísima, que no generan responsabilidad patrimonial del agente estatal, como ocurre en el régimen civil de responsabilidad. Así mismo se indica que, ante la inexistencia de una definición legal de los conceptos de dolo o culpa grave, inicialmente el Consejo de Estado en su jurisprudencia recurrió a las definiciones que sobre los mismos trae el artículo 63 del Código Civil, comparando la conducta del agente demandado con la del

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modelo del buen servidor público con el fin de determinar su responsabilidad; y luego, con un sentido más amplio, acudió a los artículos 6 y 91 de la Constitución Política, que señalan que los servidores públicos son responsables no sólo por infringir la Constitución y las leyes, sino también por extralimitación u omisión en el ejercicio de sus funciones, sin que les sea dable oponer el cumplimiento de un mandato superior para eximirse de responsabilidad, cuando, en infracción manifiesta de un precepto constitucional, causen daño o detrimento a una persona.

En tal sentido, el pago de las sentencias en principio obedece a una obligación y mandato legal de un juez de la republica, orden que es insoslayable, sin embargo, el origen del pago no encuentra bajo ninguna óptica de orden jurídico, una conducta reprochable a funcionario público alguno, toda vez que, la contratación del cuerpo docente de finales de los 90 y principios del 2000, tenía como referencia el cumplimiento de los fines del estado máxime, cuando el municipio de Cimitarra no detenta certificación en educación y así mismo el ministerio de la época autorizo dicha forma de contratación, lo cual no permite la materialización del dolo o culpa grave, en ocasión de los pagos por sentencia efectuados durante la vigencia 2013 por el Municipio de Cimitarra.

1.3.1.1.1 Control Interno Contable

De acuerdo a los procedimientos establecidos por la Contaduría General de la Nación, se procedió a evaluar la efectividad de las acciones mínimas de control que deben realizar los responsables de las áreas de contabilidad de las entidades con el objetivo de generar información con las características de confiabilidad, relevancia y comprensibilidad de que trata el marco conceptual del Plan General de Contabilidad Pública, que forma parte del Régimen de Contabilidad Pública adoptado por la Resolución 354 del 5 de septiembre de 2007, con el propósito de identificar las diferentes etapas del proceso contables presento una calificación de 4.16 el cual es satisfactorio en la evaluación de los procesos contables.

1.3.2 Gestión Presupuestal

Que mediante Acuerdo 052 de 2012, el Honorable Concejo Municipal, aprobó para el Municipio de Cimitarra el Presupuesto General para la vigencia fiscal 2013, en la suma de $22.256.367.736 de la vigencia de 2013 y con Decreto 100 de diciembre 28 de 2012, se liquidó y su Art. 21, le dan facultades para realizar operaciones presupuéstales, traslados referidos a acreditar, contracreditar, adicionar, reducir, aplazar partidas para correcta ejecución del presupuesto e incorporar recursos de cofinanciación. HALLAZGO. No. 22 Revisadas en el proceso auditor, las adiciones al presupuesto de rentas y gastos de la vigencia 2013, realizadas vía Decreto Municipal, se determina que estas encuentran sustento legal en la normatividad vigente y aplicable en la materia, salvo la adición por superávit. Hay que tener en cuenta que las adiciones por superávit de los rubros de recursos propios, son facultad del Concejo Municipal; no podrían efectuarse por Decreto del Alcalde Municipal De acuerdo al Art. 29 numeral g. de la Ley 1551 de 2012 funciones del Alcalde:

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G). Incorporar dentro del presupuesto municipal, mediante decreto, los recursos que haya recibido el tesoro municipal como cofinanciación de proyectos provenientes de las entidades nacionales o departamentales, o de cooperación internacional y adelantar su respectiva ejecución. Determinándose una hallazgo de tipo administrativa.

TIPO DE HALLAZGO: ADMINISTRATIVO

RESPONSABLE(S): SAMUEL SOTO CARREÑO

Alcalde Municipal JAIRO TRASLAVIÑA - Secretario de Hacienda

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO: “En primera instancia es importante anotar que al tenor de lo previsto en los artículos 352 y 353 de la Constitución Política, en materia presupuestal, las entidades territoriales se encuentran sujetas para el manejo de su presupuesto, a los principios contenidos en la carta política, a las normas presupuestales que con carácter territorial han debido expedirse en armonía con lo dispuesto por el Estatuto Orgánico del Presupuesto – Decreto 111 de 1996 o por éste, en ausencia de las mismas. Sin embargo, el Municipio de Cimitarra adoptó su propio Estatuto Presupuestal, compilado en el Decreto 050 de 2010, conforme a las disposiciones de la ley orgánica. Las adiciones constituyen un tipo de modificación al presupuesto de rentas y recursos de capital, hacen parte del proceso de ejecución y operan básicamente cuando se requiere incorporar recursos inicialmente no contemplados en el presupuesto aprobado y que servirán de base para abrir créditos (gastos) adicionales o para aumentar los existentes. Las modificaciones, así como todas las demás disposiciones en materia presupuestal, se rigen por el Decreto 111 de 1996, la ley 617 de 2000 y la ley 819 de 2003 entre otras. Lo relativo a las adiciones se encuentra contemplado en los artículos 81 y 82 del Decreto 111 de 1996. Adicionalmente, tanto las leyes especiales sobre organización de los municipios (Decreto ley 1333/1986, ley 136/1994 y ley 1551/2012) como la Constitución Política fijan en cabeza de la corporación administrativa las competencias en materia presupuestal. Ahora bien, en relación con la posibilidad de otorgar facultades por parte del Concejo al Alcalde, se hace necesario tener en cuenta lo previsto en el numeral 3º del artículo 313 de la Constitución Política, que establece que los concejos municipales pueden:

“….. 3. Autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempore precisas funciones de las que corresponden al concejo.”

En igual sentido, de conformidad con lo establecido en el numeral 7º del artículo 92 del Decreto 1333 de 1986, le corresponde a los concejos autorizar al alcalde para celebrar contratos, negociar empréstitos, enajenar bienes municipales y ejercer, pro tempore, funciones precisas de las que corresponden a los concejos. En consecuencia, previa presentación del proyecto por parte del alcalde municipal, el concejo si puede autorizar al alcalde para efectuar modificaciones al presupuesto, cuando sea necesario aumentar la cuantía de las apropiaciones autorizadas inicialmente o no comprendidas en el presupuesto por concepto de gastos de funcionamiento, servicio de la deuda pública e inversión. De acuerdo con las consideraciones anteriores, el ejecutivo municipal de Cimitarra, se encuentra autorizado por la corporación administrativa, a través del Acuerdo No. 052 de

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2012, artículo 21, literal b, para efectuar modificaciones al presupuesto directamente mediante decreto. Igualmente cabe señalar que la normatividad citada por el auditor (Ley 1551 de 2012, artículo 29, literal g), no hace referencia explícita a adiciones por superávit de recursos propios. Únicamente señala la facultad del ejecutivo para incorporar vía decreto los recursos de gestión o cofinanciación y/o de cooperación internacional. (Se adjunta concepto de la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público).

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL Una vez analizadas las contradicciones presentadas por la Alcaldía, frente al hallazgo de tipo administrativo, este Ente de Control hace siguientes consideraciones

Por mandato Constitucional los traslados presupuestales deben ser ordenados por el legislador, en este caso por el Concejo Municipal, sin que sea posible como lo ha puntualizado la Corte Constitucional que éste reasigne dicha facultad en el Ejecutivo, prohibición sobre la cual se ha pronunciado dicha Corporación desde 1996 y que se reiteró en Sentencia C-1249/01 La regulación transcrita se refiere de manera expresa a los casos en que la modificación implica la adición del presupuesto, lo que supone apertura de créditos adicionales, a través de los cuales, ha dicho esta Corporación “...se busca aumentar la cuantía de una determinada apropiación o crear una partida de gasto que no estaba prevista en el proyecto original (créditos extraordinarios), función que se repite es propia y exclusiva del legislador ordinario, o del extraordinario en los casos en que se declaren estados de excepción (arts. 213 y 215 C.P.) Por lo anterior y observando que el Concejo le dio facultades, entre otras cosas son pre tempore y no por todo el año, se deja en firme el hallazgo administrativo, para que el Concejo Municipal asuma los fallos del Corte Constitucional en cuanto al tema en cuestión. Ingresos El presupuesto inicial se fijó en la suma de $22.256.367.736, se adicionó en $27.525.775.412.74 y redujo la suma de $ 1.906.284.310.4, para un presupuesto definitivo de $ 47.875.858.838.34, así:

RECAUDOS

PRESUPUESTO DE INGRESOS 22,256,367,736.00 27,525,775,412.74 1,906,284,310.40 47,875,858,838.34 46,443,700,566.08 1,001,025,771.22 47,444,726,337.30 431,132,501.04 99.10

INGRESOS CORRIENTES 21,306,367,736.00 11,875,276,517.12 124,383,633.00 33,057,260,620.12 31,495,526,646.71 1,001,025,771.22 32,496,552,417.93 560,708,202.19 98.30

INGRESOS TRIBUTARIOS 6,834,204,000.00 0.00 0.00 6,834,204,000.00 8,285,050,168.46 0.00 8,285,050,168.46 -1,450,846,168.46 121.23

INGRESOS NO TRIBUTARIOS 439,005,000.00 0.00 0.00 439,005,000.00 813,058,065.98 0.00 813,058,065.98 -374,053,065.98 185.20

TRANSFERENCIAS Y APORTES 14,033,158,736.00 11,875,276,517.12 124,383,633.00 25,784,051,620.12 22,397,418,412.27 1,001,025,771.22 23,398,444,183.49 2,385,607,436.63 90.75

RECURSOS DE CAPITAL 0.00 15,650,498,895.62 1,781,900,677.40 13,868,598,218.22 13,882,791,292.64 0.00 13,882,791,292.64 -14,193,074.42 100.10

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 0.00 0.00 0.00 0.00 176,829,620.67 0.00 176,829,620.67 -176,829,620.67 #¡DIV/0!

CANCELACION DE RESERVAS 0.00 2,314,789,731.90 0.00 2,314,789,731.90 2,223,987,983.90 0.00 2,223,987,983.90 90,801,748.00 96.08

REINTEGROS 0.00 0.00 0.00 0.00 33,159,320.00 0.00 33,159,320.00 -33,159,320.00 #¡DIV/0!

SUPERAVIT FISCAL 0.00 9,620,786,075.22 0.00 9,620,786,075.22 9,515,803,600.22 0.00 9,515,803,600.22 104,982,475.00 98.91

RECURSOS PARA CUBRIR RESERVAS 0.00 3,714,923,088.50 1,781,900,677.40 1,933,022,411.10 1,933,010,767.85 0.00 1,933,010,767.85 11,643.25 100.00

INGRESOS POR FONDOS ESPECIALES 950,000,000.00 0.00 0.00 950,000,000.00 1,065,382,626.73 0.00 1,065,382,626.73 -115,382,626.73 112.15

MUNICIPIO DE CIMITARRA

EJECUCION DE INGRESOS 2013

% Rec

E J E C U C I O N TOTAL

PRESUPUESTO

EJECUTADO

INGRESOS POR

RECAUDARADICIONES REDUCCIONES RECAUDO EFECTIVO RECONOCIMIENTOS

M O D I F I C A C I O N E S

CONCEPTOPRESUPUESTO

INICIAL

PRESUPUESTO

DEFINITIVO

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Página 131 de 159

En la vigencia de 2013, recaudó el 99.10% ($47.444.726.337.30), del presupuesto definitivo ($47.875.858.838.34), con una participación del 17.46% de ingresos tributarios ($8.285.050.168.46), del 1.71% de ingresos no tributarios ($813.058.065.98), del 49.32% de transferencias y aportes ($23.398.444.183.49), del 29.26% de recursos de capital ($13.882.791.292.64) y del fondos especiales ($1.065.382.626.73).

COMPARATIVO RENTAS Los ingresos en la vigencia de 2013 se incrementaron en un 27.43% ($10.212.341.809.34)

INGRESOS TRIBUTARIOS Por ingresos tributarios recaudó el 121.23% ($8.285.050.168.46) de lo presupuestado y corresponde al 17.46% del total recaudado.

COMPORTAMIENTO INGRESOS PROPIOS

INGRESOS TRIBUTARIO

S 18%

INGRESOS NO

TRIBUTARIOS …

TRANSFERENCIAS Y

APORTES 49%

RECURSOS DE CAPITAL

29%

INGRESOS POR

FONDOS ESPECIALE…

INGRESOS - 2013

CONCEPTO 2,013 2,012 2,011 % 12- 13

PRESUPUESTO DE INGRESOS 47,444,726,337.30 37,232,384,527.96 39,810,455,039.23 27.43

INGRESOS CORRIENTES 32,496,552,417.93 27,686,395,681.70 23,059,009,240.97 17.37

INGRESOS TRIBUTARIOS 8,285,050,168.46 8,077,732,025.73 6,611,353,821.89 2.57

INGRESOS NO TRIBUTARIOS 813,058,065.98 606,845,504.27 486,501,017.55 33.98

TRANSFERENCIAS Y APORTES 23,398,444,183.49 19,001,818,151.70 15,961,154,401.53 23.14

RECURSOS DE CAPITAL 13,882,791,292.64 8,475,259,234.51 15,376,266,218.62 63.80

INGRESOS POR FONDOS ESPECIALES 1,065,382,626.73 1,070,729,611.75 1,375,179,579.64 -0.50

MUNICIPIO DE CIMITARRA

COMPARATIVO RENTAS 2013

CONCEPTO 2,013 2,012 2,011 % 2012 -2013

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO 1,496,605,691.00 1,618,038,234.00 1,549,150,084.20 -7.50

Predial Vigencia Actual 1,152,883,485.00 1,187,504,163.00 1,135,826,195.00 -2.92

Predial Vigencias Anteriores 247,898,787.00 312,515,398.00 294,460,183.00 -20.68

Descuentos pronto pago - Predial -113,422,086.00 -105,630,365.00 -97,431,132.80 7.38

Intereses por Mora - Predial 209,245,505.00 223,649,038.00 216,294,839.00 -6.44

IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO2,291,631,259.46 1,642,267,003.73 1,313,239,348.69 39.54

Industria y Comercio Vigencia Actual 2,273,751,259.46 1,626,218,199.73 1,295,334,348.69 39.82

Industria y Comercio Vigencias Anteriores13,445,000.00 10,018,304.00 4,792,500.00 34.20

Intereses por Mora - Industria y Comercio 4,435,000.00 6,030,500.00 13,112,500.00 -26.46

COMPARATIVO RENTAS 2013

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El recaudo de Impuesto predial unificado disminuyó el 7.50% y el impuesto de industria y comercio aumentó el 39.54%. INGRESOS NO TRIBUTARIOS Por ingresos no tributarios recaudó el 185.20% ($813.058.065.98) de lo presupuestado y corresponde al 1.71% del total recaudado. La renta más representativa fue Multas provenientes de Tránsito y Transporte, con un recaudo de $ 627.283.416.8 TRANSFERENCIAS Y APORTES. Por transferencias y aportes recaudó el 90.75% ($23.398.444.183.49) de lo presupuestado y corresponde al 49.32% del total recaudado.

RECURSOS DE CAPITAL

Por recursos de capital recaudó el 100.10% ($13.882.791.292.64) de lo presupuestado y corresponde al 20.20% del total recaudado.

Con Decreto No. 008 de Enero 11, se adiciona saldos en bancos al cierre de la vigencia 2012 de $5.885.655. 615.06

0204 TRANSFERENCIAS Y APORTES 25,784,051,620.12 23,398,444,183.49 2,385,607,436.63 90.75 49.32

020401 S.G.P. para Salud 5,014,556,123.00 5,014,556,123.00 0.00 100.00 10.57

020402 S.G.P. para Educacion 1,508,694,437.00 1,508,694,437.00 0.00 100.00 3.18

020433 S.G.P. - Agua Potable Y Saneamiento Basico1,507,157,075.00 1,507,157,075.00 0.00 100.00 3.18

0204x S.G.P. - Proposito General 2,131,005,373.00 2,131,005,373.00 0.00 100.00 4.49

020403

S.G.P. para Proposito General - l ibre

asignacion 918,942,333.00 918,942,333.00 0.00 100.00 1.94

020404

S.G.P. para Proposito General -

forzosa inversion 1,212,063,040.00 1,212,063,040.00 0.00 100.00 2.55

MUNICIPIO DE CIMITARRA

% Rec

TRANSFERENCIAS Y APORTES 2013

CODIGO

PRESUPUE

S TAL

CONCEPTOPRESUPUESTO

DEFINITIVO

TOTAL

PRESUPUESTO

EJECUTADO

% ParINGRESOS POR

RECAUDAR

02040402 SGP Deporte y Recreacion 117,340,186.00 117,340,186.00 0.00 100.00 0.25

02040403 SGP Arte y Cultura 88,005,139.00 88,005,139.00 0.00 100.00 0.19

02040404 SGP Otros Sectores 1,006,717,715.00 1,006,717,715.00 0.00 100.00 2.12

020416 TRANSFERENCIAS - FOSYGA 5,701,213,477.51 4,185,463,855.57 1,515,749,621.94 73.41 8.82

020417 Transferencias departamentales - Vehiculo automotor21,000,000.00 26,030,288.84 -5,030,288.84 123.95 0.05

020423 APORTES RECIBIDOS DEL GOBIERNO NACIONAL2,854,163,764.00 1,943,084,435.00 911,079,329.00 68.08 4.10

020424 APORTES RECIBIDOS DEL GOBIERNO DPTAL. 3,864,183,368.61 3,839,680,442.72 24,502,925.89 99.37 8.09

020490 OTRAS TRANSFERENCIAS NACIONALES 1,554,696,800.00 1,554,696,800.00 0.00 100.00 3.28

020491 OTRAS TRANSFERENCIAS DEPARTAMENTALES 71,442,908.00 71,442,908.00 0.00 100.00 0.15

0207 RECURSOS DE CAPITAL 13,868,598,218.22 13,882,791,292.64 -14,193,074.42 100.10 29.26

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 0.00 176,829,620.67 -176,829,620.67 #¡DIV/0! 0.37

020719 RENDIMIENTOS FINANCIEROS - LIBRE ASIGNACION 0.00 33,614,379.93 -33,614,379.93 #¡DIV/0! 0.07

020720 RENDIMIENTOS FINANCIEROS - FORZOSA INVERSION 0.00 143,215,240.74 -143,215,240.74 #¡DIV/0! 0.30

020738 CANCELACION DE RESERVAS 2,314,789,731.90 2,223,987,983.90 90,801,748.00 96.08 4.69

020739 REINTEGROS 0.00 33,159,320.00 -33,159,320.00 #¡DIV/0! 0.07

020740 SUPERAVIT FISCAL 9,620,786,075.22 9,515,803,600.22 104,982,475.00 98.91 20.06

020743 RECURSOS PARA CUBRIR RESERVAS 1,933,022,411.10 1,933,010,767.85 11,643.25 100.00 4.07

% Rec % Par

MUNICIPIO DE CIMITARRA

RECUROS DE CAPITAL

CODIGO

PRESUPUES

TAL

CONCEPTOPRESUPUESTO

DEFINITIVO

TOTAL

PRESUPUESTO

EJECUTADO

INGRESOS POR

RECAUDAR

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Con Decreto No. 010 de Enero 14, se adiciona saldos en bancos del sector salud en la suma de $2.075.861.393 Con Decreto 016 de 2013, se reduce el presupuesto en la suma de $1.781.900.677.40, por reservas no ejecutadas durante el año de su vigencia, la cual fueron llevadas a pasivos exigibles RENDIMIENTOS. HAALZGO No. 23 Causan recaudos en el presupuesto por rendimientos financieros, sin que estos se hayan presupuestado y/o adicionado, tipificándose una hallazgo administrativo. TIPO DE HALLAZGO: ADMINISTRATIVO RESPONSABLE(S): SAMUEL SOTO CARREÑO

Alcalde Municipal JAIRO TRASLAVIÑA - Secretario de Hacienda

CONTRADICCION PRESENTADA DEL ENTE AUDITADO: “Los rendimientos financieros constituyen el producto obtenido por la inversión y/o colocación de recursos municipales en el sector financiero, y se encuentran clasificados en el presupuesto de rentas como Recursos de Capital, los cuales en función a sus características propias conforme lo ha argumentado la Corte Constitucional, son aquellos que tienen carácter ocasional y su cuantía es indeterminable. En razón a lo anterior, estos recursos no se proyectan en el presupuesto inicial de la entidad, pues su valor es indeterminable, ya que depende del flujo de recursos captados por el municipio a través de entidades financieras, e igualmente, por políticas de austeridad y responsabilidad financiera, pues se podría sobrestimar el presupuesto. Sin embargo los ingresos efectivamente recaudados por dicho concepto al cierre de cada vigencia fiscal, son incorporados en el presupuesto de la entidad en la vigencia siguiente como un recurso de capital por Superávit, para su correcta ejecución en el gasto, según el sector al que corresponda su destinación y de acuerdo a su naturaleza jurídica.”

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL Una vez analizadas la réplica presentada por la Entidad, frente al hallazgo de tipo administrativo, este Ente de Control establece, que si bien es cierto que son recursos de carácter ocasional, no se pueden estimar, pero sí adicionarlos, para que la entidad pueda comprometerlos, éstos deben ser incorporados al presupuesto en la vigencia, pues estamos hablando de $176.829.621, no obstante sí se está inflando el recaudo, frente a lo comprometido. Por lo tanto se mantiene el hallazgo Administrativo. FONDOS ESPECIALES. Por Ingresos por fondos especiales recaudó el 112.15% ($1.065.382.626.73) de lo presupuestado y corresponde al 2.25% del total recaudado.

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SISTEMA GENERAL DE REGALIAS. Con Decreto No. 033 de Abril 1ro de 2013, se crea un capítulo independiente dentro el presupuesto general, correspondiente del sistema general de regalías, y se adiciona la suma de $ 1,315.715. 642, provenientes a los recursos del proyecto de inversión aprobados por la OCAD por valor de $1.276.715. 642 y para funcionamiento del sistema la suma de $49.000.000 Con Decreto 045 de abril 30 de 2013. Se adiciona la suma de $49.000.000, para fortalecimiento de la secretaría de planeación Con Dto. 075 de septiembre 30 de 2013 la suma de $498,178, 634, por cancelación de reservas de cuentas por pagar fenecidas.

Por regalías recaudó el 218.73%($3.092.225. 552.45) de lo presupuestado

HALLAZGO No. 24 La Alcaldía dejó de incorporar la suma de $1.678. 509.910. 345 por concepto de regalías. La Ley 1530 de mayo 17 de 2012, “Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías”, artículo 96, el cual dice: “Incorporación de recursos. Los recursos asignados del Sistema General de Regalías para los departamentos, municipios o distritos receptores directos de regalías y compensaciones deberán ser incluidos en el presupuesto de la respectiva entidad territorial, mediante decreto expedido por el Gobernador o Alcalde, una vez aprobado el proyecto respectivo y previa su ejecución”.

De lo anterior descrito la entidad debe presentar los respectivos proyectos y gestionar la respectiva aprobación, para poder incorporar y ejecutar éstos recursos. Por lo tanto se determina una hallazgo de tipo administrativa. TIPO DE HALLAZGO: ADMINISTRATIVO

0209 INGRESOS POR FONDOS ESPECIALES 950,000,000.00 1,065,382,626.73 -115,382,626.73 112.15 2.25

020923 Fondo seguridad y convivencia ciudadana 200,000,000.00 283,121,957.55 -83,121,957.55 141.56 0.60

020991 OTROS FONDOS ESPECIALES TERRITORIALES 750,000,000.00 782,260,669.18 -32,260,669.18 104.30 1.65

02099102 Fondo Estampilla Pro-Deporte 120,000,000.00 73,630,739.49 46,369,260.51 61.36 0.16

02099103 Fondo Estampilla Pro-Anciano 300,000,000.00 371,342,486.38 -71,342,486.38 123.78 0.78

02099104 Fondo Estampilla Pro-Cultura 180,000,000.00 182,038,509.69 -2,038,509.69 101.13 0.38

02099105 Fondo de Pensiones Territorial - 20% Estampillas150,000,000.00 155,248,933.62 -5,248,933.62 103.50 0.33

% Par

MUNICIPIO DE CIMITARRA

FONDOS ESPECIALES

CODIGO

PRESUPUE

S TAL

CONCEPTOPRESUPUESTO

DEFINITIVO

TOTAL

PRESUPUESTO

EJECUTADO

INGRESOS POR

RECAUDAR% Rec

PRESUPUESTO DE INGRESOS 0.00 1,413,715,642.00 1,413,715,642.00 3,092,225,552.45 0.00 3,092,225,552.45 0.00 -1,678,509,910.45 218.73TRANSFERENCIAS Y

APORTES - SGR 0.00 1,364,715,642.00 1,364,715,642.00 3,040,737,902.22 0.00 3,040,737,902.22 0.00 -1,676,022,260.22 222.81RECURSOS DE CAPITAL -

SGR 0.00 49,000,000.00 49,000,000.00 51,487,650.23 0.00 51,487,650.23 0.00 -2,487,650.23 105.08RECURSOS DEL

BALANCE 0.00 49,000,000.00 49,000,000.00 49,000,000.00 0.00 49,000,000.00 0.00 0.00 100.00

% Rec

MUNICIPIO DE CIMITARRA

REGALIAS

INGRESOS POR

RECAUDARRECAUDO

EFECTIVO

RECONOCIMIEN

TOS

ADICIONES

E J E C U C I O N

CONCEPTOPRESUPUESTO

INICIAL

PRESUPUESTO

DEFINITIVO

TOTAL

PRESUPUESTO

EJECUTADO

INGRESOS NO

AFORADOS

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RESPONSABLE(S): SAMUEL SOTO CARREÑO Alcalde Municipal

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO: “Respecto del tema de la incorporación de los recursos del SISTEMA GENERAL DE REGALIAS al capítulo independiente dentro del presupuesto general del Municipio; es preciso resaltar lo siguiente: Decreto 1949 de 2012 Artículo 44. Incorporación en los presupuestos de las entidades públicas. Mediante Acto Administrativo del jefe del órgano del Sistema o entidad pública designada como ejecutora de proyecto por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, y mediante Decreto del Gobernador o Alcalde para las entidades territoriales que reciban recursos de funcionamiento del Sistema y designadas como ejecutoras de proyectos por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, se incorporará el respectivo presupuesto con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías. Dicha incorporación se adelantará en un capítulo independiente del presupuesto del respectivo órgano o entidad, una vez se asignen los recursos con cargo al porcentaje destinado para el funcionamiento del Sistema y cuando se acepte la designación como ejecutor de proyecto, designación que será adelantada por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión. Los ingresos y gastos incorporados en el capítulo independiente del presupuesto de cada órgano o entidad tendrán para todos los efectos fiscales, una vigencia igual a la del Presupuesto Bienal del Sistema General de Regalías. El proceso de afectación de las apropiaciones incorporadas en los presupuestos de las entidades con base en el inciso anterior, será el que corresponda al régimen presupuestal de la respectiva entidad, salvo en lo relacionado con la vigencia de las apropiaciones que será igual a la del Presupuesto Bienal del Sistema General de Regalías. Ley 1530 de 2012 Artículo 96. Incorporación de recursos. Los recursos asignados del Sistema General de Regalías para los departamentos, municipios o distritos receptores directos de regalías y compensaciones deberán ser incluidos en el presupuesto de la respectiva entidad territorial, mediante decreto expedido por el Gobernador o Alcalde, una vez aprobado el proyecto respectivo y previo su ejecución. Como se observa en las normas que se relacionaron anteriormente y a su vez en la observación de auditoría suscrita por la Contraloría Departamental de Santander; la incorporación de los recursos al capítulo independiente del SGR dentro del presupuesto general del Municipio está supeditada única y exclusivamente a la aprobación de los proyectos por el OCAD. Para la vigencia 2013 el Municipio de Cimitarra hacia la presentación de sus proyectos al OCAD Departamental generando esto un mayor termino en su aprobación. En vista de la presente situación se realizó la constitución del OCAD Municipal para la vigencia 2014, mediante acta No. 1 del (04) cuatro de abril del presente año suscrita por los integrantes del OCAD Municipal, incluyendo el acompañamiento del Gobierno Nacional con su representante GISELLA CRUZ MONTAÑA, quien fue designada mediante resolución No. 557 de 2014 emitida por el DNP. Lo que ha generado una mayor agilidad en la aprobación de los proyectos cumpliendo funciones de evaluar, priorizar, viabilizar, definir la conveniencia y oportunidad de los proyectos, sin apartarse de la normatividad que los cobija, ley 1530 de 2012; decreto 1077 de 2012 y demás normas complementarias del SGR.

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Los recursos que el auditor menciona como no incorporados en la vigencia 2013, fueron incorporados en la vigencia 2014, es decir, dentro del bienio correspondiente (2013-2014) como se observa en la ejecución presupuestal del SGR del Municipio de Cimitarra”.

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL Una vez analizadas la réplica presentada por la Entidad, frente al hallazgo de tipo administrativo, este Ente de Control establece, que la Entidad frente a esta situación realizó la constitución del OCAD Municipal para la vigencia de 2014, lo cual generó una mayor agilidad en la aprobación de los proyectos. Por lo tanto se desvirtúa el hallazgo administrativo GASTOS - 2013 En la vigencia de 2013, el presupuesto de gastos ascendió a la suma de

$22.256.367.736, efectuó adiciones por la suma de $27.525.775.412.74, créditos y contracréditos por $4.673.234.804.81 y reducciones por $1906284310.4, para un presupuesto definitivo de $47.875.858.838.34

EJECUCION El municipio de Galán durante la vigencia de 2013, comprometió el 74.67% ($35.749.556.541.95) del presupuesto definitivo ($47.875.858.838.34) y pagó el 89.69% ($32.063.364.127.71), así:

Distribución de los Gastos.

CREDITOS CONTRACRED

PRESUPUESTO DE GASTOS 22,256,367,736.00 27,525,775,412.74 1,906,284,310.40 4,673,234,804.81 4,673,234,804.81 47,875,858,838.34

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 3,680,648,283.00 595,954,985.49 0.00 388,646,027.00 903,336,865.00 3,761,912,430.49

GASTOS DE PERSONAL 2,274,220,885.00 0.00 0.00 298,367,028.00 338,727,758.00 2,233,860,155.00

GASTOS GENERALES 687,069,008.00 0.00 0.00 90,278,999.00 49,438,717.00 727,909,290.00

TRANSFERENCIAS 719,358,390.00 590,406,825.49 0.00 0.00 515,170,390.00 794,594,825.49

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 209,358,390.00 590,406,825.49 0.00 0.00 59,358,390.00 740,406,825.49

OTROS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 0.00 5,548,160.00 0.00 0.00 0.00 5,548,160.00

SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA 1,587,019,240.00 34,717,311.42 0.00 166,231,930.00 241,001,259.72 1,546,967,221.70

AMORTIZACIONES 1,050,783,168.00 34,717,311.42 0.00 108,231,930.00 28,000,000.00 1,165,732,409.42

INTERESES, COMISIONES Y GASTOS DEUDA 536,236,072.00 0.00 0.00 58,000,000.00 213,001,259.72 381,234,812.28

GASTOS DE INVERSIÓN 16,988,700,213.00 26,895,103,115.83 1,906,284,310.40 4,118,356,847.81 3,528,896,680.09 42,566,979,186.15

CONCEPTO PRESUPUESTO

INICIAL

M O D I F I C A C I O N E S PRESUPUESTO

DEFINITIVO ADICIONES REDUCCIONES T R A S L A D O S

ALCALDIA DE CIMITARRA

EJECUCUION DE GASTOS 2013

PRESUPUESTO DE GASTOS 47,875,858,838.34 3,194,179,879.70 492,012,534.54 32,063,364,127.71 35,749,556,541.95 74.67 100 89.69

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 3,761,912,430.49 0.00 17,509,788.00 2,949,711,160.19 2,967,220,948.19 78.88 8.30 99.41

GASTOS DE PERSONAL 2,233,860,155.00 0.00 5,148,703.00 2,141,968,098.00 2,147,116,801.00 96.12 6.01 99.76

GASTOS GENERALES 727,909,290.00 0.00 12,361,085.00 648,072,759.08 660,433,844.08 90.73 1.85 98.13

TRANSFERENCIAS 794,594,825.49 0.00 0.00 154,122,143.11 154,122,143.11 19.40 0.43 100.00

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 740,406,825.49 0.00 0.00 108,280,161.00 108,280,161.00 14.62 0.30 100.00

OTROS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 5,548,160.00 0.00 0.00 5,548,160.00 5,548,160.00 100.00 0.02 100.00

SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA 1,546,967,221.70 0.00 0.00 1,452,251,962.94 1,452,251,962.94 93.88 4.06 100.00

AMORTIZACIONES 1,165,732,409.42 0.00 0.00 1,122,002,485.38 1,122,002,485.38 96.25 3.14 100.00

INTERESES, COMISIONES Y GASTOS DEUDA 381,234,812.28 0.00 0.00 330,249,477.56 330,249,477.56 86.63 0.92 100.00

GASTOS DE INVERSIÓN 42,566,979,186.15 3,194,179,879.70 474,502,746.54 27,661,401,004.58 31,330,083,630.82 73.60 87.64 88.29

PRESUPUESTO

TOTAL EJECUTADO %ejec COMPROMISOS

/ RESERVAS

OBLIGACIONES /

CTAS x PAGAR

PAGOS DE LA

VIGENCIA

ALCALDIA DE CIMITARRA

EJECUCUION DE GASTOS 2013

CONCEPTOPRESUPUESTO

DEFINITIVO

E J E C U C I O N

% part % pag

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Ejecución de Funcionamiento Por gastos de funcionamiento, ejecutó el 78.88% ($2.967.220.948.19) del presupuesto definitivo y corresponde a un 8.30% del total del gasto, y pagó el 99.41% ($2.949.711.160.19)

Los Gastos de funcionamiento, corresponden al 90.43% a la administración central, el 6.43% al Concejo y 2.94% a la Personería.

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 3,761,912,430.49 0.00 17,509,788.00 2,949,711,160.19 2,967,220,948.19 78.88 8.30 99.41

GASTOS DE PERSONAL 2,233,860,155.00 0.00 5,148,703.00 2,141,968,098.00 2,147,116,801.00 96.12 6.01 99.76

GASTOS GENERALES 727,909,290.00 0.00 12,361,085.00 648,072,759.08 660,433,844.08 90.73 1.85 98.13

TRANSFERENCIAS 794,594,825.49 0.00 0.00 154,122,143.11 154,122,143.11 19.40 0.43 100.00

OTROS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 5,548,160.00 0.00 0.00 5,548,160.00 5,548,160.00 100.00 0.02 100.00

OBLIGACIONES /

CTAS x PAGAR

PAGOS DE LA

VIGENCIA

ALCALDIA DE CIMITARRA

EJECUCUION DE GASTOS FUNCIONAMIENTO 2013

CONCEPTOPRESUPUESTO

DEFINITIVO

E J E C U C I O N PRESUPUESTO

TOTAL EJECUTADO %ejec % part % pag COMPROMISOS

/ RESERVAS

GASTOS DE PERSONAL

73%

GASTOS GENERALES

22%

TRANSFERENCIAS 5%

OTROS GASTOS DE

FUNCIONAMIENTO …

FUNCIONAMIENTO

GASTOS DE

FUNCIONAMIENTO 3,761,912,430.49 2,967,220,948.19 17,509,788.00 2,949,711,160.19 78.88 100.00 99.41GASTOS DE

FUNCIONAMIENTO -

Admin - central 3,472,391,035.49 2,683,312,914.39 13,299,085.00 2,670,013,829.39 77.28 90.43 99.50

GASTOS DE PERSONAL 1,999,199,492.00 1,916,655,269.00 938,000.00 1,915,717,269.00 95.87 64.59 99.95

GASTOS GENERALES 678,596,718.00 612,535,502.28 12,361,085.00 600,174,417.28 90.27 20.64 97.98

TRANSFERENCIAS 794,594,825.49 154,122,143.11 0.00 154,122,143.11 19.40 5.19 100.00

OTROS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 5,548,160.00 5,548,160.00 5,548,160.00 100.00 0.19 100.00

CONCEPTOPRESUPUESTO

DEFINITIVO

PRESUPUESTO

TOTAL

EJECUTADO

OBLIGACIONES /

CTAS x PAGAR

PAGOS DE LA

VIGENCIA % Ejec % Par % Pag

MUNICIPIO DE CIMITARRA

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

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Ejecución servicio de la deuda El servicio de la deuda se ejecutó y pago el 93.88% (1.452.251.962.94)

Ejecución de Inversión Los gastos de Inversión ejecutó el 73.60% ($31.330.083.630.82) de lo presupuestado, pagó el 88.29% y corresponde al 87,64% del total comprometido.

SITUACION PRESUPUESTAL

La Situación Presupuestal tiene como objetivo, establecer los factores determinantes del déficit o superávit presupuestal, generado de la diferencia entre los ingresos efectivamente recaudados y los gastos comprometidos con cargo a la respectiva vigencia.

GASTOS DE

FUNCIONAMIENTO -

concejo 195,548,235.00 190,916,867.00 600,000.00 190,316,867.00 97.63 6.43 99.69

GASTOS DE PERSONAL 174,104,380.00 170,535,067.00 600,000.00 169,935,067.00 97.95 5.75 99.65

GASTOS GENERALES 21,443,855.00 20,381,800.00 0.00 20,381,800.00 95.05 0.69 100.00GASTOS DE

FUNCIONAMIENTO -

personeria 88,425,000.00 87,443,006.80 3,610,703.00 83,832,303.80 98.89 2.95 95.87

GASTOS DE PERSONAL 60,556,283.00 59,926,465.00 3,610,703.00 56,315,762.00 98.96 2.02 93.97

GASTOS GENERALES 27,868,717.00 27,516,541.80 0.00 27,516,541.80 98.74 0.93 100.00

SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA 1,546,967,221.70 0.00 0.00 1,452,251,962.94 1,452,251,962.94 93.88

AMORTIZACIONES 1,165,732,409.42 0.00 0.00 1,122,002,485.38 1,122,002,485.38 96.25

INTERESES, COMISIONES Y GASTOS DEUDA 381,234,812.28 0.00 0.00 330,249,477.56 330,249,477.56 86.63

ALCALDIA DE CIMITARRA

EJECUCUION DE GASTOS DEUDA PÚBLICA 2013

CONCEPTOPRESUPUESTO

DEFINITIVO

E J E C U C I O N PRESUPUESTO

TOTAL EJECUTADO %ejec COMPROMISOS

/ RESERVAS

OBLIGACIONES /

CTAS x PAGAR

PAGOS DE LA

VIGENCIA

% Part.

GASTOS DE INVERSIÓN 42,566,979,186.15 3,194,179,879.70 474,502,746.54 27,661,401,004.58 31,330,083,630.82 0.00 11,236,895,555.33 73.60 87.64 88.29

SECTOR SALUD 16,824,761,398.11 13,160,784.00 0.00 12,219,784,612.52 12,232,945,396.52 0.00 4,591,816,001.59 72.71 34.22 99.89

SECTOR EDUCACIÓN 4,126,602,613.94 221,334,967.04 111,835,735.00 3,281,993,543.10 3,615,164,245.14 0.00 511,438,368.80 87.61 10.11 90.78

SECTOR SANEAMIENTO BÁSICO Y AGUA POTABLE3,936,628,069.05 811,389,470.46 142,977,788.66 2,665,119,167.02 3,619,486,426.14 0.00 317,141,642.91 91.94 10.12 73.63

SECTOR ARTE Y CULTURA 810,173,734.67 0.00 0.00 715,293,043.00 715,293,043.00 0.00 94,880,691.67 88.29 2.00 100.00

SECTOR RECREACIÓN Y DEPORTES 690,692,356.31 10,692,695.00 72,328,063.80 509,172,891.20 592,193,650.00 0.00 98,498,706.31 85.74 1.66 85.98

OTROS SECTORES DE INVERSION 16,178,121,014.07 2,137,601,963.20 147,361,159.08 8,270,037,747.74 10,555,000,870.02 0.00 5,623,120,144.05 65.24 29.52 78.35

CONCEPTOPRESUPUESTO

DEFINITIVO

E J E C U C I O N

PRESUPUESTO

TOTAL EJECUTADO

DISPONIBILI

D.

EXPEDIDAS

PRESUPUESTO

POR EJECUTAR % Ejec COMPROMISOS

/ RESERVAS

% Pag OBLIGACIONES

/

CTAS x PAGAR

PAGOS DE LA

VIGENCIA

ALCALDIA DE CIMITARRA

EJECUCUION DE GASTOS DE INVERSION 2013

SITUACION PRESUPUESTAL 2013 2012 2011

RECAUDO 47,444,726,337.30 37,232,384,527.96 39,810,455,039.23

COMPROMISOS 35,749,556,541.95 28,696,022,278.93 33,451,978,965.49

SALDO 11,695,169,795.35 8,536,362,249.03 6,358,476,073.74

ALCALDIA DE CIMITARRA

SITUACION PRESUPUESTAL

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HALLAZGO No. 25 La entidad dejó de ejecutar el 24.65% ($11.695.169.795.35) de lo recaudado en deterioro de la inversión social y del bienestar de la comunidad. De lo anterior, se observa que no ejecutó los recursos de una manera eficiente y eficaz, por lo que se configura una observación de tipo administrativa, con incidencia de tipo Disciplinario, por incumplimiento a lo establecido la Ley 734 de 2002, numeral 27 TIPO DE HALLAZGO. ADMINISTRATIVA Y DISICPLINARIA

PRESUNTOS RESPONSABLES SAMUEL SOTO CARREÑO Alcalde Municipal

DESCRIPCIÓN DE LA OBSERVACIÓN

La entidad dejó de ejecutar el 24.65%, de lo recaudado en deterioro de la inversión social y del bienestar de la comunidad

CRITERIO O NORMA VULNERADA

Art. 209 Constitución Política.

numeral 27 de la Ley 734 de 2002

CAUSA Deja de ejecutar recursos que se encuentran en tesorería

EFECTO Deterioro de la inversión social y del bienestar de la comunidad.

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO: “Esta situación se presentó por diferentes circunstancias que afectaron la ejecución del presupuesto, entre las cuales podemos señalar la complejidad del proceso contractual, la escases de personal de apoyo a la oficina de contratos y oficinas gestoras del municipio encargadas de los trámites contractuales, las dificultades para concertar con la comunidad el desarrollo de proyectos, el recaudo extemporáneo de algunas rentas al final de vigencia fiscal que no permitieron su compromiso oportuno (esto por evitar un posible déficit), “

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL Una vez analizadas la réplica presentada por la Entidad, frente al hallazgo de tipo administrativo y disciplinario, este Ente de Control establece, que la Entidad señala que por la complejidad del proceso contractual y la falta de personal de apoyo a las oficina gestoras y el recaudo de algunas rentas a final de la vigencia,

-

10.000.000.000,00

20.000.000.000,00

30.000.000.000,00

40.000.000.000,00

50.000.000.000,00

RECAUDO COMPROMISOS

SUPERAVIT

2013 47.444.726.337 35.749.556.541 11.695.169.795

SITUACION PTAL 2013

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no permitieron que se hayan hecho los compromisos oportunos. Por lo tanto de lo anterior, se desvirtúa el hallazgo disciplinario y se mantiene el administrativo, para que la entidad emprenda una planeación dentro las oficinas gestoras, para que se puedan ejecutar los proyectos y la respectiva contratación a tiempo. ANALISIS RUBROS PRESUPUESTALES: Dentro el trabajo de campo al presupuesto se tendrá en cuenta selectivamente algunos rubros, para ver la ejecución este conforme al cual fue apropiado

SEGUIMIENTO ESTAMPILLA PRO CULTURA: La estampilla Pro Cultura se creó en el Municipio de Cimitarra - Santander, mediante Acuerdo Municipal No. 022 de Agosto 24 de 2009, por el cual se modifica el Acuerdo No.016 de 2004 mediante el cual se creó la estampilla Pro cultura del municipio de Cimitarra.

Por el sector cultura recaudó el 92.94 % ($752.962.175.36) de lo presupuestado

GASTOS Por gastos comprometió el 88.29% ($715.293,043) de lo presupuestado

RUBRO

PRESUPUE

STAL DENOMINACION

CENTRO DE

COSTO

FUENTE

RECURSO

PRESUPUESTO

DEFINITIVO

VALOR

RECAUDADO

% Rec

02072012

Rendimientos - Estampilla Pro-

Cultura

Recursos

de Capital

Fondos

Especiales 0.00 456,567.00#¡DIV/0!

020740106 Excedentes - Estampilla Pro-Cultura

Recursos

de Capital

Fondos

Especiales 32,619,092.17 32,619,092.17100

02099104 Fondo Estampilla Pro-Cultura

Fondos

Especiales

Fondos

Especiales 180,000,000.00 182,038,509.69101.13

0204249007

Resol.07952/2013 - Fortalec.

Expresiones Artisticas y Culturales y

Fomento a la Creatividad

Ingresos

Corrientes

Rec. de

Cofinanc.

Departamental 30,000,000.00 30,000,000.00

100

02024101 Industria y Comercio Vigencia Actual

Ingresos

Corrientes

Recursos

Propios 359,800,000.00 359,800,000.00100

ALCALDIA DE CIMITARRA

INGRESOS CULTURA

020403

S.G.P. para Proposito Gral - libre

asignacion

Ingresos

Corrientes

Recursos

Propios - SGP

Libre Destin. 16,500,000.00 16,293,043.00

98.746

02040403 SGP Arte y Cultura

Ingresos

Corrientes

S.G.P.

Proposito

General 88,005,139.00 88,005,139.00

100

0207200702 Rendimientos - SGP Arte y Cultura

Recursos

de Capital

S.G.P.

Proposito

General 0.00 5,500,321.00

#¡DIV/0!

020740207 Excedentes - SGP Arte y Cultura

Recursos

de Capital

S.G.P.

Propósito Gral -

Vig. Anter. 249,503.50 249,503.50

100

020253

Impuesto de Transporte de

Hidrocarburos

Ingresos

Corrientes

Transporte de

Hidrocarburos 103,000,000.00 38,000,000.0036.89

Total 810,173,734.67 752,962,175.36 92.94

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Página 141 de 159

EJECUCIÓN.

Los principales programas ejecutados por este sector fueron:

Recursos S.G.P. -. Prestación de servicios profesionales como instructor de danzas para fortalecer el proceso de formación artística y cultural, por valor de $18.150.000, con ANA TERESA LONDOÑO AGUIRRE. -. Prestación de servicios personales como instructor de danzas para el fortalecimiento cultural de los jóvenes, por $13.750.000, con JEISON URIEL GAVIRIA MURILLO.

RUBRO

PRESUPUESTA

L DENOMINACION

CENTRO DE

COSTO FUENTE RECURSO

PRESUPUESTO

DEFINITIVO

VALOR

EJECUTADO% Ejecut

054503 MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO 81,500,000.00 16,293,043.00 19.99

05450301

Mejoramiento y

Mantenimiento de Centros

Culturales y Bibliotecas

Inversion

Sector

Cultura

Recursos Propios

- SGP Libre

Destin. 16,500,000.00 16,293,043.00 98.75

05450301

Mejoramiento y

Mantenimiento de Centros

Culturales y Bibliotecas

Inversion

Sector

Cultura

Transporte de

Hidrocarburos 65,000,000.00 0.00 0.00

ALCALDIA DE CIMITARRA

GASTOS CULTURA

054534 FOMENTO Y APOYO AL ARTE Y LA CULTURA 706,173,734.67 683,500,000.00 96.79

0545342 Fomento de la Cultura y el Turismo 706,173,734.67 683,500,000.00 96.79

054534201

Fortalecimiento al proceso

de formacion artistica y

cultural

Inversion

Sector

Cultura

Recursos

Propios 1,800,000.00 1,800,000.00 100.00

054534201

Fortalecimiento al proceso

de formacion artistica y

cultural

Inversion

Sector

Cultura

S.G.P. Proposito

General 88,005,139.00 88,000,000.00 99.99

054534201

Fortalecimiento al proceso

de formacion artistica y

cultural

Inversion

Sector

Cultura

S.G.P. Propósito

Gral - Vig. Anter. 249,503.50 200,000.00 80.16

054534202

Apoyo a Actividades

Culturales y Turisticas

Inversion

Sector

Cultura

Fondos

Especiales 167,619,092.17 167,500,000.00 99.93

054534202

Apoyo a Actividades

Culturales y Turisticas

Inversion

Sector

Cultura

Recursos

Propios 358,000,000.00 358,000,000.00 100.00

054534202

Apoyo a Actividades

Culturales y Turisticas

Inversion

Sector

Cultura

Transporte de

Hidrocarburos 38,000,000.00 38,000,000.00 100.00

054534204

Apoyo a Gestores

Culturales - Regimen

Subsidiado

Inversion

Sector

Cultura

Fondos

Especiales 22,500,000.00 0.00 0.00

054534206

Resol.07952/2013 -

Fortalec. Expresiones

Artisticas y Cultur. y

Fomento a la Creativid.

Inversion

Sector

Cultura

Rec. de Cofinanc.

Departamental 30,000,000.00 30,000,000.00 100.00

054590 OTROS PROGRAMAS DE INVERSION 22,500,000.00 15,500,000.00 68.89

05459001

Biblioteca Pública

Municipal (10% ley

1379/2010)

Inversion

Sector

Cultura

Fondos

Especiales 22,500,000.00 15,500,000.00 68.89

0545 SECTOR ARTE Y CULTURA 810,173,734.67 715,293,043.00 88.29

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Página 142 de 159

-. Prestación de servicios profesionales como instructor de música para el proyecto de estímulo y desarrollo de valores y conductas musicales en los jóvenes e infantes que asisten a la casa de la cultura por $22.000.000, con JOSE ALFREDO GARCIA QUIROZ. Fondos Especiales. -. Apoyo a las actividades relacionadas con el segundo encuentro de fortalecimiento d valores a través de la música y de las diferentes expresiones multiculturales de los habitantes urbanos y rurales, por $85.000.000, con CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DEL SER HUMANO Y EL MBIENTE.

Recursos propios.

-. Organizar, desarrollar y premiar el xviii festival de la cultura y el turismo y el xlvi

encuentro regional ganadero y equino grabo "b", por valor de $345.000.000.00,

con la CORPORACION DE CULTURA Y TURISMO. -. Estímulos e incentivos culturales para participantes en festival folclórico y cultural en las muestras de carrozas presentadas durante la celebración de la 46° feria y exposición equina y bovina y xviii festival de la cultura y el turismo, por la

suma de $8.100.000, con ANA TERESA LONDOÑO AGUIRRE. (fuente: Recursos de Cofinanciación Departamental) ESTAMPILLA PARA EL BIENESTAR DEL ADULTO MAYOR

La Estampilla Pro Bienestar del Adulto Mayor, fue creada y reglamentada mediante Acuerdo Municipal No. 023 de Agosto 27 de 2009 del Concejo municipal de Cimitarra. Igualmente se deja la aclaración que durante la vigencia 2013 la Gobernación de Santander giró recursos por concepto de la estampilla del adulto mayor al municipio de Cimitarra-Santander, por $31.067.155. 96

Igualmente en el municipio de Cimitarra solo hay un Centro de Bienestar del Anciano “Ancianato San José de Cimitarra”, en la vigencia 2013. En el 29 de Diciembre de 2013, la Secretaría Departamental de Salud de Santander, acredita la prestación de servicios de salud de la ASOCIACIÓN CENTRO VIDA Y HOGAR DE BIENESTAR DEL ADLUTO MAYOR REMEMBRANZAS DE CIMITARRA.

INGRESOS. Por el rubro de bienestar del adulto mayor recaudó el 112.92 % ($640.835.809.03), de lo presupuestado.

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Página 143 de 159

GASTOS

Por gastos comprometió el 96. 51% ($547.713.137.96) de lo presupuestado,

EJECUCIÓN.

Los principales programas ejecutados por este sector fueron: - Fondo Estampilla Pro-Anciano HALLAZGO No. 26

-. Mejoramiento de infraestructura física del Ancianato san José, por la suma de $85.142.223, con JCP CONSTRUCCIONES SAS. La entidad no tuvo en cuenta las orientaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, donde establece que “La totalidad de los recursos recaudados en el nivel departamental, distrital y municipal, para asignar a los centros públicos de atención, están orientados al funcionamientos y dotación de los programas de atención integral. A estos aspectos circunscribió el artículo 5º de la Ley 1276 de

DENOMINACION

CENTRO DE

COSTO

FUENTE

RECURSO

PRESUPUESTO

DEFINITIVO

VALOR

RECAUDADO % Rec

Resolución 011458 /

2013 - Transfer.

Dptal. Estampilla

Bienestar del Adulto

Mayor

Ingresos

Corrientes

Rec. de

Cofinanc.

Departament

al

31,067,155.96 31,067,155.96 100

Rendimientos -

Estampilla Pro-

Anciano

Recursos

de Capital

Fondos

Especiales 0.00 1,985,960.00 0

Excedentes -

Estampilla Pro-

Anciano

Recursos

de Capital

Fondos

Especiales

236,440,206.69 236,440,206.69

100

Fondo Estampilla

Pro-Anciano

Fondos

Especiales

Fondos

Especiales 300,000,000.00 371,342,486.38 123.78

TOTAL 567,507,362.65 640,835,809.03 112.92

ALCALDIA DE CIMITARRA

INGRESOS ADULTO MAYOR

DENOMINACION

CENTRO DE

COSTO

FUENTE

RECURSO

PRESUPUESTO

DEFINITIVO

VALOR

EJECUTADO % Ejec

Atencion al Adulto

Mayor

Inversion

Otros

Sectores

Fondos

Especiales 536,440,206.69 516,645,982.00 96.31

Resolución 011458 /

2013 - Transfer.

Dptal. Estampilla

Bienestar del Adulto

Mayor

Inversion

Otros

Sectores

Rec. de

Cofinanc.

Departament

al 31,067,155.96 31,067,155.96 100.00

TOTAL 567,507,362.65 547,713,137.96 96.51

ALCALDIA DE CIMITARRA

GASTOS ADULTO MAYOR

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Página 144 de 159

2009, la utilización de los recursos y debe entenderse que por ser esta norma posterior en el articulado del texto legal, prima sobre el artículo 1º. Que mencionó la posibilidad de orientar recursos para la construcción de los centros. El sentido de la precisión del artículo 5º es priorizar la utilización de los recursos para la atención a las personas mayores, de forma que le garantícela atención integral a sus necesidades y mejora en su calidad de vida.

Lo anterior implica que para la construcción se debe acudir a las demás fuentes de recursos mencionados en los artículos 3º y 13, es decir, los recursos propios de la entidad territorial, los que gestiones con la cooperación internacional o el sector privado y los provenientes dela destinación de Propósito General que trata la Ley 715 de 2001” De lo anterior se tipifica una observación de tipo administrativo.

TIPO DE HALLAZGO.

ADMINISTRATIVA

PRESUNTOS RESPONSABLES SAMUEL SOTO CARREÑO - Alcalde JAIRO TRASLAVIÑA H.- Secretaria de Hacienda-

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO:

“De conformidad con lo establecido en el artículo 3º de la Ley 1276 de 2009, el cual prescribe lo siguiente:

Artículo 3°. Modificase el artículo 1° de la Ley 687 de 2001, el cual quedará así:

“Autorizase a las Asambleas departamentales y a los concejos distritales y municipales

para emitir una estampilla, la cual se llamará Estampilla para el bienestar del Adulto

Mayor, como recurso de obligatorio recaudo para contribuir a la construcción, instalación,

adecuación, dotación, funcionamiento y desarrollo de programas de prevención y

promoción de los Centros de Bienestar del Anciano y Centros de Vida para la Tercera

Edad, en cada una de sus respectivas entidades territoriales. El producto de dichos

recursos se destinará, como mínimo, en un 70% para la financiación de los Centros Vida,

de acuerdo con las definiciones de la presente ley; y el 30% restante, a la dotación y

funcionamiento de los Centros de Bienestar del Anciano, sin perjuicio de los recursos

adicionales que puedan gestionarse a través del sector privado y la cooperación

internacional.

De acuerdo con lo prescrito anteriormente, la premisa mayor de la norma permite la inversión de recursos para infraestructura. Así mismo, el ente territorial mediante el Acuerdo No. 023 de Agosto 27 de 2009, creó la emisión de la Estampilla para el Bienestar del Adulto Mayor de conformidad con lo establecido en la ley 1276 de 2009, definiendo en el artículo 5º de dicho acuerdo municipal la destinación de los Recursos, así: Artículo 5º. (Acuerdo 023 de 2009) DESTINACIÓN RECURSOS. El recaudo proveniente de la emisión de la Estampilla para el Bienestar del Adulto Mayor, se destinará a la construcción, instalación, adecuación, dotación, funcionamiento y desarrollo de programas de prevención y promoción de los Centros de Bienestar del Anciano y Centros de Vida para la Tercera Edad. El producto de dichos recursos se destinará, como mínimo, en un 70% para la financiación de los Centros Vida, de acuerdo con las definiciones contenidas en el presente acuerdo, y el 30% restante, a la dotación y funcionamiento de los Centros de Bienestar del Anciano, sin perjuicio de los recursos adicionales que puedan gestionarse a través del sector privado y la cooperación internacional.

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Con base en las consideraciones anteriores, si existe facultad legal para orientar recursos a la construcción de centros para la atención de adultos mayores en el Municipio de Cimitarra. (Anexo: Acuerdo No. 023 de 2009)

CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL Una vez analizadas la réplica presentada por la Entidad, frente al hallazgo de tipo administrativo y disciplinario, este Ente de Control establece, si bien es cierto que el Acuerdo municipal 023 de 2009, establece la destinación para construcción. La entidad debe atender las orientaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, donde establece que “La totalidad de los recursos recaudados en el nivel departamental, distrital y municipal, para asignar a los centros públicos de atención, están orientados al funcionamientos y dotación de los programas de atención integral. A estos aspectos circunscribió el artículo 5º de la Ley 1276 de 2009, la utilización de los recursos y debe entenderse que por ser esta norma posterior en el articulado del texto legal, prima sobre el artículo 1º. Que mencionó la posibilidad de orientar recursos para la construcción de los centros. El sentido de la precisión del artículo 5º es priorizar la utilización de los recursos para la atención a las personas mayores, de forma que le garantícela atención integral a sus necesidades y mejora en su calidad de vida. Por lo tanto se deja en firme el hallazgo administrativo. -. Prestación de servicios contratados.

HALLAZGO No. 27 De acuerdo con el artículo 5º de la ley 1276 de 2009, los recursos de la estampilla se aplicarán en su totalidad a dotación y funcionamientos de los Centros de Bienestar y Centros Vida, lo que incluye la contratación del personal requerido para la atención de las personas mayores y no hacerlo directamente la alcaldía. Tipificándose una observación administrativa.

Beneficiario Concepto Codigo Cuenta Recurso Valor

RODRIGUEZ

SEPULVEDA

DORA ALBA

PRESTACION DE SERVICIOS COMO

PROMOTORA DE SALUD PARA LA

ATENCION PRIMARIA EN EL HOGAR

GERIATRICO SAN JOSE DEL MUNICIPIO

DE CIMITARRA 0312.05421202

Atencion al Adulto

Mayor Fondos Especiales 5,250,000.00

VARGAS

HERNANDEZ

EMILCE

PRESTACION DE SERVICIOS

PERSONALES COMO APOYO AL

DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES

ASISTENCIALES EN EL HOGAR

GERIATRICO DEL MUNICIPIO DE

CIMITARRA 0312.05421202

Atencion al Adulto

Mayor Fondos Especiales 5,500,000.00

VARGAS

HERNANDEZ

EMILCE

PRESTACION DE SERVICIOS

PERSONALES PARA APOYO A LA

GESTION ADMINISTRATIVA EN LA

SECRETARIA DE DESARROLLO

COMUNITARIO EN LAS ACTIVIDADES

ASISTENCIALES EN EL HOGAR

GERIATRICO DEL MUNICIPIO 0312.05421202

Atencion al Adulto

Mayor Fondos Especiales 3,300,000.00

ATENCION AL ADULTO MAYOR

ALCALDIA DE CIMITARRA

RODRIGUEZ

SEPULVEDA

DORA ALBA

PRESTACION DE SERVICIOS

PERSONALES COMO AUXILIAR DE

ENFERMERIA PARA LA ATENCION

PRIMARIA Y BASICA EN SALUD DE LOS

ADULTOS MAYORES EN EL CENTRO DE

BIENESTAR DEL ADULTO MAYOR EN EL

MUNICIPIO DE CIMITARRA 0312.05421202

Atencion al Adulto

Mayor Fondos Especiales 3,000,000.00

Total 17,050,000.00

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TIPO DE HALLAZGO. ADMINISTRATIVA

PRESUNTOS RESPONSABLES SAMUEL SOTO CARREÑO - Alcalde JAIRO TRASLAVIÑA H.- Secretaria de Hacienda-

CONTRADICCION PRESENTADA POR EL ENTE AUDITADO: Conforme se argumentó en la observación anterior, el artículo 5º. del Acuerdo 023 de 2009, permite destinar recursos al funcionamiento y desarrollo de programas de prevención y promoción de los adultos mayores, para lo cual resulta viable en dicho contexto, contratar personal para el desarrollo de actividades encaminadas a la atención de la población de la tercera edad. CONCLUSION DEL ORGANO DE CONTROL Una vez analizadas la réplica presentada por la Entidad, frente al hallazgo de tipo administrativo, este Ente de Control observando lo establecido en el art 3ro de ley 1276 de 2009 , en cuanto que los recursos se destinaran para el funcionamiento y desarrollo de programas de prevención y promoción de los Centros de Bienestar del Anciano y Centros de Vida y en su establece : los recursos de la estampilla se aplicarán en su totalidad a dotación y funcionamientos de los Centros de Bienestar y Centros Vida y no incluye la contratación de los programas para atender a los anciano por parte de los entes municipales. Por lo tanto se deja en firme el hallazgo administrativo. -. Convenios. -. Convenio de apoyo para el sostenimiento del Ancianato san José en desarrollo del proyecto de atención al adulto mayor por valor de $174.780.000.

-. Apoyo a programas de interacción social, deporte, cultura y recreación y actividades productivas para los adultos mayores del sisben 1 y 2 del área rural y urbana, por valor de $113.765.000, con la ASOCIACION ANCIANATO SAN JOSE.

-. Aunar esfuerzos mediante un convenio de asociación para apoyar un programa de alimentación del adulto mayor consistente en la entrega de raciones para preparar a los adultos mayores del sisben i y ii, por valor de $113.765.000, con la ASOCIACION ANCIANATO SAN JOSE.

. Cofinanciación Departamental

Adicional al convenio de apoyo para el sostenimiento del Ancianato san José del municipio de cimitarra, lo relacionado al giro recaudado de la estampilla pro anciano por el Departamento de Santander, por $31.067.155.96, con la ASOCIACION ANCIANATO SAN JOSE.

FONDO DE SEGURIDAD Por el rubro Fondo de Seguridad recaudó el 122. 50 % ($470,13197.11, de lo presupuestado.

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GASTOS.

Por gastos comprometió el 75. 53% ($290.099. 515) de lo presupuestado.

Ejecución.

Los principales programas ejecutados por este sector fueron: -. Suministrar alimentación para el personal de las diferentes instituciones que prestaran el apoyo en los programas encaminados a la seguridad ciudadana y convivencia pacífica, por la suma de $16.497.900, con BELEN TRASLAVIÑA CARREÑO. -. Suministro, dotación de intendencia (colchones) para la policía nacional acantonada en el municipio, para el personal que cumplirá con los programas de seguridad ciudadana, por valor de $12.600.000, con LISSETTE ACEVEDO MORENO. -. Suministro de combustible para las instituciones que prestaran el apoyo en las diferentes actividades y programas encaminadas a la seguridad ciudadana, por valor de $84.991.512 con HUMBERTO DE JESUS AGUDELO BETANCOURT. -. Mantenimiento y adecuación de garitas del batallón Rafael Reyes Prieto, por valor de $16.300.012, con LEONARDO FABIO GOMEZ HERNANDEZ. -. Suministro de hospedaje para el personal de las diferentes instituciones que prestan el apoyo en los programas y actividades encaminadas en la seguridad ciudadana en el segundo semestre del 2013, por valor de $16.467.000, con LUDIOLA MARIA RONCANCIO RIOS.

DENOMINACION

CENTRO DE

COSTO

FUENTE

RECURSO

PRESUPUESTO

DEFINITIVO

VALOR

RECAUDADO % Rec

Rendimientos - Fondo de

Seguridad y Convivencia

Recursos

de Capital

Fondos

Especiales 0.00 3,300,424.00 #¡DIV/0!Excedentes - Fondo de

Seguridad y Convivencia

Recursos

de Capital

Fondos

Especiales 184,090,815.56 184,090,815.56 100Fondo seguridad y

convivencia ciudadana

Fondos

Especiales

Fondos

Especiales 200,000,000.00 283,121,957.55 141.56

Total 384,090,815.56 470,513,197.11 122.50

ALCALDIA DE CIMITARRA

INGRESOS FONDO DE SEGURIDAD

DENOMINACION

CENTRO DE

COSTO

FUENTE

RECURSO

PRESUPUESTO

DEFINITIVO

VALOR

EJECUTADO % Ejec

Fondo de Seguridad

Ciudadana

Inversion

Otros

Sectores

Fondos

Especiales 384,090,815.56 290,099,515.00 75.53

Fondo de Seguridad

Ciudadana

Inversion

Otros

Sectores

Recursos

Propios 0.00 0.00 #¡DIV/0!

Total 384,090,815.56 290,099,515.00 75.53

ALCALDIA DE CIMITARRA

GASTOS FONDO DE SEGURIDAD

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ALUMBRADO PUBLICO

Por el rubro de Alumbrado público recaudó el 112.44 % ($756.857.933.99), de lo presupuestado.

GASTOS

Por gastos comprometió el 95.45% ($642.475.841) de lo presupuestado.

ALCALDIA DE CIMITARRA

GASTOS ALUMBRADO PUBLICO

DENOMINACION CENTRO DE

COSTO FUENTE

RECURSO PRESUPUESTO

DEFINITIVO VALOR

EJECUTADO

% Ejec

Alumbrado Publico

Inversión Otros Sectores

Rec. Propios de Destinación. Específica 673,110,641.39 642,475,841.00 95.45

EJECUCIÓN.

Los principales programas ejecutados por este sector fueron: -. Causación gastos por servicio de energía y facturación del alumbrado público municipal, correspondiente a los meses de enero y Noviembre de 2013. Por $488.183.958 con la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S. A. -. Mejoramiento y mantenimiento del alumbrado público en el casco urbano y área rural del municipio, por valor de $125.527.776, con SEÑALES ELECTRICAS LTDA. -. Construcción de alumbrado público en la cancha de futbol del centro poblado palmas del guayabito y adecuación de alumbrado de la cancha de futbol del barrio el estadio del municipio, por valor de $28.764.107, con DIEGO LUIS WANDURRAGA CRUZ.

FONDO SOBRETASA BOMBERIL Por el rubro Fondo de la sobretasa bomberil recaudó el 149.98% ($230.490.228), de lo presupuestado.

DENOMINACION

CENTRO DE

COSTO

FUENTE

RECURSO

PRESUPUEST

O DEFINITIVO

VALOR

RECAUDADO% Rec

Impto sobre el

servicio de

alumbrado publico

Ingresos

Corrientes

Rec. Propios de

Destin. Específica 613,000,000.00 695,658,318.00 113.48Rendimientos -

Fondo Alumbrado

Publico

Recursos

de Capital

Rec. Propios de

Destin. Específica 0.00 1,088,974.60 #¡DIV/0!Excedentes -

Recursos de

Alumbrado Publico

Recursos

de Capital

Rec. Propios de

Destin. Específica 60,110,641.39 60,110,641.39 100

Total 673,110,641.39 756,857,933.99 112.44

ALCALDIA DE CIMITARRA

INGRESOS ALUMBRADO PUBLICO

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CONTRALORÍA GENERAL DE SANTANDER CÓDIGO: RECF-15-01

INFORME DEFINITIVO ALCALDIA DE CIMITARRA SUBCONTRALORIA DELEGADA PARA ELCONTROL FISCAL

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GASTOS Por gastos comprometió el 99,56% ($152.999.000) de lo presupuestado.

EJECUCIÓN.

-. Apoyo a programas de interés público para apoyar el cuerpo de bomberos voluntarios según ley 1575 de 2012, por $152.999.000, con CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS

EDUCACION.

ALIMENTACIÓN ESCOLAR Por gastos de alimentación escolar comprometió el 99,56% ($297.000.000) de lo presupuestado.

Ejecución. -. Apoyo para la ejecución del programa de alimentación y nutrición "nutre" durante la vigencia 2013, por valor de $252.000.000, con RESTAURANTE ESCOLAR KENNEDY, el 13 de marzo de 2013. Por 105 días. El 16 de mayo se adicionó el contrato por la suma de $45.000.000

DENOMINACION

CENTRO DE

COSTO

FUENTE

RECURSO

PRESUPUESTO

DEFINITIVO

VALOR

RECAUDADO

% Rec

Sobretasa Bomberi l

Ingresos

Corrientes

Fondos

Especia les 120,000,000.00 195,284,800.00 162.74Rendimientos -

Fondo Sobretasa

Bomberi l

Recursos

de Capita l

Fondos

Especia les 0.00 1,526,935.00 #¡DIV/0!Excedentes -

Sobretasa Bolmberi l

Recursos

de Capita l

Fondos

Especia les 33,678,493.00 33,678,493.00 100.00

Total 153,678,493.00 230,490,228.00 149.98

ALCALDIA DE CIMITARRA

INGRESOS SOBRETASA BOMBERIL

DENOMINACION

CENTRO DE

COSTO

FUENTE

RECURSO

PRESUPUESTO

DEFINITIVO

VALOR

EJECUTADO

% Ejec

Apoyo Insti tucional a Cuerpo

de Bomberos - Ley 322

Invers ion Otros

Sectores

Fondos

Especia les 153,678,493.00 152,999,000.00 99.56

ALCALDIA DE CIMITARRA

GASTOS SOBRETASA BOMBERIL

Alimentacion escolar

Inversion

Sector

Educación

S.G.P.

Alimentac.

Escolar 160,201,504.00 159,591,312.10 159,591,312.10 100

Alimentacion escolar

Inversion

Sector

Educación

S.G.P.

Alimentac.

Escolar -

Vig. Ant. 137,408,687.90 137,408,687.90 137,408,687.90 100

Total 297,610,191.90 297,000,000.00 297,000,000.00 100

PAGOS DE LA

VIGENCIA

ALCALDIA DE CIMITARRA

EJECUTADO ALIMENTACION ESCOLAR

% EjecCONCEPTOCENTRO DE

COSTO

FUENTE DE

FINANCIACI

ON

PRESUPUESTO

DEFINITIVO

PRESUPUEST

O

TOTAL

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TRANSPORTE ESCOLAR

Por gastos de transporte escolar comprometió el 99,99% ($826.938.748) de lo presupuestado.

Ejecución. Los principales contratos fueron. -. Suministro de servicio de transporte terrestre para los escolares de las veredas san Fernando, campo seco, curva de la Nubia, gallineto, la traviat, dos hermanos a al colegio san Fernando; vinagre alto y bajo, Brasil y cobaplata al colegio integrado, por $162.885.800 con ARITUR LIMITADA. -. Suministro de servicio de transporte terrestre para los escolares de las veredas aterrado y Manjarrez al colegio puerto Olaya, km12,km9 km8, la terraza, balastera, el puntazo, Sinaí y km 28 al colegio integrado san José; la guajira, san miguel, Bariloche, por valor de $161.256.605 con ARITUR LIMITADA. -. Suministro de aceites, lubricantes y lavado correspondiente al vehículo tipo buseta de placas OFS 169, destinada al proyecto de transporte de escolares del sector rural a colegios oficiales del área urbana, por $ 14.000.000 con PEDRO ELIAS QUIROGA BECERRA. -. Convenio. 1697/2012 - Apoyo al Subsidio para Transporte Escolar Rural, con recursos de cofinanciación del Departamento de Santander, por valor de $257.805.740, en el cual celebró cinco (5) contratos para las veredas.

SENTENCIAS Y CONCILIACIONES- Por gastos por sentencias y conciliaciones comprometió el 99,99% ($403.258.988) de lo presupuestado.

Transportes Escolares

Inversion

Sector

Educación

Rec. de Balance -

Regalias Vig. Ant. 14,322,540.00 14,322,540.00 14,322,540.00 100 100

Transportes Escolares

Inversion

Sector

Educación S.G.P. Educación 63,880,438.00 63,880,438.00 63,880,438.00 100 100

Transportes Escolares

Inversion

Sector

Educación

Transporte de

Hidrocarburos 491,032,030.00 483,632,030.00 490,930,030.00 99.98 98.51Conv. 1697/2012 - Apoyo

a l Subs idio para

Transporte Escolar

Rura l

Invers ion

Sector

Educación

Rec. de Cofinanc.

Departamental 257,805,740.00 257,805,740.00 257,805,740.00 100.00 100.00

Total 827,040,748.00 819,640,748.00 826,938,748.00 99.99 99.12

% Ejec % Pag

EJECUTADO TRANSPORTE ESCOLAR

ALCALDIA DE CIMITARRA

CONCEPTOCENTRO DE

COSTO

FUENTE DE

FINANCIACION

PRESUPUESTO

DEFINITIVO

PRESUPUESTO

TOTAL

EJECUTADO

PAGOS DE LA

VIGENCIA

CONCEPTOCENTRO DE

COSTO

FUENTE DE

FINANCIACION

PRESUPUESTO

DEFINITIVO

PAGOS DE LA

VIGENCIA EJECUTADO % Ejec % Pag

Pasivos exigibles -

Sentencias y

Conciliaciones

Judiciales del sector

Inversion

Sector

Educación

Recursos

Propios403,300,000.00 343,211,253.00 403,258,988.00 99.99 85.11

ALCALDIA DE CIMITARRA

EJECUTADO SENTENCIA Y CONCILIACIONES

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Ejecución. Los principales compromisos fueron. Sentencias judiciales correspondientes a liquidaciones de prestaciones sociales, diferencias de las sumas reconocidas y pagas por concepto de contratos de prestaciones de servicios.

SECTOR SANEAMIENTO BÁSICO Y AGUA POTABLE. -. Construcción, Ampliación y Terminación de Acueductos, ejecutó la suma de $489.145.444.49, de acuerdo a las siguientes obras: -. Construcción de muro de protección de la bocatoma, tubería de aducción e instalaciones eléctricas en la planta de tratamiento del acueducto del casco urbano, por valor de $370.000.000, con la EMPRESAS PÚBLICAS DE CIMITARRA A.P.C. -. Mejoramiento del acueducto del barrio Villa Pinzón del casco urbano, por la suma de $100.000.000, con EMPRESAS PÚBLICAS DE CIMITARRA A.P.C. -. Convenio Ecopetrol 5211700 - Ampliación Sistema Alcantarillado Sanitario y Pluvial Corregimiento Puerto Olaya por $459.156.095, con JOHANY ALBERTO RAMIREZ OTERO, quedando como reserva presupuestal. - PLAN DEPARTAMENTAL DE AGUAS -Manejo Empresarial de los Servicios Públicos – PDA, por $955.693.869:

-Causación de gasto por giro directo al PDA durante la vigencia 2012, por $530.460.456 y causación de gasto por giro directo al PDA enero a septiembre 2013, por $274.517.705, con CONSORCIO FIA - FINANCIAMIENTO DE INVERSIONES EN AGUA. -Vinculación al programa de agua y saneamiento para la prosperidad - planes departamentales para el manejo empresarial de los servicios de agua y saneamiento básico (pap-pda), plan departamental de aguas de Santander, por $150.715.708, con CONSORCIO FIA - FINANCIAMIENTO DE INVERSIONES EN AGUA.

SECTOR ENERGÍA Construcción de redes de media y baja tensión, alumbrado público y subestaciones para la electrificación del sector nueva Cimitarra del municipio de Cimitarra en desarrollo del convenio 1553/2012 con la gobernación de Santander, por $604.814.823.8, con UNION TEMPORAL CIMITARRA 2013, quedando como reserva presupuestal la suma de $362.888.894.29

RESERVAS PRESUPUESTALES: Con Decreto No. 011 de Enero 13 de 2014, se constituye la reserva presupuestal de la vigencia presupuestal en la suma de $3.194.179.879.70 y cuentas por pagar de $492.012.534.54.

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CUMPLIMIENTO LIMITE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO - VIABILIDAD

FINANCIERA – LEY 617 DE 2000

Con base en lo establecido en el Artículo 6º de la Ley 617 de 2000, los Gastos de Funcionamiento (GF) no podrán superar como proporción de sus Ingresos Corrientes de Libre Destinación (ICLD) los porcentajes establecidos en la Ley, en el caso del Municipio de Cimitarra, el cual por encontrarse clasificado en la categoría 6ª, sus Gastos de Funcionamiento no puede superar el límite del 80% de los ICLD.

Durante la vigencia 2013 la administración de Cimitarra registró un 34.84%, mostrando un indicador por debajo del límite establecido por la Ley 617 de 2000.

INDICADOR LEY 617 DE 2000 (miles) VIGENCIA 2013

Ingresos Corrientes de Libre Destinación base para la Ley 617-2000

7.702

Gastos de Funcionamiento libre destinación base para la Ley 617-2000

2.683

RELACION GF / ICLD 34.84%

Límite establecido por la Ley 617-200 80%

LIMITE DE GASTOS CONCEJO Y PERSONERIA: El Concejo y la Personería del municipio de Rionegro cumplieron con los Gastos conforme a lo autorizado en el art. 10 de la Ley 617 de 2000

ORGANISMO GASTOS POR LEY

(miles) GASTOS

2013

CONCEJO 229.2 190.9

PERSONERIA 88.5. 87.4

VIGENCIAS FUTURAS El municipio de Cimitarra se vinculó al PLAN DEPARTAMENTAL DE AGUAS mediante Acuerdo 024 de septiembre 25 de 2009, autorizó al Alcalde para comprometer vigencias futuras excepcionales como aporte del Municipio en la ejecución y desarrollo del proyecto Plan Departamental de Aguas para el Manejo empresarial de los servicios de agua y saneamiento básico del municipio de Cimitarra en un monto hasta el 25% de los dineros que transfiera la Nación al Municipio con destino al sector de Agua Potable y saneamiento básico por un periodo de 14 años a partir del 2010, el valor autorizado fue $19.485.644.000 con un plazo hasta el 2024, estos recursos son manejados directamente por el Consorcio FIA. En el año 2014 no tramitó autorizaciones, ni comprometió recursos con cargo a vigencias futuras.

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2 CUADRO DE OBSERVACIONES

#

TIPO HALLAZGO

SINOPSIS PRESUNTO RESPONSABLE CUANTIA PAGI NA

A D P F S

1 X

. Alcance Administrativo: La administración municipal de Cimitarra, no incluye en las actas de entrega de las obras, el detallado del objeto contratado, lo anterior con la finalidad de informar claramente a la comunidad beneficiada, sobre el alcance de la obra ejecutada, lo cual le permitiría manifestar conformidades o incompatibilidades respecto de la cantidad o calidad de las obras entregadas por la alcaldía.

Alcance

Administrativo:

Samuel Soto Carreño

(Alcalde)

16

2 X

Alcance Administrativo: La administración municipal de Cimitarra, no realiza acta de entrega de las obras efectuadas en el presente convenio a la comunidad, lo anterior con la finalidad de informar claramente a la misma, sobre el alcance de la obra ejecutada, permitiendo de esta manera que la misma manifeste conformidades o incompatibilidades respecto de la cantidad o calidad de las obras entregadas por la alcaldía.

Alcance

Administrativo:

Samuel Soto Carreño

(Alcalde)

21

3 X

Alcance Administrativo: La administración municipal de Cimitarra, deberá antes de efectuar liquidación y pago total del valor del presente convenio, verificar la siembra de las dos hectáreas de caucho como aporte de COLINAM, de igual manera deberá en forma posterior a la liquidación, efectuar seguimiento a la presentación de los 4 talleres mensuales por 4 meses, y el y mantenimiento durante el primer año de plantación de 2 hectáreas, actividades estas que se deberían realizar como aporte de COLIMAN. .

Alcance

Administrativo:

Samuel Soto Carreño

(Alcalde)

23

4 X

Alcance Administrativo: La administración municipal de Cimitarra, debe realizar en forma concomitante con la selección del contratista para la ejecución de las obras a contratar, la selección de la interventoría que realizará el seguimiento y control a su objeto, lo anterior con la finalidad de evitar así posibles demoras en la iniciación respecto de la ejecución del contrato, lo anterior teniendo en cuenta el grado de necesidad inmediata que este proyecto trae consigo para la comunidad de Cimitarra. Aunado a lo anterior es necesario que la administración municipal solicite al contratista periódicamente una relación del personal que labora en la obra, con lo cual la alcaldía pueda ejercer supervisión sobre los pagos a seguridad social en forma cumplida y correcta, así como sobre las calidades del personal

Alcance

Administrativo:

Samuel Soto Carreño

(Alcalde)

25

5 X

Hallazgo Administrativo: La Administración Municipal de Cimitarra, respecto del presente convenio, no realiza adecuada supervisión, toda vez que aprueba un pago de un valor adicional por $31.067.155, de fecha 28 de octubre de 2013, sin que reposen soportes (contratos, facturas) que justifiquen la inversión de mencionados recursos, lo cual debe efectuarse toda vez que es obligación de la alcaldía ejercer control y seguimiento sobre la destinación que se hace de los dineros que gira en cumplimiento de los objetos convenidos. En consecuencia el grupo auditor determina lo anterior como un hallazgo de tipo administrativo,

Alcance

Administrativo:

Samuel Soto Carreño

(Alcalde)

Alcance

Disciplinario:

DESVIRTUADO

Alcance Fiscal:

28

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que debe ser incluido como acción correctiva en el Plan de Mejoramiento. Hallazgo Disciplinario: DESVIRTUADO Hallazgo Fiscal: DESVIRTUADO

DESVIRTUADO

6 X

Alcance Administrativo: La administración municipal de Cimitarra, debe incluir en las planillas y en los informes de supervisión, el contenido detallado de las raciones alimentarias para preparar, con lo cual se pueda llevar un control de la adecuada nutrición que estarían recibiendo los adultos mayores, en cumplimiento del presente objeto convenido. Aunado a lo anterior es necesario que la administración municipal solicite al contratista periódicamente una relación del personal que labora en la obra, con lo cual la alcaldía pueda ejercer supervisión sobre los pagos a seguridad social en forma cumplida y correcta, así como sobre las calidades del personal

Alcance

Administrativo:

Samuel Soto Carreño

(Alcalde)

38

7 X

Alcance Administrativo: La administración municipal deberá realizar la entrega en el menor tiempo posible a las instituciones educativas, de la totalidad de los elementos adquiridos con la suscripción del presente contrato, cumpliendo así a cabalidad con el objeto contratado. Por lo tanto tal hecho se dejará como acción de mejora que deberá incluirse en el plan de mejoramiento de la entidad auditada

Alcance

Administrativo:

Samuel Soto Carreño

(Alcalde)

52

Control Interno, Plan de Mejoramiento, línea ambiental, TICS

#

TIPO HALLAZGO

SINOPSIS PRESUNTO RESPONSABLE CUANTIA PAGI

NA

A D P F S

8 X DESVIRTUADO

61

9 X

En las hojas de vida de los funcionarios de carrera administrativa no cuentan con la debida calificación, por lo tanto se hace una observación de tipo administrativa.

Samuel Soto Carreño

(Alcalde) 72

10 X DESVIRTUADO 73

Línea Financiera

#

TIPO HALLAZGO

SINOPSIS PRESUNTO RESPONSABLE CUANTIA PAGI

NA A D P F S

11 X

Se presentan cuentas bancarias inactivas aperturadas para contratos y convenios los cuales deben ser liquidados y posteriormente depurados a través del Comité Técnico de Sostenibilidad Contable.

SAMUEL SOTO

CARREÑO (Alcalde) 87

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12 X

El Municipio de Cimitarra cuenta con la cuenta de ahorros No. 287-08223-4 del banco BBVA, cuyo demandante corresponde a acción red solidaria por $8.820.000 y la cuenta de ahorros No. 06026-700246-3 del banco agrario cuyo demandante es FINDETER por $4.782.534; situación en la cual el Municipio de Cimitarra deberá buscar los mecanismos necesarios a fin de conciliar y desembargas dichos cuentas acción que deber ser subsana por la entidad auditada dentro de los procesos y sentencias que se llevas en contra del municipio.

SAMUEL SOTO

CARREÑO (Alcalde) 90

13 X

El municipio de Cimitarra debe mejorar el proceso de gestión de recaudo de las rentan por cobrar situación en la cual deberá adoptar un manual de recaudo de

cartera donde se contemplen cada una de la acciones de cobro ya sean persuasivas coactivas, embargos y hasta remate de los mismos.

SAMUEL SOTO

CARREÑO (Alcalde) 93

14 X

La administración Municipal, debe buscar los mecanismos administrativos y financieros a fin de realizar la actualización catastral, el hará que los ingresos tributarios de la entidad se mejoren.

SAMUEL SOTO

CARREÑO (Alcalde) 96

15 X

En el contrato de construcción redes de media, baja tensión y subestaciones para la electrificación de la vereda los morros del municipio de cimitarra Santander; ya se encuentra liquidado pero reportan saldos por cobrar al fondo nacional de regalías en la cuenta de deudores situación por la cual se deben realizar las acciones pertinentes a fin de ajustar esta cuenta.

SAMUEL SOTO

CARREÑO (Alcalde) 99

16 X

Frente a los vehículos de transporte terrestre tracción y elevación, los cuales el grupo auditor, realizó inspección ocular a cada uno de ellos donde se pudo establecer que esta maquinaria en su totalidad presentan fallas mecánicas considerables, las cuales no son rentables para la entidad; mientras que otros vehículos solamente se encontró el chasis la entidad auditada deberá iniciar las acciones pertinentes a fin de ser dados de baja.

SAMUEL SOTO

CARREÑO (Alcalde) 102

17 X

Buseta marca NISSAN línea T5U41 de placas OFS-169 modelo 2003 con capacidad para 24 pasajeros; para que pueda prestar los servicios de transporte de estudiantes del Municipio de Cimitarra, el Ministerio de Transporte expidió el decreto 805 de 2008, en donde contempla que para poder prestar el servicio de trasporte escolar, se debe contar con una Póliza de responsabilidad Civil Extracontractual; además el mismo decreto expone que estos vehículos cuya antigüedad no podrá superar los diez (10) años de edad, lo que se puede establecer que este bien ya cumplió con el tiempo de servicio para el transporte escolar.

SAMUEL SOTO

CARREÑO (Alcalde) 106

18 X

Se observan vehículos de tracción y elevación que presentan buenas condiciones pero se encuentran varados, situación por la cual la administración municipal, debe buscar los mecanismos a fin de que sean reparados y ponerlos al funcionamiento de la entidad y así evitar el arrume de los mismos.

SAMUEL SOTO

CARREÑO (Alcalde) 158

19 X

El Municipio de Cimitarra adquirió dos motocicletas marca YAMAHA FZ16 modelo 2012, identificadas con las placas PZQ92C con número de motor 45D3006261y placas PZQ91C con número de motor 45D3006499; cuyas tarjetas de propiedad se encuentran a nombre del municipio de Cimitarra, el cual no se encuentran revelados e identificados en los activos de la entidad; observando una falta de confiabilidad y relevancia en los estados contables como se encuentra establecido en el Régimen de Contabilidad

SAMUEL SOTO

CARREÑO (Alcalde) 112

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Publica en Colombia.

20 X

El municipio de Cimitarra debe realizar la actualización del censo de industria y comercio a fin de que se pueda mejorar sus ingresos tributarios.

SAMUEL SOTO

CARREÑO (Alcalde) 120

21 X

Verificando los ingresos tributarios del Municipio de Cimitarra Santander, a la fecha, no se observa recaudo por concepto de ingresos de industria y comercio sobre la telefonía celular y la televisión por suscripción teniendo en cuenta que según lo establecido en la Ley 14 de 1983 y el Código del Régimen Municipal establecido en el decreto 1333 de 1986; situación en la cual el Municipio de Cimitarra deberá actualizar el Código de rentas.

SAMUEL SOTO

CARREÑO (Alcalde) 122

Presupuesto, Planes programas y proyectos, seguimiento a controles de advertencia

No

TIPO DE OBSERVACION

DESCRIPCION DEL HALLAZGO

PRESUNTO RESPONSABLE

CUANTIA PAGINA

INFORME

A D P F S

22 X

las adiciones por superávit

de los rubros de recursos propios, son facultad del Concejo Municipal

SAMUEL SOTO CARREÑO Alcalde Municipal JAIRO TRASLAVIÑA - Secretario de Hacienda

128

23 X

Causan recaudos en el presupuesto por rendimientos financieros, sin que estos se hayan presupuestado y/o adicionado

SAMUEL SOTO CARREÑO Alcalde Municipal JAIRO TRASLAVIÑA - Secretario de Hacienda

132

24

Hallazgo desvirtuado

133

25 X

Se desvirtúa el hallazgo Disciplinario La entidad dejó de ejecutar el 24.65% ($11.695.169.795.35) de lo recaudado en deterioro de la inversión social y del bienestar de la comunidad.

SAMUEL SOTO CARREÑO Alcalde Municipal

138

26 X

La entidad no tuvo en cuenta las orientaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, en cuanto a la destinación para construcción con respecto a la estampilla pro adulto mayor

SAMUEL SOTO CARREÑO Alcalde Municipal

142

27 X

Los recursos de la estampilla pro adulto mayor, se aplicarán en su totalidad a dotación y funcionamientos de los Centros de Bienestar y Centros Vida, lo que incluye la contratación del personal

SAMUEL SOTO CARREÑO Alcalde Municipal

144

A= Hallazgo Administrativo D= Hallazgo Disciplinario P= Hallazgo Penal F= Hallazgo Fiscal S= Sancionatorio

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2.1CUADRO NUMERICO DE OBSERVACIONES

TIPO DE HALLAZGO CANTIDAD VALOR

ADMINISTRATIVO 24

DISCIPLINARIO 0

PENAL 0

FISCAL 0

SANCIONATORIO 0

TOTAL 24

3. CALIFICACION DE LA EVALUACION DE GESTION

Calificación a la Contratación Como resultado de la auditoria adelantada a la vigencia 2013, el concepto sobre el Control de Gestión es favorable, toda vez que se dio aplicabilidad a la normatividad contractual vigente; sin embargo se deberá mejorar en los aspectos relativos a la supervisión, control y seguimiento a los contratos y convenios suscritos por la administración municipal, en pro de la eficacia para una solución adecuada de las necesidades detectadas en los estudios previos. Ambiental: la administración de la Alcaldía Municipal de Cimitarra cumple con las normas correspondientes al medio ambiente y en especial con el decreto 2676 del 2000, desarrollando un trabajo articulado en lo relacionado con las acciones de inspección, vigilancia y control. El Control Interno esta aplicándose correctamente en la entidad auditada, se observó la correcta vigilancia de los procesos de acuerdo con las normas. La Rendición de la cuenta. El equipo auditor comprobó a través de la información reportada al SIA, el cumplimiento de la presentación de la Cuenta en el aspecto contractual, verificando la oportunidad, la veracidad y la calidad de la información, confrontándose esta con el proceso auditor. En cuanto a la gestión presupuestal se observó que como resultado de la auditoria adelantada a la vigencia 2013, el concepto sobre el Control de Gestión es Favorable, toda vez que se dio aplicabilidad a la normatividad Presupuestal vigente; sin embargo se deben tomar ciertos correctivos plasmados en las observaciones con incidencia administrativos la citados en el factor presupuestal de este informe. Presupuestal La entidad dejó de ejecutar el 24.65% ($11.695.169.795.35) de lo recaudado en deterioro de la inversión social y del bienestar de la comunidad. Para la revisión de la ejecución, se tomó selectivamente algunos rubros, verificando que los recursos fueran destinados conforme para lo que fueron programados, no encontrándose que éstos fueran ejecutados de forma incorrecta

La entidad está cumpliendo establecido en el Artículo 6º de la Ley 617 de 2000, los Gastos de Funcionamiento

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Opinión De Los Estados Contables

En cumplimiento de las funciones inherentes al cargo, se llevó a cabo el proceso de revisión a los Estados Financieros Básicos, Balance General, Estado de Actividad Financiera, Económica y Social, y Notas a los Estados Financieros con corte al 31 de diciembre vigencia 2013, de la ALCALDIA DE CIMITARRA SANTANDER, los cuales según los documentos y anexos presentados en la rendición de cuenta, y en el proceso auditor realizado en la vigencia 2014, fueron refrendados por el Contador Público de la entidad EDUIN NILSON GONZALEZ RIVERA con tarjeta profesional número 81075-T, quien expresa y manifiesta.

Opinión con salvedades:

En nuestra Opinión, excepto por lo expresado en los siguientes párrafos, los Estados Contables de la ALCALDIA MUNICIPAL DE CIMITARRA - SANTANDER, presentan razonablemente con salvedades, la situación financiera, en sus aspectos más significativos por el año terminado a 31 de diciembre de 2013, los resultados del ejercicio económico del año terminado en la misma fecha, de conformidad con las normas y principios de contabilidad prescritos por la Contaduría General de la Nación.

Es importante tener en cuenta los siguientes aspectos: 1. Los saldos reflejados en el balance general correspondiente a bancos deben

ser ajustados y depurados; los cuales se deben liquidar los contratos y

convenios.

2. En la propiedad plantan y equipo correspondiente a equipos de transporte

terrestre, tracción y elevación los cuales se encuentra en desuso y abandono

deber ser dados de baja.

3. Se deben incorporar en los activos bienes que no se encuentran registrados

contablemente.

4. Se le debe dar seguimiento a los procesos judiciales, teniendo en cuenta que

al salir en contra del Municipio pueda causar un desfalco financiero a la

entidad.

Excepto las siguientes salvedades:

1. La revisión y verificación no se efectúo sobre los registros y archivos de las

transacciones y operaciones financieras que dieron origen a los resultados de los

Estados Contables, con el fin de obtener evidencia comprobatoria, ya que el

procedimiento establecido para tal fin se fundamenta sobre la revisión de la cuenta

kanualizada.

2. Los saldos imputables en los Estados Financieros pueden tener modificaciones

producto del proceso de Sostenibilidad Contable.

3. Limitación en cuanto al tiempo disponible para realizar las revisiones y

verificaciones en el trabajo de campo realizado.

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PRONUNCIAMIENTO

3.4 PRONUNCIAMIENTO

Como efecto del Control Fiscal, aplicado en la Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Regular, él resultado de la evaluación de los procesos y actividades desarrolladas por la Administración y el examen a la Gestión desplegada por la misma; se emite un Pronunciamiento favorable del resultado de la gestión de la administración de la Alcaldía Municipal de Cimitarra correspondiente a la fiscal vigencia 2013. De conformidad con los conceptos emitidos en el presente Informe Definitivo de Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Regular, según lo establecido en la Resolución 0294 de abril 30 de 2009 y la Resolución 000617 del 27 de septiembre de 2010 de la Contraloría General de Santander y, teniendo en cuenta que dentro del proceso auditor, se establecieron unas observaciones administrativas; los cuales no inciden significativamente, en la buena gestión de la administración municipal, el grupo auditor, recomienda FENECER la cuenta correspondiente a la vigencia fiscal 2013, de la administración Municipal de Cimitarra, cuyo responsable es SAMUEL SOTO CARREÑO, Alcalde del periodo 2013

POR LA CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER (ORIGINAL FIRMADO) (ORIGINAL FIRMADO) ORIANA NICOLLE GUAMAN DUARTE MYRIAN LOPEZ VILLAMIZAR Abogada Economista Coordinadora de la Auditoria

(ORIGINAL FIRMADO) (ORIGINAL FIRMADO) EDWIN GONZALEZ RIVERA RODRIGO A. OSORIO TRUJILLO Contador Economista

(ORIGINAL FIRMADO)

ANA MILENA BELTRAN QUIÑONEZ Auditor Fiscal

(ORIGINAL FIRMADO)

SONNIA YANETH GARCIA BENITEZ

Sub contralora Delegada Para el Control Fiscal.