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CONTESTA DEMANDA
Sr. Juez:
LUCIA RODRIGUEZ, abogada, T° XII F° 132, CADJJ, Monotributista, CUIT
21-31196260-4, Legajo Previsional 123456, con domicilio constituido en calle
Belgrano 255 de la ciudad de Junín (B), en autos caratulados “SANCHEZ
PEDRO C/ PEREZ CARLOS S/ COBRO DE SUMAS DE DINERO” (EXPTE. NRO.
1234) en trámite por ante este juzgado, a VS respetuosamente me presento y
digo:
I.- PERSONERIA:
Que como lo acredito con poder especial para juicios, que
adjunto a la presente, el Sr. Perez Carlos, con domicilio real en calle Avenida
San Martin 31 de la ciudad de Junín (B), me ha conferido mandato suficiente
para representarlo en juicio, respecto del cual declaro bajo juramente que se
haya vigente.-
II.- OBJETO:
Que vengo en legal tiempo y forma a contestar la demanda que
el Sr. Sanchez Pedro le inició a mi representado a raíz del hecho producido el
pasado o8 de Julio del año 2014, pidiendo que se rechace la misma con
imposición de costas.
III.- RECONOCIMIENTO:
Que dando cumplimiento al imperativo legal del aticulo 354 inc. 1 del
CPCC de la Pcia de Buenos Aires, a continuacion se procede a reconocer
categoricamente cada uno de los hechos expuestos en la demanda.
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- Reconoce mi mandante haber celebrado un contrato de locación de obra
con el SR. Sanchez Pedro el dia 8/07/2014.
- Reconoce mi mandante la suma de $50.000 como precio acordado.
- Reconoce haber abonado las primeras tres cuotas acordadas por una suma
de $10.000
- Reconoce mi mandante el primer contacto telefonico con el actor para
proceder al pago.
IV.- NEGATIVAS:
Que dando cumplimiento al imperativo legal del aticulo 354 inc.
1 del CPCC de la Pcia de Buenos Aires, a continuacion se procede a negar
categoricamente cada uno de los hechos expuestos en la demanda.
- Niega mi mandante no haber cumplido con el pago total acordado en el
contrato.
- Niega mi mandante los multiples llamados telefonicos o contactos
personales con el actor para proceder al pago.
- Niega haber recibido la carta documento enviada por el actor con fecha
27/12/2014.
V.- DE LA VERDAD DE LOS HECHOS:
Que resulta que con fecha 08/07/2014 mi mandante celebro un
contrato de locación de obra con el Sr. Sanchez Pedro, en el cual se acordo la
construcción de un galpón-deposito.
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Se convino en el mismo instrumento el precio total que mi reepresentado
debía abonar en la suma de $50.000, el cual se resolvio pagar en cinco cuotas
mensuales de $10.000 a partir de la entrega de la obra.-
Con fecha 05/10/2014 es cuando se procede a la efectiva
entrega del objeto contractual en las condiciones pactadas; cumpliendo mi
representado con el pago de las tres primeras cuotas en los meses de
Octubre y Noviembre y Diciembre.
Que según lo acordado las restantes cuotas debian abonarse en
los meses de Enero y Febrero, pero por situaciones personales de mi
respresentado que lo obligarian a ausentarse del pais por un lapso de 8
meses, decide adelantar el pago de tales cuotas.
Es por eso que el dia 30/12/2014 se acerca al domicilio del actor y abona la
suma pendiente, estipulada en $20.000, cancelando asi la suma total
acordada.
VI. DERECHO
Fundo el derecho de mi mandante en lo dispuesto por el art.
355 del CPCCBA y 1629 y sgts. del Código Civil, Jurisprudencia y doctrina
aplicable.
VII. PRUEBA:
Como prueba que hace al derecho de mi mandante ofrezco la
siguiente:
DOCUMENTAL:
- Copia de Poder General para Juicios otorgado.
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- Recibos de las cuotas pagadas
TESTIMONIAL:
Se cite por el juzgado a prestar declaración a las siguientes personas:
- Maria Juana Lopez, D.N.I 22.369.654, con domicilio en calle Italia n° 567 de
Junín.
- Rodriguez Martin, D.N.I 23.589.324, con domicilio en la calle San Martin 34
de Junin.
PERICIAL CALIGRÁFICA en subsidio:
- Ofrezco prueba pericial caligráfica para el hipotético caso que se desconozca
la firma del recibo.
VIII.- PETITORIO:
Por todo lo expuesto a V.S. solicito:
1. Se tenga por presentado, parte y constituido domicilio legal.
2. Se agregue la documentación y se la reserve en la Caja de Seguridad de la
secretaría actuaria.
3. Se tenga por contestada en tiempo y forma la demanda promovida y se
corra traslado por el plazo y bajo apercibimiento de ley.
4. Se tenga presente la prueba ofrecida para ser proveída en su oportunidad.
5. Que, oportunamente, se dicte sentencia rechazando la demanda, con
costas.
PROVEER DE CONFORMIDAD.-
Sera Justicia.-