contractualistas

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Contractualistas: el Estado es producto de una decisión racional de los hombres destinada a resolver los conflictos generados por su instinto antisocial o bien solucionar los problemas emergentes de la convivencia. El contrato es un acuerdo de voluntades por el que se crea el Estado, que es producto de una decisión deliberada y racional por la necesidad de superar las deficiencias o insuficiencias humanas. Thomas Hobbes (1588-1679) XVI- XVII John Locke (1632-1704) XVII- XVIII Jean-Jaques Rousseau (1712- 1778) XVIII Postura individualista con respecto al hombre. Hombre: ser egoísta, agresivo, ambicioso, por naturaleza, con una tendencia a la dominación, y con deseo de sacar ventaja. No pertenece a ninguna organización social. Todos son iguales, al menos en la capacidad de matar. Ambiente de permanente conflictividad y recelo. Hay un estado de guerra de todos contra todos (bellum ómnium contra omnes), en la que cada individuo tiene derecho a todas las cosas. Cada hombre apetece su propio bien, sin que haya una norma objetivo. La inclinación natural del hombre es conseguir poder, imponerse sobre los demás, y esto origina un antagonismo: homo homini lupus, el Postura individualista con respecto al hombre. Los hombres : En estado de naturaleza son libres para ordenar sus actos y disponer de sus propiedades (que solamente a él pertenece y nadie tiene derecho a ello, excepto él) y su persona; y son iguales. Cada uno es juez de sí mismo, porque todos tiene perfecta libertad e igualdad. Quieren preservar su vida, pero como necesitan de cosas para subsistir, quieren también la conservación de la propiedad. Y unos pueden tener más cosas que otros, por distintas razones. Esto no choca contra la igualdad natural, que consiste en el mismo derecho que tienen todos a no estar sujetos a la autoridad de otro hombre. El hombre es un ser bueno por naturaleza, que ha nacido libre pero vive encadenado, debido al “progreso”, a la “civilización”, que ha permitido el avance en las comodidades al precio de un retroceso en las libertades. Concepción

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Hobbes, Locke y Rousseau

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Page 1: Contractualistas

Contractualistas: el Estado es producto de una decisión racional de los hombres destinada a resolver los conflictos generados por su instinto antisocial o bien solucionar los problemas emergentes de la convivencia. El contrato es un acuerdo de voluntades por el que se crea el Estado, que es producto de una decisión deliberada y racional por la necesidad de superar las deficiencias o insuficiencias humanas.

Thomas Hobbes (1588-1679) XVI- XVII John Locke (1632-1704) XVII-XVIII Jean-Jaques Rousseau (1712-1778) XVIII Postura individualista con respecto al hombre. Hombre: ser egoísta, agresivo, ambicioso, por naturaleza, con una tendencia a la dominación, y con deseo de sacar ventaja. No pertenece a ninguna organización social. Todos son iguales, al menos en la capacidad de matar. Ambiente de permanente conflictividad y recelo. Hay un estado de guerra de todos contra todos (bellum ómnium contra omnes), en la que cada individuo tiene derecho a todas las cosas. Cada hombre apetece su propio bien, sin que haya una norma objetivo.La inclinación natural del hombre es conseguir poder, imponerse sobre los demás, y esto origina un antagonismo: homo homini lupus, el hombre es el lobo del hombre.

Postura individualista con respecto al hombre. Los hombres : En estado de naturaleza son libres para ordenar sus actos y disponer de sus propiedades (que solamente a él pertenece y nadie tiene derecho a ello, excepto él) y su persona; y son iguales. Cada uno es juez de sí mismo, porque todos tiene perfecta libertad e igualdad. Quieren preservar su vida, pero como necesitan de cosas para subsistir, quieren también la conservación de la propiedad. Y unos pueden tener más cosas que otros, por distintas razones. Esto no choca contra la igualdad natural, que consiste en el mismo derecho que tienen todos a no estar sujetos a la autoridad de otro hombre. Buscan su progreso personal pero no tardan en encontrar a otros que buscan lo mismo. Los límites de la ambición humana, para garantizar la seguridad y el derecho a la propiedad de todos, deben ser establecidos por un tercero imparcial. Son seres egoístas.

El hombre es un ser bueno por naturaleza, que ha nacido libre pero vive encadenado, debido al “progreso”, a la “civilización”, que ha permitido el avance en las comodidades al precio de un retroceso en las libertades.

Concepción antropológica

Page 2: Contractualistas

Para salir del estado de guerra es necesario un pacto que origine un poder que se imponga a todos y atemorice porque los hombres solamente obedecen por temor.El pacto le confiere al soberano un poder absoluto porque en el contrato mutuo q realizan los indiv. entre sí, queda excluido el soberano, que no pacta. Por eso haga lo que haga, el soberano nunca podrá ser acusado de no cumplir con el contrato.El Estado representará a todos en asuntos que se relacionen con la paz y seguridad. Debe poseer las herramientas necesarias para garantizar la vida de los hombres.“Autorizo y concedo el derecho a gobernarme a mí mismo, dando esa autoridad a este hombre o a esta asamblea de hombres, con la condición de que tú también le concedas tu propio derecho de igual manera, y le des esa autoridad en todas tus acciones.”

Los hombres deben organizarse en una soc. para protegerse de los que no respetan los derechos naturales de igualdad y propiedad. Pero al formar esta sociedad no renuncian a su derecho para entregárselo a un soberano absoluto con autoridad ilimitada, sino para aceptar las decisiones de la mayoría expresadas en las leyes. Los hombres realizan un acuerdo, conformando una comunidad, con el fin de convivir de una manera confortable, asegura y pacífica.El acuerdo es entre los individuos y el gob.La dosis de poder concedida voluntariamente por contrato al gobernante debe ser la mínima posible para asegurar el cumplimiento de las reglas y para garantizar el máximo disfrute de los derechos y libertades.El estado debe fijar las reglas (legislación), difundir su conocimiento (educación), evitar su violación (seguridad) y castigar su incumplimiento (justicia).Si el poder perjudica los derechos naturales de libertad y propiedad, los gobernados tienen derecho a revelarse para restablecer el orden que protege a los individuos.Para formar parte de esta sociedad el hombre debe renunciar a su poder de castigar las ofensas, otorgándole al Est. el derecho de emplear su propia fuerza personal para que se ejecuten los juicios de ese Est.Entre los poderes del Estados el legislativo es el más importante (no hay poder más importante que el de dictar las leyes). Los otros son: PE (incluye el PJ) y el federativo (declara guerra y establece alianza; estas dos últimas están subordinadas al PL.

Los contratos son dos: Contrato político y contrato social. El contrato social (que da origen a la “voluntad general”) es la causa por la cual el pueblo es un pueblo, es necesariamente anterior al contrato político y además la clave para esta última se lleve a cabo. Una vez consolidada la “voluntad general” el siguiente es lograr que el gobernante sepa interpretarla.La voluntad general tiene por objeto un bien colectivo que no es la suma de los bienes particulares de los individuos; porque esa voluntad solamente busca el interés privado y sólo es la suma de las voluntades particulares. La VG es la voluntad del cuerpo político mismo, como si éste tuviese una voluntad propia diferente de la de los sujetos que lo componen. El cuerpo político puede ser considerado como un cuerpo organizado, viviente, y parecido al del hombre. El poder soberano representa la cabeza, las leyes y las costumbres son el cerebro, etc.Para construir la voluntad general es necesaria una verdadera unificación de las voluntades personales, es necesario el “acto por el cual el pueblo es pueblo”; que crea un cuerpo moral y colectivo como si fuese un yo común.Lo que hace posible la realización del yo común y de la voluntad general es el contrato social (postulado lógico necesario, no una realidad histórica); el acto de asociación que produce un cuerpo moral y colectivo, en que cada uno pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la voluntad general, recibiendo a cada individuo como parte indivisible del todo.El problema fundamental que resuelve el contrato social es encontrar una forma de asociación que defienda y proteja a la persona y a los bienes de cada asociado, y gracias a la cual, c/u se obedezca a sí mismo y queda libre como antes.El contrato social (contrato siu generis, ya que es el contrato que el individuo realiza consigo mismo en la intimidad de su conciencia) no tiene nada que ver con los derechos y poderes del gobierno, ya que éste solamente es un órgano del pueblo y no tiene un poder independiente que pueda ser objeto de un contrato. Además la voluntad general (el pueblo) es soberana, por lo que puede encargar a los funcionarios políticos la realización de sus deseos, pero no someterse a esos funcionarios.

Términos del pacto/contrato

Page 3: Contractualistas

El Estado absolutista que él denomina “República”, un verdadero “Leviatán” o dios moral, que debe asegurar la paz y seguridad. Tiene facultades de legislar, enjuiciar, y decidir sobre controversias de la ley civil o natural, regular a su arbitrio la libertad de expresión, de conducir la milicia, de hacer guerra o concretar la paz, elegir y remover consejero y ministros, de compensar con riquezas y honor, de establecer títulos de honor y jerarquía.Su poder se reafirmará en por el temor que suscita en la posibilidad de su desaparición y de la consecuente reaparición de un escenario de guerra de todos contra todos.

El resultante institucional del contrato es el Estado liberal de Derecho. Estado “mínimo”, en lo ateniente a sus facultades; “garantista” en cuanto a los derechos de los habitantes; y “policía” o “preventor” en cuanto al bajo nivel de su intervención directa en la generación de políticas activas en materia económica y social.

El resultado institucional del doble contrato es el Estado democrático social de Derecho. Se trata de un Estado representativo, donde el Parlamento es el instrumento fundamental de la “voluntad general” expresada por medio de la ley.

Estado Emergente