contra respuesta de la asamblea general politécnica que se entregó a la sep

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México, Distrito Federal a 8 de octubre de 2014 Luego de sesionar durante tres días, la Asamblea General Politécnica ha llegado a las siguientes resoluciones. Punto 1. La Secretaria de Educación Pública, -en adelante SEP- no puede cancelar la aplicación del Reglamento Interno del Instituto Politécnico Nacional, -en adelante IPN-, aprobado el 24 de septiembre de 2014, toda vez que no tiene vigencia, pues no fue publicado en la Gaceta Oficial del IPN para su difusión y entrada en vigor, por lo que se exige la cancelación definitiva de su publicación ahora y en lo posterior. Se demanda para asentar las nuevas bases normativas del IPN, se proceda a la participación y deliberación directa en el marco de un proceso democrático de la comunidad politécnica, el cuál consistirá en un Congreso Nacional Politécnico, que no sea permanente, y tenga un carácter resolutivo y refundacional, atendiendo a los objetivos plasmados en el artículo 1 de la ley orgánica: "El Instituto Politécnico Nacional es la institución educativa del Estado, creada para consolidar, a través de la educación, la independencia Económica, Científica y Tecnológica, Cultural y Política para alcanzar el progreso social de la Nación, de acuerdo con los objetivos históricos de la Revolución Mexicana, contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos" Lo anterior con fundamento en el artículo 34 de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, que a letra dice: "Las asociaciones de alumnos se organizaran en la forma que los mismos determinen y serán independientes a las autoridades y órganos del instituto" Para finalizar este punto declaramos que desconocemos cualquier Reglamento Interno emitido por el Consejo General Consultivo hasta la conformación del Congreso Nacional Politécnico. Punto 2. La SEP no está facultada para cancelar los planes y Programas de estudios del Instituto Politécnico Nacional, debido a que en el artículo 14, fracción V de la Ley Orgánica del IPN, se establece que son facultades y obligaciones del Director General: "Autorizar los planes y programas académicos del Instituto, que hayan sido previamente acordados por el Consejo General Consultivo". Considerando que algunos de los planes de estudio del nivel medio superior ya se encuentran vigentes, los alumnos concluirán el semestre 2015-1 con el plan de estudios vigente, al término de dicho periodo se abrogará el plan de estudios en comento, y a partir del semestre 2015-II se retomarán los planes de estudio anteriores a las modificaciones; con base en el artículo 17 del Reglamento General de Estudios, se llevarán a cabo la revalidación de materias y se implementará un alineamiento académico, es decir, cursar las unidades de aprendizaje que no estaban contenidas en los planes de estudio 2014, entendiendo que la normatividad para modificar los planes de estudio en lo posterior, se establecerá en el Congreso Nacional Politécnico. Solicitamos que no se incorpore a las unidades académicas del nivel medio superior del IPN dentro del Sistema Nacional de Bachillerato (SNB) y la Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS), pues consideramos que disminuyen el nivel académico de sus egresados.

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Page 1: Contra respuesta de la asamblea general politécnica que se entregó a la SEP

México, Distrito Federal a 8 de octubre de 2014

Luego de sesionar durante tres días, la Asamblea General Politécnica ha llegado a las siguientesresoluciones.

Punto 1. La Secretaria de Educación Pública, -en adelante SEP- no puede cancelar la aplicacióndel Reglamento Interno del Instituto Politécnico Nacional, -en adelante IPN-, aprobado el 24 deseptiembre de 2014, toda vez que no tiene vigencia, pues no fue publicado en la Gaceta Oficialdel IPN para su difusión y entrada en vigor, por lo que se exige la cancelación definitiva de supublicación ahora y en lo posterior.

Se demanda para asentar las nuevas bases normativas del IPN, se proceda a la participación ydeliberación directa en el marco de un proceso democrático de la comunidad politécnica, el cuálconsistirá en un Congreso Nacional Politécnico, que no sea permanente, y tenga un carácterresolutivo y refundacional, atendiendo a los objetivos plasmados en el artículo 1 de la leyorgánica:

"El Instituto Politécnico Nacional es la institución educativa del Estado, creada paraconsolidar, a través de la educación, la independencia Económica, Científica yTecnológica, Cultural y Política para alcanzar el progreso social de la Nación, de acuerdocon los objetivos históricos de la Revolución Mexicana, contenidos en la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos"

Lo anterior con fundamento en el artículo 34 de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional,que a letra dice: "Las asociaciones de alumnos se organizaran en la forma que los mismosdeterminen y serán independientes a las autoridades y órganos del instituto"

Para finalizar este punto declaramos que desconocemos cualquier Reglamento Interno emitidopor el Consejo General Consultivo hasta la conformación del Congreso Nacional Politécnico.

Punto 2. La SEP no está facultada para cancelar los planes y Programas de estudios delInstituto Politécnico Nacional, debido a que en el artículo 14, fracción V de la Ley Orgánica delIPN, se establece que son facultades y obligaciones del Director General: "Autorizar los planes yprogramas académicos del Instituto, que hayan sido previamente acordados por el ConsejoGeneral Consultivo".

Considerando que algunos de los planes de estudio del nivel medio superior ya se encuentranvigentes, los alumnos concluirán el semestre 2015-1 con el plan de estudios vigente, al términode dicho periodo se abrogará el plan de estudios en comento, y a partir del semestre 2015-II seretomarán los planes de estudio anteriores a las modificaciones; con base en el artículo 17 delReglamento General de Estudios, se llevarán a cabo la revalidación de materias y seimplementará un alineamiento académico, es decir, cursar las unidades de aprendizaje que noestaban contenidas en los planes de estudio 2014, entendiendo que la normatividad paramodificar los planes de estudio en lo posterior, se establecerá en el Congreso NacionalPolitécnico.

Solicitamos que no se incorpore a las unidades académicas del nivel medio superior del IPNdentro del Sistema Nacional de Bachillerato (SNB) y la Reforma Integral de la Educación MediaSuperior (RIEMS), pues consideramos que disminuyen el nivel académico de sus egresados.

Page 2: Contra respuesta de la asamblea general politécnica que se entregó a la SEP

En cuanto al nivel superior exigimos la abrogación o suspensión definitiva de los planes yprogramas de estudio, según lo determinen los alumnos y profesores de cada unidad académica.

Rechazamos la salida lateral como Profesionales Asociados en el modelo de educación superior,ya vigente en Unidades Académicas de nuestro Instituto.

Punto 3 y 6. Considerando que una de nuestras peticiones fue la democratización de losprocesos de elección, con base en la fracción III del artículo 13 de la Ley Orgánica del IPN,desconocemos a cualquier director interino que nos sea impuesto, por lo tanto demandamos unaelección inmediata, mediante un voto universal, libre, secreto, y directo del alumnos, personaldocente, personal no docente y personal directivo.

Para hacer efectivo el proceso de democratización, exigimos el reconocimiento de una comisiónorganizadora – integrada por personas designadas por la Asamblea General Politécnica y porautoridades del Instituto Politécnico Nacional – para la celebración del Consejo NacionalPolitécnico.

Punto 4. La función de vigilancia deberá recaer en un órgano interno dependiente del sectoradministrativo del Instituto Politécnico Nacional, con la única facultad de salvaguardar laintegridad y garantizar la seguridad de la comunidad politécnica y patrimonio institucional. Sinque sus labores perjudiquen el ejercicio pleno de los derechos humanos a la libre expresión delas ideas, a la asociación y manifestación, consagrados en el Pacto Internacional de losDerechos Civiles y Políticos, los artículos 6 y 7 de la Carta Magna, la Ley de los y las Jóvenes delDistrito Federal y el artículo 34 de la Ley Orgánica del IPN.

Punto 5. Demandamos que las pensiones vitalicias que se otorgan actualmente a los exdirectores generales se suspendan a partir del 1 de enero de 2015, con la correspondienteemisión de los ordenamientos jurídicos por parte de las autoridades competentes (Secretaria deEducación Pública, Secretaria de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Administración delInstituto Politécnico Nacional). Además de que la gestión de dichos recursos deberá sertransparente y democrática para destinarlos al otorgamiento de becas, mejoras en lainfraestructura y demás rubros que la comunidad politécnica estime convenientes.

Punto 7. Hacemos responsable al titular del Poder Ejecutivo Federal por cualquier daño físico,psicológico, académico, moral, o de cualquier otra índole que atente contra la integridad personalde los miembros de la comunidad politécnica, y de otras instituciones educativas y no educativasque hayan dado muestra de apoyo y solidaridad al movimiento del Instituto Politécnico Nacional. Exigimos se garantice con mecanismos concretos e interlocución directa con las autoridadescompetentes, como la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Salud Pública, laProcuraduría General de la República, el Gobierno del Distrito Federal, la Procuraduría Generalde Justicia del Distrito Federal, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Comisión deDerechos Humanos del Distrito Federal y organismos no gubernamentales de derechoshumanos, así como el Abogado General del IPN, que no habrá ninguna represalia, coerción ointimidación para ninguno de los miembros de la comunidad politécnica.

En el mismo tenor, las autoridades del Instituto Politécnico Nacional deben garantizar que nohabrá medidas de coerción o intimidación a nivel administrativo y académico para toda lacomunidad politécnica.

Page 3: Contra respuesta de la asamblea general politécnica que se entregó a la SEP

Dichas garantías deberán presentarse firmadas por todas las autoridades antes mencionadas yser publicadas en el Diario Oficial de la Federación, en un número extraordinario de la GacetaPolitécnica y en periódicos de circulación nacional.

Punto 8. Exigimos que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2015 seestablezca el incremento al 8% del Producto Interno Bruto al presupuesto de educación pública,así como el incremento al 2% del PIB para investigación en ciencia y tecnología. En ambosrubros deberá contemplarse el aumento de los recursos para el Instituto Politécnico Nacional.

Punto 9. Con la finalidad de impedir cualquier injerencia que trasgreda los derechos a laeducación pública, tecnológica, científica y de calidad, establecidos en el artículo 3 de la CartaMagna, que implique el uso y ocupación de las instalaciones de las dependencias politécnicas,órganos de apoyo y organismos auxiliares (artículo 2 del Reglamento Orgánico del IPN).Exigimos la publicación en los medios oficiales del Instituto Politécnico Nacional (sitioselectrónicos y Gaceta Oficial) de cada uno de los convenios, acuerdos y cualquier otro tipo decontratos, del que sea parte dicho instituto actualmente y de los que se establezcan en loposterior, con el sector público, privado y empresas trasnacionales. Lo anterior, respaldados en elderecho de acceso a la información de la comunidad politécnica.

En virtud de la respuesta del punto nueve del Gobierno Federal a nuestro pliego petitorio quedice: “no se permitirá ninguna injerencia ajena al interés superior del Instituto PolitécnicoNacional”, pedimos la abrogación del decreto por el cual se fundó el Tecnológico Nacional deMéxico ya que entra en conflicto y contradicción con el artículo 3 de la Ley Orgánica del IPN y elartículo 2 del Decreto presidencial del 23 de julio de 2014 sobre las facultades jurídicas delinstituto Tecnológico, y en el entendido legal, cronológico y de vigencia se contrapone al interéssuperior del Instituto Politécnico Nacional, el cual es regir la educación técnica y tecnológica delpaís.

Punto 10. Este movimiento se declara apartidista y democrático, asimismo exige sancionar lasprácticas porriles que inhiben la participación de la comunidad politécnica, las cuales difieren delos métodos históricos utilizados por los estudiantes en la defensa de la educación pública y elincremento de la calidad de la enseñanza, concretados actualmente en la reivindicación de los 9puntos de este pliego petitorio.

En el mismo sentido se acordó:

Que se emita antes del miércoles 15 de octubre del presente año, por parte de la Secretaría deGobernación, la Secretaría de Educación Pública, la Dirección General del Instituto PolitécnicoNacional y autoridades competentes una circular, donde se giren instrucciones a todas lasdependencias vinculadas con el IPN a dar prórroga a todos los trámites y actividades académicasque se estén viendo afectadas por la dinámica del movimiento de la comunidad politécnica. Dichocompromiso deberá estar firmado por cada dependencia comprometiéndose a acatarla.

En el mismo sentido, exigimos la recalendarización del ciclo escolar lectivo con base en la mismacantidad de días en que se han suspendido labores dentro del IPN.

Decidir cualquier cuestión referida a la autonomía del Instituto Politécnico Nacional corresponde ala comunidad politécnica en su conjunto, así como la definición de los términos y condicionessobre la misma, a través de los mecanismos democráticos que la comunidad considereadecuados.

Page 4: Contra respuesta de la asamblea general politécnica que se entregó a la SEP

Esperamos la respuesta por escrito, debidamente fundada y motivada, del Gobierno Federal y lasautoridades competentes. Teniendo como plazo el martes 14 de octubre del presente año.

Asamblea General Politécnica Escuela Nacional de Ciencias Biológicas

México, Distrito Federal a 8 de octubre de 2014

Ccp. Secretaría de Educación Pública

Ccp. Dirección General del Instituto Politécnico Nacional

Ccp. Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Ccp. Presidencia de la República